Common use of SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Clause in Contracts

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. La empresa adjudicataria tendrá que cumplir todo lo previsto a la “Ley de Prevención de Riesgos Laborales” y “RD” en vigor, así como toda la normativa de obligado cumplimiento en el ámbito de la Legislación Laboral, aportando documentación acreditativa del cumplimiento de la misma (Política de prevención, Plan de Prevención de Riesgos, etc.) También se comprometerá a facilitar a sus empleados los elementos de seguridad necesarios para la ejecución de trabajos en altura y enviará a la Dirección Técnica del PSC una relación de los mismos. La empresa adjudicataria dotará a su personal de uniforme de trabajo con su logotipo identificativo, previa aprobación del mismo por ambas partes, así como la identificación correspondiente. De la falta de aseo, descuido en el uniforme, así como la descortesía ante el personal y usuarios del PSC, será responsable la empresa adjudicataria. El PSC se reserva el derecho de requerir la sustitución del personal adscrito a los servicios, por alguna de las causas anteriores u otras causas justificadas, sin perjuicio de la imposición de las penalidades o sanciones por los daños o perjuicios ocasionados que correspondan conforme a la aplicación de la normativa legal. La Empresa adjudicataria colocará los elementos de protección y señalización precisos de forma inmediata (avisando al PSC) cuando se observe alguna deficiencia que represente algún peligro para los usuarios del Centro Cultural o terceros. Colocará los elementos provisionales precisos (si es necesario) hasta que se realice la operación definitiva. Utilizará elementos auxiliares para garantizar la permanencia y el paso de operarios sin deteriorar ningún elemento del Centro Cultural, como por ejemplo mesas, pasarelas o andamios. La Empresa adjudicataria, tendrá que solicitar de forma justificada y por escrito al PSC de la colocación de elementos de seguridad que falten al edificio para poder realizar los trabajos en las condiciones de seguridad requeridas por la normativa vigente. La empresa adjudicataria se compromete a hacer respetar a su personal la normativa interna y de seguridad propias del edificio. Estará prohibido por el personal de la empresa adjudicataria: Comer en el interior de cualquier dependencia del edificio que no le haya sido asignado expresamente para tal fin por el Patronato. Introducir y consumir en el edificio bebidas alcohólicas o entrar en el edificio en estado de embriaguez. Provocar desordenes de cualquier tipo, en los locales de trabajo y en general en cualquier dependencia del edificio. Mantener reuniones en el centro, que no sean relativas a la prestación del servicio. Faltar al respeto a los usuarios del centro. No podrán hacerse ayudar en la realización de sus trabajos por personal ajeno a la empresa que no esté autorizado por el Patronato Socio Cultural.

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Samples: Contract for Artistic Interpretation Services, Contract for Services, Contract for Public Services

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. La empresa adjudicataria tendrá que cumplir todo lo previsto a la “Ley de Prevención de Riesgos Laborales” y “RD” en vigor, así como toda la normativa de obligado cumplimiento en el ámbito de la Legislación Laboral, aportando documentación acreditativa del cumplimiento de la misma (Política de prevención, Plan de Prevención de Riesgos, etc.) También se comprometerá a facilitar a sus empleados los elementos de seguridad necesarios para la ejecución de trabajos en altura y enviará a la Dirección Técnica del PSC una relación de los mismos. La empresa adjudicataria dotará a su personal de uniforme de trabajo con su logotipo identificativo, previa aprobación del mismo por ambas partes, así como la identificación correspondiente. De la falta de aseo, descuido en el uniforme, así como la descortesía ante el personal y usuarios del PSC, será responsable la empresa adjudicataria. El PSC se reserva el derecho de requerir la sustitución del personal adscrito a los servicios, por alguna de las causas anteriores u otras causas justificadas, sin perjuicio de la imposición de las penalidades o sanciones por los daños o perjuicios ocasionados que correspondan conforme a la aplicación de la normativa legal. La Empresa adjudicataria colocará los elementos de protección y señalización precisos de forma inmediata (avisando al PSC) cuando se observe alguna deficiencia que represente algún peligro para los usuarios del Centro Cultural o terceros. Colocará los elementos provisionales precisos (si es necesario) hasta que se realice la operación definitiva. Utilizará elementos auxiliares para garantizar la permanencia y el paso de operarios sin deteriorar ningún elemento del Centro Cultural, como por ejemplo mesas, pasarelas o andamios. La Empresa adjudicataria, tendrá que solicitar de forma justificada y por escrito al PSC de la colocación de elementos de seguridad que falten al edificio para poder realizar los trabajos en las condiciones de seguridad requeridas por la normativa vigente. La empresa adjudicataria se compromete a hacer respetar a su personal la normativa interna y de seguridad propias del edificio. Estará prohibido por el personal de la empresa adjudicataria: Comer en el interior de cualquier dependencia del edificio que no le haya sido asignado expresamente para tal fin por el Patronato. Introducir y consumir en el edificio bebidas alcohólicas o entrar en el edificio en estado de embriaguez. Provocar desordenes de cualquier tipo, en los locales de trabajo y en general en cualquier dependencia del edificio. Mantener reuniones en el centro, que no sean relativas a la prestación del servicio. Faltar al respeto a los usuarios del centro. No podrán hacerse ayudar en la realización de sus trabajos por personal ajeno a la empresa que no esté autorizado por el Patronato Socio Cultural. El contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados a los servicios, si no se da causa de fuerza mayor.

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Samples: Contract for Services, Contract for Discretionary Transport Services, Contract for Services

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. La empresa adjudicataria tendrá que cumplir todo lo previsto a la “Ley de Prevención de Riesgos Laborales” y “RD” en vigor, así como toda la normativa de obligado cumplimiento en el ámbito Se deja expresa constancia de la Legislación Laboral, aportando documentación acreditativa obligatoriedad del cumplimiento de lo prescripto por la misma Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo No.19587/72, su Decreto Reglamentario No. 351/79 y de lo prescripto por el Decreto Nº 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución Nº Te. 0342 – 4505718 – 4505724 – 0000000 - 0000000 / Fax 0000-0000000 – xxx.xxx.xxxxxxx.xxx.xx - 231/96 (Política S.R.T.) que reglamenta los artículos Nº 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de prevención, la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.- El/los Contratistas presentarán un Plan de Prevención Seguridad, Programa de RiesgosAcción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo requeridas en el Capítulo 3 del Decreto 911/96. El/los Contratistas serán los únicos responsables por todos los daños que pudieran ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc, durante la prestación del Servicio, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc.) También se comprometerá . Además el/los Contratistas estarán obligados a facilitar a sus empleados los elementos de seguridad necesarios para la ejecución de trabajos en altura señalar y enviará a la Dirección Técnica del PSC una relación proteger convenientemente el lugar de los mismos. La empresa adjudicataria dotará trabajos a su personal fin de uniforme de trabajo con su logotipo identificativo, previa aprobación del mismo por ambas partes, así como la identificación correspondiente. De la falta de aseo, descuido en el uniforme, así como la descortesía ante el personal y usuarios del PSC, será responsable la empresa adjudicatariaevitar daños o accidentes a personas u objetos. El PSC se reserva el derecho de requerir la sustitución personal del personal adscrito Contratista está obligado a los servicios, por alguna de las causas anteriores u otras causas justificadas, sin perjuicio de la imposición de las penalidades o sanciones por los daños o perjuicios ocasionados que correspondan conforme a la aplicación de la normativa legal. La Empresa adjudicataria colocará usar en todo momento los elementos de protección adecuados. La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y señalización precisos de tamaño adecuado para ser leída a una distancia de 3 metros. Todo el personal del Contratista debe disponer en forma inmediata (avisando permanente de carné plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Misma, cargo que desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguíneo y detalle xx xxxxxxxx y/o elementos que originan alergias al PSC) cuando portador.- No se observe alguna deficiencia que represente algún peligro para los usuarios del Centro Cultural o terceros. Colocará admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos provisionales precisos (si es necesario) hasta que se realice la operación definitiva. Utilizará elementos auxiliares para garantizar la permanencia y el paso de operarios sin deteriorar ningún elemento del Centro Cultural, como por ejemplo mesas, pasarelas o andamios. La Empresa adjudicataria, tendrá que solicitar de forma justificada y por escrito al PSC de la colocación de elementos de seguridad que falten al edificio para poder realizar los trabajos en las condiciones de seguridad requeridas por la normativa vigente. La empresa adjudicataria se compromete a hacer respetar a su personal la normativa interna y de seguridad propias del edificio. Estará prohibido por el personal de la empresa adjudicataria: Comer en el interior de cualquier dependencia del edificio que no le haya sido asignado expresamente para tal fin por el Patronato. Introducir y consumir en el edificio bebidas alcohólicas o entrar en el edificio en estado de embriaguez. Provocar desordenes de cualquier tipo, en los locales de trabajo y en general en cualquier dependencia del edificio. Mantener reuniones en el centro, que no sean relativas a la prestación del servicio. Faltar al respeto a los usuarios del centro. No podrán hacerse ayudar en la realización de sus trabajos por personal ajeno a la empresa que no esté autorizado por el Patronato Socio Cultural.requeridos.-

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