SERVICIO DE SELLADO DE TIEMPO Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO DE SELLADO DE TIEMPO. Este Servicio permite sellar los documentos por medio de marcas temporales emitidas de acuerdo con la Política de Sello de Tiempo, en la que se describe la ejecución y la organización del Servicio con mayor precisión.
SERVICIO DE SELLADO DE TIEMPO. Este Servicio permite sellar los documentos por medio de marcas temporales emitidas de acuerdo con la Política de Sello de Tiempo, en la que se describe la ejecución y la organización del Servicio con mayor precisión. Permitir que los Usuarios puedan solicitar información sobre los Servicios de Universign 12 meses tras finalizar la relación con Universign Identificar las necesidades de los Usuarios por medio de cookies para ofrecerles los servicios más adecuados 13 meses tras la instalación de la cookie Proporcionar soporte técnico y posibilitar el correcto funcionamiento del Servicio y su protección 12 meses tras finalizar la relación con Universign Mejorar los Servicios, adaptar sus funcionalidades y desarrollar otras funcionalidades nuevas 12 meses tras finalizar la relación con Universign Ofrecer contenidos personalizados para hacer que los Servicios sean más relevantes y/o acordes a las expectativas de los Usuarios 12 meses tras finalizar la relación con Universign Comunicar las modificaciones, actualizaciones y otros anuncios relativos a los Servicios 12 meses tras finalizar la relación con Universign El Servicio de Sello de Tiempo está sincronizado con el Tiempo Universal Coordinado para que la precisión de las Marcas Temporales sea de un (1) segundo. El Sellado de Tiempo proporcionado por Universign cumple con los criterios de sellado de tiempo electrónico cualificado en el sentido de lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior. El Sellado de Tiempo se beneficia de la presunción estipulada en el artículo 41 de dicho reglamento. A condición de que el Comprador respete las presentes Condiciones, Universign garantiza el carácter ejecutorio, en el sentido de la normativa europea, de las Marcas de Tiempo generadas mediante el Servicio. El Comprador se compromete a verificar la validez de las Marcas de Tiempo desde el momento de su recepción. Exceptuando los casos previstos en la Política de Sello de Tiempo, las Marcas de Tiempo estarán disponibles para su verificación durante un periodo de cinco (5) años a partir de su emisión. ANEXO 2: TRATAMIENTO Y PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES Con el fin de ejecutar el servicio, el Usuario autoriza expresa y libremente el tratamiento de sus Datos Personales por parte de Universign tras haber sido informado de las caracte...

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  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • PRECIO DEL SERVICIO 3.1. Componentes del precio: El Cliente se obliga a pagar a ESTABANELL IMPULSA por la prestación de los Servicios las tarifas contratadas y recogidas en el Resumen del Contrato, que incluirán los impuestos (IVA u otras vigentes), tasas, recargos y / o tributos estatales, autonómicos o locales, vigentes en cada momento (conjuntamente, el "Precio"). Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables se encuentran desglosados en función de los Servicios y las facilidades asociadas y resultaran de aplicación exclusivamente en el periodo indicado y según las condiciones fijadas para cada caso. El Precio podrá ser actualizado cada primero de enero de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo ("IPC") que se publique por el Instituto Nacional de Estadística. Toda promoción u oferta comercial de tarifas o condiciones especiales que esté vigente en el momento de suscribir el Contrato para cada modalidad podrá ser aplicable a aquel que, no siendo todavía Cliente, quiera contratar los Servicios. El que ya fuese Cliente no podrá beneficiarse de aquellas promociones que ESTABANELL IMPULSA pueda llevar a cabo después de la suscripción del Contrato por parte del Cliente, salvo que las condiciones de estas promociones establezcan lo contrario. La cuota inicial o de alta se abonará en un solo pago en concepto de contraprestación por la conexión a los Servicios, y su importe se incluirá en la primera factura. Si procede, esta cuota de alta inicial no incluirá costes de instalación ni equipos proporcionados por ESTABANELL IMPULSA. 3.2. Modificación de las condiciones económicas y / o Precio: La modificación del Precio y demás condiciones económicas del presente Contrato, salvo que sean consecuencia de la normativa aplicable, serán notificadas al Cliente mediante comunicación (dirección postal, dirección de correo electrónico o mensaje SMS al teléfono móvil facilitadas por el Cliente en el momento de la contratación) escrita o nota en la factura habitual de consumo correspondiente con una antelación mínima de un mes a la aplicación de la actualización. En la referida notificación se informará al Cliente que, en caso de que no estuviera conforme con la referida revisión o modificación el Cliente podrá resolver el Contrato, sin que se aplique penalización económica. Para ello, el Cliente deberá comunicar su voluntad de resolver el Contrato a ESTABANELL IMPULSA contactando con el Servicio de Atención al Cliente por teléfono o correo electrónico, en un plazo no superior a un mes a contar a partir de que el Cliente disponga de la nueva información sobre Precio o condiciones económicas. En caso de que transcurra un mes desde la comunicación de la revisión de Precio o modificación de las condiciones económicas del Contrato, sin que el Cliente manifieste su voluntad de resolverlo, se entenderá que acepta la referida revisión del precio o modificación de las condiciones económicas. 3.3. Variaciones del Precio o condiciones económicas por cambios regulatorios. Cualquier variación de las tarifas o modificación de otros conceptos, actividades y valores regulados, o cualquier variación o creación de costes regulados asociados al Servicio que sean aprobados por la Administración para el período de vigencia de este Contrato, así como cualquier nueva figura impositiva, tasa, impuesto o carga tributaria creada por la ley y sus variaciones, serán íntegramente y automáticamente trasladados al Precio a abonar por el Cliente, sin que constituyan una modificación de las condiciones económicas del Contrato.

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  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

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  • TARIFA DEL SERVICIO DE ASEO La tarifa del servicio público de aseo y sus actividades complementarias, está compuesto por un cargo fijo y un cargo variable, que serán calculados por el prestador, acorde a lo establecido en la Resolución CRA 720 de 2015, o aquella que la modifique, adicione o aclare.

  • Multiusuarios del servicio público de aseo Son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.