VIGENCIA DE LA COBERTURA PARA DESPACHOS MARÍTIMOS O AÉREOS DEL XXXXXX XX XXXXXX Cláusulas de Ejemplo

VIGENCIA DE LA COBERTURA PARA DESPACHOS MARÍTIMOS O AÉREOS DEL XXXXXX XX XXXXXX. 5.2.3.1. LA COBERTURA DE LOS RIESGOS SE INICIA DESDE EL MOMENTO EN QUE LOS BIENES ASEGURADOS O PARTE DE ELLOS SE ENCUENTRAN A BORDO DE UN BUQUE DE MAR O DE UNA AERONAVE Y CONCLUYE CON SU DESCARGUE EN EL PUERTO O AEROPUERTO FINAL DE DESCARGUE, O A LA EXPIRACIÓN DE QUINCE (15) DÍAS COMUNES, CONTADOS A PARTIR DE LA MEDIA NOCHE DEL DÍA DE LLEGADA DEL BUQUE DE MAR O AERONAVE AL PUERTO O AEROPUERTO FINAL DE DESCARGUE; LO QUE OCURRA PRIMERO. 5.2.3.2. EN CASO DE QUE LOS BIENES TRANSPORTADOS NO SEAN DESCARGADOS EN EL PUERTO O AEROPUERTO FINAL DE DESCARGUE, Y CON SUJECIÓN A AVISO INMEDIATO DADO A LA COMPAÑÍA, SU ACEPTACIÓN Y AL COBRO DE UNA PRIMA ADICIONAL, ESTE SEGURO COMENZARÁ SU COBERTURA DE NUEVO CUANDO EL BUQUE DE MAR O AERONAVE ZARPE O DECOLE DE DICHO PUERTO O AEROPUERTO Y TERMINARÁ, CON SUJECIÓN A LO ESTIPULADO EN LOS NUMERALES 5.2.3.3 Y 5.2.3.4 QUE MÁS ABAJO SE MENCIONAN, CON SU DESCARGUE EN EL PUERTO O AEROPUERTO FINAL, O LUGAR SUSTITUIDO DE DESCARGUE O A LA EXPIRACIÓN DE QUINCE (15) DÍAS COMUNES CONTADOS A PARTIR DE LA MEDIA NOCHE DEL DÍA DE LLEGADA DEL BUQUE DE MAR O AERONAVE AL PUERTO O AEROPUERTO FINAL O LUGAR SUSTITUIDO DE DESCARGUE, LO QUE OCURRA PRIMERO. 5.2.3.3. SI DURANTE EL TRAYECTO ASEGURADO, EL BUQUE DE MAR O AERONAVE LLEGA A UN PUERTO O LUGAR INTERMEDIO PARA DESCARGAR LOS BIENES ASEGURADOS, A FIN DE QUE ÉSTOS CONTINÚEN SU VIAJE A BORDO DE OTRO BUQUE DE MAR O AERONAVE, DICHO SEGURO TERMINA DESPUÉS DE TRANSCURRIDOS QUINCE (15) DÍAS COMUNES, CONTADOS A PARTIR DE LA MEDIA NOCHE DE AQUÉL EN QUE EL BUQUE DE MAR O AERONAVE LLEGUE AL PUERTO O LUGAR INTERMEDIO, PERO EL AMPARO SE REANUDARÁ, TAN PRONTO COMO LOS BIENES ASEGURADOS PASEN A BORDO DEL SUBSIGUIENTE BUQUE DE MAR O AERONAVE QUE HAYA DE TRANSPORTARLOS, Y TERMINARÁ DE ACUERDO CON EL NUMERAL 5.2.3.1 DE LA PRESENTE CONDICIÓN. Descripción Fecha a partir de la cual se utiliza Tipo y número de la Entidad Tipo de Documento Ramo al cual accede Identificación interna de la proforma Canal de Comercialización Código del Clausulado 14/02/2019 1308 P 10 SU-OD-59-01 D00I Código de Nota Técnica 14/02/2019 0000 XX-X 10 NTTRANSPORTE2017 5.2.3.4. SI EL VIAJE SEGÚN EL CONTRATO DE TRANSPORTE TERMINA EN UN PUERTO O LUGAR DISTINTO DEL DESTINO CONVENIDO, TAL PUERTO O LUGAR SERÁ CONSIDERADO COMO EL PUERTO O AEROPUERTO FINAL DE DESCARGUE Y DICHO SEGURO TERMINARÁ DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN EL NUMERAL 5.2.3.1 DE LA PRESENTE CONDICIÓN. SI POSTERIORMENTE LOS BIENES ASEGURADOS SE DESPACHAN DE NUEVO AL DESTINO ORIGINAL O A...

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