Tarifas Cláusulas de Ejemplo

Tarifas. El BANCO liquidará y cobrará las tarifas de acuerdo con las políticas que internamente ha establecido y que han sido dadas a conocer por el BANCO al CLIENTE, quien acepta conocerlas y las que además se encuentran en la página web del BANCO, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Las tarifas serán liquidadas y cobradas en la fecha efectiva de aplicación indicada por EL CLIENTE y sobre las cuentas del CLIENTE que originen dichas operaciones. Sobre este costo se liquidará el correspondiente impuesto a las ventas (IVA), en el porcentaje que establezca la ley, así como todos aquellos gravámenes establecidos. El BANCO cobrará por anticipado al CLIENTE cuotas de manejo mensual por la utilización de los servicios, de acuerdo con las políticas que se establezcan por EL BANCO. El cargo por concepto de la cuota de manejo será realizado a la cuenta principal y/o auxiliares que EL CLIENTE haya inscrito como tal en la solicitud del Servicio. EL BANCO iniciará el cobro de la cuota de manejo pasados sesenta (60) días de haberse realizado la afiliación del CLIENTE al servicio de OCCIRED. EL BANCO cobrará al CLIENTE una comisión por cada transacción dentro de la misma entidad (pagos en cheque de gerencia, pagos en efectivo, Moneda Extranjera, transferencias y/o pagos con abono en cuentas propias, ACH y CENIT) Débitos Automáticos y Pagos de servicios. Además EL BANCO cobrará al CLIENTE por cada transacción hacia otras entidades financieras, una comisión por el valor cobrado por este concepto por parte de la entidad financiera destinataria. EL BANCO determinará las tarifas de estos cobros, las que en documento separado le son entregadas por EL BANCO a EL CLIENTE, las cuales el CLIENTE acepta y declara conocer. EL BANCO podrá incrementar el valor del servicio en cualquier tiempo, de conformidad con lo establecido en el presente documento. EL BANCO cobrará por anticipado el Dispositivo de Autenticación Fuerte denominado “Token”, cuyo cargo será realizado a la cuenta principal y/o auxiliares que EL CLIENTE haya inscrito como tal en la solicitud del servicio. Cualquier modificación a las tarifas será efectuada previa notificación realizada al CLIENTE por cualquier medio o por aquel que establezcan las normas legales vigentes. Según aplique, las modificaciones se entenderán aceptadas por EL CLIENTE si transcurrido el término legal EL CLIENTE no manifiesta su no aceptación y continúa en la ejecución del mismo.
Tarifas. Cobramos tarifas por nuestros servicios, en los términos descritos en la página de tarifas . Las tarifas que se indican incluyen todos los impuestos aplicables; no obstante, puede haber otros impuestos o costes que no se paguen a través de PayPal ni que apliquemos nosotros. Usted seráresponsable del pago de cargos telefónicos o de los importes que le cobre su proveedor de servicios de Internet, o bien de cargos similares o relacionados que se deriven del uso que haga de los servicios. Podemos deducir nuestras tarifas de su saldo de PayPal. También podemos deducir nuestras tarifas relacionadas con transacciones de los importes que transferimos antes de que los fondos se ingresen en su saldo de PayPal. Le proporcionaremos los detalles de los importes que reciba, asícomo de nuestras tarifas, por correo electrónico o a través de su historial de transacciones (al que puede acceder iniciando sesión en su cuenta). Si el pago requiere que nos abone una tarifa, se la revelaremos cuando nos ordene que realicemos el pago (sin perjuicio del resto de las condiciones de uso). Usted no puede compensar ni deducir ningún importe de nuestras tarifas. Podemos realizar un cargo por servicios adicionales que proporcionemos al margen de estas condiciones de uso. Le comunicaremos dichos cargos cuando solicite el servicio.
Tarifas. Las tarifas aplicables a los clientes se encuentran a disposición de los mismos y estarán reguladas de acuerdo a la normativa vigente. Pueden consultarse en la red de oficinas y en la página Web de la Entidad.
Tarifas. Las tarifas del impuesto predial unificado que se cobrarán, serán las siguientes: AVALUOS URBANOS Y RURALES TARIFA ANUAL PARÁGRAFO 1: El impuesto predial lo liquidará la Secretaría de Hacienda o quien tenga asignada esta función, sobre el avalúo catastral respectivo fijado por el Instituto Geográfico Xxxxxxx Xxxxxxx. Cuando se adopte el sistema del auto avalúo con declaración, el estimativo del contribuyente no podrá ser inferior al avalúo catastral vigente en el período gravable. El cálculo del impuesto se hará de acuerdo a la clasificación y tarifas señaladas en este Estatuto. PARÁGRAFO 2: Cuando una persona figure en los registros catastrales como dueña o poseedora de varios inmuebles, la liquidación se hará separadamente sobre cada uno de ellos de acuerdo con las tarifas correspondientes para cada caso. PARÁGRAFO 3: Cuando se trate de bienes inmuebles sometidos al régimen de comunidad serán sujetos pasivos del gravamen, los respectivos propietarios, cada cual en proporción a su cuota, acción o derecho al bien indiviso. Para facilitar la facturación del impuesto, éste se hará a quien encabece la lista de propietarios, entendiéndose que los demás serán solidarios y responsables del pago del impuesto para efectos xxx xxx y salvo Municipal. PARÁGRAFO 4: Ningún predio pagara anualmente menos de un (1) S.M.L.D.V.
Tarifas. Las tarifas fijas y/o tasas aplicables a cualquier Servicio aparecen en el formulario de pedido en línea para el Servicio (las "Tarifas"). Esto puede incluir tarifas de solo una vez en la vida (éstas normalmente son para configurar el servicio) y tarifas recurrentes. POR FAVOR NÓTESE QUE EL FORMULARIO DE PEDIDO EN LÍNEA TAMBIÉN PUEDE MOSTRAR UN INCREMENTO EN LA TARIFA QUE SE HARÁ EFECTIVO ANTE LA EXPIRACIÓN DE UNA TARIFA PROMOCIONAL. TAL INCREMENTO SUCEDERÁ SIN PREVIO AVISO PARA USTED. De lo contrario, HostPapa le dará una nota escrita con por lo menos 30 días de anticipación de cualquier incremento a las Tarifas.
Tarifas. Las tarifas acordadas se encuentran detalladas en el Anexo I: TARIFARIO: Las Partes se comprometen a pagar mensualmente los valores, que constan, de forma detallada en cada Orden de Servicio. Las Partes se comprometen a incluir en las facturas por compartición de infraestructura, el valor de los impuestos que correspondan. La modificación del tarifario se dará únicamente por acuerdo entre las Partes y se aplicará a todas las Órdenes de Servicio, a partir de la fecha de entrada en vigor del nuevo tarifario. Las Partes tendrán un plazo de 30 días hábiles para negociar la suscripción del respectivo Acuerdo modificatorio, a partir de la fecha en la cual una de las Partes comunique a la otra su intención de hacerlo. Dicho plazo podrá ser ampliado de mutuo acuerdo. Cualquier otro rubro que no se encuentre detallado en el cuadro anterior y que sea requerido por una de las Partes, será negociado entre las Partes previa la suscripción del acuerdo de compartición respectico.
Tarifas. Precio final de los Servicios tras la promoción aplicable al Cliente en el momento de la contratación, según Oferta Comercial vigente.
Tarifas. Por el arrendamiento de LOS VEHÍCULOS, EL ARRENDATARIO deberá pagar a EL ARRENDADOR una retribución diaria, de acuerdo con las tarifas que se indican a continuación: CONCEPTO TARIFA (EN US$) Precio Base Diario Incluye honorarios/sueldo del conductor; combustible; multas vehiculares; tarifas de peajes; tarifas de estacionamiento; seguros; impuestos; mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos (repuestos); y todos los demás costos y/o gastos necesarios para cumplir con el servicio (Marca, modelo, año): US$ ____ por día (Marca, modelo, año): US$ ____ por día (….) Precio unitario del costo diario de viáticos (comida y alojamiento) del conductor en caso que el vehículo se traslade a otra ciudad y no retorne el mismo día a la ciudad de origen US$ ____ por día Queda expresamente establecido que las tarifas señaladas en la presente Cláusula permanecerán inalterables durante la vigencia del presente Contrato.
Tarifas. 5.1 Por el arrendamiento de LOS VEHÍCULOS, LA ARRENDATARIA deberá pagar a EL ARRENDADOR una retribución, de acuerdo con las tarifas que se indican a continuación: CONCEPTO TARIFA (EN USD)
Tarifas. Las tarifas del Servicio se encuentran inscritas en el Registro Público de Telecomunicaciones del IFT y pueden ser consultadas en el hipervínculo correspondiente al buscador de tarifas del IFT: xxxx://xxxxxx.xxx.xxx.xx/xxx_xxxxx/. Las tarifas no podrán establecer condiciones contractuales tales como causas de terminación anticipada o cualquier otra condición que deba ser pactada dentro de los contratos de adhesión. De igual manera, no se podrán establecer términos y/o condiciones de aplicación de las tarifas que contravengan lo establecido en el Contrato.