Valor del Fondo Cláusulas de Ejemplo

Valor del Fondo. De conformidad con lo dispuesto por el Numeral XI de la Circular Básica Contable y Financiera, el valor del Fondo al cierre del periodo de valoración será el resultante de restar a las partidas activos del mismo, las partidas pasivas así: VFCt = VFCt-1+ Partidas activas del período t – Partidas pasivas del período t Donde: VFCt= Valor del Fondo al cierre del período t. VFCt-1= Valor de cierre del Fondo del período t-1 A su vez, la determinación del valor de pre-cierre de Fondo se hará así: PCFt = VFCt-1 + RDt Donde: PCFt= Valor de Precierre del Fondo del período t. VFC t-1= Valor del Fondo al cierre de operaciones del período t-1. RDt= Resultados del período t (Ingresos menos Gastos).
Valor del Fondo. La valoración del Fondo se establecerá de conformidad con las metodologías de valoración sujetas a los estándares mínimos previstos en el Capítulo I de la Circular Básica Contable y Financiera de esta Superintendencia o a la información suministrada por un Proveedor de Precios para Valoración autorizado por esta Superintendencia. El valor del Fondo se determinará por el monto total de los recursos aportados más o menos los rendimientos, menos los pasivos del Fondo. En otras palabras, el valor del Fondo resulta de restar a las partidas activas de la misma, el valor de las partidas pasivas según lo establezca el plan único de cuentas para entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Por su parte, para efectos del valor de precierre, teniendo en cuenta el valor del Fondo al cierre de operaciones del día t-1 (VFCt-1) se debe calcular el valor de la remuneración que cobra la Sociedad Administradora. Una vez efectuado el cálculo, se debe proceder a realizar el precierre del Fondo para el día t (PCFt) de la siguiente manera: PCFt = VFCt-1 + RDt Donde: PCFt = Precierre del Fondo para el día t VFCt-1 = Valor del Fondo al cierre de operaciones del día t-1 RDt = Resultados del día t (ingresos menos gastos del día t) Parágrafo. El valor neto del Fondo será expresado en moneda y en unidades al valor de la unidad que rige para las operaciones del día.
Valor del Fondo. El valor neto del Fondo, también conocido como valor de cierre al final del día, estará dado por el monto del valor de precierre en el día de operaciones, adicionado en los aportes recibidos y deducidos los retiros, redenciones, anulaciones y la retención en la fuente cuando a ello haya lugar. Por su parte, el valor de precierre del Fondo se calculará a partir del valor neto o de cierre de operaciones del día anterior, adicionado en los rendimientos netos abonados durante el día (Ingresos menos Gastos). Parágrafo 3. La valoración de los contratos de opción se efectuará de acuerdo con la metodología establecida por la Superintendencia Financiera de Colombia, en el Capítulo I, I- 1 de la Circular Básica Contable y Financiera y las normas que la sustituyan, modifiquen y adicionen.

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