Common use of Tarifas Clause in Contracts

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido en el literal a) de la Cláusula Primera del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodia.

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Samples: Contrato Marco De Depósito Y Uso De Bodega Particular, Contrato Marco De Depósito Y Uso De Bodega Particular

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido Las tarifas aplicables, conforme al anexo de las condiciones generales de venta, son las tarifas que estén en vigor en la fecha en la que se realice la reserva. Nuestras tarifas están expresadas en euros, con todos los impuestos incluidos y solo estarán vigentes durante el periodo indicado en el literal a) sitio web y en la confirmación de la Cláusula Primera reserva. Las tarifas incluirán el IVA aplicable en la fecha de la reserva y todo cambio del presente Contratotipo de IVA aplicable será automáticamente repercutido en las tarifas indicadas. El cliente pagará el IVA que corresponda a la fecha de cobro de la factura. Toda modificación o instauración de nuevos impuestos legales o reglamentarios introducida por las autoridades competentes será automáticamente repercutida en el precio indicado en la fecha de facturación. TA se reserva el derecho de modificar sus tarifas en cualquier momento, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual la vez que garantiza a sus clientes la aplicación del precio en vigor en la fecha de ($ )la reserva. Las tarifas están disponibles en el sitio web para su consulta y su descarga, suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada e incluidas en los títulos folletos de TA. Le cliente debe entregar a TA, el día de su llegada para la cura, el documento original en el que se refiere confirme que el literal aseguro médico se hace cargo del paquete termal, el documento habitualmente denominado “Volet 2”. Cura libre (6, 12, 18 días) o cura «Sensicure»: Se prepara un presupuesto adaptado a la solicitud. El cliente abona en las instalaciones de TA, el día de su llegada para la cura, el importe pendiente del paquete de curas reservado y, en su caso, las prestaciones complementarias prescritas, cuyo importe aparece en el presupuesto enviado por TA al cliente en dos ejemplares. TA conservará un ejemplar del presupuesto firmado por el cliente. El cliente (cura cubierta por el seguro médico, cura libre de 6, 12, 18 días o cura «Sensicure») se debe presentar en la recepción de las instalaciones de TA al final de su estancia para el cierre de su expediente: el ajuste de la Cláusula Primera del Contrato (factura definitiva se hace en conjunto su presencia el último o el penúltimo día de la “Tarifa”)cura. En caso Modalidades de que pago: véanse los detalles en los títulos anexos. MEDIADOR DE CONSUMO Para cualquiera disputa que no conste se refiera a un servicio de salud y que no haya dado lugar a una resolución amistosa previa entre el Cliente y las TA, el Mediador del Termalismo podrá ser remitido gratuitamente* para cualquier Cliente en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx o por correo postal a la Tarifa, será la dirección siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre Xx. Xxxxxx XXXXXX - Mediador del termalismo - 000 xxxxxx xx Xxxxx - 64300 LAA MONDRANS-FRANCIA. Quedan excluidas de este recurso las curas termales convencionales, que son servicios prestados por prescripción médica bajo el valor Código de la Mercancía, mes o fracción Salud Pública y el Código de mes anticipadoSeguridad Social y no bajo el Código del Consumo. La Tarifa se aplica por mes o fracción (* Excluidos los costes de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente recurrir a un mes experto o a la asistencia de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%un abogado), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodia.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido Las tarifas del servicio en el literal a) recinto ferial de: cafeterías, autoservicios, restaurantes, carritos móviles, etc., deberán estar en consonancia con las establecidas actualmente en las citadas unidades de restauración que operan en el recinto ferial. En coherencia lo anteriormente mencionado, las tarifas propuestas por el licitador no podrán superar las que figuran en el ANEXO IV este pliego. Quedará entendido que las mencionadas tarifas quedan asociadas a la cantidad y calidad del producto para servicios de estas características. El adjudicatario del presente concurso, para elementos distintos a los señalados en dicho anexo, facilitará en su oferta una relación independiente de tarifas que, igualmente, tendrán como referencia la media de tarifas de los anteriores elementos. IFEMA no regula ni aprueba los precios de este servicio, sin embargo, sí verificará el cumplimiento en cada ejercicio de la Cláusula Primera aplicación de las tarifas comunicadas por el adjudicatario, sin que éste pueda realizar modificaciones a las mismas en el mismo ejercicio. Los precios no podrán modificarse durante el primer año de contrato. Para los siguientes años de contratación así como de las prórrogas si las hubiera, la actualización de importes no podrá superar el 85% del presente ContratoÍndice General nacional de Precios al Consumo, EL CLIENTE publicado por el Instituto Nacional de Estadística, del ejercicio anterior. La propuesta de tarifas deberá pagarle recoger, para cada unidad de restauración a ALMAVIVA: i) gestionar, una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVAcarta tipo con los precios por producto, y ii) la tarifa el coste del menú. Igualmente, los licitadores deberán presentar su propuesta de almacenamiento pactada tarifas para el ejercicio 2014, con los precios previstos para los servicios a prestar en los títulos restaurantes a la carta y el restaurante de banquetes, que deberán estar en consonancia con las establecidos actualmente en las citadas unidades de restauración que operan en el recinto ferial. Las tarifas de los productos que se refiere comercialicen mediante unidades móviles serán idénticas a las que se ofrezcan en las unidades fijas de restauración ubicadas dentro de los pabellones, para productos similares. RESTAURACIÓN GENERAL noviembre 2013 Pliego de bases Para aquellos servicios ofertados directamente a IFEMA, Los licitadores deberán presentar su propuesta de tarifas para el literal a) ejercicio 2014, con los precios previstos para los servicios de la Cláusula Primera del Contrato (cafetería para IFEMA. Dichas tarifas deberán expresarse en conjunto la “Tarifa”). En caso términos de que descuento sobre los precios aplicables al servicio al público en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipadopabellones y restaurantes. La Tarifa actualización de dichas tarifas se aplica realizará anualmente en función del Indice General de Precios al Consumo publicado por mes o fracción el Instituto Nacional de mesEstadística u organismo que lo sustituya, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo ejercicio anterior, y en caso de deberán ser aprobadas previamente por IFEMA, que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que podrá rechazarlos si se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsableajustan al IPC establecido. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye Para los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía comida se establecerá el precio en función del servicio requerido en cada momento, teniendo como referencia los precios ofrecidos por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiael Club Feria.

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Samples: Contract for Services

Tarifas. De conformidad con el Proyecto de explotación del servicio, las tarifas máximas y mínimas a aplicar a [los usuarios/la Administración] con descomposición de sus factores constitutivos, son las siguientes: — Coste de instalación: El Ayuntamiento pone a disposición del arrendatario las instalaciones (Anexo I), la sala (gimnasio, etc.). — Gastos de explotación: El Ayuntamiento corre con los gastos del 50% de energía eléctrica , 50% de gas, agua, basuras, IBI Urbana. La tarifa máxima general en función de la utilización que el arrendatario puede percibir del usuario será de: a) Como contraprestación Xxxx de 10 días: ………………………………..35,00 € Tarifa al mes 35,00 € Tarifa al trimestre 95,00 € Tarifa al semestre 170,00 € Tarifa al año 280,00 € Tarifa sólo actividades …………………… 18,00 € mes. - La bonificación máxima o mínima aplicable en conjunto a los miembros de Clubes Deportivos de Xxxxxxx xx Xxxx será del 20 al 10% de la tarifa general. Las tarifas que el arrendatario habrá de percibir de los usuarios del servicio, con descomposición de sus elementos conformadores con vistas a futuras revisiones, deberán ser aprobadas por el órgano de contratación, antes de su entrada en vigor. Dichas tarifas tienen naturaleza de precio privado, por lo establecido que el arrendatario, en los términos del contrato con los usuarios, podrá cobrarlas y reclamarlas judicialmente en caso de impago. Estas tarifas se fijan inicialmente de la forma siguiente: Los licitadores, en sus ofertas, determinarán las tarifas que consideran retributivas de su trabajo, (entre las mínimas y máximas establecidas en el literal aanteproyecto de explotación) así como las fórmulas o índices de su revisión ordinaria y extraordinaria, los costes del servicio, el canon anual a abonar a la Cláusula Primera Administración concedente y el beneficio del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle concesionario con sus índices de disminución o aumento. Vincularán a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma la empresa oferente y regirán o permanecerán en vigor hasta que incluye haya finalizado el ejercicio en el que haya tenido comienzo efectivo la explotación del servicio. En las mismas se considerará incluido el IVA, y ii) así como cualquier otro tributo o gravamen. Las tarifas deberán ser autosuficientes para la financiación del servicio. Por tanto, el equilibrio económico del arriendo, que se debe mantener durante la vigencia de ésta, se establecerá sobre la base de fijar el coste unitario de la prestación del servicio (costes totales divididos por los ingresos totales), de modo que este coste unitario, fijado inicialmente en la proposición del adjudicatario del contrato, la revisión de las tarifas se ejecutará el día 1 de enero de cada año incrementándose según el IPC del año anterior publicado por el INE o fórmula de revisión propuesta por el contratista en su oferta. La fórmula de revisión que plantee el adjudicatario deberá ser ajena a cual sea el coste real del servicio o los ingresos, los cuales pueden obedecer a mala gestión del concesionario. La retribución del concesionario se fija, entonces, en un porcentaje sobre los costes de explotación. Y la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen fijará atendiendo a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados costes de explotación, más el beneficio o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte retribución del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiaconcesionario.

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Samples: Contrato Administrativo De Gestión De Servicios Públicos

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido Los bienes deberán ser entregados conforme a las tarifas listadas en el literal a) de anexo No 2 (cotización), la Cláusula Primera cual hace parte integrante del presente Contratocontrato. 47.600.000 XXXXXX XXXXX XXXXX XXXX 10.245.900-2 XXXXX XXXX XXXXXX XXXXX, en adelante EL CLIENTE deberá pagarle PROVEEDOR, se compromete con la Caja de Compensación Familiar xx Xxxxxx CONFA suministro de gasolina extra, corriente, aceite 4t, aceite 2t, agua para baterías, líquido de frenos y silicona para garantizar el funcionamiento del parque automotor (tractores, guadañas, cortasetos, carros de golf, Mulle) y plantas de energía de los centros recreacionales Rochela y Santagueda, de acuerdo a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual cotización presentada el día 5 de ($ )Febrero de 2020, suma que incluye el IVAmanteniendo las cond 53.550.000 ALMACEN TODOCAMPO AGROPECUARIO S.A.S 900.423.727-6 Suministro de insumos químicos para la ornamentación de jardines y prados de los Centros Recreacionales Rochela y Santagueda, y ii) la tarifa suministro de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”alimento para animales ( pescado, patos). En caso 10.115.000 NEUROTECH DEL CARIBE S.A.S 900.749.143-5 EL CONTRATISTA prestará el servicio de que en soporte tecnológico (aspirador y disector ultrasonico xxxxxxx 300, coagulador por plasma CPC y sonoca lipo) a la IPS CONFA, colocando a disposición los títulos no conste equipos, los insumos, la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre instrumentadora o el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que respectivo apoyo cuando se requiera en relación con el movimiento o traslado las siguientes campos quirúrgicos Neurocirugía, cirugía pediatrica, gonecología, oncología, cirugía de mínima invasión, cirugía hepatica, cirugia ORL, urología, cirugía general y cirugía cardiaca. 59.500.000 XXXXXXXXX XXXXX Y CIA S.A.S RODRIANGEL 800.130.856-7 EL PROVEEDOR suministrará Insumos de set de clips de aneurisma para la realización de cirugías de aneurismas cerebrales y suministrará Insumos de parche de duramadre para la realización de cirugías de craneoplastia de los usuarios de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde IPS Confa Salud. 30.000.000 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR XX XXXXXX - CONFA CONTRATOS SUSCRITOS DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2021 CONTRATISTA NIT / Documento OBJETO DEL CONTRATO VALOR DISORTHO S.A. 860.529.890-0 EL CONTRATISTA prestará a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado usuarios de la Mercancía depositadaIPS CONFAMILIARES, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo suministro de inventarios Instrumentos para micro-cirugias, implantes e intrumental para oido, implantes para cirugía maxilofacial y de craneo, implantes auriculares y material de osteosintesis del esqueleto en general. 52.200.000 NEUROLOGIA INTEGRAL XX XXXXXX S.A.S 900.315.383-3 EL CONTRATISTA prestará a los usuarios de la Mercancía IPS CONFAMILIARES, los servicios que se encuentren debidamente registrados en el certificado de habilitación de la Dirección Territorial de Xxxxx xx Xxxxxx y en especial los servicios Profesionales de Neurología en actividades de promoción prevención, diagnóstico, tratamiento y procedimientos. 15.232.000 CENTRO VISUAL MODERNO E.U. 900.007.679-7 EL CONTRATISTA prestará a los usuarios de la IPS CONFAMILIARES, los servicios que se encuentren debidamente registrados en el certificado de habilitación de la Dirección Territorial de Xxxxx xx Xxxxxx y en especial los servicios de Optometria en actividades de promoción prevención, diagnóstico tratamiento y despacho xx xxxxxx, monturas y artículos de Optometría. 258.468.000 LA INSTRUMENTADORA S.A.S 860.503.565-9 EL PROVEEDOR sumnistrara el material de ortopedia, maxilofacial, de sutura para cirugía, material de hospital care, neuroimplantes, material de ortopedia, columna y para suturas. 59.500.000 UNIVERSO CONSULTORES S.A.S. 900.858.667-1 EL CONTRATISTA se compromete para con Confa, con plena autonomía técnica y administrativa a prestar sus servicios para la ejecución de procesos de selección de acuerdo a requerimientos organizacionales previos, de conformidad con las condiciones establecidas y la propuesta presentada el 05 de Febrero de 2020 por EL CONTRATISTA, documentos que hacen parte integrante de empleadosla presente orden contractual. 29.750.000 XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX 30.233.700-7 XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX se compromete con la Caja de Compensación Familiar xx Xxxxxx CONFA a suministrar elementos y materiales en madera y figuras adhesivas, contratistas brindado ambientes decorativos de acuerdo a temáticas solicitadas, para la realización de los diferentes eventos requeridos por los clientes de CONFA. 12.400.000 HTC INGENIERIA S.A.S 900.575.696-8 El CONTRATISTA se compromete para con CONFA a prestar el servicio de radio enlace entre las sedes xx Xxxxxxxxx y San Xxxxxx 10.438.680 IMPLANTES Y SISTEMAS ORTOPEDICOS S.A. 800.061.357-7 EL CONTRATISTA prestará a la IPS CONFAMILIARES los servicios de suministro de implementos, instrumentos, prótesis, implantes vávulas, aparatos y accesorios para cirugía ortopédica, traumatologia y neurocirugía dispositivos médicos, prótesis válvulas, y demás materiales para el área medico hospitalaria. 71.400.000 COCHLEAR COLOMBIA S.A.S 000.000.000-2 COCHLEAR COLOMBIA S.A.S se compromete a suministrar implantes cocleares. 1.428.000.000 101 S.A.S. 811.040.812-7 EL CONTRATISTA se compromete con Confa a ejecutar de manera independiente sin subordinación o terceros autorizados por ALMAVIVAdependencia con plena autonomía técnica y administrativa, utilizando sus propios medios, elementos y personal idóneo debidamente capacitado a su cargo a la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo xxx xxxxxx electrónico de 101 S.A.S. 17.850.000 XXXX XXXX COLOMBIANA SECCIONAL CALDAS 890.801.201-0 EL CONTRATISTA prestará a los usuarios de la IPS Confa, los servicios que se encuentren debidamente registrados en cumplimiento el certificado de habilitación de la Dirección Territorial de Xxxxx xx Xxxxxx y en especial los servicios de Transporte básico en ambulancia. 30.000.000 ORACLE COLOMBIA LIMITADA 000.000.000-8 El Contratista se compromete para con CONFA a prestar el servicio de Soporte Técnico de Xxx Xxxxxxx. 5.539.680 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR XX XXXXXX - CONFA CONTRATOS SUSCRITOS DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2021 CONTRATISTA NIT / Documento OBJETO DEL CONTRATO VALOR XXXXXX XXXX UND CARDIO NO INVASI IPS SAS 900.580.492-2 EL CONTRATISTA prestará a los usuarios de la IPS CONFA, los servicios que se encuentren debidamente registrados en el certificado de habilitación de la Dirección Territorial de Xxxxx xx Xxxxxx y en especial los servicios de cardiología, diagnostico cardiovascular y ecocardiografia. 333.200.000 GILMEDICA S.A. 890.317.417-9 . EL PROVEEDOR suministrará mallas para incontinencia urinaria entre otros dispositivos médicos que tenga dentro de su obligación portafolio. 30.000.000 IDATOS LIMITADA 800.122.234-2 Servicio de CustodiaOutsourcing de Cartera, acompañamiento jurídico, administración del sistema de información de Cartera Hipotecaria y custodia de garantías. 51.320.892 CERRITOS X.XXX 900.402.583-2 EL CONTRATISTA se compromete para con CONFAMILIARES, a prestar los servicios de alimentación hospitalaria, de manera independiente y con plena autonomía técnica y administrativa, utilizando en todo caso sus propios medios, elementos y personal. 376.242.281 CODIGO AZUL MANIZALES S.A.S 900.520.191-4 EL CONTRATISTA prestará a los usuarios de la IPS Confa, el servicio de Transporte básico y medicalizado en ambulancia.

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Samples: Suministro De Souvenirs Y Café

Tarifas. aLos precios establecidos por esta Corporación y vigentes para el Año 2009, serán los siguientes: *Precio p/Hamaca y día. 4,50€ *Precio por Xxxxxxxxx y día. 4,50€ • Precio p/30 minutos. 25€ • Precio p/45 minutos. 35€ • Precio p/60 minutos. 45€ *Canoa doble p/ 60 minutos. 25€ Las tarifas que el concesionario ha de percibir de los usuarios del servicio deberán ser revisadas y aprobadas por el órgano de contratación, antes de su entrada en vigor. Xxx xx xx Xxxx, x/x • 00000 Xxxx Xxxxx (Xxxxxxx) Como contraprestación • C.I.F. P-0705200 D • Tel. (+00) 000 00 00 00 Fax. (+00) 000 00 00 00 El concesionario presentará ante este Ayuntamiento, como máximo el 15 de Noviembre de cada año, las tarifas que considere adecuadas aplicar para el ejercicio siguiente. Dichos precios públicos deberán ser aprobados por lo establecido la Corporación Municipal. El Ayuntamiento de Sant Lluis pondrá a disposición del concesionario, cada año y previo a la fecha de inicio de la temporada, unos tickets numerados y detallados, que servirán para el cobro de las Tarifas. Dichos tickets deberán ser entregados a cada uno de los usuarios, incorporando una matriz que servirá para el control del equilibrio económico de la concesión. A la finalización de la temporada y, en el literal a) momento de proceder a retirar los artefactos de las Playas, el concesionario hará entrega al Ayuntamiento de los resguardos acreditativos de la Cláusula Primera temporada. Si, el adjudicatario estima la existencia de una ruptura del presente Contratoequilibrio financiero del contrato, EL CLIENTE por la aparición de circunstancias sobrevenidas e imprevisibles, se deberá pagarle de presentar un estudio económico que lo acredite, así como la alteración de éste y las medidas a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual adoptar para su restauración. Este documento se someterá a informe y consideración del Ayuntamiento, que tendrá en cuenta las partidas contables y sus importes, así como la documentación que aporta la empresa adjudicataria, referente a los gastos de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipadoexplotación. La Tarifa se aplica por mes o fracción finalidad de meseste trámite administrativo es la de estudiar, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamientodebidamente, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros variación se produce por variaciones en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos consideraciones o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentidoordinarios o, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos si por el movimiento o traslado de contrario se acredita plenamente la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción aparición de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiadenominadas circunstancias sobrevenidas e imprevisibles.

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Samples: Contract for Public Service Management

Tarifas. Usted nos pagará las tarifas aplicables establecidas en el Plan de tarifas de Logística de Amazon para la página de Amazon DE, el Plan de Tarifas de Logística de Amazon para la página de Amazon FR, el Plan de Tarifas de Logística de Amazon para la página de Amazon IT, las Tarifas de Logística de Amazon para la página de Amazon ES, el Plan de Tarifas de Logística de Amazon para la página de Amazon UK, el Plan de Tarifas de Logística de Amazon para la página de Amazon NL, el Plan de Tarifas de Logística de Amazon para la página de Amazon SE y el Plan de Tarifas de Logística de Amazon para la página de Amazon PL. Se le cobrarán las Tarifas de almacenamiento desde el día (hasta la medianoche) en que la Unidad llegue al centro logístico y esté disponible para ser gestionada por Amazon (o, en el caso de una Unidad no apta, el día de llegada (hasta la medianoche), hasta la primera de las siguientes fechas: (a) Como contraprestación por lo establecido el día (hasta la medianoche) en que recibamos un pedido válido en el literal a) que el cliente solicite la compra de dicho producto, o una petición de usted para que le devolvamos o nos deshagamos de la Cláusula Primera del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: iUnidad; o (b) una tarifa fija mensual el día (hasta la medianoche) en que enviemos efectivamente la Unidad al destino de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) devolución indicado por usted o nos deshagamos de la Cláusula Primera del Contrato (Unidad. Usted nos autoriza a cargar en conjunto la “Tarifa”). En caso su tarjeta de que en los títulos no conste la Tarifacrédito, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por su cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto pago APE del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base Servicio Vender en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal Amazon y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por su cuenta de EL CLIENTEpago APUK de Vender en Amazon, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción cantidad debida bajo estas Condiciones de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de CustodiaServicio.

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Samples: Amazon Services Agreement

Tarifas. aLos bienes deberán ser entregados conforme a las tarifas listadas en el anexo No 2 (cotización), la cual hace parte integrante del presente contrato. 47.600.000 XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXX 30.351.977-5 XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXX, en adelante LA PROVEEDORA, se compromete con plena autonomía técnica y administrativa, sin subordinación ni dependencia, utilizando sus propios medios, elementos y personal a su cargo a suministrar los kits denominados “SOBRE PIRATA”, “MINI CHEF”, “GALLINA PARA HUEVOS”, “TOALLERO MUÑECO DE NIEVE”, “TOALLERO PAPA XXXX” y “MUÑECO PARA CORTINA”, de conformidad con la propuesta presentada por ella 6.500.000 ARQUIDIOCESIS DE MANIZALES 890.801.024-3 EL PRESENTE CONTRATO TIENE POR OBJETO LA PRESTACION DEL SERVICIO POR PARTE DE LA ARQUIDIOCESIS, PRESTAR LOS SERVICIOS RELIGIOSOS, PASTORALES DE ASESORIA ESPIRITUAL Y MORAL, PARA LO CUAL DISPONDRÁ EN LA CLINICA SAN XXXXXX UN SACERDOTE DE SU PRESBITERIO QUE NOMBRAÁ POR DECRETO EN FORMA PERMANENTE. 13.695.265 XXXXXXXX S A S 900.112.573-4 EL CONTRATISTA se compromete a ofrecer y prestar sus servicios profesionales a CONFA como químico farmaceutico suplente para los cargos de director técnico y jefe de control de calidad de la central de gases medicinales de Confa para la producción de aire medicinal por compresor in situ: 13.090.000 PROXIRED S.A.S 900.727.935-7 El Contratista se compromete para CONFA al pago de la cuota monetaria del subsidio familiar en el Departamento xx Xxxxxx, dentro del horario y días de atención al público en los establecimientos de comercio de SUSUERTE S.A., de conformidad con la información brindada por Confa y previa identificación del beneficiario del subsidio familiar a los usuarios del Mecanismo de Protección al Cesante. 63.000.000 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR XX XXXXXX - CONFA CONTRATOS SUSCRITOS DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2021 CONTRATISTA NIT / Documento OBJETO DEL CONTRATO VALOR D.S.I. S.A 800.122.217-7 Alquiler y soporte del software XXXXXXXX E.R.P. en las sedes donde Confa cuenta con el negocio de Alimentos y Bebidas (Centro vacacional Rochela, Centro vacacional Santagueda, Supermercados Versalles y Universidad xx Xxxxxx). 21.420.000 XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - CONDROGAS 10.227.058-9 EL PROVEEDOR se compromete con CONFAMILIARES a realizar el suministro de medicamentos a trabajadores de la Central Hidroeléctrica xx Xxxxxx – CHEC, esto debido al convenio suscrito entre CONFAMILIARES – CHEC en el marco de la CLÁUSULA 39 de la Convención Colectiva de Trabajo denominada “Servicios Médicos para los familiares de los trabajadores” 833.000.000 REGIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD N.3 900.339.410-8 “PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE II Y III NIVEL DE COMPLEJIDAD ADULTOS Y SERVICIOS DE CARDIOLOGIA INCLUIDA LA CONSULTA ESPECIALIZADA, SUBESPECIALIZADA Y LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS Y QUIRÚRGICOS, INCLUÍDOS LOS CÓDIGOS COVID-19 SEGÚN XXXXXXXXXX 000 X XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 XXX 0000: 2.700.400.000 LG CONSULTORES S.A.S 900.066.712-4 EL CONTRATISTA se compromete para con Confa, con plena autonomía técnica y administrativa a prestar sus servicios para la ejecución de procesos de selección cada que se requiera y para los cargos que sean especificados, de conformidad con las condiciones requeridas y la propuesta presentada el 18 de Febrero de 2019 por EL CONTRATISTA, documentos que hacen parte integrante de la presente orden contractual. 29.750.000 CENTRO COMERCIAL XXXXXXXXXX 890.807.282-4 EL CONTRATISTA se compromete para con Confa a ejecutar de manera independiente sin subordinación o dependencia con plena autonomía técnica y administrativa, utilizando sus propios medios, elementos y personal a su cargo el servicio de Administración, conforme el reglamento de propiedad Horizontal del Centro Comercial Xxxxxxxxxx de los locales 203, 211 y 212 ubicados en el segundo piso del edificio Xxxxxxxxxx, que se toma en arriendo mediante el contrato No. 19000187. 9.288.000 IPS PAUSA S.A.S 901.279.826-3 EL CONTRATISTA Se compromete con Confa a ejecutar de manera independiente, sin subordinación o dependencia, con plena autonomía técnica y administrativa, utilizando sus propios medios, elementos y personal a su cargo, a prestar servicios de consultoría Psicológica y de Psicoterapia, dirigido a los afiliados y su grupo de beneficiarios de categorías A y B, de conformidad con la propuesta presentada que forma parte integral del presente contrato. 300.000.000 IDATOS LIMITADA 800.122.234-2 Servicio de Outsourcing de Cartera, acompañamiento jurídico, administración del sistema de información de Cartera Hipotecaria y custodia de garantías. 51.320.892 GESTION INMOBILIARIA J.L.S.A.S 810.005.861-6 EL ARRENDADOR entrega al ARRENDATARIO (Confa) Como contraprestación y este manifiesta haber recibido en carácter de arrendamiento un bien inmueble que consta de los locales 203, 211 y 212, ubicados en el Centro Comercial Xxxxxxxxxx, para el funcionamiento y operación de una de sus dependencias. 40.063.378 DISTRIBUIDORA COLOMBIA GC S.A. S 000.000.000-7 CONFAMILIARES otorga en concesión, al CONSECIONARIO quien acepta en recibir en tal condición, un (1) espacio que será destinado exclusivamente para que el CONCESIONARIO desarrolle la actividad económica de comercio al por menor de electrodomésticos, muebles y equipos de iluminación; dicho espacio se encuentra ubicado en la Xxx 0 xxxxx xxxxx 00 x 00 xxx Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxx. Inmuebles que es propiedad de CONFAMILIARES donde además funcionan dependencias de la misma en dicho municipio 108.000.000 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR XX XXXXXX - CONFA CONTRATOS SUSCRITOS DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2021 CONTRATISTA NIT / Documento OBJETO DEL CONTRATO VALOR EL CLUB PROMOTOR OLYMPICUS 900.460.389-7 EL CONTRATISTA se compromete con CONFA a ejecutar de manera independiente sin subordinación, con plena autonomía técnica y administrativa, utilizando sus propios medios, elementos y personal a su cargo, la organización, ejecución y control de todas las actividades organizadas por CONFA, con el personal idóneo para la prestación de servicio en el desarrollo de eventos deportivos y recreativos 35.000.000 COMERCIALIZADORA MERCALDAS S.A 900.273.686-8 El proveedor se compromete con Confa al suministro de víveres, fruver, productos de cafetería y electrodomesticos, según las necesidades y requerimientos que realicen los clientes de la Unidad de Eventos. 23.800.000 GM&A PLANEACION TRIA Y ZNA FRANCA S.A.S 900.499.501-5 Asesoría integral en el campo tributario en impuestos nacionales, departamentales y municipales vinculados a las operaciones económicas realizadas en cabeza de CONFA como Caja de Compensación Familiar. 23.800.000 IMPULSA PROMOCIONALES S.A.S 900.968.010-3 IMPULSA PROMOCIONALES S.A.S, en adelante EL PROVEEDOR de manera independiente sin subordinación o dependencia con plena autonomía técnica y administrativa, utilizando sus propios medios, elementos y personal a su cargo se compromete con Confa a realizar suministro de elementos, materiales y souvenirs, con el fin de cumplir con las necesidades de las empresas Contratantes de acuerdo a las temáticas solicitadas por ellas. 13.167.041 XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX ASE SEGURO LTD 890.807.056-6 EL OFERENTE se compromete con Confa a ejecutar de manera independiente, sin subordinación o dependencia, con plena autonomía técnica y administrativa, utilizando sus propios medios, elementos y personal a su cargo, a la prestación del servicio de asesoría en gestión integral de seguros que implique las modalidades de eliminación, prevención, protección, transferencia y retención de riesgos, de conformidad con las condiciones requeridas por la Corporación y la cotización presentada. 117.810.000 FUNDACION XXXXX 800.250.255-5 El presente Convenio tiene por objeto aunar esfuerzos para desarrollar el programa denominado “La Universidad en Tu Colegio”, el cual busca aumentar el acceso a programas de formación Técnica Profesional y Tecnológica (T&T) a jóvenes de colegios oficiales que hacen parte del modelo Escuela Activa Urbana en Manizales. 240.000.000 PROXIRED S.A.S 900.727.935-7 El contratista se compromete para Confa al recaudo en el Departamento xx Xxxxxx, de las sumas correspondientes a la tarifa del auxilio educativo para tabletas y computadores portátiles brindado por CONFA a sus afiliados 10.000.000 FUSION COMUNICACION GRAFICA S.A.S 900.310.298-2 FUSIÓN COMUNICACIÓN GRÁFICA S.A.S, en adelante EL PROVEEDOR de manera independiente sin subordinación o dependencia con plena autonomía técnica y administrativa, utilizando sus propios medios, elementos y personal a su cargo se compromete con Confa a realizar suministro de volantes, afiches, plegables, tarjetas de presentación y demás elementos presentados en la cotización. Este tipo de publicidad es específicamente para los eventos, por lo establecido que se deja la claridad de que no tienen nada que ver c 10.400.000 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR XX XXXXXX - CONFA CONTRATOS SUSCRITOS DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2021 CONTRATISTA NIT / Documento OBJETO DEL CONTRATO VALOR MEINTEGRAL S. A. S. 900.181.419-2 EL ARRENDADOR entrega a título de arrendamiento al ARRENDATARIO y este así lo acepta, un área aproximada de setecientos cincuenta metros cuadrados (750 mtrs2), según planos arquitectónicos anexos que hacen parte integral de este contrato . Dichas instalaciones arrendadas, hacen parte de un inmueble localizado en el literal apiso cuarto (04) de la Cláusula Primera del presente Contratoclínica SAN XXXXXX CONFAMILIARES, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso ciudad de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor Manizales con nomenclatura urbana de la Mercancíadirección AV. XXXXXXX XXXXXXX xxxxxxx 00 00-00, mes o fracción 1.782.000.000 INSSA S.A.S 830.039.295-6 Realizar los mantenimientos generales, preventivos y suministro de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción repuestos para máquinas dispensadoras automáticas Vending de mescafé Torino, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes Snacks Combi Ams, Agua Atlantis, Café Opera, Helado Roma, billeteros Currenza y Monederos de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto acuerdo con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos solicitudes realizadas por el movimiento o traslado servicio de alimentos y bebidas de Confa. 14.000.000 ASOCIACION DE PISCICULTORES LA XXXXXXX 900.292.775-6 El contratista se compromete para con Confa a suministrar el pescado vivo (trucha) para el lago de pesca del Centro recreacional el Bosque. 7.000.000 SPORTY CITY S.A.S 900.777.063-3 El presente contrato de prestación de servicios tiene como objeto regular la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento consolidación de la Mercancía so pena una oferta de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía acondicionamiento y preparación física por parte de empleadosSMART FIT a favor de LOS AFILIADOS y BENEFICIARIOS DEL SUBSIDIO FAMILIAR, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVAfijar el valor que debe asumir Confa para los efectos del presente contrato, las condiciones para el recaudo de las inscripciones de LOS AFILIADOS y BENEFICIARIOS DEL SUBSIDIO FAMILIAR y establecer los términos y condiciones que regirán el uso y la prot 60.000.000 REGIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD N.3 900.339.410-8 El CONTRATISTA se compromete con el CONTRATANTE a prestar servicios médicos de conformidad con lo estipulado en cumplimiento la totalidad de su obligación de Custodia.oferta y el OBJETO “PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE CARDIOLOGIA INCLUIDA LA CONSULTA ESPECIALIZADA, SUBESPECIALIZADA Y LOS DISTINTOS PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS Y QUIRÚRGICOS EN CUMPLIMIENTO AL DECRETO 1795 DEL 2000: “POR EL CUAL SE ESTRUCTURA EL SISTEMA DE SALUD DE LAS FUERZAS MILITARES Y DE LA POLICÍA NACIONAL”; CAPITULO II RÉGIMEN DE BENEFICIOS,

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Samples: Suministro De Souvenirs Y Café

Tarifas. a) Como contraprestación Las tarifas que deberán satisfacer los usuarios de las instalaciones serán las que figuren en la proposición adjudicada, las cuales, en lo que respecta a los servicios obligatorios, no podrán ser superiores a las reflejadas en Anexo II adjunto al presente Pliego. El uno de enero de cada año se revisarán dichas tarifas, previa petición del concesionario, en función de las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo del conjunto nacional (IPC). A tal fin, el concesionario deberá remitir al Servicio de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxx, con la debida antelación, propuesta motivada de revisión de tarifas, que deberá ser autorizada por lo establecido el órgano competente a tal efecto. En dicha propuesta se contemplará la variación que haya experimentado el IPC General en los doce meses inmediatamente anteriores (en el literal a) primer año de duración del contrato, en los meses que hubieren transcurrido desde la adjudicación). No obstante, si en la oferta aparecen tarifas de servicios que no estén especificados en el Anexo II del presente Pliego, éstos deberán ser aprobados por el órgano competente del Ayuntamiento, a propuesta de su Servicio de Deportes. Otras modificaciones deberán responder a circunstancias nuevas o imprevistas, que deberán contar con la aprobación del Servicio Municipal de Deportes o a instrucciones directas de este. Las tarifas habrán de basarse en costes reales, teniendo en cuenta los de conservación, amortización de las inversiones, costes de reposición, beneficio empresarial, etc. Para ser tenida en cuenta, cada tarifa se presentará debidamente desglosada. Los precios que abonen los usuarios por los servicios serán percibidos por el adjudicatario, que establecerá el modo de pago: por banco, tarjeta, domiciliación, efectivo, etc. En cualquier caso, estará obligado a reflejar en el documento de cobro los siguientes datos: o Nombre y apellidos del usuario. o Actividad o servicio que abona. o Periodo y horario que corresponda. o Identificación fiscal del perceptor. o Nombre de la Cláusula Primera instalación. El Órgano competente del presente ContratoAyuntamiento xx Xxxxx, EL CLIENTE a propuesta del Servicio de Deportes del mismo, por razones de interés público y en cualquier momento, podrá modificar las tarifas que han de ser abonadas por los usuarios y la forma de retribución del concesionario. Cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, el Ayuntamiento deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual compensar al contratista de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a manera que se refiere mantenga el literal a) equilibrio de los supuestos económicos que fueron considerados como básicos en la Cláusula Primera adjudicación del Contrato (en conjunto la “Tarifa”)contrato. En el caso de que en los títulos acuerdos que dicte el Ayuntamiento respecto al desarrollo del servicio carezcan de trascendencia económica, el contratista no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica tendrá derecho a indemnización por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación razón de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiamismos.

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Samples: Concession Agreement

Tarifas. aEl BANCO liquidará y cobrará las tarifas de acuerdo con las políticas que internamente ha establecido y que han sido dadas a conocer por el BANCO al CLIENTE, quien acepta conocerlas y las que además se encuentran en la página web del BANCO, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Las tarifas serán liquidadas y cobradas en la fecha efectiva de aplicación indicada por El CLIENTE y sobre las cuentas del CLIENTE que originen dichas operaciones. Sobre este costo se liquidará el correspondiente impuesto a las ventas (IVA), en el porcentaje que establezca la ley, así como todos aquellos gravámenes establecidos. El BANCO cobrará por anticipado al CLIENTE cuotas de manejo mensual por la utilización de los servicios, de acuerdo con las políticas que se establezcan por El BANCO. El cargo por concepto de la cuota de manejo será realizado a la cuenta principal y/o auxiliares que El CLIENTE haya inscrito como tal en la solicitud del Servicio. El BANCO iniciará el cobro de la cuota de manejo pasados sesenta (60) Como contraprestación días de haberse realizado la afiliación del CLIENTE al servicio de OCCIRED. El BANCO cobrará al CLIENTE una comisión por cada transacción dentro de la misma entidad (pagos en cheque de gerencia, pagos en efectivo, Moneda Extranjera, transferencias y/o pagos con abono en cuentas propias, ACH y CENIT) Débitos Automáticos, Pagos de servicios y Prenotificaciones Crédito y Débito. Además El BANCO cobrará al CLIENTE por cada transacción hacia otras entidades financieras, una comisión por el valor cobrado por este concepto por parte de la entidad financiera destinataria. El BANCO determinará las tarifas de estos cobros, las que en documento separado le son entregadas por EL BANCO a EL CLIENTE, las cuales el CLIENTE acepta y declara conocer. El BANCO podrá incrementar el valor del servicio en cualquier tiempo, de conformidad con lo establecido en el literal a) presente documento. El BANCO cobrará por anticipado el Dispositivo de Autenticación Fuerte denominado “Token”, cuyo cargo será realizado a la Cláusula Primera cuenta principal y/o auxiliares que El CLIENTE haya inscrito como tal en la solicitud del presente Contratoservicio. Cualquier modificación a las tarifas será efectuada previa notificación realizada al CLIENTE por cualquier medio o por aquel que establezcan las normas legales vigentes. Según aplique, las modificaciones se entenderán aceptadas por EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual si transcurrido el término legal EL CLIENTE no manifiesta su no aceptación y continúa en la ejecución del mismo. El CLIENTE autoriza desde ya de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos manera expresa al BANCO para debitar no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre solo el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará las comisiones y tarifas el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros mismo día en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de realiza la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia operación sino también para debitar los impuestos a que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiahaya lugar.

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Samples: Otrosí Al Contrato De Cuenta Corriente, De Ahorros, O Apertura De Crédito (Tarjeta De Crédito Credencial)

Tarifas. a) Como contraprestación Las tarifas, términos y condiciones vigentes de los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNET”, son las que se encuentreTnepléufbolincoadfiajsoe1:nuestro Portal Comercial de La seccion dorada xxxx://xxXxxx.xxxxxxxxxxx.xxxxxxx0, moisFmaaxs: que “AcaTVo” proporcionará telefónicamente a través del centro de atención a clientes y de los representantes de ventas. ” AcaTVo” podrá modificar las tarifas de los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD INTERACTIVA”, informando a “EL CLIENTE” sobre cualquier modificación a las tarifas de los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNET” con 30 días naturales de anticipación, a través del Portal Comercial de AcaTVo. Respetando los términos y condiciones de La información transmitida por “EL CLIENTE” a través de los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNET”, será bajo su exclusiva responsabilidad, por lo establecido en el literal a) que libera expresamente a “AcaTVo”, de cualquier responsabilidad derivada de accesos no autorizados, robo, daño, destrucción o desviación de la Cláusula Primera del presente Contratoinformación, archivos o programas propiedad de “EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a CLIENTE” que se refiere el literal a) relacionen de manera directa o indirecta con los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNETM” partersitcaudloas por “AcaTVo”. “AcaTVo” no será responsable pFoercrohbaod, me osodilfiicciatcuiódn, alteración, o destrucción de archivos, por parte de las personas denominas Hackers o Crackers las cuales efectúan invasiones a la Cláusula Primera del Contrato (privacidad en conjunto la contra de Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE” o de terceros. EnDníiangún caso, se facturará aparte el impuesto “AcaTMVoe”sresponderá pAorñdoaños consecuenciales o indirectos, pérdidas sufridas o ingresos no obtenidos, derivados del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el ambas partes asumen conforme al presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable ” se obliga a sacar y mantener en paz y a salvo a “AcaTVo” de todo costocualquier reclamación, gasto demanda o servicio acción legal que se requiera pudiera presentarse en relación con el movimiento contra de “AcaTVo”, derivadas de los hechos descritos en los párrafos precedentes y, en general, de cualquier reclamación, demanda o traslado acción legal que pudiera derivarse del uso de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNET”, que impliquen daño, alteración o modificación a la red o medios a través de los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleadoscuales se prestan los mismos, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiaasí como daños a terceros.

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Samples: Servicios De Publicidad en Internet

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido 7.1.- Por la aceptación de las Tarjetas las partes acuerdan que el Establecimiento pagará a Transbank una comisión (denominado también en el literal a) de la Cláusula Primera del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la mercado como “Merchant Discount” o “Tarifa”) que resulte de sumar: a) las tasas de intercambio que se establecen por las Marcas de Tarjetas a favor de los emisores de las mismas, y que se determinan por transacción y el Merchant Category Code (MCC) o Categorías de Rubro del Establecimiento Comercial. b) los cobros que las Marcas efectúan a Transbank y que perciben por concepto de licencias (membresía) y otros cargos incluyendo impuestos en su caso (denominados también en el mercado como “Costos de Marcas”). En caso , y que se determinan por transacción. c) el margen adquirente de los servicios de Transbank o remuneración por sus servicios básicos de operación de las Tarjetas (“Margen Adquirente”). 7.2.- La Tarifa promedio ponderada, al ser calculada por transacción, podrá tener fluctuaciones que en resulten de sumar las tasas de intercambio de las Marcas según sus clasificaciones, los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre costos de las Marcas -incluidos los impuestos que ellas traspasan- y el valor Margen Adquirente. 7.3.- El pago de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal comisión y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositadatarifa y su respectivo impuesto, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de las partes pactan que se genere una pérdida o daño respecto efectuará mediante deducción directa por Transbank de estatales montos, XXXXXXXX estará autorizada para asumir de los respectivos gastos valores que corresponda pagar por cuenta y riesgo de EL CLIENTEésta al Establecimiento por ventas con Xxxxxxxx, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio las condiciones que se requiera señalan en este Contrato. El Establecimiento autoriza expresamente desde ya a Transbank para retener y hacerse pago del valor correspondiente a las tarifas pactadas, con cargo e imputación a toda deuda que el Establecimiento mantenga con Transbank por concepto de operaciones efectuadas con Tarjetas. El hecho que Transbank no efectúe la correcta ejecución del Contratoretención señalada, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento no libera al Establecimiento de su obligación de Custodiaefectuar el pago de la tarifa mensual pactada 7.4.- Cualquier requerimiento especial del Establecimiento, no contemplado en el servicio básico de operación de Tarjetas que Transbank presta requerirá ser pactado adicionalmente entre las partes. En este sentido, una vez afiliado el Establecimiento, podrá contratar, a su libre elección, los servicios especiales que son opcionales y cuyas condiciones y tarifas se encuentran en los anexos respectivos.

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Samples: Contrato De Afiliación

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido 11.1.- Se estipula que las tarifas definidas en el literal a) de la Cláusula Primera Art. 1 del presente Contratoque abonará el usuario del servicio, EL CLIENTE deberá pagarle se determinan de acuerdo a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada pase diario mayor esquiadores en los títulos a temporada alta, que es el que se refiere tomará como base para la fijación de todas las tarifas a ser aplicadas por la Concesionaria para todos los medios de elevación del centro de esquí, bajo la modalidad de pase único. La misma será propuesta por la Concesionaria a la Concedente, en función de las pautas contenidas en la Oferta originaria y las condiciones esenciales al Pliego, a efectos de ser aprobadas por la Autoridad de Aplicación.- 11.2.- Las tarifas o cuadro tarifario del Centro de Esquí deberá ser presentado por la Concesionaria antes del 1° xx Xxxxx de cada año, y la Concedente deberá considerarlo y expedirse sobre su procedencia en el literal aplazo de quince (15) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). días corridos.- En caso de no expedirse o pronunciarse en término, la Concesionaria podrá aplicar la tarifa propuesta hasta que la Concedente lo resuelva definitivamente.- 11.3.- Para la fijación de tarifas las Partes deberán tener en cuenta que la tarifa no podrá exceder la tarifa más alta de los títulos no conste centros de esquí nacionales para el mismo producto. Excepcionalmente la TarifaConcesionaria podrá proponer montos mayores a la pauta anterior en forma debidamente fundada.- En todos los casos la tarifa se mantendrá estable durante la temporada invernal, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio excepto que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal registren variaciones provocadas por una inflación mayor al 3 % mensual y/o los equipos requeridos aumentos de sueldos de personal dispuestos obligatoriamente por el movimiento o traslado de las leyes que al respecto se dicten. En estos casos la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere Concesionaria podrá solicitar una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, modificación; y en general este supuesto la satisfacción Concedente deberá expedirse en el plazo de las necesidades cinco (5) días.- En caso de EL CLIENTE. En virtud de no expedirse o pronunciarse en término, la Concesionaria podrá aplicar la tarifa propuesta hasta que la Concedente lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodia.resuelva definitivamente.-

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Samples: Contrato De Concesión De Obra Pública

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido en el literal a) de la Cláusula Primera del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada Las tarifas se estructuran en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”)siguientes epí- grafes: 6.1. En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye Por los servicios de monitoreo gestión tributaria: 6.1.1. Entidades no acogidas a la gestión re- caudatoria: - Sin emisión de inventarios documentos cobratorios: 10% sobre cargo bruto. - Con emisión de documentos cobratorios: 13% sobre cargo bruto. 6.1.2. Entidades acogidas a la gestión recau- datoria: - Con emisión de documentos cobratorios: 1% sobre cargo bruto. 6.2. Por los servicios de gestión recaudatoria: 6.2.1. A Entidades Locales en deudas de ven- cimiento periódico: - Periodo voluntario: con carácter general, el 4% sobre la cuantía cobrada. No obstante, la tarifa será del 2,5% en aquellos casos en que las Entidades locales hayan estableci- do una bonificación, de al menos el 3%, a favor de los sujetos pasivos que domicilien sus deudas de vencimiento periódico en una entidad financiera. - Periodo ejecutivo: • La tasa a satisfacer por la prestación del servicio de recaudación en período eje- cutivo es una cantidad equivalente al re- cargo de apremio, costas y otros gastos legalmente establecidos. Es de aplica- ción la tasa en todos los supuestos en que se recaude la deuda en periodo eje- cutivo, cualquiera que sea el medio de pago. • Cuando en el curso de la Mercancía por parte recaudación ejecutiva se recaudasen importes en concepto xx xxxxxx legales del procedi- miento, dichas cantidades serán recur- sos de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVADiputación de Guadalajara, en cumplimiento la misma cuantía que las anticipó y sin superar el importe recaudado por este concepto. • Cuando el procedimiento ejecutivo deri- ve en una baja o crédito incobrable, las costas legales del procedimiento serán reembolsadas a la Diputación de su obligación Gua- dalajara por la Entidad delegante, en la misma cuantía que se anticipó, sin supe- rar el importe de Custodiadichos gastos. 6.2.2. A Organismos autónomos y otros Entes públicos: - En voluntaria: • S/ Recaudación hasta el 80%, el 10%.

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Samples: Convenio Colectivo

Tarifas. a) Como contraprestación De conformidad con el Proyecto de explotación del servicio, las tarifas máximas y mínimas a aplicar son las siguientes: Entrada de Autocares: 40,00 Euros. De microbuses: 20 Euros. De furgonetas: 8,00 Euros. De turismos: 5,00 Euros. De Motocicletas: 2,00 Euros De bicicletas: 1,50 Euros. De peatones: 1,50 Euros. Por uso de vestuario y duchas: 0,50 Euros por persona. Por el uso de piscina: niños hasta 2 años, gratuito. De 2 a 14 años: 1 Euro inclusive. Jóvenes y adultos: 2 Euros. Jubilados: 1 Euro. Estas tarifas se incrementarán en el IPC en la temporada de 2013 y sucesivas. Las tarifas que el concesionario habrá de percibir de los usuarios del servicio, con descomposición de sus elementos conformadores con vistas a futuras revisiones, deberán ser aprobadas por el órgano de contratación, antes de su entrada en vigor. Dichas tarifas tienen naturaleza de precio privado, por lo establecido que el concesionario, en los términos del contrato con los usuarios, podrá cobrarlas y reclamarlas judicialmente en caso de impago. Estas tarifas se fijan inicialmente de la forma siguiente: Los licitadores, en sus ofertas, determinarán las tarifas que consideran retributivas de su trabajo, (entre las mínimas y máximas establecidas en el literal aanteproyecto de explotación) así como las fórmulas o índices de su revisión ordinaria y extraordinaria, los costes del servicio, el canon anual a abonar a la Cláusula Primera Administración concedente y el beneficio del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle concesionario con sus índices de disminución o aumento. Vincularán a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma la empresa oferente y regirán o permanecerán en vigor hasta que incluye haya finalizado el ejercicio en el que haya tenido comienzo efectivo la explotación del servicio. En las mismas se considerará incluido el IVA, y ii) así como cualquier otro tributo o gravamen. Las tarifas deberán ser autosuficientes para la financiación del servicio. Por tanto, el equilibrio económico de la concesión, que se debe mantener durante la vigencia de ésta, se establecerá sobre la base de fijar el coste unitario de la prestación del servicio (costes totales divididos por los ingresos totales), de modo que este coste unitario, fijado inicialmente en la proposición del adjudicatario del contrato, la revisión de las tarifas se ejecutará el día 1 de enero de cada año incrementándose según el IPC del año anterior publicado por el INE o fórmula de revisión propuesta por el contratista en su oferta. La fórmula de revisión que plantee el adjudicatario deberá ser ajena a cual sea el coste real del servicio o los ingresos, los cuales pueden obedecer a mala gestión del concesionario. La retribución del concesionario se fija, entonces, en un porcentaje sobre los costes de explotación. Y la tarifa se fijará atendiendo a los costes de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere explotación, más el literal a) beneficio o retribución del concesionario. Tal y como establece artículo 89 1 del Texto Refundido de la Cláusula Primera Ley de Contratos del Contrato (en conjunto Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la “Tarifa”). En caso revisión del precio de este contrato podrá tener lugar una vez transcurrido el primer año de ejecución del contrato, sin que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: sea necesario haber ejecutado el 20% Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipadoprestación. La Tarifa se aplica formula de revisión de precios será determinada por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación Junta de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de CustodiaComunidad.

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Samples: Contrato De Gestión Y Explotación

Tarifas. a1) Como contraprestación Las tarifas y tasas por lo establecido la prestación de los Servicios objeto de esta concesión y demás servicios complementarios, serán las que se encuentren aprobadas en el literal a) cada momento por la Administración Municipal, u Organismo competente para cada tipo de Servicio. La aprobación de las tarifas y tasas corresponderá al Ayuntamiento, previo estudio justificativo de la Cláusula Primera propuesta de modificación a instancia del presente ContratoConcesionario, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, conformidad con las disposiciones legales en vigor y ii) la tarifa sin perjuicio de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) las autorizaciones de otros Organismos de la Cláusula Primera Administración Pública que tengan reconocida tal competencia legal, con cuyo importe el Concesionario deberá cubrir los costes totales del Contrato (Servicio. 2) El Ayuntamiento de Guadalajara se compromete, salvo en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos excepciones contempladas en el presente Contrato. En ese sentidopliego de condiciones y en el Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales, EL CLIENTE será responsable de a que las tarifas a aplicar a los abonados cubran en todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con momento el movimiento o traslado coste del Servicio para lo cual aplicará el IPC correspondiente a los doce meses siguientes desde el inicio del Servicio ó desde la última revisión. 3) Independientemente de la Mercancía depositadaaplicación correspondiente al IPC, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente se revisarán los conceptos de "compra de agua en tanto tales actividades no hacen parte Alta" y gastos de energía eléctrica con la misma repercusión que tenga en los costes del deber Servicio y con la fecha en que cualquier suministrador aplique los incrementos en el precio por metro cúbico de Custodia que los caudales de agua suministrados al municipio o por Kilovatio facturado. 4) Las tarifas y tasas se revisarán en el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios supuesto de que dispongacomo consecuencia de una nueva estructura, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio distinta de lo anteriorla actual, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal las tarifas y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado bloques de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir facturación a los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien abonados y/o servicio por causas sobrevenidas ajenas al concesionario, desciendan los ingresos del servicio. 5) Asimismo las tarifas y tasas se revisarán, como consecuencia de la adscripción al Servicio de nueva infraestructura y, en general, por las modificaciones que el Ayuntamiento, en uso de sus facultades, le ordenare introducir, y que, será independiente de las variaciones de costes que pudiera corresponder por la aplicación del contenido de los puntos anteriores. 6) Las tarifas y tasas, una vez aprobadas, serán comunicadas por el Ayuntamiento al Concesionario por escrito, quién tendrá la obligación de aplicarlas, percibiendo de los usuarios las cantidades dinerarias que procedan. 7) El Concesionario no podrá anular ningún recibo, ni devolver a los usuarios cantidad alguna, sin el previo acuerdo municipal al respecto, salvo error en el cálculo de facturación, en cuyo caso se notificará dichas incidencias al Ayuntamiento en la mayor brevedad posible. 8) A tal fin, se tramitarán por el Concesionario las solicitudes que reciba, relativas a anulaciones y devoluciones, para que por la Administración Municipal se adopte el pertinente acuerdo. Aprobada la anulación o la devolución de la misma, el Concesionario procederá a devolver las cantidades indebidamente ingresadas, si así resultara procedente. 9) El Concesionario tendrá el derecho y la obligación de informar con carácter previo, las solicitudes de los usuarios referentes a exenciones, bonificaciones, anulaciones y devoluciones a los que se requiera para refieren los apartados anteriores. 10)El Ayuntamiento regulará, mediante la correcta ejecución correspondiente Ordenanza Fiscal Municipal, las obligaciones tributarías de los usuarios con el Concesionario del ContratoServicio y, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteadosu caso, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; ycon el Ayuntamiento, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación con las Tarifas y Tasas por prestación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los Servicio de Abastecimiento de Agua, Alcantarillado y Depuración y demás servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiacomplementarios.

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Samples: Concession Agreement

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido Los CLIENTES que acrediten la condición de socios de OCU no tendrán comisión de traspaso de salida para títulos nacionales. Los CLIENTES que acrediten la condición de socios de OCU no tendrán comisión de traspaso de entrada para títulos internacionales. Los CLIENTES que acrediten la condición de socios de OCU estarán exentos de la comisión de custodia, en cualquiera de los mercados en los que operen, durante el primer año de vigencia de su contrato, comenzando a computarse el plazo desde el momento en el literal a) que la cuenta quede operativa, habiéndose completado todos los trámites para la correcta formalización de la Cláusula Primera apertura de la misma. El resto de TARIFAS aplicadas serán las que el CLIENTE tiene a su disposición en los establecimientos co- merciales de SELF BANK, en su sitio Web (xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx) y en el sitio Web del presente ContratoBanco de España (xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xx) el Folleto de Tarifas Máximas registrado en el Banco de España y en la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores en donde figuran las tarifas máximas de comisiones y gastos repercutibles y normas de valoración aplicables a los servicios prestados por SELF BANK. Estas TARIFAS sólo serán aplicable a los socios de OCU EDICIONES, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual S.A., familiares de ($ ), suma socios que incluye el IVAacrediten convivir con éste en su mismo domicilio, y ii) la tarifa los suscriptores de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere OCU EDICIONES, S.A. En el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso supuesto de que en los títulos no conste el CLIENTE pierda la Tarifacondición de socio de OCU EDICIONES, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%)S.A., o Gravamen siendo familiar de socio deje de convivir con éste, o deje de ser suscriptor de OCU EDICIONES, S.A., perderá el derecho a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, la retrocesión prevista en este Anexo y pasarán a menos aplicarse desde ese momento las TARIFAS que sean necesarios y urgentes SELF BANK tenga vigentes para la conservación generalidad de la Mercancíasus clientes. Parágrafo Cuarto: EL El CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar informar a ALMAVIVA los bodegajes SELF BANK de la fecha en la que haya perdido su condición de socio de OCU EDICIONES, S.A., o siendo familiar de socio haya dejado de convivir con éste, o haya dejado de ser sus- criptor de OCU EDICIONES, S.A. y demás conceptos autoriza a SELF BANK a contrastar dicho dato con OCU EDICIONES, S.A. Estas condiciones estarán vigentes salvo conclusión del acuerdo entre SELF BANK y OCU EDICIONES, S.A. o salvo que esta liquide las mismas se mejoren de acuerdo con base OCU EDICIONES, S.A. SELF BANK notificará al CLIENTE cualquier cambio en esta cláusulalas condiciones con dos (2) meses de antelación a la fecha en la que deba ser efectiva la modificación. EL Si el CLIENTE acepta no manifiesta su deseo de dar por finalizada la relación con SELF BANK en dicho plazo de preaviso, se entenderá que este Contrato, exhibido junto continúa la relación con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodianuevas condiciones económicas.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Tarifas. a) Como contraprestación por lo establecido 7.1.- Por la aceptación de las Tarjetas las partes acuerdan que el Establecimiento pagará a Transbank una comisión (denominado también en el literal a) de la Cláusula Primera del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la mercado como “Merchant Discount” o “Tarifa”) que resulte de sumar: a) las tasas de intercambio que se establecen por las Marcas de Tarjetas a favor de los emisores de las mismas o que regule la autoridad, y que se determinan por transacción y el Merchant Category Code (MCC) o Categorías de Rubro del Establecimiento Comercial. b) los cobros que las Marcas efectúan a Transbank y que perciben por concepto de licencias (membresía) y otros cargos incluyendo impuestos en su caso (denominados también en el mercado como “Costos de Marcas”). En caso , y que se determinan por transacción. c) el margen adquirente de los servicios de Transbank o remuneración por sus servicios básicos de operación de las Tarjetas (“Margen Adquirente”). 7.2.- La Tarifa promedio ponderada, al ser calculada por transacción, podrá tener fluctuaciones que en resulten de sumar las tasas de intercambio de las Marcas según sus clasificaciones, los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre costos de las Marcas -incluidos los impuestos que ellas traspasan- y el valor Margen Adquirente. 7.3.- El pago de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal comisión y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositadatarifa y su respectivo impuesto, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de las partes pactan que se genere una pérdida o daño respecto efectuará mediante deducción directa por Transbank de estatales montos, XXXXXXXX estará autorizada para asumir de los respectivos gastos valores que corresponda pagar por cuenta y riesgo de EL CLIENTEésta al Establecimiento por ventas con Xxxxxxxx, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio las condiciones que se requiera señalan en este Contrato. El Establecimiento autoriza expresamente desde ya a Transbank para retener y hacerse pago del valor correspondiente a las tarifas pactadas, con cargo e imputación a toda deuda que el Establecimiento mantenga con Transbank por concepto de operaciones efectuadas con Tarjetas. El hecho que Transbank no efectúe la correcta ejecución del Contratoretención señalada, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento no libera al Establecimiento de su obligación de Custodiaefectuar el pago de la tarifa mensual pactada 7.4.- Cualquier requerimiento especial del Establecimiento, no contemplado en el servicio básico de operación de Tarjetas que Transbank presta requerirá ser pactado adicionalmente entre las partes. En este sentido, una vez afiliado el Establecimiento, podrá contratar, a su libre elección, los servicios especiales que son opcionales y cuyas condiciones y tarifas se encuentran en los anexos respectivos.

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Samples: Contrato De Afiliación

Tarifas. a) Como contraprestación El concesionario, por lo establecido la prestación de los servicios deportivos, tendrá derecho a percibir de los usuarios el pago por los servicios prestados. Así, el concesionario percibirá de los usuarios, en concepto de tarifas, los importes recogidos en las Ordenanzas Fiscales Reguladoras correspondientes de la Tasa por la prestación de los Servicios Deportivos, Escuelas Deportivas Municipales y la utilización de las instalaciones deportivas vigentes en el literal a) momento de adjudicación del contrato (teniendo en cuenta la modalidad “Cuotas por Tarifa Plana-Sistemas de Abonados” que conforme a lo indicado en el Anteproyecto de Explotación se prevén incorporar en la Ordenanza Fiscal correspondiente y que, por tanto, se deberá aplicar al inicio del servicio). Las tarifas se actualizarán anualmente, ajustándose a las modificaciones que establezca el Ayuntamiento de Azuqueca en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Cláusula Primera Tasa por la prestación de los Servicios Deportivos, Escuelas Deportivas Municipales y la utilización de las instalaciones deportivas. Si la Corporación la modificase de forma que alterase el equilibrio económico-financiero de la concesión (no será considerada como modificación la modalidad “Cuotas por Tarifa Plana-Sistemas de Abonados” que conforme a lo indicado en el Anteproyecto de Explotación y en el párrafo anterior, se prevé incorporar en la Ordenanza Fiscal correspondiente y que, por tanto, se deberá aplicar al inicio del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ servicio), suma los parámetros económicos habrán de revisarse para garantizar el citado equilibrio económico-financiero. El adjudicatario deberá someterse a las normas generales y particulares de aplicación de las tarifas establecidas en las vigentes Ordenanzas Fiscales Reguladoras. La recaudación se realizará por el concesionario, bajo los principios de seguridad y transparencia y con la emisión en todo caso de justificantes registrados de los cobros recibidos. El concesionario, para el cobro de las tarifas, deberá utilizar los medios mecánicos o informatizados que incluye determine el IVAAyuntamiento de Azuqueca de Henares. En este sentido, el concesionario deberá asumir los gastos referentes a: - Medios mecánicos o informatizados para el cobro de tarifas, con sus correspondientes licencias. Este coste, que corresponde al primer ejercicio, no será superior a 19.000,00 €, IVA incluido. La adquisición y ii) pago de estos medios se realizará directamente a la tarifa empresa suministradora que señale el Ayuntamiento de almacenamiento pactada en Azuqueca de Henares. - Mantenimiento de los títulos a que se refiere el literal a) componentes del sistema informático. - Consumibles necesarios para la expedición de la Cláusula Primera del Contrato los justificantes de pago y acreditación de los usuarios (en conjunto la “Tarifa”papel térmico y tarjetas PET). En caso ambos se debe incorporar obligatoriamente el nombre del Ayuntamiento de que Azuqueca de Henares. - Modificaciones en los títulos no conste la Tarifacomponentes de hardware, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre software y periféricos solicitados por el valor concesionario, previa aprobación por parte del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Todos los medios utilizados podrán ser auditados en todo momento por el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares y estarán preparados para suministrar información detallada y precisa de los cobros realizados y del estado de ocupación de las actividades y servicios de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiainstalación deportiva.

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Samples: Concession Agreement

Tarifas. La agencia de viajes negociará con las compañías de transportes y establecimientos hoteleros las condiciones que sean más ventajosas para la Universidad y asesorará e informará al usuario/a) Como contraprestación por , siempre que sea factible, de la posibilidad de acogerse a tarifas más económicas y de las condiciones necesarias para tener derecho a las mismas. En todos los casos en que esto sea posible, en la presentación de presupuestos para los servicios requeridos, el adjudicatario presentará al menos tres opciones económicas, a fin de que el peticionario pueda elegir la más conveniente. En la solicitud de servicio se intentará facilitar a la empresa adjudicataria una flexibilidad para la selección del horario de salida de los medios de transporte de, al menos 3 horas. Si se especifica en la orden de servicio se podrá ofertar la salida un día antes cuando el resultado total de transporte, alojamiento y manutención produzca un coste más económico, siempre que esta opción no contravenga la normativa interna de la Universidad y el período se encuentre incluido en la Autorización de la Comisión de Servicio. Los desplazamientos deberán realizarse de conformidad con lo establecido en el literal a) la normativa sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Cláusula Primera Universidad xx Xxxxxxx. La categoría de los alojamientos se ajustará a las cuantías fijadas para los distintos grupos del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, territorio nacional y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”)extranjero. En el caso de que la Universidad pudiera obtener tarifas más ventajosas que las ofrecidas en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor cada momento por las empresas adjudicatarias del acuerdo marco o por interés particular de la MercancíaUniversidad, mes o fracción de mes anticipadopodrá adquirir los servicios que contempla este contrato directamente en el mercado (tanto nacional como internacional). La Tarifa Universidad xx Xxxxxxx no se aplica hará cargo del coste de una reserva o billete emitido sin la autorización correspondiente. Tampoco se hará cargo de posibles incrementos de gastos, respecto a los precios aceptados a la hora de emitir los billetes y que no hubieran sido informados por mes la agencia. La agencia deberá aplicar en cada caso las opciones más ventajosas para la Universidad xx Xxxxxxx entre todas las que se puedan obtener en el mercado, aplicando los descuentos o fracción condiciones especiales que puedan ofrecer las distintas cadenas de meshoteles, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente empresas transportistas, empresas de alquiler de vehículos, etc. Los gastos suplementarios debidos a un mes de almacenamiento, incluso si las anulaciones cuyas causas sean imputables a la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o empresa adjudicataria correrán por cuenta de EL CLIENTEésta. La Universidad xx Xxxxxxx podrá solicitar a las empresas adjudicatarias, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%)sin coste, o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes la realización de las gestiones oportunas para la conservación obtención de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos visados cuando éstos resulten necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución realización del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiaviaje.

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Samples: Acuerdo Marco Para La Prestación De Servicios De Agencias De Viaje

Tarifas. a) Como contraprestación 7.7.1 Las Tarifas que el CONCESIONARIO cobrará serán aquellas establecidas en el Anexo 7 del presente Contrato o aquellas que en su caso sean 3 Término definido en el Reglamento de la Ley de Seguridad de la Aviación Civil. establecidas por OSITRAN, de acuerdo a lo establecido en RETA, para ser aplicadas a Servicios Aeroportuarios o Servicios No Aeroportuarios prestados por el literal a) CONCESIONARIO en condiciones distintas a las propias de la Cláusula Primera libre competencia. Las tarifas a ser cobradas por el CONCESIONARIO deberán incluir el cobro del Impuesto General a las Ventas, IGV, respectivo. 7.7.2 El CONCESIONARIO se obliga a poner en conocimiento de los Usuarios el tarifario correspondiente en la forma que establezca el OSITRAN. 7.7.3 El CONCESIONARIO podrá requerir de los Usuarios el pago de la Tarifa y otros cargos, en Dólares o su equivalente en moneda nacional al Tipo de Cambio xxx Xxxxx, siendo de cargo del CONCESIONARIO el costo por el cobro de las mismas. En ningún caso se le podrá exigir al Usuario Final o al Usuario Intermedio pagos mayores a los resultantes de aplicar el Tipo de Cambio a las Tarifas en Dólares. El pago de las Tarifas será de conformidad con las Leyes Aplicables. 7.7.4 El CONCEDENTE y el CONCESIONARIO podrán solicitar a OSITRAN, en cualquier momento, la modificación de las Tarifas señaladas en el Anexo 7 del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle cuidando de salvaguardar el equilibrio económico- financiero del Contrato. Las condiciones y requisitos para la solicitud de modificación de Tarifas por el CONCESIONARIO o por el CONCEDENTE y la evaluación y aprobación de dicha solicitud por el OSITRAN serán las establecidas en el RETA. 7.7.5 Por motivos estrictamente relacionados a ALMAVIVAla promoción del tráfico aéreo, el CONCESIONARIO podrá solicitar al OSITRAN una reducción de la Tarifas por un plazo determinado. 7.7.6 La reducción de Tarifas, en atención a lo indicado en el numeral precedente, no habilitará al CONCESIONARIO a invocar lo estipulado en la Cláusula Décimo Novena del presente Contrato. 7.7.7 El CONCESIONARIO reajustará las tarifas y cargos de acceso al 1° de enero de cada año calendario, de acuerdo a la siguiente fórmula: Donde: Período de doce meses. Tarifa (o cargo de acceso) al inicio del año calendario . Tarifa (o cargo de acceso) al inicio del año calendario . Índice de precios al consumidor publicado por el INEI durante los últimos doce meses disponibles al momento del cálculo en el período . Índice de precios al consumidor publicado por el INEI durante los últimos doce meses disponibles al momento del cálculo en el período . Índice de precios al consumidor de los Estados Unidos durante los últimos doce meses disponibles al momento del cálculo en el período . Índice de precios al consumidor de los Estados Unido durante los últimos doce meses disponibles al momento del cálculo en el período . 7.7.8 Adicionalmente, OSITRAN tendrá la potestad de revisar quinquenalmente las Tarifas, a fin de adecuar los cobros que se realiza por el uso de la Infraestructura a las modificaciones en la calidad del servicio (oferta) y características con la demanda. 7.7.9 “Se cobrará una tarifa de US $1.00 por los servicios de aterrizaje y despegue, estacionamiento, acceso para carga (de ser el caso) para las siguientes actividades: i) una tarifa fija mensual Aeronaves civiles, de ($ )la Xxxx Xxxx Peruana y de las Fuerzas Armadas y Policiales que realicen actividades aeroportuarias con fines humanitarios, suma que incluye el IVAsin retribuciones económicas, y en casos de desastres naturales o conmoción civil. ii) Aeronaves civiles mientras operan exclusivamente en actividades del Servicio de Búsqueda y Salvamento (SAR). iii) Aeronaves de Estado extranjeras, de países que otorguen las mismas franquicias a las aeronaves del Estado Nacional, para lo cual el CONCEDENTE deberá remitir una comunicación al CONCESIONARIO acreditando esta situación iv) Aeronaves civiles que transportan visitas o delegaciones oficiales que viene al país y que otorguen las mismas franquicias a las aeronaves del Estado Nacional, para lo cual el CONCEDENTE deberá remitir una comunicación al CONCESIONARIO acreditando esta situación, v) Regreso al aeropuerto de sal ida por malas condiciones meteorológicas. 7.7.10 No se cobrará la tarifa Tarifa Única de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) Uso Aeroportuario al personal del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, personal de las Fuerzas Armadas y Policiales y de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso Xxxx Xxxx Peruana que realicen vuelos de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor ayuda humanitaria realizando operaciones de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y apoyo en caso de desastres naturales o conmoción civil. 7.7.11 EL CONCESIONARIO es el responsable de verificar a las que se hace referencia en los numerales 7.7.9 Y 7. EL CLIENTE no suministre el personal CONTRATO sean aplicadas exclusiva y únicamente a las aeronaves y/o personas previstas en los equipos requeridos por el movimiento citados numerales, adoptando las acciones que consideren pertinentes para ello, para lo cual aprobará formatos de declaración jurada que deberán suscribir las instituciones o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de personas que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir accedan al régimen tarifaría previsto en los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodianumerales precedentes.

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Samples: Contrato De Concesión

Tarifas. a) Como contraprestación 7.7.1 Las Tarifas que el CONCESIONARIO cobrará serán aquellas establecidas en el Anexo 7 del presente Contrato o aquellas que en su caso sean establecidas por OSITRAN, de acuerdo a lo establecido en RETA, para ser aplicadas a Servicios Aeroportuarios o Servicios No Aeroportuarios prestados por el literal a) CONCESIONARIO en condiciones distintas a las propias de la Cláusula Primera libre competencia. Las tarifas a ser cobradas por el CONCESIONARIO deberán incluir el cobro del Impuesto General a las Ventas, IGV, respectivo. 3 Término definido en el Reglamento de la Ley de Seguridad de la Aviación Civil 7.7.2 El CONCESIONARIO se obliga a poner en conocimiento de los Usuarios el tarifario correspondiente en la forma que establezca el OSITRAN. 7.7.3 El CONCESIONARIO podrá requerir de los Usuarios el pago de la Tarifa y otros cargos, en Dólares o su equivalente en moneda nacional al Tipo de Cambio xxx Xxxxx, siendo de cargo del CONCESIONARIO el costo por el cobro de las mismas. En ningún caso se le podrá exigir al Usuario Final o al Usuario Intermedio pagos mayores a los resultantes de aplicar el Tipo de Cambio a las Tarifas en Dólares. El pago de las Tarifas será de conformidad con las Leyes Aplicables. 7.7.4 El CONCEDENTE y el CONCESIONARIO podrán solicitar a OSITRAN, en cualquier momento, la modificación de las Tarifas señaladas en el Anexo 7 del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle cuidando de salvaguardar el equilibrio económico-financiero del Contrato. Las condiciones y requisitos para la solicitud de modificación de Tarifas por el CONCESIONARIO o por el CONCEDENTE y la evaluación y aprobación de dicha solicitud por el OSITRAN serán las establecidas en el RETA. 7.7.5 Por motivos estrictamente relacionados a ALMAVIVA: i) la promoción del tráfico aéreo, el CONCESIONARIO podrá solicitar al OSITRAN una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) reducción de la Cláusula Primera del Contrato (Tarifas por un plazo determinado. 7.7.6 La reducción de Tarifas, en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, atención a lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos indicado en el presente Contrato. En ese sentidonumeral precedente, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera no habilitará al CONCESIONARIO a invocar lo estipulado en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento Cláusula Décimo Novena del presente Contrato. 7.7.7 El CONCESIONARIO reajustará las tarifas y cargos de acceso al 1° de enero de cada año calendario, podrá adquirir de acuerdo a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, asiguiente fórmula: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodia.Tt = 0 .5 T + t −1 t −1

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Samples: Contrato De Concesión

Tarifas. a) Como contraprestación El concesionario, por lo establecido la prestación de los servicios, tendrá derecho a percibir de los usuarios el pago por los servicios prestados. Así, el concesionario percibirá de los usuarios las tarifas, cuyos importes se ajustarán a los importes y disposiciones establecidos por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de xxxxx xx xxxx, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, o normativa que le sustituya en su momento, pudiendo no obstante, fijar el órgano de contratación el precio de aquellas actividades o servicios no contemplados en dicha normativa. En las tarifas abonadas por los usuarios no está incluido el IVA. La recaudación se realizará por el concesionario, bajo los principios de seguridad y transparencia y con la emisión en todo caso de justificantes registrados de los cobros recibidos. El concesionario podrá repercutir en los usuarios los gastos bancarios generados por la devolución de recibos domiciliados, siempre que dicha devolución se produzca por causas imputables al usuario y éste haya sido previamente informado. Esta circunstancia deberá constar expresamente en el literal a) impreso de solicitud de domiciliación bancaria. El concesionario, para el cobro de las tarifas, deberá utilizar los medios mecánicos o informatizados que determine el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río, siendo a cargo del concesionario los costes de adquisición, instalación y mantenimiento. Todos los medios utilizados podrán ser auditados en todo momento por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx del Río y estarán preparados para suministrar información detallada y precisa de los cobros realizados y del estado de ocupación de las actividades y servicios de la Cláusula Primera del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipadoinstalación deportiva. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de tarifas deberá estar expuesta en lugar visible para los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiausuarios.

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Samples: Contrato De Gestión De Servicio Público

Tarifas. a) Como contraprestación Las tarifas máximas fijadas por utilización de las instalaciones serán las recogidas en la “Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y Xxxxx xx Xxxxx”, que para el año 2012 son las siguientes: • Alquiler de grandes campos (Fútbol 11): 36,45 € • Alquiler de campo de Fútbol – 7: 20,50 € • Reserva de Pista (espacio): 1,25 € • Suplemento iluminación grandes campos (Fútbol 11): 8,15 € • Suplemento hierba artificial grandes campos: 26,60 € • Suplemento hierba artificial campo Fútbol – 7: 8,85 € Asimismo, en cuanto a la revisión de las tarifas será igualmente de aplicación la mencionada Ordenanza según la modificación sufrida en el importe de las Tasas en ella recogidas, según el correspondiente acuerdo plenario adoptado al efecto. Las tarifas a satisfacer por los usuarios serán, por tanto, las aprobadas definitivamente de conformidad con lo establecido en el literal a) presente Xxxxxx y la oferta del adjudicatario, en el correspondiente contrato. El concesionario deberá tener en lugar visible la lista de los precios por los servicios. La recaudación de las tarifas a pagar por los usuarios se realizará por el concesionario, bajo los principios de seguridad y transparencia y con la Cláusula Primera del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada emisión en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En todo caso de que en justificantes documentales de los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVAproducidos. Para el efectocobro de tarifas el concesionario podrá utilizar sus medios personales y materiales o apoyarse para la recaudación en la colaboración de entidades bancarias, EL CLIENTE proporcionará utilizando con estas procesos normalizados y de uso general para el personal y cobro, dando cuenta al Distrito de los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anteriorsistemas utilizados, y en cuyo caso el posible cobro por servicios correrá a cuenta del concesionario. Cuando el concesionario utilice sus propios medios materiales y personales en la sede de las instalaciones o en otro lugar designado, utilizará medios mecánicos o informatizados como por ejemplo máquinas expendedoras o cajas registradoras informatizadas. Todos los medios utilizados podrán ser auditados en todo momento por el Distrito y estarán preparados para suministrar información detallada y precisa del procedimiento de cobro y, siempre que sea posible estarán conectados a una base informática. El concesionario deberá someter, con una antelación mínima de quince días hábiles con respecto a la fecha del inicio de actividades, a aprobación del Jefe de la Unidad de actividades Culturales, Deportivas y Formativas del Distrito los modelos justificativos del pago hecho por los usuarios así como cualquier tipo de modificación que posteriormente se introduzca en dichos modelos. Cualquiera que sea el sistema de cobro utilizado, el producto diario de la recaudación deberá ser ingresado en una o varias cuentas restringidas de ingreso que deberá abrir en entidades financieras de su elección, debiendo pasar necesariamente la recaudación por estas cuentas, antes de que EL CLIENTE no suministre pueda pasar a otras cuentas operativas del concesionario para su uso por este. Las cuentas restringidas para el personal y/ingreso de la recaudación por tarifas podrán abrirse en cualquier entidad financiera, siempre que esta ofrezca la posibilidad de consulta on-line en tiempo real, sea por Internet o los equipos requeridos por banca electrónica, debiendo preverse acuerdo con la entidad financiera para que el Distrito pueda acceder a consulta de movimientos y saldos de dichas cuentas, facultades que solo podrán ser utilizadas por el movimiento o traslado Distrito para el fin de control material y formal de la Mercancía depositadarecaudación a los efectos de este pliego, y sea necesario sin que pueda ser utilizada la información para fines distintos ni facilitada a terceros ni suponer en ningún caso capacidad de disposición de saldos a favor del Distrito. El concesionario deberá permitir, en todo momento, la auditoria y el traslado o movimiento control del proceso de recaudación por el Distrito, abarcando, entre otros aspectos, la Mercancía so pena verificación de que se genere los procesos, programas informáticos y movimientos de tesorería generados por el proceso recaudador. El concesionario presentará al Distrito una pérdida o daño respecto memoria de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; recaudación con carácter trimestral y, (iii) en general cumplir una global con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiacarácter anual.

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Samples: Contract for the Management of Public Sports Services

Tarifas. aLas tarifas (“Tarifas”) Como contraprestación por lo establecido de los Servicios de Aplicaciones se describen de manera detallada en el literal a) de la Cláusula Primera apartado correspondiente del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye Sitio Web en el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere incluyen las mismas, junto con las correspondientes Condiciones Particulares. Las Tarifas contenidas en el literal a) Sitio Web tienen un carácter temporal limitado y EVICERTIA podrá modificarlas en cualquier momento. De este modo, le recomendamos que cada vez que acceda al Sitio Web consulte el listado actualizado de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”)Tarifas. En caso de cambio de Tarifas, EVICERTIA notificará a través del Sitio Web al Usuario Registrado la revisión y cambio de dichas condiciones económicas con una antelación mínima de treinta (30) días. En el caso de que el Usuario Registrado manifieste su disconformidad con las nuevas Tarifas, podrá causar baja en el Servicio de Aplicaciones, sin que ello depare al Usuario Registrado penalización o coste adicional alguno. El Usuario Registrado que en los títulos dos (2) meses posteriores a la notificación, no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente manifieste mediante notificación fehaciente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre través del Sitio Web o por cuenta escrito, su voluntad de EL CLIENTEbaja del Servicio de Aplicaciones, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a entenderá que está de acuerdo con dicha modificación de las Tarifas. Las Tarifas actualizadas de prepago y de los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE planes post-pago se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos pueden consultar en el presente Contratopropio Sitio Web de EVICERTIA. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable Los precios de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVAlas Tarifas incluyen los impuestos indirectos legalmente aplicables. Para el efectoresto de modalidades de contratación, EL CLIENTE proporcionará las Tarifas serán las especificadas en las Condiciones Particulares aplicables, o en su defecto el personal facilitado a través del Sitio Web o de los medios que EVICERTIA disponga para comunicar las Tarifas de precios vigentes al Usuario Registrado. El Usuario Registrado podrá solicitar y recibir gratuitamente en cualquier momento la información de las Tarifas de precios vigentes por escrito. El Usuario Registrado debe comprobar si el precio definitivo, que se señala en la pantalla previa a la confirmación de la contratación, se corresponde con los equipos necesarios precios indicados en la página de las Tarifas. En el supuesto de que dispongaexista alguna divergencia, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio prevalecerán las tarifas contenidas en la pantalla previa de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado confirmación de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento contratación. El método de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción pago de las necesidades Tarifas es el señalado al final del proceso de EL CLIENTEcompra. En virtud A través del Sitio Web se podrá abonar la cuantía correspondiente de lo acá planteadolas Tarifas mediante los métodos allí disponibles (tarjeta de crédito, XXXXXXXX se obligaadeudo directo, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de CustodiaPaypal).

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Samples: Condiciones Generales De Uso Y Contratación

Tarifas. a) Como contraprestación Las tarifas máximas fijadas por lo establecido en el literal a) utilización de las instalaciones serán objeto de licitación a la Cláusula Primera del presente Contratobaja. Las tarifas a satisfacer por los usuarios serán, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ )por tanto, suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos aprobadas en el presente Contratocontrato. En ese sentidoEl concesionario deberá tener en lugar visible la lista de los precios por los servicios. La recaudación de las tarifas a pagar por los usuarios se realizará por el concesionario, EL CLIENTE será responsable bajo los principios de seguridad y transparencia y con la emisión en todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado caso de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber justificantes documentales de Custodia que el corresponde a ALMAVIVAlos pagos producidos. Para el efectocobro de tarifas el concesionario podrá utilizar sus medios personales y materiales o utilizar la colaboración de entidades bancarias. Cuando el concesionario utilice sus propios medios materiales y personales en la sede de las instalaciones o en otro lugar designado, EL CLIENTE proporcionará utilizará medios mecánicos o informatizados como por ejemplo máquinas expendedoras o cajas registradoras informatizadas. Todos los medios utilizados podrán ser auditados en todo momento por el personal Distrito y estarán preparados para suministrar información detallada y precisa del procedimiento de cobro y, siempre que sea posible estarán conectados a una base informática. El concesionario deberá someter a aprobación del Distrito los equipos necesarios modelos justificativos del pago hecho por los usuarios. Serán por cuenta suya la impresión y edición de las entradas, billetaje o recibos de cada actividad que se desarrolle dentro de las instalaciones, así como de cualesquiera otros documentos escritos, en los que deberá figurar la imagen corporativa del Ayuntamiento de Madrid. El concesionario podrá apoyarse para la recaudación en la colaboración de entidades bancarias, utilizando con éstas procesos normalizados y de uso general para el cobro, dando cuenta al Distrito de los sistemas utilizados. Cualquiera que sea el sistema de cobro utilizado, el producto diario de la recaudación deberá ser ingresado en una o varias cuentas restringidas de ingreso que deberá abrir en entidades financieras de su elección, debiendo pasar necesariamente la recaudación por estas cuentas, antes de que dispongapueda pasar a otras cuentas operativas del concesionario para su uso por este. Las cuentas restringidas para el ingreso de la recaudación por tarifas podrán abrirse en cualquier entidad financiera, sin ningún costo siempre que esta ofrezca la posibilidad de consulta on-line en tiempo real, sea por internet o por banca electrónica, debiendo preverse acuerdo con la entidad financiera para ALMAVIVA. Sin perjuicio que el Distrito pueda acceder a consulta de lo anteriormovimientos y saldos de dichas cuentas, facultades que solo podrán ser utilizadas por el Distrito para el fin de control material y formal de la recaudación a los efectos de este pliego, y sin que pueda ser utilizada la información para fines distintos ni facilitada a terceros ni supone en ningún caso capacidad de que EL CLIENTE no suministre disposición de saldos a favor del Distrito. El concesionario deberá permitir, en todo momento, la auditoria y el personal y/o los equipos requeridos control del proceso de recaudación por el movimiento o traslado Distrito, abarcando, entre otros aspectos, la verificación de la Mercancía depositadalos procesos, programas informáticos y sea necesario movimientos de tesorería generados por el traslado o movimiento proceso recaudador. El concesionario presentará al Distrito una memoria de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; recaudación con carácter trimestral y, (iii) en general cumplir una global con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiacarácter anual.

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Samples: Contract for the Management of Public Sports Services

Tarifas. a) Como contraprestación 1.1.1 Derechos del personal perteneciente a MINISDEF: Al personal militar profesional que acredite estar en las situaciones de «Servicio Activo», «Alumno Activo», «Reserva Destinado»,»Reserva en Comisión de Servicio», «Segunda Reserva», «Tropa en Formación» y «Reservista Voluntario» (activado), RENFE les aplicará una bonificación del 65% sobre el precio de la Tarifa Comercial utilizada por lo establecido el militar y que figura recogida en el literal a) Apéndice C-2, en su caso, que será facturado contra el MINISDEF, teniendo que abonar el personal militar profesional el 35% restante. RENFE, en todos los trenes de la Cláusula Primera ámbito nacional, aplicará a los militares profesionales que acrediten su derecho y viajen en asiento Estándar o en clase Turista, una bonificación del presente Contrato65% del precio del transporte, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere facturará con cargo al Ministerio de Defensa, siendo el literal a) 35% restante a cargo del viajero. Cuando el militar viaje en asiento Confort se aplicará lo reflejado en el apartado Clases y plazas. Clases y plazas: – En servicios AVE, Alvia, Euromed e Intercity se podrá viajar en asiento Estándar, pudiéndose adquirir al precio dinámico de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). las opciones BÁSICO y ELIGE – En caso de que querer viajar en los títulos no conste la Tarifaasiento Confort, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor se deberá comprar un billete al precio dinámico de la Mercancíaopción ELIGE CONFORT o de la opción PRÉMIUM. En este caso, mes o fracción el militar deberá abonar el 45% del precio del billete de mes anticipadola opción seleccionada y RENFE facturará al Ministerio de Defensa el 65% del precio del transporte de la opción de precio BÁSICO/ELIGE. La Tarifa se aplica por mes o fracción – En servicios Alta Velocidad de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil Bajo Coste (0.4%AVLO), o Gravamen a los Movimientos Financierosel viaje se efectuará en clase Turista con Xxxxxx Xxxxxx. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE– En servicios Avant, a menos que sean necesarios Media Distancia Convencional (ancho métrico e ibérico) y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE Cercanías (ancho métrico e ibérico) se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base viajará en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiaclase Turista.

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Samples: Convenio De Transporte

Tarifas. Comercio en Mercadillo: - Comercio Callejero: 4. ORDENANZA FISCAL DE LA TASA DE ALCANTARILLADO: Se modificar el art. 5. “Cuota tributaria” que quedaría: a) Como contraprestación Por concesión o autorización de acometida a la red se exigirá por lo establecido una sola vez y consistirá en la cantidad fija de: 17.85 € b) Cuota a satisfacer por cada edificio-vivienda que conecte a la alcantarilla general(bimensual): 4.95 € Se modifica el literal aartículo 9 “Fianza” que quedaría con el siguiente texto: Los sujetos pasivos de esta tasa estarán obligado a constituir una fianza (al presentar la solicitud de acometida) por importe de 150.00 €, para responder de la Cláusula Primera reposición de las infraestructuras municipales (viales, acerado etc) afectadas por la ejecución de las obras de acometida a la red. La cual será devuelta al año de su depósito, previo informe emitido por los servicios técnicos municipales, detrayéndose de la misma los daños y obras reparadas por el Ayuntamiento. El plazo de ejecución de la reparación de los viales y acerados a realizar por el sujeto pasivo será de 30 días naturales, debiendo señalizar debidamente el lugar para evitar accidentes a personas o vehículos, respondiendo en todo caso de los daños que causen a terceros. Transcurrido dicho plazo sin realizar el usuario la reparación, procederá de oficio el Ayuntamiento x xxxxx del presente Contratousuario. Asimismo y antes de proceder a la conexión a la red de alcantarillado será obligatoria la presencia de un empleado municipal que vele por la ejecución de la instalación. El incumplimiento de esta obligación del sujeto pasivo daría lugar a la perdida de la fianza depositada. 5. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE RECOGIDA DE BASURA: La tarifa a aplicar será la siguiente (€/bimensual): - Vivienda: 9.85 € - Establecimientos Comerciales: 18.15 € - Establecimientos Industriales: 26.92 € - Edificio destinado a local comercial y vivienda: 22.26 € - Edificio destinado a local industrial y vivienda: 29.53 € - Establecimientos Industriales y Comerciales sin actividad, EL CLIENTE deberá pagarle así como garajes comunitarios y cocheras independientes: 12,20 € - Inmuebles sujetos a ALMAVIVAtarifa de Suministro de Agua de uso para obra: i12,20 € 6. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL: Las Tarifas aplicar serán las siguientes: - Por m/2 en zona de Panteones familiares: 435.78 € - Por Fosa de 3,60 m/2: 956.55 € - Por Nicho de cualquier clase o tanda: 690.25 € - Por alquiler xx Xxxxx (5 años): 66% - Derecho de Sepultura: En Panteones: 195.74 € En Nichos: 123.63 € En Fosas de obra: 116.42 € En Fosas de tierra (max 1,5m): 276.10 € En Zona civil única: 42.24 € Exhumac. y Xxxxxxxxx.xx restos:.140.11 € A. Fosa 1 (para un enterramiento): B. Fosa 2 (para dos enterramientos): X. Xxxx 0 (para tres enterramientos): X. Xxxx 4 (para cuatro enterramientos): 7. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA: Las tarifas a aplicar serán las siguientes: A) una tarifa fija mensual Cuota Fija: 3.39 € por contador y bimestre, cualquiera que sea el uso de los permitidos ($ domestico e industrial) al que se destina el agua. B) Consumo de uso doméstico (sin I.V.A.): Xx 0 x 00 x0: 0.37 € De 15 a 30 m3: 0.66 € De 30 a 70 m3: 1.29 € Más de 70 m3: 3.63 € C) Consumo uso industrial/obra (sin I.V.A.), suma que incluye y otros: De 0 a 30 m3: 0.37 € De 30 a 70 m3: 0.65 € Más de 70 m3: 1.00 € D) CONSUMO CREADO PARA EL CONCIERTO DE AGUAS QUE ESTA CORPORACION TIENE CON EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX: - Bloques: De 0 a 900 m/3: 0.88 € - De 900 a 1.200 m/3: 1.28 € - Más de 1.200 m/3: 9.31 € E) Derechos de Acometida: el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil (0.4%), o Gravamen a los Movimientos Financieros. Estos pagos deben ser previamente autorizados o solicitados por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios y urgentes para la conservación de la Mercancía. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA los bodegajes y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación importe de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimoderechos de acometida para las de nueva construcción se regularan de acuerdo con la siguiente fórmula polinómica: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodia.En donde:

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Samples: Contract for the Reform of the Canal in Montizón

Tarifas. a) Como contraprestación El concesionario, por lo establecido la prestación de los servicios, tendrá derecho a percibir de los usuarios el pago por los servicios prestados. Así, el concesionario percibirá de los usuarios las tarifas, cuyos importes se ajustarán a los importes y disposiciones establecidos por el Ayuntamiento xx Xxxxxx en el literal a) de la Cláusula Primera del presente Contrato, EL CLIENTE deberá pagarle a ALMAVIVA: i) una tarifa fija mensual de ($ ), suma que incluye el IVA, y ii) la tarifa de almacenamiento pactada en los títulos a que se refiere el literal a) de la Cláusula Primera del Contrato (en conjunto la “Tarifa”). En caso de que en los títulos no conste la Tarifa, será la siguiente: Tarifa: % Ad Valorem sobre el valor de la Mercancía, mes o fracción de mes anticipado. La Tarifa se aplica por mes o fracción de mes, lo que significa que ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL CLIENTE pagará el equivalente a un mes de almacenamiento, incluso si la Mercancía no dura almacenada el período completo. Parágrafo Tercero: Xx XXXXXXXX realiza pagos a terceros en nombre o por cuenta de EL CLIENTE, se facturará aparte el impuesto del cuatro por mil ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS” (0.4%anexo II ), o Gravamen normativa que le sustituya en su momento, pudiendo no obstante, fijar el órgano de contratación el precio de aquellas actividades o servicios no contemplados en dicha normativa. En las tarifas abonadas por los usuarios está incluido el IVA. La recaudación se realizará por el concesionario, bajo los principios de seguridad y transparencia y con la emisión en todo caso de justificantes registrados de los cobros recibidos. El concesionario podrá repercutir en los usuarios los gastos bancarios generados por la devolución de recibos domiciliados, siempre que dicha devolución se produzca por causas imputables al usuario y éste haya sido previamente informado. Esta circunstancia deberá constar expresamente en el impreso de solicitud de domiciliación bancaria. El concesionario, para el cobro de las tarifas, deberá utilizar los medios mecánicos o informatizados que determine el Ayuntamiento xx Xxxxxx, siendo a cargo del concesionario los Movimientos Financieroscostes de adquisición, instalación y mantenimiento. Estos pagos deben Todos los medios utilizados podrán ser previamente autorizados o solicitados auditados en todo momento por EL CLIENTE, a menos que sean necesarios el Ayuntamiento xx Xxxxxx y urgentes estarán preparados para la conservación suministrar información detallada y precisa de los cobros realizados y del estado de ocupación de las actividades y servicios de la Mercancíainstalación deportiva. Parágrafo Cuarto: EL CLIENTE se obliga autónoma e incondicionalmente a pagar a ALMAVIVA La relación de tarifas deberá estar expuesta en lugar visible para los bodegajes usuarios y demás conceptos que esta liquide con base en esta cláusula. EL CLIENTE acepta que este Contrato, exhibido junto con las facturas xx XXXXXXXX, presta mérito ejecutivo. Parágrafo Xxxxxx: EL CLIENTE garantiza que no cobrará a ALMAVIVA costos o gastos adicionales no previstos en el presente Contrato. En ese sentido, EL CLIENTE será responsable los medios digitales y de todo costo, gasto o servicio que se requiera en relación con el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, tales como: cargues, descargues, movilizaciones, etc, especialmente en tanto tales actividades no hacen parte del deber de Custodia información pública que el corresponde a ALMAVIVA. Para el efecto, EL CLIENTE proporcionará el personal y los equipos necesarios de que disponga, sin ningún costo para ALMAVIVA. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que EL CLIENTE no suministre el personal y/o los equipos requeridos por el movimiento o traslado de la Mercancía depositada, y sea necesario el traslado o movimiento de la Mercancía so pena de que se genere una pérdida o daño respecto de esta, XXXXXXXX estará autorizada para asumir los respectivos gastos por cuenta y riesgo de EL CLIENTE, pudiendo reclamarlos en cualquier caso a este último como un gasto reembolsable. Parágrafo Sexto: ALMAVIVA en cumplimiento del presente Contrato, podrá adquirir a nombre propio, pero por cuenta de EL CLIENTE, cualquier bien y/o servicio que se requiera para la correcta ejecución del Contrato, y en general la satisfacción de las necesidades de EL CLIENTE. En virtud de lo acá planteado, XXXXXXXX se obliga, además de aquello que se establece en la Ley y en otras cláusulas del presente Contrato, a: (i) solicitar a EL CLIENTE las instrucciones necesarias para atender cualquier pago por un bien y/o servicio, pero que es pertinente para la debida ejecución del presente Contrato; (ii) mantener informado a EL CLIENTE de todas las actuaciones que realice por cuenta de éste último; y, (iii) en general cumplir con todas las obligaciones fiscales o legales que pudieran aplicar en relación de los gastos reembolsables. Parágrafo Séptimo: La Tarifa incluye los servicios de monitoreo de inventarios de la Mercancía por parte de empleados, contratistas o terceros autorizados por ALMAVIVA, en cumplimiento de su obligación de Custodiaconcesionario estime oportuno.

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Samples: Contrato De Gestión De Servicio Público