Contract
CONTRATO: | No. 138 DE 2020 |
CONTRATANTE: | UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC. |
NIT: | 000000000-1 |
RESPONSABLE: | XXXXX XXXXXX XXXXXXX |
CARGO: | RECTOR |
CONTRATISTA: | EQUIPOS Y LABORATORIO DE COLOMBIA S.A.S. |
NIT: | NIT. 000.000.000-5 |
OBJETO: | CONTRATAR LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES E INSUMOS CON DESTINO AL PROYECTO FORTALECIMIENTO, ADECUACIÓN CIENTÍFICA, INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DEL LAB. BIOLOGÍA MOLECULAR, GEBIMOL, UPTC, PARA ATENDER PROBLEMÁTICAS ASOCIADAS CON AGENTES BIOLÓGICOS DE ALTO RIESGO PARA LA SALUD HUMANA DEL DPTO. BOYACÁ; SGI 2973, CON EL FIN DE ATENDER Y MITIGAR LOS EFECTOS NEGATIVOS DEL CORONAVIRUS COVID - 19´. SEGUN CDP DEL SPGR No. 10220 |
VALOR INICIAL: | TRESCIENTOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS MONEDA LEGAL ($311´876.354) |
PLAZO EJECUCIÓN: SETENTA Y CINCO (75) DIAS CALENDARIO, CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIA APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS REQUERIDAS POR LA UNIVERSIDAD | |
RUBRO: Sección 010101 Unidad Administrativa - Gestión 3.10.6 Fortalecimiento, adecuación científica, infraestructura y tecnología del lab. Biología Molecular, GEBIMOL, UPTC, para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana del dpto. Boyacá". Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1840 de 2020. |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 7.214.337 expedida en Duitama, en su calidad de Rector y Representante Legal de la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC, con NIT. 000000000-1; debidamente
facultado por la Ley 30 de 1992 y los Acuerdos 066 de 2005 y 074 de 2010, quien en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, por una parte; y por la otra, EQUIPOS Y LABORATORIO DE COLOMBIA, S.A.S., con identificación NIT. 000.000.000-5, como persona jurídica constituida mediante documento Xxxxxxx xx xxxxx 05 de 2010 registrada en esta Entidad en abril 30 de 2010, en el libro 9, bajo el número 6524; dicha sociedad se encuentra representada legalmente por el señor XXXXXXXX XXXXX XXXX XXXX, identificado con Cedula de Ciudadanía No. 43.118.872, quien se denominará EL CONTRATISTA; hemos convenido celebrar la presente Contrato No. 138 de 2020, según los soportes que hacen parte integral del contrato, el cual se regirá por las normas que regulan la materia previa las siguientes: CONSIDERACIONES: 1). Que mediante Resolución 385 del 12 xx xxxxx de 2020, el Ministerio de Salud y Seguridad Social, declaró el estado de emergencia sanitaria, en todo el territorio colombiano, permitiendo adoptar medidas de carácter temporal, a partir del uso y fomento de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones, Tics, para enfrentar la contingencia generada por el COVID-19. 2). Que con el fin de mitigar los riesgos asociados a las infecciones y los efectos de las mismos, en el marco de la emergencia sanitaria por causa de la pandemia del coronavirus Covid 19, las autoridades nacionales, departamentales y municipales han adoptado diversas medidas entre ellas la cuarentena y el aislamiento obligatorio; por lo que en cumplimiento de aquellas y las recomendaciones emitidas por la OMS, la Universidad ha adoptado determinaciones para la atención y mitigación del coronavirus COVID-19 y sus efectos. 3). Que mediante Circular conjunta 011 de 9 xx xxxxx de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Educación Nacional, hicieron recomendaciones para la prevención, manejo y control de la infección respiratoria aguda por el nuevo coronavirus en el entorno educativo. 4). Que mediante Resolución 385 del 12 xx xxxxx de 2020, el Ministerio de Salud y Seguridad Social, declaró el estado de emergencia sanitaria, en todo el territorio colombiano, permitiendo adoptar medidas de carácter temporal, a partir del uso y fomento de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones, TICs, para enfrentar la contingencia generada por el COVID-19. 5). En respuesta a esta situación se han venido fortaleciendo los
procesos asociados a la prevención y control por este virus con la emisión de la Circular Externa 005 de 2020 donde se establecen directrices para los diferentes actores del Sistema se Salud que incluye a las entidades territoriales de salud, para la preparación, contención, vigilancia activa, detección temprana, aislamiento y manejo de casos, seguimiento de contactos y la prevención de la propagación de la infección, en las diferentes fases. 6). Que en respuesta a la situación generada por la Pandemia COVID-19, fue expedido el decreto Legislativo 513 del 2 xx xxxxx de 2020, el cual por medio del artículo 7 dispone que en relación con los recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación el Órgano Colegiado de Administración y Decisión podrá, en el marco de las convocatorias públicas, abiertas y competitivas, aprobar aquellas encaminadas a proyectos de inversión orientados a conjurar las causas que motivaron la expedición del Decreto Legislativo 417 de 2020 y en sesión realizada el 6 xx xxxxx de 2020 del SGR se sometieron a aprobación del OCAD los términos de referencia de la CONVOCATORIA DEL FONDO DE CTeI DEL SGR PARA EL FORTALECIMIENTO DE LABORATORIOS REGIONALES CON POTENCIAL DE PRESTAR SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS PARA ATENDER PROBLEMÁTICAS ASOCIADAS CON AGENTES BIOLÓGICOS DE ALTO RIESGO PARA LA SALUD HUMANA. 7). Que mediante Acuerdo 90 del
6 xx xxxxx de 2020, del Órgano Colegiado de Administración y Decisión del FCT1 OCAD, se dispuso la realización de la Convocatoria del fondo de CTeI del SGR para el fortalecimiento de laboratorios regionales con potencial de prestar servicios científicos y tecnológicos para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana. Convocatoria en la que participo la Universidad y fue considerada idónea para la ejecución del proyecto presentado. 8). Que mediante Acuerdo Nº 093 de 15 xx xxxx de 2020 del Órgano Colegiado de Administración y Decisión OCAD del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación Del Sistema General de Regalías Ministerio de Ciencia, Tecnología E Innovación, se viabiliza y aprueba el proyecto de la Universidad Pedagógico y Tecnología de Colombia para el “Fortalecimiento, adecuación científica, infraestructura y tecnología del Laboratorio de Biología Molecular, GEBIMOL, UPTC, para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana en el departamento de Boyacá”, con el fin de mitigar y prevenir la propagación del COVID -19 y teniendo en consideración que las entidades prestadoras del servicio de salud, se encuentran en la actualidad colapsadas, requiriendo de manera inminente la adecuación del laboratorio de Genética y Biología Molecular-GEBIMOL, para el diagnóstico oportuno de dicha patología que permita a las autoridades competentes la toma de decisiones en el Departamento de Boyacá y en la región del oriente colombiano. 9). Que en cifras del Instituto Nacional de Salud, el Departamento de Boyacá constituye un Departamento con nivel elevado de casos reportados de contagio con Covid-19 en Colombia, resulta indispensable la necesidad de adquirir los equipos necesarios para la adecuación y puesta en funcionamiento del laboratorio Adecuación del laboratorio de Genética y Biología Molecular-GEBIMOL, de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, sede Tunja, para el diagnóstico de SARSCoV-2 y de otras potenciales enfermedades epidemiológicas en el departamento de Boyacá y en la región del oriente colombiano, la cual debe realizarse en el menor tiempo posible, ya que como bien lo ha manifestado la Organización Mundial de la Salud, este virus es de fácil propagación en tanto: “(…)Una persona puede contraer la COVID-19 por contacto con otra que esté infectada por el virus. La enfermedad se propaga principalmente de persona a persona a través de las gotículas que salen despedidas de la nariz o la boca de una persona infectada al toser, estornudar o hablar (…). Estas gotículas pueden caer sobre los objetos y superficies que rodean a la persona, como mesas, pomos y barandillas, de modo que otras personas pueden infectarse si tocan esos objetos o superficies y luego se tocan los ojos, la nariz o la boca”, acogiendo entonces la contratación directa en su causal de urgencia Manifiesta para trámite de dicho proceso contractual. 10). Que el Decreto Ley No. 440 del 2020 dispuso en su artículo 7 que con ocasión de la declaratoria de estado de emergencia económica, social y ecológica, y en los términos del artículo 42 de la Ley 80 de 1993, se entiende comprobado el hecho que da lugar a declarar la urgencia manifiesta por parte de las entidades estatales, para la contratación directa del suministro de bienes, la prestación de servicios o la ejecución de obras en el inmediato futuro, con el objetivo de prevenir, contener y mitigar los efectos de la Pandemia del coronavirus COVID-19; en este mismo artículo estableció
1 Plan Bienal de Convocatorias Públicas Abiertas y Competitivas del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema Gener al de Regalías 2019 – 2020
que (…)las entidades excluidas de la Ley 80 de 1993 podrán contratar de manera Directa clase de bienes y servicios. 11). Que el Acuerdo 025 de 18 xx xxxx de 2020 “Por el cual se adiciona y modifica transitoriamente, el artículo 24 del Acuerdo 074 de 2010, Estatuto de Contratación de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, modificado por el Acuerdo 064 de 2019”, atendiendo la situación de emergencia Declarada por el Gobierno Nacional en razón de la pandemia, estableció de manera transitoria como causal de contratación directa en razón de su naturaleza la Urgencia manifiesta que se “Se configura para atención y mitigación, conforme a la declaratoria de emergencia, originada por coronavirus Covid-19”. 12). Que, la Universidad en Resolución No. 2032 del 22 xx xxxx de 2020 declaró en la Universidad la Urgencia manifiesta para la Contratación de bienes, servicios y/o la ejecución de obras en el inmediato futuro, necesarios para atender y mitigar los efectos de la pandemia originada por Coronavirus Covid-19 constituyéndose en el mecanismo legal e idóneo para adelantar las contrataciones que se requieren y estableciendo en su artículo 1 que serán además “…con la finalidad de atender y mitigar sus efectos, garantizando la continuidad en la prestación del servicio de educación y fines de la Universidad”. 13). Que según lo anterior, existe Solicitud de bienes y servicios No. 790 de 2020 Código: A-GC-P01-F01 suscrita por el XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX supervisor del Proyecto, director Grupo GEBIMOL de la Universidad y también por el Ordenador del Gasto solicitando LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES E INSUMOS CON DESTINO AL PROYECTO FORTALECIMIENTO, ADECUACIÓN CIENTÍFICA, INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DEL LAB. BIOLOGÍA MOLECULAR, GEBIMOL, UPTC, PARA ATENDER PROBLEMÁTICAS ASOCIADAS CON AGENTES BIOLÓGICOS DE ALTO RIESGO PARA LA SALUD HUMANA DEL DPTO. BOYACÁ; SGI 2973, CON EL FIN DE ATENDER Y MITIGAR
LOS EFECTOS NEGATIVOS DEL CORONAVIRUS COVID - 19´, señalado requerir estos materiales en tanto “Mediante artículo N° 53 del Acuerdo N° 93 del 15 xx xxxx de 2020, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación (FCTeI) del Sistema General de Regalías (SGR), viabilizó, priorizó y aprobó el proyecto de inversión identificado con código BPIN 2020000100175 denominado “Fortalecimiento, adecuación científica, infraestructura y tecnología del lab. Biología Molecular, GEBIMOL, UPTC, para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana del dpto. Boyacá”(…) Se requiere la compra de estos materiales e insumos con el fin de realizar procedimientos relacionados a pruebas diagnósticas de agentes Biológicos de alto riego para la Salud Humana; dichos materiales hacen parte del requerimiento básico del laboratorio y presupuesto aprobado por el SGR”. 14). De conformidad con lo anterior, la Universidad por intermedio del Departamento de Contratación y con apoyo del solicitante, realizó Estudio xx Xxxxxxx que contiene el Análisis Técnico y Económico para la determinación de posibles proveedores según las condiciones técnicas requeridas, beneficios adicionales y menor valor de adquisición; conforme a cotizaciones y/u ofertas recibidas, las cuales fueron valoradas de manera objetiva, buscando la mejor relación costo – beneficio para la Universidad y obteniendo que:
humana en el departamento de Boyacá” SGI 2973, bajo la convocatoria “Convocatoria del fondo de CTEI del SGR para el fortalecimiento de laboratorios regionales con potencial de prestar servicios científicos y tecnológicos para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana”, atentamente enviamos a usted lo siguiente: 1. Hoja de Excel con el análisis, sugerencia y justificaciones para la compra del ítem de MATERIALES Y CONSUMIBLES del proyecto. Este análisis a partir de las cotizaciones recibidas por su unidad:
(…)Kit de extracción de ARN compatible con automatizador KINGFISHER FLEX para 20000 muestras con plásticos reactivos y elementos básicos. Kit basado en el sistema xx xxxxxx magnéticas. Flexible para ser usado de manera manual. Plásticos y reactivos asociados
a). Análisis técnico: Análisis técnico: mediante comunicación de fecha veinticinco (25) xx xxxxxx de 2020, el profesor XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX supervisor del Proyecto y Director Grupo GEBIMOL, manifiesta que “…dentro del proceso de compras que llevamos realizando bajo urgencia manifiesta para el proyecto “Fortalecimiento, adecuación científica, infraestructura y tecnología del Lab. Biología Molecular, GEBIMOL, UPTC, para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud
con el procedimiento de extracción deben tener un costo global competitivo: esto implica un costo de aproximadamente $12000 cop por muestra. Aprobado por FDA para diagnóstico de coronavirus. PROVEEDOR SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS
ACLARATORIAS Aprobado por FDA para diagnóstico de SARS-CoV-2 Química para el equipo de automatización de extracción de ácidos nucleicos que se escogió: KINGFISHER FLEX Menores costos globales para el procesamiento de cada muestra Facilidad y menor tiempo en la extracción de RNA gracias al sistema xx xxxxxx magnéticas (96 muestras en 25 min) Mayor capacidad de muestras simultáneas a bajo costo. Versatilidad para el procesamiento de muestras de DNA y RNA Garantía y capacitación fabrica
(…) Bolsa de tubos de 0.2 ml (1000tubos) en strips de 8/125. No Caps and plates, low profile, xxxxx, 120/PK. ThermoFisher- Compatibilidad para lectura de Termociclador Quanta 5 de la misma compañia. (Para 30000 reacciones). Aseguramiento de disponibilidad dado que este elemento se encuentra sobredemandado en el mercado mundial debido a la pandemia. PROVEEDOR SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS
ACLARATORIAS Precio Compatibilidad para lectura de Termociclador Quanta 5
(…)Bolsa de tapas para tubos de 0,2 ml (2400 tapas) en strips de 8/300, para 25000 reacciones. Optical Flat 8-Cap strips and films for PCR Tubes and plates. ThermoFisher- Compatibilidad para lectura de Termociclador Quanta 5 de la misma compañia. Aseguramiento de disponibilidad dado que este elemento se encuentra sobredemandado en el mercado mundial debido a la pandemia. PROVEEDOR SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS Precio Especificidad para lectura de Termociclador Quanta 5 Entrega parcial desde 30 días hasta 75 días.
(…) Pipeta Multicanal, 1-10 μL 12- Canales. Con garantía superior a un año. La marca debe ser reconocidad dado que se requiere solida garantía de precisión y especificidad. Que incluya reservorios para la toma de líquidos compatibles con las mismas micropipetas. Garantia de disponibilidad dado que este elemento se encuentra sobredemandado en el mercado mundial debido a la pandemia (…) PROVEEDRO SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS Mejor precio que otras ofertas. Garantía de tres años, con expansión a 5 años. Facilidad de entrega Incluye reservorios para multicanal y set inicial de puntas La marca es ampliamente reconocida en el mercado, lo que soporta el alto grado de exactitud y precisión requerido para el elemento Entrega parcial desde 30 días hasta 75 días.
(…) Pipeta multicanal 10-100 μL, 12 Canales. Con garantía superior a un año. La marca debe ser reconocidad dado que se requiere solida garantía de precisión y especificidad. Que incluya reservorios para la toma de líquidos compatibles con las mismas micropipetas. Garantia de disponibilidad dado que este elemento se encuentra sobredemandado en el mercado mundial debido a la pandemia. PROVEEDOR SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS Mejor precio que otras ofertas. Garantía de tres años, con expansión a 5 años. Facilidad de entrega Incluye reservorios para multicanal y set inicial de puntas La marca es ampliamente reconocida en el mercado, lo que soporta el alto grado de exactitud y precisión requerido para el elemento Entrega parcial desde 30 días hasta 75 días.
(…) Pipeta multicanal 30-300 μL 12- Canales. Con garantía superior a un año. La marca debe ser reconocidad dado que se requiere solida garantía de precisión y especificidad. Que incluya reservorios para la toma de líquidos compatibles con las mismas micropipetas. Garantia de disponibilidad dado que este elemento se encuentra
SELECIONADO. Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS. Mejor precio que otras ofertas. Garantía de tres años, con expansión a 5 años. Facilidad de entrega. Incluye reservorios para multicanal y set inicial de puntas La marca es ampliamente reconocida en el mercado, lo que soporta el alto grado de exactitud y precisión requerido para el elemento Entrega parcial desde 30 días hasta 75 días.
(…) Juego de 4 pipetas 0,2-2, 20, 200 y 1000 μl Monocanal. Con garantía superior a un año. La marca debe ser reconocidad dado que se requiere solida garantía de precisión y especificidad. Aseguramiento de disponibilidad dado que este elemento se encuentra sobredemandado en el mercado mundial debido a la pandemia. PROVEEDOR SELECCIONADO. Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS Mejor precio que otras ofertas. Garantía de tres años, con expansión a 5 años. Facilidad de entrega La marca es ampliamente reconocida en el mercado, lo que soporta el alto grado de exactitud y precisión requerida para el elemento Entrega parcial desde 30 días hasta 75 días.
(…) Caja x 500 unds de tubos criovial de 1,8 ml, tapa externa, en polipropileno, estéril, libre de Dnase, Rnase y pirogenos. Aseguramiento de disponibilidad dado que este elemento se encuentra sobredemandado en el mercado mundial debido a la pandemia. PROVEEDOR SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS Facilidad de
entrega Compromiso de disponibilidad ante la sobredemanda de este elemento en el mercado No se recibieron otras cotizaciones ante llamado a ofertar. Es posible que esto sea debido a la escasez del elemento en el mercado por la sobredemanda ante la pandemia mundial. Entrega parcial desde 30 días hasta 75 días.
(…) Caja de tubos para PCR (individuales) con tapa plana, capadidad de 0.2 ml, color natural. Paquete x 1000 uni. Compromiso de disponibilidad dado que este elemento se encuentra sobredemandado en el mercado mundial debido a la pandemia. PROVEEDOR SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869. JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS. Mejor precio que
otras ofertas. Facilidad de entrega No se recibieron otras cotizaciones ante llamado a ofertar. Es posible que esto sea debido a la escasez del elemento en el mercado por la sobredemanda ante la pandemia mundial. Entrega parcial desde 30 días hasta 75 días.
(…) Caja x 500 Tubos de 15 ml. En polipropileno, tipo falcon, estéril, libre de DNase, RNAse y pirogenos, 13,000 x g. PROVEEDOR SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869 JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS
Precio y marca de los plásticos Facilidad de entrega. Entrega parcial desde 30 días hasta 75 días
humano. Aseguramiento de disponibilidad dado que este elemento se encuentra sobredemandado en el mercado mundial debido a la pandemia. PROVEEDOR SELECCIONADO Equipos y Laboratorios con número de referencia 78869 JUSTIFICACION SELECCIÓN DEL PROVEEDOR Y NOTAS ACLARATORIAS. Mejor precio y facilidad y compromiso de entrega parcial desde 30 días hasta 75 días.
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b) Análisis económico: De conformidad con las ofertas recibidas, se procedió a realizar el respectivo estudio xx xxxxxxx en igualdad de condiciones: encontrado que el precio más bajo, mejores beneficios teniendo como factores de selección la relación calidad / precio conforme lo establecido en el Numeral 5 del numeral 16-1 del Acuerdo 074 de 2010, modificado por el acuerdo 064 de 2019 que señala “(…)La justificación de los factores de selección que permitan identificar la oferta más favorable a la Universidad, teniendo en
(…) Paquete x 1000 tubos eppendorf de 2 ml. No esteril, libres de DNasa, RNasa y ADN
cuenta los elementos de calidad y precio soportados en concepto técnico y estudio xx xxxxxxx, que representan la mejor relación costo-beneficio”.
Y Agrega en comunicación con asunto “Asunto: aclaración cantidades compra de materiales, proyecto BPIN 2020000100175 que “(…) Dentro del proceso de compras que llevamos realizando bajo urgencia manifiesta para el proyecto “Fortalecimiento, adecuación científica, infraestructura y tecnología del Lab. Biología Molecular, GEBIMOL, UPTC, para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana en el departamento de Boyacá” SGI 2973, bajo la convocatoria “Convocatoria del fondo de CTEI del SGR para el fortalecimiento de laboratorios regionales con potencial de prestar servicios científicos y tecnológicos para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana”, aclaramos que: La cantidad solicitada para cada uno de los ítems de las cotizaciones correspondientes para Equipos y Laboratorios de Colombia SAS y Suministros Clínicos Isla SAS es equivalente a la señalada en la solicitud 790 radicada el 31 de julio de 2020 en el departamento de contratación”.
15). Que después de analizar las ofertas recibidas, conforme al análisis técnico y económico para Universidad, la más favorable es la presentada por la empresa EQUIPOS Y LABORATORIOS DE COLOMBIA, S.A.S. con identificación NIT. 000.000.000-5. 16). Qué el Departamento de Presupuesto de la Vicerrectoría Administrativa y Financiera, expidió para la vigencia fiscal 2020, el Certificado de disponibilidad Presupuestal No. 1840 de 2020, con afectación presupuestal del Rubro Sección 010101 Unidad Administrativa - Gestión 3.10.6 Fortalecimiento, adecuación científica, infraestructura y tecnología del lab. Biología Molecular, GEBIMOL, UPTC, para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana del dpto. Boyacá". 17). Que se encuentra justificación de los factores de selección de la contratación directa por urgencia manifiesta declarada por la Uptc, conforme al acuerdo 025 de 2020 y Resolución No. 2032 de 2020, así como, los criterios de contratación suscrita por el Departamento de Contratación, previo soporte de la necesidad requerida. Donde se analiza el mercado y el procedimiento a seguir. 18). Que el Comité de Licitaciones y Contratos de la Universidad, en Sesión del veintiséis
identificación NIT. 000.000.000-5, conforme a los parámetros del Acuerdo 074 de 2010, encontrando que los mismos están vigentes y acordes para la presente contratación. La empresa es representante directa de Thermo Scientific, para soporte técnico y garantía con excelentes tiempos de respuesta. 21) Que el presente contrato se desarrolla bajo la plena autonomía de la Institución y con el reconocimiento de la libertad del contratista, teniendo como base el Acuerdo 074 de 2010, modificado por el acuerdo 064 de 2019 y las normas de derecho civil que aplican al suministro, además de existir común acuerdo de CELEBRAR el CONTRATO No. 138 de 2020, entre la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA-UPTC y la empresa EQUIPOS Y
LABORATORIO DE COLOMBIA, S.A.S. identificación NIT. 000.000.000-5, con base en las siguientes cláusulas: PRIMERA. Objeto. El objeto del presente contrato es: “CONTRATAR LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES E INSUMOS CON DESTINO AL PROYECTO FORTALECIMIENTO, ADECUACIÓN CIENTÍFICA, INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DEL LAB. BIOLOGÍA MOLECULAR, GEBIMOL, UPTC, PARA ATENDER
(26) xx xxxxxx de 2020, conforme a la facultad otorgada por el Acuerdo 063 de 2016, de estudiar, verificar y recomendar la suscripción del contrato que celebre la Universidad, “(…) recomendaron la realización de la presente CONTRATACIÓN DIRECTA (…) para ““CONTRATAR LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES E INSUMOS CON DESTINO AL PROYECTO “FORTALECIMIENTO, ADECUACIÓN CIENTÍFICA, INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DEL LAB. BIOLOGÍA MOLECULAR, GEBIMOL, UPTC, PARA ATENDER PROBLEMÁTICAS ASOCIADAS CON AGENTES BIOLÓGICOS DE ALTO RIESGO PARA LA SALUD HUMANA DEL DPTO. BOYACÁ; SGI 2973, CON EL FIN DE ATENDER Y MITIGAR LOS EFECTOS NEGATIVOS DEL CORONAVIRUS COVID -19□, con la empresa EQUIPOS Y LABORATORIO DE COLOMBIA SAS identificada con NIT. 900.355.024- 5, por valor de TRESCIENTOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($311.876.354) y un plazo de 75 días calendario”. 19). Que conforme a la Resolución No. 028 de 2018, y en razón a que la cuantía corresponde al señor Xxxxxx, es la Dirección Jurídica según la adjudicación del trámite de contratación Directa, a quien corresponde la elaboración del respectivo contrato. 20). Que fueron verificados los documentos de la empresa EQUIPOS Y LABORATORIOS DE COLOMBIA, S.A.S. con
DEL DPTO. BOYACÁ; SGI 2973, CON EL FIN DE ATENDER Y MITIGAR LOS EFECTOS NEGATIVOS DEL CORONAVIRUS COVID - 19´. SEGUN CDP DEL SPGR No. 10220”. SEGUNDA. Alcance del objeto: Según
la descripción y especificaciones técnicas que se establecen en los documentos previos, en la oferta técnico - económica presentada a la Universidad, los equipos ostentan las características que se determinan a continuación y en el anexo No. 1 al presente contrato:
DESCRIPCIÓN DEL BIEN O SERVICIO | VALOR UNITARIO | IVA | VALOR TOTAL UNITARIO | |||
1 | KIT DE CONSUMIBLES Y REACTIVOS PARA 18000 PRUEBAS PARA EXTRACCIÓN DE ARN EN EQUIPO AUTOMATIZADO Y 2000 PRUEBAS PARA EXTRACCIÓN DE ARN MANUAL | UNIDAD | 1 | $ 229.104.000 | 0% | $ 229.104.000 |
2 | BOLSAS DE TUBOS EN STRIP DE 8 PUESTOS OPTICOS ESPECIALES PARA RT-PCR Y MICROPLACAS PARA PCR TIEMPO REAL PARA 25000 PRUEBAS | UNIDAD | 1 | $ 9.977.200,00 | 19% | $11´872.868 |
3 | KIT CONSUMIBLES PCR TIEMPO REAL TAPAS PARA 25000 PRUEBAS POR TAPAS DE TIRAS DE 8 PUESTOS Y ADHESIVOS OPTICOS | UNIDAD | 1 | $ 7.254.400 | 19% | $8´632.736 |
4 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX DE 1-10 UL X 4 UDS | UNIDAD | 1 | $ 11.220.000 | 19% | $13´351.800 |
5 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX 10-100 UL X 4 UDS | UNIDAD | 1 | $ 12.550.000 | 19% | $14´934.500 |
6 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX 30-300 UL X 4 UDS | UNIDAD | 1 | $ 12.476.000 | 19% | $ 14´846.440 |
7 | KITS DE 4 MICROPIPETAS DISTINTOS RANGOS X 4 UDS | UNIDAD | 1 | $ 10.988.000 | 19% | $ 13´075.720 |
8 | CRIOVIALES DE REACCIÓN DE 1.5 ML PARA 25000 UDS | UNIDAD | 1 | $ 2.210.000 | 19% | $2´629.900 |
9 | TUBO DE REACCIÓN PARA PCRPARA 5000 UDS: | UNIDAD | 1 | $ 285.000 | 19% | $339.150 |
10 | TUBOS DE 15 ML POR 2000 UDS | UNIDAD | 1 | $ 2.360.000 | 19% | $2´808.400 |
11 | TUBO EPPENDORF DE 2 ML PARA 2000 UDS | UNIDAD | 1 | $ 236.000 | 19% | $280.840 |
VALOR TOTAL | $311´876.354 |
*1 exento de IVA según decreto 551 del 15 xx xxxxx del 2020 (aplica para las fechas contempladas en su decreto
Nota: Tiempo máximo para la entrega de los insumos contado desde el inicio del Contrato, los insumos podrán ser entregados con anterioridad al plazo establecido según la disponibilidad del contratista.
CUARTA. I. Obligaciones Generales del Contratista. El contratista deberá cumplir con las obligaciones, a saber: A. Atender las solicitudes y recomendaciones que realicé la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), por intermedio del funcionario encargado de ejercer la Supervisión del Contrato. B. Presentar al momento de la liquidación del contrato las certificaciones en que conste que se encuentra x XXX Y SALVO en el pago de los aportes de las obligaciones al sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos Laborales
TERCERA. I. ENTREGA MATERIALES E INSUMOS. Conforme a la necesidad de urgencia de los materiales e insumos, el hecho der corresponder a importación algunos de ellos y que en la actualidad, en tanto los mismos al ser esenciales para la realización de pruebas Covid por diversas entidades, tienen alta demanda, se ha establecido un cronograma de entrega conforme a la cláusula de segunda alcance, de la siguiente manera:
ÍTEM | DESCRIPCIÓN DEL BIEN O SERVICIO | TIEMPO DE ENTREGA |
1 | KIT DE CONSUMIBLES Y REACTIVOS PARA 18000 PRUEBAS PARA EXTRACCIÓN DE ARN EN EQUIPO AUTOMATIZADO Y 2000 PRUEBAS PARA EXTRACCIÓN DE ARN MANUAL | 75 días calendario* |
2 | BOLSAS DE TUBOS EN STRIP DE 8 PUESTOS OPTICOS ESPECIALES PARA RT-PCR Y MICROPLACAS PARA PCR TIEMPO REAL PARA 25000 PRUEBAS | 75 días calendario* |
3 | KIT CONSUMIBLES PCR TIEMPO REAL TAPAS PARA 25000 PRUEBAS POR TAPAS DE TIRAS DE 8 PUESTOS Y ADHESIVOS OPTICOS | 75 días calendario* |
4 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX DE 1-10 UL X 4 UDS | 75 días calendario* |
5 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX 10-100 UL X 4 UDS | 75 días calendario* |
6 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX 30-300 UL X 4 UDS | 75 días calendario* |
7 | KITS DE 4 MICROPIPETAS DISTINTOS RANGOS X 4 UDS | 75 días calendario* |
8 | CRIOVIALES DE REACCIÓN DE 1.5 ML PARA 25000 UDS | 75 días calendario* |
9 | TUBO DE REACCIÓN PARA PCRPARA 5000 UDS: | 75 días calendario* |
10 | TUBOS DE 15 ML POR 2000 UDS | 75 días calendario* |
11 | TUBO EPPENDORF DE 2 ML PARA 2000 UDS | 75 días calendario* |
(ARL). C. El suministro deberá entregarse, conforme lo señale el supervisor del contrato. D. Garantizar la calidad del bien objeto de la presente contratación. E. Atender las solicitudes y recomendaciones que realice la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), por intermedio del funcionario encargado de ejercer la Supervisión del Contrato. F. Las demás previstas en el presente contrato. G. El contrato incluye todos los gastos de operación, flete, importación, transporte y demás servicios de valor agregado como capacitación e instalación en sitio. QUINTA. Valor y Forma de Pago. Para efectos fiscales se toma como valor del presente contrato la suma TRESCIENTOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
PESOS MONEDA LEGAL ($311´876.354) valor total incluido IVA. El pago del presente contrato se realizará mediante actas parciales, por ítem debidamente entregado y recibido satisfacción por parte del supervisor del contrato, y la presentación de la factura o documento equivalente con los requisitos legales. SEXTA: Sujeción del Pago a las Apropiaciones Presupuestales. La UNIVERSIDAD pagará el gasto que ocasione el presente contrato con Cargo a la Sección 010101 Unidad Administrativa - Gestión 3.10.6 Fortalecimiento, adecuación científica, infraestructura y tecnología del lab. Biología Molecular, GEBIMOL, UPTC, para atender problemáticas asociadas con agentes biológicos de alto riesgo para la salud humana del dpto. Boyacá". Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1840 de 2020. SÉPTIMA. Plazo de Ejecución. El Término de ejecución del Contrato, es decir, el tiempo durante el cual el Contratista se compromete a ejecutar a entera satisfacción de la UNIVERSIDAD, el objeto del Contrato será SETENTA Y CINCO (75) DIAS CALENDARIO, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de las garantías requeridas por la universidad. OCTAVA. Lugar de ejecución. Para la ejecución del suministro, el contratista entregará los equipos establecidos dentro del presente contrato en la Universidad, conforme lo indique el supervisor del Contrato. NOVENA. Supervisión y Vigilancia. Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará un supervisor quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del servicio contratado de conformidad con la Resolución Rectoral No. 063 de 2012, 3641 de 2014 y 5278 de 2015. El supervisor será el profesor XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX supervisor del Proyecto, Director Grupo GEBIMOL de la Universidad, quien, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes y responsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto, el supervisor tampoco podrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos de este contrato. Las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA serán resueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuicios de las acciones xx Xxx. DÉCIMA. Responsabilidad Laboral. El personal necesario para el desarrollo de este contrato deberá estar debidamente vinculado bajo un contrato laboral, asegurando las prestaciones económicas, y asistenciales, por tanto, deberán estar afiliados al Sistema General de Seguridad Social (EPS, PENSIONES Y ARP), y será contratado y pagado por EL CONTRATISTA, por lo que LA UNIVERSIDAD no tendrá relación laboral con este personal. DÉCIMA PRIMERA. Suspensión del Contrato. Cuando se presenten causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobadas, previa justificación, la Universidad y el Contratista suscribirán un acta de suspensión del contrato, expresando con precisión y claridad las causas y motivos de tal decisión, el avance del contrato, y el término de la suspensión. Igualmente, se adoptarán las medidas de conservación que sean pertinentes y si es el caso, se convendrán los costos de la suspensión y su forma de pago. Superadas las causas de la suspensión, las partes suscribirán un acta señalando fecha y forma de reanudación del contrato. El Contratista deberá ampliar las garantías en igual período al de la suspensión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Si fuere necesario, se reprogramarán las actividades contractuales. PARÁGRAFO 1. Las Actas de Suspensión y de Reiniciación, serán suscritas por el CONTRATISTA y LA UNIVERSIDAD, por intermedio del SUPERVISOR del contrato, se exigirá la ampliación de las garantías a que haya lugar, la suspensión del Contrato no sobrepasará los 6 meses consecutivos según lo dispuesto en el Acuerdo 074 de 2010. PARAGRAFO 2. Los bienes objetos de la presente Contratación deberán ser entregados de acuerdo con el normal desarrollo de las actividades de la institución, por lo tanto, deberá considerarse los periodos de vacaciones en la Universidad, la ocurrencia de hechos fortuitos ajenos a la voluntad de la Universidad y las demás situaciones que puedan afectar el normal funcionamiento de la Universidad. DÉCIMA
SEGUNDA. Multas. La Universidad podrá imponer, mediante Resolución motivada, multas sucesivas al contratista por xxxx o deficiencia en el cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con la Resolución No. 3641 de 2014, sin perjuicio de la aplicación de la cláusula penal y de la declaratoria de caducidad. El valor de la multa se tomará con cargo a la garantía, o deduciéndola de las sumas que por cualquier motivo se le adeuden al contratista; la cuantía deberá ser expresa, razonable y equitativa al incumplimiento total o parcial por parte del contratista. DÉCIMA TERCERA. Penal Pecuniaria. Si el contratista llegare a incumplir total o parcialmente con sus obligaciones, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al veinte por ciento (20%) sobre el valor total del contrato, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo además y de conformidad a los dispuesto en el Artículo 1594 del Código Civil, el contratista se obliga para con la Universidad a dar cumplimiento a la obligación principal, puesto que para efectos de este contrato el pago de la cláusula penal no extingue la obligación principal por lo cual no lo exonera de la exigencia del cumplimiento de la misma. La anterior suma se pagará sin perjuicio de la sanción moratoria por incumplimiento. DÉCIMA CUARTA. Garantías. Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al recibo del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de LA UNIVERSIDAD la garantía única otorgada a través de una Entidad Bancaria o Compañía Aseguradora, cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria, que ampare los siguientes riesgos: 1. Póliza xx Xxxxxx de Cumplimiento. Equivalente al veinte (20%) del valor del Contrato, con una vigencia igual al término de ejecución del mismo y seis (6) meses más. 2. Póliza xx Xxxxxx de calidad y correcto funcionamiento de los bienes. La cuantía mínima será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con vigencia igual al plazo del mismo y mínimo un (1) años más. Las garantías en caso de tratarse de pólizas deberán ser expedidas por compañías de seguros o bancarias, cuyas pólizas matrices estén aprobadas por la Superintendencia Bancaria, y estarán sometidas a su aprobación por parte de la Universidad. PARÁGRAFO. EL CONTRATISTA autoriza expresamente a LA UNIVERSIDAD para descontarle de las sumas que le adeude, el valor de las primas causadas y no pagadas a las aseguradoras por concepto de otorgamiento de las garantías exigidas, sus prórrogas y adiciones del valor asegurado. DÉCIMA QUINTA. Inhabilidades e Incompatibilidades. EL CONTRATISTA manifiesta expresamente bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la firma del presente contrato, que no se halla incurso dentro de las inhabilidades y/o incompatibilidades, que trata la Constitución Política, la ley y el Acuerdo 074 de 2010, y no encontrarse sancionado por juicios fiscales. DÉCIMA SEXTA. Cesión del Contrato. EL CONTRATISTA no podrá ceder en todo o en parte, el presente contrato o su ejecución. Sin previa autorización de la Universidad. DÉCIMA SÉPTIMA. Solución de Controversias. Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo, transacción y conciliación. DÉCIMA OCTAVA. Validez. Los contratos que celebre LA UNIVERSIDAD, además de los requisitos propios de la contratación entre particulares, estarán sujetos a los requisitos de aprobación y registro presupuestal, a la sujeción de los pagos según la suficiencia de las respectivas apropiaciones, publicación en la página web de la Universidad, el pago del impuesto de timbre nacional cuando a este haya lugar y aprobación de las garantías. DÉCIMA NOVENA. Interpretación. Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes sobre la interpretación de alguna de sus estipulaciones que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio que se pretende satisfacer con el objeto contratado, LA UNIVERSIDAD, si no se logra acuerdo, interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia. VIGÉSIMA. Terminación Unilateral del Contrato. LA UNIVERSIDAD en acto administrativo debidamente motivado dispondrá la terminación anticipada del contrato en los siguientes eventos: a) Cuando las exigencias del suministro contratado lo requieran o la situación de orden público lo imponga,
b) Por muerte o incapacidad física permanente del CONTRATISTA, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del CONTRATISTA, c) Por interdicción judicial o declaración de quiebra del CONTRATISTA, d) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA que afecten de manera grave el cumplimiento del contrato. La UNIVERSIDAD dispondrá las medidas de inspección, control y vigilancia necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contractual e impedir la paralización del servicio. VIGÉSIMA PRIMERA. Modificación. Si durante la ejecución del contrato y para evitar la paralización o la afectación grave del objeto de este, fuere necesario introducir variaciones en el contrato y previamente las
debidamente motivado, lo podrá modificar, suprimir o adicionar. VIGÉSIMA SEGUNDA. Terminación del Contrato. El contrato se entenderá terminado normalmente cuando EL CONTRATISTA haya cumplido a cabalidad las obligaciones derivadas del mismo y además se haya cumplido con la ejecución del objeto del contrato, según acta de recibí a satisfacción por parte del supervisor. VIGÉSIMA TERCERA. Responsabilidad del Contratista. EL CONTRATISTA será responsable por todas las actividades que desarrolle en cumplimiento del objeto de este contrato, hasta la terminación y liquidación definitiva del mismo, especialmente por: 1. Responsabilidad por el trabajo. 2. Responsabilidad ante terceros. 3. También será responsable por haber suministrado información falsa al contratar. 4. Afiliación y pago de los aportes fiscales y parafiscales, como al Sistema General de Salud. VIGÉSIMA CUARTA. Cumplimiento de la Ley. EL CONTRATISTA en desarrollo del presente contrato, deberá cumplir con todas las leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos, resoluciones, reglamentos o cualquier otro acto vigente de autoridades nacionales, departamentales, o municipales que de alguna forma tengan relación con el objeto del presente contrato. VIGÉSIMA QUINTA. Ausencia de Relación Laboral. Con ocasión del presente contrato EL CONTRATISTA no adquiere vinculación laboral alguna con LA UNIVERSIDAD, en consecuencia, a la terminación del presente contrato será improcedente cualquier reclamación que llegaré a surgir sobre el mismo. VIGÉSIMA SEXTA. Documentos del Contrato. Forman parte integrante de este contrato los siguientes documentos: a) Certificado de Disponibilidad No. 1840 de 2020. b) Propuesta presentada por empresa EQUIPOS Y LABORATORIO DE COLOMBIA, S.A.S. identificación NIT. 000.000.000-5 c)
documentos previos y de soporte a la contratación d) Todos los demás documentos surgidos en el proceso de selección por Contratación Directa y las actas que se produzcan durante la ejecución del contrato. VIGÉSIMA SÉPTIMA. Legislación Aplicable. El presente contrato se regirá por lo establecido en el Acuerdo 074 de 2010, modificado por el Acuerdo 064 de 2019, expedidos por el Consejo Superior de LA UNIVERSIDAD, y por las normas civiles y comerciales que correspondan a su esencia y naturaleza. VIGÉSIMA OCTAVA. Control a la Evasión de Aportes Parafiscales. El CONTRATISTA declara que ha venido cancelando sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales, Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF, por lo que, en caso contrario, faculta expresamente a LA UNIVERSIDAD para que imponga multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previa verificación de la xxxx mediante liquidación efectuada por la entidad administradora. Cuando durante la ejecución del contrato o a la fecha de su liquidación se observe persistencia de este incumplimiento, por cuatro (4) meses la UNIVERSIDAD dará aplicación a la cláusula excepcional de caducidad administrativa (Ley 828 de 2003 y Ley 789 de 2002 o leyes que las modifiquen o reformen). VIGÉSIMA XXXXXX. Liquidación del Contrato. El Rector será el competente para efectuar la liquidación del contrato. Los contratos de tracto sucesivo y los demás que lo requieran, de conformidad con los términos y condiciones de la Contratación, serán objeto de liquidación de común acuerdo por las partes; procedimiento que se efectuará en el término aquí fijado, o en su defecto, a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del contrato o a la expedición de la resolución que ordene la terminación, o la fecha del acuerdo que así lo disponga. PARAGRAFO. En el acta de liquidación se consignarán entre otros, los ajustes y reconocimientos a que haya lugar, los acuerdos y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. Para la liquidación se exigirá, si es del caso, al contratista la extensión o ampliación de las garantías del contrato. TRIGESIMA NOVENA. Indemnidad. El CONTRATISTA se obliga a mantener a la UNIVERSIDAD libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. TRIGÉSIMA PRIMERA. Confidencialidad. EL CONTRATISTA se compromete a guardar reserva respecto a la información y los datos de carácter personal de aquellos que tenga conocimiento en el ejercicio de las funciones que le sean encomendadas contractualmente, incluso tras haber finalizado su relación con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Igualmente, el CONTRATISTA se abstendrá de efectuar actos o acciones que se tipifiquen en alguna conducta descrita en la Ley 1273 de 2009 “de la protección de la información y de los datos", y/o en la Ley 1581 de 2012 “Protección de Datos Personales” y demás disposiciones vigentes. PARAGRAFO 1. EL CONTRATISTA a la firma del presente contrato otorga permiso a la Universidad para hacer uso de sus datos personales, según requiera de conformidad con los establecido en la Ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, Decreto 886 de 2014 y Resolución 3842
de 2013 y demás normas que los modifique o adicionen. PARAGRAFO 2. Las partes contratantes podrán utilizar todas las acciones administrativas, civiles y penales, para resarcir daños y perjuicios que se puedan ocasionar por el mal manejo de datos e información personales o empresariales. TRIGÉSIMA SEGUNDA. Procedimiento para la Liquidación del Contrato. Para la liquidación deberá recopilarse los siguientes documentos: 1. Copia del contrato y sus modificaciones. 2. Copia de todas las actas que hacen parte del contrato. 3. Relación de todos los pagos hechos al CONTRATISTA. 4. Estar vigente la garantía única de cumplimiento. En dicha acta se dejará constancia de: a. los porcentajes de cumplimiento del servicio o actividades y obligaciones por parte del CONTRATISTA y del recibo a satisfacción por parte del supervisor. b. Las reformas en el plazo y precios si las hubiere. c. Inventario de las obligaciones no cumplidas, junto a su ponderación porcentual y económica. Si EL CONTRATISTA no se presenta a liquidar el contrato en el término xx xxxx (10) días calendario contados a partir de la ocurrencia del evento que dé lugar a la liquidación, LA UNIVERSIDAD, procederá a efectuarla de oficio. El supervisor y el Rector suscribirán el acta de liquidación del contrato correspondiente. TRIGÉSIMA TERCERA. Perfeccionamiento, Legalización y Ejecución. El presente contrato se entenderá perfeccionado con la firma de las partes, previo acuerdo sobre el objeto y la contraprestación, la expedición la disponibilidad y el registro presupuestal de acuerdo con lo estipulado en el artículo 71 de la ley 179 de 1994 y el decreto 111 de 1996 (Consejo de Estado - Sección tercera, expediente No. 14935 del 27 de enero de 2000) y además el cumplimiento de las siguientes obligaciones por parte del CONTRATISTA. PARAGRAFO1. Para su Legalización. 1. Presentar a LA UNIVERSIDAD las garantías y seguros de que trata este contrato. 2. Efectuar la publicación en la página web de la Universidad y en el SECOP. PARAGRAFO 2. Para su ejecución. 1. Aprobación de las garantías exigidas. 2. Acta de inicio. Para constancia se firma en Tunja a treinta y uno (31) del mes xx xxxxxx de 2020.
LA UNIVERSIDAD,
XXXXX XXXXXX XXXXXXX
Rector – Ordenador del Gasto
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA-UPTC EL CONTRATISTA;
EQUIPOS Y LABORATORIO DE COLOMBIA, S.A.S. NIT. 000.000.000-5
Representante legal XXXXXXXX XXXXX XXXX XXXX, C.C No. 43.118.872,
Reviso: XX. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX / Director Jurídico Reviso: XX. XXXXXX XXXXXXX /Asesor Dirección Xxxxxxxx Xxxxxxx: Xxxx Xxxxx/Abogado Oficina Jurídica
ANEXO No. 1 AL CONTRATO 138 DE 2020
EQUIPOS Y LABORATORIO DE COLOMBIA, S.A.S. NIT. 000.000.000-5
DESCRIPCIÓN DEL BIEN O SERVICIO | VALOR UNITARIO | IVA | VALOR TOTAL UNITARIO | |||
KIT DE CONSUMIBLES Y REACTIVOS PARA 18000 PRUEBAS PARA EXTRACCIÓN DE ARN EN EQUIPO AUTOMATIZADO Y 2000 PRUEBAS PARA EXTRACCIÓN DE ARN MANUAL QUE INCLUYEN LOS SIGUIENTES ÍTEMS Y CANTIDADES PRECIO POR UNIDAD A $ 11500 LA PRUEBA CON REACTIVO-CONSUMIBLE: | ||||||
(Cantidad 10) A48383 - MagMAX™ Viral/Pathogen II (MVP II) Nucleic Acid Isolation Kit El kit de aislamiento de ácido nucleico viral MagMAX Viral / Pathogen II (MVP II) está diseñado específicamente para recuperar ARN y ADN de partículas virales contenidas en medios de transporte viral (VTM). El kit utiliza la tecnología xx xxxxxx magnéticas MagMAX, asegurando la recuperación reproducible de ácido nucleico de alta calidad. Las características del kit MVP II incluyen: • Compatible con método manual (se requiere gradilla magnetica, NO ESTÁ INCLUIDA) • Compatible con equipos automaticos sistema KingFisher Duo y Flex • Protocolo flexible para el volumen de muestra de 200 a 400 µL de medio de transferencia • Volumen de elución de 50 µL El kit contiene: • 550 ml de solución de unión, almacenar a temperatura ambiente • 1,000 ml de solución xx xxxxxx, almacenar a temperatura ambiente • 20 ml xx xxxxxx de unión MVP II, almacenar a temperatura ambiente • 10 ml de proteinasa K, almacenar a temperatura ambiente • 100 ml de tampón de elución, almacenar a temperatura ambiente Para uso con (Aplicación):PCR en tiempo real Objetivo xx xxxxxxxxxxxx:ADN / ARN viral Presentación: 2000 reacciones Tipo de ejemplo:Muestras virales Compatibilidad de alto rendimiento:Compatible con método manual y automatizado Condición de envío:Temperatura ambiente Reactivos no incluidos: Etanol 80% grado biología molecular Línea de producto: MagMAX ™ Avalado por la FDA para la purificación del ácido nucleico del SARS-CoV-2. | ||||||
1 | (Cantidad 19) 95040450 - Platos de 96 pozos, fondo profundo en V para KingFisher Descripción: Placa de 96 pozos, pozos profundos en V, de polipropileno Compatibilidad: Para su uso con equipos de extracción automatizada KingFisher Duo Prime (cabezal de 12) y KingFisher Flex 96 Contenido: 50 platos Rendimiento: Alcanza para 600 muestras en el KingFisher Duo Prime (cabezal de 12) y 960 muestras en el KingFisher Flex 96 | UNIDAD | 1 | $ 229.104.000 | 0% | $ 229.104.000 |
(Cantidad 2 ) 97002534 - Peines de 96 puntas para platos de 96 pozos, fondo profundo y en V para KingFisher Flex Descripción: Peine de 96 puntas para su uso con platos de 96 profundos en V Compatibilidad: para uso del Equipo: KingFisher Flex Contenido: 100 unidades Rendimiento: Alcanza para 9600 muestras en el KingFisher Flex | ||||||
(Cantidad 4) 97002540 - Plato de elución para KingFisher Flex 96 Descripción: Microplaca de elución de 96 pozos profundo KingFisher Flex (cabezal de 96) Compatibilidad: Para su uso con equipos de extracción automatizada KingFisher Flex (cabezal de 96) Contenido: 48 platos Rendimiento: alcanza para 4608 muestras en KingFisher Flex | ||||||
(Cantidad 2) 4306311 - Película adhesiva transparente MicroAmp Descripción: Película adhesiva transparente, que proporciona un sello hermetico seguro en toda la microplaca para evitar la evaporación y la contaminación xx xxxx x xxxx. Fácil de aplicar y remover. Contenido: 100 Unidades Rendimiento: alcanza para 9600 muestras en KingFiher Flex | ||||||
*Se entregarán cada 15 días varias unidades hasta completar la totalidad *Se garantiza con estos consumibles y el equipo automatizado de extracción de ARN poder procesar la prueba con un costo aproximado de $ 11.500 la extracción de RNA por paciente *Reactivo de extracción cuenta con registro invima Maqmax viral patogen cuenta con aprobación FDA. *La calidad del análisis en el Equipo Automatizado de extracción de RNA depende de su compatibilidad, y por ende desde el fabricante se recomienda la utilización de sus consumibles-reactivos para nos desmejorar su análisis ni su calidad. |
2 | BOLSAS DE TUBOS EN STRIP DE 8 PUESTOS OPTICOS ESPECIALES PARA RT-PCR Y MICROPLACAS PARA PCR TIEMPO REAL PARA 25000 PRUEBAS: (Cantidad 10) 4316567 - MicroAmp® Optical 8-Tube Strip, 0.2 mL 125 strips Applied Biosystems Las tiras de 8 tubos ópticos de Applied Biosystems® MicroAmp® están óptimamente diseñados para encajar cómodamente en nuestros sistemas de PCR en tiempo real o termocicladores de punto final. maximizando la conductividad térmica y proporcionando un control preciso de la temperatura durante el proceso de termociclado. Cotenido: 125 tiras de 8 tubos Condición de envío: Temperatura ambiente Tipo de tapa: No incluido Color: Óptico Volumen (métrico): 0,2 ml Para uso con (equipo): Sistema 7000, Sistema 7300, Sistema 7500, GeneAmp 9700, QuantStudio ™, Ciclador térmico SimpliAmp ™, Ciclador térmico Veriti Dx, Ciclador térmico Veriti, Sistema ViiA ™ 7 Dx, Sistema ViiA ™ 7, QuantStudio ™ Dx, Sistema de PCR ProFlex ™, 2720 Termociclador Tipo de tubo: Tira de 8 Línea de producto: MicroAmp® (Cantidad 16) N8010560 - PLACA DE PCR 96 POZOS PARA PCR TIEMPO REAL X 10 UDS MARCA APPLIED BIOSYSTEMS Está diseñada para proporcionar una precisión sin igual y excelente uniformidad en temperatura para lograr una rápida amplificación. Fabricada a partir de una única pieza rígida de polipropileno en un formato de 96 pocillos. Compatible con PCR tiempo real, punto final y analizadores genéticos de Applied Biosystems. Tiene: 96 tubos de 0,2 ml Velocidad de reacción: Estándar Condición de envío: Temperatura ambiente Línea de producto: MicroAmp ™ Código xx xxxxxx: Sin código xx xxxxxx Color: Óptico Para uso con (equipo): 2720 ??Thermal Cycler, 3130xl Genetic Analyzer, 3500xL Dx Genetic Analyzer, 3730xl DNA Analyzer, 6100 Nucleic Acid PrepStation, 6100 Thermal Cycler, 7000 System, 7300 System, 7500 System, 7900HT System, GeneAmp 9700, QuantStudio ™, SimpliAmp ™ Thermal Cycler, Veriti Dx Thermal Cycler, Veriti Thermal Cycler, ViiA ™ 7 Dx System, ViiA ™ 7 System, 2720 Thermal Cycler, 3130 Genetic Analyzer, 3500 Dx Genetic Analyzer, QuantStudio ™ Dx, ProFlex ™ PCR System, 3500xL Genetic Analyzer, 3500 Genetic Analyzer, 3730 Analizador de ADN Cantidad:10 platos Formato: Placa de 96 pocillos. *La calidad del análisis en el Termociclador Tiempo real Quant Studio 5 depende de su compatibilidad, y por ende desde el fabricante se recomienda la utilización de sus consumibles para nos desmejorar su análisis ni su calidad. | UNIDAD | 1 | $ 9.977.200,00 | 19% | $11´872.868 |
3 | KIT CONSUMIBLES PCR TIEMPO REAL TAPAS PARA 25000 PRUEBAS POR TAPAS DE TIRAS DE 8 PUESTOS Y ADHESIVOS OPTICOS: (Cantidad 4) 4323032 - TAPA OPTICA MICROAMP APPLIED BIOSYSTEM Las tiras de tapa óptica MicroAmp® están diseñadas para ajustarse en tiras de tubo MicroAmp® y placas de 96 pocillos. Tienen un perfil plano y son adecuados para PCR en tiempo real. Para aplicaciones de PCR de punto final, consulte nuestras tiras de tapa MicroAmp® (p. Ej., Cat. No. N8010535), que tienen un perfil superior abovedado. No interferirá con la lectura de la muestra Proporciona un sellado hermético para minimizar la evaporación Fácil de aplicar y quitar Minimizar la evaporación Use las tiras de tapas MicroAmp® para sellar los tubos que contienen sus preciosas muestras. Esto reducirá la posibilidad de contaminación entre los pozos de muestra y ayudará a garantizar resultados confiables. Contenido: 300 tiras de 8 tapas. Condición de envío: Temperatura ambiente Tipo de tapa: Tira de 8 tapas Color: Óptico Para uso con (equipo): Sistema 7000, Sistema 7300, Sistema rápido 7500, Sistema 7500, GeneAmp 9700, QuantStudio ™, Ciclador térmico SimpliAmp ™, StepOnePlus ™, Ciclador térmico Veriti Dx, Ciclador térmico Veriti Fast, Ciclador térmico Veriti, Sistema ViiA ™ 7 Dx, ViiA ™ 7 Sistema, Sistema rápido ViiA ™ 7, Sistema rápido ViiA ™ 7 Dx, Sistema PCR ProFlex ™, QuantStudio ™ Dx, Sistema 7500 Fast Dx, Ciclador térmico 2720 Línea de producto:MicroAmp® (Cantidad 8) 4313663 - KIT MicroAmp® ADHESIVO OPTICO FILM KIT APPLIED BIOSYSTEMS Incluye 20 tapas, 1 aplicador, 1 pad de compresión. Compatible con placas de 96 pozos *La calidad del análisis en el Termociclador Tiempo real Quant Studio 5 depende de su compatibilidad, y por ende desde el fabricante se recomienda la utilización de sus consumibles para nos desmejorar su análisis ni su calidad. | UNIDAD | 1 | $ 7.254.400 | 19% | $8´632.736 |
4 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX DE 1-10 UL X 4 UDS: (Cantidad 4) 4662040 - MICROPIPETA 1 a 10 uL MULTICANAL F2 12 CANALES THERMO SCIENTIFIC La pipeta multicanal Finnpipette ™ F2 de Thermo Scientific ™ con un diseño elegante y resistente es ideal para aplicaciones altamente exigentes donde la robustez y la durabilidad son esenciales. Construido con componentes resistentes de PVDF que resisten los productos químicos agresivos y los efectos dañinos de la luz UV y son totalmente autoclavables. Disponible en modelos de 8, 12 y 16 canales con una selección de rangos de volumen. Además, en los modelos de bajo volumen, la función de súper soplado garantiza una dispensación precisa incluso para los volúmenes más bajos. Garantiza un alto nivel de exactitud y precisión. Thermo Scientific ™ Finnpipette F2 ™ Pipeta multicanal incluye un mecanismo avanzada Engranaje Volumen (AVG) un mecanismo de ajuste de volumen modular autoportante que optimiza el rendimiento. Código de color Xxxx Descripción 12 canales Número xx xxxxxxx 12 canales Rango 1 a 10?L Modelo Finnpipette F2 *Garantia de 3 años por defectos de fabricacion, no cubre mal uso; si se registra web se amplia a 5 años. *Se incluyen 3 reservorios adicionales de 25 ml y 2 de 60 ml *Se incluyen 5 racks de puntas para las micropipetas de 1-10 uL, de 2-20 uL, de 20-200 y de 100-1000 uL | UNIDAD | 1 | $ 11.220.000 | 19% | $13´351.800 |
5 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX 10-100 UL X 4 UDS (Cantidad 4) 4662060 - MICROPIPETA 10 A 100 uL 12 CANALES F2 THERMO SCIENTIFIC La pipeta multicanal Finnpipette ™ F2 de Thermo Scientific ™ con un diseño elegante y resistente es ideal para aplicaciones altamente exigentes donde la robustez y la durabilidad son esenciales. Construido con componentes resistentes de PVDF que resisten los productos químicos agresivos y los efectos dañinos de la luz UV y son totalmente autoclavables. Disponible en modelos de 8, 12 y 16 canales con una selección de rangos de volumen. Además, en los modelos de bajo volumen, la función de súper soplado garantiza una dispensación precisa incluso para los volúmenes más bajos. Diseñada y fabricada según la norma ISO 9001, ISO 14001 e ISO 13485. Que permite garantizar la precisión y exactitud de mientras que proporciona una solución . ergonómica, la reducción de las fuerzas de sujeción y expulsión de punta. Esterilizable en autoclave a 121°C y se puede exponer a luz UV sin sufrir daños. Rango de Volumen: 10 a 100µL Precision 1.3 % Codigo de color: Amarillo Autoclavable 12 Canales GARANTÍA DE 3 AÑOS EXTENDIBLE A 5 CON REGISTRO EN PÁGINA WEB *Tiempo de entrega: 45 días Garantía: *Se incluyen 3 reservorios adicionales de 25 ml y 2 de 60 ml *Se incluyen 5 racks de puntas para las micropipetas de 1-10 uL, de 2-20 uL, de 20-200 y de 100-1000 uL | UNIDAD | 1 | $ 12.550.000 | 19% | $14´934.500 |
6 | MICROPIPETA MULTICANAL DE 12 XXXXXXX XX XXXXX 30-300 UL X 4 UDS (Cantidad 4) 4662070 - MICROPIPETA MULTICANAL F2, 12 CANALES 30-300 ?l THERMO SCIENTIFIC La pipeta multicanal Finnpipette ™ F2 de Thermo Scientific ™ con un diseño elegante y resistente es ideal para aplicaciones altamente exigentes donde la robustez y la durabilidad son esenciales. Construido con componentes resistentes de PVDF que resisten los productos químicos agresivos y los efectos dañinos de la luz UV y son totalmente autoclavables. Disponible en modelos de 8, 12 y 16 canales con una selección de rangos de volumen. Además, en los modelos de bajo volumen, la función de súper soplado garantiza una dispensación precisa incluso para los volúmenes más bajos. Diseñada y fabricada según la norma ISO 9001, ISO 14001 e ISO 13485. Que permite garantizar la precisión y exactitud de mientras que proporciona una solución . ergonómica, la reducción de las fuerzas de sujeción y expulsión de punta. Esterilizable en autoclave a 121°C y se puede exponer a luz UV sin sufrir daños. Rango de Volumen: 30 to 300µL Precision +/- 3 uL Codigo de color: Naranja 12 Canales Autoclavable GARANTIA DE 3 AÑOS EXTENDIBLE A 5 CON REGISTRO EN PÁGINA WEB *Garantía: 3 años *Se incluyen 3 reservorios adicionales de 25 ml y 2 de 60 ml *Se incluyen 5 racks de puntas para las micropipetas de 1-10 uL, de 2-20 uL, de 20-200 y de 100-1000 uL | UNIDAD | 1 | $ 12.476.000 | 19% | $ 14´846.440 |
7 | KITS DE 4 MICROPIPETAS DISTINTOS RANGOS X 4 UDS (Cantidad 4) 4700880 - KIT 2 JUEGO DE 4 MICROPIPETAS F2 DESDE 0,2 HASTA 1000 uLTHERMO SCIENTIFIC Disfrute de todo lo necesario para pipetear en estos kits todo incluido. El kit Thermo Scientific™ Finnpipette™ F2 GLP (Pipeteo de laboratorio correcto) ofrece unas pipetas duraderas y de alto rendimiento Finnpipette F2 que ofrecen la máxima fiabilidad y comodidad. Las pipetas F2 poseen características únicas, como el mecanismo AVG (Advanced Volume Gearing) de ajuste del volumen avanzado y el tamaño superior del visor, que aumenta la comodidad y la fiabilidad.Las micropietas F2 son autoclavables y pueden ser sometidas a luz UV KIT INCLUYE F2 Micropipeta 0,2-2 ul F2 Micropipeta 2-20 ul F2 Micropipeta 20-200 ul F2 Micropipeta 100-1000 ul Soporte F-Series Stand Puntas Flex 10 tray 1x96 Pntas Flex 200 tray 2x96 Puntas Flex 1000 tray 1x96 (se incluye un rack de puntas para cada micropipeta) F2 brochure Guía de pipeteo Reservorio de reactivos Garantía: 3 años, extensible a 5 años con registro en página web. *Garantía: 3 años *Se incluyen 3 reservorios adicionales de 25 ml y 2 de 60 ml *Se incluyen 5 racks de puntas para las micropipetas de 1-10 uL, de 2-20 uL, de 20-200 y de 100-1000 uL | UNIDAD | 1 | $ 10.988.000 | 19% | $ 13´075.720 |
8 | CRIOVIALES DE REACCIÓN DE 1.5 ML PARA 25000 UDS (Cantidad 50) 279 - TUBO DE REACCION EPPENDORF, DE 1.5mL CON TAPA - 500xPQUMV - 8 TUBO DE REACCION EPPENDORF, DE 1.5mL CON TAPA - 500xPQUMV - 8 Código aduanero: | UNIDAD | 1 | $ 2.210.000 | 19% | $2´629.900 |
9 | TUBO DE REACCIÓN PARA PCRPARA 5000 UDS: (Cantidad 5) 34742F - TUBOS EPPENDORF PARA PCR DE 0.2 ML X 1000 UDS MARCA CITOPLUS Fabricado en polipropileno ultraclaro para una excelente visibilidad en las muestras, con cierre de presión, poseen sistemas dobles de anillos de alta presión que aseguran sellos a prueba de fugas, resistentes a ebullición. Totalmente xxxxxxxxxxxxx.Xx esteriles. Se puede usar en centrifugado hasta 11.000 RCF. MAX. PAQUETE POR 1000 unid. CITOPLUS | UNIDAD | 1 | $ 285.000 | 19% | $339.150 |
10 | TUBOS DE 15 ML POR 2000 UDS (Cantidad 40) 84001 - TUBO PARA CENTRIFUG PLASTICO EN POLIPROPILENO GRADUADO CONICO CON TAPA DE 15 ML AUTOCLAVABLE Y ESTERIL X 50 UDS MARCA CITOPLUS TUBO PARA CENTRIFUGA, PLASTICO PP GRADUADO, CONICO, 15 mL, TAPA ROJA, AUTOCLAVABLE ESTERIL - CAJA X 50 UNID. Código aduanero | UNIDAD | 1 | $ 2.360.000 | 19% | $2´808.400 |
11 | TUBO EPPENDORF DE 2 ML PARA 2000 UDS (Cantidad 40) 620011 - TUBO EPPENDORF DE 2 ML X 500 UDS MARCA NESTE BIOTECHNOLOGY Fabricado en polipropileno ultraclaro, para una excelente visibilidad en las muestras, con cierre de presión, poseen sistemas dobles de anillos de alta presión que aseguran sellos a prueba de fugas, resistentes a ebullición. No esteril, libres de DNasa, RNasa y ADN humano. Se pueden usar en centrifugado hasta 15.000 RCF. MAX - 2,0 ML Caja x 500 MARCA NEST BIOTECHNOLOGY | UNIDAD | 1 | $ 236.000 | 19% | $280.840 |
VALOR TOTAL | $311´876.354 |