SITUACIÓN FISCAL Cláusulas de Ejemplo

SITUACIÓN FISCAL. Las personas jurídicas o físicas titulares o a cuya orden se registre una cuenta, representantes legales, etc. informarán su situación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) proporcionando el elemento que corresponda, según se indica a continuación: 4.2.1. Clave única de identificación tributaria (CUIT). 4.2.2. Código único de identificación laboral (CUIL). 4.2.3. Clave de identificación (CDI). Las entidades depositarias gestionarán el cumplimiento de la presente exigencia mediante el proceso que a tales efectos genere la Administración Federal de Ingresos Públicos.
SITUACIÓN FISCAL. Referencias Comerciales o Bancarias.
SITUACIÓN FISCAL. La presente nota desarrolla aquellos epígrafes del balance y cuenta de resultados adjuntos, relacionados con las obligaciones tributarias de cada una de las sociedades pertenecientes al Grupo, tales como activos y pasivos por impuestos diferidos, administraciones públicas deudoras y acreedoras y el gasto por impuesto sobre beneficios. De conformidad con el expediente 18/89, la Sociedad Dominante del Grupo FCC está acogida al régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades, integrándose en dicho régimen todas las sociedades que cumplen los requisitos establecidos por la legislación fiscal.
SITUACIÓN FISCAL. Rige la “Resolución General 4164. E/2017. Sector Público. Proveedores. Incumplimientos Fiscales” implementada por la AFIP con vigencia a partir del 01/12/17. Decretos N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios y N° 1030/16. Incumplimientos tributarios y/o previsionales. Resolución General N° 1.814 Certificado y sus modificaciones “certificado fiscal para contratar”. Su sustitución. 16.1 Se solicita que los oferentes antes de hacer su presentación verifiquen su “SISTEMA DE CUENTAS TRIBUTARIAS – CONTRIBUYENTE”. (Entrar en Afip con clave fiscal. Sistema de Cuentas Tributarias. Cuenta corriente. Estado de cumplimiento – Imprimir pantalla).
SITUACIÓN FISCAL. El detalle de los saldos relativos a activos y pasivos con Administraciones Públicas a 30 xx xxxxx de 2024 y 31 de diciembre de 2023 es el siguiente: Notas explicativas de los estados financieros intermedios resumidos consolidados para el periodo de seis meses finalizado el 30 xx xxxxx de 2024 (Expresado en euros) 30.06.2024 31.12.2023 Impuesto sobre el Valor Añadido 10.432 - - 61.673 Retenciones practicadas - 1.987 - 5.928 Según las disposiciones legales vigentes, las liquidaciones de impuestos no pueden considerarse definitivas hasta que no hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales o haya transcurrido el plazo de prescripción, actualmente establecido en cuatro años. El Grupo tiene abiertos a inspección los cuatro últimos ejercicios para todos los impuestos que le son aplicables, siendo los que han transcurrido desde la constitución de las sociedades dominante y dependientes. Como consecuencia, entre otras, de las diferentes posibles interpretaciones de la legislación fiscal vigente, podrían surgir pasivos adicionales como consecuencia de una inspección. En todo caso, el Consejo de Administración considera que dichos pasivos, caso de producirse, no afectarán significativamente estas cuentas anuales consolidadas.
SITUACIÓN FISCAL. De conformidad con lo establecido por la R.G. Nº 4164/17 (AFIP), al momento de la evaluación de las ofertas se verificará si el proveedor se encuentra habilitado desde el punto de vista fiscal para contratar con la Universidad Nacional de Cuyo mediante consulta a la base de datos habilitada en la página web de AFIP. En caso de verificarse la existencia de deudas con el fisco nacional, se desestimará la oferta del proveedor.
SITUACIÓN FISCAL. El pago se efectuará siempre que el beneficiario cuente con su Situación Fiscal ante la Provincia xx Xxxxxxx en estado REGULARIZADA (Cfr. Resolución N° 126 del Ministerio de Finanzas, publicada en Boletín Oficial el 25/04/2016).
SITUACIÓN FISCAL. En caso de que cualquiera de las PARTES durante la vigencia del presente instrumento presente alguna situación fiscal como !no localizado” o !con operaciones inexistentes” de acuerdo a los artículos 69 y/o 69- B del Código Fiscal de la Federación vigentes a la firma del presente Contrato o los que en el futuro los sustituyan, dará el derecho a su contraparte de retener las contraprestaciones que tenga pendientes de pagarle, hasta que acredite haber regularizado su situación fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria.
SITUACIÓN FISCAL. Las entidades financieras deberán obtener en forma electrónica y directa de la página de Inter- net de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Iden- tificación (CDI), según corresponda, de las personas jurídicas o humanas titulares o a cuya or- den se registre una cuenta, representantes legales, etc.
SITUACIÓN FISCAL. Las personas jurídicas o físicas titulares o a cuya orden se registre una cuenta, representantes legales, etc. informarán su situación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) proporcionando el elemento que corresponda, según se indica a continuación: 4.2.1. Clave única de identificación tributaria (CUIT). 4.2.2. Código único de identificación laboral (CUIL).