Contrato número 288/16
Contrato número 288/16
Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 01 primero del mes de septiembre del año 2016 dos mil dieciséis, por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, representado por el Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, a quien en lo sucesivo se le denominará “LA SECRETARÍA”, y por otra parte la empresa denominada ACCIÓN PAZ JMX, SOCIEDAD CIVIL, representada por el C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, a quien en lo sucesivo se le denominará como “EL PROVEEDOR”, y cuando se refiera a ambas partes se les denominará como LAS PARTES, documento que sujetan a las siguientes declaraciones y cláusulas:
A N T E C E D E N T E S
ÚNICO.- Que mediante oficio número PRONAPRED/173/2016 de fecha 02 xx xxxxxx de 2016, signado por la Dra. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia solicita intervención para dar inicio al proceso de adquisición y contratación de bienes o servicios propuestos por los municipios beneficiarios, que con motivo del Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento de Apoyos a las Entidades Federativas en el Marco del Programa Nacional de Prevención del Delito , se celebró el 31 treinta y uno xx Xxxxx de 2016, entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado de Jalisco; al respecto, y con el objeto de dar cumplimiento al acuerdo de voluntades de referencia, resulta necesario solicitar la contratación de un servicio para la realización del programa denominado “Proyecto Niños, Niñas y Jóvenes en conflicto con la Ley para el Municipio de Tonalá” del Municipio de Tonalá, con número de folio SEA 51/0075-00.
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara el representante de “LA SECRETARÍA”:
a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 5, 12 fracción II, 14 fracciones XXXVII, LIX, LXVI, LXXI, LXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, 1 fracciones I, II, III, IV, V, 3 fracciones II, IV, IX, 4, 5, 6, 7 fracción I y TITULO TERCERO, CAPITULO I de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones, así como por lo establecido en los artículos 1, 2, 3 fracciones VIII, X, XI, 4 fracción II, 8, 32, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, 41, 42, 43, 44 Y 45 del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas todos ordenamientos del Estado de Jalisco.
b).- Comparece por conducto del Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 3 fracciones X, XI, 4, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas y de conformidad con lo que disponen los Artículos 4, 7, 13, 22, 33, 51 y 104 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco
c).- Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio, el ubicado en la Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 xxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 44270 de esta Ciudad.
II.- Declara el representante de “EL PROVEEDOR”:
a).- Que su representada quedó constituida originalmente como DIVETAC, Sociedad Civil bajo la Leyes Mexicanas, hecho que demuestra con la Escritura Pública número 4,130 cuatro mil ciento treinta, de fecha 27 veintisiete del mes xx xxxx del año 2010 dos mil diez, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Notario Público número 125 ciento veinticinco de la Municipalidad de Guadalajara, Jalisco, la que quedo inscrita en el Registro Público de la Propiedad en Guadalajara, Jalisco en la Sección de Personas Jurídicas bajo el Folio electrónico número 23309 con fecha 1° primero de septiembre de 2010 dos mil diez.
b).- Dicha sociedad tuvo diversas modificaciones: Que mediante la Escritura Pública número 22,056 veintidós mil cincuenta y seis de fecha 24 veinticuatro del mes de febrero de 2016 dos mil dieciséis pasada ante la Fe del Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Notario Público Titular No. 6 seis de la municipalidad de Tonalá Jalisco, se llevó a cabo la protocolización del acta de Asamblea General Extraordinaria y Totalitaria de Socios con fecha 20 veinte de enero de 2016 dos mil dieciséis día en que se acordó cambiar la denominación de la Sociedad de DIVETAC, SOCIEDAD CIVIL, por la de de ACCIÓN PAZ JMX, SOCIEDAD CIVIL, acto que quedo inscrita bajo el Folio Mercantil número 23309 en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Jalisco, con fecha 10 xx Xxxxx del año 2016.
c).- Que el Ciudadano C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, se encuentra facultado para contratar y obligarse a nombre de su representada en su carácter de Socio Administrador de la Sociedad Civil denominada “ACCIÓN PAZ JMX” tal como lo acredita en la escritura anteriormente referida, en la cual consta el otorgamiento de los poderes, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha, dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado de manera alguna.
d).- Que señala como el domicilio convencional de su representada para los fines de éste contrato, el ubicado en xxxxx Xxxxxxx, xxxxxx 0000 mil quinientos veintinueve, interior 101 ciento uno, en la Colonia Moderna, C.P. 44190, en Guadalajara, Jalisco, Teléfono (00) 00000000, Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx para efectos de comunicaciones y notificaciones en relación con el presente contrato Y continua declarando que su representada está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo la homo clave DIV1005276V6
e).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato y manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P26656 (letra “P” dos, seis, seis, cinco, seis) y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.
f).- Manifiesta que ha entregado a LA SECRETARÍA la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, expedido por el SAT
III.- Ambas partes declaran:
PRIMERO.-Ambas partes declaran que el presente contrato, cuyo objeto será solventado con RECURSOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO (PRONAPRED), correspondiente al ejercicio fiscal 2016 dos mil dieciséis, se origina con motivo de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL PRESENCIAL, número IA-914012998-E97-2016, derivada de la Solicitud de Aprovisionamiento 51/0075-00 para el “PROYECTO NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES EN CONFLICTO CON LA LEY PARA EL MUNICIPIO DE TONALÁ”. Del que resultó adjudicado
EL PROVEEDOR, mediante el Acta de Fallo de fecha 31 treinta y uno xx xxxxxx del año 2016 dos mil dieciséis, emitida por la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Abastecimientos de la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 36, 36 Bis fracción II y 37 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SEGUNDO.-Que EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con las especificaciones de dicho proceso, en lo subsecuente LA CONVOCATORIA, así como a su propuesta presentada, en lo subsecuente se le denominará LA PROPUESTA, en virtud de que forma parte integral del presente contrato, mismas que obran en el expediente del proceso descrito en el inciso inmediato anterior.
TERCERO.- Que se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- DE LA DEPENDENCIA. Las partes acuerdan que el Ayuntamiento del Municipio de Tonalá, y/o la Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en lo subsecuente LA DEPENDENCIA, serán las receptoras finales del objeto de este contrato.
SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es la contratación de los servicios de EL PROVEEDOR para que desarrolle el programa de “Proyecto niños, niñas”, cumpliendo con todos los términos LA CONVOCATORIA, y LA PROPUESTA de presentada
Objetivo general
Reducir la vulnerabilidad ante la violencia y la delincuencia de las poblaciones de atención prioritaria.
Estrategia 2.2: Instrumentar acciones que disminuyan los factores de riesgo de que adolescentes y jóvenes vivan en situaciones de violencia.
Acción 2.2.9.5. Implementación de proyectos de educación formal y no formal para jóvenes en conflicto con la ley. Indicador de resultado: Número de atenciones individuales y familiares otorgadas
Objetivos específicos:
• Proporcionar un seguimiento personal de los beneficiarios que formes parte del proyecto.
• Efectuar terapias psicológicas individuales y/o grupo.
• Lograr una reinserción mediante la educación formal y/o abierta para los beneficiarios.
• Brindar el espacio físico para los beneficiarios desarrollen habilidades interpersonales mediante actividades deportivas y/o culturales que refuercen el trabajo en equipo, la sensibilidad y la disciplina.
• Brindar atención psicológica a las familias de los beneficiarios.
• Gestionar apoyos sociales para beneficiar las condiciones de vida de las familias de los beneficiarios.
• Fomentar la sana convivencia familiar mediante la organización de actividades recreativas.
• Fomentar la integración y comunicación del beneficiario con su núcleo familiar y su entorno social.
Población objetivo: 61 beneficiarios (entre 12 y 17 años)
Lugar: Unidad Deportiva Xxxxx Xxxxxx, ubicada en calle Atemajac xx Xxxxxxxx S/N entre las calles Sayula y Teuchitlán, Col. La Jalisco
Descripción del servicio:
Según el diagnóstico PRONAPRED 2016 de Xxxxxx en el Polígono “Colonia Jalisco” el 43.80% manifiesta que se gritan e insultan cuando discute, el 32.90% se empujan o jalonean y el 25.10% han llegado a golpes, los menores que son detenidos en la dirección de prevención social del municipio, muchos de los padres no acuden por sus hijos cuando se les notifica que han sido detenidos “Proyecto, atención Especializada a Jóvenes en Conflicto con la Ley” tiene como objetivo contribuir con el desarrollo de habilidades para la vida en jóvenes y adolescentes que han cometido faltas administrativas, para que regresen a la escuela, además de reducir los factores de riesgo como impulsivilidad y actitudes antisociales que favorezcan su inclusión social. Se beneficiará a 61 jóvenes, hombres y mujeres de 12 y 17 años que hayan cometido faltas administrativas o terminadas algún programa de reinserción social y a sus familias, dando prioridad a aquellos jóvenes y adolescentes que no formen parte del sistema educativo. Se contará con un plan de intervención acorde a cada joven que incluya la gestión de servicios y apoyos particularmente para la provisión de oportunidades escolares, artísticas y en su caso laboral. Tendrá una duración de 3 meses. Como productos se tendrá un plan de vida por cada uno de los jóvenes y en relación con su familia. Además de la incorporación al sistema escolar si es el caso (proveer de insumos necesarios para su incorporación) además de un plan para el desarrollo de habilidades cognitivas, y se contará con una oferta de talleres de arte urbano en las que pueden ingresar. Se tomarán como base los jóvenes ya detectados durante 2015. Y tendrá una evaluación con indicadores de entrada y salida y monitoreo constante a cada uno de los beneficiarios.
Diseño de intervención:
Fase I: Convocatoria: Se convocará a la población identificada en las listas del Centro de Atención Integral Juvenil del Estado de Jalisco.
Fase II: Sensibilización: Estas fase se desarrollarán con talleres participativos que incluyan actividades lúdicas y motiven la reflexión y la construcción de conocimiento conjunto por parte de los participantes. Estas fases se desarrollarán durante todo el proceso del proyecto.
TEMA | OBJETIVO | CONTENIDOS MÍNIMOS |
Introducción al PRONAPRED | Conocimiento de los beneficiarios sobre el PRONAPRED | • ¿Qué es el PRONAPRED? • Finalidad del PRONAPRED • Integración, niveles de gobierno-participación ciudadana del PRONAPRED. |
¿Qué es la violencia? ¿Cómo la ejercemos? | Concientizar sobre las diversas formas en que se ejerce violencia juvenil. | • Definición de violencia • Violencia en el hogar • Violencia en la escuela • Violencia en la comunidad |
Trabajo en equipo | Brindar herramientas para el trabajo en equipo para el desarrollo personal y a favor de la comunidad | • Dificultades y ventajas del trabajo en equipo • Logro colectivo de objetivos • Estrategias cooperativas para construir comunidad • Inclusión social y sentido de pertenencia. |
La evaluación con relación al aprendizaje de habilidades para resolución pacífica de conflictos se realizara en tres momentos, al inicio, durante el proceso y al final de la intervención mostrando el conocimiento adquirido.
Fase 3 Organización e implementación.
I. La captación de beneficiarios será por coparticipación entre las entidades municipales y estatales.
II. Se realizará una intervención con trabajo social generando un diagnóstico individual y familiar.
III. Generar un plan de intervención/atención a los beneficiarios y a sus familias, priorizando la reinserción escolar, laboral y terapia ocupacional y recreativa.
IV. Monitoreo de resultados al inicio y durante la atención.
V. Bitácora de servicios brindados, registro de participantes, listado de asistencias a terapias individuales y/o familiares, sesiones de grupo y escuela para padres.
VI. Listado de constancias entregadas de estudio y/o capacitación.
VII. Listas de asistencias a clases deportivas y/o culturales
VIII. Remitir la programación de actividades semanales a la dependencia.
IX. Levantamiento de encuestas –proporcionadas por la dependencia- y evaluaciones al principio y al final de la intervención para la evaluación del proyecto de identificación de factores de riesgo.
Recursos humanos: Profesionistas psicólogos, trabajadores sociales, maestros de cultura física y deporte, pedagogos, en arte, abogados y especialistas en prevención de la violencia y la delincuencia.
Recursos Materiales: -TODOS LOS MATERIALES Y LAS CANTIDADES DEBERÁN ESTAR PREVIAMENTE APROBADAS POR LA DEPENDENCIA.
CRONOGRAMA
ACTIVIDADES / FECHA | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | |||||||||
SEMANA | SEMANA | SEMANA | ||||||||||
0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | |
Primer contacto con la población objetivo | ||||||||||||
Registro de niños, niñas y jóvenes participantes |
Identificación de lugares de trabajo | ||||||||||||
Actividades deportivas y culturales | ||||||||||||
Fase de sensibilización | ||||||||||||
Proceso de identificación y levantamiento de diagnósticos individuales | ||||||||||||
Diseño y elaboración del plan y modelo de intervención | ||||||||||||
Formación de grupos de trabajo | ||||||||||||
Inicio y seguimiento de terapias individuales | ||||||||||||
Inicio y seguimiento de tutorías | ||||||||||||
Activaciones con vecinos y familiares | ||||||||||||
Conclusión del plan de vida | ||||||||||||
Canalización para la continuidad de la terapia | ||||||||||||
Conexión con un sistema escolar formal o capacitación para el trabajo | ||||||||||||
Cierre y entrega de resultados |
Entregable 1: Diagnósticos clínicos –propuesta de la institución- por beneficiario-familia; plan de intervención por beneficiario-familia; bitácora de servicios brindados por área, ámbito, tema y objetivo. Entrega del modelo de intervención –temas y técnicas a utilizar- para el trabajo grupal –PREVIAMENTE APROBADO POR LA DEPENCIA-. Evaluaciones de satisfacción por día de trabajo.
Entregable 2: Documento de seguimiento por beneficiario donde se detalle los servicios que cada uno ha recibido de manera individual y grupal, por ejemplo: constancias de ingreso a escuelas regulares o de capacitación para el trabajo –formal y no formal- en caso de beneficiarios con problemas psiquiátricos y/o con adicción mostrar evidencias del acompañamiento a instituciones competentes-.
Entregable 3: Informe final de intervención con jóvenes en conflicto con la ley. Evaluación de los resultados, comprobantes que acrediten la inserción escolar o laboral, cultural o deportiva, memoria fotográfica a color que acrediten las sesiones de trabajo. Bitácora de trabajo. Todos los entregables por etapa deberán entregarse impresos, en una memoria y dos discos compactos. Resumen ejecutivo en que se muestre de manera clara la relación entre objetivos, metodología y logros del proceso de cada uno de los componentes.
Todas las encuestas y listas de asistencia se entregarán originales y capturados (en archivos separados y correctamente identificados) en una tabla simple de Excel –formato establecido- con todos los campos de las encuestas.
Consideraciones: Se entregará de manera semanal los jueves antes de las 16:00 hrs. los calendarios e informes de la semana anterior y de la subsecuente durante todo el proceso del proyecto, en los formatos establecidos por la dependencia.
El responsable del proyecto en campo deberá ser una sola persona, solvente en la parte técnica y tener disponibilidad de tiempo para atender e informar sobre el proceso de ejecución. El responsable del proyecto informará a la dependencia mediante un formato que establezca la dependencia.
Para difundir y convocar a los beneficiarios el proveedor deberá ajustarse a las políticas del manual de identidad del PRONAPRED y del programa en el Estado, mediante los formatos establecidos por la dependencia (En los formatos y medios que se consideren más convenientes para este fin).
EL PROYECTO NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES EN CONFLICTO CON LA LEY” debe de cumplir con las especificaciones ofertadas en el anexo 1 LA CONVOCATORIA así como en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR respecto de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL PRESENCIAL, número IA-914012998-E97-2016,
derivada de la Solicitud de Aprovisionamiento 51/0075-00, documentos que para efectos de referencia y cumplimiento forman parte integral del presente acuerdo de voluntades.
TERCERA.- DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL PROVEEDOR deberá terminar el servicio a mas tardar el 30 treinta de Noviembre del 2016 dos mil dieciséis, el tiempo de entrega empezará a contar a partir del día siguiente de la fecha de notificación del fallo, bajo su estricta responsabilidad en los términos y condiciones de LA CONVOCATIORIA y a entera satisfacción de LA DEPENDENCIA.
Una vez recibidos los servicios el /la titular la de la COMISIÓN INTERISTITUCIONAL ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA y/o el Municipio Beneficiado, dispondrá de un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles para la revisión y en su caso aceptación de conformidad, misma que deberá asentarse por escrito, señalando que los servicios corresponden a las especificaciones técnicas señaladas en el contrato a fin de que el proveedor pueda emitir y entregar su factura o bien, al término de este plazo se deberá informar al proveedor de las irregularidades identificadas en los servicios prestados.
Entregables para el pago:
N° Pago | Periodo máximo de entrega | Porcentaje del servicio que se cubrirá | Porcentaje que representa el entregable | Documento contra el que se hace el pago |
1 | Mes uno | 40% | 8% | Apertura de los diagnósticos clínicos por beneficiario y familia |
8% | Plan de intervención por beneficiario familia. | |||
8% | Bitácora de servicios a brindar por área, ámbito, tema y objetivo. | |||
8% | Entrega del modelo de intervención. | |||
8% | Evaluaciones de satisfacción por día de trabajo. | |||
2 | Mes dos | 30% | 3% | Documento de seguimiento por beneficiario donde se detalle los servicios que cada uno ha recibido (constancias de ingreso a escuelas formales o no formales, capacitación para el trabajo formal, canalizaciones) |
7% | Listas de asistencia | |||
7% | fotografías | |||
6% | Relatoría de trabajo | |||
7% | Avances de expedientes | |||
3 | Mes tres | 30% | 6% | Informe final |
6% | Evaluación de resultados |
5% | Comprobantes que acrediten la inserción escolar o laboral, cultural o deportiva. | |||
4% | Memoria fotográfica a color que acrediten las sesiones de trabajo. | |||
5% | Bitácora de trabajo | |||
4% | Resumen ejecutivo |
EL PROVEEDOR estará de acuerdo de que hasta en tanto ello no se cumpla, los servicios no se tendrán por recibidos o aceptados.
CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 01 primero del mes de septiembre del año 2016 dos mil dieciséis, y deberá concluir el día 30 treinta de Noviembre del mismo año, a excepción de las garantías, las cuales seguirán surtiendo sus efectos hasta el término de su vigencia.
QUINTA.- DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio por el objeto de este contrato por la cantidad de $978,596.00 (Novecientos setenta y ocho mil quinientos noventa y seis pesos 00/100 Moneda Nacional) Impuesto al Valor Agregado incluido.
SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, realizará el pago a EL PROVEEDOR en 3 tres exhibiciones en Moneda Nacional, de conformidad con la tabla anexa en la cláusula tercera, lo anterior dentro de los 10 diez días hábiles contados a partir de la entrega de los documentos siguientes:
Pago
a) Original y 1 una copia de la factura, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx 281 Guadalajara Centro, Guadalajara Jalisco, C.P. 44100 R.F.C. SPC130227L99, validada por LA DEPENDENCIA.
b) 1 una copia del Contrato.
c) 1 una copia de la garantía señalada en la cláusula séptima de este contrato.
d) Oficio de entera Satisfacción de la recepción del servicio, emitido por LA DEPENDENCIA.
La gestión del pago surtirá efecto una vez que se cuente con la aprobación del Titular Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia a la prestación del servicio y tras revisar y aceptar los entregables respectivos.
En caso de que las facturas entregadas para su pago presenten errores o deficiencias, LA SECRETARÍA dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la indicación de las deficiencias y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del plazo de pago estipulado.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que EL PROVEEDOR deba efectuar, en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que LA SECRETARÍA pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente conforme a lo estipulado en el contrato. Es requisito indispensable para el pago que el proveedor realice la entrega de la garantía de cumplimiento del contrato de los servicios adjudicados.
El PROVEEDOR podrá ceder en forma parcial o total en favor de cualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro de los contra recibos derivados del contrato, previo consentimiento de LA SECRETARÍA.
SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. A la firma del presente contrato, EL
PROVEEDOR se obliga entregar en los términos de LA CONVOCATORIA una garantía que responda por el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, a favor de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, a través de cheque certificado o de caja, en efectivo mediante billete de depósito tramitado ante la Recaudadora N° 000 de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco o mediante fianza expedida por una institución mexicana legalmente autorizada, por el importe del 10% diez por ciento, del monto total señalado en la cláusula quinta del presente contrato, sin el Impuesto al Valor Agregado y con una vigencia de 12 doce meses, contados a partir de la firma del presente contrato, con el fin de garantizar el cumplimiento de este instrumento La garantía aludida solo podrá ser cancelada mediante comunicación escrita por parte de LA SECRETARÍA. EL PROVEEDOR está obligado a modificar la garantía descrita en la presente cláusula, en caso de prorroga o adendum, lo anterior de conformidad con el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La garantía referida podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo por cualquier incumplimiento en las obligaciones establecidas en este contrato, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contratadas por parte de El PROVEEDOR de conformidad con lo dispuesto por el artículo 48 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA.- DE LA PENALIZACIÓN POR ATRASO EN EL SERVICIO. En caso que EL PROVEEDOR no preste en tiempo y forma el servicio objeto de este contrato por cualquier causa que no sea imputable a LA SECRETARÍA o a LA
DEPENDENCIA, LA SECRETARÍA podrá descontar a EL PROVEEDOR del monto total del contrato Impuesto al Valor Agregado incluido, el 3% tres por ciento cuando el atraso se encuentre entre 1 uno a 10 diez días naturales, el 6% seis por ciento cuando el atraso se encuentre entre 11 once a 20 veinte días naturales y el 10% diez por ciento, cuando el atraso se encuentre de 21 veintiuno a 30 treinta días naturales, de 31 treinta y un días naturales en adelante se podrá rescindir el presente contrato
LA SECRETARÍA podrá aplicar la penalización que corresponda o podrá rescindir el contrato a causa del incumplimiento en la prestación de los servicios en los tiempos y/o condiciones establecidas en el presente contrato. En caso de rescisión por esta causa EL PROVEEDOR pagará como pena convencional el 10% diez por ciento del monto total del contrato.
NOVENA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA de acuerdo a lo señalado en los artículos 54 y 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículos 98 y 102 de su Reglamento, podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento cuando estas causas sean el motivo de la rescisión. En caso de rescisión se aplicará la garantía de cumplimiento.
En consecuencia, se procederá en los términos legales para adjudicar el contrato correspondiente al participante que ocupe el segundo lugar en la evaluación, y así sucesivamente, siempre que la diferencia se encuentre dentro del margen del 10% (diez por ciento) del precio, respecto de la proposición originalmente adjudicada.
LAS CAUSALES PARA LA RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES AL PROVEEDOR SERÁN LAS SIGUIENTES:
a) Por no apegarse a lo estipulado en el contrato y su anexo.
b) Por negarse a reponer lo rechazado por LA SECRETARÍA y/o la COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA y/o EL MUNICIPIO BENEFICIADO.
c) Por no presentar la garantía de cumplimiento
d) Por presentar una fianza apócrifa.
e) Por negar a LA SECRETARÍA, COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA o al MUNICIPIO DE BENEFICIARIO o a quienes estén facultados por ellas, las facilidades para la supervisión de la prestación de los servicios.
f) Cuando autoridad competente lo declare en concurso mercantil o alguna figura análoga o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte su patrimonio en tal forma que le impida cumplir con las obligaciones asumidas en el contrato.
g) Por contravenir los términos y condiciones del contrato o las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.
h) Si se comprueba que la manifestación a que se refiere la declaración establecida en el punto
2.1.2 de LA CONVOCATORIA se realizó con falsedad.
i) Cuando el importe de las penalizaciones rebase el 10% (diez por ciento) del importe máximo del contrato sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.
j) En caso de que en más de 2 ocasiones le sea rechazado el servicio o se retrase en prestación del mismo, con independencia LA SECRETARÍA podrá hacer efectiva la penalidad por el atraso.
El procedimiento de rescisión a que alude este apartado podrá iniciarse en cualquier momento mientras tanto no se satisfagan las obligaciones del contrato.
Para los efectos de la rescisión administrativa LA SECRETARÍA por conducto del titular de la Dirección General Xxxxxxxx comunicará por escrito a el proveedor, la causa o causas en que éste haya incurrido para que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga, aporte, las pruebas que estime pertinentes y en su caso formule alegatos que a su derecho corresponda.
Transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, el titular de la Dirección General Xxxxxxxx, tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidas y alegatos formulados por el proveedor, determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato y el titular de la Dirección General de Abastecimientos comunicará por escrito a el proveedor dicha determinación, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes.
Cuando se rescinda el contrato el titular de la Comisión Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, por concepto de los servicios prestados hasta el momento de la rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el contrato, se prestaren los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la Comisión
Interinstitucional Estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
DÉCIMA.- DE LA CESION. EL PROVEEDOR no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el personal que contrate o emplee con motivo de la prestación del servicio objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA, LA DEPENDENCIA y/o entidad pública involucrada, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la ley federal del trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad
total para el caso de que se infrinjan derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas o cualquier otro derecho xx xxxxxxx, con motivo de la firma del presente contrato.
DÉCIMA TERCERA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, previo aviso que por escrito realice al proveedor, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación, con excepción de lo estipulado en el supuesto de rescisión.
Así mismo LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada cuando ocurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En ambos supuestos LA SECRETARÍA deberá liquidar, en su caso, al proveedor los servicios que hubieran sido aceptados a su entera satisfacción, conforme al contrato y que no se hubieran pagado así como los gastos no recuperables en que haya incurrido siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
DÉCIMA CUARTA.- DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA será la encargada de vigilar e inspeccionar que los servicios objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones solicitadas en el anexo de especificaciones de LA CONVOCATORIA, teniendo las facultades para designar al personal que estime necesario para tal efecto. Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.
DÉCIMA QUINTA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.
DÉCIMA SEXTA.- DE LA AUTORIZACIÓN PARA UTILIZAR LOS DATOS PERSONALES. El PROVEEDOR y su
representante en su caso, de conformidad con los artículo 8 y 9 de la Ley Federal para la Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares, por medio de esta cláusula autorizan a LA SECRETARÍA a utilizar sus datos personales que aparecen en el padrón de proveedores, los documentos del proceso del que se deriva el presente contrato y el presente documento, para que sean publicados en la página de Transparencia de LAS DEPENDENCIAS del Estado de Jalisco.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en LA CONVOCATORIA, y para lo no previsto en los anteriores se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Representante Legal de Acción Paz JMX, Sociedad Civil. |
TESTIGO | TESTIGO |
Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Director de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco | Licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
YGA ☺
Xxxxxxx Xxxxxxx
La presente hoja de firmas forma parte del contrato número 288/16 de fecha 01 primero de septiembre del año 2016 dos mil dieciséis, celebrado por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y la empresa denominada Acción Paz JMX, Sociedad Civil.