PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. Para la prestación de los servicios materia del presente contrato, no se requiere que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” contrate una póliza de seguro por responsabilidad civil.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. NO APLICA
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. “EL PROVEEDOR” deberá constituir un seguro de responsabilidad civil o daños a terceros emitido ante compañía mexicana debidamente autorizada para ello, equivalente al XXX% del monto XXXXXXXX del presente contrato sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A), aplicable a bienes muebles, inmuebles y a personas, que deberán mantener vigente hasta la terminación de la vigencia del presente instrumento jurídico, así como, en su caso, durante sus prorrogas o ampliaciones, si los daños y perjuicios excede ese importe “EL PROVEEDOR” se hará cargo de ellos. Si por causas imputables a “EL PROVEEDOR” resultará dañada alguna instalación, equipo u otros bienes propiedad o bajo resguardo de “LA SECRETARÍA” ajeno a la entrega, su reparación será por cuenta y riesgo “EL PROVEEDOR” y a entera satisfacción de “LA SECRETARÍA” la cual estará facultada, en su caso, para solicitar la reposición total del bien dañado, de no ser así se le hará efectiva la garantía antes descrita. La póliza deberá ser entregada dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del presente instrumento jurídico en la Dirección de Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, de no cumplir con dicha entrega, “LA SECRETARÍA” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. La empresa adjudicataria deberá tener suscrito un Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir, a juicio del Banco de España, la responsabilidad civil que pudiera serle exigida, durante la vigencia del contrato, por los daños ocasionados por la empresa o sus dependientes no sólo a terceros, tanto a personas como a cosas, sino también a los inmuebles del Banco de España, su mobiliario, enseres, documentos, etc., así como al personal dependiente del mismo, por un importe mínimo de 500.000 euros por siniestro. La póliza en la que se formalice el seguro, así como el recibo corriente de la prima del mismo, deberán presentarse al Banco de España con carácter previo a la formalización del correspondiente contrato, siendo su presentación requisito para la iniciación de la ejecución del mismo. Alternativamente a la póliza, se podrá aportar una certificación original de la compañía aseguradora en la que se haga constar que la empresa adjudicataria tiene contratado un seguro que cumple con los requisitos de la presente cláusula, sin perjuicio de la facultad del Banco de requerir la presentación de la Póliza si así lo estima necesario. En cada vencimiento del seguro, se presentará recibo de pago de la nueva anualidad.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. Para la adquisición de los bienes, materia del presente contrato, no se requiere que “EL PROVEEDOR” contrate una póliza de seguro por responsabilidad civil.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. INSTRUCCIÓN: CUANDO NO SE REQUIERA LA CONTRATACIÓN DE SEGURO INCOPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Para la prestación de los servicios materia del presente contrato, no se requiere que “EL PROVEEDOR” contrate una póliza de seguro por responsabilidad civil.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. Las Empresas adscritas al presente Convenio vendrán obligadas a suscribir Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por importe, de al menos 142.725,12 para el año 2017, 145.579,62 euros para el año 2018, 148.491,21 euros para el año 2019 y 151.461,03 euros para el año 2020 con los efectos y consecuencias comprendidas en la Ley del Contrato de Seguro.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL POSIBLE PROVEEDOR ENTREGARÁ DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, UNA PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, POR UNA SUMA ASEGURADA EQUIVALENTE AL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO ANTES DE IVA, DICHO SEGURO DEBERÁ SER EXPEDIDO POR UNA COMPAÑÍA ASEGURADORA ESTABLECIDA EN TERRITORIO NACIONAL, EN EL CUAL SE DESIGNE A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA COMO BENEFICIARIO DE LA COBERTURA. EL POSIBLE PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS HASTA POR LA TOTALIDAD DEL VALOR DE LOS MISMOS, QUE, DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE PUEDAN CAUSAR AL EDIFICIO DE LA SFP, MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LAS PRESENTES ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ALCANCES DEL SERVICIO. EN CASO DE QUE EL POSIBLE PROVEEDOR YA CUENTE CON UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL EXPEDIDO POR UNA COMPAÑÍA ASEGURADORA ESTABLECIDA EN TERRITORIO NACIONAL, DEBERÁ CONTAR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS: • QUE LA COBERTURA AMPARE LA VIGENCIA DEL CONTRATO. • QUE LA PÓLIZA CONTEMPLE QUE LOS RIESGOS Y COBERTURAS QUE AMPARA, GUARDEN RELACIÓN CON EL OBJETO DEL CONTRATO. • QUE SE ENCUENTRE PAGADA AL MOMENTO DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. • QUE LA SUMA ASEGURADA NO SEA INFERIOR AL 10% DEL MONTO TOTAL SIN INCLUIR IVA. EN CASO DE QUE ALGÚN SINIESTRO SUPERE EL MONTO DE DICHA PÓLIZA, EL POSIBLE PROVEEDOR SE HARÁ CARGO DE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS QUE ÉSTE LLEGUE A CAUSAR, COMPROMETIÉNDOSE A SUFRAGAR EL EXCEDENTE EN UN PLAZO XX XXXX DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA ASEGURADORA DETERMINE EL VALOR DEL DAÑO. LA SFP SE LIBERA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS A PERSONAS O A LOS BIENES QUE SERÁN UTILIZADOS POR EL POSIBLE PROVEEDOR DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MOTIVO DEL CONTRATO.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. La empresa adjudicataria deberá tener suscrito un Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir, a juicio de IMBISA, la responsabilidad civil que pudiera serle exigida, durante la vigencia del contrato, por los daños ocasionados por la empresa o sus dependientes no sólo a terceros, tanto a personas como a cosas, sino también a los inmuebles de IMBISA, su mobiliario, enseres, documentos, etc., así como al personal dependiente del mismo, por un importe mínimo de 500.000 Euros por siniestro. La póliza en la que se formalice el seguro, así como el recibo corriente de la prima del mismo, deberán presentarse a IMBISA con carácter previo a la formalización del correspondiente contrato, siendo su presentación requisito para la iniciación de la ejecución del mismo. Alternativamente a la póliza, se podrá aportar una certificación original de la compañía aseguradora en la que se haga constar que la empresa adjudicataria tiene contratado un seguro que cumple con los requisitos de la presente cláusula, sin perjuicio de la facultad de IMBISA de requerir la presentación de la Póliza si así lo estima necesario. En cada vencimiento del seguro, se presentará recibo de pago de la nueva anualidad.
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El Proveedor debe contar con un contrato de seguro de cobertura de responsabilidad civil vigente al momento de realizar la presente contratación y cuando menos, tener un Límite Máximo de Responsabilidad por la cantidad de $500,000.00 (Quinientos mil de pesos 00/100 M.N.), para que, mediante dicho seguro, se garantice cualquier responsabilidad por daños a terceros derivado de los daños que el Proveedor o su personal pudieran ocasionar con el suministro de los bienes o la prestación de los servicios. El Proveedor, sin costo adicional para Sociedad Hipotecaria Federal, se obliga a auxiliar a este último ante la autoridad competente y/o ante su institución de seguros, en la substanciación de las investigaciones y/o procedimientos judiciales relacionados con los daños que pudiera ocasionar en los equipos objeto de los servicios algún siniestro producto de cualquiera de los supuestos del caso fortuito y/o de fuerza mayor, incluida la determinación de los costos de reparación y/o sustitución de los mismos. Rubro Subrubro Criterio Parámetros de Evaluación Puntos máximos a otorgar
I) CAPACIDAD DEL LICITANTE 20 I.1) CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS El licitante deberá presentar CV actualizado, documentos y certificaciones que se requieren atendiendo a lo siguiente: 10.5
I.1.1) EXPERIENCIA DE LOS RECURSOS HUMANOS 3 1 Coordinador de Servicio CV de los recursos asignados para las funciones de “Coordinador de Servicio” acompañado de un escrito que indique que dicho coordinador trabaja o presta sus servicios para el Licitante. En el CV se deberá detallar como mínimo: 1.5 · Proyectos similares en los que ha participado. · Lugares donde prestó el servicio. · Periodo de su participación en el proyecto. Con lo anterior el Coordinador de Servicio deberá acreditar:
1.- Al menos 1 año de experiencia en proyectos similares.
2.- Que se encuentre trabajando o que presta sus servicios directamente para el licitante, lo cual se acreditará, con cualquiera de los siguientes documentos: - Último listado del SUA. - Con el contrato respectivo. - Documento con el que acredite la relación laboral o de servicios con el Licitante.