Servicio Arriendo y Lavado de Ropa de Trabajo Cláusulas de Ejemplo

Servicio Arriendo y Lavado de Ropa de Trabajo. El contratista, con el propósito de disponer ropa de trabajo limpia al usuario del camarín, deberá utilizar los roperillos (lockers para ropa de trabajo) instalados en los camarines señalados en el Anexo B1 “Pautas Requeridas”. En estos roperillos, se dejará la ropa se retirará la ropa sucia, realizando seguimiento del vestuario para su identificación, iniciando así el proceso xx xxxxxx de la ropa de trabajo. Se requiere contar con un servicio integral de arriendo y distribución de ropa de trabajo, para los trabajadores propios o aquellos que esta identifique como necesarios, servicios que serán de cargo y costo de DET. A su vez se requiere que un sistema similar de servicio se encuentre disponible para sus empresas contratistas, servicio que será una directa entre la empresa adjudicada de la presente licitación y las empresas contratistas que contraten el servicio. mediante un programa sistemático xx xxxxxx, que considera el debido recambio. Este es prestado dentro de los recintos DET. El servicio considera principalmente lo siguiente: - Arriendo de overoles: corresponde a la provisión de ropa de trabajo principalmente overoles en modalidad de arriendo. - Lavado de Ropa de Trabajo, en instalaciones ubicadas fuera de las dependencias de la DET - Servicio de Logistica de distribución de ropa. La principal ropa de trabajo actualmente utilizada por el personal DET es el overol. El personal dispone de un máximo de dos overoles. Existen algunas excepciones que serán validadas por el administrador de contrato o por quien este designe. Tipo). DET no cancelará el arriendo que exceda esta cantidad. Solo para casos extraordinarios DET autorizará la asignación de un tercer overol y el pago de su respectivo arriendo, previa autorización del administrador del contrato, a través, del formulario N° 5 “Asignación de un Tercer Overol” El contratista deberá al inicio del contrato disponer de un stock mínimo de overoles Anexo B2 más adelante. El servicio considerando que es un arriendo, situación por la cual la propiedad del overol durante toda su vida útil, será del Contratista. El Contratista deberá proveer los tipos de prendas y cantidades indicadas en estas bases sin perjuicio que DET durante el transcurso del servicio pueda solicitar la incorporación de solicitud de esta naturaleza, la División indicará y entregará las respectivas especificaciones técnicas de las prendas a ser confeccionadas. plan de puesta en marcha que identifique la manera en que realizará el retiro ...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.