Common use of SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Clause in Contracts

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Se deja expresa constancia de la obligatoriedad del cumplimiento de lo prescripto por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo No.19587/72, su Decreto Reglamentario No. 351/79 y de lo prescripto por el Decreto Nº 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución Nº 231/96 (S.R.T.) que reglamenta los artículos Nº 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.- El/los Contratistas presentarán un Plan de Seguridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo requeridas en el Capítulo 3 del Decreto 911/96. El/los Contratistas serán los únicos responsables por todos los daños que pudieran ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc, durante la prestación del Servicio, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos. El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados . La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leida a una distancia de 3 metros. Todo el personal del Contratista debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Misma, cargo que desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguineo y detalle xx xxxxxxxx y/o elementos que originan alergias al portador.- No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.-

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Se deja expresa e xpresa constancia de la obligatoriedad o bligatoriedad del cumplimiento cum plimiento de lo prescripto por p rescripto po r la Ley de Higiene Xxx xx Xxxxx ne y Seguridad Segurid ad en el Trabajo No.19587/72e l Trabaj o No .19587/72, su Decreto Reglamentario No. 351/79 y de lo prescripto por el Decreto Nº 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Trabaj o. Reglamento para la Industria In dustria de la l a Construcción y la Resolución Nº 231/96 2 31/96 (S.R.T.) que q ue reglamenta los artículos Nº 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.- El/los Contratistas presentarán un Plan de Seguridadxx Xxxx ridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde d onde se establezcan e stablezcan los riesgos potenciales ri esgos pote nciales y las medidas de prevención pre vención a adoptara doptar, siguiendo en e n todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/Legi slación vige nte y/ o la que sustituya, incluyendo incluy endo datos del profesional d el profesi onal que brindará b rindará las prestaciones presta ciones de Higiene Hi giene y Seguridad Seguri dad en el Trabajo requeridas en T rabajo re queridas e n el Capítulo 3 del Decreto 911/96. El/los Contratistas serán se rán los únicos responsables resp onsables por todos to dos los daños d años que pudieran p udieran ocurrir a los l os materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc, durante la prestación del Servicio, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos. El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados adecuados. La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción i nscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leida a una distancia de 3 metros. Todo el personal pe rsonal del Contratista debe disponer de be di sponer en forma permanente de carnet plastificado que pl astificado q ue identifique, NombreNomb re, ApellidoAp ellido, Empresa Contratista, Dirección Dire cción y Teléfono de la Misma, cargo que q ue desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguineo y detalle xx xxxxxxxx y/o elementos que originan alergias al portador.- No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.-

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Samples: Contratación Servicio Integral De Limpieza

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Se deja expresa constancia de la obligatoriedad del cumplimiento de lo prescripto por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo No.19587/72, su Decreto Reglamentario No. 351/79 y de lo prescripto por el Decreto Nº 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución Nº 231/96 (S.R.T.) que reglamenta los artículos Nº 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.- El/los Contratistas El Contratista presentarán un Plan de Seguridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo requeridas en el Capítulo 3 del Decreto 911/96. El/los Contratistas serán los únicos responsables El Contratista será el único responsable por todos los daños que pudieran ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc., de su propiedad, durante la prestación del Servicio, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos. El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados . La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leida a una distancia de 3 metrosadecuados. Todo el personal del Contratista debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Mismamisma, cargo que desempeña el portador, foto color del portadorcolor, Grupo Sanguineo Sanguíneo y detalle xx xxxxxxxx y/o elementos que originan alergias al portador.- portador. No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.-requeridos.

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Samples: Provision of It Systems Agreement

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Se deja expresa constancia de la obligatoriedad del cumplimiento de lo prescripto por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo No.19587/72, su Decreto Reglamentario No. 351/79 y de lo prescripto por el Decreto Nº 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución Nº 231/96 (S.R.T.) que reglamenta los artículos Nº 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.- El/los Contratistas presentarán un Plan de Seguridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo requeridas en el Capítulo 3 del Decreto 911/96. El/los Contratistas serán los únicos responsables por todos los daños que pudieran ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc, durante la prestación del Servicio, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos. El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados adecuados. La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leida a una distancia de 3 metros. Todo el personal del Contratista debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Misma, cargo que desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguineo y detalle xx xxxxxxxx y/o elementos que originan alergias al portador.- No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.-

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Se deja expresa constancia La empresa adjudicataria tendrá que cumplir todo lo previsto a la “Ley de Prevención de Riesgos Laborales” y “RD” en vigor, así como toda la normativa de obligado cumplimiento en el ámbito de la obligatoriedad Legislación Laboral, aportando documentación acreditativa del cumplimiento de lo prescripto la misma (Política de prevención, Plan de Prevención de Riesgos, etc.) De la falta de aseo, así como la descortesía ante el personal y usuarios del PSC, será responsable la empresa adjudicataria. El PSC se reserva el derecho de requerir la sustitución del personal adscrito a los servicios, por alguna de las causas anteriores u otras causas justificadas, sin perjuicio de la Ley imposición de Higiene las penalidades o sanciones por los daños o perjuicios ocasionados que correspondan conforme a la aplicación de la normativa legal. La empresa adjudicataria se compromete a hacer respetar a su personal la normativa interna y Seguridad de seguridad propias del edificio. Estará prohibido por el personal de la empresa adjudicataria: Comer en el Trabajo No.19587/72, su Decreto Reglamentario No. 351/79 y interior de lo prescripto cualquier dependencia del edificio que no le haya sido asignado expresamente para tal fin por el Decreto Nº 911/96 de Higiene Patronato. Introducir y Seguridad consumir en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución Nº 231/96 (S.R.T.) que reglamenta los artículos Nº 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.- El/los Contratistas presentarán un Plan de Seguridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/edificio bebidas alcohólicas o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad entrar en el Trabajo requeridas edificio en estado de embriaguez. Provocar desordenes de cualquier tipo, en los locales de trabajo y en general en cualquier dependencia del edificio. Mantener reuniones en el Capítulo 3 del Decreto 911/96. El/los Contratistas serán los únicos responsables por todos los daños centro, que pudieran ocurrir no sean relativas a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc, durante la prestación del Servicio, causados servicio. Faltar al respeto a los usuarios del centro. No podrán hacerse ayudar en la realización de sus trabajos por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados personal ajeno a señalar y proteger convenientemente la empresa que no esté autorizado por el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetosPatronato Socio Cultural. El personal contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del Contratista está obligado contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a usar en todo momento causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados a los elementos servicios, si no se da causa de protección adecuados . La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leida a una distancia de 3 metros. Todo el personal del Contratista debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Misma, cargo que desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguineo y detalle xx xxxxxxxx y/o elementos que originan alergias al portador.- No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.-fuerza mayor.

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Samples: Contrato Administrativo Especial