Tasa de Regulación. 14.6.1 El CONCESIONARIO está obligado a pagar a OSITRAN la tasa de regulación a que se refiere el artículo 10° de la Ley N° 27332. Dicha tasa se calculará y cobrará en los términos y montos a que se refiere dicho dispositivo legal y las respectivas Normas reglamentarias.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
Tasa de Regulación. 14.6.1 El CONCESIONARIO está obligado a pagar a OSITRAN la tasa de regulación a que se refiere el artículo 10° de la Ley N° 27332. Dicha tasa se calculará 27332 y cobrará el Artículo 14° de la Ley N° 26917 o normas que lo modifiquen o sustituya, en los términos y montos a que se refiere dicho dispositivo legal y las respectivas Normas reglamentariasrefieren dichos dispositivos legales.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
Tasa de Regulación. 14.6.1 El CONCESIONARIO está obligado a pagar directamente a OSITRAN la tasa de el aporte por regulación a que se refiere el artículo Artículo 14° de la Ley N° 26917 y el Artículo 10° de la Ley N° 27332. Dicha tasa se calculará y cobrará , o normas que lo modifiquen o sustituya, en los términos y montos a que se refiere dicho dispositivo legal refieren dichos dispositivos legales, el mismo que se calculará y las respectivas Normas reglamentariascobrará sobre el total de los ingresos facturados por el CONCESIONARIO.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement