INVITACIÓN A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO
SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS DE SOFTWARE DE SISTEMA, DE DESARROLLO Y DE APLICACIÓN, DEL SISTEMA ESTATAL DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA - SDA 25/2022
(Expediente nº 2022/48)
INVITACIÓN A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO
Suministro de licencias SAS y contratación de servicios de instalación avanzada
Lote 3 - Software para la analítica de datos
En virtud de los dispuesto en el artículo 226 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se invita a todas las empresas admitidas al sistema dinámico de adquisición a presentar oferta en la licitación de este contrato específico en el plazo máximo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de envío de esta invitación. La oferta deberá ajustarse a lo establecido en los pliegos que rigen el sistema dinámico de adquisición y a los términos y condiciones que se concretan en esta invitación.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO 4
2. LOTE, TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO 4
2.2. Características principales de las prestaciones 5
2.3. Tratamiento de datos de carácter personal por parte del adjudicatario 6
2.4. Categorización conforme al Esquema Nacional de Seguridad (ENS) 6
2.5. Tratamientos de datos personales para los programas en modalidad de nube 7
3.1. Fecha de inicio de la ejecución 7
3.2. Plazo de entrega de las licencias 7
3.3. Plazo de ejecución del contrato 7
3.4. Prórroga del contrato específico 8
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 8
4.1. Presupuesto de licitación y aplicaciones presupuestarias 8
4.2. Determinación del precio del contrato 10
4.3. Tramitación del expediente (a efectos presupuestarios) 11
4.4. Modificación del contrato específico 11
4.6. Contrato financiado con cargo al presupuesto de la Unión Europea 13
5. LUGAR Y CONDICIONES DE LA ENTREGA 14
6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN 14
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN 15
7.1. Ponderación de los criterios de adjudicación 15
7.2. Fórmula aplicable al criterio precio 15
7.3. Otros criterios evaluables automáticamente mediante fórmulas, distintos al precio 16
7.3.1. Criterios evaluables automáticamente mediante fórmulas 16
7.3.2. Fórmulas para la evaluación automática de los criterios 16
7.4. Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor 17
7.4.1. Criterios y ponderación 17
7.4.2. Método de valoración y documentación 17
8. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS 18
9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 18
9.1. Obligaciones generales 18
9.2. Otras condiciones de ejecución del contrato 19
9.3. Obligaciones de seguridad en cumplimiento del ens 19
9.4. Obligaciones relativas al cumplimiento de las condiciones de los programas ofertados en modalidad de nube cuando exista tratamiento de datos personales 20
10.2. Condiciones de presentación de las facturas 21
12.1. Penalidades fijadas en el sistema dinámico de adquisición 23
12.2. Fórmula para la aplicación de penalidades 24
13. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO 25
14. FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS 25
ANEXO I PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 27
I.1. Requisitos funcionales de los programas a suministrar 27
I.2. Requisitos no funcionales de los programas a suministrar 31
I.3. Periodo de vigencia y modalidad de licenciamiento 31
I.4. Requisitos de seguridad de los programas en la nube 31
ANEXO IISERVICIOS DE INSTALACIÓN AVANZADA Y/O SOPORTE A PROPORCIONAR POR EL ADJUDICATARIO 33
II.1. Servicios de instalación avanzada de los programas a suministrar 33
II.2. Servicios de soporte de los programas a suministrar 34
II.2.1. Dimensionamiento del servicio 34
II.2.2. Acuerdos de nivel de servicio 34
II.3. Requisitos de los perfiles profesionales 34
ANEXO III TRATAMIENTOS DE DATOS EN LA NUBE, FINALIDAD Y MEDIDAS 35
III.1. Tratamientos de datos y finalidad de los tratamientos 35
III.2. Medidas técnicas y organizativas 35
XXXXX XX MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO (UE) 2016/679
DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos 36
ANEXO V Manifestación de conformidad del responsable del tratamiento DE LOS DATOS DEL ORGANISMO DESTINATARIO38
ANEXO VI ENTREGAS PARCIALES 39
ANEXO VII COBERTURA DE LA GARANTÍA EXTENDIDA DEL ADJUDICATARIO 40
ANEXO VIII MODELO DE NOTIFICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN 41
ANEXO IX DECLARACIÓN MÚLTIPLE DE LAS EMPRESAS PROPUESTAS COMO ADJUDICATARIAS DE CONTRATOS ESPECÍFICOS CON CARGO AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA 42
ADENDA PARA LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA 44
a. Obligaciones generales aplicables a todos los contratos financiados con cargo al presupuesto de la Unión Europea 44
b. Obligaciones generales aplicables a los contratos financiados con cargo al PRTR 46
1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO
Organismo destinatario
Unidad proponente: ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.
Centro directivo: Haga clic o pulse aquí para escribir texto. Departamento/organismo: Dirección Adjunta de Evaluación y Análisis Estadístico
Responsable del contrato (nombre, apellidos, cargo y dependencia orgánica):
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Director General de Cooperación Institucional y Coordinación Dirección General de Cooperación Institucional y Coordinación
Datos de contacto:
Dirección Postal: Xx Xxxxxxxxxx, 000 – 00000 Xxxxxx Correo electrónico: xxxx@xxxx.xx
Teléfono: 00 000 00 00
Órgano de Contratación:
• Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
2. LOTE, TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO
2.1. LOTE, TÍTULO Y OBJETO
Lote objeto de licitación: Lote 3 - Software para la analítica de datos
Título del contrato: Adquisición de licencias SAS para la elaboración de informes de negocio del ICEX y servicios de instalación avanzada.
Objeto del contrato:
El objeto del contrato consiste en:
• Adquisición con carácter perpetuo de las siguientes licencias SAS Viya 4:
o 2 licencias SAS Viya:
▪ SAS Visual Statistics
▪ SAS Visual Data Mining and Machine Learning
▪ SAS Data Preparation
▪ SAS Job Flow Scheduler
▪ SAS Studio Analyst
▪ SAS Information Governance
▪ SAS Model Manager
▪ SAS/QC (on SAS Viya)
▪ SAS/ACCESS Products
o 10 licencias SAS Visual Analytics
• Renovación de las siguientes suscripciones SAS desktop:
o 2 licencias Visual Data Discovery for Desktop
o 2 licencias JMP for Visual Data Discovery for Desktop
o 2 licencias SAS/ACCESS Interface to PC Files
o 2 licencias SAS/ETS
o 1 licencia SAS Enterprise Xxxxx for Desktop
o 1 licencia SAS Text Xxxxx for Desktop
• Servicios de instalación avanzada:
o Migración de contenidos a la nueva versión SAS Viya 4
o Configuración y puesta en marcha de un nuevo entorno de trabajo
2.2. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LAS PRESTACIONES
Con respecto a las licencias objeto del contrato específico, se admiten programas
☐ Puestos a disposición en modalidad de nube.
☒ Para su instalación en infraestructura local.
☐ En cualquier modalidad de puesta a disposición.
Si están señaladas, las siguientes opciones son de aplicación al presente contrato específico:
☐ Se solicita garantía extendida del adjudicatario con la cobertura descrita en el apartado III.8 del PPT y concretada en el Anexo VII de este documento, cuya duración se extenderá durante todo el periodo de vigencia de las licencias objeto del suministro.
☒ Se solicitan servicios a realizar por el adjudicatario del contrato específico, para la instalación avanzada o soporte de los suministros. Estos servicios se describen en el Anexo II.
☒ Se exige el suministro de soluciones concretas a fin de garantizar la compatibilidad con las funcionalidades existentes. Se incluye justificación en el expediente.
Con relación a la definición del número de entregas la opción señalada es de aplicación al presente contrato específico:
☒ El número de unidades a entregar se define con exactitud en este documento de invitación.
☐ En el presente contrato el adjudicatario se obliga a entregar una pluralidad de bienes o ejecutar el servicio de forma sucesiva sin que la cuantía total se defina con exactitud en esta invitación por estar subordinada a las necesidades del organismo destinatario.
Definición detallada de las prestaciones del contrato específico:
☒Las prescripciones técnicas de los suministros se describen en el Anexo I.
☒ El contrato requiere servicios de instalación avanzada y/ soporte que se describen en el
Anexo II.
2.3. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario estará sujeto a los términos previstos en la cláusula 27.5.6.2 del PCAP en la ejecución de la prestación, conforme a la opción señalada:
☒ NO. Cláusula aplicable para “Protección de datos sin acceso a datos personales”. El contrato NO requiere tratamiento de datos personales por parte del adjudicatario.
☐ SÍ. Cláusula aplicable para “Protección de datos con acceso a datos personales”. El contrato SI requiere tratamiento de datos personales por parte del adjudicatario. La finalidad para la que se ceden los datos es: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
2.4. CATEGORIZACIÓN CONFORME AL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD (ENS)
☐ El organismo destinatario ha categorizado el sistema o sistemas de información en los que se va a utilizar el programa suministrado, de la siguiente manera:
• Sistema Haga clic o pulse aquí para escribir texto.: categoría Elija un elemento.
• Sistema Haga clic o pulse aquí para escribir texto.: categoría Elija un elemento.
• Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
URL donde se publica la certificación o declaración de conformidad (art. 38.2 del ENS): Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
☒ No dispone todavía de la categorización del sistema o sistemas de información en los que se va a utilizar el programa.
Relación de los suministros con la arquitectura de seguridad
☒ Los programas no forman parte de la arquitectura de seguridad
☐ El suministro incluye programas que forman parte de la arquitectura de seguridad del sistema de información resultando de aplicación lo previsto en el apartado 9.3 del documento de invitación1. Los programas objeto del presente contrato específico, que forman parte de la arquitectura de seguridad del organismo destinatario son los siguientes2:
Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
1 La arquitectura de seguridad debe estar documentada según [op.pl.2], y al menos uno de los sistemas de información en los que se van a usar dichos programas es de categoría media o alta.
2 En la lista de programas de este apartado sólo pueden incluirse los que figuren documentados según [op.pl.2].
2.5. TRATAMIENTOS DE DATOS PERSONALES PARA LOS PROGRAMAS EN MODALIDAD DE NUBE
Si el licitador incluye en su oferta programas puestos a disposición en modalidad nube:
☐ Los programas objeto del suministro no van a procesar ni almacenar datos de carácter personal, por lo que no existe tratamiento de datos y no son de aplicación ni la Ley Orgánica 3/2018 ni la Ley Orgánica 7/2021. No aplica el apartado 9.4 de este documento de invitación.
☐ Los programas objeto del suministro deben procesar o almacenar datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en adelante RGPD, y en la Ley Orgánica 3/2018. Se describen las condiciones aplicables en el apartado 9.4 de este documento de invitación.
☐ Los programas objeto del suministro deben procesar o almacenar datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, conforme a lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/680 y la Ley Orgánica 7/2021. Se describen las condiciones aplicables en el apartado 9.4 de este documento de invitación.
Los tratamientos de datos personales en la nube y las finalidades de los tratamientos, así como las medidas que deben aplicarse se definen en el Anexo III de este documento.
3.1. FECHA DE INICIO DE LA EJECUCIÓN
El plazo del contrato específico se iniciará:
☐ Al día siguiente al de adjudicación del contrato.
☒ El 1 de diciembre de 2023, salvo que la adjudicación del contrato específico se produzca el mismo día o con posterioridad a dicha fecha, en cuyo caso será la fecha siguiente a la adjudicación del contrato específico.
3.2. PLAZO DE ENTREGA DE LAS LICENCIAS
☐ No admite entregas parciales. Plazo máximo de entrega3: 15 días naturales contados a partir de la fecha de inicio de ejecución del contrato.
☒ Deben realizarse entregas parciales. Los plazos y lugar de las entregas se detallan en el Anexo VI.
3.3. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
3 Por defecto, 15 días naturales. El organismo podrá indicar un plazo superior.
☒ Se requiere la instalación y configuración básica de las licencias, incluido en el precio el suministro, en las condiciones del apartado IV.2 del PPT, en el plazo4 de 30 días hábiles, incluido el plazo de entrega de las licencias.
☒ El contrato incluye el servicio de instalación avanzada, a prestar por el adjudicatario, descrito en el Anexo II apartado 1. El plazo de ejecución de este servicio incluye el plazo para la entrega de las licencias y para la instalación y configuración básica.
• Plazo de ejecución: 2 meses desde la fecha especificada por ICEX, según se detalla en el Anexo VI.
☐ El contrato incluye servicios de soporte personalizados a prestar por el adjudicatario, descritos en el Anexo II, apartado 2:
- Plazo de ejecución (señalar únicamente una opción):
☐ xx meses, con fecha límite xx/xx/xxxx a contar desde el final de la instalación básica y, en su caso, de la instalación avanzada.
☐ Hasta la expiración de la vigencia de las licencias objeto del suministro.
Plazo de ejecución del contrato: consiste en el plazo de entrega de las licencias (incluyendo entregas parciales, en su caso), el plazo de ejecución de la instalación básica (IV.1 del PPT) y el plazo de ejecución de los servicios de instalación avanzada y de soporte descritos.
3.4. PRÓRROGA DEL CONTRATO ESPECÍFICO
El presente contrato específico no es prorrogable, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del plazo de ejecución descrita en el artículo 29.3 de la LCSP.
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
4.1. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
Presupuesto total sin impuestos (€) | Impuestos indirectos (€) | Presupuesto total con impuestos (€) |
282.071,00€ | 59.234,91 € | 341.305,91 € |
4 Por defecto, 30 días hábiles. El organismo podrá indicar un plazo superior. Este plazo incluye los 15 días naturales para la entrega de las licencias. El cumplimiento del plazo por parte del adjudicatario será exigible cuando el organismo haya puesto a disposición del adjudicatario un entorno limpio en caso de nueva instalación, en un plazo no superior a 20 días hábiles.
Detalle del presupuesto de licitación:
Presupuesto sin impuestos (€) | Impuestos indirectos (€) | Presupuesto con impuestos (€) | |
SUMINISTRO | |||
Adquisición en propiedad de 2 Licencias de SAS Viya 4 - SAS Visual Statistics - SAS Visual Data Mining and Machine Learning - SAS Data Preparation - SAS/ACCESS to MySQL --> SAS/ACCESS Products - SAS/ACCESS to SQL Server --> SAS/ACCESS Products - SAS/ACCESS Salesforce --> SAS/ACCESS Products - SAS Job Flow Scheduler - SAS Studio Analyst - SAS Information Governance - SAS Model Manager - SAS/QC (on SAS Viya) - SAS/ACCESS Products | 185.000,00€ | 38.850,00€ | 223.850,00€ |
Adquisición en propiedad de 10 Licencias SAS Visual Analytics | 24.375,00€ | 5.118,75 € | 29.493,75 € |
Renovación suscripción licencias SAS Desktop - 2 licencias Visual Data Discovery for Desktop - 2 licencias JMP for Visual Data Discovery for Desktop - 2 licencias SAS/ACCESS Interface to PC Files - 2 licencias SAS/ETS - 1 licencia SAS Enterprise Xxxxx for Desktop - 1 licencia SAS Text Xxxxx for Desktop | 22.696,00€ | 4.766,16 € | 27.462,16 € |
SERVICIOS | |||
Servicio de instalación avanzada, a prestar por el adjudicatario (desglosar) - Migración de contenidos actuales a la nueva versión SAS Viya 4. - Configuración de un nuevo entorno de trabajo en producción, complementario al que actualmente existe (interno o de preproducción). | 50.000,00€ | 10.500,00€ | 60.500,00€ |
TOTAL | 282.071,00€ | 59.234,91 € | 341.305,91 € |
Si se ha señalado en el apartado 2.2. que las necesidades del contrato no se establecen con exactitud en el documento de invitación, conforme a lo previsto en la disposición adicional trigésima tercera de la LCSP, este presupuesto será estimado y no obligatorio para la entidad, y supondrá el importe máximo del contrato específico.
En todo caso, el importe de los servicios deberá ser inferior al importe de los suministros. Las ofertas que presenten los licitadores no podrán superar el importe presupuestado de los servicios de soporte. Se excluirán las ofertas que no se adecuen a estas estipulaciones.
Las obligaciones económicas que se deriven para la Administración por el cumplimiento del contrato serán financiadas por el Presupuesto de Gastos del organismo ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E, Centro de Gestión Centro de Gestión Dirección General de Cooperación Institucional y Coordinación, con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones presupuestarias:
Aplicación presupuestaria | Anualidad 2023 | Anualidad 2024 | Anualidad 2025 | Anualidad 2026 | TOTAL |
202303231 | 223.850,00 € | 117.455,91 € | 341.305,91 € |
Conforme a lo establecido en el artículo 103 de la LCSP, no procederá la revisión de precios
durante la vigencia del contrato.
4.2. DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO
De acuerdo con los artículos 102.4 y 309 del LCSP, la determinación del precio del contrato se
realiza a tanto alzado.
El desglose de los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para la determinación del presupuesto base de licitación, en aplicación del artículo 100.2 de la LCSP, es el siguiente:
Desglose Precio | |
Costes directos (78,51%) | |
Personal | 40.843,20 € |
Resto costes directos | 189.570,44 € |
Costes Indirectos (15,49%) | |
Gastos generales | 35.691,07 € |
Beneficio Industrial (6%) | 15.966,28 € |
Total sin IVA | 282.071,00 € |
Para el establecimiento de porcentajes de costes indirectos y beneficio industrial, se han tenido en cuenta los Ratios Sectoriales de las Sociedades no Financieras establecidos por el Banco de España: Banco de España - Ratios sectoriales (xxx.xx), siempre cumpliendo con lo establecido en el artículo 131 del Real Decreto 1098/2001, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, tanto los previstos para los gastos generales (del 13% al 17%), como el relativo al beneficio industrial (6%). En concreto, para los gastos generales se ha estimado un 15,49% del total.
Los costes directos se desglosan en el suministro de licencias, cuya estimación se realiza en base a precios de referencia del fabricante para entidades gubernamentales y contrataciones previas similares, y los servicios opcionales que prestará el adjudicatario, como es el servicio de instalación avanzada.
Si en el apartado 2 se ha indicado que se solicitan servicios a prestar por el adjudicatario, es de aplicación lo siguiente:
En el cálculo del valor estimado se han tenido en cuenta los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, considerado los costes de personal que deberán encargarse de ejecutar la prestación.
El convenio colectivo sectorial de aplicación en los términos indicados es el especificado en la resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios xx xxxxxxx y de la opinión pública, publicado en el BOE con fecha miércoles 26 de julio de 2023.
Costes de personal | |||||||
Perfiles | Dedicación (h) | Salario Base | Especialización tecnológica | Salario anual | Coste anual según dedicación | Coste personal contrato | Coste personal contrato con Seguridad Social 30% |
Jefe de proyecto | 150 | 28284,56 € | 100% | 56.569,12 € | 4.714,09 € | 4.714,09 € | 6.128,32 € |
Técnico especializado | 900 | 26703,75 € | 100% | 53.407,50 € | 26.703,75 € | 26.703,75 € | 34.714,88 € |
Si bien resulta de aplicación el Convenio sectorial, en el presente servicio se requiere una cualificación superior debido a las características específicas del producto SAS, que requieren una muy alta especialización (tecnología de gestión de containers y software BI de SAS), que es muy específico y que todavía no es muy habitual su uso. Por lo tanto, es complejo encontrar estos conocimientos en el mercado de las empresas de soporte.
4.3. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE (A EFECTOS PRESUPUESTARIOS)
☒ Ordinaria.
☐ Anticipada:
Se hace constar que el plazo de ejecución comenzará a partir del 1 de enero de 202X o fecha posterior, y que la adjudicación del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente, de acuerdo con el artículo 117.2 de la LCSP y la normativa contable de aplicación.
4.4. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO
5 Se requiere personal con conocimientos, habilidades y destrezas específicos que conllevan que el personal que posee dichas competencias técnicas esté especialmente reconocido y valorado en el mercado laboral. (Importante: en caso de incluir este porcentaje de especialización tecnológica, el organismo deberá justificarlo o indicar el origen de la estimación realizada).
☐ No se prevén modificaciones convencionales del contrato, todo ello sin perjuicio de los supuestos de modificación legal contemplados en el artículo 205 de la LCSP.
☒ El contrato específico podrá ser modificado durante su vigencia, conforme a lo previsto en los artículos 203.a) y 204 LCSP, en un porcentaje máximo del 20% del precio inicial de adjudicación.
Serán de aplicación las siguientes condiciones:
- Modificaciones producidas por necesidades de los usuarios de los sistemas que sea conveniente abordar en el ámbito del contrato.
- Evoluciones necesarias en los servicios derivadas de aspectos tecnológicos o funcionales
- Incremento de incidencias derivadas de una utilización intensiva de los sistemas o cambios en los entornos tecnológicos.
• Circunstancias admitidas para modificar el contrato específico6:
Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 205 de la LCSP, los contratos específicos en el marco del presente sistema dinámico de contratación únicamente podrán modificarse de conformidad con lo establecido en el artículo 204 de la LCSP durante su vigencia hasta un máximo del 20% del precio inicial si se producen modificaciones significativas en las necesidades del organismo cuando por circunstancias no previstas en la licitación se produzca un incremento en la demanda. La modificación no podrá suponer el establecimiento de nuevos precios unitarios no previstos en el contrato.
Si el contrato específico está financiado por el PRTR, adicionalmente a lo anterior es de aplicación la Cláusula Adicional Tercera, de modificación de los contratos específicos financiados en el PRTR, incluida en la Adenda a este documento de invitación.
4.5. VALOR ESTIMADO
Conforme a lo previsto en el artículo 101.5 de la LCSP el valor estimado asciende a 338.485,20 euros, según el siguiente desglose:
Valor estimado | Importe (€) |
Importe total de la prestación, sin IVA | 282.071,00 € |
Importe máximo por modificación prevista, sin IVA | 56.414,20€ |
TOTAL | 338.485,20 € |
El contrato, conforme a los umbrales establecidos en la normativa contractual:
☒ SI está sujeto a regulación armonizada
☐ NO está sujeto a regulación armonizada
6 Entre las circunstancias que se pueden señalar deben precisarse las admitidas en el apartado 27.17 del PCAP del SDA 25/2022.
4.6. CONTRATO FINANCIADO CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
☐ No.
☒ Sí. Instrumento /Fondo/Programa/Mecanismo: Fondos Next Generation EU, Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Código de operación/Proyecto/Iniciativa: Palanca V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora/ Componente 13: Impulso a la pyme/Objetivos 5: Promover la internacionalización. Dentro de este objetivo 5, programa de apoyo personalizado para la internacionalización de la pyme, la contratación responde a actuaciones necesarias para la correcta ejecución de dos proyectos: -
Programa de ampliación de la base exportadora (PABE); y - Digital ICEX para la digitalización de ICEX y campus virtual. El Programa de ampliación de la base exportadora (PABE) pretende ofrecer, desde el autodiagnóstico, los servicios de apoyo a la internacionalización más adaptados a las características de cada empresa. Los principales retos y objetivos de este programa son los siguientes: - Principales retos: De los 3,4 millones de empresas existentes en España en 2019, sólo el 6,15% (209.223) exportaron y de ellas sólo el 25,3% (52.949) lo hicieron regularmente (1,56% del total de empresas). -
Objetivos: el objetivo del programa PABE es el incremento de la base exportadora mediante la identificación, asesoramiento y guía personalizada a pequeñas y medianas empresas sin experiencia o con escasa experiencia en la exportación, con el fin de ayudarles en su diagnóstico y guiarles y apoyarles en el uso de los instrumentos de apoyo públicos, incluidos los de naturaleza público-privada, que mejor se adapten a su situación. A su vez, este programa PABE está integrado por tres subproyectos:
- Herramienta de autodiagnóstico: Herramienta de Autodiagnóstico de Internacionalización online que recomiende a las empresas los servicios ICEX adaptados a sus necesidades, tanto para incorporarse a la actividad exportadora como para incrementar y consolidar su exportación.
- APIEm: Sistema de Apoyo Personalizado para la Internacionalización Empresarial (APIEm) prestado por un equipo de consultores especializados en comercio exterior y comercio electrónico, que durante tres años puedan guiar de forma personalizada al conjunto de empresas previamente identificadas por su potencial de internacionalización. Así mismo, esta contratación daría respuesta a necesidades también requeridas e inmersas en la correcta ejecución del programa Digital ICEX, que tambien responde a las prioridades de las políticas económicas, de ámbito nacional y europeo, orientadas al impulso e internacionalización de las PYMES, contribuyendo a la consecución del objetivo 213 xxx XXX, consistente en alcanzar al menos 3.000 empresas, 2.500 de las cuales han de ser PYMEs participantes en proyectos de apoyo a la internacionalización, al igual que respaldar el empleo mediante medidas encaminadas a preservar los puestos de trabajo, incentivos eficaces a la contratación y el desarrollo de las capacidades y mejorar el acceso al aprendizaje digital. Este expediente de contratación está financiado por el Fondo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europa, establecido por los Reglamentos (UE) 2020/2094, de 14 de diciembre, del Consejo, y (UE)2021/241, de 12 de febrero de 2021, del Parlamento Europeo y del Consejo, se
regulan y aprueban el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).Está prevista su financiación íntegramente con cargo a los créditos del servicio 50 “Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”, con cargo al presupuesto del Ministerio de Industria Comercio y Turismo mediante las correspondientes transferencias de capital de la Secretaría de Estado de Comercio a ICEX durante los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024.
Corresponde al organismo destinatario o, en su caso, al organismo financiador del presente contrato específico, la acreditación de todos los requisitos que resulten exigibles por la normativa comunitaria o nacional para obtener el retorno de las ayudas europeas. Resultan de obligado cumplimiento al presente contrato las obligaciones establecidas en la Adenda para contratos cofinanciados con cargo al presupuesto de la Unión Europea.
5. LUGAR Y CONDICIONES DE LA ENTREGA
Los datos de la entrega de los suministros, en caso de no coincidir con los datos del organismo interesado, son:
- Dirección Postal: Xx Xxxxxxxxxx, 000 – 00000 Xxxxxx
- Correo electrónico: xxxx@xxxx.xx
- Teléfono: 00 000 00 00
- Fax: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
En caso de haberse indicado en el apartado 2 que se admiten entregas parciales, el lugar de entrega para cada entrega parcial será el indicado en el Anexo VI.
El responsable del contrato específico podrá determinar para la entrega y/o recepción de los suministros un lugar distinto al aquí indicado, previa aceptación y conformidad del adjudicatario del contrato.
6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN
☒ No ha existido participación de empresas en la elaboración de las especificaciones técnicas o los documentos preparatorios del contrato específico, ni existen incompatibilidades por causas de la naturaleza de los trabajos a realizar por el adjudicatario.
☐ Sí han participado empresas en la elaboración de especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato específico. Se han adoptado las siguientes medidas para garantizar que su participación en la licitación no falsee la competencia:
☐ Comunicación a los demás candidatos o licitadores de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas.
☐ Otras:
(Detallar en su caso)
☐ Existen incompatibilidades por causa de la naturaleza de los trabajos.
Determinar la incompatibilidad existente y justificar
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN7
7.1. PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
☐ El único criterio de adjudicación es el precio
☒ Solo se utiliza el precio y otros criterios evaluables mediante fórmulas, con los siguientes pesos:
SOBRE 1.1 Criterios evaluables mediante fórmulas distintos al precio | SOBRE 1.2. Precio |
20 puntos | 80 puntos |
☐ Conforme a lo justificado en memoria adjunta, se utilizan criterios sujetos a un juicio de valor con los siguientes porcentajes:
SOBRE 1. Criterios que dependen de un juicio de valor | SOBRE 2.1 Criterios evaluables mediante fórmulas distintos al precio | SOBRE 2.2. Precio |
Indicar su peso en puntos, ≤ 25 puntos. | Indicar su peso en puntos. | Indicar su peso en puntos, ≥ 40 puntos. |
7.2. FÓRMULA APLICABLE AL CRITERIO PRECIO
☐ Función optimizar precio (si se incluyen criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor, se deberá usar ésta obligatoriamente):
𝐶𝑖
= 𝑃 ∗ 𝑂𝑙 − 𝑂𝑖
𝑂𝑙 − 𝑂𝑏
Donde:
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i
P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 40 puntos sobre 100. Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido)
Ob, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido)
Ol, es el presupuesto máximo de licitación (IVA excluido)
7 Criterios de valoración conforme a las previsiones del apartado 27.5.4 del PCAP.
☒ Función minimizar precio (se puede utilizar si sólo se utilizan criterios automáticos):
𝐶𝑖
= 𝑃 ∗ (1 − 𝑂𝑖 − 𝑂𝑚𝑖𝑛)
𝑂𝑚𝑎𝑥
Donde:
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i
P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 40 puntos sobre 100. Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido)
Omin, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido) Omax, es el precio de la oferta más alta (IVA excluido)
7.3. OTROS CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE FÓRMULAS, DISTINTOS AL PRECIO
7.3.1. CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE FÓRMULAS
Podrán emplearse los siguientes criterios. En la fórmula de valoración debe elegirse sólo una para cada criterio:
CRITERIO | PUNTOS | FÓRMULA DE VALORACIÓN, según apartado 7.5 |
Mejora en 15 días el plazo de finalización de los trabajos de instalación avanzada, cuya duración máxima es de 2 meses a partir de la fecha especificada por ICEX, según se detalla en el Anexo VI. | 20 | Sí/No |
7.3.2. FÓRMULAS PARA LA EVALUACIÓN AUTOMÁTICA DE LOS CRITERIOS
Función Maximizar:
Donde:
𝐶𝑖
𝑋𝑖
= 𝑃 ∙
𝑋𝑚á𝑥
• Ci es la puntuación en base al criterio C, asignada a la oferta del licitador i;
• P es la ponderación del criterio C;
• Xi es el valor ofertado por el licitador i en el criterio C;
• Xmáx es el valor máximo ofertado por los licitadores en el criterio C o el umbral de saciedad si éste fuese inferior y se hubiese definido.
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente mayor valor del dato en su oferta, en el criterio C, y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
Función Minimizar:
Donde:
𝐶𝑖
= 𝑃 ∙ [1 − (𝑋𝑖 − 𝑋𝑚í𝑛)]
𝑋𝑚á𝑥
• Ci es la puntuación en base al criterio C asignada a la oferta del licitador i;
• P es la ponderación del criterio C;
• Xi es el valor ofertado por el licitador i en el criterio C;
• Xmín es el valor mínimo ofertado por los licitadores en el criterio C o el valor mínimo de referencia que se hubiese definido, en su caso;
• Xmáx es el valor máximo ofertado por los licitadores en el criterio C.
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente menor valor del dato en su oferta en el criterio C y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
Función Sí/No (maximizar binario):
Donde:
𝑋𝑖 = 𝑃
• P es el peso del criterio a valorar, si la oferta del licitador contempla el cumplimiento de este requisito. En caso contrario, P es cero.
7.4. CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR
7.4.1. CRITERIOS Y PONDERACIÓN
CRITERIO | PUNTOS |
No aplica | XX |
7.4.2. MÉTODO DE VALORACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
En este apartado se deberá especificar para cada criterio el método de valoración:
• los aspectos que se valorarán (sólo se podrá puntuar en base a los aspectos que aquí se indiquen),
• la documentación que se considerará y
• el baremo que se aplicará para valorar cada aspecto.
Para cada criterio/subcriterio la valoración se efectuará según el siguiente baremo de calidad:
Ejemplo de tabla de para baremar:
EXCELENTE | 100% de la puntuación del criterio/subcriterio |
ALTA | 80% de la puntuación del criterio/subcriterio |
MEDIA | 60% de la puntuación del criterio/subcriterio |
BAJA | 40% de la puntuación del criterio/subcriterio |
MUY BAJA | 20% de la puntuación del criterio/subcriterio |
Se aplicará un umbral del 50% una vez abierto el Sobre nº 1 y, si existen también criterios de calidad automáticos, una vez abierto también el sobre 2.1.
Se apreciará que la oferta es anormalmente baja cuando se produzcan las siguientes condiciones de forma concurrente:
- Si existiendo 4 o más licitadores las ofertas económicas presentadas resultan inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 20 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. Si, por el contrario, han concurrido menos de cuatro licitadores, resultarán de aplicación las previsiones del artículo 85 apartados 1 a 3 del Reglamento 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- A la condición anterior, siempre que existan criterios diferentes al precio, se deberá añadir la siguiente para apreciar el carácter anormal o desproporcionado de las ofertas.
☐ Cuando la puntuación en el criterio de calidad de mayor peso de los apartados 7.3 y 7.4 se encuentre por encima del siguiente umbral, con respecto a la media de los valores ofertados: indicar % o importe.
☒ Cuando la puntuación conjunta de todos los criterios de los apartados 7.3 y
7.4 se encuentre por encima del siguiente umbral, con respecto a la media la puntuación de todas las ofertas en estos criterios: 25 %.
Alternativamente, se podrá sustituir la anterior regla general por una regla particular conforme al artículo 149 de la LCSP. La inclusión de una regla particular requerirá que ésta haya sido previamente validada por el Servicio Jurídico del organismo destinatario.
9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
9.1. OBLIGACIONES GENERALES
Al presente contrato le resultan de aplicación las siguientes obligaciones, conforme a lo establecido en los pliegos reguladores del sistema dinámico de adquisición:
a) A ofertar únicamente programas con distribución comercial, no pudiendo aplicar precios superiores a los xx xxxxxxx conforme a las condiciones del apartado 17.2 c) del PCAP, y que satisfagan las prestaciones de la garantía obligatoria del fabricante previstas en el apartado III.6 del PPT.
b) La obligación de cumplimiento de la condición especial de ejecución relativa a la disponibilidad de los planes de formación conforme al apartado 27.5.6 apartado 1 del
PCAP y, en su caso, las condiciones de ejecución previstas en el apartado 9.3 de este documento de invitación.
c) Las obligaciones referidas a la protección de datos personales, en los términos previstos en la cláusula 27.5.6 apartado 2 del PCAP.
d) La obligación de confidencialidad del apartado 27.5.8 del PCAP.
e) Las obligaciones establecidas en el apartado 27.5.9 del PCAP respecto al personal laboral.
f) A facilitar la información técnica prevista en los apartados III.9 y III.10 del PPT de los productos ofertados, en caso de resultar adjudicatario.
g) Las obligaciones de comunicación de la subcontratación y la acreditación de los pagos a los subcontratistas conforme al apartado 27.11 del PCAP. En su caso, y conforme a lo previsto en el artículo 215.2.e) de la LCSP, el contratista principal no podrá subcontratar las siguientes tareas críticas:
Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
h) Si el contrato incluye servicios a prestar por el adjudicatario, estará obligado al cumplimiento de las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación conforme al artículo 122.2 de la LCSP.
i) El adjudicatario nombrará un Coordinador Técnico del Contrato que actuará como interlocutor único a todos los efectos frente a la entidad destinataria del contrato, canalizando las comunicaciones y responsabilizándose de la gestión de la prestación por parte de la empresa adjudicataria.
9.2. OTRAS CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
No aplica
9.3. OBLIGACIONES DE SEGURIDAD EN CUMPLIMIENTO DEL ENS
A efectos del artículo 11 del RD 311/2022, en adelante ENS, el responsable del sistema, será el que se indique en este documento de invitación o, en caso de no indicarse explícitamente, el responsable del sistema será el responsable del contrato específico que figura en el apartado 1 del presente documento.
En cumplimiento del artículo 13.5 del ENS, es obligación del adjudicatario designar una Persona de Contacto (POC) que canalice y supervise el cumplimiento de los requisitos de seguridad exigidos en esta cláusula y las comunicaciones relativas a la seguridad de la información y la gestión de los incidentes de seguridad durante la ejecución del contrato específico. Dicha Persona de Contacto será el propio Responsable de Seguridad de la organización contratada, formará parte de su área o tendrá comunicación directa con la misma.
En caso de que el contrato específico incluya la prestación de servicios por parte del adjudicatario, el organismo destinatario informará de sus deberes, obligaciones y responsabilidades en materia de seguridad en lo relativo al sistema de información al personal puesto a disposición para la prestación del citado servicio, en cumplimiento del artículo 15 del ENS. Esta información se realizará en la fase de ejecución del contrato. Es obligación del adjudicatario supervisar la actuación de dicho personal, para verificar que se siguen los
procedimientos establecidos por el organismo, se aplican las normas indicadas y los procedimientos operativos de seguridad aprobados en el desempeño de sus cometidos.
Si alguno de los sistemas de información en los que se van a utilizar los programas en infraestructura local es de categoría media o alta, el adjudicatario del contrato específico debe proporcionar al Responsable del Contrato Específico durante la ejecución del contrato la lista de componentes software, en cumplimiento de la medida [op.pl.5.r2.1] del ENS.
9.4. OBLIGACIONES RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE LOS PROGRAMAS OFERTADOS EN MODALIDAD DE NUBE CUANDO EXISTA TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES
A los efectos del Reglamento (UE) 2016/679, el proveedor de nube tendrá consideración de encargado del tratamiento.
Si se ha indicado en el apartado 2.2 que los programas objeto del suministro deben procesar o almacenar datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en adelante RGPD, y en la Ley Orgánica 3/2018, o tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, conforme a lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/680 y la Ley Orgánica 7/2021, sólo se aceptarán nubes cuyos proveedores de nube encargados del tratamiento se encuentren establecidos y realicen las operaciones principales de tratamiento en la UE/EEE, admitiéndose transferencias a terceros países u organizaciones internacionales siempre que el proveedor de nube establecido en la UE/EEE ofrezca garantías adecuadas conforme a lo previsto en el Capítulo V del RGPD8.
El candidato propuesto como mejor clasificado deberá acreditar que el proveedor de nube está en disposición de suscribir el acto jurídico vinculante de conformidad al artículo 28.3 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) durante el período de vigencia de las licencias en su condición de encargado del tratamiento. A estos efectos, el licitador mejor clasificado deberá aportar la declaración responsable que figura en el Anexo IV y que debe incluir información suficiente del proveedor de nube de los suministros. El responsable del tratamiento, a la vista de la documentación, manifestará su conformidad en el modelo del Anexo V.
En caso de no aportarse la declaración responsable y la documentación del proveedor de nube en un plazo máximo de cinco días hábiles, o de que las garantías ofrecidas por el proveedor de nube no sean suficientes, la oferta podrá ser excluida, en cuyo caso se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
10.1. PAGO DEL PRECIO
8 La Comisión Europea ha adoptado decisiones de adecuación con Andorra, Argentina, Canadá (operaciones comerciales sólo), Islas Faroe, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Isla de Man, Japón, Jersey, Nueva Zelanda, República xx Xxxxx, Suiza, Xxxxx Unido y Uruguay. Puede obtenerse información adicional actualizada en la página de la AEPD xxxxx://xxx.xxxx.xx/xx/xxxxxxxx-x-xxxxxxx/xxxxxx-xxx- deberes/medidas-de-cumplimiento/transferencias-internacionales.
Se abonará el precio del suministro de las licencias dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones (parciales o totales, según se indique en el apartado
3.2 de este documento de invitación) o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados, conforme a las previsiones del art. 198.4 del LCSP.
Si en el apartado 2.2 y 3.3 se ha indicado que se solicita un servicio de instalación avanzada a prestar por el adjudicatario, éste se facturará:
☒ A la recepción del servicio, tras su cumplimiento a satisfacción de la Administración.
☐ Otra: Pagos tras la consecución de los siguientes hitos:
-Hito 1: Entrega de Licencias SAS Viya 4, a los 15 días naturales a partir de la fecha de inicio del contrato.
-Hito 2: Entrega de Licencias SAS Visual Analytics, a los 15 días naturales contados a partir del 01/02/2024.
-Hito 3: Entrega de las licencias SAS Desktop 9.4, a los 15 días naturales, contados a partir del 01/02/2024.
- Hito 4: El pago de los trabajos de instalación avanzada se efectuará tras la realización de los trabajos definidos y una vez comprobado su correcto funcionamiento y conformidad por parte de ICEX. Se facturarán en factura separada mencionando los trabajos de instalación que se haya realizado en cada período. El plazo de ejecución será de 2 meses y se iniciará una vez que ICEX lo solicite, previa verificación del cumplimiento interno de los requisitos de ciberseguridad definidos en la organización.
Si en el apartado 2.2 y 3.3 se ha indicado que se solicita un servicio de soporte a prestar por el adjudicatario, éste se facturará:
☐ Mensualmente.
☐ Trimestralmente, considerando los siguientes períodos trimestrales: Período 1: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
Período 2: Haga clic o pulse aquí para escribir texto. Período 3: Haga clic o pulse aquí para escribir texto. Período 4: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
☐ Otra: Especificar…
10.2. CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS
☒ Organismo incluido en el ámbito subjetivo, art 229.2 LCSP.
Las facturas se presentarán obligatoriamente en formato electrónico firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. En concreto, las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas se ajustarán al formato estructurado de la factura electrónica Facturae y de firma electrónica conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures (XAdES).
En las facturas deberán constar los siguientes datos, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP:
• Órgano de contratación: Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación - E04962703.
• Órgano responsable del contrato específico (DIR3): ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E
• Órgano gestor (DIR3): Dirección Adjunta de Evaluación y Análisis Estadístico
• Unidad tramitadora (DIR3): Dirección Adjunta de Evaluación y Análisis Estadístico
• Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública (DIR3):
-Número de expediente: 222/2023
-Departamento de facturación: Dirección Adjunta de Evaluación y Análisis Estadístico
-Nº propuesta gasto: 202303231
-Posición de gasto: 001 (licencias 2023) y 002 (servicios de instalación avanzada)
-Nº propuesta de gasto: 1202400216: posición de gasto 001 (licencias 2024) Asimismo, en el ámbito de la facturación electrónica deberán incluir:
• Campo <FileReference>: SDA 25/2022.
• Campo <Receiver transaction reference>: código del contrato específico.
☐ Organismo adherido al Sistema Estatal de Contratación Centralizada.
El pago de los servicios se efectuará por el organismo destinatario, según lo previsto en las normas que regulen el procedimiento para el pago de sus obligaciones.
En caso de ser de aplicación los preceptos indicados en el apartado anterior, deberán copiarse y consignarse aquí. En caso de que exista normativa específica, deberá incluirse aquí.
Una vez efectuada la recepción de las licencias de los programas suministradas, comenzará el plazo de garantía de según lo establecido en los artículos 210 y 305 de la LCSP.
Esta garantía, denominada garantía obligatoria del adjudicatario, se ajustará a lo descrito en el apartado III.7 del PPT y tendrá una duración de 2 años independientemente del periodo de vigencia de las licencias suministradas.
En caso de haberse solicitado en el apartado 2.2, a la anterior garantía obligatoria del adjudicatario, será obligatoria una garantía extendida del adjudicatario con la cobertura del apartado III.8 del PPT, concretada en el Anexo VII de este documento, cuya duración se extenderá durante todo el periodo de vigencia de las licencias objeto del suministro.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado ningún reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
12.1. PENALIDADES FIJADAS EN EL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN
En los siguientes casos se aplicarán las previsiones de la cláusula 27.16 del PCAP:
Valor fijado en el SDA | Valor fijado en el contrato específico | Fórmula de cálculo | |
Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución, excepto las relativas a subcontratación. - … - … | 2% de la facturación del periodo | Apartado 12.2 | |
Incumplimiento de los ANS. | 2% de la facturación del periodo | Según ANS. | |
Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios. | 2% de la facturación del periodo | Apartado 12.2 | |
Incumplimiento de las condiciones ofertadas en los criterios de adjudicación y que fueron valoradas. | 2% de la facturación del periodo | Apartado 12.2 | |
Demora en el cumplimiento del plazo total del contrato | Resolución / 0,60 euros por cada día y 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido | Valor fijado en el SDA | |
Incumplimiento de obligaciones en materia medioambiental, social o laboral | 2% de la facturación del periodo | Apartado 12.2 | |
Incumplimiento de las condiciones de subcontratación | 2% del importe del subcontrato | Valor fijado en el SDA | |
Incumplimiento de las obligaciones de información y pago sobre suministradores y subcontratistas. | 2% del importe del subcontrato | Valor fijado en el SDA |
Definición y motivación de incumplimientos graves y muy graves aplicables al contrato específico:
• El incumplimiento de las medidas relativas a la seguridad de los programas en cumplimiento del ENS, o de los requisitos de seguridad para la protección de datos personales en nube tendrá la consideración de incumplimiento muy grave dando lugar a una penalidad de hasta el 10% del importe total del contrato.
• Incumplimiento del resto de las condiciones especiales de ejecución:
o Grave:
o Muy grave:
• Incumplimiento de los ANS:
o Grave:
o Muy grave:
• Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios:
Este proyecto tiene una elevada complejidad técnica, ya que su ejecución se realiza en sistemas de software cuyo manejo exige una capacitación especializada. El incumplimiento por parte del adjudicatario de la adscripción de los medios humanos requeridos pone en peligro la correcta instalación avanzada prevista en el contrato, que incluye actividades complejas de migración y parametrización.
o Grave: adscripción de sólo uno de los dos perfiles. Penalización: 5% del importe del contrato
o Muy grave: No adscripción de ninguno de los dos perfiles o reiteración en el incumplimiento grave. Penalización: 10% del importe del contrato.
Cumplimiento: adscripción de dos perfiles:
SAS Certified Platform Administrator for SAS®9 SAS Certified Specialist: Administration of SAS Viya
• Incumplimiento de las condiciones ofertadas en los criterios de adjudicación y que fueron valoradas:
Se ha incluido un criterio de valoración por fórmula que consiste en el compromiso de finalización de las actividades de instalación 15 días antes de la fecha especificada por ICEX en el Anexo VI.
Si el adjudicatario se compromete a cumplir el criterio de valoración por fórmula expresado en el apartado 7.3.1, consiguiendo así la puntuación asociada a tal criterio, y posteriormente, en tiempo de ejecución ese compromiso es incumplido, puede suponer un perjuicio para la planificación de ICEX, conllevando incluso la aparición de perjuicios económicos.
En este sentido, se establece el umbral de cumplimiento en la finalización de las actividades 15 días antes de la fecha máxima determinada por ICEX en el Anexo VI.
o Grave: retraso de hasta una semana sobre el plazo de mejora declarado (finalización entre el día 1 y 7 de mejora del plazo). Penalización: 5% del importe del contrato.
o Muy grave: retraso de hasta dos semanas sobre el plazo de mejora declarado (finalización entre el día 8 y 15 de mejora del plazo). Penalización: 10% del importe del contrato.
12.2. FÓRMULA PARA LA APLICACIÓN DE PENALIDADES
Los porcentajes para los incumplimientos que no deban calificarse como graves o muy graves, se aplican sobre el importe de la facturación del período en el que se produzca el incumplimiento que da lugar a la penalidad, mediante la siguiente fórmula:
𝑑
𝐼𝑃 = 0.02 × 𝐼𝐹 𝐷
Donde:
• IP es el importe de la penalidad a aplicar
• IF es el importe del periodo de facturación, antes de la aplicación de ninguna penalidad
• d es el número de días hábiles durante los que ha subsistido el incumplimiento dentro del periodo de facturación, y
• D es el número de días hábiles contenidos en el periodo de facturación.
13. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO
Son de aplicación las causas de resolución previstas en el apartado 27.18 del PCAP del sistema dinámico de adquisición.
Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
14. FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Las ofertas se presentarán obligatoriamente en formato electrónico, a través de la PLACSP9 u otra plataforma de contratación a disposición del organismo.
Las ofertas deberán firmarse electrónicamente por el representante legal de la empresa10.
El organismo destinatario deberá realizar el trámite de apertura de las ofertas siguiendo los preceptos de la licitación electrónica.
La oferta económica deberá incluir, al menos, la información en el modelo de oferta disponible en el Portal de Contratación Centralizada para el SDA 25/2022, en la siguiente dirección: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/00000/000000/XxxxxxxxxxxXxxxxxxXXX 25_2022.zip/9854d53b-ca36-4840-a817-1161b3e4ee17. Junto con la invitación, el organismo destinatario podrá adjuntar un modelo de oferta económica más detallado, que complemente la información exigida en el citado modelo de oferta.
La oferta técnica deberá contener la siguiente documentación:
• Relación de los programas en la modalidad de licenciamiento que se ofertan
9 Plataforma de Contratación del Sector Público: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx
10 Para facilitar la identificación el firmante apoderado de la empresa se deberá indicar, además de sus datos, el número de usuario apoderado de la aplicación AUNA.
• La información de los requisitos mínimos de los productos o referencias a las fichas técnicas o catálogos que permitan acreditar los criterios automáticos:
o Documentación técnica de los productos (licencias), características de las mismas y vigencia del soporte básico que se incluye (definiendo su alcance).
o Definición y descripción del alcance de los servicios, planificación y especificaciones técnicas del proceso de implementación, así como documentación técnica que se aportará.
• La información necesaria para la evaluación de los criterios automáticos de la instalación avanzada y/o soporte y su acreditación, siguientes:
o Plazo comprometido de instalación: marcando en el modelo de oferta
“Sí/No” al recorte del plazo de instalación avanzada.
• Si la oferta incluye programas que forman parte de la arquitectura de seguridad del organismo se deberá incluir la acreditación de los requisitos de seguridad exigidos por cualquiera de los medios descritos en el apartado III.2.2 o III.2.3 del PPT, según corresponda. La falta de acreditación será motivo de exclusión de la oferta.
En el supuesto de que se hayan definido criterios sujetos a juicio de valor, se deberá incluir en el Sobre 1 de la oferta técnica, la documentación que permita evaluar los planes de implantación o las soluciones técnicas conforme a los criterios sujetos a un juicio de valor, sin que sea posible incluir en este sobre información económica o correspondiente a criterios automáticos que se presentará en el Sobre 2. El Sobre 1 se deberá valorar de forma previa a la apertura del sobre que contiene la documentación económica y de los criterios evaluables mediante fórmulas.
o Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
NOTAS IMPORTANTES: LOS CANDIDATOS ADMITIDOS AL SISTEMA DINÁMICO NO ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR OFERTA NI A COMUNICAR QUE NO VAN A CONCURRIR A LA LICITACIÓN.
EN LO QUE ESTE DOCUMENTO DE INVITACIÓN SE OPONGA A LOS PLIEGOS DEL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN, PREVALECERÁN ESTOS ÚLTIMOS.
NO ES VÁLIDO INTRODUCIR EL CONTENIDO DE LOS APARTADOS 1 A 14 DE ESTA INVITACIÓN EN LOS ANEXOS U OTROS ESPACIOS DIFERENTES A LOS PREVISTOS EN ESTE MODELO PARA CONTENER ESA INFORMACIÓN
XXXXX (R: Q2891001F)
EL TITULAR DEL ÓRGANO DESTINATARIO (CARGO): Director General de Cooperación Institucional y Coordinación de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E.
05388808T XXXXXX
Firmado digitalmente por 05388808T XXXXXX XXXXX (R:
Q2891001F)
Fecha: 2023.11.21 13:02:48 +01'00'
Firmado electrónicamente (nombre y apellidos): Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
ANEXO I PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
I.1. REQUISITOS FUNCIONALES DE LOS PROGRAMAS A SUMINISTRAR
ICEX está desarrollando el proyecto de Autodiagnóstico ICEX ADA en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos Next Generation EU. Esta iniciativa se enmarca en el Programa de Ampliación de la Base Exportadora de ICEX (PABE), que integra un conjunto de proyectos diseñados con el objetivo de contribuir a incrementar el número de empresas con actividad internacional, particularmente PYMEs.
También está alineado con el objetivo estratégico de reforzar la resiliencia del sector exterior, ampliando y diversificando la base exportadora y acelerando su consolidación en el mercado internacional. El diseño y desarrollo de la herramienta de Autodiagnóstico ICEX ADA está previsto que contribuya a la consecución de dicho objetivo, dado que se trata de una herramienta digital que, partiendo de un conjunto de variables y datos de la empresa, proporciona el diagnóstico de su situación, sus principales necesidades y los servicios ICEX recomendados para mejorar su posicionamiento internacional.
El funcionamiento de la herramienta se basa en un conjunto de modelos analíticos que interaccionan de forma dinámica a partir de un amplio conjunto de variables económicas clave de las empresas y permite, en primera instancia, clasificarlas. En base a los resultados modelizados de las evaluaciones de impacto de los servicios de ICEX en los distintos tipos de empresa, también incorpora una función de recomendación de los apoyos más adecuados para cada empresa.
Así mismo, el diagnóstico se ha complementado con unos informes interactivos que explotan todo el microdato de la exportación de bienes desde el año 2000 y aplican modelos predictivos que permiten ofrecer a la empresa, si es autorizante de Aduanas, información precisa sobre oportunidades y riesgos en su trayectoria internacional, de forma comparada con empresas similares, para lo que se utilizan técnicas de aprendizaje automático y de inteligencia artificial.
Está prevista su entrada en funcionamiento como servicio directo a la empresa española, así como su explotación interna por parte de la organización, integrado con otros sistemas de información, con el fin de optimizar el servicio y el acompañamiento a los clientes, desde las etapas iniciales de su proceso de internacionalización.
La estrategia de evaluación de ICEX iniciada en 2011 fue cubierta tecnológicamente a través de varios productos de SAS que se adquirieron a tal efecto. ICEX ha enido desarrollando unos clasificadores contextuales muy precisos de grupos de empresas con características económicas y perfiles similares (clústeres) producto de todas las evaluaciones realizadas desde entonces, que suponen uno de los ejes del proyecto de Autodiagnóstico ICEX ADA que se está desarrollando. Un conjunto de más de 17.000 modelos analíticos desarrollados y gobernados en SAS permite actualmente:
- Caracterizar a las empresas según los instrumentos de apoyo;
- Determinar la evolución de su competitividad desde 2008;
- Identificar las necesidades de apoyo;
- Definir la efectividad de cada tipo de apoyo en cada empresa individual (en términos de utilidad para solventar las barreras presentes o futuras que le impidan iniciar o proseguir su estrategia internacional);
- Conocer la probabilidad de contratar algún servicio de ICEX, según los datos históricos;
- Predecir la probabilidad de supervivencia en el mercado internacional de una empresa;
- Predecir la probabilidad de entrada o permanencia en áreas geográficas, en función de su trayectoria internacional;
- Predecir el riesgo de concentración de la exportación de una empresa en el medio plazo.
- Analizar la internacionalización empresarial aplicando la perspectiva de género.
Para completar el alcance del proyecto de Autodiagnóstico ICEX ADA, en 2021 se comprobó que era necesario ampliar las capacidades del entorno analítico con soluciones de Data Science y Machine Learning, con los siguientes requisitos:
1. Debía ser compatible con lo existente o minimizar el coste de migración.
2. Debía garantizar la conectividad con el resto de sistemas de información de ICEX.
3. Debía garantizar todos los requisitos de ciberseguridad, de trazabilidad de los modelos y de explicabilidad de los modelos.
4. Debía garantizar la escalabilidad de los modelos analíticos a un entorno de producción.
5. Debía garantizar la gestión de los modelos analíticos construidos así como su gobernanza.
Con el objetivo de identificar la mejor solución tecnológica para cubrir las necesidades derivadas del desarrollo, puesta en marcha y funcionamiento del proyecto, el área de Tecnologías de la Información de ICEX solicitó la realización de un estudio independiente para analizar la situación xx xxxxxxx, los requerimientos tecnológicos precisos para la implementación del proyecto, considerando las diversas alternativas que existían en el mercado y su grado de adecuación para cubrir las necesidades identificadas y los objetivos perseguidos.
Tras realizar ese estudio, se elaboró un informe pormenorizado que incluía:
- La situación xx xxxxxxx y los objetivos de ICEX
- Una calibración de los requerimientos de ICEX, tanto en el análisis de datos como en el reporting
- Un análisis detallado de las soluciones de Data Science y Machine Learning a través xxx xxxxx de todas las funcionalidades específicas requeridas (identificando su peso para el proyecto), con las distintas soluciones disponibles en el mercado para cubrirlo, valorando así su grado de cumplimiento.
- Un mapa de posicionamiento de las distintas plataformas de Data Science y Machine Learning analizadas, según la puntuación obtenida en cada ámbito.
- Un análisis detallado de las soluciones de Business Intelligence también a través xxx xxxxx de las funcionalidades específicas requeridas (según su peso en el proyecto), con las soluciones disponibles en el mercado, para obtener una valoración de su grado de cumplimiento.
- Un mapa de posicionamiento de las distintas plataformas de Business Intelligence analizadas, según la puntuación obtenida en cada ámbto.
- Recomendaciones para la elección de plataforma de Data Science y Machine Learning, considerando todas las cuestiones analizadas.
El benchmarking de las distintas soluciones analizadas existentes en el mercado y su grado de cobertura de las funcionalidades requeridas, permitió concluir que ICEX debía mantener la solución de la plataforma SAS, que cubría tanto las necesidades actuales como las nuevas óptimamente. Esta opción, además no exigía enfrentarse a los desafíos y costes de una
migración de tablas de datos, metadatos ni de reescritura y recalibración de todos los modelos construidos y ya en funcionamiento en esa fecha y permitía cumplir y adaptarse a los tiempos de desarrollo que el proyecto PRTR exigía.
En 2021 fueron adquiridos a través del procedimiento de Contratación Centralizada (AM 13/2018) los módulos SAS Visual Statistics de Visual Data Mining and Machine Learning (VDMML) y de SAS. Esta adquisición ha permitido ampliar la escalabilidad del proyecto, construir nuevos informes dinámicos complementarios y vinculados con el proyecto de Autodiagnóstico, ampliando así la capacidad de los productos anteriores e incrementando el valor añadido de la información que se proporciona a las empresas, permitiendo la interacción con ellas. Asimismo, gracias a dichas funcionalidades adquiridas, se está trabajando en la retroalimentación del sistema de recomendación ligado al proyecto para que pueda ir aprendiendo de la propia realidad, pudiendo así mejorar la precisión de las clasificaciones y de las recomendaciones e ir adquiriendo progresivamente capacidades de inteligencia artificial.
Ante este escenario y situación, resulta necesaria la contratación de licencias de la tecnología SAS con el objetivo de continuar avanzando en el desarrollo del proyecto de Autodiagnóstico.
Adicionalmente, ICEX ha decidido migrar a la versión 4 de la plataforma SAS Viya, desde la actual versión 3.5, más acorde con los requisitos de ciberseguridad de ICEX, de cara a facilitar los informes personalizados de empresas hacia el exterior, paso necesario en el desarrollo del proyecto de Autodiagnóstico ICEX ADA.
En la actualidad, ICEX dispone de suscripciones de módulos de software para PC (desktop) y de módulos para servidor (Viya). Se ha planificado hacer la transición a lo largo de 2024. El hosting de dichos entornos será gestionado localmente, y de este modo asegurar los requisitos de ciberseguridad y la aplicación de los criterios de carácter tecnológico que deban ser considerados. En concreto, esta propuesta cubre:
Adquisición de licencias en propiedad
Producto | Número de Licencias | Fecha de inicio | Período de soporte* | Importe (sin IVA) |
SAS Viya | 2 usuarios | 01 diciembre 2023 | 01/12/23 – 30/11/24 | 185.000€ |
SAS Visual Analytics | 10 usuarios | 01 febrero 2023 | 01/02/24 – 30/11/24 | 24.375€ |
Conectores SAS nativos | Incluido | 01 diciembre 2023 | 01/12/23 – 30/11/24 | 0€ |
TOTAL | 209.375€ |
Renovación de la suscripción de las licencias en máquina (PC):
Producto | Versión Plataforma | Número de Licencias | Período de renovación** | Importe (sin IVA) |
SAS/ACCESS to PC Files | SAS 9.4 Desktop | 2 USERS | 1 feb 2024 – 30 nov 2024 | 22.696€ |
Enterprise Xxxxx Desktop | SAS 9.4 Desktop | 1 USERS | 1 feb 2024 – 30 nov 2024 |
SAS/ETS | SAS 9.4 Desktop | 2 USERS | 1 feb 2024 – 30 nov 2024 | |
Visual Data Discovery Desk | SAS 9.4 Desktop | 2 USERS | 1 feb 2024 – 30 nov 2024 | |
Text Xxxxx Desktop | SAS 9.4 Desktop | 1 USERS | 1 feb 2024 – 30 nov 2024 | |
JMP for Visual Data Discovery Desk | SAS 9.4 Desktop | 2 USERS | 1 feb 2024 – 30 nov 2024 |
Se ha previsto la adquisición de licencias perpetuas para SAS Viya 4, habilitada principalmente para entidades públicas que llevan haciendo un uso intenso del sistema SAS para confeccionar sus modelos analíticos, de aprendizaje automático o de inteligencia artificial.
Asimismo, se incluyen en esta propuesta los servicios de instalación avanzada requeridos para el desarrollo del proyecto:
- Migración de contenidos actuales a la nueva versión SAS Viya 4. Este es un servicio puntual que incluye la realización del inventario, adaptación y migración de los informes y contenidos actuales en el entorno de preproducción (actualmente en la versión SAS Viya 3.5) a la nueva versión SAS Viya 4. Otra de las ventajas de esta versión es que ya dispone, por defecto, de conectores nativos con la mayor parte de los aplicativos/tecnologías, sin necesidad de requerir su contratación de forma independiente.
- Servicio de configuración del nuevo entorno de producción. Hasta el momento, tan sólo se dispone de un entorno, utilizado con carácter interno (preproducción), que impide la consulta de los informes personalizados de empresas (autodiagnóstico) desde el exterior. Este servicio permitirá configurar y poner en funcionamiento un segundo entorno, de carácter externo, que proporcione cobertura para la consulta externa de los informes personalizados que el desarrollo del proyecto de Autodiagnóstico ICEX ADA requiere, cumpliendo los requisitos de ciberseguridad definidos por la DTI de ICEX. Se trata, igualmente, de un servicio puntual, que está previsto sea desarrollado a lo largo del primer semestre de 2024, en cuanto esté disponible el hosting en cloud y el servicio de gestión de kubernetes que requiere, ambos cubiertos a través de la infraestructura tecnológica de la DTI.
Producto/Servicio | Fecha de inicio | Plazo de ejecución | Importe (sin IVA) |
Migración de contenidos actuales a la nueva versión SAS Viya 4 | A petición de ICEX* | 2 meses | 30.000€ |
Configuración nuevo entorno de trabajo en producción, complementario al que actualmente está en funcionamiento (interno o de preproducción) | A petición de ICEX* | 2 meses | 20.000€ |
TOTAL | 50.000€ |
*Es preciso que, de forma previa a su implementación, estén asegurados diversos requisitos de infraestructura y ciberseguridad en ICEX, por lo que la fecha de inicio se fijará por parte de ICEX, aunque será comunicada con una antelación mínima de 15 días para facilitar la planificación de recursos.
I.2. REQUISITOS NO FUNCIONALES DE LOS PROGRAMAS A SUMINISTRAR
Hasta el día 30/10/24, con el objetivo de facilitar la transición entre la actual versión de SAS Viya
3.5 y SAS Viya 4 deberán estar disponibles las licencias de ambas versiones.
I.3. PERIODO DE VIGENCIA Y MODALIDAD DE LICENCIAMIENTO
Vigencia de las licencias:
Programa | Periodo de vigencia del licenciamiento |
Licencias SAS Viya 4 (2 licencias) | Perpetua* |
Licencias SAS Visual Analytics (10 licencias) | Perpetua* |
Suscripción SAS para PC (desktop) | Hasta 30/11/2024 |
*Si bien se adquieren las licencias de forma perpetua, se dispone de servicio de soporte de las mismas hasta el 30/11/24 tanto para las licencias SAS Viya como para las licencias SAS Visual Analiytics.
Los programas deben suministrarse bajo alguna modalidad de licenciamiento tal, que garantice al menos los siguientes derechos ante el fabricante:
Programa | Derechos durante la vigencia de las licencias y suscripciones |
• Licencias SAS Viya 4 • Suscripciones SAS Desktop | - Derecho de uso por usuario - Derecho anual de actualización de parches de seguridad, versiones menores, versiones mayores, otras mejoras implementadas… - Derecho de acceso a documentación de los productos licenciados. - Derecho anual de consulta al fabricante (soporte del fabricante): o Horario mínimo exigible de soporte: 12*5. o Tiempo de respuesta: menos de 1 día laborable. |
I.4. REQUISITOS DE SEGURIDAD DE LOS PROGRAMAS EN LA NUBE
Conforme al apartado III.2.3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, las siguientes medidas11 del RD 311/2022 (Esquema Nacional de Seguridad, ENS) aplican a los programas ofertados puestos a disposición en modo nube:
• [op.nub.1.2]: los programas deben ser conformes con el Esquema Nacional de Seguridad, para la categorización más alta de las enumeradas en apartado 2.4 de esta invitación.
• [op.nub.1.r1.1]: si alguno de los sistemas de información enumerados en el apartado
2.4. es de categoría media o alta, los programas ofertados deberán acreditar su
11 El RD 311/2022 hace referencia, en su medida [op.nub.1.1] a las guías CCN-STIC que sean de aplicación. Se trataría de la guía para el “software como servicio (SaaS)”. En el momento actual, al no estar publicada dicha guía, este requisito no es aplicable.
seguridad en el momento de presentar la oferta mediante uno de los medios descritos en el apartado III.2.3 del PPT.
• [op.nub.1.r2.1]: si alguno de los sistemas de información enumerados al principio del presente apartado es de categoría alta, la configuración de seguridad de los programas objeto del suministro deberá realizarse según la siguiente guía CCN-STIC:
o Guía CCN-STIC de aplicación: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
o Responsable de la configuración de seguridad: Elija un elemento.
En todo caso, el proveedor de nube deberá disponer de un procedimiento de gestión de incidentes que dé cumplimiento a las obligaciones establecidas por el ENS y el RGPD, el cual podrá ser verificado por el organismo destinatario o por el Responsable del sistema dinámico en cualquier momento durante el periodo de vigencia de las licencias adquiridas. El procedimiento garantizará que, en caso de incidente de seguridad, el proveedor de nube entregue toda la información disponible al organismo destinatario.
ANEXO II SERVICIOS DE INSTALACIÓN AVANZADA Y/O SOPORTE A PROPORCIONAR POR EL ADJUDICATARIO
II.1. SERVICIOS DE INSTALACIÓN AVANZADA DE LOS PROGRAMAS A SUMINISTRAR
Alcance
• Para garantizar la correcta instalación, actualización y mejora de la infraestructura se solicitan servicios profesionales de instalación avanzada.
• Se proveerán servicios de actualización y optimización de la infraestructura, así como la instalación de parches de seguridad y rendimiento, realizando así el setup inicial de la plataforma en fase de instalación.
• Los perfiles de los servicios profesionales contratados para la instalación del proyecto deberán contar con los máximos conocimientos del funcionamiento de las tecnologías SAS, incluyendo dentro de estos conocimientos el roadmap de los productos, para poder realizar una instalación que no solo se adapte a las necesidades y capacidades actuales de la solución, sino que se realice teniendo en cuenta las próximas evoluciones del producto y como pueden impactar en el setup de la solución actual. A su vez, los equipos profesionales que lleven a cabo esta actividad deberán tener acceso a los equipos de producto y de soporte técnico del fabricante, y de esta manera contar con las mejores prácticas recomendadas.
• Los equipos profesionales que participen en la implementación deberán también tener contacto directo con los responsables de producto, para poder identificar posibles problemas o incompatibilidades que puedan surgir durante el despliegue, que puedan necesitar la involucración de los responsables de producto del fabricante, y así ser capaces de resolver estos problemas de manera ágil y sin impactar en la planificación y los tiempos de despliegue establecidos por el proyecto.
Hito | Descripción del hito y sus entregables | Plazo | Porcentaje de la prestación |
HITO_01 | Suministro de licencias | Según se especifica en el Anexo VI. | 80% |
HITO_02 | Entrega de la instalación avanzada: ✓ Migración de contenidos ✓ Configuración nuevo entorno (producción) ✓ Despliegue ✓ Instalación ✓ Configuración ✓ Parcheo ✓ Setup y tuning | Tal como se define en el Anexo VI, la instalación avanzada de las licencias y suscripciones adquiridas se realizará a conveniencia del ICEX, especificándose en tiempo de ejecución del proyecto el momento oportuno en el que podrá iniciarse la actividad, que tendrá una duración máxima de 2 meses, salvo que el licitador haya propuesto un plazo menor en su oferta. | 20% |
II.2. SERVICIOS DE SOPORTE DE LOS PROGRAMAS A SUMINISTRAR
II.2.1. DIMENSIONAMIENTO DEL SERVICIO
No aplica
II.2.2. ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO
No aplica
II.3. REQUISITOS DE LOS PERFILES PROFESIONALES
Los servicios profesionales deberán ser prestados por profesionales que cuenten como mínimo con las siguientes certificaciones:
- SAS Certified Platform Administrator for SAS®9 (certificación requerida para el perfil de Jefe de Proyecto y para el Técnico especializado)
- SAS Certified Specialist: Administration of SAS Viya (certificación requerida para el perfil de Técnico especialista)
Estas certificaciones se solicitarán en caso de ser la empresa mejor valorada junto con la declaración responsable que certifique que sigue cumpliendo los requisitos de solvencia que acreditaron en el momento de su admisión al SDA.
En caso de ser la oferta mejora valorada se exigirá al adjudicatario presentar la siguiente documentación:
- Certificaciones profesionales exigidas para el equipo asignado
- Una declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa en la que manifieste que subsisten de las circunstancias relativas a la sociedad a las que se refieren las letras a), b) y c) del artículo 140.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, que fueron acreditadas durante el procedimiento de admisión al SDA 25/2022, y que se compromete a comunicar a la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación cualquier modificación de las mismas, en el modelo que figura en el Anexo de estas instrucciones.
- Certificación positiva de la AEAT de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Certificación positiva de la TGSS de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social
ANEXO III TRATAMIENTOS DE DATOS EN LA NUBE, FINALIDAD Y MEDIDAS
III.1. TRATAMIENTOS DE DATOS Y FINALIDAD DE LOS TRATAMIENTOS
Si en el apartado IV.2.1 se ha indicado que existe tratamiento de datos personales, a continuación, se señalan los datos personales que se van a transmitir y almacenar en la nube objeto del suministro:
• Categorías de interesados cuyos datos personales se tratan: No aplica al no haber tratamiento de datos
• Categorías de datos personales tratados: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
• Datos sensibles tratados (si procede) y restricciones o garantías aplicables: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
• Naturaleza del tratamiento: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
• Finalidad(es) del tratamiento: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
• Duración del tratamiento: Haga clic o pulse aquí para escribir texto.
En caso de tratamiento por parte de (sub)encargados, especifíquese también el objeto, la naturaleza y la duración del tratamiento.
III.2. MEDIDAS TÉCNICAS Y ORGANIZATIVAS
Serán de aplicación las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos en la nube, que resultan del análisis de riesgo o evaluación de impacto de protección de datos realizadas por el responsable del tratamiento y que se listan a continuación:
En este apartado deberá indicar las medidas concretas necesarias.
ADVERTENCIA: En todo caso, se recuerda que los tratamientos y medidas técnicas u organizativas deben establecerse conforme al análisis de riesgos y que en los supuestos en los que se demandan soluciones concretas deberían comprobarse las que incorporan los proveedores de nube en los que se van a utilizar los suministros que se contratan.
XXXXX XX MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 27 XX XXXXX DE 2016 RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN LO QUE RESPECTA AL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Y A LA LIBRE CIRCULACIÓN DE ESTOS DATOS
Organismo destinatario: No aplica al no haber tratamiento de datos | |
AM/SDA: | SDA 25/2022 LOTE X |
Propuesta de adjudicación/Expediente organismo destinatario | |
Objeto: |
D./Xx:…………………………………………………………………………………………………………………………………
……….…, con D.N.I. nº:………………………………………., actuando en nombre propio / en
representación de (a empresa licitadora)
…………………………………………………………………………………………………………………….., con N.I.F:………………………………………, con domicilio (de la empresa licitadora) en (calle/plaza/etc.):…………………………………………………………………………………………., nº ,
Población ,
Provincia:………………………………………………………….., y código postal: ,
En relación con el expediente de contratación arriba referenciado y de conformidad con lo dispuesto en los pliegos reguladores del SDA y en el documento de invitación objeto de la licitación.
DECLARA
🞏 Que dispone de información del proveedor de los productos en nube incluidos en la oferta presentada, la cual permite asegurar que dicho proveedor (INDICAR DENOMINACIÓN DEL PROVEEDOR DE NUBE) en su condición de encargado y los programas ofertados cumplen, en lo que les es directamente aplicable, las obligaciones que establecen el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la normativa española de protección de datos y otra normativa jurídica que resulte de aplicación. En concreto, que los datos están ubicados y los tratamientos se realizan en las regiones descritas en el apartado 9.4 del documento de invitación, sin más excepciones que las transferencias internacionales que se listan a continuación:
Denominación del producto ofertado y del proveedor de nube | |||
Documentación vinculante del proveedor de nube aplicable | |||
Establecimiento del proveedor de nube | |||
Detalle de las transferencias internacionales previstas | |||
Detalle de los subencargados y su ubicación | |||
Detalle de las medidas de seguridad aplicables | |||
🞏 Que la documentación vinculante del proveedor de nube antes referida constituye un acto jurídico previsto en el artículo 28.3 del RGPD, que vincula al proveedor de nube respecto del responsable del tratamiento del organismo destinatario durante toda la vigencia de las licencias. Para ello, se compromete a aportar al responsable del tratamiento la mencionada documentación vinculante, con carácter previo a la ejecución del contrato (el suministro de las licencias), y a no iniciar dicha ejecución si no es de conformidad con el responsable. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente declaración, (Fecha, firma y nombre completo del representante legal) Fdo. electrónicamente |
ANEXO V MANIFESTACIÓN DE CONFORMIDAD DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE LOS DATOS DEL ORGANISMO DESTINATARIO
Organismo destinatario: No aplica al no haber tratamiento de datos | |
AM/SDA: | SDA 25/2022 LOTE X |
Propuesta de adjudicación/Expediente organismo destinatario | |
Objeto: |
Vista la declaración responsable de cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos (RPGD) emitida por el apoderado actuando en representación de la empresa INCLUIR NOMBRE DE EMPRESA con NIF RELLENAR, licitador del procedimiento de contratación de referencia.
MANIFIESTO
Que puede considerarse que el proveedor de nube ofrece garantías suficientes para efectuar el tratamiento de datos de carácter personal.
Indicar nombre y cargo. Firma electrónica.
• Licencias SAS Viya 4
Las licencias perpetuas a adquirir de SAS Viya 4 se entregarán en los primeros 15 días naturales contados a partir de la fecha de inicio de ejecución del contrato.
• Licencias SAS Visual Analytics
Las licencias perpetuas a adquirir de SAS Visual Analytics (o) se entregarán durante los 15 días naturales contados a partir del 01/02/2024.
• Licencias SAS Desktop 9.4
Las suscripciones a adquirir de SAS Desktop 9.4 se entregarán durante los 15 días naturales contados a partir del 01/02/2024.
• Instalación avanzada
La instalación avanzada de las licencias y suscripciones adquiridas se realizará a conveniencia del ICEX, especificándose en tiempo de ejecución del proyecto el momento oportuno en el que podrá iniciarse la actividad, que tendrá una duración máxima de 2 meses, salvo que el licitador haya propuesto un plazo menor en su oferta.
Los datos de la entrega de los suministros y servicios son:
ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. - Xx Xxxxxxxxxx, 000 – 00000 Xxxxxx
ANEXO VII COBERTURA DE LA GARANTÍA EXTENDIDA DEL ADJUDICATARIO
La garantía extendida que debe prestar el adjudicatario durante todo el periodo de vigencia de las licencias se rige por lo descrito en el apartado III.8 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas:
• Soporte de nivel 1 y nivel 2 prestado por el adjudicatario a petición del organismo destinatario, en los términos descritos en el PPT;
• Soporte del adjudicatario al organismo para el acceso a la garantía del fabricante (acceso al soporte de nivel 3), en los términos descritos en el PPT;
• Soporte a la instalación de actualizaciones, en los términos descritos en el PPT;
• Cobertura ante posibles problemas jurídicos derivados de la aplicación de las cláusulas de términos y condiciones del fabricante, en los términos descritos en el PPT.
Horario de contacto: Haga clic o pulse aquí para escribir texto. Acuerdos de nivel de servicio:
Id. | Nombre | Descripción del indicador | Valor |
ANS_01 | Tiempo de respuesta | Tiempo transcurrido desde la comunicación de la incidencia hasta que el equipo de sopoorte comunica que ha empezado a trabajar en su resolución. | X horas / días |
ANS_02 | Tiempo de resolución de incidencia leve | Tiempo transcurrido desde el final del tiempo de respuesta hasta que el equipo de soporte ha solucionado la incidencia. No incluye el tiempo necesario para la aprobación por el Responsable del Contrato Específico. | X horas / días |
ANS_03 | Tiempo de resolución de incidencia grave | X horas / días | |
ANS_04 | Tiempo de resolución de incidencia crítica | X horas / días | |
… | … | … | … |
XXXXX XXXXXXXXXX DE NOTIFICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
D. .........................., con DNI o documento equivalente en caso de extranjeros o. pasaporte nº..................., en su propio nombre, o como representante legal de la empresa
………….........................., adjudicataria del CONTRATO ESPECÍFICO Nº ………………. del SISTEMA DINÁMICO PARA EL SUMINISTRO DE SOFTWARE DE SISTEMA, DESARROLLO Y APLICACIÓN (SDA
25/2021; Expediente 2022/48), pongo en conocimiento del órgano de contratación, a los efectos del artículo 215.2.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que, para la prestación indicada, se subcontrata con la/s siguiente/s entidad/es:
(Indicar:
• Los sujetos intervinientes (identidad, datos de contacto y representantes legales) en el subcontrato, con indicación de la capacidad técnica y profesional del subcontratista o en su caso, clasificación, justificativa de la aptitud para prestar parte del servicio.
• Indicación del objeto o partes del contrato a realizar por cada uno de los subcontratistas.
• Importe del subcontrato y porcentaje que representa la prestación parcial sobre el precio del contrato principal.
• Importe acumulado de subcontratación, en porcentaje, que se alcanzará con el presente subcontrato sobre el precio del contrato principal.
• Plazos en los que el subcontratista se obliga a pagar a los subcontratistas el precio pactado.)
Asimismo, hago constar que en la celebración del/los subcontrato/s se cumplirán los requisitos establecidos en el artículo 216 de la LCSP.
A la presente comunicación se acompaña la siguiente documentación relativa a los subcontratistas:
• Declaración responsable de los subcontratistas de no hallarse incurso en prohibición de contratar, conforme el art. 71 de la LCSP.12
• Certificación positiva de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse los subcontratistas al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o, alternativamente, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo.
• Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse los subcontratistas al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o, alternativamente, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo.
………………, a ….. de ................................. de ..........
Firmado electrónicamente
12 La declaración responsable deberá formularse en los siguientes términos “Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 71 de la LCSP.”
ANEXO IX DECLARACIÓN MÚLTIPLE DE LAS EMPRESAS PROPUESTAS COMO ADJUDICATARIAS DE CONTRATOS ESPECÍFICOS CON CARGO AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Xxx/Doña ……………………………………………………, DNI , como
Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad
………………………………………………………………………….., con NIF
…………………………., y domicilio fiscal en
…………………………………………………………………………………….
………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………. que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de
actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente XX
«………………………»,
Efectúa las siguientes DECLARACIONES
a) Declaración relativa a la obligación de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (Modelo Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre)
Que conoce la normativa que es de aplicación, en particular los siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que se define a continuación:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
Que, conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.
b) Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) (Modelo Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre)
Manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y xxxxxxx, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («XXXX» por sus siglas en inglés «do no significant harm») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
c) Conforme a las obligaciones de aportación de información del apartado 5 de esta adenda
Acredita la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT (declaración censal 036 o 03713 o documento equivalente de las Administraciones Forales) que incluye la actividad objeto del contrato basado conforme a lo previsto en el artículo 8 apartado 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
d) Xxx perjuicio de lo previsto en el artículo 215 de la LCSP, y con referencia a las obligaciones de los subcontratistas declara:
( ) Que no se presenta declaración en los términos del apartado 5 de esta adenda al documento de invitación correspondientes a otras empresas al no estar previsto acudir a la subcontratación.
( ) Que aporta las declaraciones de las siguientes empresas que actuarán como subcontratistas en el presente contrato:
(Indicar CIF Y RAZON SOCIAL DE LAS EMPRESA SUBCONTRATISTAS de las que
se aporta en documento adicional declaración firmada por sus representantes legales en el formato de este anexo)
……………………………..., XX de de 202X
Fdo. …………………………………………….
Cargo: …………………………………………
13 Estas declaraciones podrán obtenerse por las empresas en la sede de la AEAT en el siguiente enlace xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxx/xxxxxxxxxxx/X000.xxxxx . Si tienen dudas llamen al teléfono general de consultas de la Agencia Tributaria o al 060.
ADENDA PARA LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
A. OBLIGACIONES GENERALES APLICABLES A TODOS LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
En todos los contratos específicos financiados14 por el presupuesto de la Unión Europea resultan de obligado cumplimiento las normas establecidas en el Reglamento Financiero de la UE para los gastos financiables, estableciéndose las siguientes obligaciones:
1. ADECUACIÓN DEL CONTRATO A LAS PREVISIONES ESPECÍFICAS DEL INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
El contrato deberá cumplir las condiciones previstas en el instrumento de programación del acuerdo /programa marco/ programa operativo/eje/criterio para el que resulte seleccionado para apoyo por los fondos o programas.
Específicamente en los contratos financiados con cargo al PRTR deberán cumplirse las obligaciones asumidas en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y los mecanismos establecidos para su control en el componente/inversión.
2. PRINCIPIO DO NO SIGNIFICANT HARM (“XXXX”)
La ejecución del contrato está sujeta a los objetivos medioambientales del artículo 17 del Reglamento UE nº 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 xx xxxxx de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y en concreto a las condiciones del componente/inversión del PRTR.
3. MEDIDAS ANTIFRAUDE Y ANTICORRUPCIÓN
Al presente contrato le resulta de aplicación el Plan de medidas antifraude y anticorrupción, con el contenido mínimo establecido en los sistemas de gestión de las autoridades de los Fondos, Mecanismos o Programas Europeos. En el caso de los contratos del PRTR le será de aplicación los previsto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y el Plan aprobado por el organismo destinatario de la prestación.
4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES
Al presente contrato le resultan de aplicación las normas que garantizan la prevención de los conflictos de interés, conforme al considerando 104 y al artículo 61 del Reglamento Financiero de la UE, debiendo adoptarse las debidas precauciones durante todas las fases de tramitación y ejecución de los mismos.
En particular, no se considerarán admisibles los intentos de influir indebidamente en el presente procedimiento de adjudicación u obtener información confidencial.
Los participantes en el procedimiento deben cumplimentar la declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) en los términos previstos en los planes de medidas antifraude y
14 O es susceptible de ser financiado en caso de no haberse aún confirmado la selección por las autoridades correspondientes.
anticorrupción. En los contratos sujetos al PRTR, las medidas serán conformes con las disposiciones de la Orden HFP/1030/2021.
5. MEDIDAS DE INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y VISIBILIDAD DEL PROYECTO
El contrato está sujeto a cuantas medidas de información, comunicación y visibilidad sean requeridas por la normativa que comunitaria y en particular, las medidas que resulten de obligado cumplimiento para las actuaciones y proyectos financiados con cargo a los fondos Next Generation EU, Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. ACEPTACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE BUENA GESTIÓN FINANCIERA Y SOMETIMIENTO A CONTROLES DE LAS AUTORIDADES PREVISTAS EN LOS FONDOS O MECANISMOS
Todas las actuaciones contractuales deben observar los principios de buena gestión financiera.
El contrato está sujeto a las actuaciones de control que sean de aplicación a las ayudas conforme a la normativa comunitaria, que podrán ser efectuadas por la Comisión Europea, la Oficina de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea, así como a las autoridades nacionales designadas para la gestión o control de los fondos, programas o mecanismos, a los que no podrá denegarse el acceso a la información del contrato.
7. OBLIGACIONES DE DISPONIBILIDAD Y CONSERVACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Los beneficiarios deberán conservar la información del expediente de contratación conforme a lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento Financiero de la UE, u otros plazos de disponibilidad que puedan establecerse en los reglamentos comunitarios de los fondos/programas o mecanismos.
En el caso de los contratos financiados en el PRTR los organismos destinatarios se asegurarán de dejar constancia en el expediente de contratación de las actuaciones que acreditan los principios de gestión específicos del Plan, conforme a las recomendaciones contenidas en la Instrucción de la Junta Consultiva de Contratación Pública de 23 de diciembre sobre aspectos a incorporar en los expedientes que se vayan a financiar con fondos procedentes del PRTR.
8. PROHIBICIÓN XX XXXXX FINANCIACIÓN
Conforme al considerando 130 y al artículo 191.3 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 (Reglamento Financiero de la UE), en ningún caso podrán ser financiados dos veces por el presupuesto de la Unión Europea los mismos gastos.
B. OBLIGACIONES GENERALES APLICABLES A LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRTR
1. RÉGÍMEN JURÍDICO APLICABLE
El contrato, al estar incluido en el PRTR, está sometido al Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, y a cuantas normas de desarrollo se aprueben.
La financiación del contrato se efectúa con cargo a fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea – Next Generation EU- establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVD-19, y regulado según el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
2. COMPONENTE E INVERSIÓN Y COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA CONTRIBUCIÓN AL ETIQUETADO VERDE Y DIGITAL Y POR EL PRINCIPIO DE NO CAUSAR DAÑO SIGNITIFICATIVO AL MEDIOAMBIENTE (XXXX)
El contrato se enmarca en el Componente 13. Inversión 5: “Programa de apoyo a la internacionalización de PYME”, dentro del cual se encuentra esta contratación para dar respuesta a la ejecución de las necesidades de las siguientes actuaciones:
• Programa de Ampliación de la Base Exportadora de ICEX (PABE).
• Digital ICEX
Conforme al PRTR aprobado esta inversión 5 no contribuye en materia de etiquetado verde ni digital, según los datos e instrucciones provistos por el MINCOTUR, del que este organismo es dependiente.
Etiquetado verde | Etiquetado digital |
0% | 0% |
El PRTR incorpora las obligaciones específicas para la inversión en el Componente/Inversión que deberán cumplirse en la ejecución del presente contrato:
a) Obligaciones del componente/inversión por el etiquetado verde:
No existen obligaciones específicas
b) Obligaciones al componente/inversión por el etiquetado digital: No existen obligaciones específicas
c) Condiciones que deben cumplir las prestaciones establecidas en la evaluación de los aspectos del principio de XXXX (Do No Significant Harm) con relación los seis objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) 2020/852, de 18 xx xxxxx de 2020.
Prestación | Objetivo | Condición |
i.e. Servidores y sistemas de almacenamiento | Mitigación cambio climático Transición a una economía circular | Los equipos que se utilicen cumplirán los requisitos relacionados con el consumo energético establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC |
i.e. Servidores y sistemas de almacenamiento | Transición a una economía circular | Los equipos no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65/UE. |
Incluir otras si proceden…. |
3.- CLÁUSULA DE MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS/ESPECÍFICOS FINANCIADOS EN EL PRTR
Sin perjuicio de las causas de modificación previstas en el documento de invitación, en caso de estar financiado el presente contrato basado/específico con cargo al PRTR, podrá ser modificado, si la Autoridad Responsable del mecanismo ordena la adopción de medidas correctoras por haberse evidenciado deficiencias durante la ejecución del contrato que afectan a alguno de los objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) 2020/852, de 18 xx xxxxx de 2020 que pueden causar un daño significativo al medioambiente.
4.- PENALIDADES POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA O INCORRECTA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS FINANCIADOS EN EL PRTR
(Marcar si procede y definir, en su caso, cuantías)
En caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso por el contratista de los compromisos adquiridos en base a las obligaciones establecidas en este documento de invitación en relación al PRTR, se podrán imponer al contratista las siguientes penalidades conforme a lo previsto en los artículos 192 a 195 de la LCSP:
() Por incumplimiento de las obligaciones establecidas para los productos en el etiquetado verde o etiquetado digital.
( ) Por falta de acreditación a requerimiento del responsable del contrato en el plazo de 10 días hábiles. (Definir cuantía o % si se marca la penalidad)
( ) Por incumplimiento. (Definir % si se marca la penalidad)
( ) Por incumplimiento de las obligaciones asociadas al XXXX del componente/inversión: (Definir
% si se marca la penalidad)
( ) Otras penalidades
(Definir)
5.- OBLIGACIONES DE ACREDITACIÓN PARA LOS LICITADORES, CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS ESTABLECIDAS EN EL PRTR
En el marco de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, y en concreto del Artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la Comisión Europea requiere la identificación de los titulares reales de las entidades contratistas o beneficiarias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tal y como se define en el artículo 3 punto 6 de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Por ello, en base a lo establecido en el artículo 7 de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en caso de que no existan datos de titularidad real en las bases de datos de la AEAT de un participante en el procedimiento de contratación, el órgano de contratación solicitará a éste la información de su titularidad real. Esta información deberá aportarse al órgano de contratación en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule la solicitud de información. La falta de entrega de dicha información en el plazo señalado será motivo de exclusión del procedimiento.
Los contratistas y, en su caso, subcontratistas están obligados específicamente a cumplir lo previsto en el sistema de gestión del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, y en lo que les resulta de aplicación, se obligan a lo previsto la adenda. Adicionalmente deberán facilitar los siguientes datos de identificación:
a) NIF del contratista y, en su caso de los subcontratistas
b) Nombre o Razón Social
c) Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas
d) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales (Modelo Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre)
e) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de la gestión (Modelo Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre)
f) Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria Xxxxx, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
El propuesto como mejor clasificado, de forma previa a elevar la propuesta de adjudicación, deberá cumplimentar la DECLARACIÓN MULTIPLE en el formato previsto en el apartado B.6 de esta Adenda, relativa a contratos específicos financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).