REQUISITOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS FORMA EN QUE EL INCUMPLIMIENTO DEL REQUISITO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS FORMA EN QUE EL INCUMPLIMIENTO DEL REQUISITO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN. ANEXO 4 “ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA” B.1) Tratándose de personas xxxxxxx, copia simple de la escritura pública en la que conste la constitución, objeto y estatutos sociales, conforme a las leyes mexicanas con la constancia de inscripción en el Registro o Instituto Público correspondiente o equivalente y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Del representante legal del “Licitante”, copia simple de la escritura pública, con la constancia de inscripción en el Registro o Instituto Público correspondiente o equivalente, en la que conste que le fueron otorgadas las facultades de administración y/o dominio. Tratándose de persona físicas, copia simple de su acta de nacimiento. La existencia de inconsistencia, contradicción o falta de veracidad en el contenido del documento, o la omisión parcial o total de estos documentos, crearía una situación de incertidumbre respecto a la constitución de la persona moral, así como de la capacidad del representante legal para comprometerse en nombre del “Licitante”, así como de la veracidad y confiabilidad de la documentación que integra la propuesta. No obstante, la inconsistencia, contradicción, o falta de veracidad en el contenido del documento o, la omisión parcial o total en la presentación de este requisito no afecta la solvencia de la proposición por lo que no es causa de desechamiento. B.2) Para ambos casos, anexar copia del Registro Federal de Contribuyentes o impresión obtenida de la página web del “SAT” La omisión parcial o total en la presentación de este requisito no afecta la solvencia de la proposición, por lo que no es causa de desechamiento.
REQUISITOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS FORMA EN QUE EL INCUMPLIMIENTO DEL REQUISITO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN competencia en perjuicio de la Comisión Reguladora de Energía y/o en favor de algún participante y en general a no efectuar acciones que impliquen o tengan por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebida en las contrataciones públicas de carácter federal, de conformidad con el Libro Primero “Disposiciones sustantivas”, Título Tercero “De las faltas administrativas de los servidores públicos y actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves”, Capítulo III “De los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Además reconocerá que en el presente procedimiento de contratación y durante la ejecución del mismo, es posible que el o sus empleados, tengan acceso a información confidencial, por lo que deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que dicha información será protegida y tratada conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, así como con cualquier persona con la que guarde una relación profesional de trabajo, familiar por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, que pudiera beneficiarse con el uso de información o documentación. ANEXO 10 “DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD” I) En el caso de las MIPYMES podrán participar con ese carácter presentando copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o La omisión parcial o total en la presentación de este requisito afecta la solvencia de la proposición, por lo que es causa de desechamiento.
REQUISITOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS FORMA EN QUE EL INCUMPLIMIENTO DEL REQUISITO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN mediana empresa, o bien, escrito donde manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con ese carácter o no, de conformidad con el artículo 34 del “Reglamento”. ANEXO 11 “MANIFESTACIÓN DE ESTRATIFICACIÓN
REQUISITOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS FORMA EN QUE EL INCUMPLIMIENTO DEL REQUISITO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN informático o por cualquier otra causa ajena a la Comisión, lo anterior en observancia a los artículos 34, primer párrafo de “La Ley” y 50, primer párrafo de su “Reglamento” y de conformidad al punto 29 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet ANEXO 13 “MANIFESTACIÓN DE NO PRESENTACIÓN DE PROPOSICIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL LICITANTE”
REQUISITOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS FORMA EN QUE EL INCUMPLIMIENTO DEL REQUISITO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”, deberá incluirse tanto el escrito emitido por la SFP que contienen el Número de Comprobación, RFC y Número de Certificado, así como el Manifiesto que contiene los Datos Generales del Declarante, Datos del Representante Legal e Integrantes de la empresa; el documento no deberá tener una fecha de emisión mayor a 90 días naturales previos al acto de presentación y apertura de propuestas.
REQUISITOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS FORMA EN QUE EL INCUMPLIMIENTO DEL REQUISITO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN. En términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar documento vigente expedido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), en el que emita su constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, la cual acredite estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones o bien que contando con adeudo éste se encuentre garantizado, de acuerdo con lo dispuesto por el “Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicado en el DOF el 28 xx xxxxx de 2017. La omisión parcial o total en la presentación de este documento constituye el incumplimiento a lo establecido en el artículo 39, fracciones IV, VI inciso j) de su “Reglamento”, creando una situación de incertidumbre respecto a su situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos y de estar al corriente de sus obligaciones o que no se encuentre garantizado en caso de adeudo del “Licitante” La omisión parcial o total en la presentación de este requisito afecta la solvencia de la proposición por lo que es causa de desechamiento.
REQUISITOS LEGALES - ADMINISTRATIVOS FORMA EN QUE EL INCUMPLIMIENTO DEL REQUISITO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN de este requisito afecta la solvencia de la proposición por lo que es causa de desechamiento.
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  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

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  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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  • requisitos De la empresa Son empresas promovidas principalmente por asociaciones de personas con discapacidad y/o sus familiares, sin perjuicio de que cualquier persona física o jurídica pueda constituir uno. El objetivo principal de estos centros es la integración laboral y por tanto social de personas con discapacidad. Para obtener la calificación de Centro Especial de Empleo, las empresas deben contar en su plantilla con un mínimo del 70% de trabajadores con discapacidad y solicitar la correspondiente calificación a la administración competente. Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo. Pueden ser creados por las Administraciones Públicas, directamente o en colaboración con otros organismos. Por Entidades, por personas físicas, jurídicas o co- munidades de bienes, que tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresarios. Pueden tener carácter público o privado, con o sin ánimo de lucro. Es indispensable la calificación e inscripción en el Registro de Centros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), o, en su caso, en el correspondiente de las Administraciones Autonómicas. La gestión está sujeta a las mismas normas que afectan a cualquier empresa. Podrán solicitar los beneficios que a continuación se indican los Centros Especiales de Empleo que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefini- do a jornada completa o parcial. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la apli- cación de las bonificaciones correspondientes. Si durante el periodo de bonificación existe una falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obligaciones, se producirá la perdida automática de las bonificaciones reguladas en el presente Programa, respecto de las cuotas correspondientes a periodos no ingresados en dicho plazo, teniéndose en cuenta dicho periodo como consumido para el computo del tiempo máximo de bonificación. No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no pres- critas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Texto Refundido aprobado en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx. Los Centros Especiales de Empleo que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa. Las empresas deberán solicitar los trabajadores con discapacidad de la correspondiente Oficina de Empleo.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros Alcalde - Presidente, que actuará como Presidente de la Mesa o Concejal en quien delegue. -, Vocal (Secretario de la Corporación) o funcionario que le sustituya. -, Vocal (Interventora de la Corporación) o funcionario que le sustituya -, Vocal (Responsable de La Oficina Técnica Municipal) o funcionario que le sustituya. - Vocal (Concejal del Area), o Concejal que le sustituya - funcionario que actuará como Secretaria de la Mesa La mesa de Contratación, se constituirá en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones (excepto sábados), para la calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres “A”. Este acto no será público. En el caso de que se reciba justificante de envío de alguna oferta por correo, la Mesa de contratación se reunirá el primer día hábil siguiente, una vez transcurrido el plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente al de la terminación del plazo de recepción de ofertas. La no presentación de alguno de los documentos exigidos o su presentación defectuosa, dará lugar a la no admisión provisional de la oferta por la Mesa de Contratación, in perjuicio de conceder al interesado un plazo de tres días hábiles para la subsanación de los errores cometidos o para la presentación de algún documento no sustancial. Para poder efectuar la subsanación, el cumplimiento de los requisitos se referirá al último día de presentación de ofertas. Si la documentación contuviese deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Terminado el acto de apertura de documentación administrativa contenida en el sobre “A”, y en el caso de que no existieren defectos materiales en la documentación presentada en las distintas ofertas, se procederá, a continuación y en acto público, a la apertura del sobre “C” del Proyecto de dinamización y explotación, pudiendo la Mesa de Contratación, en ese momento, solicitar los informes técnicos que se consideren precisos. Una vez valorado el del Proyecto de dinamización y explotación, se procederá en acto público a la apertura del sobre “B” de la proposición económica En todo caso, la Mesa de Contratación rechazará las proposiciones que contengan contradicciones u omisiones, errores o tachaduras que puedan inducir a error e impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta, las que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, las que comporten error manifiesto en el importe del precio, así como las que difieran sustancialmente del modelo de proposición establecido en este Pliego. Recibidos en su caso los informes, la Mesa de Contratación realizará la propuesta de adjudicación en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato. La Mesa de Contratación, elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, para proceder a la adjudicación definitiva que será notificada a los licitadores. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público el órgano de contratación clasificara, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva por importe de 3.000€. Además, y de conformidad con el artículo 44.Dos. de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en el cual se añaden dos nuevos apartados 4 y 5 al artículo 146 del TRLCSP deberá aportar los siguientes documentos: