Common use of Seguro de responsabilidad civil y accidentes Clause in Contracts

Seguro de responsabilidad civil y accidentes. 1. Las empresas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil para todos sus trabajadores con una cobertura de 42.070,85 euros por trabajador. El seguro contratado deberá cubrir la responsabilidad civil profesional sin reducción en función de la jornada de trabajo. 2. Igualmente las empresas suscribirán para sus trabajadores la correspondiente póliza de accidentes con una cobertura de 42.070,85 euros por cada trabajador para cualquier accidente profesional que sufra el trabajador durante su vida laboral, incluido accidente “in itinere”. Las coberturas de la póliza de este seguro de accidentes serán las siguientes para cada trabajador: - Capital asegurado en caso de muerte por accidente: 42.070,85 euros. - Capital asegurado en caso de invalidez por accidente: 42.070,85 euros. Esta última cifra, se reducirá, conforme a los correspondientes porcentajes por la pérdida o inutilidad absoluta de miembros, en los casos de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual. El infarto de miocardio, y sus consecuencias, queda garantizado, siempre que sea declarado en firme como accidente laboral por la autoridad laboral o judicial.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Seguro de responsabilidad civil y accidentes. 1. Las empresas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil para todos sus trabajadores con una cobertura de 42.070,85 euros por trabajador. El seguro contratado deberá cubrir la responsabilidad civil profesional sin reducción en función de la jornada de trabajo. 2. Igualmente las empresas suscribirán para sus trabajadores la correspondiente póliza de accidentes con una cobertura de 42.070,85 euros por cada trabajador para cualquier accidente profesional que sufra el trabajador durante su vida laboral, incluido accidente “in itinere”. Las coberturas de la póliza de este seguro de accidentes serán las siguientes para cada trabajador: - Capital asegurado en caso de muerte por accidente: 42.070,85 euros. - Capital asegurado en caso de invalidez por accidente: 42.070,85 euros. Esta última cifra, se reducirá, conforme a los correspondientes porcentajes por la pérdida o inutilidad absoluta de miembros, en los casos de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual. El infarto de miocardiomiocardío, y sus consecuencias, queda garantizado, siempre que sea declarado en firme como accidente laboral por la autoridad laboral o judicial.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Seguro de responsabilidad civil y accidentes. 1. Las empresas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil para todos sus trabajadores con una cobertura de 42.070,85 euros por trabajador. El seguro contratado deberá cubrir la responsabilidad civil profesional sin reducción en función de la jornada de trabajo.. cve: BOE-A-2021-17560 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 2. Igualmente las empresas suscribirán para sus trabajadores la correspondiente póliza de accidentes con una cobertura de 42.070,85 euros por cada trabajador para cualquier accidente profesional que sufra el trabajador durante su vida laboral, incluido accidente in itinere. Las coberturas de la póliza de este seguro de accidentes serán las siguientes para cada trabajador: - Capital asegurado en caso de muerte por accidente: 42.070,85 euros. - Capital asegurado en caso de invalidez incapacidad permanente por accidente: 42.070,85 euros. Esta última cifra, se reducirá, conforme a los correspondientes porcentajes por la pérdida o inutilidad absoluta de miembros, en los casos de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual. El infarto de miocardio, y sus consecuencias, queda garantizado, siempre que sea declarado en firme como accidente laboral por la autoridad laboral o judicial.

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Samples: Ix Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, Ix Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada

Seguro de responsabilidad civil y accidentes. 1. Las empresas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil para todos sus trabajadores con una cobertura de 42.070,85 euros por trabajador. El seguro contratado deberá cubrir la responsabilidad civil profesional sin reducción en función de la jornada de trabajo. 2. Igualmente las empresas suscribirán para sus trabajadores la correspondiente póliza de accidentes con una cobertura de 42.070,85 euros por cada trabajador para cualquier accidente profesional que sufra el trabajador durante su vida laboral, incluido accidente in itinere. Las coberturas de la póliza de este seguro de accidentes serán las siguientes para cada trabajador: - Capital asegurado en caso de muerte por accidente: 42.070,85 euros. - Capital asegurado en caso de invalidez incapacidad permanente por accidente: 42.070,85 euros. Esta última cifra, se reducirá, conforme a los correspondientes porcentajes por la pérdida o inutilidad absoluta de miembros, en los casos de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual. El infarto de miocardio, y sus consecuencias, queda garantizado, siempre que sea declarado en firme como accidente laboral por la autoridad laboral o judicial.

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Samples: Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada

Seguro de responsabilidad civil y accidentes. 1. Las empresas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil para todos sus trabajadores con una cobertura de 42.070,85 euros por trabajador. El seguro contratado deberá cubrir la responsabilidad civil profesional sin reducción en función de la jornada de trabajo. 2. Igualmente las empresas suscribirán para sus trabajadores la correspondiente póliza de accidentes con una cobertura de 42.070,85 euros por cada trabajador para cualquier accidente profesional que sufra el trabajador durante su vida laboral, incluido accidente «in itinere». Las coberturas de la póliza de este seguro de accidentes serán las siguientes para cada trabajador: - Capital asegurado en caso de muerte por accidente: 42.070,85 euros. - Capital asegurado en caso de invalidez por accidente: 42.070,85 euros. Esta última cifra, cifra se reducirá, conforme a los correspondientes porcentajes por la pérdida o inutilidad absoluta de miembros, en los casos de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual. El infarto de miocardiomiocardío, y sus consecuencias, queda garantizado, siempre que sea declarado en firme como accidente laboral por la autoridad laboral o judicial.

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Samples: Vii Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada, Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada

Seguro de responsabilidad civil y accidentes. 1. Las empresas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil para todos sus trabajadores con una cobertura de 42.070,85 euros por trabajador. El seguro contratado deberá cubrir la responsabilidad civil profesional sin reducción en función de la jornada de trabajo. 2. Igualmente las empresas suscribirán para sus trabajadores la correspondiente póliza de accidentes con una cobertura de 42.070,85 euros por cada trabajador para cualquier accidente profesional que sufra el trabajador durante su vida laboral, incluido accidente «in itinere». Las coberturas de la póliza de este seguro de accidentes serán las siguientes para cada trabajador: - Capital asegurado en caso de muerte por accidente: 42.070,85 euros. - Capital asegurado en caso de invalidez por accidente: 42.070,85 euros. Esta última cifra, se reducirá, conforme a los correspondientes porcentajes por la pérdida o inutilidad absoluta de miembros, en los casos de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual. El infarto de miocardio, y sus consecuencias, queda garantizado, siempre que sea declarado en firme como accidente laboral por la autoridad laboral o judicial.. cve: BOE-A-2017-7707 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx

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Samples: Viii Convenio Colectivo De Enseñanza Y Formación No Reglada

Seguro de responsabilidad civil y accidentes. 1. Las empresas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil para todos sus trabajadores trabajado- res con una cobertura de 42.070,85 euros por trabajador. El seguro contratado deberá cubrir la responsabilidad civil profesional sin reducción en función de la jornada de trabajo. 2. Igualmente las empresas suscribirán para sus trabajadores la correspondiente póliza de accidentes acci- dentes con una cobertura de 42.070,85 euros por cada trabajador para cualquier accidente profesional que sufra el trabajador durante su vida laboral, incluido accidente “in itinere”. Las coberturas de la póliza de este seguro de accidentes serán las siguientes para cada trabajadortraba- jador: - Capital asegurado en caso de muerte por accidente: 42.070,85 euros. - Capital asegurado en caso de invalidez por accidente: 42.070,85 euros. Esta última cifra, se reducirá, conforme a los correspondientes porcentajes por la pérdida o inutilidad absoluta de miembros, en los casos de incapacidad permanente parcial para la profesión pro- fesión habitual. El infarto de miocardiomiocardío, y sus consecuencias, queda garantizado, siempre que sea declarado en firme como accidente laboral por la autoridad laboral o judicial.

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Samples: Convenio Colectivo

Seguro de responsabilidad civil y accidentes. 1. Las empresas deberán contratar un seguro de responsabilidad civil para todos sus trabajadores trabajado- res con una cobertura de 42.070,85 euros por trabajador. El seguro contratado deberá cubrir la responsabilidad civil profesional sin reducción en función de la jornada de trabajo. 2. Igualmente las empresas suscribirán para sus trabajadores la correspondiente póliza de accidentes ac- cidentes con una cobertura de 42.070,85 euros por cada trabajador para cualquier accidente profesional que sufra el trabajador durante su vida laboral, incluido accidente “in itinere”. Las coberturas de la póliza de este seguro de accidentes serán las siguientes para cada trabajador: - Capital asegurado en caso de muerte por accidente: 42.070,85 euros. - Capital asegurado en caso de invalidez por accidente: 42.070,85 euros. Esta última cifra, se reducirá, conforme a los correspondientes porcentajes por la pérdida o inutilidad absoluta de miembros, en los casos de incapacidad permanente parcial para la profesión pro- fesión habitual. El infarto de miocardio, y sus consecuencias, queda garantizado, siempre que sea declarado en firme como accidente laboral por la autoridad laboral o judicial.

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Samples: Convenio Colectivo