Common use of Órgano instructor Clause in Contracts

Órgano instructor. Actuarán en la instrucción de este procedimiento, por parte de la empresa, la Dirección de Recursos Humanos o la persona designada por esta; y por par- te de la representación sindical, la persona responsable de igualdad desig- nada por ésta para los casos de acoso sexual o por razón de sexo. En caso de otro acoso discriminatorio o acoso moral, actuará la persona designada por la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en el comité de seguridad y salud. Estas personas deberán reunir las debidas condiciones de aptitud, objetivi- dad e imparcialidad que requiere el procedimiento. No podrán tener relación de dependencia directa o parentesco con cualquie- ra de las partes. Tampoco podrán ser instructoras de estos procedimientos quienes tengan el carácter de persona denunciada o denunciante. El órgano instructor iniciará el procedimiento, de oficio –cuando cualquiera de las personas que puedan formar parte del órgano tengan indicios sufi- cientes de la existencia de una conducta constitutiva de acoso- o a instancia de parte, prestará apoyo y ayuda a los trabajadores/as presuntamente aco- sados/as, y realizará las gestiones y trámites oportunos para el esclareci- miento de los hechos, recabando cuanta información considere conveniente y realizando las entrevistas y demás actuaciones que estime necesarias.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Órgano instructor. Actuarán en la instrucción de este procedimiento, por parte de la empresa, la Dirección de Recursos Humanos o la persona designada por esta; y por par- te parte de la representación sindical, la persona responsable de igualdad desig- nada de- signada por ésta para los casos de acoso sexual o por razón de sexo. En caso de otro acoso discriminatorio o acoso moral, actuará la persona designada de- signada por la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en el comité de seguridad y salud. Estas personas deberán reunir las debidas condiciones de aptitud, objetivi- dad e imparcialidad que requiere el procedimiento. No podrán tener relación de dependencia directa o parentesco con cualquie- ra de las partes. Tampoco podrán ser instructoras de estos procedimientos quienes tengan el carácter de persona denunciada o denunciante. El órgano instructor iniciará el procedimiento, de oficio –cuando cualquiera cualquie- ra de las personas que puedan formar parte del órgano tengan indicios sufi- cientes suficientes de la existencia de una conducta constitutiva de acoso- o a instancia de parte, prestará apoyo y ayuda a los trabajadores/as presuntamente aco- sadospresunta- mente acosados/as, y realizará las gestiones y trámites oportunos para el esclareci- miento esclarecimiento de los hechos, recabando cuanta información considere conveniente y realizando las entrevistas y demás actuaciones que estime necesarias.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal Para Las Industrias De Elaboración Del Arroz

Órgano instructor. Actuarán en la instrucción de este procedimiento, por parte de la empresa, la Dirección de Recursos Humanos o la persona designada por esta; y por par- te parte de la representación sindical, la persona responsable de igualdad desig- nada designada por ésta para los casos de acoso sexual o por razón de sexo. En caso de otro acoso discriminatorio o acoso moral, actuará la persona designada por la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en el comité de seguridad y salud. Estas personas deberán reunir las debidas condiciones de aptitud, objetivi- dad e imparcialidad que requiere el procedimiento. No podrán tener relación de dependencia directa o parentesco con cualquie- ra de las partes. Tampoco podrán ser instructoras de estos procedimientos quienes tengan el carácter de persona denunciada o denunciante. El órgano instructor iniciará el procedimiento, de oficio –cuando cualquiera de las personas que puedan formar parte del órgano tengan indicios sufi- cientes de la existencia de una conducta constitutiva de acoso- acoso– o a instancia de parte, prestará apoyo y ayuda a los trabajadores/as presuntamente aco- sados/as, y realizará las gestiones y trámites oportunos para el esclareci- miento de los hechos, recabando cuanta información considere conveniente y realizando las entrevistas y demás actuaciones que estime necesarias.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal Para Las Industrias De Elaboración Del Arroz

Órgano instructor. Actuarán en la La instrucción de este procedimiento, por parte procedimiento será responsabilidad exclusiva de la empresaEmpresa y decidido por esta, participando la Dirección de Recursos Humanos representación sindical o la persona designada por esta; y por par- te de la representación sindical, la persona per- sona responsable de igualdad desig- nada designada por ésta para los casos de acoso sexual o por razón de sexo. En caso de otro acoso discriminatorio o acoso moral, actuará la persona designada por la representación legal de los trabajadores y trabajadoras sexo cuando así lo haya manifestado en el comité de seguridad y saludsu denuncia. Estas personas deberán reunir las debidas condiciones de aptitud, objetivi- dad e imparcialidad que requiere el procedimiento. No podrán tener relación de dependencia directa o parentesco con cualquie- ra de las partes. Tampoco podrán ser instructoras de estos procedimientos quienes tengan el carácter de persona denunciada o denunciante. El órgano instructor iniciará el procedimiento, de oficio –cuando cualquiera de las personas que puedan formar parte del órgano tengan indicios sufi- cientes de la existencia de una conducta constitutiva de acoso- acoso– o a instancia de parte, prestará apoyo y ayuda a los trabajadores/as presuntamente aco- sados/aslas personas trabajadoras presuntamen- te acosadas, y realizará las gestiones y trámites oportunos para el esclareci- miento de los hechos, recabando cuanta información considere conveniente y realizando las entrevistas y demás actuaciones que estime necesarias.

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Samples: Convenio Colectivo