TERMINACIÓN DEL SEGURO. El seguro otorgado por esta póliza bajo condiciones normales (no habiéndose cancelado de forma previa sea por mutuo acuerdo, falta de pago de las primas, o decisión unilateral), vencerá automáticamente en la fecha y Hora Contractual expresadas en las Condiciones Particulares de esta Póliza. Podrá ser prorrogado a petición del Asegurado y aceptación de parte de la Compañía, pero la prórroga deberá hacerse constar en documento firmado por la Compañía y se regirá por las condiciones consignadas en el mismo. Este contrato podrá ser terminado de forma anticipada por: 33.1. Mutuo Acuerdo. 33.2. Cuando ocurra el fallecimiento del Asegurado. 33.3. Falta de pago xx xxxxxx según se estipula en la cláusula de “ACUERDO DE PAGO XX XXXXXX Y ADVERTENCIA EN CASO DE RETRASO EN EL PAGO”. 33.4. Por el Contratante: Unilateralmente cuando el Contratante decida no mantener el seguro. En cuyo caso deberá dar aviso por escrito a la Compañía según la cláusula de “NOTIFICACIONES” con al menos un mes de anticipación. 33.5. Por la Compañía: Unilateralmente cuando exista alguna de las siguientes circunstancias:
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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy
TERMINACIÓN DEL SEGURO. El seguro otorgado por esta póliza bajo condiciones normales (no habiéndose cancelado de forma previa sea por mutuo acuerdo, falta de pago de las primas, o decisión unilateral), vencerá automáticamente en la fecha y Hora Contractual expresadas en las Condiciones Particulares de esta Póliza. Podrá ser prorrogado a petición del Asegurado y aceptación de parte de la Compañía, pero la prórroga deberá hacerse constar en documento firmado por la Compañía y se regirá por las condiciones consignadas en el mismo. Este contrato podrá ser terminado de forma anticipada por:
33.1. a) Mutuo Acuerdo.
33.2. Cuando ocurra el fallecimiento del Asegurado.
33.3. b) Falta de pago xx xxxxxx según se estipula en la cláusula de “ACUERDO PAGO DE PAGO XX XXXXXX Y ADVERTENCIA EN CASO DE RETRASO EN EL PAGOLA PRIMA”.
33.4. c) Por el Contratante: Unilateralmente cuando el Contratante decida no mantener el seguro. En cuyo caso deberá dar aviso por escrito a la Compañía según la cláusula de “NOTIFICACIONES” ”, con al menos un mes de anticipación.
33.5. d) Por la Compañía: Unilateralmente cuando exista alguna de las siguientes circunstancias:
d.1. Por el incumplimiento de las obligaciones del Asegurado que derivan del Contrato de Seguro y del ordenamiento jurídico.
d.2. Por cualquier causa debidamente justificada por la Compañía según los casos previstos por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros. La Compañía tendrá derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y devolverá la prima no devengada. La Compañía hará el reintegro de las primas no devengadas en un plazo xx xxxx (10) días hábiles posteriores a la fecha en que se notifique la terminación del contrato.
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Samples: Insurance Agreement
TERMINACIÓN DEL SEGURO. El seguro otorgado por esta póliza bajo condiciones normales (no habiéndose cancelado de forma previa sea por mutuo acuerdo, falta de pago de las primas, o decisión unilateral), vencerá automáticamente en la fecha y Hora Contractual expresadas en las Condiciones Particulares de esta Póliza. Podrá ser prorrogado a petición del Asegurado y aceptación de parte de la Compañía, pero la prórroga deberá hacerse constar en documento firmado por la Compañía y se regirá por las condiciones consignadas en el mismo. Este contrato podrá ser terminado cancelado de forma anticipada por:
33.1. a) Mutuo Acuerdo.
33.2. Cuando ocurra el fallecimiento del Asegurado.
33.3. b) Falta de pago xx xxxxxx según se estipula en la cláusula de “ACUERDO DE PAGO XX XXXXXX Y ADVERTENCIA EN CASO DE RETRASO EN EL PAGOXX XXXX”.
33.4. c) Por el Contratante: Unilateralmente cuando el Contratante decida no mantener el seguro. En cuyo caso deberá dar aviso por escrito a la Compañía según la cláusula de “NOTIFICACIONES” con al menos un mes ”. En tal caso la Compañía cancelará el contrato a partir de anticipaciónla fecha en que se recibe el aviso o bien a partir de la fecha señalada expresamente por el Contratante, que no podrá ser anterior a la fecha en que recibe documentación necesaria para realizar el aviso.
33.5. d) Por la Compañía: el correspondiente cancelación. trámite de Unilateralmente cuando exista alguna de las siguientes circunstancias:
d.1. Por el incumplimiento de las obligaciones del Asegurado
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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil