Servicio de Almacenamiento en la modalidad de Uso Común Cláusulas de Ejemplo

Servicio de Almacenamiento en la modalidad de Uso Común. El Servicio de Almacenamiento en la modalidad de Uso Común podrá ofrecerse en el caso de que exista Capacidad Disponible: (i) Que haya sido expresamente destinada para dicha modalidad de Servicio de Almacenamiento por la Comisión en términos de la Regulación Aplicable; (ii) Que, aun estando contratada en la modalidad de Reserva Contractual, el Usuario no la utilice en términos de lo señalado en numeral 8 (Pedidos) de los presentes Términos y Condiciones y estará disponible durante el tiempo en que dicho Usuario no programe, ni se le confirmen Pedidos, o (iii) Que no haya sido contratada, aún después de llevarse a cabo el procedimiento de Temporada Abierta previsto en el numeral 18 (Temporada Abierta) de los presentes Términos y Condiciones. El Usuario que utilice esta modalidad de Servicio de Almacenamiento está obligado a cubrir la Tarifa Convencional establecida en el Contrato de Servicio, o en su caso, la Tarifa Máxima establecida por la Comisión para este Servicio de Almacenamiento, la cual será publicada en el Boletín Electrónico. El Almacenista no estará obligado a realizar una Ampliación del Sistema, cuando el Usuario solicite el Servicio de Almacenamiento en la modalidad de Uso Común. Salvo por la Capacidad Disponible que deba destinarse al Uso Común de conformidad con la Regulación Aplicable, este Servicio podrá prestarse únicamente cuando su programación no interfiera con las obligaciones que se deriven de la prestación del Servicio de Almacenamiento en la modalidad de Reserva Contractual. El Servicio de Almacenamiento en la modalidad de Uso Común se prestará de acuerdo con los Pedidos de los Usuarios en función de las Cantidades Efectivamente Realizadas. Cuando la suma de las cantidades de los Pedidos por los Usuarios exceda la Capacidad Disponible para determinados períodos, el Almacenista aplicará un esquema de asignación para distribuir la capacidad entre los Pedidos, de acuerdo con lo señalado en el numeral 8.3 (Confirmación de Pedidos) de los presentes Términos y Condiciones. El plazo mínimo de vigencia de cualquier Contrato de Servicio de Almacenamiento en la modalidad de Uso Común será de 1 (un) Año. Sin embargo, en todo momento, aun cuando se encuentre contratada en esta modalidad, esta capacidad forma parte de la Capacidad Disponible que se podrá ofrecer para contratos de Reserva Contractual o Uso Común. La celebración del Contrato de Servicio bajo la modalidad de Uso Común no podrá ser negada bajo el argumento de que la capacidad solic...

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