Common use of Seguridad, higiene y accidentes de trabajo Clause in Contracts

Seguridad, higiene y accidentes de trabajo. El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a la legislación vigente respecto de Higiene y Seguridad en el Trabajo, bajo apercibimiento de aplicación de multa conforme la previsión del punto 14.5 del presente pliego. En particular, deberá cumplir con la siguiente normativa: ▪ Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (B.O. Nº 22412) ▪ Decreto 351/79 y sus modificatorias, reglamentario de la Ley N°19.587 (B.O. Nº 24170) ▪ Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo (B.O. Nº 28242) ▪ Decreto 911/96 - Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción (B.O. Nº 28457) Será responsabilidad del Contratista de la obra, como así también de aquellos que trabajen en carácter de Subcontratistas total o parcialmente en la ejecución de la misma, presentar al momento de labrar el Acta de Inicio de Obras, la siguiente documentación: ▪ Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos Del Trabajo (A.R.T), con una duración inicial que comprenda en su totalidad el plazo de obra. ▪ Programa Unico de Seguridad, aprobado por la A.R.T. del Contratista Principal en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Programas de Seguridad de cada uno de los Subcontratistas de la obra, ajustados al programa único y aprobados por sus respectivas A.R.T., en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Denuncia de inicio de obra, en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 51/97.

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Samples: Contrato Convenio Que Rige Las Relaciones, Derechos Y Obligaciones Entre El Comitente Y El Adjudicatario

Seguridad, higiene y accidentes de trabajo. El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a la legislación vigente respecto de Higiene y Seguridad en el Trabajo, bajo apercibimiento de aplicación de multa conforme la previsión del punto 14.5 del presente pliego. En particular, deberá cumplir con la siguiente normativa: ▪ Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (B.O. Nº 22412) ▪ Decreto 351/79 y sus modificatorias, reglamentario de la Ley N°19.587 (B.O. Nº 24170) ▪ Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo (B.O. Nº 28242) ▪ Decreto 911/96 - Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción (B.O. Nº 28457) Será responsabilidad del Contratista de la obra, como así también de aquellos que trabajen en carácter de Subcontratistas SubContratistas total o parcialmente en la ejecución de la misma, presentar al momento de labrar el Acta de Inicio de Obras, la siguiente documentación: ▪ Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos Del Trabajo (A.R.TA.R.T.), con una duración inicial que comprenda en su totalidad el plazo de obra. ▪ Programa Unico de Seguridad, aprobado por la A.R.T. del Contratista CONTRATISTA Principal en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Programas de Seguridad de cada uno de los Subcontratistas SubContratistas de la obra, ajustados al programa único y aprobados por sus respectivas A.R.T., en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Denuncia de inicio de obra, en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 51/97.

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Samples: Contrato Tipo De Locacion De Obra

Seguridad, higiene y accidentes de trabajo. El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a la legislación vigente respecto de Higiene y Seguridad en el Trabajo, bajo apercibimiento de aplicación de multa conforme la previsión del punto 14.5 del presente pliego. En particular, deberá cumplir con la siguiente normativa: Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (B.O. Nº 22412) Decreto 351/79 y sus modificatorias, reglamentario de la Ley N°19.587 (B.O. Nº 24170) Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo (B.O. Nº 28242) Decreto 911/96 - Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción (B.O. Nº 28457) Será responsabilidad del Contratista de la obra, como así también de aquellos que trabajen en carácter de Subcontratistas SubContratistas total o parcialmente en la ejecución de la misma, presentar al momento de labrar el Acta de Inicio de Obras, la siguiente documentación: Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos Del Trabajo (A.R.TA.R.T.), con una duración inicial que comprenda en su totalidad el plazo de obra. Programa Unico de Seguridad, aprobado por la A.R.T. a.r.t. del Contratista Principal principal en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. Programas de Seguridad de cada uno de los Subcontratistas SubContratistas de la obra, ajustados al programa único y aprobados por sus respectivas A.R.T., en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Denuncia de inicio de obra, en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 51/97.,

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Samples: Contrato Convenio Que Rige Las Relaciones, Derechos Y Obligaciones Entre El Comitente Y El Adjudicatario

Seguridad, higiene y accidentes de trabajo. El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a la legislación vigente respecto de Higiene y Seguridad en el Trabajo, bajo apercibimiento de aplicación de multa conforme la previsión del punto 14.5 del presente pliego. En particular, deberá cumplir con la siguiente normativa: ▪ Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (B.O. Nº 22412) ▪ Decreto 351/79 y sus modificatorias, reglamentario de la Ley N°19.587 (B.O. Nº 24170) ▪ Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo (B.O. Nº 28242) ▪ Decreto 911/96 - Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción (B.O. Construcción(B.O. Nº 28457) Será responsabilidad del Contratista de la obra, como así también de aquellos que trabajen en carácter de Subcontratistas total o parcialmente en la ejecución de la misma, presentar al momento de labrar el Acta de Inicio de Obras, la siguiente documentación: ▪ Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos Del Trabajo (A.R.T), con una duración inicial que comprenda en su totalidad el plazo de obra. ▪ Programa Unico Único de Seguridad, aprobado por la A.R.T. del Contratista CONTRATISTA Principal en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº S.R.T. Nº 35/98. ▪ Programas de Seguridad de cada uno de los Subcontratistas de la obra, ajustados al programa único y aprobados por sus respectivas A.R.T., en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº S.R.T. Nº 35/98. ▪ Denuncia de inicio de obra, en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 51/97.

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Samples: Contrato Convenio Que Rige Las Relaciones, Derechos Y Obligaciones Entre El Comitente Y El Adjudicatario

Seguridad, higiene y accidentes de trabajo. El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a la legislación vigente respecto de Higiene y Seguridad en el Trabajo, bajo apercibimiento de aplicación de multa conforme la previsión del punto 14.5 del presente pliego. En particular, deberá cumplir con la siguiente normativa: ▪ Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (B.O. Nº 22412) ▪ Decreto 351/79 y sus modificatorias, reglamentario de la Ley N°19.587 (B.O. Nº 24170) ▪ Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo (B.O. Nº 28242) ▪ Decreto 911/96 - Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción (B.O. Nº 28457) ▪ Normativa local de la jurisdicción donde se implante la obra. PLIEG-2022-30201019-APN-DGI#ME Será responsabilidad del Contratista de la obra, como así también de aquellos que trabajen en carácter de Subcontratistas total o parcialmente en la ejecución de la misma, presentar al momento de labrar el Acta de Inicio de Obras, la siguiente documentación: ▪ Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos Del del Trabajo (A.R.TA.R.T.), con una duración inicial que comprenda en su totalidad el plazo de obra. ▪ Programa Unico Único de Seguridad, aprobado por la A.R.T. del Contratista CONTRATISTA Principal en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Programas de Seguridad de cada uno de los Subcontratistas de la obra, ajustados al programa único y aprobados por sus respectivas A.R.T., en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Denuncia de inicio de obra, en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 51/97. ▪ Denuncia de situaciones de acoso sexual, acoso callejero y otras situaciones violencia de género.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales

Seguridad, higiene y accidentes de trabajo. El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a la legislación vigente respecto de Higiene y Seguridad en el Trabajo, bajo apercibimiento de aplicación de multa conforme la previsión del punto 14.5 del presente pliego. En particular, deberá cumplir con la siguiente normativa: ▪ Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo (B.O. Nº 22412) ▪ Decreto 351/79 y sus modificatorias, reglamentario de la Ley N°19.587 (B.O. Nº 24170) ▪ Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo (B.O. Nº 28242) ▪ Decreto 911/96 - Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción (B.O. Nº 28457) Será responsabilidad del Contratista de la obra, como así también de aquellos que trabajen en carácter de Subcontratistas SubContratistas total o parcialmente en la ejecución de la misma, presentar al momento de labrar el Acta de Inicio de Obras, la siguiente documentación: ▪ Contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos Del Trabajo (A.R.T), con una duración inicial que comprenda en su totalidad el plazo de obra. ▪ Programa Unico de Seguridad, aprobado por la A.R.T. del Contratista CONTRATISTA Principal en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Programas de Seguridad de cada uno de los Subcontratistas SubContratistas de la obra, ajustados al programa único y aprobados por sus respectivas A.R.T., en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 35/98. ▪ Denuncia de inicio de obra, en cumplimiento de la Resolución S.R.T.Nº 51/97.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales