Common use of Tarifas Clause in Contracts

Tarifas. 4.1. Como consideración por los servicios a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones de conformidad con el Plan de Tarifas, que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ y en las sucursales de CREDICORP. 4.2. Mediante su firma de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Affiliate Agreement, Affiliate Agreement, Affiliate Agreement

Tarifas. 4.1. Como consideración por los servicios a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones El BANCO liquidará y cobrará las tarifas de conformidad acuerdo con el Plan de Tarifas, las políticas que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, internamente ha establecido y que han sido dadas a conocer por el BANCO al CLIENTE, quien acepta conocerlas y las que además se mantienen actualizados en el Tarifario que está encuentran en la página web del BANCO, ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. Las tarifas serán liquidadas y en las sucursales de CREDICORP. 4.2. Mediante su firma de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos cobradas en la fecha especificada efectiva de aplicación indicada por EL CLIENTE y sobre las cuentas del CLIENTE que originen dichas operaciones. Sobre este costo se liquidará el correspondiente impuesto a las ventas (IVA), en un aviso escrito el porcentaje que establezca la ley, así como todos aquellos gravámenes establecidos. El BANCO cobrará por anticipado al CLIENTE cuotas de estomanejo mensual por la utilización de los servicios, cuya fecha no será menor de acuerdo con las políticas que quince (15) días después se establezcan por EL BANCO. El cargo por concepto de la fecha cuota de aviso. EL COMERCIO adjuntará manejo será realizado a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO cuenta principal y/o los cargos auxiliares que EL CLIENTE haya inscrito como tal en la solicitud del Servicio. EL BANCO iniciará el cobro de Transacción sin aviso previo la cuota de manejo pasados sesenta (60) días de haberse realizado la afiliación del CLIENTE al servicio de OCCIRED. EL BANCO cobrará al CLIENTE una comisión por cada transacción dentro de la misma entidad (pagos en el caso cheque de que el volumen real gerencia, pagos en efectivo, Moneda Extranjera, transferencias y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicadospagos con abono en cuentas propias, o siACH y CENIT) Débitos Automáticos y Pagos de servicios. Además EL BANCO cobrará al CLIENTE por cada transacción hacia otras entidades financieras, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que una comisión por el pago por un cargo haya sido valor cobrado por CREDICORP este no será reembolsado concepto por parte de la entidad financiera destinataria. EL BANCO determinará las tarifas de estos cobros, las que en documento separado le son entregadas por EL BANCO a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4CLIENTE, las cuales el CLIENTE acepta y declara conocer. EL COMERCIO pagará BANCO podrá incrementar el valor del servicio en cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados conformidad con lo establecido en el presente documento. EL BANCO cobrará por anticipado el Dispositivo de Autenticación Fuerte denominado “Token”, fijados por cuyo cargo será realizado a la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses cuenta principal y/o comisionesauxiliares que EL CLIENTE haya inscrito como tal en la solicitud del servicio. Cualquier modificación a las tarifas será efectuada previa notificación realizada al CLIENTE por cualquier medio o por aquel que establezcan las normas legales vigentes. Según aplique, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado las modificaciones se entenderán aceptadas por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante CLIENTE si transcurrido el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene término legal EL CLIENTE no manifiesta su no aceptación y continúa en CREDICORPla ejecución del mismo.

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Sources: Contrato De Productos Y Servicios, Contrato De Productos Y Servicios, Contrato De Productos Y Servicios

Tarifas. 4.1. Como consideración Las tarifas máximas fijadas por los servicios a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones utilización de conformidad con el Plan de Tarifas, que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está las instalaciones serán las recogidas en la página web “Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios en Centros Deportivos y ▇▇▇.▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇”, que para el año 2012 son las siguientes: • Alquiler de grandes campos (Fútbol 11): 36,45 € • Alquiler de campo de Fútbol – 7: 20,50 € • Reserva de Pista (espacio): 1,25 € • Suplemento iluminación grandes campos (Fútbol 11): 8,15 € • Suplemento hierba artificial grandes campos: 26,60 € • Suplemento hierba artificial campo Fútbol – 7: 8,85 € Asimismo, en cuanto a la revisión de las tarifas será igualmente de aplicación la mencionada Ordenanza según la modificación sufrida en el importe de las Tasas en ella recogidas, según el correspondiente acuerdo plenario adoptado al efecto. Las tarifas a satisfacer por los usuarios serán, por tanto, las aprobadas definitivamente de conformidad con lo establecido en el presente ▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ y la oferta del adjudicatario, en el correspondiente contrato. El concesionario deberá tener en lugar visible la lista de los precios por los servicios. La recaudación de las sucursales tarifas a pagar por los usuarios se realizará por el concesionario, bajo los principios de CREDICORP. 4.2seguridad y transparencia y con la emisión en todo caso de justificantes documentales de los pagos producidos. Mediante su firma Para el cobro de tarifas el concesionario podrá utilizar sus medios personales y materiales o apoyarse para la recaudación en la colaboración de entidades bancarias, utilizando con estas procesos normalizados y de uso general para el cobro, dando cuenta al Distrito de los sistemas utilizados, y en cuyo caso el posible cobro por servicios correrá a cuenta del concesionario. Cuando el concesionario utilice sus propios medios materiales y personales en la sede de las instalaciones o en otro lugar designado, utilizará medios mecánicos o informatizados como por ejemplo máquinas expendedoras o cajas registradoras informatizadas. Todos los medios utilizados podrán ser auditados en todo momento por el Distrito y estarán preparados para suministrar información detallada y precisa del procedimiento de cobro y, siempre que sea posible estarán conectados a una base informática. El concesionario deberá someter, con una antelación mínima de quince días hábiles con respecto a la fecha del inicio de actividades, a aprobación del Jefe de la AplicaciónUnidad de actividades Culturales, EL COMERCIO ha autorizado Deportivas y Formativas del Distrito los modelos justificativos del pago hecho por los usuarios así como cualquier tipo de modificación que posteriormente se introduzca en dichos modelos. Cualquiera que sea el sistema de cobro utilizado, el producto diario de la recaudación deberá ser ingresado en una o varias cuentas restringidas de ingreso que deberá abrir en entidades financieras de su elección, debiendo pasar necesariamente la recaudación por estas cuentas, antes de que pueda pasar a CREDICORP a debitar otras cuentas operativas del concesionario para su uso por este. Las cuentas restringidas para el ingreso de la Cuenta(s) recaudación por tarifas podrán abrirse en cualquier entidad financiera, siempre que esta ofrezca la posibilidad de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo consulta on-line en tiempo podrá enmendar real, sea por Internet o por banca electrónica, debiendo preverse acuerdo con la entidad financiera para que el Plan Distrito pueda acceder a consulta de Tarifas (Anexo I) adjuntomovimientos y saldos de dichas cuentas, facultades que solo podrán ser utilizadas por el cual constituye parte integral Distrito para el fin de control material y formal de la recaudación a los efectos de este Conveniopliego, y los cargos modificados sin que pueda ser utilizada la información para fines distintos ni facilitada a terceros ni suponer en un Plan ningún caso capacidad de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito disposición de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de avisosaldos a favor del Distrito. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o siEl concesionario deberá permitir, en todo momento, la sola opinión auditoria y el control del proceso de CREDICORPrecaudación por el Distrito, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante abarcando, entre otros aspectos, la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos verificación de los cargosprocesos, intereses programas informáticos y movimientos de tesorería generados por el proceso recaudador. El concesionario presentará al Distrito una memoria de recaudación con carácter trimestral y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente conveniouna global con carácter anual. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Contract for the Management of Public Sports Services

Tarifas. 4.1El suscriptor debe llevar a cabo para efecto de la recepción del servicio un pago inicial único por suscripción. Como consideración por El suscriptor deberá estar atento a los servicios a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones de conformidad con el Plan de Tarifascomunicados que hace Dish, que se detallan transmitirán por los diferentes medios de comunicación, como impresos, página de internet o en los cintillos de la pantalla de televisión durante las transmisiones respecto de los incentivos o descuentos que se apliquen a las tarifas. Posteriormente y en forma mensual pagará la tarifa que corresponda según el Anexo I paquete que forma parte integral de este Conveniohubiere elegido, y conforme a las tarifas que Dish registró ante la Instituto Federal de Telecomunicaciones; de los diferentes paquetes que ofrece. ❖ Las tarifas se mantienen actualizados cobran con I.V.A. e I.E.P.S. incluido ❖ En la contratación de equipos adicionales, solo se cobrara la renta del equipo el cual tendrá un costo menor al del primero. ❖ La tarifa puede modificarse, previa autorización de la Autoridad competente y se le harán del conocimiento del suscriptor mediante su publicación con la debida anticipación en la página de internet o a través de mensaje en la pantalla o cintillos en la pantalla de televisión durante sus transmisiones y si el Tarifario suscriptor no acepta la modificación puede solicitar la terminación del contrato (siempre y cuando haya cumplido el plazo forzoso). ❖ El importe de la mensualidad deberá ser pagado dentro de los siguientes 6 días de la fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇. ❖ Si el suscriptor no realiza el pago dentro de su fecha límite, se hará acreedor a un cargo por comisión por pago extemporáneo. ❖ La contratación del servicio implica un plazo forzoso de 18 meses. Los términos y condiciones de los planes tarifarios que está ofrece Dish, podrán ser consultados en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, a través del centro de atención telefónica, y distribuidores autorizados de Dish, además de la publicación anual de los planes tarifarios en cumplimiento con la obligación establecida en las sucursales de CREDICORPconcesiones. 4.2. Mediante su firma de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Telecommunications

Tarifas. 4.1El precio del servicio de hospedaje corresponde al monto por noche que el usuario se obliga a pagar y que asciende a la suma que se indica en la Tarjeta de Registro Hotelero y que corresponde a la reserva realizada, todo lo cual se describirá en la factura correspondiente, salvo que la reserva se haya realizado. Como consideración • El usuario deberá pagar todos los cargos adicionales que se generen por concepto de alimentos, bebidas, y demás productos y servicios que consuma o a los que tenga acceso en los Hoteles Colsubsidio y que no se encuentren incluidos dentro del precio de la reserva inicial. • El total de la tarifa correspondiente a la reserva debe ser pagada como anticipo por el usuario al momento de realizar la reserva. • En caso de que el usuario esté afiliado a Colsubsidio, en cumplimiento del Decreto 827 de 2003, las tarifas se establecen de acuerdo con la categoría de afiliación, las cuales aplican para el trabajador afiliado y sus beneficiaros afiliados. • El afiliado titular o de su grupo familiar registrado deberá estar dentro del grupo que hará uso de la reserva de hotel; en caso contrario, se procederá con la reliquidación de la reserva de acuerdo con la categoría de afiliación de los huéspedes que efectivamente disfrutarán de la reserva. • El afiliado únicamente puede ser titular de una sola reserva para las mismas fechas, es decir, solo podrá tener una habitación a su nombre. • Recuerde que la liquidación de la tarifa se realiza con base en la categoría de afiliación vigente al momento del check-in. En caso de identificar alguna diferencia en la liquidación inicial de la reserva, se procederá con el ajuste correspondiente y el cliente deberá asumir el valor que le corresponda, o en caso de que la misma favorezca al afiliado, se procederá con el reembolso correspondiente. • Todos nuestros servicios de alojamiento, facturados a ser proporcionados por CREDICORPpartir del 01 de enero de 2023 en Hoteles Colsubsidio, EL COMERCIO pagará se les aplicará el correspondiente IVA del 19%, de acuerdo con el artículo 65, numeral 4, de la Ley 2155 del 2021, que prolongó la vigencia del artículo 45 de la Ley 2068 del 2020. Esto implica que todas las reservas con fecha de salida (check-out) posterior al 01 de enero 2023 (inclusive), se les deberá adicionar el valor correspondiente al IVA del 19%. • El impuesto al consumo (IPO) para servicios de alimentación es del 8% y este ya se encuentra incluido en las tarifas de los menús y de alojamiento que tengan algún tipo de alimentación incluida. • Todas las tarifas de alojamiento, alimentos y bebidas y servicios complementarios estarán sujetas a CREDICORP diversos cargosmodificaciones, intereses según las reformas tributarias que expida el Gobierno Nacional. • Los servicios y/o comisiones productos no especificados expresamente en nuestras ofertas no se encuentran incluidos en las tarifas, paquetes turísticos y/o promociones. Para revisar los Términos y Condiciones de conformidad con el Plan de las tarifas, promociones, por favor consultar: o Tarifas, que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web : ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇/ o Términos y en las sucursales de CREDICORPCondiciones: ▇▇▇▇▇://▇▇▇. 4.2. Mediante su firma de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y▇▇▇/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Términos Y Condiciones De Servicio De Hospedaje

Tarifas. 4.1. Como consideración por Las tarifas que el concesionario habrá de percibir de los servicios usuarios del servicio, con descomposición de sus elementos conformadores con vistas a futuras revisiones, deberán ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones de conformidad con el Plan de Tarifas, que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web CVE: BOP-2018-1655 Verificable en: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ Martes, 17 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2018 aprobadas por el órgano de contratación, antes de su entrada en vigor. Dichas tarifas tienen naturaleza de precio privado, por lo que el concesionario, en los términos del contrato con los usuarios, podrá cobrarlas y reclamarlas judicialmente en las sucursales caso de CREDICORP. 4.2impago. Mediante su firma Estas tarifas se fijan inicialmente de la Aplicaciónforma siguiente: Los licitadores, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(sen sus ofertas, determinarán las tarifas que consideran retributivas de su trabajo, (entre las mínimas y máximas establecidas en el anteproyecto de explotación) así como las fórmulas o índices de EL COMERCIO periódicamente por todos su revisión ordinaria y extraordinaria, los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjuntocostes del servicio, el cual constituye parte integral canon anual a abonar a la Administración concedente y el beneficio del concesionario con sus índices de este Conveniodisminución o aumento. Vincularán a la empresa oferente y regirán o permanecerán en vigor hasta que haya finalizado el ejercicio en el que haya tenido comienzo efectivo la explotación del servicio. En las mismas se considerará incluido el IVA, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u así como cualquier otro documento escritotributo o gravamen. Las tarifas deberán ser autosuficientes para la financiación del servicio. Por tanto, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después el equilibrio económico de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisadoconcesión, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado debe mantener durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyesésta, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado establecerá sobre la base de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes fijar el coste unitario de protección la prestación del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado servicio (costes totales divididos por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podráingresos totales), de tiempo modo que este coste unitario, fijado inicialmente en tiempo y la proposición del adjudicatario del contrato, la revisión de las tarifas se ejecutará el día 1 de enero de cada año incrementándose según el IPC del año anterior publicado por el INE o fórmula de revisión propuesta por el contratista en su oferta. La fórmula de revisión que plantee el adjudicatario deberá ser ajena a su entera discrecióncual sea el coste real del servicio o los ingresos, modificar los montos cuales pueden obedecer a mala gestión del concesionario. La retribución del concesionario se fija, entonces, en un porcentaje sobre los costes de explotación. Y la tarifa se fijará atendiendo a los cargoscostes de explotación, intereses y/más el beneficio o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenioretribución del concesionario. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Contrato De Gestión Del Servicio Público

Tarifas. 4.1Las tarifas (“Tarifas”) de los Servicios de Aplicaciones se describen de manera detallada en el apartado correspondiente del Sitio Web en el que se incluyen las mismas, junto con las correspondientes Condiciones Particulares. Como consideración por los servicios a ser proporcionados por CREDICORPLas Tarifas contenidas en el Sitio Web tienen un carácter temporal limitado y EVICERTIA podrá modificarlas en cualquier momento. De este modo, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones le recomendamos que cada vez que acceda al Sitio Web consulte el listado actualizado de conformidad con el Plan Tarifas. En caso de cambio de Tarifas, que se detallan en el Anexo I que forma parte integral EVICERTIA notificará a través del Sitio Web al Usuario Registrado la revisión y cambio de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ y en las sucursales dichas condiciones económicas con una antelación mínima de CREDICORP. 4.2. Mediante su firma de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(streinta (30) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORPdías. En el caso de que EL COMERCIO el Usuario Registrado manifieste su disconformidad con las nuevas Tarifas, podrá causar baja en el Servicio de Aplicaciones, sin que ello depare al Usuario Registrado penalización o coste adicional alguno. El Usuario Registrado que en los dos (2) meses posteriores a la notificación, no sea aceptado manifieste mediante notificación fehaciente a través del Sitio Web o por los servicios escrito, su voluntad de procesamientobaja del Servicio de Aplicaciones, cualquier cargo se entenderá que está de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7acuerdo con dicha modificación de las Tarifas. EL COMERCIO reconoce Las Tarifas actualizadas de prepago y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos planes post-pago se pueden consultar en el Plan propio Sitio Web de EVICERTIA. Los precios de las Tarifas incluyen los impuestos indirectos legalmente aplicables. Para el resto de CREDICORP modalidades de contratación, las Tarifas serán las especificadas en las Condiciones Particulares aplicables, o pactados en su defecto el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones facilitado a través del Sitio Web o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos que EVICERTIA disponga para comunicar las Tarifas de precios vigentes al Usuario Registrado. El Usuario Registrado podrá solicitar y recibir gratuitamente en cualquier momento la información de las Tarifas de precios vigentes por escrito. El Usuario Registrado debe comprobar si el presente convenioprecio definitivo, que se señala en la pantalla previa a la confirmación de la contratación, se corresponde con los precios indicados en la página de las Tarifas. En el supuesto de que exista alguna divergencia, prevalecerán las tarifas contenidas en la pantalla previa de confirmación de la contratación. El método de pago de las Tarifas es el señalado al final del proceso de compra. A través del Sitio Web se podrá abonar la cuantía correspondiente de las Tarifas mediante los métodos allí disponibles (tarjeta de crédito, adeudo directo, Paypal). 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Condiciones Generales De Uso Y Contratación

Tarifas. 4.1Las tarifas que deberán satisfacer los usuarios de las instalaciones serán las que figuren en la proposición adjudicada, las cuales no podrán ser superiores a las reflejadas en Anexo 1 adjunto al presente Pliego. Como consideración A uno de Enero de cada año se revisarán dichas tarifas, previa petición del concesionario, en función de las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo del conjunto nacional (IPC). A tal fin, el concesionario deberá remitir a la Delegación de Deportes del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇, con la debida antelación, propuesta motivada de revisión de tarifas, que deberá ser autorizada por el órgano designado a tal efecto. En dicha propuesta se contemplará la variación que haya experimentado el IPC General en los 12 meses inmediatamente anteriores (o, en el caso del primer año de duración del contrato, en los meses que hubieren transcurrido desde la adjudicación). En cualquier caso, la revisión no podrá superar el 85% de la variación experimentada por el Índice General de Precios al Consumo del conjunto nacional. No obstante, si en la oferta aparecen tarifas de servicios que no estén especificados en el Anexo 1 del presente Pliego, éstos deberán ser aprobados por el órgano competente del Ayuntamiento, a propuesta de su Delegación de Deportes. Otras modificaciones deberán responder a circunstancias nuevas o imprevistas, que deberán contar con la aprobación de la Delegación Municipal de Deportes o a instrucciones directas de ésta. Las tarifas habrán de basarse en costes reales, teniendo en cuenta los de conservación, amortización de las inversiones, costes de reposición, beneficio empresarial, etc. Para ser tenida en cuenta, cada tarifa se presentará debidamente desglosada. En cualquier caso, cuando los servicios deportivos que se prestan sean asimilables a los que presta la Delegación de Deportes en sus instalaciones, las tarifas serán las mismas. Se establecerá obligatoriamente una tarifa para la utilización ocasional o puntual de la instalación, sin que pueda ser exigible la adquisición de la condición de abonado a la instalación o condición similar para el acceso a la misma. Los precios que abonen los usuarios por los servicios a ser proporcionados serán percibidos por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones de conformidad con el Plan de Tarifasadjudicatario, que se detallan establecerá el modo de pago: por banco, tarjeta, domiciliación, efectivo, etc. En cualquier caso, estará obligado a reflejar en el Anexo I documento de cobro los siguientes datos:  Nombre y apellidos del usuario  Actividad o servicio que forma parte integral abona  Periodo y horario que corresponda  Identificación fiscal del perceptor  Nombre de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web instalación: “Piscina Cubierta ▇▇▇.▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇” El Órgano competente del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ , a propuesta de la Delegación de Deportes del mismo, por razones de interés público y en cualquier momento, podrá modificar las sucursales tarifas que han de CREDICORP. 4.2ser abonadas por los usuarios y la forma de retribución del concesionario. Mediante su firma de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjuntoCuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, el cual constituye parte integral Ayuntamiento deberá compensar al contratista de este Convenio, y manera que se mantenga el equilibrio de los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos supuestos económicos que fueron considerados como básicos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección adjudicación del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORPcontrato. En el caso de que EL COMERCIO los acuerdos que dicte el Ayuntamiento respecto al desarrollo del servicio carezcan de trascendencia económica, el contratista no sea aceptado tendrá derecho a indemnización por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos razón de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente conveniomismos. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Pliego De Condiciones Técnicas

Tarifas. 4.1(a) Honorarios: todos los honorarios de servicio, tal y como se establecen en el Presupuesto, seguirán vigentes durante la duración del Período contractual. Como consideración Podrán facturarse honorarios adicionales por los servicios a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones requeridos en función del tiempo y los materiales cuando no estén incluidos de conformidad con el Plan de Tarifas, que se detallan otro modo en el Anexo I que forma parte integral alcance de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ y en las sucursales de CREDICORP. 4.2. Mediante su firma de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento servicios específico. Todos los precios de cualquier extensión aplicable del Período contractual pueden estar sujetos a cambios. (b) Condiciones de pago: a menos que se acuerde lo contrario por escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince el pago se deberá efectuar neto a los treinta (1530) días después de la fecha de avisola factura. EL COMERCIO adjuntará Los saldos vencidos están sujetos a cada Plan un cargo por servicio del uno y medio por ciento (1,5 %) o a la tasa más alta permitida por la ley, la que sea menor de Tarifas revisado, las dos. El Cliente notificará a Leica cualquier cantidad inconsistente o aviso escrito en disputa en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la factura. El Cliente renuncia a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o derecho a disputar los cargos una vez trascurrido este intervalo de Transacción tiempo. Los pagos no están sujetos a compensación o recuperación por cualquier reclamación presente o futura que el Cliente pueda tener. Si el Cliente no realiza cualquier pago indiscutible a su vencimiento, Leica podrá suspender inmediatamente el suministro de otros bienes y servicios sin aviso previo que ello suponga el incumplimiento del presente Acuerdo. Leica también tendrá derecho al reembolso de cualquier gasto corriente razonable en el caso que haya incurrido al cobrar los pagos debidos en virtud del presente Acuerdo, incluyendo, sin limitación, los honorarios de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión abogados y gastos de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocioscobros. Una vez que Leica podrá exigir el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado adelantado si, a EL COMERCIO bajo ninguna circunstanciasu juicio, la situación económica del Cliente parece exigir dicha acción. 4.4(c) Impuestos: los honorarios por servicios no incluyen ningún impuesto sobre las ventas, impuesto sobre bienes y servicios, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro impuesto o cargo similar aplicable. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático El Cliente es responsable de cargo que sea implementado durante la vigencia todos los impuestos, derechos, tasas y gastos impuestos por las entidades gubernamentales federales, estatales o locales aplicables a los Servicios prestados en virtud del presente Acuerdo o, en su lugar, el Cliente deberá proporcionar a Leica un certificado de este Convenioexención de impuestos aceptable y considerado válido por las autoridades fiscales correspondientes. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Términos Y Condiciones De Servicio

Tarifas. 4.1. Como consideración 5.1 El Cliente pagará todos los Servicios (y las reservas serán abonadas por el Cliente de acuerdo con las tarifas y condiciones de pago indicadas en la Plataforma, o en cualquier Orden de Servicio firmada por TravelPerk y el Cliente, y con sujeción a los servicios a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones términos y condiciones de conformidad con el Plan de Tarifas, que se detallan en esta Cláusula 5 y el Anexo I 2 (que forma parte integral establece las condiciones correspondientes a cada método de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ y en las sucursales de CREDICORPpago). 4.2. Mediante su firma de la Aplicación5.2 TravelPerk facturará al Cliente (y, EL COMERCIO ha autorizado cuando TravelPerk lo acepte, a CREDICORP a debitar la Cuenta(ssu(s) de EL COMERCIO periódicamente Filiales(s)) por todos los cargosServicios y reservas realizadas durante el período correspondiente. El Cliente reconoce y comprende que seguirá siendo responsable del pago puntual de todas las facturas, cargos y pagos establecidos incluidas aquellas acordadas por TravelPerk para ser dirigidas a una Filial del Cliente. TravelPerk reconoce que el pago puntual de una factura por parte de una Filial liberará las obligaciones de pago del Cliente bajo este Convenio 4.3Contrato (solo en relación con dicha factura). CREDICORP El Cliente confirma que las Filiales pertinentes han sido notificados de tiempo los términos de facturación y pago indicados en tiempo podrá enmendar el Plan Formulario de Tarifas (Anexo I) adjuntoPedido, el cual constituye parte integral de este Conveniojunto con estos Términos, y se asegurará de que las Filiales cumplan con cualquier término que les aplique. 5.3 Si el Cliente impugna alguna factura, este deberá: a) notificar inmediatamente a TravelPerk, indicando por escrito los cargos modificados en un Plan motivos para impugnar la factura; b) proporcionar todas las pruebas que sean razonablemente necesarias para verificar los motivos de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos la impugnación; c) pagar todos los importes no impugnados en la fecha especificada de vencimiento; e d) intentar resolver la disputa de forma razonable, proactiva y de buena fe. 5.4 Si algún importe no impugnado, adeudado y pagadero por el Cliente no se abona en su fecha de vencimiento, TravelPerk se reserva el derecho a aplicar intereses sobre el importe no pagado a un aviso escrito de estotipo del 6 % anual, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de prorrateado desde la fecha de avisovencimiento hasta la fecha de pago del importe pendiente relacionado. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio El interés por pago atrasado se devengará diariamente y método de hacer negocio indicado se incluirá en la Aplicaciónsiguiente factura emitida al Cliente. 5.5 Si algún importe no impugnado, CREDICORP podrá ajustar adeudado y pagadero por el descuento Cliente tiene un retraso de EL COMERCIO y/30 días o más, TravelPerk podrá, sin perjuicio de ejercer otros derechos y medidas, acelerar las obligaciones de pago pendientes del Cliente bajo este Contrato para que dichas obligaciones sean inmediatamente exigibles, y suspender los cargos Servicios hasta que se paguen en su totalidad siempre y cuando, salvo para Clientes que paguen con tarjeta de Transacción sin aviso previo crédito o domiciliación bancaria cuyo pago haya sido rechazado, TravelPerk notifique con 7 días de antelación los importes adeudados antes de proceder a la suspensión. 5.6 TravelPerk se reserva el derecho de revisar anualmente las tarifas. TravelPerk notificará al Cliente de cualquier cambio en el caso las tarifas al menos 30 días antes de que dicho cambio entre en vigor. 5.7 Las tarifas no incluyen los impuestos legalmente aplicables (a modo de ejemplo: impuestos sobre el volumen real y/valor añadido, sobre las ventas, sobre el uso o transacciones promedio impuestos en origen). El Cliente está obligado a pagar los impuestos que TravelPerk deba cobrar además de sus tarifas. Si el Cliente proporciona a TravelPerk un certificado de exención fiscal válido emitido por una autoridad fiscal competente, TravelPerk no añadirá impuestos de los cuales el Cliente está exento a sus tarifas. 5.8 El Cliente realizará todos los pagos por los Servicios sin retención o deducción, a menos que lo exija la ley. Si la ley exige dicha retención o deducción, al realizar el pago al que se refiere la retención o deducción, el Cliente pagarán a TravelPerk dicha cantidad adicional de modo que TravelPerk reciba la misma cantidad total que habría recibido si no se ajusten a los inicialmente indicados, hubiera aplicado dicha retención o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstanciadeducción. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Condiciones Generales Del Servicio De Viajes De Negocios

Tarifas. 4.1. Como consideración por los Cabletica establecerá las tarifas correspondientes a sus servicios a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones de conformidad con el Plan de Tarifas, que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web considerando las diversas prácticas ▇▇.▇▇▇▇▇▇▇ y éstas serán detalladas en la carátula o en los anexos respectivos. Dichas tarifas quedan sujetas a posibles variaciones que podría realizar Cabletica unilateralmente, de conformidad con las tarifas máximas aprobadas por la normativa vigente, cuando corresponda. Estas tarifas serán comunicadas al Cliente antes de entrar en vigencia. El pago de las nuevas tarifas implica la aceptación tácita de las mismas. En caso de que el Cliente no esté de acuerdo con la nueva fijación tarifaria, éste podrá dar por terminado el contrato sin ninguna responsabilidad; no obstante, deberá previamente cancelar cualquier saldo que estuviese pendiente y realizar el trámite respectivo de terminación del contrato. El Cliente deberá pagar los montos correspondientes a las tarifas por los servicios contratados en la moneda en que se encuentren establecidas o en su equivalente en colones, de conformidad con el tipo de cambio que indique Cabletica, basado en el tipo de cambio de venta establecido por el Banco Central ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇.▇▇Rica vigente al momento en que Cabletica emita la factura. Si el Cliente cuenta con tarifas especiales por la contratación de varios servicios diferentes, sin aplicar cláusulas de permanencia mínima, dichas tarifas no continuarán vigentes en caso de que el Cliente rescinda parcialmente de alguno de los servicios; para los servicios que se continúen prestando aplicarán las tarifas vigentes al momento en que se tramite la recisión parcial. El Cliente se obliga a pagar mensualmente por adelantado todos aquellos cargos fijos y en las sucursales de CREDICORP. 4.2recurrentes asociados a los servicios contratados. Mediante su firma de la AplicaciónPor otro lado, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de los cargos variables- entre los cuales se incluyen el tiempo real que duren las comunicaciones en exceso a cada plan y los impuestos aplicables- éstos serán pagados por el volumen real y/Cliente por mes vencido. Los cargos relacionados a cambios en planes de cargos fijos como aumento o transacciones promedio no se ajusten disminución de bolsas de minutos, planes de conversación o velocidades de navegación de internet, serán efectivos a los inicialmente indicados, o si, en partir del día siguiente al día ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago siguiente facturación y facturados por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstanciames adelantado. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Telecommunications

Tarifas. 4.1Bajo Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva, la Compañía podrá, mediante Addendum y su notificación al Contratante, con treinta (30) días de anticipación al término de la Vigencia de la Póliza, para la respectiva aceptación del Contratante, cambiar la tarifa que utilizará para la Renovación de la Póliza para calcular las primas por las coberturas detalladas en las Condiciones Particulares. Como La proporción de la afectación al ajuste de la prima será debidamente notificada al Contratante en el plazo indicado anteriormente. Para lo anterior, se podrán tomar en consideración por condiciones individuales de los servicios Asegurados o los siguientes factores según se detallan a ser proporcionados por CREDICORPcontinuación: a) inflación estimada para los siguientes doce meses según las proyecciones del Banco Central ▇▇ ▇▇▇▇▇ Rica o del Instituto Nacional de Estadística y Censo, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses b) desviaciones y/o comisiones cambios en los costos de conformidad con el Plan gastos funerarios de Tarifas, que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web acuerdo a estudios ▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇que efectúe la Compañía, c) modificaciones o incrementos en los beneficios de la Póliza de acuerdo a lo que determine la Compañía, d) cambio de edad del Asegurado o Familiar Asegurado, e) aumento en los costos de administración según lo determine la Compañía y f) siniestralidad que pueda presentar el Grupo Asegurado. La Compañía sólo tendrá derecho a cambiar la tarifa utilizada para calcular las primas, por las coberturas detalladas en las sucursales de CREDICORP. 4.2. Mediante su firma Condiciones Particulares, con la Renovación de la AplicaciónPóliza de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior. La prima a pagar en cada fecha de vencimiento de prima, EL COMERCIO ha autorizado será igual a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) suma de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados de prima por las coberturas detalladas en un Plan las Condiciones Particulares. Bajo Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva, los Asegurados podrán optar por terminar la cobertura si no estuvieren conformes con la modificación con solo comunicarlo por escrito dentro de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince los diez (1510) días después de hábiles siguientes a la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan vigencia del Addendum de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia la modificación y no podrán optar por mantener la cobertura vigente con la prima de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenioanterior. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Seguro Colectivo De Gastos Funerarios

Tarifas. 4.1. Como consideración por los servicios a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones de De conformidad con el Plan Proyecto de Tarifasexplotación del servicio, las tarifas máximas y mínimas a aplicar a los usuarios serán las ofertadas por el licitador en su ofer- ta, en las que se entenderá incluido el IVA y demás impuestos con que deban grabarse y las cuales se incrementarán a uno de enero de cada año, de acuer- do con el IPC general publicado por el INE. Las tarifas que el concesionario habrá de percibir de los usuarios del servicio, con descomposición de sus elementos conformadores con vistas a futuras revi- siones, deberán ser aprobadas por el órgano de contratación, antes de su en- trada en vigor. Dichas tarifas tienen naturaleza de precio privado, por lo que el concesionario, en los términos del contrato con los usuarios, podrá cobrarlas y reclamarlas judicialmente en caso de impago. Estas tarifas se fijan inicialmente de la forma siguiente: Los licitadores, en sus ofertas, determinarán las tarifas que consideran retributivas de su trabajo, (en- tre las mínimas y máximas establecidas en el presente pliego) así como las fórmulas o índices de su revisión. En las mismas se considerará incluido el IVA, así como cualquier otro tributo o gravamen. Las tarifas deberán ser autosuficientes para la financiación del servicio. Por tanto, el equilibrio económico de la concesión, que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ y en las sucursales de CREDICORP. 4.2. Mediante su firma de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado debe mantener durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyesésta, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado establecerá sobre la base de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes fijar el coste unitario de protección la prestación del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado servicio (costes totales divididos por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podráingresos totales), de tiempo modo que este coste unitario, fijado inicialmente en tiempo la proposición del adjudica- tario del contrato, la revisión de las tarifas se ejecutará el día 1 de enero de ca- da año incrementándose según el IPC del año anterior publicado por el INE. Tal y a su entera discreción, modificar los montos como establece el artículo 77. 1 de los cargos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podráLey 30/2007, de tiempo en tiempo y a su entera discreción30 de octubre, añadir nuevos cargosde Contratos del Sector Público, intereses y/o comisionesla revisión del precio de este contrato podrá tener lugar una vez transcurrido el primer año de ejecución del contrato, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera sin que sea necesario haber ejecutado el 20% de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORPla prestación.

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Sources: Concesión De Gestión De Servicio Público

Tarifas. 4.1. Como consideración por los servicios 5.1 El IB tendrá derecho a ser proporcionados por CREDICORP, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones la estructura de conformidad con el Plan de Tarifas, que se detallan remuneración acordada y establecida en el Anexo I que forma parte integral de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ y Apéndice 1 adjunto. La Compañía tiene derecho a realizar cambios en las sucursales tarifas, la frecuencia de CREDICORP. 4.2. Mediante su firma pago y los criterios de la Aplicación, EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) de EL COMERCIO periódicamente por todos los cargos, cargos y pagos establecidos elegibilidad bajo este Convenio 4.3. CREDICORP de tiempo Acuerdo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisado, o aviso escrito a su copia de este Convenio. Como ciertas tarifas de EL COMERCIO están basadas en volumen anual específico, transacciones promedio y método de hacer negocio indicado en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión de CREDICORP, EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido de hacer negocios. Una vez que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyes, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo momento y a su entera discreción, modificar los montos proporcionándole al menos 30 días de aviso por escrito. El aviso debe explicar la naturaleza general de los cargoscambios y adjuntar una copia de la estructura de remuneración actualizada. La Compañía considerará la continuación de los servicios en virtud de este Acuerdo después de la expiración del período de notificación como su aceptación de los cambios. 5.2 Para ser elegible para cualquier tarifa generada en función de la intermediación en cuanto a la referencia de Clientes a la Compañía, intereses y/el IB debe cumplir con todos los requisitos de este Acuerdo, incluidos los Apéndices adicionales, y también debe asegurarse de que ha mediado para que la Compañía y el Cliente potencial celebren un acuerdo contractual para una relación comercial. 5.3 En caso de cualquier disputa o comisionesqueja de un Cliente, establecidos en la Compañía tiene el Plan derecho de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios a retener cualquier tarifa adeudada al IB hasta que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenioresuelvan dichos problemas. 4.85.4 No obstante la cláusula 5.3, la Compañía se reserva el derecho de deducir del cálculo de las tarifas generadas como pago al IB en las siguientes circunstancias (cuando corresponda): a. Cualquier transacción del IB relacionada con este Acuerdo y Clientes introducidos. b. Una transacción comercial completa (abrir y cerrar una posición) con una duración de menos de 180 segundos; c. Posiciones abiertas utilizando una funcionalidad de "cierre múltiple" y "cierre"; d. cualquier operación considerada como arbitraje o en contra de las reglas de la empresa; e. cualquier operación que emplee la práctica comúnmente conocida como "churning"; Churning se considera, pero no se limita a, la práctica de ejecutar operaciones a través de una cuenta de cliente con el único propósito de generar remuneración para el IB debido a la apertura y cierre frecuente de órdenes en las cuentas del Cliente. f. cuando la Compañía reciba una queja del Cliente con respecto a las acciones del IB que infringen este Acuerdo o cualquier regulación aplicable. Queda igualmente convenido que CREDICORP podráEn tal caso, la Compañía tendrá el derecho de tiempo en tiempo y deducir la cantidad reclamada mencionada de la cuenta del IB. 5.5 La Compañía tiene el derecho, a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/de retener la comisión ganada o comisiones, lo cual deberá notificar de terminar este Acuerdo si el IB no continúa o no refiere a EL COMERCIO utilizando cualquiera Clientes Activos en un plazo de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP90 días.

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Sources: Introducer Agreement

Tarifas. 4.1. Como consideración por Las tarifas, términos y condiciones vigentes de los servicios a ser proporcionados por CREDICORP“SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNET”, EL COMERCIO pagará a CREDICORP diversos cargos, intereses y/o comisiones de conformidad con el Plan de Tarifas, son las que se detallan en el Anexo I que forma parte integral encuentreTnepléufbolincoadfiajsoe1:nuestro Portal Comercial de este Convenio, y que se mantienen actualizados en el Tarifario que está en la página web La seccion dorada ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇, moisFmaaxs: que “AcaTVo” proporcionará telefónicamente a través del centro de atención a clientes y en de los representantes de ventas. ” AcaTVo” podrá modificar las sucursales tarifas de CREDICORP. 4.2los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD INTERACTIVA”, informando a “EL CLIENTE” sobre cualquier modificación a las tarifas de los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNET” con 30 días naturales de anticipación, a través del Portal Comercial de AcaTVo. Mediante Respetando los términos y condiciones de La información transmitida por “EL CLIENTE” a través de los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNET”, será bajo su firma exclusiva responsabilidad, por lo que libera expresamente a “AcaTVo”, de cualquier responsabilidad derivada de accesos no autorizados, robo, daño, destrucción o desviación de la Aplicacióninformación, archivos o programas propiedad de “EL COMERCIO ha autorizado a CREDICORP a debitar la Cuenta(s) CLIENTE” que se relacionen de EL COMERCIO periódicamente manera directa o indirecta con los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNETM” partersitcaudloas por todos los cargos, cargos y pagos establecidos bajo este Convenio 4.3“AcaTVo”. CREDICORP de tiempo en tiempo podrá enmendar el Plan de Tarifas (Anexo I) adjunto, el cual constituye parte integral de este Convenio, y los cargos modificados en un Plan de Tarifas enmendado u otro documento escrito, serán efectivos en la fecha especificada en un aviso escrito de esto, cuya fecha “AcaTVo” no será menor que quince (15) días después de la fecha de aviso. EL COMERCIO adjuntará a cada Plan de Tarifas revisadoresponsable pFoercrohbaod, me osodilfiicciatcuiódn, alteración, o aviso escrito destrucción de archivos, por parte de las personas denominas Hackers o Crackers las cuales efectúan invasiones a su copia la privacidad en contra de este Convenio“EL CLIENTE” o de terceros. Como ciertas tarifas EnDníiangún caso, “AcaTMVoe”sresponderá pAorñdoaños consecuenciales o indirectos, pérdidas sufridas o ingresos no obtenidos, derivados del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que ambas partes asumen conforme al presente Contrato. “EL COMERCIO están basadas CLIENTE ” se obliga a sacar y mantener en volumen anual específicopaz y a salvo a “AcaTVo” de cualquier reclamación, transacciones promedio y método demanda o acción legal que pudiera presentarse en contra de hacer negocio indicado “AcaTVo”, derivadas de los hechos descritos en la Aplicación, CREDICORP podrá ajustar el descuento de EL COMERCIO los párrafos precedentes y/o los cargos de Transacción sin aviso previo en el caso de que el volumen real y/o transacciones promedio no se ajusten a los inicialmente indicados, o si, en la sola opinión general, de CREDICORPcualquier reclamación, demanda o acción legal que pudiera derivarse del uso de “EL COMERCIO haya significativamente alterado su método establecido CLIENTE” de hacer negocios. Una vez los “SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN INTERNET”, que el pago por un cargo haya sido cobrado por CREDICORP este no será reembolsado a EL COMERCIO bajo ninguna circunstancia. 4.4. EL COMERCIO pagará cualquier aumento automático de cargo que sea implementado durante la vigencia de este Convenio. 4.5. EL COMERCIO declara y acuerda que cumplirá plenamente con todas las leyesimpliquen daño, reglas y regulaciones panameñas, como se hayan enmendado de tiempo en tiempo, incluyendo, pero no limitado a las leyes de protección del consumidor y de protección de datos personales. 4.6. Aceptación de Convenio: Este Convenio será efectivo solamente alteración o modificación a la aceptación por CREDICORP. En el caso de que EL COMERCIO no sea aceptado por los servicios de procesamiento, cualquier cargo de solicitud pagado red o medios a CREDICORP no será reembolsable. 4.7. EL COMERCIO reconoce y acepta que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, modificar los montos través de los cargoscuales se prestan los mismos, intereses y/o comisiones, establecidos en el Plan de Tarifas de CREDICORP o pactados en el presente documento, fijados por la ejecución de transacciones o la prestación de servicios así como daños a que se refieres este convenio, lo cual será comunicado por CREDICORP a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenioterceros. 4.8. Queda igualmente convenido que CREDICORP podrá, de tiempo en tiempo y a su entera discreción, añadir nuevos cargos, intereses y/o comisiones, lo cual deberá notificar a EL COMERCIO utilizando cualquiera de los medios establecidos en el presente convenio. Para tales efectos, CREDICORP queda autorizado por EL COMERCIO para cobrar tales cargos, intereses y/o comisiones, mediante el débito de la(s) cuenta(s) que el comercio mantiene en CREDICORP.

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Sources: Servicios De Publicidad en Internet