Seguridad de los datos personales. 3.1. EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO adoptará las medidas de seguridad necesarias para mantener la confidencialidad de los Ficheros mientras estos estén almacenados en, o sean transmitidos a través de los Sistemas, equipos y dispositivos de EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO para prestar los Servicios.
3.2. EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO se compromete a observar la más estricta confidencialidad respecto de los códigos, las identificaciones de usuario y/o las claves de acceso de los Sistemas que en su caso le sean proporcionados por EL RESPONSABLE DEL FICHERO y las demás medidas de seguridad que en su caso se apliquen en relación con los Ficheros objeto de este Acuerdo.
3.3. EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO garantiza el control efectivo del acceso y uso de cualesquiera identificaciones de usuario y claves de acceso a los Sistemas que estén a disposición de EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO a los únicos efectos de prestar los servicios.
3.4. EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO se compromete a custodiar la información que le sea proporcionada con las debidas condiciones de seguridad y protección contra terceras personas y dentro de las normas de seguridad existentes. EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO se obliga a aplicar a los Ficheros las normas de seguridad exigidas por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD correspondientes al nivel de seguridad ALTO.
3.5. Únicamente el personal autorizado por EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO tendrá acceso a los locales donde se almacenen, en su caso, los Ficheros.
3.6. En ningún caso dichos datos podrán ser copiados, ni reproducidos a ningún otro soporte ni ordenador distinto del que albergare legalmente el fichero que los contenga, según conste en la oportuna inscripción en el Registro de la Agencia de Protección de Datos. Al párrafo anterior, cabe excepcionar las copias de seguridad (de “Backup”) o de mantenimiento necesarias para la correcta conservación de los datos, así como las necesarias para el traslado o comunicación autorizada de los datos, las cuales, en todo caso, se realizarán cumpliendo con lo establecido para estas actividades en el Real Decreto 1720/2007 y en la LOPD.
3.7. EL ENCARGADO DE TRATAMIENTO, NO realizará la llevanza del preceptivo Documento de Seguridad del RESPONSABLE DE FICHERO ni realizará otras medidas de seguridad que, en virtud del Real Decreto 1720/2007 correspondieren a RESPONSABLE DE FICHERO.
Seguridad de los datos personales. La empresa adjudicataria declara conocer que la prestación del servicio supone o puede suponer la posibilidad de acceder y/o tratar datos de carácter personal y que, como encargada del tratamiento, está obligada a adoptar las medidas de seguridad que resulten necesarias para garantizar la confidencialidad e integridad en función de la naturaleza de los datos, de conformidad con lo establecido en el Reglamento.
Seguridad de los datos personales. El Encargado del Tratamiento se obliga a garantizar la aplicación de medidas técnicas y organizativas adecuadas para que el tratamiento cumpla los requisitos legales, asegurando, concretamente, un nivel de seguridad adecuado al riesgo, así como la defensa de los derechos de los titulares de los datos, teniendo en cuenta las técnicas más avanzadas, los costes de aplicación y la naturaleza, el ámbito, el contexto y las finalidades del tratamiento, así como los riesgos, de probabilidad y gravedad variable, para los derechos y libertades de las personas físicas, incluyendo: La seudonimización y el cifrado de los datos personales. La capacidad de asegurar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y de los servicios de tratamiento. La capacidad de restablecer la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma oportuna en el caso de un incidente físico o técnico. Un proceso para probar, evaluar y valorar regularmente la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantir la seguridad del tratamiento. Al valorar el nivel de seguridad adecuado, el Encargado del Tratamiento se compromete a tener en cuenta, concretamente, los riesgos presentados por el tratamiento, en particular debido a la destrucción, pérdida y modificación accidentales o ilícitas, y la divulgación o al acceso no autorizados, de datos personales transmitidos, conservados o sujetos a cualquier otro tipo de tratamiento.
Seguridad de los datos personales. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, TRANSMITTE adoptará las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos de carácter personal que trate o transmita para prestar el servicio lingüístico por cuenta de EL CLIENTE.
Seguridad de los datos personales. 3.1. LA ASESORIA declara conocer que el Fichero contiene datos personales y que, como encargado del tratamiento, en el caso de que tuviera que trasladar la información contenida en el Fichero, estará obligada a adoptar las medidas de seguridad que resulten necesarias, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 994/1999, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.
Seguridad de los datos personales. Auto Partner S.A. aplica las medidas técnicas y organizativas exigidas por la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, que responden a las exigencias del RGPD, y en particular impiden que los datos personales puedan ser obtenidos y modificados por personas no autorizadas. AUTO PARTNER S.A. informa que durante el uso del Sitio web se almacenan en el equipo terminal del Usuario información breve y en particular archivos de texto denominados "cookies". Las cookies contienen datos informáticos como: la dirección IP del usuario, el nombre del sitio web del que proceden, el tiempo que permanecen almacenadas en el dispositivo final del Usuario, el registro de parámetros y estadísticas del dispositivo y un número único. Las cookies son dirigidas al servidor del Servicio por el navegador web instalado en el dispositivo final del Usuario. Las cookies y tecnologías similares no se utilizan para identificar al Usuario y no establecen su identidad. Las cookies y tecnologías similares, solo cuando se combinan con otros identificadores únicos u otra información que identifique a esa persona, pueden constituir datos personales. AUTO PARTNER S.A. utiliza cookies para prestar servicios, adaptar el Sitio web a las preferencias individuales de los usuarios y con fines estadísticos y publicitarios, en particular para: • mantener la corrección técnica y la continuidad de la sesión entre el servidor del Sitio web y el dispositivo final del Usuario; • optimizar el uso por parte del Usuario de las páginas del Sitio web y ajustar la forma en que se muestran en el equipo terminal del Usuario; • garantizar el uso seguro del sitio web; • recoger estadísticas sobre las visitas a las páginas del sitio web para ayudar a mejorar su estructura y contenido. Se puede desactivar este mecanismo en los ajustes del navegador. Al utilizar el sitio web sin cambiar la configuración del navegador, usted acepta que se almacenen cookies en la memoria del dispositivo. Con respecto a su vida útil, las cookies utilizadas por AUTO PARTNER S.A. pueden dividirse en: • archivos de sesión: archivos almacenados en el dispositivo del Usuario hasta que éste cierre la sesión o abandone el Sitio web; • permanente: archivos almacenados en el dispositivo del Usuario hasta que sean eliminados por el Usuario o hasta la expiración del archivo cookie en la fecha determinada en la especificación del archivo cookie. AUTO PARTNER S.A. y otros proveedores de servicios (por ejemplo, de anális...
Seguridad de los datos personales. En cumplimiento de la normativa vigente, Cepefodes cuenta con un documento de gestión de accesos, gestión de privilegios y revisión periódica de privilegios. Además, genera y mantiene registros de las interacciones con los datos lógicos y ha implementado medidas de seguridad en los ambientes donde realiza el tratamiento de los datos personales. Asimismo, ha implementado procedimientos para impedir la generación de copias o la reproducción de documentos al personal no autorizado, habiendo implementado también mecanismos de respaldo de seguridad de la información del banco de datos personales.
Seguridad de los datos personales. La empresa adjudicataria declara conocer que la prestación del servicio supone o puede suponer la posibilidad de acceder y/o tratar datos de carácter personal y que, como encargada del tratamiento, está obligada a adoptar las medidas de seguridad que resulten necesarias para garantizar la confidencialidad e integridad en función de la naturaleza de los datos, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE, de 6 de diciembre de 2018). Por su parte, la empresa o persona adjudicataria y cualquier otra que intervenga en el procedimiento de licitación o en la ejecución del contrato, tendrán los derechos regulados en la LOPDP con respecto a los datos que les afecten, y que hayan sido recabados y/o sean tratados por el órgano de contratación; por lo tanto, en cumplimiento de lo dispuesto en esa norma, y con respecto a sus propios datos personales, tendrán derecho a que se guarde la debida confidencialidad, esas personas o entidades podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, etc., y, en general, gozarán de cualquier otra facultad que les corresponda en virtud de la citada Ley Orgánica.
Seguridad de los datos personales. 4.1. El ENCARGADO DEL TRATAMIENTO declara conocer que está obligado a implementar y mantener las medidas técnicas y organizativas apropiadas para proteger los datos de carácter personal contra el tratamiento no autorizado o ilícito, y contra la pérdida, destrucción, alteración, daño o robo accidentales o ilícitos.
4.2. Estas medidas serán las apropiadas teniendo en cuenta: (i) los riesgos que presente el tratamiento de datos, en particular como consecuencia de la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, y (ii) la naturaleza de los datos de carácter personal objeto de protección. Estas medidas habrán de cumplir con los requisitos establecidos en el Apéndice B de este Contrato de Encargo.
Seguridad de los datos personales. El Encargado del Tratamiento está obligado a adoptar e implantar las medidas de seguridad de índole técnica y organizativas necesarias, que garanticen la seguridad de los Datos de Carácter Personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. En este sentido, el Encargado del Tratamiento deberá adoptar las medidas de seguridad previstas en el Anexo de Medidas de Seguridad. Lo anterior no será de aplicación en caso de que el tratamiento de los datos sea llevado a cabo en las dependencias e instalaciones del Responsable del Tratamiento, accediéndose desde las mismas a los sistemas de información y/o archivos del Responsable del Tratamiento sin que tenga lugar un envío o remisión de datos al Encargado del Tratamiento en cuyo caso, el personal del Encargado del Tratamiento desplazado a las dependencias e instalaciones del Responsable del Tratamiento deberá observar y cumplir las medidas de seguridad y restantes obligaciones que, en su caso, hayan sido adoptadas y de la cuales hayan sido previamente informados. Asimismo, tampoco será de aplicación lo previsto en el párrafo primero, en el caso de que el acceso a los datos del Responsable del Tratamiento se realice de forma remota por el Encargado del Tratamiento y se haya prohibido a éste incorporar los datos en sistemas o soportes distintos de los del Responsable del Tratamiento.