URGENCIAS. Comprende la asistencia sanitaria en casos de urgencia que serán atendidos en los centros incluidos en el Cuadro Médico en dicho apartado. Los casos de urgencia serán atendidos en el centro más cercano al lugar en el que se encuentre el asegurado, aunque se trate de centros públicos o privados ajenos al Cuadro Médico, conforme a lo establecido en la Cláusula 4.2. En caso justificado, se facilitará el servicio a domicilio por los servicios permanentes de urgencias, debiendo solicitar la asistencia en el Teléfono de Urgencias 24 horas que figura en el Cuadro Médico.
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Samples: Condiciones Generales De Salud, Insurance Contract, Insurance Contract
URGENCIAS. Comprende la asistencia sanitaria en casos de urgencia que serán atendidos en los centros incluidos en el Cuadro Médico en dicho apartado. Los casos de urgencia vital serán atendidos en el centro más cercano al lugar en el que se encuentre el asegurado, aunque se trate de centros públicos o privados ajenos al Cuadro Médico, conforme a lo establecido en la Cláusula 4.24.3. PCG-MUSASM-V2/ENERO 2016 En caso justificado, se facilitará el servicio a domicilio por los servicios permanentes de urgencias, debiendo solicitar la asistencia en el Teléfono de Urgencias 24 horas que figura en el Cuadro Médico.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro