Common use of ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PUBLICIDAD Clause in Contracts

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PUBLICIDAD. El órgano de contratación competente para autorizar la licitación y acordar la adjudicación del presente Contrato es el Consejo de Administración xx Xxxxxx (art. 316.6 del TRLCSP). A esta licitación se le dará publicidad, mediante los correspondientes anuncios, en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), así como en el perfil del contratante de la Sociedad Estatal (Plataforma de Contratación del Sector Público). Si se considerara necesario, se publicitará además en el Boletín Oficial del Estado (en adelante, BOE) y en prensa. La adjudicación se publicará, igualmente en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), y en el precitado perfil del contratante (Plataforma de Contratación del Sector Público) y se notificará, además, a todos los licitadores. Tanto en la notificación individualizada como en las publicaciones precitadas se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del Contrato. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el art. 154 del TRLCSP, la formalización del Contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el perfil del contratante (Plataforma de Contratación del Sector Público) sin perjuicio de que pueda publicarse, además, en el BOE. El acceso al perfil del contratante se podrá hacer a través de la siguiente dirección web: xxx.xxxxxx.xx sin perjuicio de su integración en la Plataforma de Contratación del Sector Público, de conformidad con el artículo 334 del TRLCSP, en la dirección (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx)

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ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PUBLICIDAD. El órgano de contratación competente para autorizar la licitación y acordar la adjudicación del presente Contrato es el Consejo de Administración xx Xxxxxx de Aguas de las Cuencas de España, S.A. (art. 316.6 del TRLCSP), de conformidad con lo recogido en el vigente procedimiento de contratación, compras y autorización de gastos (PG-01/00) aprobado por el Consejo de Administración de Acuaes. A esta licitación se le dará publicidad, mediante los correspondientes anuncios, en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), así como en el perfil del contratante de la Sociedad Estatal (Plataforma de Contratación del Sector Público). Si se considerara necesario, se publicitará además en el Boletín Oficial del Estado (en adelante, BOE) y en prensa. La adjudicación se publicará, igualmente en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), y en el precitado citado perfil del contratante (Plataforma de Contratación del Sector PúblicoEstado) y se notificará, además, a todos los licitadores. Tanto en la notificación individualizada como en las publicaciones precitadas se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del Contrato. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el art. 154 del TRLCSP, la formalización del Contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el perfil del contratante (Plataforma de Contratación del Sector Público) sin perjuicio de que pueda publicarse, además, en el BOE). El acceso al perfil del contratante se podrá hacer a través de la siguiente dirección web: xxx.xxxxxx.xx xxx.xxxxxx.xxx, sin perjuicio de su integración en la Plataforma de Contratación del Sector Público, de conformidad con el artículo 334 del TRLCSP, en la dirección (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).

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ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PUBLICIDAD. El órgano de contratación competente para autorizar la licitación y acordar la adjudicación del presente Contrato es el Consejo de Administración xx Xxxxxx (art. 316.6 del TRLCSP). A esta licitación se le dará publicidad, mediante los correspondientes anuncios, en el en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), así como en el perfil del contratante de la Sociedad Mercantil Estatal (Plataforma de Contratación del Sector Público). Si se considerara necesario, se publicitará además en el Boletín Oficial del Estado (en adelante, BOE) y en prensa. La adjudicación se publicará, igualmente en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), y en el precitado perfil del contratante (Plataforma de Contratación del Sector Público) y se notificará, además, a todos los licitadores. Tanto en la notificación individualizada como en las publicaciones precitadas se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del Contrato. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el art. 154 del TRLCSP, la formalización del Contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el perfil del contratante (Plataforma de Contratación del Sector Público) sin perjuicio de que pueda publicarse, además, en el BOE. El acceso al perfil del contratante se podrá hacer a través de la siguiente dirección web: xxx.xxxxxx.xx xxx.xxxxxx.xx, sin perjuicio de su integración en la Plataforma de Contratación del Sector Público, de conformidad con el artículo 334 del TRLCSP, en la dirección (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).

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ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PUBLICIDAD. El órgano de contratación competente para autorizar la licitación y acordar la adjudicación del presente Contrato es el Consejo la Junta de Administración xx Xxxxxx Compras de Acuaes (art. 316.6 del TRLCSP), de conformidad con lo recogido en el vigente procedimiento de contratación, compras y autorización de gastos (PG-01/00) aprobado por el Consejo de Administración de Acuaes. A esta licitación se le dará publicidad, mediante los correspondientes anuncios, en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), así como en el perfil del contratante de la Sociedad Estatal (Plataforma de Contratación del Sector Público). Si se considerara necesario, se publicitará además en el Boletín Oficial del Estado (en adelante, BOE) y en prensa. La adjudicación se publicará, igualmente en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), y en el precitado citado perfil del contratante (Plataforma de Contratación del Sector Público) y se notificará, además, a todos los licitadores. Tanto en la notificación individualizada como en las publicaciones precitadas se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del Contrato. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el art. 154 del TRLCSP, la formalización del Contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el perfil del contratante (Plataforma de Contratación del Sector Público) sin perjuicio de que pueda publicarse, además, en el BOE. El acceso al perfil del contratante se podrá hacer a través de la siguiente dirección web: xxx.xxxxxx.xx xxxxxx.xxx, sin perjuicio de su integración en la Plataforma de Contratación del Sector Público, de conformidad con el artículo 334 del TRLCSP, en la dirección (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).

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