SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. EUROP ASSISTANCE pone a disposición de los ASEGURADOS un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Podrán presentar quejas los tomadores, ASEGURADOS, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamaciones: Dirección: Servicio de Reclamaciones Xx. Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00 00000- XXXXXX Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directa- mente dirigidas, cumpliendo así con la Orden ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre. Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es: Pº de la Castellana, 44 28046- MADRID De conformidad con lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, el Cliente queda informado de que los datos de carácter personal solicitados por INTERMUNDIAL XXI, S.L. serán objeto de tratamiento y registro en un fichero automatizado. La recogida y tratamiento de los Datos Personales tiene como finalidad el mantenimiento de la relación establecida entre INTERMUNDIAL XXI, S.L. y sus Clientes: el asesoramiento e información en la contratación y durante la vigencia de los contratos de seguro y productos financieros, asistencia y asesoramiento en caso de siniestro, así como el envío, por medios tradicionales y electrónicos, de información acerca de productos y servicios ofrecidos por INTERMUNDIAL XXI, S.L., actualmente y en el futuro, independientemente de su situación de alta como cliente de INTERMUNDIAL XXI, S.L.. Asimismo, el Cliente consiente en la cesión de los datos a las Entidades Aseguradoras para la confección de los proyectos y ofertas, emisión de contratos de seguros pertinentes y gestionar las prestaciones derivadas de los mismos, incluso la modificación subjetiva de la Aseguradora llegado el vencimiento del contrato. Los datos de carácter personal solicitados deben ser facilitados obligatoriamente, por considerarse necesarios para el manten imiento y cum- plimiento del servicio, en caso de no ser suministrados no se podrá concluir el mismo. Asimismo, se informa al Cliente de que puede ejercitar en todo momento, en relación con sus datos de carácter personal facilitados, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, para lo que deberá dirigirse a INTERMUNDIAL XXI, S.L., como responsable del tratamiento de dichos datos, en el domicilio indicado en la cabecera de este documento. Nuestro asesoramiento se facilita en base de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado de los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación, ateniéndose a criterios profesionales, respecto del contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente. Dicho análisis no se circunscribe exclusivamente al producto, siendo también extensib le a la calidad del servicio y prestaciones que la entidad aseguradora, elegida o por el contrario, descartada, en el momento de la celebración del contrato está capacitada para otorgar. Cobertura 24 horas. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido durante el período de seguro tanto en la vida privada, como en el ejercicio de funciones profesionales, como durante los desplazamientos en cualquier medio de transporte Cobertura de accidente en medio público de transporte. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULA- RES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido mientras el ASEGURADO viaja como pasajero en un medio público de transporte. La cobertura se extiende a los accidentes ocurridos mientras el mismo sube a o desciende del medio de transporte, así como los ocurridos en las estaciones, aeropuertos o terminales de embarque en los citados medios de transporte.
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SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. EUROP ASSISTANCE pone a disposición El tomador de la póliza, el beneficiario de la misma o quienes ostente la condición de terceros perjudicados podrán hacer uso de los ASEGURADOS un procedimientos de reclamación puestos a su disposición contra aquellas decisiones de W.R. XXXXXXX ESPAÑA, que entiendan pueden ser lesivas para los derechos e intereses que les reconoce la póliza. La presentación de las quejas y reclamaciones podrá efectuarse, personalmente o mediante representación, en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, siempre que éstos permitan la lectura, impresión y conservación de los documentos. El titular del Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento Atención al Cliente de W.R. XXXXXXX ESPAÑA, acusará recibo por escrito de las quejas y reclamaciones que se puede consultar en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Podrán presentar quejas los tomadores, ASEGURADOS, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes le presenten y las resolverá de cualquiera de los anteriores, manera motivada en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamaciones: Dirección: Servicio de Reclamaciones Xx. Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00 00000- XXXXXX Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 dos meses las quejas escritas que le son directa- mente dirigidas, cumpliendo así con a computar desde la Orden ECO/734/2004 fecha de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembresu presentación. Agotada Sus decisiones serán vinculantes para la vía del Servicio de Reclamacionescompañía. Una vez notificada oportunamente la resolución, el reclamante podrá formular su queja ante el Servicio tendrá expedita la vía para dirigirse, si lo entiende y considera oportuno, al Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Reclamaciones de Pensiones, adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es: Pº a su vez vinculada al Ministerio de la Castellana, 44 28046- MADRID De conformidad con lo establecido en la Ley 15/1999Economía y Hacienda; tal y como garantiza el artículo 8 del Real Decreto 303/2004, de 13 20 de diciembrefebrero, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, por el Cliente queda informado de que los datos de carácter personal solicitados por INTERMUNDIAL XXI, S.L. serán objeto de tratamiento y registro en un fichero automatizado. La recogida y tratamiento se aprueba el Reglamento de los Datos Personales tiene como finalidad el mantenimiento de comisionados para la relación establecida entre INTERMUNDIAL XXI, S.L. y sus Clientes: el asesoramiento e información en la contratación y durante la vigencia de los contratos de seguro y productos financieros, asistencia y asesoramiento en caso de siniestro, así como el envío, por medios tradicionales y electrónicos, de información acerca de productos y servicios ofrecidos por INTERMUNDIAL XXI, S.L., actualmente y en el futuro, independientemente de su situación de alta como defensa del cliente de INTERMUNDIAL XXIservicios financieros. Madrid, S.L.. Asimismoa 16 de febrero de 2018 FIRMADO Y SELLADO EL TOMADOR DEL SEGURO FIRMADO Y SELLADO EL ASEGURADO SEDE SOCIAL: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, el Cliente consiente en la cesión de los datos a las Entidades Aseguradoras para la confección de los proyectos y ofertas000 – 00000 Xxxxxx – Tel +00 00 000 00 00 – Fax +00 00 000 00 00 OFICINA: Xxxx Xxx X.X. 000, emisión de contratos de seguros pertinentes y gestionar las prestaciones derivadas de los mismos0x 0x, incluso la modificación subjetiva de la Aseguradora llegado el vencimiento del contratoxxx. Los datos de carácter personal solicitados deben ser facilitados obligatoriamente, por considerarse necesarios para el manten imiento y cum- plimiento del servicio, en caso de no ser suministrados no se podrá concluir el mismo. Asimismo, se informa al Cliente de que puede ejercitar en todo momento, en relación con sus datos de carácter personal facilitados, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, para lo que deberá dirigirse a INTERMUNDIAL XXI, S.L., como responsable del tratamiento de dichos datos, en el domicilio indicado en la cabecera de este documento. Nuestro asesoramiento se facilita en base de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado de los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación, ateniéndose a criterios profesionales, respecto del contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente. Dicho análisis no se circunscribe exclusivamente al producto, siendo también extensib le a la calidad del servicio y prestaciones que la entidad aseguradora, elegida o por el contrario, descartada, en el momento de la celebración del contrato está capacitada para otorgar. Cobertura 24 horas. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido durante el período de seguro tanto en la vida privada, como en el ejercicio de funciones profesionales, como durante los desplazamientos en cualquier medio de transporte Cobertura de accidente en medio público de transporte. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULA- RES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido mientras el ASEGURADO viaja como pasajero en un medio público de transporte. La cobertura se extiende a los accidentes ocurridos mientras el mismo sube a o desciende del medio de transporte, así como los ocurridos en las estaciones, aeropuertos o terminales de embarque en los citados medios de transporte.X – 00000 Xxxxxxxxx – Tel +00 00 000 00 00 – Fax +00 00 000 00 00
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SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. EUROP ASSISTANCE pone a disposición de los ASEGURADOS un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Podrán presentar quejas los tomadores, ASEGURADOS, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamaciones: Dirección: Servicio de Reclamaciones Xx. Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00 00000- XXXXXX Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directa- mente dirigidas, cumpliendo así con la Orden ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre. Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es: Pº de la Castellana, 44 28046- MADRID De conformidad con lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, el Cliente queda informado de que los datos de carácter personal solicitados por INTERMUNDIAL XXI, S.L. serán objeto de tratamiento y registro en un fichero automatizado. La recogida y tratamiento de los Datos Personales tiene como finalidad el mantenimiento de la relación establecida entre INTERMUNDIAL XXI, S.L. y sus Clientes: el asesoramiento e información en la contratación y durante la vigencia de los contratos de seguro y productos financieros, asistencia y asesoramiento en caso de siniestro, así como el envío, por medios tradicionales y electrónicos, de información acerca de productos y servicios ofrecidos por INTERMUNDIAL XXI, S.L., actualmente y en el futuro, independientemente de su situación de alta como cliente de INTERMUNDIAL XXI, S.L.. Asimismo, el Cliente consiente en la cesión de los datos a las Entidades Aseguradoras para la confección de los proyectos y ofertas, emisión de contratos de seguros pertinentes y gestionar las prestaciones derivadas de los mismos, incluso la modificación subjetiva de la Aseguradora llegado el vencimiento del contrato. Los datos de carácter personal solicitados deben ser facilitados obligatoriamente, por considerarse necesarios para el manten imiento y cum- plimiento del servicio, en caso de no ser suministrados no se podrá concluir el mismo. Asimismo, se informa al Cliente de que puede ejercitar en todo momento, en relación con sus datos de carácter personal facilitados, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, para lo que deberá dirigirse a INTERMUNDIAL XXI, S.L., como responsable del tratamiento de dichos datos, en el domicilio indicado en la cabecera de este documento. Nuestro asesoramiento se facilita en base de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado de los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación, ateniéndose a criterios profesionales, respecto del contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente. Dicho análisis no se circunscribe exclusivamente al producto, siendo también extensib le extensible a la calidad del servicio y prestaciones que la entidad aseguradora, elegida o por el contrario, descartada, en el momento de la celebración del contrato está capacitada para otorgar. Cobertura 24 horas. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido durante el período de seguro tanto en la vida privada, como en el ejercicio de funciones profesionales, como durante los desplazamientos en cualquier medio de transporte Cobertura de accidente en medio público de transporte. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULA- RES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido mientras el ASEGURADO viaja como pasajero en un medio público de transporte. La cobertura se extiende a los accidentes ocurridos mientras el mismo sube a o desciende del medio de transporte, así como los ocurridos en las estaciones, aeropuertos o terminales de embarque en los citados medios de transporte.
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SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. EUROP ASSISTANCE El Banco pone a disposición de los ASEGURADOS Titulares un servicio de atención al cliente (en lo sucesivo, “Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en Atención al Cliente”) para la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Podrán presentar recepción y gestión de sus quejas los tomadores, ASEGURADOS, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera y reclamaciones relacionadas con el Contrato y la prestación de los anterioresservicios en él contenidos. A este respecto, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito Titular tiene derecho a acudir al Servicio de ReclamacionesAtención al Cliente del Banco en relación con aquellas reclamaciones y/o consultas que estime pertinentes en relación con los servicios y productos que suscriba debiendo presentar para ello un escrito, exponiendo los hechos que motivan su queja o reclamación, a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx o mediante carta que acredite su entrega fehaciente a la siguiente dirección: Dirección: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 4, 28043, Madrid. Si una vez presentada la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones Xx. Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00 00000- XXXXXX Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directa- mente dirigidas, cumpliendo así con la Orden ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre. Agotada la vía del Servicio de ReclamacionesAtención al Cliente, el reclamante Titular no obtiene una respuesta favorable, o no obtiene contestación en el los plazos establecidos por la normativa aplicable, no obtuviera dicha resolución, el Cliente podrá formular su queja interponer reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la los organismos supervisores del Banco, esto es: (i) Banco de España, Xxxxx Xxxxxx, 48, 28006 – Madrid, (ii) Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, Xxxxx Xxxxxx, 0, 00000 – Xxxxxx; (iii) Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es: Pº de la CastellanaXxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 44 28046- MADRID De conformidad con lo establecido en la Ley 15/199900, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, el Cliente queda informado de que los datos de carácter personal solicitados por INTERMUNDIAL XXI, S.L. serán objeto de tratamiento y registro en un fichero automatizado. La recogida y tratamiento de los Datos Personales tiene como finalidad el mantenimiento de la relación establecida entre INTERMUNDIAL XXI, S.L. y sus Clientes: el asesoramiento e información en la contratación y durante la vigencia de los contratos de seguro y productos financieros, asistencia y asesoramiento en caso de siniestro, así como el envío, por medios tradicionales y electrónicos, de información acerca de productos y servicios ofrecidos por INTERMUNDIAL XXI, S.L., actualmente y en el futuro, independientemente de su situación de alta como cliente de INTERMUNDIAL XXI, S.L.. Asimismo, el Cliente consiente en la cesión de los datos a las Entidades Aseguradoras para la confección de los proyectos y ofertas, emisión de contratos de seguros pertinentes y gestionar las prestaciones derivadas de los mismos, incluso la modificación subjetiva de la Aseguradora llegado el vencimiento del contrato. Los datos de carácter personal solicitados deben ser facilitados obligatoriamente, por considerarse necesarios para el manten imiento y cum- plimiento del servicio, en caso de no ser suministrados no se podrá concluir el mismo00000 – Xxxxxx. Asimismo, se informa al Cliente Titular que el Banco dispone de un Reglamento para la defensa del cliente, del que se puede ejercitar en todo momentodisponer, en relación con sus datos de carácter personal facilitados, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, para lo que deberá dirigirse a INTERMUNDIAL XXI, S.L., como responsable previa solicitud del tratamiento de dichos datos, en el domicilio indicado Titular o en la cabecera de este documento. Nuestro asesoramiento se facilita en base de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado de los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación, ateniéndose a criterios profesionales, respecto del contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente. Dicho análisis no se circunscribe exclusivamente al producto, siendo también extensib le a la calidad del servicio y prestaciones que la entidad aseguradora, elegida o por el contrario, descartada, en el momento de la celebración del contrato está capacitada para otorgar. Cobertura 24 horas. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido durante el período de seguro tanto en la vida privada, como en el ejercicio de funciones profesionales, como durante los desplazamientos en cualquier medio de transporte Cobertura de accidente en medio público de transporte. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULA- RES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido mientras el ASEGURADO viaja como pasajero en un medio público de transporte. La cobertura se extiende a los accidentes ocurridos mientras el mismo sube a o desciende del medio de transporte, así como los ocurridos en las estaciones, aeropuertos o terminales de embarque en los citados medios de transportepágina web.
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Samples: Contrato Unificado
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. EUROP ASSISTANCE El Banco pone a disposición de los ASEGURADOS Titulares un servicio de atención al cliente (en lo sucesivo, “Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en Atención al Cliente”) para la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Podrán presentar recepción y gestión de sus quejas los tomadores, ASEGURADOS, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera y reclamaciones relacionadas con el Contrato y la prestación de los anterioresservicios en él contenidos. A este respecto, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito Titular tiene derecho a acudir al Servicio de ReclamacionesAtención al Cliente del Banco en relación con aquellas reclamaciones y/o consultas que estime pertinentes en relación con los servicios y productos que suscriba debiendo presentar para ello un escrito, exponiendo los hechos que motivan su queja o reclamación, a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx o mediante carta que acredite su entrega fehaciente a la siguiente dirección: Dirección: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 4, 28043, Madrid. Si una vez presentada la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones Xx. Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00 00000- XXXXXX Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directa- mente dirigidas, cumpliendo así con la Orden ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre. Agotada la vía del Servicio de ReclamacionesAtención al Cliente, el reclamante Titular no obtiene una respuesta favorable, o no obtiene contestación en el los plazos establecidos por la normativa aplicable, no obtuviera dicha resolución, el Cliente podrá formular su queja interponer reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de los organismos supervisores del Banco, esto es: (i) Banco de España, Xxxxx Xxxxxx, 48, 28006 – Madrid, (ii) Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, Xxxxx Xxxxxx, 0, 00000 – Xxxxxx; (iii) o, en su caso, y cuando resulte procedente, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es: Pº de la CastellanaXxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 44 28046- MADRID De conformidad con lo establecido en la Ley 15/199900, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, el Cliente queda informado de que los datos de carácter personal solicitados por INTERMUNDIAL XXI, S.L. serán objeto de tratamiento y registro en un fichero automatizado. La recogida y tratamiento de los Datos Personales tiene como finalidad el mantenimiento de la relación establecida entre INTERMUNDIAL XXI, S.L. y sus Clientes: el asesoramiento e información en la contratación y durante la vigencia de los contratos de seguro y productos financieros, asistencia y asesoramiento en caso de siniestro, así como el envío, por medios tradicionales y electrónicos, de información acerca de productos y servicios ofrecidos por INTERMUNDIAL XXI, S.L., actualmente y en el futuro, independientemente de su situación de alta como cliente de INTERMUNDIAL XXI, S.L.. Asimismo, el Cliente consiente en la cesión de los datos a las Entidades Aseguradoras para la confección de los proyectos y ofertas, emisión de contratos de seguros pertinentes y gestionar las prestaciones derivadas de los mismos, incluso la modificación subjetiva de la Aseguradora llegado el vencimiento del contrato. Los datos de carácter personal solicitados deben ser facilitados obligatoriamente, por considerarse necesarios para el manten imiento y cum- plimiento del servicio, en caso de no ser suministrados no se podrá concluir el mismo00000 – Xxxxxx. Asimismo, se informa al Cliente Titular que el Banco dispone de un Reglamento para la defensa del cliente, del que se puede ejercitar en todo momentodisponer, en relación con sus datos de carácter personal facilitados, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, para lo que deberá dirigirse a INTERMUNDIAL XXI, S.L., como responsable previa solicitud del tratamiento de dichos datos, en el domicilio indicado Titular o en la cabecera de este documento. Nuestro asesoramiento se facilita en base de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado de los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación, ateniéndose a criterios profesionales, respecto del contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente. Dicho análisis no se circunscribe exclusivamente al producto, siendo también extensib le a la calidad del servicio y prestaciones que la entidad aseguradora, elegida o por el contrario, descartada, en el momento de la celebración del contrato está capacitada para otorgar. Cobertura 24 horas. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido durante el período de seguro tanto en la vida privada, como en el ejercicio de funciones profesionales, como durante los desplazamientos en cualquier medio de transporte Cobertura de accidente en medio público de transporte. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULA- RES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido mientras el ASEGURADO viaja como pasajero en un medio público de transporte. La cobertura se extiende a los accidentes ocurridos mientras el mismo sube a o desciende del medio de transporte, así como los ocurridos en las estaciones, aeropuertos o terminales de embarque en los citados medios de transportepágina web.
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Samples: Contrato Unificado De Productos Y Servicios Financieros
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. EUROP ASSISTANCE pone a disposición Para atender y resolver las quejas y reclamaciones, INTERMUNDIAL XXI, S.L.U. dispone de los ASEGURADOS un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar Atención al Cliente externalizado en Inade, Instituto Atlántico del Seguro, S.L., con domicilio en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xxlocalidad xx Xxxx, Provincia de Pontevedra, código postal 00000, Xxxxx Xx Xxx, 0 xxxx. Podrán presentar Dicho Servicio tiene la obligación de resolver dichas quejas los tomadores, ASEGURADOS, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores, reclamaciones en el apartado plazo máximo de “Defensa dos meses desde la fecha de la presentación. Si dicha resolución no fuera del agrado del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones: Dirección: Servicio Reclamaciones de Reclamaciones Xx. Xxxxxxla DGSFP, 0 – Xxxxxx 00 00000- XXXXXX Dicho Serviciosiendo imprescindible para ello acreditar haber formulado la queja o reclamación, que funciona de forma autónomapor escrito, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directa- mente dirigidas, cumpliendo así con la Orden ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre. Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Servicio de Reclamaciones Atención al Cliente de INTERMUNDIAL XXI, S.L.U. Instancias de gestión de quejas y reclamaciones - servicios de mediación: En caso de que existiera alguna disconformidad como consecuencia de los servicios de intermediación prestados por parte de Intermundial XXI, Correduría de seguros, se pone a disposición del reclamante de un Servicio de Atención al Cliente ofrecido por: INADE, Instituto Atlántico del Seguro, S.L. Xxxxx Xx Xxx xx 0, Xxxx 36202 Vigo España Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx Dicho servicio tiene la obligación de resolver dichas quejas y reclamaciones en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de la presentación. En caso de no quedar satisfecho con la respuesta final o si no ha recibido una respuesta final en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la queja o reclamación, podrá dirigir su queja o reclamación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es: Pº cuyos datos de la Castellana, 44 28046- MADRID De conformidad con lo establecido contacto se encuentran recogidos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), y la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación el siguiente apartado. Dirección General de Seguros y Reaseguros PrivadosFondos de Pensiones Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00 28010 Madrid España Telf.: 000 00 00 00 Sitio web: xxx.xxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx Puede interponer una acción legal ante el Cliente queda informado Juzgado de que los datos Primera Instancia correspondiente a su domicilio, de carácter personal solicitados por INTERMUNDIAL XXI, S.L. serán objeto de tratamiento y registro en un fichero automatizado. La recogida y tratamiento de los Datos Personales tiene como finalidad acuerdo con el mantenimiento artículo 24 de la relación establecida entre INTERMUNDIAL XXI, S.L. y sus Clientes: el asesoramiento e información en la contratación y durante la vigencia Ley del Contrato de los contratos de seguro y productos financieros, asistencia y asesoramiento en caso de siniestro, así como el envío, por medios tradicionales y electrónicos, de información acerca de productos y servicios ofrecidos por INTERMUNDIAL XXI, S.L., actualmente y en el futuro, independientemente de su situación de alta como cliente de INTERMUNDIAL XXI, S.L.. Asimismo, el Cliente consiente en la cesión de los datos a las Entidades Aseguradoras para la confección de los proyectos y ofertas, emisión de contratos de seguros pertinentes y gestionar las prestaciones derivadas de los mismos, incluso la modificación subjetiva de la Aseguradora llegado el vencimiento del contrato. Los datos de carácter personal solicitados deben ser facilitados obligatoriamente, por considerarse necesarios para el manten imiento y cum- plimiento del servicio, en caso de no ser suministrados no se podrá concluir el mismo. Asimismo, se informa al Cliente de que puede ejercitar en todo momento, en relación con sus datos de carácter personal facilitados, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, para lo que deberá dirigirse a INTERMUNDIAL XXI, S.L., como responsable del tratamiento de dichos datos, en el domicilio indicado en la cabecera de este documento. Nuestro asesoramiento se facilita en base de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado de los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación, ateniéndose a criterios profesionales, respecto del contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente. Dicho análisis no se circunscribe exclusivamente al producto, siendo también extensib le a la calidad del servicio y prestaciones que la entidad aseguradora, elegida o por el contrario, descartada, en el momento de la celebración del contrato está capacitada para otorgar. Cobertura 24 horas. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido durante el período de seguro tanto en la vida privada, como en el ejercicio de funciones profesionales, como durante los desplazamientos en cualquier medio de transporte Cobertura de accidente en medio público de transporte. Quedan garantizadas hasta el límite indicado en las CONDICIONES PARTICULA- RES de la póliza las cantidades derivadas de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido mientras el ASEGURADO viaja como pasajero en un medio público de transporte. La cobertura se extiende a los accidentes ocurridos mientras el mismo sube a o desciende del medio de transporte, así como los ocurridos en las estaciones, aeropuertos o terminales de embarque en los citados medios de transporteSeguro.
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Samples: seguros-viajes.com