Resumen de cuenta. Se emitirá, sin cargo, un resumen semestral con el detalle de los movimientos registrados en la cuenta, que se enviará al domicilio del titular salvo opción en contrario que este último formule expresamente. El sistema de cajeros automáticos de la entidad financiera depositaria deberá proveer –sin cargo- un talón en el que figuren el saldo y los últimos diez movimientos operados, y copia de los certificados de liquidación de las prestaciones de la seguridad social acreditadas en la cuenta en los últimos dos meses, en los casos en que la ANSES u otro ente administrador de los pagos lo requieran. Adicionalmente, todos los cajeros automáticos habilitados en el país por cualquier entidad financiera deberán informar -a través de sus respectivas pantallas- la fecha correspondiente al próximo pago de la prestación de la seguridad social, cuando la ANSES u otro ente administrador de los pagos proporcionen esa información. Cuando se reciban acreditaciones que respondan al concepto “asignaciones familiares”, deberá consignarse en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, la leyenda “ANSES SUAF/UVHI”, cuando éste sea el agente pagador. En el caso de las acreditaciones de las prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, cuyos pagos administre la ANSES, del concepto “Programa Nacional de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas” -Decreto N° 99/09- y del “Programa Hogares con Garrafas (HOGAR)” -Decreto N° 470/15- deberá consignarse, en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, las leyendas “ANSES SIPA”, “BECA BICENT” y “ANSES HOGAR”, respectivamente.
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Resumen de cuenta. Se emitirá, sin cargo, El BANCO remitirá al Titular un resumen semestral de cuenta mensual, el que será recibido con una antelación de 5 días respecto de la fecha de vencimiento. Ante la no recepción del mismo, el detalle Usuario podrá solicitar su estado de cuenta al teléfono provisto por las Administradoras para tal fin, las 24 horas del día, a través del Home Banking y/o retirarlo de la sucursal del BANCO que emitió la tarjeta y se le crea la obligación de realizar el pago correspondiente según la fecha fijada en él. El hecho de estar ausente el Titular del domicilio que hubiere fijado para que el BANCO remita el resumen de cuenta no lo excusará de la obligación de satisfacerlo en término. A opción del Titular, la que podrá variar cuantas veces lo estime, el BANCO podrá remitir el resumen de cuenta al correo electrónico que el mismo haya establecido en la Solicitud de Producto “Nación Equipa Tu Hogar”. Esta opción será válida y aceptada expresamente y quedará suficientemente acreditada con la suscripción del Titular del presente Anexo. El Usuario podrá dentro del plazo de 30 días contados a partir de la recepción del resumen impugnar u observar la liquidación practicada en el mismo. Dicha impugnación u observación deberá ser elevada mediante nota manuscrita al BANCO, el que deberá acusar recibo de la misma dentro de los 7 días posteriores, comprometiéndose a efectuar su elevación a la EMPRESA para ser analizada y realizar el ajuste de los movimientos registrados en observados o explicar claramente la cuenta, liquidación aportando los comprobantes o fundamentos que se enviará al domicilio del titular salvo opción en contrario que este último formule expresamenteavalen la situación dentro de los 15 días siguientes de su recepción. El sistema plazo de cajeros automáticos corrección se ampliará a 60 días respecto de la entidad financiera depositaria deberá proveer –sin cargo- un talón las operaciones realizadas en el que figuren el saldo y exterior. La presentación de reclamos no exime al Usuario del pago en término de su liquidación, deducidos los últimos diez movimientos operados, y copia de los certificados de liquidación importes de las prestaciones transacciones cuestionadas. El titular deberá manifestar su aceptación o no de la seguridad social acreditadas en la cuenta en los últimos dos meses, en los casos en que la ANSES u otro ente administrador de los pagos lo requieran. Adicionalmente, todos los cajeros automáticos habilitados las explicaciones dadas por el BANCO en el país por cualquier entidad financiera deberán informar -a través plazo de sus respectivas pantallas- la fecha correspondiente al próximo pago 10 (diez) días de la prestación de la seguridad socialrecibidas, cuando la ANSES u otro ente administrador de los pagos proporcionen esa información. Cuando vencido dicho plazo sin que aquél se reciban acreditaciones expida, se entenderá que respondan al concepto “asignaciones familiares”, deberá consignarse en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, la leyenda “ANSES SUAF/UVHI”, cuando éste sea el agente pagadorlas mismas han sido tácitamente aceptadas. En el caso de las acreditaciones que el Usuario manifestare disconformidad, el BANCO resolverá la cuestión en el plazo de 10 días hábiles, vencidos los cuales quedará expedita la vía judicial para ambas partes. La conformidad expresa o tácita de un resumen y liquidación de cuenta solo importará el reconocimiento de la legitimidad y validez de las prestaciones de la seguridad social compras y cargos que integran el SIPA, cuyos pagos administre la ANSES, del concepto “Programa Nacional de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas” -Decreto N° 99/09- en él figuren y del “Programa Hogares con Garrafas (HOGAR)” -Decreto N° 470/15- deberá consignarserespectivo saldo, en los resúmenes pero no afecta la validez y legitimidad de cuenta (otras compras y/o cargos efectuados durante ese período o en los comprobantes de movimientos que anteriores cuyas facturas aún no se emitan a través de cajeros automáticos) hubieran recibido de los respectivos beneficiarios, las leyendas “ANSES SIPA”, “BECA BICENT” y “ANSES HOGAR”, respectivamentecomercios adheridos o no hubieren vencido según lo pactado con ellos.
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Resumen de cuenta. Se emitirá, sin cargo, un resumen semestral con Las operaciones que el detalle de los movimientos registrados en la cuenta, que se enviará al domicilio del titular salvo opción en contrario que este último formule expresamente. El sistema de cajeros automáticos de la entidad financiera depositaria deberá proveer –sin cargo- un talón en el que figuren el saldo y los últimos diez movimientos operados, y copia de los certificados de liquidación de las prestaciones de la seguridad social acreditadas en la cuenta en los últimos dos meses, en los casos en que la ANSES u otro ente administrador de los pagos lo requieran. Adicionalmente, todos los cajeros automáticos habilitados en el país por cualquier entidad financiera deberán informar -a través de sus respectivas pantallas- la fecha correspondiente al próximo pago de la prestación de la seguridad social, cuando la ANSES u otro ente administrador de los pagos proporcionen esa información. Cuando se reciban acreditaciones que respondan al concepto “asignaciones familiares”, deberá consignarse en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan USUARIO realice a través de cajeros automáticos) LA TARJETA y los cargos, costos, intereses, comisiones, débitos, créditos e impuestos que resulten aplicables de los respectivos beneficiariosconformidad con el CONTRATO y con la ley, la leyenda “ANSES SUAFse informarán mensualmente en un Resumen de Cuenta que EL EMISOR enviara al domicilio y/UVHI”o dirección de correo electrónico declarado por el USUARIO Titular. EL EMISOR pondrá a su disposición una copia del resumen de cuenta en sus locales comerciales. De no recibir el Resumen de Cuenta, cuando éste sea el agente pagadorUsuario titular deberá solicitar copia del mismo a EL EMISOR, y/o consultar telefó- nicamente su saldo, su fecha de vencimiento y el Pago Mínimo que podrá realizar. En El vencimiento del Resumen de Cuenta se producirá el caso día señalado en el mismo. La no recepción del Resumen de las acreditaciones de las prestaciones Cuenta no exime al USUARIO de la seguridad social obligación de pagar las sumas que integran correspondan en los plazos �jados. La emisión del Resumen de Cuenta a fecha determinada no implica necesariamente que no existan operaciones efectuadas por el SIPA, cuyos pagos administre la ANSES, del concepto “Programa Nacional USUARIO antes de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas” -Decreto N° 99/09- y del “Programa Hogares con Garrafas (HOGAR)” -Decreto N° 470/15- deberá consignarsedicha fecha que pudieren encontrarse pendientes de inclusión en el mismo, en los resúmenes cuyo caso serán incluidos en posteriores resúmenes. La emisión del Resumen de Cuenta, está incluida dentro de la Comisión por Mantenimiento de Cuenta que se detalla en el ANEXO I y que el USUARIO autoriza le sea cargada al resumen. EL EMISOR podrá modi�car dicha Comisión por Mantenimiento de Cuenta, noti�cando al USUARIO en forma escrita mediante nota simple o a través del resumen de cuenta (o con antelación a su entrada en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, las leyendas “ANSES SIPA”, “BECA BICENT” y “ANSES HOGAR”, respectivamente.vigencia. CLAUSULA 7:
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Samples: Contrato De Adhesion
Resumen de cuenta. Se emitiráMensualmente el BANCO enviará a quienes sean TITULARES, sin cargoal domicilio constituido en la presente solicitud o al indicado con posterioridad y notificado en forma fehaciente al BANCO, un el resumen semestral de cuenta con el detalle de las compras efectuadas y servicios adquiridos y/o gastos ya sean financiables o no como así también los movimientos registrados intereses, comisiones y demás cargos y accesorios (se detallan más abajo), que mediante la utilización de la Tarjeta o se hubieren generado. Dichos cargos e importes serán debidos y les serán liquidados para su pago mediante resumen, que será remitido con una anticipación mínima de cinco (5) días anteriores al vencimiento de su obligación de pago. De no recibirlo dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha de vencimiento del pago (la cual constará en el resumen inmediato anterior), la PERSONA TITULAR se obliga a informarse en tiempo oportuno. A tal efecto, una copia del resumen de cuenta se encontrará a su disposición en la cuentasucursal del BANCO emisor de la Tarjeta. Además, que se enviará podrá consultar telefónicamente a través de los centros habilitados por la entidad administradora del Sistema de Tarjetas o al domicilio Centro de Servicios: 0810-333- 72672/PAMPA el saldo de la tarjeta, monto del titular salvo opción en contrario que este último formule expresamente. El sistema pago mínimo y fecha de vencimiento de este, así como también a través de los cajeros automáticos de la entidad financiera depositaria deberá proveer –sin cargo- un talón Red Link. La PERSONA TITULAR presta conformidad para que se incluyan en el resumen los importes por operaciones que aún no hayan sido abonadas por el Sistema al establecimiento adherido en el que figuren las haya realizado. Todo resumen de cuenta y las operaciones, accesorios y cargos en él comprendidos se considerarán aceptados y conformados, si dentro de los treinta (30) días de recibido, no los objetare ni impugnare expresamente por nota debidamente suscripta remitida al BANCO, detallando claramente el saldo error atribuido y aportando todo dato que sirva para esclarecerlo. El BANCO acusará recibo de la impugnación dentro de los últimos diez movimientos operadossiete (7) días de recibida y dentro de los quince (15) días siguientes corregirá el error si lo hubiere o explicará la exactitud de la liquidación. El plazo de corrección se ampliará a sesenta (60) días en las operaciones realizadas en el exterior. Mientras dure el procedimiento de impugnación el BANCO podrá exigir el pago mínimo, correspondientes a los consumos no cuestionados o impugnados en la liquidación de la tarjeta, conforme lo permitido por la ley 25.0651, sus modificatorias y complementarias. El resumen expresa o tácitamente aceptado o aprobado, se constituirá en cuenta aprobada, convirtiéndose los importes en él consignados en líquidos y exigibles, facultando al BANCO para la destrucción de talones, cupones, facturas o boletas de venta correspondientes a los rubros en él incluidos. Los saldos que eventualmente se generen en favor de la PERSONA TITULAR, y copia que resulte de la registración de operaciones vinculadas con su participación en el Sistema no devengarán intereses de ningún tipo. Tales saldos podrán ser aplicados por el BANCO a compensar (art. 921 del Código Civil y Comercial2) En los supuestos de falta de pago, el BANCO podrá preparar la vía ejecutiva de conformidad con lo prescripto por las leyes procesales vigentes en el lugar en que se acciona y las disposiciones emergentes de la Ley 25.0651, sus modificatorias y complementarias. A todos los efectos, las PERSONAS USUARIAS aceptan que sus firmas insertas en cupones implican la aceptación del contenido de estos. Los resúmenes que no han sido impugnados dentro del plazo legal importan para el reconocimiento del saldo consignado como deuda exigible, sin necesidad de que cada uno de los certificados de liquidación de las prestaciones cupones deba ser presentado a juicio para su reconocimiento. Los saldos acreedores que eventualmente se generen a su favor, que resulten de la seguridad social acreditadas en la cuenta en los últimos dos meses, en los casos en que la ANSES u otro ente administrador registración de los pagos lo requieran. Adicionalmente, todos los cajeros automáticos habilitados operaciones vinculadas con su participación en el país Sistema de Tarjetas de Crédito, no se actualizarán ni devengarán intereses de ningún tipo. Tales saldos podrán ser aplicados por cualquier entidad financiera deberán informar -a través de sus respectivas pantallas- la fecha correspondiente al próximo pago de la prestación de la seguridad social, cuando la ANSES u otro ente administrador de los pagos proporcionen el BANCO para compensar saldos deudores que pudieran registrarse en esa información. Cuando se reciban acreditaciones que respondan al concepto “asignaciones familiares”, deberá consignarse en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, la leyenda “ANSES SUAF/UVHI”, cuando éste sea el agente pagador. En el caso de las acreditaciones de las prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, cuyos pagos administre la ANSES, del concepto “Programa Nacional de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas” -Decreto N° 99/09- y del “Programa Hogares con Garrafas (HOGAR)” -Decreto N° 470/15- deberá consignarse, en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, las leyendas “ANSES SIPA”, “BECA BICENT” y “ANSES HOGAR”, respectivamentecuenta.
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Resumen de cuenta. Se emitirá, sin cargo, un resumen semestral con el detalle de los movimientos registrados en la cuenta, que se enviará al domicilio del titular salvo opción en contrario que este último formule expresamente. El sistema de cajeros automáticos de la entidad financiera depositaria deberá proveer –sin cargo- cargo– un talón en el que figuren el saldo y los últimos diez movimientos operados, y copia de los certificados de liquidación de las prestaciones de la seguridad social acreditadas en la cuenta en los últimos dos meses, en los casos en que la ANSES u otro ente administrador de los pagos lo requieran. Adicionalmente, todos los cajeros automáticos habilitados en el país por cualquier entidad financiera deberán informar -a –a través de sus respectivas pantallas- pantallas– la fecha correspondiente al próximo pago de la prestación de la seguridad social, cuando la ANSES u otro ente administrador de los pagos proporcionen esa información. Cuando se reciban acreditaciones que respondan al concepto “asignaciones familiares”, deberá consignarse en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, la leyenda “ANSES SUAF/UVHI”, cuando éste sea el agente pagador. En el caso de las acreditaciones de las prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, cuyos pagos administre la ANSES, del concepto “Programa Nacional de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas” -Decreto –Decreto N° 99/09- 99/09– y del “Programa Hogares con Garrafas (HOGAR)” -Decreto –Decreto N° 470/15- 470/15– deberá consignarse, en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, las leyendas “ANSES SIPA”, “BECA BICENT” y “ANSES HOGAR”, respectivamente.
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Resumen de cuenta. Se emitiráMensualmente el Banco enviará al Titular, sin cargoal domicilio constituido en la presente solicitud o al indicado con posterioridad y notificado en forma fehaciente al Banco, un el resumen semestral de cuenta con el detalle de las compras efectuadas y servicios adquiridos y/o gastos ya sean financiables o no como así también los movimientos registrados intereses, comisiones y demás cargos y accesorios (se detallan más abajo), que mediante la utilización de la Tarjeta titular y/o sus adicionales hubieran realizado y/o se hubieren generado. Dichos cargos e importes serán debidos y les serán liquidados para su pago mediante dicho resumen, que será remitido al Titular con una anticipación mínima de cinco (5) días anteriores al vencimiento de su obligación de pago. De no recibir el resumen de cuenta dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha de vencimiento del pago (la cual constará en el resumen inmediato anterior), el Titular se obliga a informarse en tiempo oportuno. A tal efecto, una copia del resumen de cuenta se encontrará a su disposición en la cuentasucursal del Banco emisor de la Tarjeta. Además, que se enviará podrá consultar telefónicamente a través de los centros habilitados por la entidad administradora del Sistema de Tarjetas o al domicilio Centro de Servicios: 0810-333- 72672/PAMPA el saldo de la tarjeta, monto del titular salvo opción en contrario que este último formule expresamente. El sistema pago mínimo y fecha de vencimiento del mismo, así como también a través de los cajeros automáticos de la entidad financiera depositaria deberá proveer –sin cargo- un talón Red Link. El titular presta conformidad para que se incluyan en el resumen los importes por operaciones que aún no hayan sido abonadas por el Sistema al establecimiento adherido en el que figuren el saldo Usuario las haya realizado. Todo resumen de cuenta y las operaciones, accesorios y cargos en él comprendidos se considerarán aceptados y conformados por el Titular, si dentro de los últimos diez movimientos operadostreinta (30) días de recibido, no los objetare ni impugnare expresamente por nota debidamente suscripta remitida al Banco, detallando claramente el error atribuido y aportando todo dato que sirva para esclarecerlo. El Banco acusará recibo de la impugnación dentro de los siete (7) días de recibida y dentro de los quince (15) días siguientes corregirá el error si lo hubiere o explicará la exactitud de la liquidación. El plazo de corrección se ampliará a sesenta (60) días en las operaciones realizadas en el exterior. Mientras dure el procedimiento de impugnación el Banco podrá exigir el pago mínimo, correspondientes a los consumos no cuestionados o impugnados en la liquidación de la tarjeta, conforme lo permitido por la ley 25.065[6], sus modificatorias y complementarias. El resumen expresa o tácitamente aceptado o aprobado, se constituirá en cuenta aprobada, convirtiéndose los importes en él consignados en líquidos y exigibles, facultando al Banco para la destrucción de talones, cupones, facturas o boletas de venta correspondientes a los rubros en él incluidos. Los saldos que eventualmente se generen en favor del titular, y copia que resulte de la registración de operaciones vinculadas con su participación en el Sistema no devengarán intereses de ningún tipo. Tales saldos podrán ser aplicados por el Banco a compensar (art. 921 del Código Civil y Comercial [7]). En los supuestos de falta de pago, el Banco podrá preparar la vía ejecutiva de conformidad con lo prescripto por las leyes procesales vigentes en el lugar en que se acciona y las disposiciones emergentes de la Ley 25.065[6], sus modificatorias y complementarias. A todos los efectos, los Usuarios aceptan que sus firmas insertas en cupones implican la aceptación del contenido de los certificados mismos. Los resúmenes que no han sido impugnados dentro del plazo legal importan para el Usuario el reconocimiento del saldo consignado como deuda exigible, sin necesidad de liquidación que cada uno de las prestaciones los cupones deba ser presentado a juicio para su reconocimiento. Los saldos acreedores que eventualmente se generen a favor del Usuario, que resulten de la seguridad social acreditadas en la cuenta en los últimos dos meses, en los casos en que la ANSES u otro ente administrador registración de los pagos lo requieran. Adicionalmente, todos los cajeros automáticos habilitados operaciones vinculadas con su participación en el país Sistema de Tarjetas de Crédito, no se actualizarán ni devengarán intereses de ningún tipo. Tales saldos podrán ser aplicados por cualquier entidad financiera deberán informar -a través de sus respectivas pantallas- la fecha correspondiente al próximo pago de la prestación de la seguridad social, cuando la ANSES u otro ente administrador de los pagos proporcionen el Banco para compensar saldos deudores que pudieran registrarse en esa información. Cuando se reciban acreditaciones que respondan al concepto “asignaciones familiares”, deberá consignarse en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, la leyenda “ANSES SUAF/UVHI”, cuando éste sea el agente pagador. En el caso de las acreditaciones de las prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, cuyos pagos administre la ANSES, del concepto “Programa Nacional de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas” -Decreto N° 99/09- y del “Programa Hogares con Garrafas (HOGAR)” -Decreto N° 470/15- deberá consignarse, en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, las leyendas “ANSES SIPA”, “BECA BICENT” y “ANSES HOGAR”, respectivamentecuenta.
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Resumen de cuenta. Se emitirá, sin cargo, El BANCO remitirá al Titular un resumen semestral de cuenta mensual, el que será recibido con una antelación de 5 días respecto de la fecha de vencimiento. Ante la no recepción del mismo, el detalle Usuario podrá solicitar su estado de cuenta al teléfono provisto por las Administradoras para tal fin, las 24 horas del día, a través del Home Banking y/o retirarlo de la sucursal del BANCO que emitió la tarjeta y se le crea la obligación de realizar el pago correspondiente según la fecha fijada en él. El hecho de estar ausente el Titular del domicilio que hubiere fijado para que el BANCO remita el resumen de cuenta no lo excusará de la obligación de satisfacerlo en término. A opción del Titular, la que podrá variar cuantas veces lo estime, el BANCO podrá remitir el resumen de cuenta al correo electrónico que el mismo haya establecido en la Solicitud de Producto “Nación Equipa Tu Hogar”. Esta opción será válida y aceptada expresamente y quedará suficientemente acreditada con la suscripción del Titular del presente Anexo. El Usuario podrá dentro del plazo de 30 días contados a partir de la recepción del resumen impugnar u observar la liquidación practicada en el mismo. Dicha impugnación u observación deberá ser elevada mediante nota manuscrita al BANCO, el que deberá acusar recibo de la misma dentro de los 7 días posteriores, comprometiéndose a efectuar su elevación a la EMPRESA para ser analizada y realizar el ajuste de los movimientos registrados en observados o explicar claramente la cuenta, liquidación aportando los comprobantes o fundamentos que se enviará al domicilio del titular salvo opción en contrario que este último formule expresamenteavalen la situación dentro de los 15 días siguientes de su recepción. El sistema plazo de cajeros automáticos corrección se ampliará a 60 días respecto de la entidad financiera depositaria deberá proveer –sin cargo- un talón las operaciones realizadas en el que figuren el saldo y exterior. La presentación de reclamos no exime al Usuario del pago en término de su liquidación, deducidos los últimos diez movimientos operados, y copia de los certificados de liquidación importes de las prestaciones transacciones cuestionadas. El titular deberá manifestar su aceptación o no de la seguridad social acreditadas en la cuenta en los últimos dos meses, en los casos en que la ANSES u otro ente administrador de los pagos lo requieran. Adicionalmente, todos los cajeros automáticos habilitados las explicaciones dadas por el BANCO en el país por cualquier entidad financiera deberán informar -a través plazo de sus respectivas pantallas- la fecha correspondiente al próximo pago 10 (diez) días de la prestación de la seguridad socialrecibidas, cuando la ANSES u otro ente administrador de los pagos proporcionen esa información. Cuando vencido dicho plazo sin que aquél se reciban acreditaciones expida, se entenderá que respondan al concepto “asignaciones familiares”, deberá consignarse en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, la leyenda “ANSES SUAF/UVHI”, cuando éste sea el agente pagadorlas mismas han sido tácitamente aceptadas. En el caso de las acreditaciones que el Usuario manifestare disconformidad, el BANCO resolverá la cuestión en el plazo de 10 días hábiles, vencidos los cuales quedará expedita la vía judicial para ambas partes. La conformidad expresa o tácita de un resumen y liquidación de cuenta solo importará el reconocimiento de la legitimidad y validez de las prestaciones compras y cargos que en él figuren y del respectivo saldo, pero no afecta la validez y legitimidad de otras compras y/o cargos efectuados durante ese período o en anteriores cuyas facturas aún no se hubieran recibido de los comercios adheridos o no hubieren vencido según lo pactado con ellos. Comprobantes de cargo El TITULAR, deja expresa constancia que su firma inserta en los cupones de venta implica el reconocimiento de la seguridad social que integran deuda y la correspondiente autorización para cargar su importe en la cuenta pertinente Obligaciones del TITULAR. El TITULAR acepta que, para acceder a la tarjeta de crédito, deberá encontrarse al día en el SIPApago de todas sus obligaciones fiscales y previsionales. Asimismo se compromete al cumplimiento futuro de dichas obligaciones. A fin del control de la observación de la presente cláusula, cuyos pagos administre la ANSES, del concepto “Programa Nacional de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas” -Decreto N° 99/09- y del “Programa Hogares con Garrafas (HOGAR)” -Decreto N° 470/15- deberá consignarse, en los resúmenes de cuenta (o en se obliga a presentar los comprobantes de movimientos que se emitan pago de impuestos y contribuciones cuando el BANCO los requiera y a través simple pedido de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, las leyendas “ANSES SIPA”, “BECA BICENT” y “ANSES HOGAR”, respectivamenteéste.
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Samples: www.bna.com.ar
Resumen de cuenta. Se emitirá, sin cargo, El Titular recibirá mensualmente un resumen semestral de cuenta de la/s Tarjeta/s de Crédito, donde se detallarán las operaciones realizadas en el período mensual que se informa junto con los cargos, comisiones, intereses e impuestos que correspondan. De no recibir dicho resumen, el detalle Titular deberá, dentro de los movimientos registrados en 5 días anteriores a la cuentafecha de vencimiento del pago, que se enviará solicitar al domicilio Emisor copia del titular salvo opción en contrario que este último formule expresamente. El sistema resumen de cajeros automáticos cuenta o solicitar información sobre el saldo de la entidad financiera depositaria deberá proveer –sin cargo- un talón en cuenta y el que figuren el saldo y los últimos diez movimientos operados, y copia monto de los certificados de liquidación de las prestaciones de la seguridad social acreditadas en la cuenta en los últimos dos meses, en los casos en que la ANSES u otro ente administrador de los pagos lo requieranpago mínimo. Adicionalmente, todos los cajeros automáticos habilitados en el país por cualquier entidad financiera deberán informar -a través de sus respectivas pantallas- la fecha correspondiente Titular podrá acceder al próximo pago de la prestación de la seguridad social, cuando la ANSES u otro ente administrador de los pagos proporcionen esa información. Cuando se reciban acreditaciones que respondan al concepto “asignaciones familiares”, deberá consignarse en los resúmenes resumen de cuenta (o ingresando a xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/, personalmente en los comprobantes de movimientos que se emitan sucursales del Emisor, a través de cajeros automáticos) automáticos y/o llamando a las Administradoras o al centro de atención telefónica del Emisor. Por su parte, el Titular de Tarjetas de Crédito emitidas como componentes de paquetes de productos previsionales, también podrá acceder al resumen de cuenta en las terminales de consulta habilitadas en sucursales destinadas a la atención de clientes del segmento previsional del Emisor. La falta de recepción del resumen de cuenta por cualquier motivo no exime de pago al Titular. La fecha de cierre de cada resumen definida por las Administradoras es la detallada en la cláusula 36. y en cada resumen de cuenta mensual. 5.2. Impugnación del resumen de cuenta El Titular podrá impugnar el resumen de cuenta dentro de los respectivos beneficiarios30 (treinta) días corridos desde la fecha de recepción del resumen de cuenta mediante el envío de una nota detallando claramente el error observado y aportando como mínimo los siguientes datos: • Referencia de la transacción cuestionada. • Copia de resumen de la liquidación impugnada. • En caso de objetarse el importe de la transacción, copia de factura y de comprobante de pago Visa o MasterCard, según corresponda. Si se determinara la leyenda “ANSES SUAF/UVHI”improcedencia de la impugnación, cuando éste ya sea total o parcialmente, el agente pagadorTitular deberá abonar los importes correspondientes, más los intereses compensatorios y moratorios que se devenguen sobre los mismos. En el caso de las acreditaciones que el Titular no impugne la liquidación dentro de las prestaciones los 30 (treinta) días corridos desde la recepción del resumen, se considerará aceptado el contenido de la seguridad social que integran el SIPA, cuyos pagos administre la ANSES, del concepto “Programa Nacional de Becas Bicentenario para Carreras Científicas y Técnicas” -Decreto N° 99/09- y del “Programa Hogares con Garrafas (HOGAR)” -Decreto N° 470/15- deberá consignarse, en los resúmenes de cuenta (cuenta. Los consumos, gastos y demás conceptos efectuados en moneda extranjera distinta al dólar estadounidense serán convertidos a dólares estadounidenses por la Administradora, a efectos de su inclusión en el resumen de cuenta. El Titular podrá cancelar los consumos efectuados en dólares estadounidenses en dicha moneda o en la moneda de curso legal en la República Argentina, según el tipo de cambio vigente en el Emisor al día del efectivo pago del resumen de cuenta. Si el Titular no cancelara los comprobantes consumos en dólares estadounidenses, en dicha moneda, antes o en la fecha de movimientos que se emitan vencimiento del resumen en el cual fueron reflejados, el Emisor podrá convertir tales consumos según el tipo de cambio vigente en el Emsor al momento de la conversión, reflejándose la conversión a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, las leyendas “ANSES SIPA”, “BECA BICENT” y “ANSES HOGAR”, respectivamentepesos en el resumen siguiente.
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Samples: Contrato De Emisión De Tarjeta De Crédito – Cartera Consumo