Definición de Información Confidencial

Información Confidencial significa la información que se divulga por escrito, verbalmente, electrónicamente o de cualquier otra forma (tangible o intangible) que tenga carácter confidencial o exclusivo de la otra Parte y/o de sus Vinculadas, incluidos, sin carácter limitativo, datos de su actividad mercantil, asuntos, clientes, proveedores, planes, estrategia, know-how, secretos comerciales o productos (existentes o en desarrollo).
Información Confidencial significa información relacionada al Cliente, a la Persona Controladora, a sus Afiliadas, o a sus representantes respectivos, que ha sido recibida por El Banco, afiliadas de El Banco y sus respectivos representantes en el curso de proveer cuentas y servicios al Cliente, incluyendo Información Personal del Cliente, detalles de cuentas bancarias del Cliente, información transaccional y cualquier otra información que haya sido designada por el Cliente como confidencial al momento de ser proporcionada o que una persona razonable la consideraría como confidencial o de una naturaleza exclusiva.
Información Confidencial se refiere a toda información que la parte reveladora protege contra la divulgación no restringida a otros que la parte reveladora o sus representantes designan como confidencial, interna y/o propietaria al momento de la divulgación y que debe entenderse razonablemente como confidencial dada la naturaleza de la información y las circunstancias relacionadas con su divulgación.

Examples of Información Confidencial in a sentence

  • Cada Parte mantendrá confidencial toda la Información Confidencial de la otra Parte que entre en su posesión o control o de la que tenga conocimiento y, salvo lo permitido por la presente Cláusula 25, no copiará ni divulgará la Información Confidencial (en su totalidad o en parte) a ningún tercero sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte (consentimiento que no se denegará, condicionará ni retrasará injustificadamente).


More Definitions of Información Confidencial

Información Confidencial significa las comunicaciones y discusiones en relación con las negociaciones y mediaciones que condujeron a la Transacción y a este Convenio de Transacción. La Información Confidencial también incluye la existencia y los términos de la Transacción y a este Convenio de Transacción, pero sólo hasta la presentación de este Convenio de Transacción y los documentos relacionados ante el Tribunal MDL.
Información Confidencial significa todos los conocimientos especializados (“know-how”), información técnica, información de negocio, datos, diseños, especificaciones, planos, dibujos, experiencia o conocimientos del Vendedor razonablemente asociados con las transacciones objeto de cualquier Contrato, ya sea que se transmitan por escrito, en forma verbal o electrónica, incluidas las conversaciones iniciales o preliminares, en la medida en que estos son o sean secretos, confidenciales, o patentados, incluyendo sin limitación: (1) planos de fabricación, procesos, procedimientos, operaciones, informes, dibujos, manuales, equipos, información de ingeniería, información técnica, y planos y configuración de plantas y equipos confidenciales, del Vendedor; (2) planos de productos, prototipos, muestras, fórmulas y especificaciones, e información relacionada con diseños de proyectos, mercadotecnia, publicidad, calidad, costos, configuraciones y usos confidenciales, del Vendedor; (3) listas e información de clientes y proveedores, planes de negocios, volúmenes de ventas, cifras de rentabilidad, información financiera u otra información económica o comercial confidenciales, del Vendedor; y (4) software de computación, firmware, datos, bases de datos, redes, procedimientos de seguridad confidenciales, u otra información confidencial relacionada directa o indirectamente con sistemas informáticos o redes, del Vendedor. El Comprador no deberá, sin el previo consentimiento expreso por escrito del Vendedor para cada instancia, utilizar o divulgar a ninguna persona, entidad u organismo gubernamental ninguna Información Confidencial. Sin embargo, el Comprador podrá divulgarla a aquellos empleados suyos que deban conocer dicha información en relación con las transacciones contempladas conforme a un Contrato y que estén obligados, ante el Comprador, a no divulgar la Información Confidencial a ninguna otra persona, entidad u organismo gubernamental. Si el Comprador llegara a estar legalmente obligado (por medio de una declaración, interrogatorio, solicitud de documentos, orden de comparecencia, requerimiento de investigación civil o proceso similar) a divulgar cualquier Información Confidencial, el Comprador le informará de inmediato al Vendedor por escrito de dichos requisitos a fin de que el Vendedor pueda solicitar una orden de protección u otro recurso apropiado. Si no se obtiene una orden de protección u otro recurso, el Comprador acepta proporcionar únicamente aquella parte de la Información Confid...
Información Confidencial significa cualquier información, datos técnicos o know-how, incluidas, a título enunciativo pero no limitativo, aquéllas relacionadas con programas o documentación de software informático, especificaciones, código fuente, código objeto, investigación, inventos, procesos, diseños, dibujos, ingeniería, productos, servicios, clientes, mercados o finanzas de la Parte Divulgadora, que ésta, (i) califique como confidencial o de su propiedad; (ii) que la califique como confidencial tanto si ha sido revelada de forma oral como escrita, o (iii) debido a su carácter o naturaleza cualquier persona razonable la consideraría como confidencial en las presentes circunstancias. La Información Confidencial no incluye información, datos técnicos o know-how (a) respecto de los cuales la Parte Receptora pueda demostrar que obraban en su poder antes de su recepción de manos de la Parte Divulgadora, (b) que estén a disposición del público o lleguen a estarlo posteriormente sin que la Parte Receptora haya incurrido en el incumplimiento de ninguna de sus obligaciones ante la Parte Divulgadora, (c) que se divulgue a la Parte Receptora sin ninguna restricción sobre divulgación por parte de un tercero que tuviera derecho a divulgar dicha información o (d) respecto de los cuales la Parte Receptora pueda demostrar que fueron desarrollados por ella de manera independiente sin basarse en ninguna Información Confidencial de la Parte Divulgadora; con la condición de que si sólo una parte de cualquier Información Confidencial se encuentre dentro de una o más de las excepciones establecidas en la presente cláusula 2, la parte restante de la Información Confidencial seguirá estando sujeta a las restricciones establecidas en el presente Acuerdo. La Empresa cumplirá en todo momento con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su regulación de desarrollo respecto de cualesquiera datos personales divulgados por Informatica. La Empresa no usará los datos personales para ningún otro efecto que no sea el objeto del presente Contrato. La Empresa no divulgará Datos personales a terceros, a menos que así lo autorice Informatica por escrito o lo disponga una orden judicial válida. La Empresa indemnizará y mantendrá indemne a Informatica frente a todas las pérdidas, reclamaciones, daños y perjuicios, responsabilidades, costes y gastos en los que se incurra como consecuencia del incumplimiento de la presente cláusula por parte de la Empresa.
Información Confidencial significa toda la información propia y confidencial, tangible e intangible, la cual sea revelada a través de cualquier medio por “EL BENEFICIARIO” o cualquiera de sus empleados o funcionarios de “LA ASEGURADORA”, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa la información impresa, escrita, oral o contenida en medios electrónicos, programas de cómputo (software) o en cualquier otro soporte material, que esté relacionada con la operación de “EL BENEFICIARIO”, en el entendido de que cualquier material que sea entregado, puesto a disposición de “LA ASEGURADORA” o se tenga acceso al mismo de manera incidental, deberá ser considerado también como “Información Confidencial”.
Información Confidencial se refiere a la información revelada por cualquiera de las partes que esté marcada como confidencial en el momento de su revelación, los materiales de Oracle, el Conjunto de Datos, los términos y condiciones del Contrato y cualquier otra información o datos compartidos por cualquiera de las partes que, por su naturaleza, deban considerarse confidenciales. La Información Confidencial no incluirá ninguna información que: (a) sea o pase a ser de dominio público, salvo que sea resultado de la revelación por la parte receptora o por cualquier tercero a quien la parte receptora haya revelado dicha información; (b) ya estuviera en posesión lícita de la parte receptora antes de su revelación por la parte reveladora; (c) sea obtenida posteriormente de buena fe por la parte receptora de un tercero que, según el xxxx saber y entender de la parte receptora, pueda revelarla libremente a la parte receptora; (d) su revelación sea exigida por ley o por una autoridad reguladora; (e) sea desarrollada por la parte receptora de forma independiente sin que ello suponga un incumplimiento del presente Contrato; o bien (f) sea revelada con la previa aprobación de la parte reveladora otorgada por escrito.
Información Confidencial la información o los datos clasificados como confidenciales en el momento de su intercambio entre las Partes o catalogados sin dilación como confidenciales por escrito cuando se proporcionen de forma intangible o se divulguen oralmente, e incluye la información cuyo carácter confidencial o privado se desprende o debería desprenderse razonablemente de su naturaleza intrínseca, calidad o características.
Información Confidencial corresponde a la información de carácter técnico, comercial, industrial o financiero que sea aportada, intercambiada y/o elaborada por las Partes en desarrollo de este Contrato o que cualquiera de las Partes desarrolle, reciba u obtenga con respecto al presente Contrato, la cual en todo caso estará sujeta a estricta reserva y confidencialidad, durante la vigencia del Contrato y los tres (3) años siguientes a la Fecha de Terminación de Suministro, sin perjuicio de los plazos superiores que puedan establecer las Autoridades Competentes y la Normativa vigente para mantener las obligaciones de reserva y confidencialidad.