Tarifas. Las tarifas acordadas se encuentran detalladas en el Anexo I: TARIFARIO: Las Partes se comprometen a pagar mensualmente los valores, que constan, de forma detallada en cada Orden de Servicio. Las Partes se comprometen a incluir en las facturas por compartición de infraestructura, el valor de los impuestos que correspondan. La modificación del tarifario se dará únicamente por acuerdo entre las Partes y se aplicará a todas las Órdenes de Servicio, a partir de la fecha de entrada en vigor del nuevo tarifario. Las Partes tendrán un plazo de 30 días hábiles para negociar la suscripción del respectivo Acuerdo modificatorio, a partir de la fecha en la cual una de las Partes comunique a la otra su intención de hacerlo. Dicho plazo podrá ser ampliado de mutuo acuerdo. Cualquier otro rubro que no se encuentre detallado en el cuadro anterior y que sea requerido por una de las Partes, será negociado entre las Partes previa la suscripción del acuerdo de compartición respectico.
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Samples: Oferta Básica Para Compartición De Infraestructura Física, Oferta Básica Para Compartición De Infraestructura Física, Infrastructure Sharing Agreement