Common use of SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS Clause in Contracts

SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél. Cuando concurran circunstancias que hagan imposible la continuación total o parcial de los servicios, el responsable del contrato, de oficio o a instancia del adjudicatario lo pondrá por escrito en conocimiento de la Diputación, quien cumplimentados los trámites administrativos oportunos dictará Resolución autorizando la suspensión. Por lo que se refiere al contenido del ACTA que deberá suscribirse en un plazo de dos días hábiles desde que se autorice y de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del RGLCAP: -expresión del carácter de la suspensión. -acuerdo de la Administración que la origina. -causas que la motivan e irá firmada por el adjudicatario y un representante de la Administración. Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste.

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SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 220 216 del TRLCSP se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél. Cuando concurran circunstancias que hagan imposible la continuación total o parcial de los servicios, el responsable del contrato, de oficio o a instancia del adjudicatario lo pondrá por escrito en conocimiento de la Diputación, quien cumplimentados los trámites administrativos oportunos dictará Resolución autorizando la suspensión. Por lo que se refiere al contenido del ACTA que deberá suscribirse en un plazo de dos días hábiles desde que se autorice y de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del RGLCAP: -expresión del carácter de la suspensión. -acuerdo de la Administración que la origina. -causas que la motivan e irá firmada por el adjudicatario y un representante de la Administración. Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste.

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