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Common use of Tarifas Clause in Contracts

Tarifas. Las tarifas que anuncie y aplique “la aerolínea” en el servicio de transporte aéreo público, internacional, regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, cuya explotación se faculta, deberán ser registradas en la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones Nos. 224/2013 y 284/2013 de 30 de julio y 04 de septiembre de 2013, expedidas por la Dirección General de Aviación Civil. Las tarifas que registre “la aerolínea”, se someterán al cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en materia de competencia. “La aerolínea” deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución No. 081/2007 de 03 de diciembre del 2007 y al Acuerdo No. 005/2008 de 09 xx xxxxx de 2008, emitidos por el Consejo Nacional de Aviación Civil, en los cuales se dispone a todas las compañías nacionales e internacionales, que al publicar sus tarifas deben incluir todos los impuestos y otros recargos especiales, con la finalidad de que el usuario conozca el valor final del ticket y así evitar confusiones, haciendo constar adicionalmente que el valor final debe estar claramente visible, tomando en cuenta el tamaño y color de la fuente, para que el público pueda observar y a la vez elegir lo que crea conveniente. De igual manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo No. 006/2008 de 09 xx xxxxx del 2008, el descuento del cincuenta por ciento (50%) para las personas de la tercera edad y los discapacitados, se aplicará para todas las tarifas, sin excepción, que la línea aérea tenga a disposición en el mercado de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.

Appears in 3 contracts

Samples: Acuerdo De Permiso De Operación, Acuerdo De Operación, Aviation Operations Agreement

Tarifas. Las tarifas que anuncie y aplique "la aerolínea" en el servicio de transporte aéreo público, internacional, regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, correo cuya explotación se faculta, deberán ser registradas en la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones NosNros. 224/2013 y 284/2013 de 30 de julio y 04 de septiembre de 2013284/2013, expedidas expedida por la Dirección General de Aviación Civil. Las tarifas que registre la aerolínea”, aerolínea se someterán al cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en materia de competencia. “La aerolínea” deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución NoNro. 081/2007 de 03 081/2007de 3 de diciembre del de 2007 y al Acuerdo NoNro. 005/2008 de 09 xx xxxxx de 2008, emitidos por el Consejo Nacional de Aviación Civil, en los cuales se dispone a todas las compañías nacionales e internacionales, que al publicar sus tarifas deben incluir todos los impuestos y otros recargos especiales, con la finalidad de que el usuario conozca el valor final del ticket y así evitar confusiones, haciendo constar adicionalmente que el que, valor final debe estar claramente visible, tomando en cuenta el tamaño y color de la fuente, para que el público pueda observar y a la vez elegir lo que crea conveniente. De igual manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo NoNro. 006/2008 de 09 xx xxxxx del de 2008, el descuento del cincuenta por ciento (50%) % para las personas de la tercera edad y los discapacitados, se aplicará para todas las tarifas, sin excepción, que la línea aérea tenga a disposición en el mercado de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.

Appears in 2 contracts

Samples: Acuerdo De Permiso De Operación, Permiso De Operación

Tarifas. Las tarifas que anuncie y aplique “la aerolínea” en el servicio de transporte aéreo aéreo, público, internacional, regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, cuya explotación se faculta, deberán ser registradas en la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones Nos. 224/2013 y 284/2013 284/2013, de 30 de julio y 04 de septiembre de 2013, expedidas por la Dirección General de Aviación Civil. Las tarifas que registre la aerolínea, se someterán al cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en materia de competencia. “La aerolínea” deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución NoNro. 081/2007 de 3 de diciembre del 2007 de 03 de diciembre del de 2007 y al Acuerdo NoNro. 005/2008 de 09 xx xxxxx de 2008, emitidos por el Consejo Nacional de Aviación Civil, en los cuales se dispone a todas las compañías nacionales e internacionales, que al publicar sus tarifas deben incluir todos los impuestos y otros recargos especiales, con la finalidad de que el usuario conozca el valor final del ticket y así evitar confusiones, haciendo constar adicionalmente que el valor final debe estar claramente visible, tomando en cuenta el tamaño y color de la fuente, para que el público pueda observar y a la vez elegir lo que crea conveniente. De igual manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo NoNro. 006/2008 de 9 xx xxxxx del 2008 de 09 xx xxxxx del de 2008, el descuento del cincuenta por ciento (50%) % para las personas de la tercera edad y los discapacitados, se aplicará para todas las tarifas, sin excepción, que la línea aérea tenga a disposición en el mercado de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.

Appears in 2 contracts

Samples: Renewal Agreement, Permiso De Operación

Tarifas. Las tarifas que anuncie y aplique “la aerolínea” en el servicio de transporte aéreo aéreo, público, internacionaldoméstico, regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, cuya explotación se faculta, deberán ser registradas en la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones Nos. 224/2013 y 284/2013 284/2013, de 30 de julio y 04 de septiembre de 2013, expedidas por la Dirección General de Aviación Civil. Las tarifas que registre la aerolínea, se someterán al cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en materia de competencia. “La aerolínea” deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución NoNro. 081/2007 de 03 3 de diciembre del 2007 y al Acuerdo NoNro. 005/2008 de 09 xx xxxxx de 2008, emitidos por el Consejo Nacional de Aviación Civil, en los cuales se dispone a todas las compañías nacionales e internacionales, que al publicar sus tarifas deben incluir todos los impuestos y otros recargos especiales, con la finalidad de que el usuario conozca el valor final del ticket y así evitar confusiones, haciendo constar adicionalmente que el valor final debe estar claramente visible, tomando en cuenta el tamaño y color de la fuente, para que el público pueda observar y a la vez elegir lo que crea conveniente. De igual manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo NoNro. 006/2008 de 9 xx xxxxx del 2008 de 09 xx xxxxx del de 2008, el descuento del cincuenta por ciento (50%) % para las personas de la tercera edad y los discapacitados, se aplicará para todas las tarifas, sin excepción, que la línea aérea tenga a disposición en el mercado de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.

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Samples: Permiso De Operación

Tarifas. Las tarifas que anuncie y aplique "la aerolínea" en el servicio de transporte aéreo públicoaéreo, publico, internacional, no regular, en la modalidad de “Chárter”, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, cuya explotación se faculta, deberán ser registradas en la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones NosNros. 224/2013 y 284/2013 284/2013, de 30 de julio y 04 de septiembre de 2013, expedidas por la Dirección General de Aviación Civil. Las tarifas que registre “la aerolínea”, se someterán al cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en materia de competencia. “La aerolínea” deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución NoNro. 081/2007 de 03 081/2007de 3 de diciembre del de 2007 y al Acuerdo NoNro. 005/2008 de 09 xx xxxxx de 2008, emitidos por el Consejo Nacional de Aviación Civil, en los cuales se dispone a todas las compañías nacionales e internacionales, que al publicar sus tarifas deben incluir todos los impuestos y otros recargos especiales, con la finalidad de que el usuario conozca el valor final del ticket y así evitar confusiones, haciendo constar adicionalmente que el que, valor final debe estar claramente visible, tomando en cuenta el tamaño y color de la fuente, para que el público pueda observar y a la vez elegir lo que crea conveniente. De igual manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo NoNro. 006/2008 de 09 xx xxxxx del de 2008, el descuento del cincuenta por ciento (50%) para las personas de la tercera edad y los discapacitados, se aplicará para todas las tarifas, sin excepción, que la línea aérea tenga a disposición en el mercado de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.

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Samples: Permiso De Operación

Tarifas. Las tarifas que anuncie y aplique "la aerolínea" en el servicio de transporte aéreo aéreo, público, internacionaldoméstico, no regular, en la modalidad de taxi aéreo, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, en todo el territorio continental ecuatoriano, incluido Galápagos (entre islas) cuya explotación se faculta, deberán ser registradas en la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones Nos. 224/2013 y 284/2013 284/2013, de 30 de julio y 04 de septiembre de 2013, 2013 respectivamente expedidas por la Dirección General de Aviación Civil. Las tarifas que registre la aerolínea”, aerolínea se someterán al cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en materia de competencia. La aerolínea” compañía deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución No. 081/2007 081/2007, de 03 3 de diciembre del de 2007 y al Acuerdo No. 005/2008 005/2008, de 09 xx xxxxx de 2008, emitidos por el Consejo Nacional de Aviación Civil, en los cuales se dispone a todas las compañías nacionales e internacionales, internacionales que al publicar publicitar sus tarifas deben debe incluir todos los impuestos y otros recargos especiales, especiales con la finalidad de que el usuario conozca el valor final del ticket y así evitar confusiones, haciendo constar adicionalmente que que, el valor final debe estar claramente visible, tomando en cuenta el tamaño y color de la fuente, para que el público pueda observar y a la vez poder elegir lo que él crea conveniente. De igual manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo No. 006/2008 006/2008, de 09 9 xx xxxxx del de 2008, el descuento del cincuenta por ciento (50%) para las personas de la tercera edad y los discapacitados, se aplicará por parte de “la aerolínea”, para todas las tarifastarifas ofrecidas en el mercado, sean estas regulares y/o promocionales, sin excepción, que la línea aérea tenga a disposición en el mercado de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.

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Samples: Permiso De Operación

Tarifas. Las tarifas que anuncie y aplique “la aerolínea” en el servicio de transporte aéreo aéreo, público, internacional, regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, cuya explotación se faculta, deberán ser registradas en la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones Nos. 224/2013 y 284/2013 284/2013, de 30 de julio y 04 de septiembre de 2013, expedidas por la Dirección General de Aviación Civil. Las tarifas que registre la aerolínea, se someterán al cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en materia de competencia. “La aerolínea” deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución NoNro. 081/2007 de 03 3 de diciembre del 2007 y al Acuerdo NoNro. 005/2008 de 09 xx xxxxx de 2008, emitidos por el Consejo Nacional de Aviación Civil, en los cuales se dispone a todas las compañías nacionales e internacionales, que al publicar sus tarifas deben incluir todos los impuestos y otros recargos especiales, con la finalidad de que el usuario conozca el valor final del ticket y así evitar confusiones, haciendo constar adicionalmente que el valor final debe estar claramente visible, tomando en cuenta el tamaño y color de la fuente, para que el público pueda observar y a la vez elegir lo que crea conveniente. De igual manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo NoNro. 006/2008 de 9 xx xxxxx del 2008 de 09 xx xxxxx del de 2008, el descuento del cincuenta por ciento (50%) % para las personas de la tercera edad y los discapacitados, se aplicará para todas las tarifas, sin excepción, que la línea aérea tenga a disposición en el mercado de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.

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Samples: Renewal Agreement

Tarifas. Las tarifas que anuncie y aplique “la aerolínea” en el servicio de transporte aéreo aéreo, público, internacionaldoméstico, no regular, en la modalidad de Taxi Aéreo, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, cuya explotación se faculta, deberán ser registradas en la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones Nos. 224/2013 y 284/2013 de 30 de julio y 04 de septiembre de 2013, expedidas por la Dirección General de Aviación Civil. Las tarifas que registre “la aerolínea”, se someterán al cumplimiento de la legislación nacional e internacional vigente en materia de competencia. “La aerolínea” deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución No. 081/2007 de 03 de diciembre del 2007 y al Acuerdo No. 005/2008 de 09 xx xxxxx de 2008, emitidos por el Consejo Nacional de Aviación Civil, en los cuales se dispone a todas las compañías nacionales e internacionales, que al publicar sus tarifas deben incluir todos los impuestos y otros recargos especiales, con la finalidad de que el usuario conozca el valor final del ticket y así evitar confusiones, haciendo constar adicionalmente que el valor final debe estar claramente visible, tomando en cuenta el tamaño y color de la fuente, para que el público pueda observar y a la vez elegir lo que crea conveniente. De igual manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo No. 006/2008 de 09 xx xxxxx del 2008, el descuento del cincuenta por ciento (50%) para las personas de la tercera edad y los discapacitados, se aplicará para todas las tarifas, sin excepción, que la línea aérea tenga a disposición en el mercado de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.

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Samples: Acuerdo De Permiso De Operación