Common use of RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO Clause in Contracts

RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO. Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, el Ministerio Público Fiscal rescindirá el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por la parte no cumplida del mismo. Si el adjudicatario no integrara la Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 del presente, se rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. En caso de fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones por parte del adjudicatario que diera lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, el Ministerio Público Fiscal rescindirá unilateralmente el mismo con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, quedando a cargo del adjudicatario la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar. Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por el Ministerio Público Fiscal, el mismo se rescindirá unilateralmente, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

Appears in 5 contracts

Samples: Licitación Pública, Licitación Pública, Licitación Pública

RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO. Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, el la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación rescindirá el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por la parte no cumplida del mismo. Si el adjudicatario no integrara la Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 25 del presente, se rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. En caso de fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones por parte del adjudicatario que diera lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, el la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público Fiscal de la Nación rescindirá unilateralmente el mismo con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, quedando a cargo del adjudicatario la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar. Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por el la Procuración General de la Nación y/o Ministerio Público FiscalFiscal de la Nación, el mismo se rescindirá unilateralmente, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

Appears in 5 contracts

Samples: Licitación Privada, Licitación Pública, Licitación Pública

RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO. Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su prórroga o el contrato rehabilitado, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido entregados o los servicios prestados de conformidad, el Ministerio Público Fiscal rescindirá el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por la parte no cumplida del mismo. Si el adjudicatario no integrara la Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 del presenteNº 26, se rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. En caso de fraude, negligencia en la ejecución del contrato o en incumplimientos de las obligaciones por parte del adjudicatario que diera lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, el Ministerio Público Fiscal rescindirá unilateralmente el mismo con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, quedando a cargo del adjudicatario la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar. Si el adjudicatario transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por el Ministerio Público Fiscal, el mismo se rescindirá unilateralmente, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

Appears in 2 contracts

Samples: Contratación Directa, Licitación Privada

RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO. Si Comprende los casos que se detallan a continuación: a) Rechazo de la orden de compra o contrata: Queda rescindido el adjudicatario desistiere contrato por culpa del adjudicatario, con pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta, cuando éste rechace la Orden de Compra dentro de los dos (2) días de recibida la notificación correspondiente. Vencido dicho plazo, el rechazo de la orden de compra genera además la aplicación de la sanción prevista en forma expresa la Sección II SANCIONES, del contrato antes presente Reglamento. b) Incumplimiento del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido contrato: Vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, o en su caso de su prórroga o el contrato rehabilitadoprórroga, en todos los casos sin que los bienes hubiesen sido fueran entregados o prestados los servicios prestados de conformidad, el Ministerio Público Fiscal rescindirá el contrato queda rescindido de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida debiendo luego la CBAS proceder al dictado de la Garantía declaración formal de Cumplimiento rescisión. c) Prestaciones de Contrato por carácter especial: El incumplimiento de prestaciones en que no cabe admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la parte no cumplida del mismo. Si el adjudicatario no integrara naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 del presenteCBAS, se rescindirá el contrato son sancionados con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. En caso de fraude, negligencia en la ejecución rescisión del contrato o en incumplimientos de las obligaciones por parte del adjudicatario que diera dando lugar a la aplicación de multas por un importe acumulado equivalente al quince por ciento (15%sanción establecida en) a Sección II SANCIONES, del monto total del contrato, el Ministerio Público Fiscal rescindirá unilateralmente el mismo con pérdida presente. d) Quiebra o concurso preventivos de la Garantía empresa: La CBAS tiene la facultad de Cumplimiento proceder a la rescisión unilateral del contrato por culpa del adjudicatario, sin que a éste le corresponda indemnización alguna en caso de Contratoquiebra o concurso preventivo de la empresa adjudicataria. En éste último caso, quedando a cargo del adjudicatario ello es posible cuando la reparación situación jurídica de los daños y perjuicios que hubiere causado su accionar. Si la empresa impida el cumplimento de las prestaciones. e) Fraude o negligencia: f) Transferencia o cesión de contrato: Cuando el adjudicatario transfiriera transfiera o cediera ceda todo o parte del contrato sin que ello fuere fuera autorizado previamente por la CBAS y aún en el Ministerio Público Fiscal, caso que el cesionario haya ejecutado el mismo se rescindirá unilateralmentede manera total o parcial, con pérdida la CBAS puede rescindir unilateralmente el contrato por culpa de la Garantía de Cumplimiento de Contratocontraparte.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento De Contrataciones