VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRECIO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRECIO DEL CONTRATO. A) Valor estimado del contrato: El valor estimado de este contrato por toda la duración incluida las prórrogas es de 8.448.000 euros (IVA excluido, art. 88.1 del TRLCSP). Este valor estimado del contrato también lo es como presupuesto base a los efectos del procedimiento de adjudicación.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRECIO DEL CONTRATO. Cláusula 4. Plazo de duración del contrato.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRECIO DEL CONTRATO. 3.1 A efectos de lo dispuesto en el artículo 88 del TRLCSP se puede estimar que la cuantía destinada a la prestación del servicio que es objeto de contratación -incluida la posible prórroga y modificaciones- ascenderá a la cantidad de un MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS Y CUARENTA CÉNTIMOS (1.157.787,40 euros), IVA excluido. Dicha cantidad se indica únicamente a efectos de publicidad del procedimiento y de información a posibles licitadores, sin que ello suponga en ningún momento un compromiso de gasto por parte de ALOKABIDE.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRECIO DEL CONTRATO. 3.1.- Valor estimado del contrato. El valor estimado del contrato, siguiendo el artículo 88TRLCSP, viene determinado por el importe total, sin incluir el Impuesto sobre el Valor añadido, pagadero según las estimaciones del órgano de contratación. El cálculo del importe total estimado, en el que se ha tenido en cuenta cualquier forma de opción eventual y las eventuales prórrogas del contrato, asciende a la cantidad de 167.800,00 euros, conforme con el siguiente detalle: Ingresos 100.000,00 5.000,00 50.000,00 20.000,00 Retribución 22.000,00 2.500,00 10.000,00 4.400,00 IVA 21 % 4.620,00 525,00 2.100,00 924,00 Presupuesto 26.620,00 3.025,00 12.100,00 5.324,00 Subtotal... 47.069,00 2015 Cobros ejecutiva Intereses demora Deuda levantada Catastro Ingresos 100.000,00 5.000,00 75.000,00 25.000,00 Retribución 22.000,00 2.500,00 15.000,00 5.500,00 IVA 21 % 4.620,00 525,00 3.150,00 1.155,00 Presupuesto 26.620,00 3.025,00 18.150,00 6.655,00 Subtotal... 54.450,00 Total valor contrato 83.900,00 El precio de este contrato, XXX excluido, estará en función del volumen o de los resultados concretos que se obtengan por los servicios de colaboración realizados por el contratista, aplicando los precios y porcentajes por él ofertados, conforme a lo dispuesto en la Cláusula Quinta (―Tipo de licitación‖).
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRECIO DEL CONTRATO. 3.1 El Valor estimado del contrato es el que figura en el punto 3 de la carátula del presente pliego.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.