Sociedad Administradora Cláusulas de Ejemplo

Sociedad Administradora. La Sociedad Administradora es Fiduciaria SURA S.A., entidad legalmente constituida mediante escritura pública número 3597 del 23 de octubre de 2.009, otorgada en la Notaría 13 del Círculo Notarial de Cali, con registro mercantil 778235-4 y NIT. 900.322.339-8. Esta sociedad se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Agentes xxx Xxxxxxx de Valores, tal y como consta en la Resolución 0103 de 2.010 de la Superintendencia Financiera de Colombia. Además, cuenta con permiso de funcionamiento otorgado mediante Resolución 2020 del 28 de diciembre de 2009 de la Superintendencia Financiera de Colombia. Cuando en el presente reglamento se emplee la expresión “Sociedad Administradora”, se entenderá que se hace referencia a Fiduciaria SURA S.A. en su calidad de Sociedad Administradora del Fondo. La Sociedad Administradora adquiere las obligaciones de administración del Fondo previstas en el Decreto 2555 de 2010 y en las normas que lo complementen o modifiquen, así como en las demás normas que le sean aplicables y en el presente Reglamento, las cuales son de medio y no de resultado.
Sociedad Administradora. La Sociedad Administradora del Fondo es PROGRESION SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE INVERSIONES S.A., con Número de Identificación Tributaria (NIT) 000.000.000-1, entidad legalmente constituida mediante escritura pública número 304 del 2 de febrero de 2009, otorgada en la Notaría 48 del Círculo de Bogotá y con matrícula de registro mercantil número 01870119 de la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., y en la cual tiene asiento su domicilio principal. A esta sociedad le fue otorgado el permiso de funcionamiento mediante resolución 613 del 14 xx xxxx de 2009 por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Sociedad Administradora. La Sociedad Administradora es CREDICORP CAPITAL FIDUCIARIA S.A., entidad legalmente constituida mediante escritura pública número 884 del 25 xx xxxxx de 2012, otorgada en la Notaría 35 del Círculo Notarial de Bogotá, D.C., inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá bajo el número de matrícula mercantil 02209744, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., identificada con NIT número 900.520.484-7, y autorizada para funcionar como sociedad fiduciaria de conformidad con permiso de funcionamiento otorgado por la Superintendencia Financiera de Colombia mediante Resolución 0876 del 13 xx xxxxx de 2012.
Sociedad Administradora. La Sociedad Administradora es Old Mutual Valores S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa, entidad constituida por medio de Escritura Pública No. 1639 del 31 de Julio de 2006, otorgada en la Notaría 43 del Círculo de Bogotá, debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para constituirse como sociedad comisionista de bolsa, mediante Resolución 01229 del 00 xx xxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxx xxxxxxxxx xx Xxxxxx, X.X.
Sociedad Administradora. La Sociedad Administradora es FIDUCIARIA CENTRAL S.A., sociedad de servicios financieros con domicilio principal en Bogotá, identificada con Nit. 800.171.372-1, constituida mediante escritura pública número tres mil doscientos setenta y uno (3.271) de fecha veinte (20) xx xxxxxx de mil novecientos noventa y dos (1992) otorgada en la Notaría Quince (15) del Círculo Notarial de Bogotá. Esta Sociedad se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, hoy Registro Nacional de Agentes xxx Xxxxxxx, tal y como consta en la Resolución 35143514 del cuatro (04) de septiembre de mil novecientos noventa y dos (1992) de la Superintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera de Colombia. En adelante se denominará como “Sociedad Administradora”. La Sociedad Administradora tiene su domicilio principal en la ciudad de Bogotá, en la Xx. Xx Xxxxxx #00X-00 Xxxxx X Xxxx 0.
Sociedad Administradora. La Sociedad Administradora, en la gestión de los recursos del Fondo adquiere obligaciones de medio y no de resultado. Por lo tanto, la Sociedad Administradora se abstendrá de garantizar, por cualquier medio, una tasa fija para las participaciones constituidas, así como de asegurar rendimientos por valorización de los activos que integran el Fondo. La sociedad administradora del Fondo de capital privado responderá hasta de la culpa leve en el cumplimiento de sus funciones, como experto prudente y diligente, conforme al artículo 3.3.7.1.2 del Decreto 1984 de 2018. La constitución del Comité de Inversiones y la designación del Gestor Profesional no exoneran a la Junta Directiva de la responsabilidad prevista en el artículo 200 del Código de Comercio o cualquier otra norma que lo modifique, sustituya o derogue, ni del cumplimiento de los deberes establecidos en las normas vigentes y en las cláusulas del presente Reglamento. Para cumplir sus funciones, la Sociedad Administradora cuenta con la Junta Directiva, un gestor profesional y un Comité de Inversiones a fin de realizar la gestión del Fondo. En caso en que se cuente con un Gestor Profesional para el Fondo se prescindirá de la figura del gerente y viceversa.
Sociedad Administradora. La sociedad administradora es Compañía de Profesionales de Bolsa S.A., entidad legalmente constituida mediante escritura pública número 9299 del 9 de octubre de 1987, otorgada en la Notaría 27 del Círculo Notarial de Bogotá, con registro mercantil No. 00310791 y NIT.800.019.807-2. Esta sociedad está inscrita en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, hoy Registro Nacional de Agentes xxx Xxxxxxx, tal y como consta en la Resolución 339 del 28 de octubre de 1987 de la Superintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera de Colombia. Cuando en el presente reglamento se emplee la expresión “sociedad administradora”, se entenderá que se hace referencia a la sociedad aquí mencionada.
Sociedad Administradora. El Fondo será administrado por CREDICORP CAPITAL COLOMBIA S.A. Comisionista de Bolsa con NIT número 860.068.182-5, entidad constituida por escritura pública número 7316 del 20 de noviembre de 1.978,
Sociedad Administradora. La sociedad administradora es BTG PACTUAL SOCIEDAD FIDUCIARIA S.A., entidad legalmente constituida mediante escritura pública número 1965 del día 26 del mes noviembre del año 2014, otorgada en la Notaría 16 del círculo de Medellín, con matrícula de registro mercantil número 22376. Esta sociedad está inscrita en el Registro Nacional de Agentes xxx Xxxxxxx, tal y como consta en la Resolución 0145 de 2016 de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Sociedad Administradora. Las sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión en valores son sociedades anónimas que tienen como objeto social exclusivo la administración de uno o más fondos mutuos, pudiendo desempeñar también la administración de los fondos de inversión de acuerdo con las leyes sobre dicha materia y otras actividades complementarias siempre que medie autorización de la SMV. Corresponde a la SMV autorizar la organización y funcionamiento de la sociedad administradora, así como ejercer el control y supervisión de esta. Las sociedades administradoras podrán contratar los servicios de terceros para la gestión de activos, operación del fondo mutuo y la distribución de cuotas de participación, incluyendo en este último supuesto a los distribuidores de cuotas a que se refiere el artículo 258. La SMV, mediante norma de carácter general, podrá establecer las entidades, requisitos, impedimentos, restricciones y/o exigencias prudenciales mínimas que deberán cumplir quienes presten dichos servicios.