RESOLUCIÓN POR DEMORA Y AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS. 35.1. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total y la Administración optase por la resolución, esta deberá acordarse por el órgano de contratación sin otro trámite preceptivo que la audiencia del contratista y, cuando se formule oposición por parte de este, dictamen del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana. 35.2. Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, y este ofrezca cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, la Administración, a petición del contratista, deberá conceder la prórroga por un tiempo por lo menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, siguiendo la regulación contenida en el Reglamento General de la LCAP. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista.
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Samples: Cláusulas Administrativas Particulares, Cláusulas Administrativas Particulares, contrat.suministros – Procedimiento Abierto
RESOLUCIÓN POR DEMORA Y AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS. 35.139.1. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total y la Administración VAERSA optase por la resolución, esta deberá acordarse por el órgano de contratación sin otro trámite preceptivo que la audiencia del contratista y, cuando se formule oposición por parte de este, dictamen del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valencianacontratista.
35.239.2. Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, y este ofrezca cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, la AdministraciónXXXXXX, a petición del contratista, deberá conceder la prórroga por un tiempo por lo menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, siguiendo la regulación contenida en el Reglamento General de la LCAPRD 1098/2001. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista.
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Samples: Service Agreement
RESOLUCIÓN POR DEMORA Y AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS. 35.136.1. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total y la Administración optase por la resolución, esta deberá acordarse por el órgano de contratación sin otro trámite preceptivo que la audiencia del contratista y, cuando se formule oposición por parte de este, dictamen del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana.
35.236.2. El régimen de ampliación del plazo de ejecución se regirá por lo dispuesto en los artículos 29.3, 193 y 195.2 de la LCSP.
36.3. Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, y este ofrezca ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, la Administraciónel órgano de contratación, a petición del contratista, deberá conceder la prórroga por un período de tiempo por lo al menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, siguiendo la regulación contenida en el Reglamento General de la LCAP. El responsable del contrato director facultativo emitirá un informe donde se determine si el retraso fue o no producido por motivos imputables al contratista.
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RESOLUCIÓN POR DEMORA Y AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS. 35.133.1. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total y la Administración Fundación optase por la resolución, esta deberá acordarse por el órgano de contratación sin otro trámite preceptivo que la audiencia del contratista y, cuando se formule oposición por parte de este, dictamen del Consell Jurídic Juridic Consultiu de la Comunitat Valenciana.
35.233.2. Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, y este ofrezca cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, la AdministraciónFundación, a petición del contratista, deberá conceder la prórroga por un tiempo por lo menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, siguiendo la regulación contenida en el Reglamento General de la LCAPRD 1098/2001. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista.
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Samples: Contrato De Suministros