PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS GENERALES DE LIMPIEZA URBANA, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, RENOVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL MUNICIPAL Y OTROS SERVICIOS AFINES DEL
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS
PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS
SERVICIOS GENERALES DE LIMPIEZA URBANA,
RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS, RENOVACIÓN Y
EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL
MUNICIPAL Y OTROS SERVICIOS AFINES DEL
MUNICIPIO DE GETXO
ÍNDICE
CAPITULO 0.- INTRODUCCIÓN. OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN
Art. 1.- Introducción
Art. 2.- Objetivos y principios de actuación
CAPITULO I.- OBJETO DEL CONTRATO.
Art. 3.- Objeto del contrato Art. 4.- Plan básico general Art. 5.- Otros servicios afines Art. 6.- Ajustes de detalle
Art. 7.- Términos de los servicios
Art. 8.- Sujeción al pliego de condiciones
CAPITULO II.- SERVICIOS BÁSICOS
Art. 9.- Plan básico general
Art. 10.- Grupo 1.- Limpieza urbana.
Art. 11.- Grupo 2.- Recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos a planta de transferencia o planta de tratamiento final.
Art. 12.- Grupo 3.- Explotaciones y conservaciones.
CAPITULO III.- OTROS SERVICIOS AFINES.
Art. 13.- Vinculados al grupo 1: limpieza viaria.
Art. 14.- Vinculados al grupo 2.- recogida y transporte de rsu a planta de transferencia o punto de tratamiento final.
CAPITULO IV.- AMBITO TERRITORIAL Y FUNCIONAL.
Art. 15.- Ámbito territorial
Art. 16.- Grupo 1: el servicio general de limpieza viaria
Art. 17.- Traslado a la planta de transferencia y punto limpio
Art. 18.- Grupo 2: el servicio general de recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos a planta de transferencia o punto de tratamiento final
Art. 19.- Grupo 3: el servicio general de explotaciones y mantenimientos a realizar en el presente contrato consta de lo siguiente:
CAPITULO V.- PLÁN BÁSICO GENERAL: GRUPO 1: LIMPIEZA URBANA.
Art. 20.- Definición general de los procedimientos y sistemas de limpieza para cada uno de los servicios del plan básico.
Art. 21.- Ajuste en las ofertas a la relación de vías públicas repartidas.
Art. 22.- Servicios que componen este plan básico general. grupo 1. limpieza urbana. Art. 23.- Barrido manual de aceras y/o calzadas.
Art. 24.- Barrido mecánico de calzadas.
Art. 25.- Barrido mecánico de aceras y zonas peatonales. Art. 26.- Baldeo mecánico de calzadas
Art. 27.- Baldeo mecánico de aceras y zonas peatonales. Art. 28.- Baldeo mixto.
Art. 29.- Barridos de mantenimiento Art. 30.- Barridos de repaso de tarde.
Art. 31.- Limpieza de sumideros, imbornales y cárcavas.
Art. 32.- Brigada de reparaciones y acondicionamientos puntuales. Art. 33.- Vaciado de papeleras.
Art. 34.- Limpieza, instalación, conservación y reposición de papeleras.
Art. 35.- Limpieza de manchas de aceite, retirada de pancartas, banderolas, etc. Art. 36.- Limpieza de los alcorques abiertos y cerrados.
Art. 37.- Limpieza de pasos elevados y subterráneos de vehículos y peatones. Art. 38.- Limpieza y retirada de excrementos de animales.
Art. 39.- Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos en general.
Art. 40.- Servicio de limpieza en domingos y festivos. Art. 41.-Limpieza en época de caída de la hoja.
Art. 42.- Limpieza de hierbas.
Art. 43.- Actuaciones a realizar en caso de heladas.
Art 44.- Actuación en casos de emergencia y cualquier otra situación excepcional: fuertes nevadas, ciclogénesis explosivas, inundaciones, etc…
Art. 45.- Limpieza de parques en zonas colindantes con el servicio de jardinería. Art. 46.- Limpieza y mantenimiento funcional xx xxxxxxx ornamentales.
Art. 47.- Limpiezas de zonas con verdín mediante empleo de fungicidas, antilíquenes, y chorro con agua a presión.
Art. 48.- Fregado mecánico de zonas peatonales. Art. 49.- Niveles de limpieza.
Art. 50.- Puesta en marcha de los trabajos vinculados al grupo 1.
CAPITULO VI.- PLAN BÁSICO GENERAL. GRUPO 2: RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS A PLANTA DE TRANSFERENCIA O PLANTA DE TRATAMIENTO FINAL.
Art. 51.- Recogida y transporte hasta planta de transferencia de la fracción denominada resto de los residuos de usuarios domésticos, pequeños comerciantes y residuos asimilables a domiciliarios.
Art. 52.- Recogida selectiva y transporte a planta de transferencia de la fracción de papel y cartón.
Art. 53.- Recogida selectiva y transporte a planta de transferencia de la fracción de envases.
Art. 54.- Servicio de implantación, reposición, mantenimiento, reparación y ornato de contenedores.
Art. 55.- Recogida selectiva y transporte a planta de transferencia de pilas.
Art. 56.- Recogida selectiva y transporte a planta de transferencia de lámparas fluorescentes y de descarga.
Art. 57.- Recogida selectiva y transporte a planta de transferencia o punto destino final de aceites de origen doméstico.
Art. 58.- Recogida selectiva puerta a puerta y transporte a planta de transferencia o a destino final de reciclado del cartón y embalajes de comercios, y residuos de mercados, fruterías y pescaderías.
Art. 59.- Retirada de basuras, incluso animales muertos, que aparezcan vertidos o abandonados en la vía pública.
Art. 60.- Traslado de contenedores xx xxxxxx a planta de transferencia.
Art 61.- Limpieza y mantenimiento de islas de contenedores soterrados y de compactadores soterrados.
Art. 62.- Puesta en marcha de los trabajos vinculados al grupo 2.
CAPITULO VII.- PLÁN BASICO GENERAL. GRUPO 3. EXPLOTACIONES Y CONSERVACIONES.
Art. 63.- Explotación del complejo medioambiental: planta de transferencia de residuos y punto limpio.
Art. 64.- Explotación del complejo medioambiental: antiguo vertedero clausurado e instalaciones anexas al mismo.
Art. 65.- Mantenimiento y asfaltados de los viales afectados por la prestación del servicio.
Art. 66.- Estudio de implantación y viabilidad técnico-económica de una planta de triaje.
Art. 67.- Puesta en marcha de los trabajos vinculados al grupo 3.
CAPITULO VIII.- OBTENCION DEL PLÁN BASICO GENERAL.
Art. 68.- El plan básico general está constituido por los servicios básicos definidos con anterioridad y agrupados.
CAPITULO IX.- GRUPO 4: OTROS SERVICIOS AFINES.
Art. 69.- Servicios que se incluyen. Art. 70.- Limpieza de pintadas.
Art. 71.- Limpieza de patios de colegios.
Art. 72.- Inspección televisiva de la red de saneamiento.
Art. 73.- Limpieza de cauces, xxxx y taludes xx xxxxxx de los mismos.
Art. 74.- Recogida selectiva y transporte de muebles y enseres domésticos desechables.
Art. 75.- Recogida de parte orgánica de podas y grandes productores en este campo (incluso servicio puerta a puerta domiciliario).
Art. 76.- Recogida puerta a puerta bajo el modo de experiencia piloto para la materia orgánica destinada a compostaje, contenedor con llave, etc…
Art. 77.- Redacción del plan de despliegue técnico / económico de la instalación de recogida neumática selectiva de rsu en el municipio.
CAPÍTULO X.- PERSONAL, MEDIOS MATERIALES E INSTALACIONES FIJAS.
Art. 78.- Personal.
Art. 79.- Listado de personal a subrogar. Art. 80.- Seguridad y salud laboral.
Art. 81.- Medios materiales.
Art. 82.- Periodo y forma de amortización. Art. 83.- Requisitos de los materiales.
Art. 84.- Características de los materiales.
Art. 85.- Listado de maquinaria de posible cesión. Art. 86.- Instalaciones fijas.
Art. 87.- Base de operaciones o parque central y oficinas. Art. 88.- Cantones.
Art. 89.- Responsabilidades de la empresa adjudicataria en relación a las instalaciones fijas.
CAPITULO XI.- PLAN DE MEJORA CONTINUA Y SOSTENIBILIDAD
Art. 90.- Plan de mejora continua y sostenibilidad. contenido mínimo. Art. 91.- Plan de recogida y/o separación selectiva de residuos.
Art. 92.- Plan de comunicación y concienciación ciudadana.
Art. 94.- Gestión de la calidad y gestión medioambiental de los servicios. Art. 94.- Control de los servicios.
Art. 94.1.- Control básico de los servicios. Art. 94.2.- Sistemas avanzados de control. Art. 95.- Sistema de indicadores.
Art. 96.- Redacción de una ordenanza municipal de limpieza viaria y recogida de residuos.
Art. 97.- Otros compromisos de la empresa adjudicataria.
CAPITULO XII.- ASPECTOS RELATIVOS AL CONTRATO.
Art. 98.- Duración del contrato. Art. 99.- Presupuesto del contrato. Art. 100.- Forma de pago.
Art. 101.- Revisión de precios.
Art. 102.- Modificación del contrato.
Art. 103.- Seguro de responsabilidad civil. Art. 104.- Faltas y penalidades.
CAPITULO XIII.- ASPECTOS RELATIVOS A LA LICITACIÓN.
Art. 105.- Clasificación o habilitación profesional de contratista. Art. 106.- Solvencia del contratista. solvencia mínima.
Art. 107.- Documentación técnica a presentar. Art. 108.- Modelo de proposición económica.
Art. 109.- Justificación de la proposición económica. Art. 110.- Formato de presentación de la oferta técnica. Art. 111.- Mejoras.
Art. 112.- Criterios de valoración de las ofertas.
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS
GENERALES DE LIMPIEZA URBANA, RECOGIDA Y
TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS,
RENOVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO
MEDIOAMBIENTAL MUNICIPAL Y OTROS SERVICIOS
AFINES DEL MUNICIPIO DE GETXO
CAPITULO 0.- INTRODUCCIÓN. OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN
Art. 1.- Los servicios de limpieza viaria y recogida de Residuos Sólidos Urbanos tienen una influencia decisiva en la calidad de vida de la ciudadanía y en las condiciones del entorno en el que se desenvuelve. El Ayuntamiento de Getxo viene prestando estos servicios con un alto índice de calidad, como así se refleja en los reconocimientos que recibe, tanto de las personas que residen en el municipio o lo visitan, como de las instituciones que señalan y otorgan distinciones a las ciudades que más destacan por las características de dichos servicios.
Finalizando ya el contrato actualmente en vigor y a la hora de planificar la nueva contratación el Ayuntamiento de Getxo ha procedido a revisar los criterios que inspiraban la prestación de estos servicios, incorporando a esta licitación los aspectos que permitan adaptar el próximo contrato a los nuevos comportamientos ciudadanos, tendencias medioambientales y de sostenibilidad.
Partiendo de unos servicios de alta calidad, se incorporan al nuevo contrato criterios de acomodación a las nuevas necesidades sociales, basadas fundamentalmente en la sostenibilidad en sus tres vertientes y a nuevas o distintas demandas de la ciudadanía y de las distintas zonas del municipio. Así se contemplan cuestiones como maquinaria más eficiente, horarios más adaptados a las necesidades derivadas de los distintos tiempos de uso y disfrute de los espacios públicos, nuevos servicios de recogida selectiva,
(aceite doméstico, materia orgánica, pruebas piloto), criterios de potenciación de la revalorización de residuos, incremento del reciclaje involucrando también, además de a las personas, a las empresas en el aumento del mismo, accesibilidad universal de contenedores, así como su estética, reducción del nivel sonoro y de emisiones de los servicios, etc.
Dada la creciente y continua concienciación medioambiental y los compromisos que la sociedad actual debe adquirir para minimizar el impacto ambiental, el Ayuntamiento de Getxo consciente de esta realidad, se ha comprometido a hacer todos los esfuerzos posibles con el fin de garantizar la mejor calidad de vida con el menor impacto posible al medio ambiente así como a sus vecinos y vecinas.
El Ayuntamiento de Getxo se ha propuesto dentro de sus objetivos prioritarios, la maximización del reciclaje y valorización de los residuos, así como el mantenimiento y seguimiento del vertedero clausurado y su entorno, sus lixiviados y generación de gas debido a los procesos de digestión dados en la masa existente, ambos venidos con el paso de los años de más a menos, pero sin embargo de imprescindible y necesario cuidado medioambiental y tratado de los mismos. Asimismo se plantea estudiar nuevas posibilidades de explotación del complejo medio ambiental en línea con los objetivos marcados.
Art. 2.- OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN
La Gestión de Residuos deberá cumplir con los objetivos planteados desde la Estrategia Comunitaria de minimizar la producción de residuos, maximizar su valoración y minimizar su eliminación o vertido; y la Limpieza Viaria deberá cumplir con el objetivo de mantener un Getxo limpio que, además así sea percibido, con un servicio orientado a la sostenibilidad en sus tres vertientes.
El Servicio de Limpieza viaria debe responder también a los mismos principio básicos de sostenibilidad y adaptación constante de la prestación a las necesidades de la ciudad, asegurando un entorno limpio y partiendo de una realidad conocida pero cambiante en el tiempo de duración de este contrato. El principio rector del servicio debe ser mantener Getxo siempre limpio ajustando el servicio a las necesidades de cada momento.
En este sentido, y especialmente, las empresas licitadoras deben priorizar el compromiso por la mejora de la sostenibilidad ambiental a través de la aplicación de métodos que reduzcan los impactos de emisiones en general (CO2, sonoros, consumos de agua, energéticos, etc.) mediante la incorporación de tecnologías nuevas.
En materia de residuos la prelación de actividades perseguirá la siguiente jerarquía: prevenir, posibilitar la reutilización y el reciclado, otro tipo de valorización y, por último, la eliminación. El Ayuntamiento marca como objetivo alcanzar de forma paulatina durante la duración del contrato (8 años) el porcentaje del 50% de recogida y/o separación selectiva para su posterior
tratamiento para el conjunto de residuos producidos en el municipio y gestionados por el Ayuntamiento. Para ello se deberán contemplar planes de comunicación que mantengan informada a la ciudadanía de los servicios, su evolución y su mejora mediante su implicación, corresponsabilizando a la ciudadanía en el logro de la sostenibilidad, así como otras medidas
Se deberá facilitar al ciudadano/a la recogida selectiva de residuos mediante la mejor ubicación de los distintos tipos de contenedores.
Todos los servicios deberán buscar la máxima eficacia y eficiencia entre el coste y el rendimiento de los servicios prestados.
Se establecen las bases para la participación ciudadana en la valoración de la calidad de los servicios a través de la explotación de indicadores de control y de percepción. Y en esta línea la información y comunicación a la ciudadanía se entiende como uno de los principios clave para el cumplimiento de los objetivos.
Por todo ello se deberán proponer todas las posibilidades técnicas y organizativas que económicamente sean factibles en cada momento para conseguir los objetivos pretendidos. La flexibilidad del servicio es un valor importante. La adecuación de los medios a las necesidades actuales y futuras deberán permitir un equilibrio constante para resolver las necesidades diarias con el objetivo de obtener mejores resultados.
Conocidas estas premisas, las empresas licitadoras deberán tener en cuenta esta realidad y presentar en sus ofertas los cuatro grupos diferenciados.
Grupo 1: Limpieza viaria completa xx xxxxxx, aceras, espacios públicos y espacios de uso público detallados en el PCT.
Grupo 2: Recolección de los RSU generados en el municipio de Getxo, transporte a planta de transferencia y punto limpio del municipio o punto de procesamiento final sin necesidad de paso por planta transfer, así como resto de trabajos establecidos en el PCT.
Grupo 3: Traslado de los R.S.U. generados en el Municipio a punto de tratamiento final tras pasar por la planta de transferencia. Mantenimiento, renovación y explotación de la planta de transferencia y el punto limpio municipal, labores de mantenimiento del vertedero clausurado del municipio anexo a las instalaciones de transferencia y punto limpio, planta de lixiviados y antorcha, etc… acorde a lo indicado en el PCT.
Grupo 4: Otros Servicios Afines. Se trata de otros servicios relacionados con los ya descritos y asociados a los Grupos 1 y 2. Son servicios que se incluyen en el contrato pero en los que su prestación podrá iniciarse en momento distinto a los de los Grupos 1, 2 y 3, en función de los intereses municipales, pudiendo asimismo el Ayuntamiento prescindir de ellos posteriormente si lo estima oportuno, por no ser estos necesarios a criterio municipal, sin que ello suponga indemnizaciones o abono alguno a la empresa adjudicataria.
CAPITULO I.- OBJETO DEL CONTRATO.
Art. 3.- El Ayuntamiento de Getxo convoca, a través del presente Pliego de Condiciones, la contratación DE LOS SERVICIOS GENERALES DE LIMPIEZA URBANA, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, RENOVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL MUNICIPAL Y OTROS SERVICIOS AFINES, DEL
MUNICIPIO DE GETXO, que se incluirán en las ofertas técnico-económicas y compondrán dos grandes bloques:
- SERVICIOS BÁSICOS.
- OTROS SERVICIOS AFINES.
Art.4.- El conjunto de los SERVICIOS BÁSICOS constituirá lo que se denominará PLAN BÁSICO GENERAL, ajustándose en su ejecución a los términos que se definen más adelante.
Este PLAN BÁSICO GENERAL está constituido por TRES GRUPOS tal y como se detalla a continuación:
⮚ GRUPO 1.
• Los Servicios Generales de Limpieza Urbana.
⮚ GRUPO 2.
• La Recogida de los Residuos Sólidos Urbanos y Transporte de los mismos a planta de transferencia o planta de tratamiento, según indicación de la persona Responsable Municipal del Contrato, para cada una de las fracciones: Resto, Papel y Cartón, Envases, etc.
⮚ GRUPO 3.
• Traslado de todos los residuos depositados en la planta de transferencia y punto limpio a punto de destino o tratamiento final.
• Renovación parcial o completa y explotación de un complejo medio ambiental formado por un centro de clasificación y transferencia de residuos, un punto limpio de recogida de residuos inertes de construcción, voluminosos, peligrosos, lámparas, pilas, línea blanca, compost, etc, con su
mantenimiento y adecuación a normativa del mismo, en su caso, el mantenimiento del vertedero clausurado existente en lo relativo a estabilidad de las masas depositadas, captación de gas procedentes de los procesos de digestión con el sistema recolector, combustión de los mismos en la antorcha existente y mantenimiento del sistema completo y los lixiviados recogidos en la balsa inferior, su bombeo a la planta de tratamiento, el tratamiento y vertido a la arqueta de control previo a la conexión con la red de saneamiento municipal, la modernización y adecuación a normativa, si procediera, de la planta y sistema de lixiviados, e instalaciones anexas al mismo.
La empresa licitadora deberá de analizar el estado de conservación de la totalidad de mecanismos y accionamientos en la planta de transferencia, punto limpio e instalaciones anexas del vertedero debiendo de asegurarse un buen funcionamiento permanente de la planta de transferencia y demás instalaciones. Será la empresa licitadora quien realice la propuesta de recambios o sustitución completa de la planta, captación de gases, conducción de los mismos y antorcha, etc…, planta de captación, bombeo, tratamiento y vertido de lixiviados, etc…, siendo esta decisión a riesgo y xxxxxxx del ofertante, pero debiendo asegurarse el correcto funcionamiento 24 hr/día de las instalaciones durante la vigencia del contrato. Idem para las cajas compactadoras, tolvas y equipos de compactación, equipos de transporte a planta destino final, cabezas tractoras, semirremolques articulados y de gancho, etc…
Art. 5.- El Grupo 4 denominado OTROS SERVICIOS AFINES comprende una serie de servicios asociados a los Grupos 1 y 2 y que serán objeto de un estudio independiente, tanto técnico, como económico, de forma individualizada. Son servicios que se incluyen en el contrato pero en los que su prestación podrá iniciarse en momento distinto a los de los Grupos 1, 2 y 3, en función de los intereses municipales, pudiendo asimismo el Ayuntamiento prescindir de ellos posteriormente si lo estima oportuno.
Los concursantes están obligados a presentar una oferta, de cada uno de LOS SERVICIOS AFINES especificados en el presente Pliego como GRUPO 4, no admitiéndose variantes de los mismos.
Art. 6.- El Ayuntamiento podrá introducir sobre la oferta de adjudicación, de mutuo acuerdo con la empresa adjudicataria, los ajustes que considere oportunas al objeto de optimizar la calidad del servicio prestado
Art.7.- Cada uno de los servicios se realizará en los términos que se indican en los artículos sucesivos, definiéndose asimismo el ámbito territorial y funcional.
Art. 8.- Todos los servicios se efectuarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente PLIEGO DE CONDICIONES y a lo que se determine a través del Contrato de Adjudicación de los Servicios objeto de la licitación.
La prestación de éstos se regirá por:
- El presente Pliego de Condiciones.
- El documento contractual que se establezca entre el Ayuntamiento de Getxo y la empresa adjudicataria.
- El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Demás normativa vigente en materia de contratación de aplicación al presente contrato.
- Ley 3/1998, de 00 xx xxxxxxx, xxxxxxx xx xxxxxxxxxx xxx xxxxx xxxxxxxx xxx Xxxx Xxxxx (XXX).
- Ley 34/2007 de 15 de noviembre. CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA (BOE 16/11/2007).
- Real Decreto 374/2001 de 6 xx xxxxx. PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LOS AGENTES QUÍMICOS DURANTE EL TRABAJO (BOE 1/5/2001).
- Directiva 2006/12/CE y Directiva 2008/98/CE.
- Demás normativa de obligado cumplimiento específica en la materia y que no figure en el presente PCT pero que sea de aplicación.
CAPITULO II.- SERVICIOS BÁSICOS.
Art. 9 - Los servicios que tienen el carácter de SERVICIOS BÁSICOS son los que se enumeran a continuación:
PLAN BÁSICO GENERAL.
Art. 10.- GRUPO 1.- LIMPIEZA URBANA.
ART. 23.- BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS. ART. 24.- BARRIDO MECANICO DE CALZADAS.
ART. 25.- BARRIDO MECANICO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES. ART. 26.- BALDEO MECANICO DE CALZADAS.
ART. 27.- BALDEO MECANICO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES. ART. 28.- BALDEO MIXTO.
ART. 29.- BARRIDOS DE MANTENIMIENTO. ART. 30.- BARRIDOS DE REPASO DE TARDE.
ART. 31.- LIMPIEZA DE SUMIDEROS, IMBORNALES Y CÁRCAVAS.
ART. 32.- BRIGADA DE REPARACIONES Y ACONDICIONAMIENTOS PUNTUALES. ART. 33.- VACIADO DE PAPELERAS.
ART. 34.- LIMPIEZA, INSTALACIÓN, CONSERVACIÓN Y REPOSICIÓN DE PAPELERAS. ART. 35.- LIMPIEZA DE MANCHAS DE ACEITE, RETIRADA DE PANCARTAS,
BANDEROLAS, ETC.
ART. 36.- LIMPIEZA DE LOS ALCORQUES ABIERTOS Y CERRADOS.
ART. 37.- LIMPIEZA DE PASOS ELEVADOS Y SUBTERRÁNEOS DE VEHÍCULOS Y PEATONES.
ART. 38.- LIMPIEZA Y RETIRADA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES.
ART. 39.- LIMPIEZAS ESPECIALES CON MOTIVO DE FIESTAS, FERIAS Y ACTOS PÚBLICOS EN GENERAL
ART. 40.- SERVICIO DE LIMPIEZA EN DOMINGOS Y FESTIVOS. ART. 41.- LIMPIEZA EN ÉPOCA DE CAÍDA DE LA HOJA.
ART. 42.- LIMPIEZA DE HIERBAS.
ART. 43.- ACTUACIONES A REALIZAR EN CASO DE HELADAS.
ART. 44.- ACTUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIA Y CUALQUIER OTRA SITUACIÓN EXCEPCIONAL: FUERTES NEVADAS, CICLOGÉNESIS EXPLOSIVAS, INUNDACIONES, ETC…
ART. 45.- LIMPIEZA DE PARQUES EN ZONAS COLINDANTES CON EL SERVICIO DE JARDINERÍA.
ART. 46.- LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO FUNCIONAL DE FUENTES ORNAMENTALES. ART. 47.- LIMPIEZA DE ZONAS CON VERDÍN MEDIANTE EMPLEO DE FUNGICIDAS,
ANTILÍQUENES, Y CHORRO CON AGUA A PRESIÓN. ART. 48.- FREGADO MECÁNICO DE ZONAS PEATONALES. ART. 49.- NIVELES DE LIMPIEZA.
Art. 11.- GRUPO 2.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS A PLANTA DE TRANSFERENCIA O PLANTA DE TRATAMIENTO FINAL.
ART. 51.- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DENOMINADA RESTO DE LOS RESIDUOS DE USUARIOS DOMÉSTICOS, PEQUEÑOS COMERCIANTES Y RESIDUOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS.
ART. 52.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DE PAPEL Y CARTÓN.
ART. 53.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DE ENVASES.
ART. 54.- SERVICIO DE REPOSICIÓN, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y ORNATO DE CONTENEDORES.
ART. 55.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE PILAS.
ART. 56.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LÁMPARAS FLUORESCENTES Y DE DESCARGA .
ART. 57.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA O PUNTO DESTINO FINAL DE ACEITES DE ORIGEN DOMÉSTICO.
ART. 58.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA O A DESTINO FINAL DE RECICLADO DEL CARTÓN Y EMBALAJES DE COMERCIOS Y RESIDUOS DE MERCADOS, FRUTERÍAS Y PESCADERÍAS.
ART. 59.- RETIRADA DE BASURAS, INCLUSO ANIMALES MUERTOS, QUE APAREZCAN VERTIDOS O ABANDONADOS EN LA VIA PUBLICA.
ART. 60.- TRASLADO DE CONTENEDORES XX XXXXXX A PLANTA DE TRANSFERENCIA. ART. 61.- LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE ISLAS DE CONTENEDORES SOTERRADOS
Y DE COMPACTADORES SOTERRADOS.
Art. 12.- GRUPO 3. EXPLOTACIONES Y CONSERVACIONES.
ART. 63.- EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS Y DEL PUNTO LIMPIO.
ART. 64.- EXPLOTACIÓN POST-CLAUSURA DEL ANTIGUO VERTEDERO E INSTALACIONES ANEXAS AL MISMO.
ART. 65.- MANTENIMIENTO Y ASFALTADOS XX XXXXXX AFECTADOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
ART. 66.- ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN Y VIABILIDAD TÉCNICO-ECONÓMICA DE UNA PLANTA DE TRIAJE.
El conjunto de estos servicios Grupo 1, Grupo 2 y Grupo 3, constituirá el PLAN BÁSICO GENERAL, al que corresponderá una oferta técnica y económica conjunta.
Sin embargo, para un mejor conocimiento de la repercusión de cada uno de ellos en el conjunto, se individualizarán las ofertas detallando: la cuantificación por horas del servicio y los medios tanto humanos como técnicos y materiales, etc. para cada uno de ellos, sin incluir precio alguno en la oferta técnica.
CAPITULO III.- GRUPO 4: OTROS SERVICIOS AFINES.
El GRUPO 4 contempla los denominados OTROS SERVICIOS AFINES que a continuación se relacionan. Las empresas licitadoras deberán presentar obligatoriamente una única oferta de cada uno de ellos.
Art. 13.- VINCULADOS AL GRUPO 1: LIMPIEZA VIARIA.
ART. 70.- LIMPIEZA DE PINTADAS.
ART. 71.- LIMPIEZA DE PATIOS DE COLEGIOS.
ART. 72.- INSPECCION TELEVISIVA DE LA RED DE SANEAMIENTO.
ART. 73.- LIMPIEZA DE CAUCES, XXXX Y TALUDES XX XXXXXX DE LOS MISMOS.
Art. 14.- VINCULADOS AL GRUPO 2.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RSU A PLANTA DE TRANSFERENCIA O PUNTO DE TRATAMIENTO FINAL.
ART. 74.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE DE MUEBLES Y ENSERES DOMESTICOS DESECHABLES.
ART. 75.- RECOGIDA DE PARTE ORGÁNICA DE PODAS Y GRANDES PRODUCTORES EN ESTE CAMPO (INCLUSO SERVICIO PUERTA A PUERTA DOMICILIARIO).
ART. 76.- RECOGIDA PUERTA A PUERTA BAJO EL MODO DE EXPERIENCIA PILOTO PARA LA MATERIA ORGÁNICA DESTINADA A COMPOSTAJE, CONTENEDOR CON LLAVE, ETC…
ART. 77.- REDACCIÓN DEL PLAN DE DESPLIEGUE TÉCNICO / ECONÓMICO DE LA INSTALACIÓN DE RECOGIDA NEUMÁTICA SELECTIVA DE RSU EN EL MUNICIPIO.
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CAPITULO IV.- AMBITO TERRITORIAL Y FUNCIONAL.
Art. 15.- El ámbito territorial para la prestación de los servicios objeto de contratación comprenderá la totalidad del término Municipal de Getxo.
El Plan Básico General del presente Xxxxxx deberá contemplar la prestación de los servicios que a continuación se relacionan y que abarca el conjunto de los SERVICIOS BÁSICOS.
Art. 16.- GRUPO 1: El servicio general de limpieza viaria comprende las siguientes prestaciones:
⮚ Limpieza de la totalidad de la red viaria referida a las aceras, calzadas, pasos, plazas, etc., a través de las operaciones de barrido y baldeo, definidas más adelante. Asimismo se incluirán las escaleras públicas, pasajes, callejones, pasos subterráneos, pasos aéreos etc., que sean de uso público. De igual manera se tendrá especial atención a las zonas que lindan con los accesos mecánicos existentes en el municipio (rampas mecánicas en sus entornos, accesos y peines de entrada, pasarelas de los ascensores y accesos y desembarcos de los mismos, etc…)
Este servicio se aplicará en:
⮚ Vías de acceso, calles, paseos, aceras, plazas y, en general, zonas de uso público, cuyo mantenimiento sea o pueda ser por cuenta del Ayuntamiento.
⮚ La limpieza de zonas públicas exteriores de recintos dependientes de organismos autónomos municipales: Getxo Kirolak, Escuela de Música, Aula de Cultura, Residencia Municipal, etc…
⮚ La limpieza de sumideros e imbornales conectados a la red general de saneamiento.
⮚ La limpieza, instalación, conservación y reposición de papeleras.
⮚ La limpieza de los alcorques de los árboles, tanto abiertos como cerrados.
⮚ La limpieza de escaleras, pasos subterráneos y aéreos, de carácter público.
⮚ La limpieza de excrementos de animales.
⮚ Las limpiezas posteriores a determinados acontecimientos, ferias, fiestas, mercadillos temporales.
⮚ La limpieza en domingos y festivos.
⮚ La limpieza en época de caída de la hoja.
⮚ La limpieza de hierbas.
⮚ Las actuaciones a realizar en caso de heladas.
⮚ Las actuaciones a realizar en casos de emergencia y cualquier otra situación excepcional: fuertes nevadas, ciclogénesis explosiva, inundaciones, etc…
Art. 17.- Todos los productos procedentes de los diferentes tipos de limpieza serán trasladados a la Planta de Transferencia y Punto Limpio que el Ayuntamiento dispone u otro destino final que indique el Ayuntamiento de Getxo.
Las empresas licitadoras propondrán en sus ofertas el sistema más adecuado para la concentración y recogida de los residuos generados en la limpieza urbana.
En cualquier caso indicaran la ubicación, capacidades, métodos y horarios de recogida.
La frecuencia para la retirada de estos residuos será al menos diaria, y en un plazo inferior a 24 horas de la acumulación de los mismos, a excepción de los procedentes de residuos de la red de alcantarillado que, por sus características, se retirarán inmediatamente después de ser extraídos.
Art. 18 - GRUPO 2: El servicio general de recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos a planta de transferencia o punto de tratamiento final comprende las siguientes prestaciones:
⮚ Recogida y transporte de basuras y residuos domiciliarios procedentes de la normal actividad doméstica.
⮚ Recogida y transporte de basuras y residuos de establecimientos comerciales, hoteleros, de entidades profesionales, etc., y aquellos residuos asimilables a las basuras domiciliarias, procedentes de hospitales, clínicas, sanatorios, industrias, etc., ubicadas dentro del término municipal.
⮚ Recogida y transporte de residuos procedentes de mercados y mercadillos.
⮚ Recogida y transporte de los residuos procedentes de la limpieza urbana.
⮚ Recogida y transporte de las basuras, incluso animales muertos, que aparezcan vertidos o abandonados en la vía pública.
⮚ Recogida y transporte de las diferentes fracciones de la recogida selectiva (vidrio, envases, papel, etc…).
El ámbito funcional de los servicios afines quedará definido más adelante.
Art. 19.- GRUPO 3: El servicio general de explotaciones y mantenimientos a realizar en el presente contrato consta de lo siguiente:
⮚ Explotación del complejo de transferencia de residuos y del punto limpio incluyendo el transporte desde éstos al punto de destino final. De igual manera la conservación y mantenimiento del citado complejo para su correcto funcionamiento, incluso cara al público, con el correcto nivel de limpieza, ornato, etc…
⮚ Explotación post-clausura del antiguo vertedero en lo relativo a la estabilidad del depósito existente.
⮚ Explotación y mantenimiento de las instalaciones anexas al vertedero clausurado como los sistemas de captación y tratamiento de gas y el correspondiente a los lixiviados, malezas, etc…
CAPITULO V.- PLÁN BÁSICO GENERAL: GRUPO 1:
LIMPIEZA URBANA.
Art. 20.- Se pretende en los siguientes artículos definir de una forma general, los procedimientos y sistemas de limpieza para cada uno de los servicios objeto del concurso, que sirvan de base para la elaboración por parte de las empresas licitadoras, del PLÁN BASICO.
El nivel de limpieza será el más idóneo en cada zona, eliminando todos los productos y residuos de las aceras y calzadas, paseos, plazas, etc., que tengan el carácter de uso público.
Art. 21.- Las empresas licitadoras se ajustarán en sus ofertas a la relación de vías públicas repartidas por niveles, que se indican en el plano anexo I. La estricta sujeción a las características de los mismos, constituirá el PLAN BÁSICO DE LIMPIEZA URBANA, cuya inclusión en la oferta es totalmente obligatoria.
Art. 22.- Los servicios que componen este PLAN BÁSICO GENERAL. GRUPO 1.
LIMPIEZA URBANA son los que se definen a continuación:
ART. 23.- BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS. ART. 24.- BARRIDO MECANICO DE CALZADAS.
ART. 25.- BARRIDO MECANICO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES. ART. 26.- BALDEO MECANICO DE CALZADAS.
ART. 27.- BALDEO MECANICO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES. ART. 28.- BALDEO MIXTO.
ART. 29.- BARRIDOS DE MANTENIMIENTO. ART. 30.- BARRIDOS DE REPASO DE TARDE.
ART. 31.- LIMPIEZA DE SUMIDEROS , IMBORNALES Y CÁRCAVAS.
ART. 32.- BRIGADA DE REPARACIONES Y ACONDICIONAMIENTOS PUNTUALES. ART. 33.- VACIADO DE PAPELERAS.
ART. 34.- LIMPIEZA, INSTALACION, CONSERVACION Y REPOSICION DE PAPELERAS. ART. 35.- LIMPIEZA DE MANCHAS DE ACEITE, RETIRADA DE PANCARTAS,
BANDEROLAS, ETC.
ART. 36.- LIMPIEZA DE LOS ALCORQUES ABIERTOS Y CERRADOS.
ART. 37.- LIMPIEZA DE PASOS ELEVADOS Y SUBTERRANEOS DE VEHÍCULOS Y PEATONES.
ART. 38.- LIMPIEZA Y RETIRADA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES.
ART. 39.- LIMPIEZAS ESPECIALES CON MOTIVO DE FIESTAS, FERIAS Y ACTOS PUBLICOS EN GENERAL.
ART. 40.- SERVICIO DE LIMPIEZA EN DOMINGOS Y FESTIVOS. ART. 41.- LIMPIEZA EN ÉPOCA DE CAÍDA DE LA HOJA.
ART. 42.- LIMPIEZA DE HIERBAS.
ART. 43.- ACTUACIONES A REALIZAR EN CASO DE HELADAS.
ART 44.- ACTUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIA Y CUALQUIER OTRA SITUACIÓN EXCEPCIONAL: FUERTES NEVADAS, CICLOGÉNESIS EXPLOSIVAS, INUNDACIONES, ETC…
ART. 45.- LIMPIEZA DE PARQUES EN ZONAS COLINDANTES CON EL SERVICIO DE JARDINERÍA.
ART. 46.- LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO FUNCIONAL DE FUENTES ORNAMENTALES. ART. 47.- LIMPIEZAS DE ZONAS CON VERDÍN MEDIANTE EMPLEO DE FUNGICIDAS,
ANTILÍQUENES Y CHORRO CON AGUA A PRESIÓN. ART. 48.- FREGADO MECÁNICO DE ZONAS PEATONALES.
ART. 49.- NIVELES DE LIMPIEZA.
Art. 23.- BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS.
A) Este trabajo consiste en la limpieza detallada de aceras, paseos, plazas, calzadas, etc., muy especialmente en las proximidades de los bordillos.
B) Deberán aplicarse estos trabajos sobre todo en:
⮚ Zonas que presenten dificultades en su mecanización en razón de sus accesos, pendientes, pavimentación, etc.
⮚ Vías con estacionamiento fijo permanente.
C) Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán de forma detallada y en cada uno de los niveles:
⮚ Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego con los niveles de limpieza.
⮚ Constitución de los equipos indicando personal y criterios que aplican en su elección.
⮚ Horarios de los trabajos a realizar.
⮚ Rendimiento de los equipos utilizados por hora efectiva de trabajo.
⮚ Cálculo del número de equipos que realizan esta operación definido según la cantidad de trabajo total a realizar en metros lineales de bordillo y en función del ancho de aceras donde se aplique la operación. y para cada uno de los niveles de limpieza.
⮚ Planos detallando los sectores de barrido, con indicación del ámbito geográfico de cada uno de los cantones.
El Ayuntamiento de Getxo viene incorporando equipos mecánicos de mano a la tarea de barrido manual de aceras y calzadas, por lo que la empresa licitadora deberá de tener en cuenta estas herramientas también en su oferta, así como otros medios auxiliares que considere oportunos. La empresa licitadora indicará modelo de equipos propuestos, potencias de trabajo, autonomía de funcionamiento, tipo de combustible o tipo de motor, etc…
De igual manera se pretende ser especialmente cuidadoso con el entorno en el que se trabaja así como con los vecinos y vecinas, por lo que se
deberá reducir lo máximo posible la contaminación acústica en el municipio sin que las propias tareas del servicio incumplan la normativa, municipal o no, vigente en esta materia. La tendencia a emplear herramientas y equipos de mínima contaminación acústica es una buena vía de avance en esta materia, pero siempre sin pérdida significativa de eficacia en el servicio por menor potencia y capacidad de trabajo de los equipos, y siempre garantizando la robustez y durabilidad del equipo seleccionado.
Art. 24.- BARRIDO MECANICO DE CALZADAS.
A) Se trata de una operación a realizar únicamente con el objetivo de eliminar los desperdicios y residuos acumulados en las zonas de las calzadas próximas a los bordillos en un ancho mínimo de 1,5 m. Se utilizarán para ello máquinas barredoras recogedoras de aspiración y/o de arrastre provistas de los correspondientes sistemas automáticos de humectación para evitar la formación de polvo y filtros del aire expulsado.
B) Se aplicará preferentemente en:
⮚ Vías de acceso al Municipio y que soporten un importante tráfico rodado.
⮚ Calzadas libres de estacionamiento o con estacionamiento unilateral.
⮚ Zonas peatonales que permitan el tratamiento mecánico.
C) Las empresas licitadoras explicarán en sus ofertas para cada uno de los niveles:
⮚ Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego con los niveles de limpieza.
⮚ Constitución de los equipos indicando personal y tipos de máquinas a utilizar en función de las características de las calzadas a limpiar.
⮚ Horarios.
⮚ Metros lineales de bordillos totales a tratar.
⮚ Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de los equipos y rendimientos por hora efectiva de trabajo.
⮚ Cálculo del número de equipos en función la cantidad de trabajo a realizar, rendimiento propuesto y según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.
⮚ Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear. De igual manera se prestará especial atención a la tipología, pesos y capacidades de la maquinaria seleccionada y de sus elementos (neumáticos, púas de cepillos,...) para la ejecución de estas tareas en las zonas peatonales, de cara a no dañar ni ensuciar con marcas de neumáticos estas zonas.
Art. 25.- BARRIDO MECANICO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES.
A) Esta operación consiste en el barrido de las aceras existentes en la vía pública, mediante la utilización de máquinas especiales, recogiendo y eliminando todos los residuos, desperdicios, polvo, etc., que aparezcan. Las máquinas a utilizar deberán ir provistas de sistemas de humectación para eliminar la formación de polvo, y serán de una gran maniobrabilidad en razón de sus condiciones especiales de trabajo.
B) Tenderá a aplicarse en:
⮚ Aceras y paseos, cuyo ancho permita el paso de las máquinas.
⮚ Zonas peatonales.
⮚ En sustitución del barrido manual con objeto de mejorar el nivel de limpieza.
C) En cada uno de los niveles, las empresas licitadoras expresarán con todo detalle:
⮚ Aceras y zonas peatonales donde se prevé realizar esta operación de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego con los niveles de limpieza.
⮚ Tipos de equipos a utilizar indicando constitución de los mismos y tipos de máquinas a emplear, indicando personal, sistema de recogida: aspiración o arrastre e indicación del sistema y lugar de descarga.
⮚ Mediciones en metros lineales para las aceras y metros cuadrados para las zonas peatonales y plazas a limpiar.
⮚ Cantidad de trabajo por jornada y unidad de equipo utilizado.
⮚ Horarios de los trabajos.
⮚ Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.
⮚ Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear. De igual manera se prestará especial atención a la tipología, pesos y capacidades de la maquinaria seleccionada y de sus elementos (neumáticos, púas de cepillos,...) para la ejecución de estas tareas de cara a no dañar ni ensuciar con marcas de neumáticos las zonas pavimentadas.
Art. 26.- BALDEO MECANICO DE CALZADAS
A) Consiste esta operación en el lanzamiento de agua a presión sobre las calzadas y muy especialmente en las proximidades de los bordillos.
Para ello, se utilizarán máquinas especiales provistas de boquillas orientables y rampa que dirigirán el chorro de agua hacia los bordillos a una presión mínima de 15 kg/cm2 y caudal superior a 15 m3/hora.
Los residuos serán desplazados mediante esta operación hacia las proximidades de los bordillos donde serán recogidos en las operaciones de barrido.
B) Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los niveles:
⮚ Calles donde se prevé realizar este tipo operaciones, que en principio debe comprender todas las del municipio cuyas características lo permitan.
⮚ Horarios de los trabajos a realizar.
⮚ Rendimiento de los equipos utilizados por hora efectiva de trabajo.
⮚ Constitución de los equipos a emplear, indicando personal, indicando presiones, caudales, capacidades, etc.
⮚ Metros lineales de bordillo (x xxxxxxx para las calles estrechas).
⮚ Cantidad de trabajo por jornada de los equipos.
⮚ Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.
⮚ Para cada equipo de baldeo mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear, incluso insonorizadas en las partes de los equipos de bombeo.
Art. 27.- BALDEO MECANICO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES.
A) Consiste esta operación en el baldeo de las aceras y zonas peatonales de forma que los residuos se desplacen hacia los bordillos para su posterior recogida, mediante operaciones de barrido.
Esta operación deberá efectuarse en combinación con los barridos mediante la utilización de vehículos especiales que actuarán sobre la superficie de las aceras, a presiones y caudales elevados, a fin conseguir un óptimo estado de la limpieza del pavimento.
B) Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los niveles:
⮚ Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego con los niveles de limpieza.
⮚ Constitución de los equipos a emplear, indicando personal, tipo de máquinas y características de trabajo relativas a presiones, caudales, capacidad de carga, etc.
⮚ Metros lineales de bordillo o metros cuadrados de superficie a limpiar en zonas peatonales, plazas, etc.
⮚ Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de los equipos.
⮚ Horarios de los trabajos a realizar.
⮚ Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.
⮚ Para cada equipo de baldeo mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear, incluso insonorizadas en las partes de los equipos de bombeo.
Art. 28.- BALDEO MIXTO.
A) Consiste en una combinación de baldeo mecánico mediante rampa y/o baldeo manual mediante manguera conectada al vehículo y dirigido hacia zonas no accesibles a las máquinas, terminando el tratamiento con unos operarios que cepillan y recogen los residuos.
B) Se aplicará preferentemente en:
⮚ Calles con estacionamiento y ancho de aceras que no permitan su mecanización, principalmente en calles céntricas e importantes.
⮚ Aceras con gran densidad de mobiliario urbano
C) Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los sectores:
⮚ Calles o tramos xx xxxxx donde se prevea realizar este tipo de operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego con los niveles de limpieza.
⮚ Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.
⮚ Cantidad total de trabajo a realizar en metros cuadrados de acera a limpiar y metros lineales bordillo.
⮚ Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de equipos empleados.
⮚ Horarios de los trabajos a realizar.
⮚ Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.
⮚ Para cada equipo de baldeo mixto se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.
Las empresas licitadoras deberán argumentar como van a realizar el cuidado de zonas sensibles como las zonas junto y bajo papeleras así como las zonas junto a la zona de recogida de residuos y recogida selectiva, bajo las mismas.
Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad operativa de los equipos a emplear, incluso insonorizadas en las partes de los equipos de bombeo.
Art. 29.- BARRIDOS DE MANTENIMIENTO
A) El barrido de mantenimiento tiene por objeto la recogida de los residuos más significativos de entre los que son objeto de los otros barridos, sin que sea necesario un barrido exhaustivo de la totalidad de las superficies urbanas.
B) Estos barridos se aplicarán:
⮚ En las limpiezas permanentes xx xxxxxxxx y festivos, cuando no se utilice el barrido mecánico.
⮚ Como complemento de los barridos diarios, en las zonas más conflictivas por su elevada tendencia a la generación de desperdicios, este tratamiento se efectuará en los niveles que se indican más adelante como segundo barrido diario del propio itinerario.
⮚ Como barrido complementario en las zonas con barrido mecánico diario con el fin de abarcar el 100% de las superficies.
⮚ Como barrido alternativo en las zonas con barrido mecánico no diario.
⮚ Entiéndase que este servicio “barrido de mantenimiento” no es identificable con un servicio de repaso de tarde, sino como complemento de los barridos primarios manuales y mecánicos de zonas conflictivas.
C) Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los niveles:
⮚ Calles o tramos xx xxxxx donde se prevé realizar este tipo de operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego con los niveles de limpieza.
⮚ Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.
⮚ Mediciones en metros lineales de bordillo donde se pretende realizar.
⮚ Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de equipos empleados.
⮚ Horarios de los trabajos a realizar.
⮚ Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.
Art. 30.- BARRIDOS DE REPASO DE TARDE.
A) El barrido de repaso de tarde tiene por objeto la limpieza constante y continua en un ámbito reducido y de gran afluencia de peatones y consiste en el barrido y recogida de los residuos así como el vaciado de papeleras de su ámbito, siendo éste último hecho de especial importancia en épocas señaladas como fiestas de los distintos barrios que tengan en su delimitación geográfica aplicada esta opción de repaso de tarde.
B) Estos barridos se aplicarán en horario de 18:00 a 22:00 horas todos los viernes y sábados (incluidos los festivos), en las siguientes zonas peatonales:
⮚ Las Arenas: Zona peatonal, plaza las Escuelas, c. Xxxxxx Xxxxxxxxxx, particular xx Xxxxxx, particular de Club, xxxx xxxxxxxx xxxxx xx xx xxxxxxxx, X. Xxxxxxxx, xxxx xxxxxxxx de Caja de Ahorros, Gobelondo y plaza de Santa Xxxxxxx.
⮚ Algorta: Zona peatonal de plaza San Xxxxxxx, Plaza de Biotz Alai, Plaza Telletxe, calles Xxxxxx y Torrene, plazas Tellagorri y Satistegi.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de modificar o ampliar, sin coste añadido, hasta un 10% de la superficie de las zonas a las que se pueda aplicar este servicio.
C) Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada:
⮚ Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.
⮚ Mediciones de las zonas tanto en metros lineales de bordillos como en metros cuadrados para las zonas peatonales.
⮚ Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de equipos empleados.
⮚ Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores.
Este servicio se considera muy importante de cara a garantizar la limpieza de las zonas más transitadas del municipio y más susceptibles de acumular suciedad fuera del horario de limpieza manual/mecánico ordinarios de aceras y calzadas. Por lo tanto la empresa licitadora especificará acorde a la importancia de este servicio cómo va a realizar el mismo sin perjuicio de la calidad de vida de los vecinos para poder usar y disfrutar en esas horas de ocio de la tarde del espacio público.
Art. 31.- LIMPIEZA DE SUMIDEROS, IMBORNALES Y CÁRCAVAS.
Este tipo de limpieza, que podrá ser manual o mecánica, consistirá en la extracción de los residuos depositados en los sumideros e imbornales, con el fin de que su funcionamiento sea en todo momento el adecuado.
Esta limpieza se realizará siempre que las necesidades lo exijan y, como mínimo, una vez cada dos meses en todos los sumideros de las zonas urbanas, y una vez al mes en las zonas con más cantidad de arbolado (parques, paseos con arbolado, zonas rurales…) incrementándose esta frecuencia en el caso de que las circunstancias o situaciones puntuales lo requieran (época de caída de hojas, tras época de lluvias torrenciales que pueda existir alguna obturación, etc…).
En caso de previsión de fuertes lluvias se dará un repaso a las zonas más problemáticas y conflictivas. La oferta deberá de exponer la metodología de ejecución de este servicio.
Además de la limpieza de sumideros, también se realizará la limpieza de cárcavas y cunetones, incluso caños de paso, en las zonas de Larrañazubi y Andra-Xxxx, según plano anexo.
La limpieza de sumideros deberá ser coordinada con el barrido manual de aceras y calzadas.
Las empresas licitadoras expondrán en sus ofertas:
⮚ Número de sumideros.
⮚ Constitución de los equipos a emplear indicando personal, tipo de máquinas o vehículos, etc.
⮚ Rendimientos.
⮚ Frecuencias y horarios de trabajo.
⮚ Cálculo del número de equipos debidamente justificado.
⮚ Plano de ubicación de sumideros con indicación en el mismo de los itinerarios y las frecuencias contempladas.
Los residuos procedentes de la limpieza de sumideros e imbornales serán retirados a punto limpio o punto final de tratamiento inmediatamente después de ser extraídos.
Cada dos meses, se presentará un informe que consistirá en un plano en el cual se representará la limpieza realizada en esos dos meses con las fechas en la que se ha realizado la limpieza de cada zona y un informe en el que se anotará los tramos con mayor frecuencia de obstrucción, acumulación de residuos, defectos constructivos, etc.
Todos los defectos, averías, etc., que el adjudicatario observase en la realización de los trabajos del párrafo anterior y que sean de responsabilidad municipal, serán comunicados al Ayuntamiento a través de los partes correspondientes.
Las empresas licitadoras deberán de tener en consideración que, tras la adjudicación del contrato, se deberá realizar un inventario exhaustivo de los sumideros e imbornales a mantener a partir de la información existente. Deberán de coordinarse con el Servicio de Saneamiento para comprobar su inventario con los inventarios de dicho Servicio, actualizando el mismo. Esta tarea deberá estar realizada en los 2 primeros meses de ejecución del contrato y se deberá actualizar la información en tiempo real de actuación del servicio, y como mínimo en 2 ocasiones al año en común con la información existente en el Servicio de Saneamiento.
Art. 32.- BRIGADA DE REPARACIONES Y ACONDICIONAMIENTOS PUNTUALES.
Se trata de un servicio polivalente que tendrá encomendada las siguientes funciones:
⮚ Realización de pequeñas obras civiles necesarias para la colocación de mobiliario urbano (papeleras, contenedores, hitos…), adecuación inicial de cunetas y cárcavas, etc…. que sean precisas para la mejora y optimización de los servicios objeto de licitación, así como la reparación de los desperfectos generados por los servicios de mecanización sobre las aceras.
⮚ Suplir cualquier anomalía, imprevistos, en caso de accidentes de tráfico, etc., que requieran su atención dentro de la jornada laboral.
⮚ Cualquiera otra situación que precise de una reparación o limpieza inmediata o urgente.
Quede claro que el presente servicio no se refiere a un servicio de reparación o mantenimiento xx xxxxxx.
Las empresas licitadoras definirán los medios técnicos y humanos, horarios y frecuencias que dedicarán a estos servicios, así como el estudio pormenorizado de los medios, sin indicación alguna en la oferta técnica de costes o presupuestos asignados a estas tareas.
Art. 33.- VACIADO DE PAPELERAS.
Es objeto de este concurso el vaciado periódico de todas las papeleras existentes y futuras instaladas en término municipal de Getxo.
Esta operación ha de ser realizada por los equipos de barrido manual, que procederán al vaciado de todos los desperdicios con una frecuencia igual a la que presenten estos equipos en las zonas donde actúan.
Para el vaciado de las papeleras en donde no se realicen operaciones de barrido manual, Las empresas licitadoras propondrán el sistema de vaciado que les parezca oportuno no admitiéndose el vaciado de las papeleras a la calzada para su admisión por las máquinas barredoras.
Art. 34.- LIMPIEZA, INSTALACION, CONSERVACION Y REPOSICION DE PAPELERAS.
Este servicio comprende la limpieza exterior, interior, reparación e incluso la retirada de pegatinas, pintadas o similares que se fijen en las mismas y que no estén autorizadas, de todas las papeleras existentes en el municipio, así como todas las de nueva implantación durante la vida del contrato y su retirada. En la actualidad existen en torno a las 1600 papeleras en el municipio de Getxo.
Las empresas licitadoras deberán presentar un plan con número y ubicación de papeleras en el municipio considerando la situación actual que se adjunta en plano anexo.
Las empresas licitadoras deberán de realizar un plan de renovación de papeleras de 125 unidades al año durante los 8 años de duración del contrato. El Ayuntamiento de Getxo se reserva la opción de incrementar el número anual de reposiciones cada año teniendo en cuenta que se han de renovar
1.000 unidades en 8 años.
Las empresas licitadoras deberán de tener en cuenta los 3 modelos existentes en la actualidad en el municipio según anejo, si bien deberán
también proponer nuevos modelos que requerirán para su instalación la previa aprobación del Ayuntamiento de Getxo.
Anualmente se deberá de justificar fehacientemente el número y ubicación de nuevas papeleras instaladas.
Las empresas licitadoras deberán realizar sus ofertas, basándose en las papeleras que el Ayuntamiento tiene seleccionadas como estándares y de las que se adjunta una imagen de detalle de cada tipo, construidas en su totalidad en acero inoxidable.
Para todo ello, Las empresas licitadoras en sus ofertas detallaran:
⮚ Equipos de mantenimiento indicando el personal y los medios destinados.
⮚ Metodología y tipo de mantenimiento a realizar.
⮚ Frecuencia y horario de los trabajos.
⮚ Presupuesto anual y precio unitario por cada tipo de papelera.
⮚ Los planos de ubicación de papeleras en los que queden perfectamente definidas la implantación y distribución de las mismas en el municipio, reservándose el Ayuntamiento de Getxo la potestad de modificar la ubicación de las mismas y teniendo el contratista que modificar el emplazamiento de las mismas. La empresa licitadora deberá de analizar el emplazamiento de las mismas, su idoneidad en el emplazamiento o no, así como evaluar su estado, realizar un plan de reposición y mantenimiento de las mismas, etc…
Art. 35.- LIMPIEZA DE MANCHAS DE ACEITE, RETIRADA DE PANCARTAS, BANDEROLAS, ETC.
Con una periodicidad anual, y cuando lo ordene la persona Responsable Municipal del Contrato, se procederá a una limpieza de las manchas de aceite, grasa, etc., que normalmente no desaparecen en las operaciones de barrido.
Estos trabajos abarcarán las zonas de puntos de recogida, derrames de combustible, lubricantes, aparcamientos de vehículos y principalmente las paradas de taxis, autobuses y, en general, de los servicios públicos motorizados.
Para su realización, se utilizarán los productos de limpieza adecuados, procediéndose a una limpieza posterior que las empresas licitadoras deberán detallar con meridiana claridad.
Por otra parte se procederá con la máxima urgencia a limpiar las manchas de aceite o combustible que puedan causar accidentes en la vía pública. Para ello las empresas licitadoras deberán de proponer un protocolo de actuación para cada una de estas acciones, con los tiempos de respuesta ante el aviso generado, tiempos de respuesta en función de la importancia de la actuación, de la gravedad o urgencia de la misma, etc…, sobre todo para las manchas de aceites en viales y aceras.
También se procederá a retirar una vez sean detectadas aquellas pancartas, banderolas etc. instaladas en vía publica sin los permisos necesarios.
Art. 36.- LIMPIEZA DE LOS ALCORQUES ABIERTOS Y CERRADOS.
Se procederá a la limpieza de la totalidad de los alcorques existentes en el término municipal de la ciudad mediante la acción de los diferentes equipos de barrido.
Corresponde a estos equipos de barrido, la retirada de todos los desperdicios existentes en las bocas de los alcorques, no contemplándose en este apartado la eliminación de la hierba en los mismos.
La frecuencia de estos trabajos coincidirá con la frecuencia de los barridos manuales que se apliquen en las aceras donde se encuentran. Cuando las aceras estén afectadas de un tratamiento exclusivamente mecánico, o se trate de zonas peatonales, la limpieza de alcorques se realizará tres veces por semana en alcorques abiertos y una vez por semana en alcorques cerrados.
La empresa licitadora deberá de tener en consideración la necesidad de recogida de excrementos en aceras, alcorques, etc…, siendo imprescindible el mantenimiento correcto de la limpieza de los alcorques en general.
Art. 37.- LIMPIEZA DE PASOS ELEVADOS Y SUBTERRÁNEOS DE VEHÍCULOS Y PEATONES.
Se procederá a la limpieza de todos los pasos elevados y subterráneos de vehículos y peatones del municipio de Getxo, mediante operaciones adecuadas y con frecuencia igual a las vías a las cuales pertenecen.
Los pasos peatonales subterráneos y aéreos serán objeto de un barrido y/o baldeo manual o mecánico, según las características del paso.
Idéntico tratamiento recibirán los pasos subterráneos y aéreos con circulación rodada, aplicando posteriormente operaciones de barrido y/o baldeo mecánico.
La relación de pasos elevados y subterráneos existentes en el municipio es, por el momento, la siguiente: Fadura junto al Garbigune, Avda.
Los Chopos junto a Las Uves, Leioako Etorbidea bajo el Metro, acceso a los ascensores xx Xxxxxx bajo las vías del Metro, Telletxe junto a la Plaza de La Estación, paso bajo Avda. Zugazarte junto a la calle Xxxxxxxxx, paso bajo La Avanzada en la confluencia con Algortako Etorbidea, paso bajo La Avanzada junto a Avenida Los Chopos, paso bajo La Avanzada junto a Etxezuri, paso bajo La Avanzada junto x Xxxxx de Plentzia, calle Errekagane bajo la estación del Metro de Gobela, La Avanzada bajo el Metro, Euskalherria bajo el Metro, Bolue bajo el Metro, Xxxxxxxxx Xxxxx bajo el Metro, Xxxxxx bajo el Metro, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx bajo el Metro. Todos aquellos nuevos pasos subterráneos que se generen se incorporarán a esta relación para atenderlos en el presente contrato sin que suponga coste añadido para el Ayuntamiento, quedando la empresa adjudicataria obligada a ello.
Art. 38.- LIMPIEZA Y RETIRADA DE EXCREMENTOS DE ANIMALES.
Se procederá a realizar esta operación en aquellos lugares en los que se produzcan estos residuos indicando por parte de las empresas licitadoras los sistemas de limpieza más eficaces, proponiendo los medios, equipos, frecuencias y horarios que estimen oportunos para esta prestación.
En general, se realizará este servicio junto con las operaciones de barrido, de todas las xxxxxxxx, xxxxxx, xxxxxx, xxxxxxx, xxxxxxxxx, etc… del término municipal de Getxo.
Art. 39.- LIMPIEZAS ESPECIALES CON MOTIVO DE FIESTAS, FERIAS Y ACTOS PUBLICOS EN GENERAL.
Contempla este Servicio la limpieza de aquellas zonas que presentan índices elevados de suciedad por encima del que corresponde por la lógica actividad ciudadana con motivo de las fiestas de la ciudad en general y de distintos barrios en particular.
Se adjunta en anexo una relación detallada de todas las fiestas y festejos más importantes que actualmente se celebran en el Municipio.
Con independencia de la fecha final en la que se den los eventos festivos promovidos por el Ayuntamiento los días se fijarán definitivamente en la planificación de trabajos establecidos en el presente pliego acorde a las fechas definitivas en las que se establezcan sin que ello suponga modificación alguna en los costes ni derecho de reclamación por parte de la empresa adjudicataria.
Teniendo en cuenta el volumen importante de trabajo que requiere este servicio, especialmente durante los 3 meses xx xxxxxx, deberán relacionarse los medios tanto humanos como materiales a emplear en cada una de las fiestas del municipio.
Asimismo las empresas licitadoras propondrán en sus ofertas el plan de trabajos a realizar para cada una de las fiestas detalladas con anterioridad, horarios incluidos.
Además las empresas licitadoras deberán de contemplar actuaciones puntuales que con motivo de iniciativas privadas se den en emplazamientos acordados con el Ayuntamiento de Getxo. La persona Responsable Municipal del Contrato ordenará la limpieza exhaustiva de estas zonas singulares.
Art. 40.- SERVICIO DE LIMPIEZA EN DOMINGOS Y FESTIVOS.
Se deberá proponer un plan de limpieza para todos los domingos y festivos del año indicando planes de organización previstos, operaciones a realizar, así como los equipos de trabajo y cuantos datos sean necesarios para un exacto conocimiento de la oferta.
Los servicios a realizar abarcarán el ámbito que se indica en plano anexo, con aplicación de baldeo mixto, barridos mecánicos, baldeos mecánicos y barridos de mantenimiento, ámbito que podrá ser modificado a lo largo de la contrata por el Ayuntamiento si las necesidades así lo exigen.
De coincidir dos festivos consecutivos, se respetará como festivo el domingo, realizándose el servicio normal el otro festivo.
Se pondrá especial énfasis en el estado de las papeleras de cara a vigilar su vaciado en estas fechas, así como en las zonas en las que se den aglomeraciones de cuadrillas de jóvenes, uso intensivo de zonas de merienda en parques, etc…
SERVICIOS | Domingos y Festivos |
Barrido Manual | Si |
Barrido Mec. Aceras | Si |
Barrido Mec. Calzadas | Si |
Barrido Mantenimiento | Si |
Baldeo Mec. Aceras | - |
Baldeo Mec. Calzadas | - |
Baldeo Mixto | Si |
Art. 41.- LIMPIEZA EN ÉPOCA DE CAÍDA DE LA HOJA.
Debido a la gran cantidad de árboles de alineación, zonas verdes y vegetación existente en el municipio de Getxo, este servicio tiene una gran importancia dentro de los servicios de limpieza.
La recogida de la hoja se realizará durante todo el año con especial atención en la época otoñal y cuando el servicio lo requiera por fuertes lluvias o vientos.
Las empresas licitadoras presentarán un plan de actuación claro y conciso en el que se indiquen y concreten los medios ofertados, tanto técnicos como humanos apropiados al gran volumen de hojas que se acumulan en el Municipio. Deberá de reflejarse de forma inequívoca como se realizarán los mencionados trabajos, así como los periodos de solape con los servicios generales de limpieza.
Las empresas licitadoras deberán de contemplar el presente servicio como un adicional y no sustitutivo de los servicios generales de limpieza. Lo que se reflejará fielmente en los precios unitarios y presupuestos que presenten para este servicio.
Además de los trabajos propios de recogida de la hoja, se intensificará la limpieza de sumideros e imbornales, habida cuenta de la importancia que en la obstrucción de los mismos tienen estos residuos.
Las empresas licitadoras deberán de detallar claramente y como mínimo en sus ofertas:
⮚ Equipos tanto humanos como materiales destinados.
⮚ Grado de dedicación de los mismos.
⮚ Periodos de implantación de refuerzos.
⮚ Metodología de trabajo.
⮚ Horario de los trabajos.
Art. 42.- LIMPIEZA DE HIERBAS.
Habida cuenta de la gran proliferación de plantas y hierbas que debido a las condiciones de humedad, clima y vegetación cercana, favorece considerablemente la aparición y desarrollo de las mismas en gran cantidad y en lugares no deseados como bordillo, aceras, plazas, etc., se exige este servicio de limpieza de hierbas, debido al gran empeño que el Ayuntamiento tiene de mantener una imagen impecable de limpieza y decoro en el municipio.
Consiste en la eliminación, manual y/o mecánica de las malas hierbas que con gran frecuencia crecen en todas las aceras, plazas, bordillos, etc. del municipio. No se usarán herbicidas químicos ni venenos para la realización de
estas tareas. De la abundante experiencia obtenida en el desarrollo de este servicio y conocida la enorme carga de trabajo que supone la realización del mismo se concluye que las empresas licitadoras deberán descartar la posibilidad de realizar estas labores con los operarios de barrido manual.
Por este motivo se presenta como un servicio específico de limpieza, en el que las empresas licitadoras deberán detallar con claridad, el desarrollo de estas labores y los medios destinados. A título orientativo este servicio se está ejecutando en la actualidad con una brigada completa de un conductor y tres operarios a jornada completa de lunes a viernes, con independencia del apoyo prestado por los servicios de barrido mecánico y manual.
No se establece frecuencia para este servicio por considerarse continuo y necesario durante todo el año, las empresas licitadoras detallarán en sus estudios el número de ciclos (pasadas) que en cada zona y distrito se garanticen al cabo del año.
Las empresas licitadoras deberán detallar en sus ofertas claramente para este servicio:
⮚ Equipos tanto humanos como materiales destinados.
⮚ Grado de dedicación de los mismos.
⮚ Metodología y tipo de mantenimiento a realizar.
⮚ Frecuencia por distritos y horario de los trabajos.
Art. 43.- ACTUACIONES A REALIZAR EN CASO DE HELADAS.
La prestación de este servicio se programará con la utilización de los medios generales ofertados, procurando que los restantes servicios no queden sensiblemente deteriorados.
La empresa licitadora deberá plantear un plan de actuaciones invernales para el caso de heladas. Presentará un protocolo para cada situación con niveles de actuación en función de la gravedad de la situación, tiempos de respuesta y recursos de retén y de actuación inmediata, etc… Planificará las actuaciones ordinarias del servicio en función de los partes meteorológicos y alertas y prealertas establecidas por el Servicio Municipal de Protección Civil: inexistencia de baldeo con heladas, reparto de sal para heladas, etc….
Art 44.- ACTUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIA Y CUALQUIER OTRA SITUACIÓN EXCEPCIONAL: FUERTES NEVADAS, CICLOGÉNESIS EXPLOSIVAS, INUNDACIONES, ETC…
Dadas las características especiales de estos servicios cuya programación obedece a problemas estacionales, accidentales y locales, que hacen difícil su programación anual dentro del plan de limpieza, su ejecución se debe contemplar en función de las necesidades reales del servicio en cada momento.
La prestación de estos servicios se programará con la utilización de los medios generales ofertados, procurando que los restantes servicios no queden sensiblemente deteriorados.
Si para llevarlos a cabo las empresas licitadoras considerasen necesaria la utilización de medios especiales lo indicarán expresamente en sus ofertas.
En caso de producirse fuertes nevadas, ciclogénesis explosivas o inundaciones, etc… los servicios a realizar y el ámbito, así como el resto de determinaciones, serán los que se establezcan por la Mesa de Crisis, una vez activado el correspondiente Plan de Emergencia Municipal, que tendrá a su disposición la totalidad de los medios que se requieran.
Aquellas situaciones excepcionales que requieran un incremento de medios humanos y materiales de cara a prestar el servicio preciso se facturarán en base a los precios unitarios para la mano de obra, maquinaria y materiales establecidos por la empresa licitadora en el documento de justificación económica de su oferta. Los precios unitarios empleados en dicha justificación económica de la oferta del contrato serán los precios unitarios a emplear y se considerarán contractuales a tal efecto.
Art. 45.- LIMPIEZA DE PARQUES EN ZONAS COLINDANTES CON EL SERVICIO DE JARDINERÍA.
Las empresas licitadoras deberán de expresar el modo de abordar los trabajos en los parques municipales marcados en plano anexo (barrido manual, barrido mecánico, baldeo mixto, etc…). También marcarán las frecuencias a realizar en cada zona de parque así como el personal, maquinaria y medios técnicos a emplear, horarios, etc…, teniendo en consideración que deberá ser obligatoria en xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, como mínimo, el vaciado de las papeleras y retirada de residuos de los parques que figuran en el listado en anejo aparte por tratarse de zonas sensibles por la suciedad que puedan acumular en esos días.
El ámbito de trabajo dentro de estos parques incluirá tan solo las zonas duras y pavimentadas así como la zona de caucho de las zonas de juegos, excluyéndose las zonas verdes. Esta exclusión (zonas verdes de estos parques) no tendrá validez en el servicio a realizar los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos ya que durante estos días se tendrá que proceder a la retirada de los residuos existentes también de las zonas verdes.
Se tendrá especialmente en cuenta el estado de las papeleras de cara a vigilar su vaciado en estas fechas, así como en las zonas en las que se den aglomeraciones de cuadrillas de jóvenes, uso intensivo de zonas de merienda en parques, etc…
Art. 46.- LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO FUNCIONAL DE FUENTES ORNAMENTALES.
La limpieza xx xxxxxxx ornamentales comprende el conjunto de las operaciones necesarias para la retirada de flotantes de sus láminas de agua, así como la limpieza del fondo y paredes del vaso de todo tipo de depósitos, pintadas e incrustaciones.
En esta apartado se contemplan, en principio, las fuentes ornamentales existentes en las plazas de Ganeta. Puente Colgante y Estación de Las Arenas, debiéndose incluir cualquiera otra que pudiera instalarse en el municipio durante la vigencia del contrato.
Las actuaciones a desarrollar para el mantenimiento ordinario de estas instalaciones resultan a menudo indisociables de las actuaciones de limpieza de sus componentes, por lo que se plantean de forma conjunta. En cualquier caso la empresa adjudicataria deberá abordar la reparación de vasos y fuentes cuando se produzcan incidentes de cualquier tipo, así como la de todas las averías que puedan originarse en los elementos asociados a las fuentes ornamentales y sus láminas de agua.
A título indicativo, dichas actividades son las siguientes:
- Limpieza y conservación de los cuadros de protección y maniobra, filtros de impulsión, cristales, soportes, fosos de bombas, e instalaciones anejas que sirvan para el funcionamiento de las fuentes o estanques ornamentales, maquinaria de los mismos (bombas, incluyendo desmontaje y limpieza de rodetes de las bombas y comprobación de la estanquidad de las juntas, depuradoras, sopladores, extractores, etc.) y otros elementos relacionados.
- Limpieza, desobturación y mantenimiento de toberas, válvulas y circuitos de llenado (en el tramo comprendido desde su enganche con la red municipal hasta el vaso de la fuente o estanque), vaciado, rebose (desde la fuente o estanque hasta su punto de vertido en la red de saneamiento), aspiración e impulsión, en el menor plazo posible desde la detección de la anomalía.
- Limpieza de las redes, imbornales y arenero asociados, tantas veces como sea necesario para su buen funcionamiento, prestando especial atención en época de lluvias.
- Limpieza xx xxxxx y arquetas, para garantizar la funcionalidad de las mismas.
- Limpieza y conservación de filtros, rejas de aspiración de bombas, rejas de rebosaderos, arquetas de aspiración, etc.
- Desatasco de toberas, rejillas, desagües y sumideros, así como limpieza de las salas eléctricas y del entorno más próximo de la fuente.
- Limpieza y desatascado de toda clase de tuberías en este tipo de instalaciones.
- Sustitución de los grifos no operativos y de aquellos elementos que provoquen pérdida de agua.
- Aplicación de capas de pintura de protección (con o sin rascado de los preexistentes) en los cuadros de protección y maniobra y en general en todos aquellos elementos que la precisen.
- Aportación, evacuación o sustitución de aquellos elementos cuya renovación periódica está prevista en el funcionamiento normal del sistema y no suponga la interrupción del servicio. Dentro de este tipo de trabajos se incluyen también las pequeñas reparaciones que tengan como finalidad la puesta a punto del elemento a mantener.
- Inspección periódica frecuente de la forma de pulverización, así como de la altura y alcance de los chorros de agua en las fuentes ornamentales, al objeto de determinar si el sistema funciona correctamente y existen obstrucciones en las boquillas o en los filtros. En caso afirmativo, limpieza o sustitución de los mismos.
- Revisión general periódica de funcionamiento de las instalaciones, incluyendo todos los elementos que las componen, conservando su estado de conservación general y al menos los siguientes elementos: fuente, boquillas, bombas de impulsión, filtros de agua, y equipos de desinfección de agua, verificando su efectividad.
- Verificación del vaciado y llenado de vasos y fuentes. Mantenimiento y prueba de los circuitos de llenado, vaciado y rebose.
- Impermeabilización de fondo, realizando, en su caso, todas aquellas operaciones necesarias para garantizar la estanquidad de los vasos.
- Operaciones de pintura y tratamiento anticorrosivo de los elementos metálicos.
- Mantenimiento, reparación y reposición de las instalaciones eléctricas y de alumbrado específico, cuando éstas existan. En caso de deterioro de alguno de los elementos será reparado o sustituido por otro igual o de las mismas características.
- Revisión y limpieza de los armarios de maniobra y protección tanto de alumbrado como de fuerza, incluyendo interruptores, horarios, contadores, fusibles, diferenciales, transformadores, etc.
- Revisión y puesta a punto de la instalación aguas abajo de los cuadros de maniobra y protección, tanto de alumbrado como de fuerza, incluyendo cajas de derivación y reparto, líneas de distribución, pasamuros, etc.
- Revisión y puesta a punto de los grupo motobomba y motores.
- Reposición sistemática de lámparas, cualquiera que sea la causa que motive la avería.
Las empresas licitadoras presentarán un plan de actuación en el que se indiquen y concreten los medios ofertados, tanto técnicos como humanos, que se consideren adecuados para la realización de este tipo de trabajos. Se deberá indicar: frecuencias de limpieza y mantenimiento, posibles horarios, tiempos de respuesta en caso de xxxxxxx, etc.
Art. 47.- LIMPIEZAS DE ZONAS CON VERDÍN MEDIANTE EMPLEO DE FUNGICIDAS, ANTILÍQUENES, Y CHORRO CON AGUA A PRESIÓN.
La empresa licitadora deberá de expresar el modo de abordar los trabajos en las zonas sensibles a que se produzcan verdines.
Se incluye una zona mínima indicada en anexo.
La empresa licitadora deberá de especificar un protocolo de actuación para estas zonas con indicación de medios humanos y técnicos destinados a tal efecto, productos a emplear, etc., todo ello teniendo en consideración que estas zonas se tratarán con una frecuencia mínima de 3 veces al año.
Art. 48.- FREGADO MECÁNICO DE ZONAS PEATONALES.
La empresa licitadora deberá de expresar el modo de abordar los trabajos en las zonas peatonales en las que a juicio de la persona Responsable Municipal del Contrato se deba realizar esta operación, con indicación de medios técnicos y humanos, procedimiento de actuación, etc….
La zona de mínimos a actuar se presenta en anexo.
Estas zonas se tratarán con una frecuencia mínima de 2 veces al año.
Se deberá de prestar especial atención a la maquinaria a emplear en estas operaciones, minimizando el ruido que se genere en la operación, etc…
La empresa licitadora deberá describir como se desarrollará este apartado del servicio.
Art. 49.- NIVELES DE LIMPIEZA.
A efectos de la limpieza urbana, se dividirá el Municipio de Getxo en diferentes niveles, a cada uno de los cuales le corresponderá unos tratamientos tal como a continuación se definen.
La división en niveles, queda reflejada en plano anexo, agrupando en un mismo nivel las zonas que por sus características sean similares, atendiendo principalmente a los aspectos siguientes:
⮚ Importancia del tráfico rodado y peatonal.
⮚ Actividad dominante.
⮚ Tipos de desperdicios y sus causas.
⮚ Principales dificultades en cuanto a posibles operaciones de limpieza.
⮚ Factores físico geométricos de la red viaria.
⮚ Densidad de población.
⮚ Cualquier otra causa a considerar.
Con arreglo a los siguientes criterios, se establecen a continuación los NIVELES DE LIMPIEZA, con indicación de las frecuencias y operaciones a realizar en cada uno de ellos.
Se entiende que en aquellas operaciones en que la frecuencia sea de seis veces por semana, es cuando no existan festivos intersemanales. De existir estos festivos, la frecuencia será de cinco por semana, con aplicación a los festivos de su plan de limpieza especifico. De coincidir dos festivos consecutivos, se respetará como festivo el domingo, realizándose el servicio normal el otro festivo.
NIVEL DE LIMPIEZA I.
Constituido por el conjunto de calles incluidas en la Zona centro o aquellas con características similares con un importante tráfico rodado y peatonal. El ámbito del este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el plano I.
Sus características principales son:
⮚ Importante actividad del sector servicios.
⮚ Fuerte densidad peatonal en horas diurnas.
Las operaciones a realizar y frecuencias son, como mínimo:
⮚ Barrido mecánico y/o manual de calzadas, seis veces por semana.
⮚ Barrido mecánico y/o manual de aceras, seis veces por semana.
⮚ Barrido de mantenimiento, seis veces por semana.
⮚ Baldeo mecánico de calzadas, seis veces por semana.
⮚ Baldeo mecánico de aceras, tres veces por semana.
⮚ Baldeo mixto, dos veces por semana.
NIVEL DE LIMPIEZA II.
Se trata de vías públicas próximas a la Zona Centro, constituidas por calles amplias y de apreciable tráfico peatonal y rodado. El ámbito de este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el plano I.
Las operaciones y frecuencias que se aplican son, como mínimo:
⮚ Barrido mecánico y/o manual de calzadas, seis veces por semana.
⮚ Barrido mecánico y/o manual de aceras, seis veces por semana.
⮚ Baldeo mecánico de calzadas, seis veces por semana.
⮚ Baldeo mixto o mecánico de aceras, una vez por semana.
NIVEL DE LIMPIEZA III.
Se aplicará y comprenderá el resto de las zonas urbanizadas y zonas residenciales. El ámbito del este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el plano I.
Las operaciones y frecuencias son, como mínimo:
⮚ Barrido manual, seis veces por semana.
⮚ Barrido mecánico de calzadas, tres veces por semana.
⮚ Barrido mecánico de aceras, tres veces por semana.
⮚ Baldeo mecánico de calzadas, seis veces por semana.
⮚ Baldeo mixto y/o mecánico de aceras, una vez por semana.
NIVEL DE LIMPIEZA IV.
Correspondería a las urbanizaciones de tipo industrial o similar. El ámbito del este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el plano I.
Se realizarán las operaciones y frecuencias siguientes, como mínimo:
⮚ Barrido mecánico y/o manual de aceras, tres veces por semana.
⮚ Barrido mecánico de calzadas, una vez por semana.
⮚ Baldeo mecánico de calzadas, una vez por semana.
⮚ Baldeo mixto y/o mecánico de aceras, una vez cada 15 días.
NIVEL DE LIMPIEZA V.
Comprenderá las urbanizaciones con un grado de ocupación bajo y en fase de construcción así como la zona rural del municipio. El ámbito de este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el plano I.
Se realizarán las operaciones y frecuencias siguientes, como mínimo:
⮚ Barrido mecánico o manual de calzadas, una vez cada 15 días.
⮚ Barrido mecánico y/o manual de aceras, una vez por semana
⮚ Baldeo mecánico de calzadas, una vez por semana.
CUADRO RESUMEN
SERVICIOS POR SEMANA | NIVEL I | NIVEL II | NIVEL III | NIVEL IV | NIVEL V |
Barrido Manual | 6 | 6 | 6 | 3 | 0,5 |
Xxxxxxx Xxx. Xxxxxx | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxx Xxx. Calzadas | 6 | 6 | 3 | 1 | 0,5 |
Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx | 0 | - | - | - | - |
Xxxxxx Xxx. Xxxxxx | 0 | 0 | 0 | - | - |
Xxxxxx Mec. Calzadas | 6 | 6 | 6 | 1 | 1 |
Baldeo Mixto | 2 | 1 | 1 | 0,5 | - |
Art. 50.- PUESTA EN MARCHA DE LOS TRABAJOS VINCULADOS AL GRUPO 1.
Previamente al inicio de los trabajos, y de acuerdo con la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento de Getxo realizará los ajustes de los aspectos relativos a la organización y prestación de los servicios propuestos en el GRUPO 1 del PBG que se estimen necesarios de cara a su optimización y adecuación a las necesidades del municipio. Estos ajustes en ningún caso tendrán la consideración de modificaciones contractuales.
CAPITULO VI.- PLAN BÁSICO GENERAL. GRUPO 2:
RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS
URBANOS A PLANTA DE TRANSFERENCIA O PLANTA DE
TRATAMIENTO FINAL.
Los servicios de recogida objeto del presente pliego de condiciones desde el punto de vista operativo son los siguientes:
ART. 51.- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DENOMINADA RESTO DE LOS RESIDUOS DE USUARIOS DOMÉSTICOS, PEQUEÑOS COMERCIANTES Y RESIDUOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS.
ART. 52.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DE PAPEL Y CARTÓN.
ART. 53.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DE ENVASES.
ART. 54.- SERVICIO DE REPOSICIÓN, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y ORNATO DE CONTENEDORES.
ART. 55.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE PILAS.
ART. 56.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LÁMPARAS FLUORESCENTES Y DE DESCARGA .
ART. 57.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA O PUNTO DESTINO FINAL DE ACEITES DE ORIGEN DOMÉSTICO.
ART. 58.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA O A DESTINO FINAL DE RECICLADO DEL CARTÓN Y EMBALAJES DE COMERCIOS Y RESIDUOS DE MERCADOS, FRUTERÍAS Y PESCADERÍAS.
ART. 59.- RETIRADA DE BASURAS, INCLUSO ANIMALES MUERTOS, QUE APAREZCAN VERTIDOS O ABANDONADOS EN LA VIA PUBLICA.
ART. 60.- TRASLADO DE CONTENEDORES XX XXXXXX A PLANTA DE TRANSFERENCIA. ART. 61.- LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE ISLAS DE CONTENEDORES SOTERRADOS
Y DE COMPACTADORES SOTERRADOS.
Art. 51.- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DENOMINADA RESTO DE LOS RESIDUOS DE USUARIOS DOMÉSTICOS, PEQUEÑOS COMERCIANTES Y RESIDUOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS,
Se refiere este servicio a la recogida y transporte hasta la planta de transferencia de los residuos sólidos producidos normalmente en las viviendas
y comercios. Comprende, por tanto, los residuos de comidas, limpieza, envases, ropas, calzados, etc…
Están excluidos los residuos clasificables como residuos industriales, hospitalarios, tóxicos y peligrosos, de obras de reforma, etc. y los residuos de cualquier naturaleza generados por actividades industriales o comerciales y del sector de la hostelería que sean grandes generadores, así como los contemplados en las diferentes directivas europeas vigente (- Directiva 2006/12/CE y Directiva 2008/98/CE) como no depositables directamente en vertederos de residuos sólidos urbanos.
El Ayuntamiento de Getxo deja abierta la posibilidad de que grandes complejos hoteleros, polígonos comerciales, parques tecnológicos, puertos deportivos etc. así como otros comercios puedan contratar particularmente la recogida de sus residuos a empresas privadas previamente homologadas por el servicio técnico municipal, de acuerdo a las pautas que se establecerán en su momento.
El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el término municipal.
Para la realización del presente servicio de recogida, las empresas licitadoras presentaran todas sus ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral de contenedores de gran capacidad, preferentemente de 3.200 litros con excepciones contadas a analizar según las zonas.
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el “Plan de Contenerización” que consideren más adecuado al municipio, diseñado de tal forma que mediante un correcto dimensionamiento del número y capacidad de los contenedores y una adecuada frecuencia de recogida se garantice:
⮚ Reducir la producción de residuos y maximizar el reciclaje.
⮚ Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición.
⮚ Minimizar el número de contenedores en la vía pública.
⮚ Reducir el impacto visual.
⮚ Reducir el impacto y nivel sonoros, consumos, etc…
Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los sectores a las características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc. al objeto de maximizar la recogida selectiva, minimizar las molestias al vecindario y optimizar los servicios ofertados.
La empresa licitadora propondrán en sus ofertas los horarios que mejor se adapten a las condiciones anteriores y a los sistemas de recogida propuestos.
La empresa adjudicataria deberá tener el máximo cuidado en la ejecución de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder simultáneamente a la recogida de los productos que se encuentren fuera de los contenedores, sin que esto implique a los servicios generales de limpieza. Para ello se dispondrán los medios materiales y humanos necesarios.
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.
Los objetos de valor que el contratista encuentre en la basura o productos de los diferentes servicios que se contraten, deberán ser puestos en conocimiento del Ayuntamiento.
Las basuras serán transportadas inmediatamente después de su recogida al centro de clasificación y transferencia.
Queda prohibida la descarga de basuras en cualquier otro punto que no sea el centro de transferencia.
Para la ejecución de este servicio se utilizarán vehículos compactadores de carga lateral. Las empresas licitadoras presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
⮚ Relación de recorridos debidamente justificados.
⮚ Horarios de comienzo y terminación de los recorridos.
⮚ Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc. que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
⮚ Tiempos medios de carga y descarga.
⮚ Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
⮚ Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
⮚ Número de contenedores por ruta.
⮚ Peso medio previsto para cada contenedor.
⮚ Frecuencia de recogida.
⮚ Cantidades de residuos a recoger.
⮚ Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización.
La empresa licitadora tendrá además en cuenta la existencia de islas de contenedores soterrados de carga lateral en zonas de alta densidad de población y dificultad de acceso y deberá de proponer su sistema de recogida para estas zonas.
SERVICIO DE LIMPIEZA, DE CONTENEDORES
Este servicio de limpieza, consiste en el desarrollo de todas las labores necesarias para la correcta limpieza y salubridad de todo el parque de contenedores de la fracción resto que se encuentren en servicio durante toda la vida del contrato.
Las empresas licitadoras presentarán un estudio detallado de la frecuencia de limpieza interior y exterior de los contenedores de la fracción resto así como los medios humanos y materiales destinados para tal fin (la frecuencia mínima admisible para esta fracción será de 1 vez por semana).
Art. 52.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DE PAPEL Y CARTÓN.
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de transferencia de la fracción de papel y cartón depositados en los contenedores ubicados para tal fin.
El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el término municipal.
Para la realización del presente servicio de recogida, Las empresas licitadoras presentaran sus ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral de contenedores de gran capacidad, preferentemente de 3.200 litros, con un diseño tal que el ciudadano lo identifique claramente. Este diseño deberá ser aceptado por el Ayuntamiento.
Los contenedores de carga lateral destinados a este servicio, dispondrán de una boca de acceso limitado, sin posibilidad por parte del usuario de la apertura de las tapas superiores.
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el “Plan de Contenerización” que consideren más adecuado al municipio, diseñando de tal forma que el número y capacidad de los contenedores y la frecuencia de recogida propuesta garantice:
⮚ Maximizar la cantidad de papel y cartón reciclado.
⮚ Cumplir con un ratio mínimo de 600 habitantes por contenedor.
⮚ Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición.
⮚ Reducir el impacto visual.
Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los sectores a las características urbanas de la zona, intensidad de
tráfico rodado, etc. al objeto de maximizar la recogida y minimizar las molestias al vecindario.
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.
Para la ejecución de este servicio las empresas licitadoras presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
⮚ Frecuencia de recogida propuesta.
⮚ Número de contenedores y su ubicación.
⮚ Plan de evolución y adaptación a los incrementos previsibles de esta fracción para el periodo de duración del contrato, proponiendo, las empresas licitadoras un estudio económico de adaptación a dicho plan.
⮚ Relación de recorridos debidamente justificados.
⮚ Horarios de comienzo y terminación de los recorridos preferentemente en jornada diurna.
⮚ Composición de los equipos a utilizar, número, características, etc. que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
⮚ Tiempos medios de carga y descarga.
⮚ Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
⮚ Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
⮚ Peso medio previsto para cada contenedor.
⮚ Cantidades estimadas de residuos a recoger.
⮚ Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización
SERVICIO DE LIMPIEZA, DE CONTENEDORES
Este servicio de limpieza, consiste en el desarrollo de todas las labores necesarias para la correcta limpieza y salubridad de todo el parque de contenedores de la fracción papel y cartón que se encuentren en servicio durante toda la vida del contrato.
Las empresas licitadoras presentarán un estudio detallado de la frecuencia de limpieza interior y exterior de los contenedores de la fracción papel y cartón así como los medios humanos y materiales destinados para tal fin (la frecuencia mínima admisible para esta fracción será de 5 veces/año).
Art. 53.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LA FRACCIÓN DE ENVASES.
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta transferencia de la fracción de envases depositados en los contenedores ubicados para tal fin.
El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el término municipal.
Para la realización del presente servicio de recogida, las empresas licitadoras presentaran sus ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral de contenedores de gran capacidad, preferentemente de 3.200 litros, con un diseño tal que el ciudadano lo identifique claramente. Este diseño deberá ser aceptado por el Ayuntamiento.
Los contenedores de carga lateral destinados a este servicio, dispondrán de una boca de acceso limitado, sin posibilidad por parte del usuario de la apertura de las tapas superiores.
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el “Plan de Contenerización” que consideren más adecuado al municipio, diseñando de tal forma que el número y capacidad de los contenedores y la frecuencia de recogida propuesta garantice:
⮚ Maximizar la cantidad de envases reciclados.
⮚ Cumplir con un ratio mínimo de 400 habitantes por contenedor.
⮚ Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición.
⮚ Reducir el impacto visual.
Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los sectores a las características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc. al objeto de maximizar su reciclaje, minimizar las molestias al vecindario.
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.
Para la ejecución de este servicio las empresas licitadoras presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
⮚ Frecuencia de recogida propuesta.
⮚ Número de contenedores y su ubicación.
⮚ Plan de evolución y adaptación a los incrementos previsibles de esta fracción para el periodo de duración del contrato, proponiendo,
las empresas licitadoras un estudio económico de adaptación a dicho plan.
⮚ Relación de recorridos debidamente justificados.
⮚ Horarios de comienzo y terminación de los recorridos en jornada diurna.
⮚ Composición de los equipos a utilizar, número, características, etc. que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.
⮚ Tiempos medios de carga y descarga.
⮚ Tiempos medios invertidos en los desplazamientos.
⮚ Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida.
⮚ Peso medio previsto para cada contenedor.
⮚ Cantidades estimadas de residuos a recoger.
⮚ Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización.
SERVICIO DE LIMPIEZA, DE CONTENEDORES
Este servicio de limpieza, consiste en el desarrollo de todas las labores necesarias para la correcta limpieza y salubridad de todo el parque de contenedores de la fracción envases que se encuentren en servicio durante toda la vida del contrato.
Las empresas licitadoras presentarán un estudio detallado de la frecuencia de limpieza interior y exterior de los contenedores de la fracción envases así como los medios humanos y materiales destinados para tal fin (la frecuencia mínima admisible para esta fracción será mensual).
Art. 54.- SERVICIO DE IMPLANTACIÓN, REPOSICIÓN, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y ORNATO DE CONTENEDORES.
El servicio de implantación, reposición, mantenimiento, reparación y ornato de contenedores, consiste en el desarrollo de todas las labores necesarias para el correcto aspecto, ornato exterior, y perfecto estado de funcionamiento y conservación de todo el parque de contenedores que se encuentren en servicio en la vía pública durante toda la vida del contrato. Se entiende incluido en este servicio, la recuperación, el repintado, la limpieza de pintadas, grafitis, etc… realizadas sobre los contenedores.
Las empresas licitadoras propondrán un modelo de contenedor de 3200 L de carga lateral como modelo de nueva implantación en el municipio. La implantación se realizará en 2 años como máximo de manera paulatina para la
totalidad de los contenedores. La empresa adjudicataria asistirá, caso de que lo requiera el Ayuntamiento de Getxo y sin coste alguno para éste, en la elaboración de las bases de enajenación de los contenedores actualmente en servicio y que se vayan retirando según el plan de despliegue de los de nueva adquisición.
Las características de los contenedores ofertados se orientarán a facilitar la recogida, maximizar la recogida selectiva, minimizar el ruido en las operaciones de depósito y recogida de residuo en el mismo, la estética e integración en la trama urbana, la facilidad de conservación y mantenimiento y la estandarización de la base para las distintas fracciones de cara a la optimización de estocaje y reposiciones.
Siguiendo el criterio municipal de no discriminación y orientación a la accesibilidad universal el Ayuntamiento de Getxo establece como requisito a cumplir por parte de la empresa adjudicataria que al menos el 20 % del número de contenedores a disponer en el municipio estén adaptados. Las empresas licitadoras propondrán modelo y sistema tanto para los contenedores nuevos que proponga como para los existentes en buen estado a conservar. La empresa licitadora, a petición de la persona Responsable Municipal del Contrato dispondrá contenedores accesibles según demanda vecinal en cada punto concreto.
Se establecerá un margen mínimo de repuesto de contenedores nuevos de 50 unidades en stock de las distintas fracciones para cada año.
La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la colocación de pegatinas de orientación a la ciudadanía en lo concerniente a horarios, frecuencias, tipos de materiales en cada contenedor, etc… La empresa adjudicataria correrá con los costes del material y del correcto mantenimiento y ornato de las mismas.
Para ello las empresas licitadoras, propondrán un plan detallado y claramente razonado del compromiso de implantación, reposición, mantenimiento, reparación y conservación de los contenedores de acuerdo a sus características, indicando con absoluta claridad y congruencia los procesos de realización y los parámetros adoptados que se detallan más adelante.
Las empresas licitadoras detallaran con meridiana claridad en sus planes de gestión de contenedores los siguientes parámetros, así como sus procesos de cálculo:
⮚ Número total de contenedores para cada fracción a disponer en el municipio, así como el número de contenedores de reserva previstos.
⮚ Justificación de los mismos así como de sus ubicaciones.
⮚ Cantidad total de contenedores nuevos implantados y las inversiones previstas.
⮚ Las empresas licitadoras deben incluir en sus ofertas un servicio de mantenimiento diario exhaustivo en la vía pública mediante los equipos que se consideren necesarios de brigada con furgón taller a dedicación exclusiva.
⮚ Las empresas licitadoras deben incluir en sus ofertas un servicio de reparación y/o recuperación y pintado de los contenedores en las instalaciones centrales que como mínimo deberá de contemplar el 10% del parque total de contenedores anualmente.
⮚ Número y porcentaje de reposición (a nuevos) anual previsto de los contenedores en servicio (para cada una de las fracciones). Estas reposiciones tendrán el carácter de gasto anual y no de inversión (no se amortizarán). La reposición mínima estimada será de 50 unidades al año para el conjunto de las fracciones.
⮚ Conjunto de medios, tanto humanos y materiales destinados específicamente para este servicio, con los rendimientos y cargas de trabajo previstos.
Dada la importancia que este “Servicio de reposición, mantenimiento, reparación y ornato de contenedores tiene en la imagen del municipio y de la calidad de la prestación de los servicios, las empresas licitadoras deberán reflejar en sus ofertas el máximo interés en desarrollar con absoluta claridad y profundidad la correcta justificación de los parámetros y el plan de ejecución del servicio solicitado con anterioridad.
La empresa adjudicataria deberá tener en consideración la existencia en las actuales instalaciones municipales de un taller y cabina xx xxxxxxx de contenedores para el caso de que opte por los contenedores metálicos, sirviendo el taller también para el caso de contenedores plásticos.
El número de contenedores actuales y su ubicación se refleja en plano
anexo.
A juicio de la persona Responsable Municipal del Contrato quedará la
decisión de reparar un contenedor dañado o sustituir el citado contenedor por uno nuevo.
CONTENEDORES COMPACTADORES E ISLAS DE CONTENEDORES SOTERRADOS
El Ayuntamiento de Getxo entiende necesaria la disposición, dentro del contrato, de al menos 3 contenedores compactadores soterrados en zonas que precisen este tipo de equipos. Estos equipos serán de al menos 2 buzones, bicompartimentados, de capacidad igual o superior a 20 m3, de modelo y marca a seleccionar por parte del Ayuntamiento, y se incluirá el proyecto e instalaciones a realizar en emplazamiento seleccionado por el Ayuntamiento, totalmente terminados y funcionando.
Asimismo se considera necesaria la implantación de al menos 3 islas de contenedores soterrados de 3 buzones, de modelo, marca y emplazamiento a seleccionar por el Ayuntamiento, incluyendo asimismo proyecto e instalaciones, totalmente terminadas y funcionando. En razón de los emplazamientos elegidos el Ayuntamiento podrá decidir la instalación de islas con menor número de buzones.
Pudiera resultar interesante, como mejora, la ampliación hasta la cifra de 6 (compactadores) o hasta 9 (islas de contenedores soterrados) dentro del desarrollo del contrato.
Las empresas licitadoras deberán analizar la implantación de estos equipos en el municipio, las obras civiles que precisan, el número de elementos que proponen, su modelo, número de bocas por equipo, compartimentado o no, medidas de mantenimiento integral, limpieza y desodorización, frecuencia de recogida y modo de realizarla, dimensiones del equipo y control del sistema volumétrico de llenado y estado, tipo de buzones, etc…
Art. 55.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE PILAS.
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento de la fracción pilas depositados en los contenedores ubicados para tal fin, en los comercios designados por el Ayuntamiento, vía pública, dependencias municipales y cualquier otro local que por su gran consumo o afluencia de público el Ayuntamiento considere pertinente.
Para la realización del presente servicio de recogida, las empresas licitadoras presentaran todas sus ofertas basándose en pequeños contenedores normalizados por el Ayuntamiento.
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.
Para la ejecución de este servicio las empresas licitadoras presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
⮚ Frecuencia de recogida propuesta.
⮚ Número de contenedores y su ubicación.
⮚ Horarios de comienzo y terminación de los recorridos.
⮚ Cantidades estimadas de Pilas a recoger.
⮚ Nº de contenedores a reponer cada año.
⮚ Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización
Se da en anexo el listado de puntos de ubicación con plano de contenedores de pilas.
Anualmente la empresa adjudicataria presentará un informe con las ubicaciones reales de contenedores de pilas así como sus bajas y altas, cantidades, etc…
La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la limpieza, mantenimiento, reposiciones y ornato de los contenedores ubicados en las vías públicas.
Art. 56.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA DE LÁMPARAS FLUORESCENTES Y DE DESCARGA.
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento y/o transferencia de la fracción lámparas fluorescentes y de descarga generadas por particulares, comercios, etc….
Para su reciclaje dichas lámparas no deben romperse por lo que es necesario un transporte muy delicado hasta el punto de entrega.
La frecuencia de recogida se realizará en función de la demanda de cada comercio, según los avisos telefónicos establecidos para tal fin, realizando una recogida comercio a comercio.
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados. Se adjunta en anexo los lugares de recogida actuales.
Si bien en la actualidad tanto la gestión del servicio como el número de contenedores está definido por criterios municipales, las empresas licitadoras presentarán una propuesta en la que se recojan los siguientes aspectos:
⮚ Número de contenedores y su ubicación.
⮚ Horarios.
⮚ Cantidades estimadas de lámparas a recoger.
⮚ Nº de contenedores a reponer cada año.
Anualmente la empresa adjudicataria presentará un informe con las ubicaciones reales de contenedores de lámparas así como sus bajas y altas, cantidades, etc…
La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la limpieza, mantenimiento y ornato de los contenedores ubicados en las vías públicas.
Art. 57.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA O PUNTO DESTINO FINAL DE ACEITES DE ORIGEN DOMÉSTICO.
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento o punto destino final de la fracción de aceite de origen domiciliario.
La empresa adjudicataria deberá presentar un estudio completo de los posibles puntos de recogida de forma que cada barrio esté suficientemente atendido y con especial atención a posibles puntos estratégicos de implantación en las cercanías de hoteles, bares y restaurantes, etc…Las propuestas recogerán como mínimo los siguiente aspectos:
⮚ Número de contenedores y su ubicación.
⮚ Horarios.
⮚ Cantidades estimadas de aceite a recoger.
⮚ Nº de contenedores a reponer cada año.
⮚ Metodología para la limpieza los contenedores y de su entorno.
⮚ Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización
La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la instalación, limpieza, mantenimiento y ornato de los contenedores ubicados en las vías públicas.
Art. 58.- RECOGIDA SELECTIVA PUERTA A PUERTA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA O A DESTINO FINAL DE RECICLADO DEL CARTÓN Y EMBALAJES DE COMERCIOS, Y RESIDUOS DE MERCADOS, FRUTERÍAS Y PESCADERÍAS.
Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento de la fracción papel y cartón procedente de aquellos comercios cuyo volumen de papel y cartón generado sea en cantidad suficiente que justifique la recogida puerta a puerta del mismo. También se refiere a la recogida de residuos de mercados, fruterías y pescaderías del municipio.
Se deberá presentar un estudio detallado de la metodología a aplicar definiendo tareas, frecuencias, horarios, equipos asignados, etc…, tanto para
la fracción cartón y embalajes como para la recogida de los residuos producidos en mercados, supermercados, pescaderías y fruterías.
Para la realización del presente servicio de recogida, las empresas licitadoras presentaran sus ofertas basándose en los comercios ubicados en el municipio. Se tendrá especial interés en zonas con presencia de actividad comercial notable, bares, etc…
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados. Presentando un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
⮚ Sistema operativo propuesto contemplando las posibles afecciones al tráfico rodado.
⮚ Sistema de pre-recogida y deposición de los residuos.
⮚ Comercios afectados por este servicio.
⮚ Frecuencia de recogida.
⮚ Horarios de comienzo y terminación de los recorridos.
⮚ Cantidades estimadas de papel y cartón a recoger.
⮚ Plan de revisión anual y mejora del servicio.
Art. 59.- RETIRADA DE BASURAS, INCLUSO ANIMALES MUERTOS, QUE APAREZCAN VERTIDOS O ABANDONADOS EN LA VIA PÚBLICA.
Se refiere este servicio a la recogida y transporte hasta la planta de transferencia y punto limpio de las basuras, incluso animales muertos, que aparezcan en la vía pública. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de realizar dicho servicio con inmediatez.
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados. Detallando los siguientes aspectos:
⮚ Sistema operativo propuesto.
⮚ Medios a emplear en la realización de los trabajos.
⮚ La empresa licitadora deberá proponer un protocolo de actuación con tiempos de repuesta inmediata tras la recepción del aviso con un tratamiento acorde a la normativa vigente (transporte en vehículo apropiado, incineración, enterramiento, etc…).
Art. 60.- TRASLADO DE CONTENEDORES XX XXXXXX A PLANTA DE TRANSFERENCIA.
El servicio consistiría en trasladar los contenedores xx xxxxxx situados en zonas no accesibles para el vehículo de recogida xx xxxxxx del municipio una vez llenos a la planta de transferencia y sustituirlo por otro de repuesto vacío en su lugar.
En la actualidad el servicio comprende la retirada de siete contenedores a la planta de transferencia. El servicio se dimensionará en este aspecto con un máximo de 20 contenedores trasladables a la planta de transferencia.
El vehículo a emplear deberá de ser obligatoriamente un vehículo con
pluma.
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios
y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados, presentando un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
⮚ Sistema operativo propuesto contemplando las posibles afecciones al tráfico rodado.
⮚ Frecuencia de recogida teniendo en cuenta que los contenedores no se desborden.
⮚ Horarios de comienzo y terminación de los recorridos.
ART 61.- LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE ISLAS DE CONTENEDORES SOTERRADOS Y DE COMPACTADORES SOTERRADOS.
Las empresas licitadoras propondrán las medidas para la limpieza y mantenimiento de los vasos soterrados así como de los sistemas de bombeo de aguas infiltradas y lixiviados si los hubiera en los mismos.
Las empresas licitadoras presentarán un estudio detallado de la frecuencia de limpieza interior y exterior de los contenedores así como los medios humanos y materiales destinados para tal fin (la frecuencia mínima admisible para estas islas será quincenal). Se dispondrá de una instalación en correcto funcionamiento, desodorizada y limpia.
Las empresas licitadoras deberán de presentar un estudio detallado del plan de mantenimiento integral (preventivo y correctivo) para las islas de contenedores soterrados y los contenedores compactadores soterrados. Correrá por cuenta de la empresa adjudicataria el suministro de piezas de repuesto de toda índole de cara a garantizar el correcto funcionamiento y estado de la totalidad de componentes electromecánicos, hidráulicos y
neumáticos, así como el correcto estado xxx xxxxxx de los componentes de los buzones de recogida, tanques plásticos, guías, bombas, etc…
Se tendrán en cuenta tanto los existentes en la actualidad (6 islas de 2 contenedores soterrados cada una) como los de nueva instalación con el contrato (un mínimo de 3 compactadores soterrados de 2 buzones, más, como mínimo, 3 islas de 3 buzones). además de los que puedan ser propuestos como mejora, que también se incluyen.
Art. 62.- PUESTA EN MARCHA DE LOS TRABAJOS VINCULADOS AL GRUPO 2.
Previamente al inicio de los trabajos, y de acuerdo con la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento de Getxo realizará los ajustes de los aspectos relativos a la organización y prestación de los servicios propuestos en el GRUPO 2 del PBG que se estimen necesarios de cara a su optimización y adecuación a las necesidades del municipio. Estos ajustes en ningún caso tendrán la consideración de modificaciones contractuales.
CAPITULO VII.- PLÁN BASICO GENERAL. GRUPO 3.
EXPLOTACIONES Y CONSERVACIONES.
Los servicios a atender en materia de explotaciones y conservaciones serán los siguientes:
ART. 63.- EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL: PLANTA DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS Y PUNTO LIMPIO.
ART. 64.- EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL: ANTIGUO VERTEDERO CLAUSURADO E INSTALACIONES ANEXAS AL MISMO.
ART. 65.- MANTENIMIENTO Y ASFALTADOS XX XXXXXX AFECTADOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
ART. 66.- ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN Y VIABILIDAD TÉCNICO-ECONÓMICA DE UNA PLANTA DE TRIAJE.
Art. 63.- EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL: PLANTA DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS Y PUNTO LIMPIO.
En este artículo las empresas licitadoras presentarán un estudio detallado de explotación del citado complejo que, como mínimo, detallará la relación de labores citadas más abajo. Por otra parte las empresas licitadoras deberán tener en cuenta en este plan que los intereses municipales para con este complejo medioambiental se orientan a la búsqueda del máximo nivel de reciclaje en el municipio, a la exploración de nuevas oportunidades de las instalaciones existentes, así como a extraer el máximo rendimiento económico de las instalaciones existentes y futuras.
En el estudio de explotación de la planta de transferencia se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:
⮚ Transporte de todos los residuos depositados en la planta de transferencia a punto de tratamiento o destino final.
⮚ Xxxxxxx de funcionamiento y personal a proponer por las empresas licitadoras y a aprobar por parte de la persona Responsable Municipal del Contrato.
⮚ Protocolos de funcionamiento a plantear por las empresas licitadoras y a aprobar por parte de la persona Responsable Municipal del Contrato.
⮚ Mantenimiento como mínimo de la capacidad operativa actual existente en la planta de transferencia.
⮚ Presentación de estudio de tasas/explotación para profesionales del municipio y profesionales y particulares de municipios colindantes, otras administraciones, etc.
⮚ Propuesta de medidas a adoptar para la reducción de impactos actuales o futuros.
En lo referente al punto limpio se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:
⮚ Transporte de todos los residuos depositados en el punto limpio a punto de tratamiento o destino final.
⮚ Xxxxxxx de funcionamiento y personal a proponer por las empresas licitadoras y a aprobar por parte de la persona Responsable Municipal del Contrato.
⮚ Protocolos de funcionamiento para el uso del publico en general del punto limpio a plantear por las empresas licitadoras y a aprobar por parte de la persona Responsable Municipal del Contrato.
⮚ Las empresas licitadoras partirán de la hipótesis de que se redactarán unas normas de admisión y recepción de residuos para el centro de transferencia y punto limpio aceptando únicamente los residuos que definan dichas normas.
⮚ Los cánones de vertido y/o tratamiento final de los residuos serán abonados por el Ayuntamiento, con independencia de la política de repercusión de los mismos a los ciudadanos o usuarios.
⮚ Presentación de estudio de tasas/explotación para profesionales del municipio y profesionales y particulares de municipios colindantes (inertes, voluminosos, etc…).
Las empresas licitadoras definirán con claridad los siguientes apartados para ambas instalaciones:
⮚ Plan de gestión para las operaciones de transporte de todos los residuos depositados en el complejo hasta punto de tratamiento o destino final, con indicación de medios técnicos y maquinaria, frecuencias, etc…
⮚ Plan de gestión de las instalaciones, detallando el personal necesario, horarios de trabajo, funciones, actividades y categorías de los mismos.
⮚ Previsiones de residuos a gestionar para cada una de las fracciones que se pretenden gestionar de forma selectiva. Se adjunta anexo de toneladas referentes al municipio.
⮚ Rendimientos y capacidades de todos los equipos y vehículos dispuestos en las instalaciones así como su grado de utilización.
⮚ Plan de nuevas oportunidades de explotación.
En el sobre correspondientes a los criterios cuantificables por fórmula se presentará el estudio económico de explotación, dividiendo los mismos en Gastos Fijos y Gastos Variables. Los gastos fijos se incluirán en el precio una vez puestas en marcha las instalaciones y los variables se ofertaran en función de las toneladas tratadas para cada fracción de residuos que se citan en el anejo correspondiente.
Copia del citado estudio sin inclusión del coste precio unitario se presentará en la oferta técnica a incluir en el sobre de criterios de valoración sujetos a juicio de valor.
Para la optimización económica y al objeto de alcanzar los ratios exigidos por las directivas europeas en materia de reciclaje, el Ayuntamiento propone en este GRUPO 3 el correcto estado y conservación de la planta transfer existente con la modernización de sus equipos y el correcto funcionamiento operativo del punto limpio.
Las empresas licitadoras deberán analizar el estado actual de las tolvas, bandejas, compactadores, puntos de registro, elementos electromecánicos, bombas, hidráulicos, guillotinas, cajas abiertas del punto limpio, atraques del mismo, etc… Elaborarán el plan de inversiones que deberán realizar para garantizar el correcto funcionamiento durante la vigencia del contrato, quedando a riesgo y xxxxxxx de la empresa adjudicataria las inversiones que deba realizar, siempre garantizando la minimización de ruidos en horario nocturno, la minimización de impacto ambiental por fugas de líquidos hidráulicos, etc… Todos los costes de conservación, mantenimiento, explotación e inversiones a realizar, planificadas, preestablecidas o imprevistas, correrán a cargo de la empresa adjudicataria sin derecho a abono añadido al respecto, debiendo tener clara esta situación a la hora de la confección de la oferta.
Indicar la especial atención que se tendrá al respecto por parte de la persona Responsable Municipal del Contrato, pudiendo aplicarse cuantas penalizaciones al respecto se establecen en el presente pliego por el incumplimiento de la operatividad y correcto estado de la totalidad de los equipos, no solo de aquéllos que garantizan el trasiego por la planta transfer de los residuos/día que se den.
Indicar de igual manera que las empresas licitadoras deberán de tener en cuenta a la hora de realizar la oferta que correrá a su cargo el mantenimiento, limpieza y reparación de las instalaciones físicas (urbanización, jardinería, atraques del punto limpio, soleras, sumideros, instalaciones de toda índole, etc…)
Las empresas licitadoras correrán a cargo del mantenimiento de lo
``movible y lo no movible´´, sin coste añadido para el Ayuntamiento de Getxo: casetas, garita de control de la báscula y ésta, cierres xxx xxxxxxx, alumbrados,
cajas abiertas del punto limpio, instalaciones del complejo como la central de tratamiento de lixiviados, etc… De igual manera correrá con los gastos corrientes de suministros que precise para su actividad: suministro eléctrico para el complejo, agua corriente, etc…
Por ultimo señalar que el ayuntamiento se reserva la posibilidad de gestionar el transporte de alguno de los residuos del punto limpio a su punto de tratamiento final con otras empresas o sistemas integrados de gestión. En estos casos la empresa adjudicataria colaborará en esta gestión según lo marque la persona Responsable Municipal del Contrato.
GESTIÓN EN PUNTO DE TRATAMIENTO FINAL DE LA FRACCIÓN RECOGIDA DENOMINADA RESTO DE LOS RESIDUOS DE USUARIOS DOMÉSTICOS, PEQUEÑOS COMERCIANTES Y RESIDUOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS.
En la descripción de las actividades del contrato incluidas en el Grupo 2 ya se ha citado que la empresa adjudicataria deberá realizar la recolección y transporte hasta la planta de transferencia de la fracción denominada resto de residuos de usuarios domésticos, pequeños comerciantes y residuos asimilables a domiciliarios. En las actividades del Grupo 3, en la fase de explotación de la planta de transferencia, se incluye asimismo una labor a realizar que es la de compactación de los productos recogidos de esta fracción y su transporte hasta el punto final de tratamiento.
El servicio de Gestión en Punto de Tratamiento Final consistirá en que la empresa adjudicataria será la responsable de gestionar el destino final de los residuos antes mencionados, asumiendo el coste de su tratamiento final, estableciendo con las empresas gestoras los acuerdos que le sean más favorables. Estos acuerdos deberán contar con el visto bueno previo municipal.
Se tendrá en cuenta que, a fecha actual, el Ayuntamiento tiene un convenio en vigor con la Diputación Xxxxx de Bizkaia, que finaliza en abril del año 2014, al objeto de realizar el tratamiento de estos residuos. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de respetar el citado convenio, según el cual el Ayuntamiento pone a disposición de la Diputación Xxxxx los residuos en el destino que la misma indique a fin de cumplir lo marcado en el Plan Integral de Gestión de Residuos Urbanos de Bizkaia 2005-2016. El destino actual es la planta de incineración de Zabalgarbi.
Al objeto de potenciar la disminución de este tipo de residuo en el municipio la empresa adjudicataria tendrá que adoptar las medidas oportunas para disminuir este porcentaje, sin causar perjuicios a la ciudadanía, impactos visuales notorios, ni excesivo aumento de contenedores en la calle. Deberá de trabajar la concienciación, el concepto “puerta a puerta”, etc…
GESTIÓN EN PUNTO DE TRATAMIENTO FINAL DE LA FRACCIÓN RECOGIDA DE PAPEL Y CARTÓN MUNICIPAL.
En la descripción de las actividades del contrato incluidas en el Grupo 2 ya se ha citado que la empresa adjudicataria deberá realizar la recolección y transporte hasta la planta de transferencia de la fracción de papel y cartón. En las actividades del Grupo 3, en la fase de explotación de la planta de transferencia, se incluye asimismo una labor a realizar que es la de compactación de los productos recogidos de esta fracción y su transporte hasta el punto final de tratamiento.
El servicio de Gestión en Punto de Tratamiento Final consistirá en que la empresa adjudicataria será la responsable de gestionar el destino final del papel y cartón recogidos, estableciendo con las empresas gestoras los acuerdos que le sean más favorables e ingresando directamente de estas empresas los importes que correspondan.
Al objeto de potenciar el aumento del volumen de papel y cartón reciclado en el municipio la empresa adjudicataria tendrá que adoptar las medidas oportunas para aumentar este porcentaje, sin causar perjuicios a la ciudadanía, impactos visuales notorios, ni excesivo aumento de contenedores en la calle. Deberá de trabajar la concienciación, el concepto “puerta a puerta”, etc…
GESTIÓN EN PUNTO DE TRATAMIENTO FINAL DE LA FRACCIÓN RECOGIDA DE ENVASES MUNICIPAL.
En la descripción de las actividades del contrato incluidas en el Grupo 2 ya se ha citado que la empresa adjudicataria deberá realizar la recolección y transporte hasta la planta de transferencia de la fracción de envases. En las actividades del Grupo 3, en la fase de explotación de la planta de transferencia, se incluye asimismo una labor a realizar que es la de compactación de los productos recogidos de esta fracción y su transporte hasta el punto final de tratamiento.
El servicio de Gestión en Punto de Tratamiento Final consistirá en que la empresa adjudicataria será la responsable de gestionar el destino final de los envases recogidos, en el marco de los acuerdos vigentes y futuros entre el Ayuntamiento de Getxo, el sistema integrado de gestión ECOEMBES y el Gobierno Xxxxx
La empresa adjudicataria se encargará de realizar las tramitaciones correspondientes de todos los conceptos remunerables por el sistema integrado de gestión ECOEMBES e ingresará directamente los importes que correspondan.
Al objeto de potenciar el aumento del volumen de envases reciclado en el municipio la empresa adjudicataria tendrá que adoptar las medidas oportunas para aumentar este porcentaje, sin causar perjuicios a la ciudadanía, impactos visuales notorios, ni excesivo aumento de contenedores
en la calle. Deberá de trabajar la concienciación, el concepto “puerta a puerta, etc.
Art. 64.- EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL: ANTIGUO VERTEDERO CLAUSURADO E INSTALACIONES ANEXAS AL MISMO.
Tal y como se indica en la introducción del presente Pliego de Condiciones Técnicas el Ayuntamiento de Getxo tiene previstas las operaciones de conservación, seguimiento y mantenimiento de las instalaciones que, dentro del denominado Complejo Medioambiental, corresponden al antiguo vertedero municipal, actualmente clausurado y sellado. Y ello sin olvidar la exploración de nuevas oportunidades para dichas instalaciones tanto existentes en la actualidad como futuras que se puedan plantear.
El Ayuntamiento de Getxo deberá de tener garantizada la estabilidad de la masa depositada así como de sus taludes, el correcto funcionamiento de sistema de captación de gas generado procedente de los procesos de digestión en la masa depositada, el correcto funcionamiento de la balsa de captación, bombeo, planta de tratamiento y control de vertido a red municipal de los lixiviados que se generan y el correcto estado de los viales de acceso a la planta de transferencia desde los viales vecinales públicos existentes, así como el estado de las propias instalaciones, planta transfer, cabina de pintura y taller de contenedores, punto limpio y de clasificación, etc…
En base a este artículo, las empresas licitadoras presentarán un Plan detallado de la explotación, mejora, mantenimiento y exploración de nuevas oportunidades de las instalaciones del antiguo vertedero municipal ya clausurado. Este plan se efectuará de acuerdo con las exigencias de la Directiva 2006/12/CE, Directiva 2008/98/CE o posteriores y demás vigentes actuales, o que entraran en vigor durante la vigencia del presente contrato en materia de vertederos. Este Plan debe contemplar posibles nuevas explotaciones de la Planta de Gestión vinculadas a los objetivos de RRR
Para la optimización económica el Ayuntamiento propone en este GRUPO 3 el correcto estado y conservación de los equipos que componen la captación de gases generados, antorcha y demás equipos vinculados a la antorcha y quema del gas generado, la totalidad de instalaciones de lixiviados (captación, bombeo, tratamiento y vertido, etc…).
Las empresas licitadoras deberán analizar el estado actual de la totalidad de las instalaciones para garantizar un correcto funcionamiento 24 hr/día. Todos los costes de conservación, mantenimiento, explotación e inversiones a realizar, planificadas, preestablecidas o imprevistas, para la disposición de las instalaciones, correrán a cargo de la empresa adjudicataria sin derecho a abono añadido al respecto, debiendo tener clara esta situación a
la hora de la realización de la oferta, quedando este hecho a riesgo y xxxxxxx de la empresa adjudicataria.
Indicar la especial atención que se tendrá al respecto por parte de la persona Responsable Municipal del Contrato, pudiendo aplicarse cuantas penalizaciones al respecto se establecen en el presente pliego por el incumplimiento de la operatividad y correcto estado de la totalidad de los equipos.
Indicar de igual manera que las empresas licitadoras deberán de tener en cuenta a la hora de realizar la oferta que correrá a su cargo el mantenimiento, limpieza y reparación de las instalaciones físicas (zonas ligadas a la antorcha, zona de la planta de lixiviados y accesos a bombeo y balsa de captación de lixiviados, arquetas de control y vertido de lixiviado tratado, etc…
En los planes de explotación ofertados las empresas licitadoras presentarán como mínimo las actuaciones previstas para cada una de las siguientes labores:
⮚ Análisis de las posibles medidas correctoras necesarias, ejecución y seguimiento de las mismas.
⮚ Adecuación a normativa vigente, en su caso, de la totalidad de instalaciones y anexos.
⮚ Seguimiento de la estabilidad de los taludes de las masas depositadas, erosión de los taludes existentes, conservación de la maleza y vegetación existente en ellos, pistas de acceso, cunetas y guiado de pluviales, etc…
⮚ Captación y tratamiento de lixiviados.
⮚ Captación y tratamientos de gases.
⮚ Mantenimiento superficial, drenajes e infraestructuras.
⮚ Análisis de la viabilidad económica del aprovechamiento energético con el PCS del gas quemado en la antorcha para reutilización en el complejo.
⮚ Asesoría y preparación de la documentación que puedan solicitar otras administraciones al Ayuntamiento en relación a las instalaciones del presente apartado.
⮚ Erradicación de la especie invasora del plumero de la pampa (cortadería Xxxxxx) y conservación de la vegetación existente en todo el complejo, accesos, pistas, etc…
⮚ Limpieza de los sumideros y arquetas de pluviales y lixiviados en las zonas bajas de acceso al vertedero así como la limpieza anual de la tubería de conexión de lixiviados entre la planta de tratamiento de lixiviados y la entrada en el colector del Consorcio.
⮚ Plan de nuevas oportunidades de explotación.
Las empresas licitadoras presentarán en sus ofertas de explotación estudios técnicos y económicos independientes para cada uno de los capítulos anteriores.
ART. 65.- MANTENIMIENTO Y ASFALTADOS DE LOS VIALES AFECTADOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
La empresa adjudicataria vendrá obligada a mantener en correcto estado a lo largo de la duración del contrato los viales de acceso a la planta de transferencia para lo cual realizará las labores de asfaltado y reposición de firmes afectados que sean necesarias y que, como mínimo, se estiman en dos campañas de saneo de las zonas en que el firme se debilite con motivo del tránsito de vehículos pesados y asfaltado del vial de subida a la planta transfer así como del camino Larrañazubi desde la calle Lexarreta hasta la propia planta de transferencia y de la xxxxxxx de Iturgitxi entre Fadura y Larrañazubi.
ART. 66.- ESTUDIO DE IMPLANTACIÓN Y VIABILIDAD TÉCNICO- ECONÓMICA DE UNA PLANTA DE TRIAJE.
La empresa adjudicataria vendrá obligada a realizar un estudio completo bajo la supervisión y dirección de la persona Responsable Municipal del Contrato en lo relativo a la implantación de una planta de triaje para una capacidad mínima de funcionamiento de 30.000 tn/año, 18tn/hr para turnos de
7 hr. Se estudiarán alternativas de plantas tipo con baja o con muy alta automatización. El objeto será el incremento del porcentaje de la fracción resto que se pueda llegar a reciclar y revalorizar. Se realizará un estudio técnico económico de viabilidad. La empresa adjudicataria pondrá a disposición de la persona Responsable Municipal del Contrato los medios técnicos materiales y humanos necesarios para llevar a cabo este estudio, que deberá estar realizado en los tres primeros meses del contrato .En la oferta se deberá definir el personal que realizara el estudio así como otros aspectos necesarios.
Art. 67.- PUESTA EN MARCHA DE LOS TRABAJOS VINCULADOS AL GRUPO 3.
Previamente al inicio de los trabajos, y de acuerdo con la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento de Getxo realizará los ajustes de los aspectos relativos a la organización y prestación de los servicios propuestos en el GRUPO 3 del PBG que se estimen necesarios de cara a su optimización y adecuación a las necesidades del municipio. Estos ajustes en ningún caso tendrán la consideración de modificaciones contractuales.
CAPITULO VIII.- OBTENCION DEL PLÁN BASICO GENERAL.
Art. 68.- Tal y como se ha detallado en el Art.- 3 el PLÁN BASICO GENERAL está constituido por los servicios básicos definidos con anterioridad y agrupados según:
⮚ GRUPO 1.
• Los Servicios Generales de Limpieza Urbana.
⮚ GRUPO 2.
• La Recogida de los Residuos Sólidos Urbanos y Transporte de los mismos a planta de transferencia o planta de tratamiento, según la indicación de la persona Responsable Municipal del Contrato, para cada una de las fracciones: Resto, Papel y Cartón, Envases, etc…
⮚ GRUPO 3.
• Traslado de las fracciones citadas en el anejo depositadas en la planta de transferencia y punto limpio a punto de destino o tratamiento final.
• Renovación parcial o completa y explotación de un complejo medio ambiental formado por un centro de clasificación y transferencia de residuos, un punto limpio de recogida de residuos inertes de construcción, voluminosos, peligrosos, lámparas, pilas, línea blanca, compost, etc… con su mantenimiento y adecuación a normativa del mismo, en su caso, el mantenimiento del vertedero clausurado existente en lo relativo a estabilidad de las masas depositadas, captación de gas procedentes de los procesos de digestión con el sistema recolector, combustión de los mismos en la antorcha existente y mantenimiento del sistema completo y los lixiviados recogidos en la balsa inferior, su bombeo a la planta de tratamiento, el tratamiento y vertido a la arqueta de control previo a la conexión con la red de saneamiento municipal, la modernización y adecuación a normativa, si procediera, de la planta y sistema de lixiviados, e instalaciones anexas al mismo. Las empresas licitadoras deberán de analizar el estado de conservación de la totalidad de mecanismos y accionamientos en la planta de transferencia debiendo asegurarse un buen funcionamiento permanente de la planta de transferencia. Serán las empresas licitadoras quienes realicen la propuesta de recambios o sustitución completa de la planta, siendo esta decisión a su riesgo y xxxxxxx, pero debiendo asegurarse el correcto
funcionamiento 24 hr/día de la misma durante la vigencia del contrato. Idem para las cajas compactadoras, tolvas y equipos de compactación, equipos de transporte a planta destino final, etc…
La oferta del conjunto de las operaciones de los Grupos 1, 2 y 3 definidas con anterioridad constituirá el "PLAN BASICO GENERAL".
Los trabajos incorporados al Grupo 4 no se integran en el PLAN BÁSICO GENERAL.
La oferta técnica presentada para este "PLAN BASICO GENERAL", se desglosará como suma de las mediciones de los Grupos 1, 2 y 3.
Los montantes económicos de los Grupos 1 y 2 se obtendrán a su vez como suma de los detalles económicos de cada uno de los servicios que los forman. La oferta económica se incluirá en el sobre de los criterios cuantificables por fórmula, y se incluirá el desglose de las mediciones de las unidades sin precio en el sobre de los criterios sujetos a juicio de valor.
Independientemente de las condiciones exigidas en los artículos precedentes, las empresas licitadoras presentarán y explicarán la obtención de la valoración económica detallada de cada uno de los diferentes servicios de forma individualizada, partiendo de los cuadros de precios unitarios que planteen tanto de los medios humanos como de los medios materiales.
Los capítulos referentes al Grupo 3 se integrarán en el precio y los estudios económicos presentados para este apartado de Explotaciones, se descompondrán de la siguiente forma:
• Explotación del complejo formado por el punto limpio y la planta de transferencia.
⮚ Gastos Fijos: Presentarán presupuesto detallado justificando los Gastos Fijos anuales de gestión en Euros/Año.
⮚ Gastos Variables: Conocido que los costes generados en la gestión de los residuos a tratar son función del peso de los mismos, las empresas licitadoras presentarán un estudio económico detallado, de los costes de gestión y transporte a planta de tratamiento de las diferentes fracciones en función de su peso, presentando un cuadro de precios unitarios para cada fracción en Euros /Kg transportado de cada material citado en el anejo.
⮚ Con el fin de que las empresas licitadoras tengan una base xx xxxxxxx para el correcto dimensionamiento de los medios necesarios así como con la intención de homogeneizar las ofertas económicas presentadas, las empresas licitadoras tendrán anexo al presente pliego los datos de recolecciones del último año.
⮚ El presupuesto total anual se definirá con una formula polinómica de la siguiente forma:
Total Presupuesto Explotación (€/año) = Gastos Fijos (€/año) + ∑ (Kg/año de cada una de las fracciones) x (Coste €/kg para cada fracción).
Quede claro a las empresas licitadoras que los precios unitarios ofertados (€/Kg) de cada fracción serán contractuales.
• Explotación post-clausura del antiguo vertedero e instalaciones anexas al mismo.
⮚ Presupuesto anual: Presentarán presupuesto detallado justificando los Gastos de gestión en Euros/Año.
A la hora de presentar el Estudio Económico del Plan Básico General, las empresas licitadoras detallarán igualmente las inversiones a realizar desglosadas para cada uno de los grupos.
CAPITULO IX.- GRUPO 4: OTROS SERVICIOS AFINES.
Art. 69,- Se incluyen en este capítulo un conjunto de servicios que no se integran en el "PLAN BASICO GENERAL" aún estando relacionados con los contemplados en él. Estos servicios están incluidos en el contrato pero el inicio de su prestación será decidido en su momento por el Ayuntamiento en función de sus intereses, pudiendo asimismo prescindir de ellos posteriormente cuando el Ayuntamiento lo estime oportuno, con un preaviso mínimo de tres meses, sin que ello suponga indemnización o abono alguno a la empresa adjudicataria.
Para cada uno de ellos incluirán las empresas licitadoras en sus ofertas los siguientes aspectos:
⮚ Metodología y sistemas a emplear.
⮚ Las mediciones que sean necesarias.
⮚ Equipos a emplear y composición de los mismos debidamente justificados.
⮚ Frecuencias y horarios de trabajo. Siempre que sea posible.
⮚ Sistemas más adecuados para la carga y transporte de los residuos generados al vertedero y/o planta de tratamiento de Getxo.
⮚ Presupuesto anual.
⮚ Precios unitarios.
Las empresas licitadoras deberán presentar una oferta de cada uno de estos servicios, NO pudiendo presentar variantes de los mismos.
Previamente al inicio de los trabajos, y de acuerdo con la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento de Getxo realizará los ajustes de los aspectos relativos a la organización y prestación de los servicios propuestos en los SERVICIOS AFINES que se estimen necesarios de cara a su optimización y adecuación a las necesidades del municipio.
Los servicios afines objeto del presente pliego de condiciones desde el punto de vista operativo son los siguientes:
⮚ Vinculados al Grupo 1: Limpieza Viaria.
ART. 70.- LIMPIEZA DE PINTADAS.
ART. 71.- LIMPIEZA DE PATIOS DE COLEGIOS.
ART. 72.- INSPECCIÓN TELEVISIVA DE LA RED DE SANEAMIENTO.
ART. 73.- LIMPIEZA DE CAUCES, XXXX Y TALUDES XX XXXXXX DE LOS MISMOS.
⮚ Vinculados al Grupo 2.- Recogida Y Transporte De Los Residuos Sólidos Urbanos A Planta De Transferencia o a Planta de Tratamiento.
ART. 74.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE DE MUEBLES Y ENSERES DOMESTICOS DESECHABLES.
ART. 75.- RECOGIDA DE PARTE ORGÁNICA DE PODAS Y GRANDES PRODUCTORES EN ESTE CAMPO (INCLUSO SERVICIO PUERTA A PUERTA DOMICILIARIO).
ART. 76.- RECOGIDA PUERTA A PUERTA BAJO EL MODO DE EXPERIENCIA PILOTO PARA LA MATERIA ORGÁNICA DESTINADA A COMPOSTAJE, CONTENEDOR CON LLAVE, ETC…
ART. 77.- REDACCIÓN DEL PLAN DE DESPLIEGUE TÉCNICO / ECONÓMICO DE LA INSTALACIÓN DE RECOGIDA NEUMÁTICA SELECTIVA DE RSU EN EL MUNICIPIO.
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VINCULADOS AL GRUPO 1: LIMPIEZA VIARIA.
Art. 70.- LIMPIEZA DE PINTADAS.
La limpieza de pintadas se ejecutará en todos los edificios, muros y paredes, pavimentos, mobiliario urbano etc., de carácter público y privado.
Esta limpieza se efectuará teniendo en cuenta siempre tanto el material de que están construidos los elementos pintados (piedra natural o artificial, mármol ladrillo, cemento, hierro, madera, etc.) como los productos químicos de que se componen las pintadas, empleándose productos adecuados que no dañen dichos elementos.
Por lo que respecta a la limpieza de carteles, se retirarán, empleando máquinas apropiadas, evitándose cepillar con cepillos xx xxxxx y rascar con herramientas que puedan dañar los elementos en los que se encuentran adosados.
Dada la responsabilidad subsidiaria que el Ayuntamiento tiene sobre los daños ocasionados en muros, cierres, paramentos verticales, etc. de edificios, las empresas licitadoras tendrán muy en cuenta esta circunstancia y ofertarán la maquinaria y medios materiales de eliminación de pintadas que no produzcan desperfectos. Las empresas licitadoras indicarán la maquinaria a usar, los equipos técnicos y humanos a emplear, procedimientos en situaciones de fiestas, manifestaciones, huelgas, etc…Se valorará positivamente el empleo de maquinaria tipo vortex (máquinas de hidroborrado no agresivas) o similar.
Para la retirada de carteles las empresas licitadoras propondrán los medios que precisa utilizar en dichos trabajos, así como la organización de los mismos. Dichos trabajos serán efectuados de forma que no se dañen los bienes municipales o privados que sirven de elementos de sustentación.
Una vez retirados los carteles se barrerá la zona próxima en la que se ha trabajado y se recogerán los papeles producto de la limpieza.
Para estos tratamientos las empresas licitadoras deberán proponer el tipo de equipo más adecuado indicando personal, maquinaria, etc., y dotando a éstos de los dispositivos o medios eficaces más flexibles disponibles en el mercado.
En el sobre de los criterios sujetos a juicio de valor, las empresas licitadoras definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.
En el sobre de los criterios cuantificables mediante fórmula, se incluirá el estudio económico detallado del precio por jornada ofertado. Se consideran 7 horas de trabajo efectivo por jornada.
Al objeto de realizar la valoración económica de las ofertas se marca en documento anexo un número de jornadas a realizar por año. Con este número se calculará el precio del servicio de limpieza de pintadas. La manera de cálculo será:
Precio unitario €/jornada X número de jornadas anexo= ….. €/año
El precio contractual será el unitario presentado, independientemente del número de jornadas a realizar, que será fijado en cada momento por la persona Responsable Municipal del Contrato.
Aquellos materiales retirados y que sean ordenados por el Ayuntamiento, serán depositados por la empresa adjudicataria donde el Ayuntamiento defina para la posterior devolución a sus propietarios o hasta su eliminación según órdenes municipales.
Art. 71.- LIMPIEZA DE PATIOS DE COLEGIOS.
Las empresas licitadoras presentarán un estudio pormenorizado de la limpieza de los patios de los Colegios Públicos que se detallan a continuación:
⮚ Escuela pública xx Xxxx (parque público).
⮚ Polideportivo xx Xxxx(parque público).
⮚ Colegio público San Xxxxxxx.
⮚ Colegio público Zubilleta (parque público).
⮚ Colegio público Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
⮚ Ikastola Geroa.
⮚ Colegio Andramari.
⮚ Patio del Batzoki de Algorta.
⮚ Colegio público San Xxxxxx.
⮚ Colegio público Larrañazubi.
⮚ Ikastola Gobela.
⮚ Colegio público Saratxaga.
⮚ Cualquier nuevo centro que se incorpore.
Las empresas licitadoras deberán definir los servicios que en ellos se tienen que contemplar y las frecuencias mínimas de los servicios para cada colegio. Se deberá tener en cuenta que algunos de los citados colegios son usados actualmente los fines de semana y todos los días fuera del horario escolar como parques públicos.
La frecuencia de limpieza de sumideros se incrementará caso de precisarse en la época de caída de hoja así como en circunstancias de lluvias extremas que pudieran arrastrar grandes cantidades de materia a los areneros, etc… todo ello acorde con las indicaciones de la persona Responsable Municipal del Contrato.
A modo indicativo se relacionan a continuación los servicios y frecuencias que actualmente se están prestando en cada colegio:
⮚ Escuela pública xx Xxxx:
♦ Barrido manual y/o mecánico: de lunes a viernes.
♦ Baldeo mixto: domingos, festivos y jueves.
♦ Papeleras: diario.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Polideportivo xx Xxxx:
♦ Barrido manual y/o mecánico: de lunes a viernes.
♦ Baldeo mixto: jueves.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Colegio público San Xxxxxxx:
♦ Barrido manual y/o mecánico: de lunes a viernes.
♦ Baldeo mixto: jueves.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Colegio público Zubilleta:
♦ Barrido manual y/o mecánico: de lunes a viernes.
♦ Baldeo mixto: jueves.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Colegio público Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx:
♦ Barrido manual y/o mecánico: lunes, miércoles y viernes.
♦ Baldeo mixto: domingos, festivos y jueves.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Ikastola Geroa:
♦ Barrido manual y/o mecánico: lunes, miércoles y viernes.
♦ Baldeo mixto: jueves.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Colegio Andramari:
♦ Barrido manual y/o mecánico: lunes, miércoles y viernes.
♦ Baldeo mixto: jueves.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Patio del Batzoki de Algorta:
♦ Barrido manual y/o mecánico: martes y jueves.
♦ Baldeo mixto: miércoles.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Colegio público San Xxxxxx:
♦ Barrido manual y/o mecánico: martes y jueves.
♦ Baldeo mixto: miércoles.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
⮚ Colegio público Larrañazubi:
♦ Barrido manual y/o mecánico: Martes y Jueves.
♦ Baldeo mixto: los miércoles.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales más necesidades.
⮚ Ikastola Gobela:
♦ Barrido manual y/o mecánico: martes y jueves.
♦ Baldeo mixto: miércoles.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
♦
⮚ Colegio público Saratxaga.
♦ Barrido manual y/o mecánico: martes y jueves.
♦ Baldeo mixto: miércoles.
♦ Papeleras: los de servicio.
♦ Sumideros: 6 anuales, más necesidades.
En el sobre de los criterios sujetos a juicio de valor, las empresas licitadoras definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.
En el sobre de los criterios cuantificables mediante fórmula, se incluirá el estudio económico detallado indicando el presupuesto anual del mismo.
Art. 72.- INSPECCION TELEVISIVA DE LA RED DE SANEAMIENTO.
Las empresas licitadoras presentarán un estudio para la inspección, mediante equipos de televisión de la red general de saneamiento, con el fin de detectar el estado físico de la misma.
Dentro de la oferta de este servicio, se especificará:
⮚ Equipos y composición de los mismos con sus características más significativas
⮚ Metodología de los trabajos
⮚ Precio unitario de metro lineal de tubería inspeccionada que incluya la entrega de plano representativo del tramo inspeccionado, video de la inspección e informe con fotografías y comentarios de todos los tramos y elementos de la red inspeccionada y parte proporcional de desplazamientos.
Los trabajos que se contraten directamente se atenderán en un plazo máximo de 7 naturales.
En el sobre de los criterios sujetos a juicio de valor, las empresas licitadoras definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.
En el sobre de los criterios cuantificables mediante fórmula, se incluirá el estudio económico detallado del precio ofertado.
Al objeto de realizar la valoración económica de las ofertas, en documento anexo se marca un número de metros a revisar por año .Con este número se calculará el precio del servicio de inspección televisiva. La manera de cálculo será:
Precio unitario €/m X número de metros anexo= ….. €/año
El precio contractual será el unitario presentado, independientemente del número de metros revisados al año, que será fijado en cada momento por la persona Responsable Municipal del Contrato.
Art. 73.- LIMPIEZA DE CAUCES, XXXX Y TALUDES XX XXXXXX DE LOS MISMOS.
El objeto del presente apartado consiste en la realización de las tareas de limpieza de los cauces y taludes de los xxxx Gobela, Bolue y Kandelu para aumentar la velocidad de las aguas y mejorar las condiciones estéticas de los citados xxxx.
Los trabajos mínimos a realizar serán:
⮚ Taludes: consiste en el desbroce y eliminación por medios manuales o mecánicos de los elementos vegetales del tipo herbáceo y semileñoso que se sustentan en los taludes y en los dos primeros metros del márgen, así como la retirada de los restos obtenidos. También se retirará cualquier residuo (metálico, basura,…) que se pueda encontrar.
⮚ Cauces: consiste en la eliminación por medios manuales o mecánicos de los elementos vegetales o de cualquier tipo que se encuentren en el cauce de cualquier río.
En las limpiezas anteriores se tendrá especial cuidado en respetar los pies arbóreos existentes y las especies de fauna que allí puedan residir.
En relación a la posible existencia de plantas invasoras se estará a lo que indique la persona Responsable Municipal del Contrato.
Las empresas licitadoras presentarán un procedimiento detallado de las tareas de realización al respecto en lo relativo a personal a asignar, medios técnicos y auxiliares a emplear, maquinarias, frecuencias, etc…
Las zonas a tratar se presentan en anexo aparte.
La frecuencia mínima exigida para estos trabajos será de 2 veces al año, salvo la zona del río Gobela indicada en el Anexo cuya frecuencia será de 3 veces al año, previas las correspondientes autorizaciones.
En el sobre de los criterios sujetos a juicio de valor, las empresas licitadoras definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.
En el sobre de los criterios cuantificables mediante fórmula, se incluirá el estudio económico detallado indicando el presupuesto anual del mismo.
VINCULADOS AL GRUPO 2.- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS A PLANTA DE TRANSFERENCIA O PLANTA DE TRATAMIENTO FINAL.
Art. 74.- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE DE MUEBLES Y ENSERES DOMESTICOS DESECHABLES.
Se refiere este servicio a la recogida y transporte hasta la planta de trasferencia o punto de tratamiento final de los muebles y enseres domésticos procedentes de los vecinos del municipio de Getxo.
A efectos de este servicio se considerarán: mobiliario, embalaje y otros útiles similares de desecho y electrodomésticos y otros enseres voluminosos. Quedan excluidos los escombros y cualquier tipo de electrodomésticos de carácter industrial o comercial.
No será objeto de la presente recogida aquellos productos que contengan líquidos y que no fueran envasados o aquellos que siéndolo resulten de manipulación peligrosa.
Este servicio se prestará a solicitud de los interesados mediante aviso telefónico a la empresa responsable de su ejecución y con una frecuencia de seis días de servicio por semana.
Las empresas licitadoras deberán clasificar y depositar correspondientemente los muebles y enseres recogidos en el punto limpio municipal.
A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados, presentando un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:
⮚ Sistema operativo propuesto.
⮚ Sistema de pre-recogida y deposición de los residuos.
⮚ Frecuencia de recogida.
⮚ Horarios de comienzo y terminación de los recorridos.
A la vista de las experiencias piloto realizadas por el Ayuntamiento para utilizar este servicio como una vía de reinserción social, las empresas licitadoras podrán presentar estudios alternativos subcontratando el presente servicio con empresas de carácter social y sin ánimo de lucro, quedando claro que, en caso de disolución de estas últimas, la empresa adjudicataria deberá hacerse cargo del mismo.
En el sobre de los criterios sujetos a juicio de valor, las empresas licitadoras definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.
En el sobre de los criterios cuantificables mediante fórmula, se incluirá el estudio económico detallado indicando el presupuesto anual del mismo.
Art. 75.- RECOGIDA DE PARTE ORGÁNICA DE PODAS Y GRANDES PRODUCTORES EN ESTE CAMPO (INCLUSO SERVICIO PUERTA A PUERTA DOMICILIARIO).
Se refiere este servicio a la recogida, incluso en la modalidad de puerta a puerta, de los restos de podas de vecinos y privados así como de grandes productores y transporte hasta la planta de transferencia y/o a planta de tratamiento final, según lo indique la persona Responsable Municipal del Contrato en su caso.
Las empresas licitadoras deberán proponer una metodología de cómo va a prestar este servicio, medios técnicos y humanos a emplear, maquinaria etc… De igual manera deberá establecer unos costes medios de cara a la obtención de una tasa a cobrar a usuarios, privados o grandes productores, horarios de recogida y frecuencias, etc…
En el sobre de los criterios sujetos a juicio de valor, las empresas licitadoras definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.
En el sobre de los criterios cuantificables mediante fórmula, se incluirá el estudio económico detallado indicando el presupuesto anual del mismo.
Art. 76.- RECOGIDA PUERTA A PUERTA BAJO EL MODO DE EXPERIENCIA PILOTO PARA LA MATERIA ORGÁNICA DESTINADA A COMPOSTAJE, CONTENEDOR CON LLAVE, ETC…
Se refiere este servicio a la recogida bajo la modalidad de experiencia piloto la recogida de materia orgánica con contenedor de llave o tarjeta personalizada y expendedor de bolsas orgánicas. El servicio incluiría el transporte hasta la planta de transferencia y/o a planta de tratamiento final (planta de compostaje), según lo indique la persona Responsable Municipal del Contrato en su caso.
Esta experiencia se planteará para llevarla a cabo en 2 zonas del municipio, estimando la población atendida con este servicio en unos 20.000 vecinos.
Las empresas licitadoras deberán marcar dichas zonas propuestas, población afectada, cantidad a recolectar, dimensionamiento y ubicación de los contenedores, tipología de contenedores propuestos, frecuencias de
recogida y vehículos a emplear, etc… Las empresas licitadoras deberán proponer una metodología de cómo va a prestar este servicio, medios técnicos y humanos a emplear, maquinaria etc…
En el sobre de los criterios sujetos a juicio de valor, los licitadores definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.
En el sobre de los criterios cuantificables mediante fórmula, se incluirá el estudio económico detallado indicando el presupuesto anual del mismo.
Art. 77.- REDACCIÓN DEL PLAN DE DESPLIEGUE TÉCNICO / ECONÓMICO DE LA INSTALACIÓN DE RECOGIDA NEUMÁTICA SELECTIVA DE RSU EN EL MUNICIPIO.
Se refiere este servicio a la redacción de un estudio de viabilidad técnica y económica de la implantación de un sistema de recogida neumática de residuos en todo el término municipal, bajo la dirección, inspección y supervisión de la persona Responsable Municipal del Contrato.
El estudio contemplará, con el grado de precisión de un anteproyecto, el diseño del sistema de recogida neumática: división del municipio en zonas, situación de las centrales de recogida, red de tuberías de recogida, fracciones recogidas, situación y tipología de buzones, etc. Incluyendo los anejos de cálculo que se considere necesarios. El estudio deberá incluir un presupuesto detallado con estado de mediciones de las unidades fundamentales, precios unitarios básicos y presupuestos parciales y general, separado para cada una de las zonas de funcionamiento en que se divida el municipio.
El documento contendrá la información necesaria para que se puedan incluir en el futuro Plan General de Ordenación Urbana los requisitos de implantación de esta infraestructura asociada a los procesos de urbanización.
También deberá incluir propuestas de implantación progresiva de la red por zonas con sus correspondientes estudios de viabilidad económica y de coordinación con los sistemas de recogida tradicional que estén funcionando en ese momento.
Las empresas licitadoras propondrán un equipo técnico con experiencia en proyectos de desarrollo de este tipo de infraestructuras para la redacción del presente trabajo, el cual se llevará a cabo bajo la supervisión de la persona Responsable Municipal del Contrato.
Las empresas licitadoras establecerán la metodología a seguir para la elaboración del presente documento y los tiempos parciales de entregas de los trabajos así como del documento propuesto final.
CAPÍTULO X.- PERSONAL, MEDIOS MATERIALES E
INSTALACIONES FIJAS.
Este capítulo comprende lo relativo a personal, materiales, instalaciones fijas, almacenes, servicios administrativos, control y vigilancia, talleres, materiales, etc., que son comunes a la totalidad de los servicios. Las empresas licitadoras deberán ajustarse en sus ofertas a todas las condiciones establecidas en este capítulo.
Art. 78.- PERSONAL.
Como resultado de los planes anuales ofertados relativos a los servicios objeto del concurso, se presentará por las empresas licitadoras una propuesta detallada de las previsiones de trabajo y de la plantilla que considere necesaria en cada una de las operaciones a realizar con el desglose que se indica en los siguientes apartados. La oferta deberá especificar claramente el número de personas destinado a cada puesto y perfil, con indicación expresa por puesto y perfil del contenido y tareas a realizar por cada uno de ellos:
Puestos de trabajo de personal necesarios para la ejecución de los servicios:
⮚ Operarios y Operarias.
⮚ Operarios Conductores y Operarias Conductoras.
⮚ Conductores y Conductoras.
Necesidades de personal para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan bajas debidas a absentismo laboral (enfermedad, accidentes) y otras causas debidamente justificadas.
Puestos de trabajo necesarios para ejercer las labores de vigilancia y control que aseguren la correcta ejecución de los servicios:
⮚ Personal de vigilancia.
⮚ Capataces y Capatazas.
⮚ Encargados y Encargadas.
Asimismo las empresas licitadoras deberán presentar relación detallada de todo el personal indirecto asignado a los servicios con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos.
La empresa adjudicataria vendrá obligada a subrogarse en el personal que se relaciona en el anexo correspondiente según la normativa vigente de aplicación a dicho personal.
La empresa adjudicataria estará obligada a mantener en Getxo o municipio limítrofe en margen derecha una oficina debidamente instalada, con el personal técnico y administrativo necesario. Al frente de la misma, como Delegado de la Empresa y responsable directo del conjunto de los Servicios Contratados, figurará una persona con la cualificación suficiente para desarrollar esta función, el cual mantendrá el contacto directo con la persona Responsable Municipal del Contrato.
Durante la vigencia del contrato, siempre que se produzca una variación en la plantilla con la que se inicia dicho contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez permanente, etc., o porque se produzca una variación por necesidades del servicio, la empresa adjudicataria estará obligado a solicitar y obtener la autorización escrita previa del Ayuntamiento para cubrir las variaciones de los puestos de trabajo que se puedan producir. La revisión del personal del servicio que sea susceptible de subrogación se entregará trimestralmente.
Las empresas licitadoras deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para la contratación del personal que suponga una ampliación sobre el conjunto de trabajadores a absorber, personal que deberá proceder preferentemente de personal empadronados en Getxo en situación de desempleo de larga duración.
El Ayuntamiento en aras a cumplir con su responsabilidad social y económica exige a la Empresa adjudicataria del servicio el compromiso de llevar a cabo una política de gestión de personas y revisión salarial acorde a criterios de productividad y eficiencia, de tal forma que la parte referida a la evolución salarial y del poder adquisitivo de los trabajadores/as quede siempre vinculada a la consecución de determinados objetivos, grados o ratios que libremente se pueda negociar y acordar con la Representación Legal de los Trabajadores.
Y, al finalizar el contrato, el coste del personal que sea objeto de subrogación no podrá ser en términos homogéneos de masa salarial superior al coste del personal objeto de subrogación en la presente licitación, más los incrementos de I.P.C. que se hayan sucedido a lo largo de la vida del contrato, salvo que vengan justificadas por las causa de ampliación de servicios recogida en el párrafo siguiente de este artículo. Se entiende por masa salarial el coste total de empresa de la totalidad del personal objeto de subrogación.
Si por causa de ampliación de los servicios, fuera preciso aumentar la plantilla de personal para la correcta prestación de los servicios, el Ayuntamiento a petición de las nuevas necesidades por parte de la Empresa adjudicataria, podrá aprobar dichas ampliaciones que implicarían, en su caso,
una compensación económica en favor de la empresa adjudicataria basándose en los precios unitarios vigentes en el momento de la ampliación, o contradictorios si procediese.
Las empresas licitadoras propondrán asimismo la política de personal a seguir y en particular todos los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad y salud e higiene en el trabajo y servicios médicos necesarios.
La empresa adjudicataria deberá de cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social debiendo tener a su personal dado de alta, afiliado y al corriente en el pago de las cotizaciones sociales.
Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad de los servicios, proponiendo las empresas licitadoras el sistema de identificación más eficaz.
Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado. El tipo de uniforme será distinto en verano que en invierno y habrá de ser aprobado por el Ayuntamiento. Se corresponderá con la imagen corporativa que establezca el Ayuntamiento y prevalecerá la indicación relativa al servicio municipal y al Ayuntamiento sobre la de la propia empresa adjudicataria. Tanto la vestimenta como los vehículos estarán únicamente distinguidos por los anagramas o imágenes corporativas del ayuntamiento, con una pequeña indicación relativa al nombre de la empresa adjudicataria y debidamente numerados. Tanto el personal como los medios técnicos no se podrán ausentar del municipio en ningún momento durante su servicio (salvo para retirarse a las cocheras caso de encontrarse en municipio limítrofe) ni se emplearán en cualquier otra actividad ajena al Ayuntamiento o al propio servicio al que pertenecen.
La cantidad y calidad de vestuario para el personal se regirá en todo momento por lo acordado en los convenios colectivos, no siendo en ningún caso inferior a dos uniformes anuales, uno de invierno y otro xx xxxxxx.
Cada empresa licitadora deberá presentar una relación detallada de las prendas de vestuario, así como del material auxiliar que va a emplear cada operario con expresión del costo anual de los mismos.
La empresa adjudicataria se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al vecindario, así como de producir ruidos excesivos durante la prestación de los servicios.
ART. 79.- LISTADO DE PERSONAL A SUBROGAR.
Las empresas licitadoras tienen a su disposición en anexo aparte el listado de personal sujeto a subrogación.
ART. 80.- SEGURIDAD Y SALUD LABORAL.
Dado que los servicios a los que se refiere el presente concurso se realizan en vías públicas, utilizadas por los ciudadanos y público en general y que para la prestación de los mismos, se utilizan gran cantidad de vehículos y medios mecánicos, así como de personal que utiliza diferentes herramientas y máquinas para la realización de sus tareas, hacen que este apartado de seguridad deba ser muy tenido en cuenta en el diseño y desarrollo de los servicios con el fin de minimizar los riesgos inherentes a la realización de los mismos.
A tal efecto, la empresa licitadora debe de cumplir con las exigencias de la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales cuerpo básico de garantías y responsabilidades. Así mismo deberá cumplir con las normas reglamentarias (Reales Decretos, Guías Técnicas,…) que según el artículo 6 de la Ley 31/95 serán las normas que fijen y concreten los aspectos más técnicos, así como demás normativa vigente sea de aplicación al caso.
Para ello la empresa licitadora deberá aportar:
⮚ Plan de evaluación de riesgos laborales.
⮚ Procedimientos que la empresa licitadora va a utilizar para el seguimiento y control de medidas preventivas (control e investigación de accidentes e incidentes, evaluación de riesgos y planificación preventiva, auditorias internas, actuación en caso de emergencia, subcontratación de servicios, comunicado de accidentes…).
⮚ Plan de formación en PRL.
⮚ Proyectos de reforma y adecuación de locales (cantones) cedidos por el Ayuntamiento cumpliendo el R.D.486.
⮚ Demás normativa vigente en materia de prevención, recursos preventivos en el servicio, seguridad y salud vigente a la fecha de la licitación y con aquellas que sean de aplicación cuya disposición entre en vigor con anterioridad a la fecha de vencimiento del contrato. La adecuación de todo aquello que sea una alteración o modificación sustancial motivado por un cambio normativo irá precedido de una plan de actuación fechado en fases al cual la persona Responsable Municipal del Contrato o SPA asistente en quien delegue validará, todo ello sin coste alguno para el Ayuntamiento.
Asimismo, la empresa licitadora prestará el servicio teniendo en cuenta un sistema de gestión en seguridad y salud laboral que cumpla los requisitos de la norma UNE-EN OSHAS 18001 y que se encuentre certificado por una empresa acreditada por E.N.A.C. (Entidad Nacional de Acreditación).
Las empresas licitadoras presentarán en sus ofertas los siguientes requisitos referentes a este apartado:
⮚ Organización Preventiva. Las empresas licitadoras presentarán las actas de constitución del Servicio de Prevención Propio o Ajeno, que al menos contará con tres especialidades, tal y como exige el Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (modalidad organizativa de la empresa para el desarrollo de la actividad preventiva) o norma vigente de aplicación.
⮚ Organigrama. Así mismo la empresa licitadora presentará el organigrama del personal dentro de la propia delegación con responsabilidad en Prevención de Riesgos Laborales.
Art. 81.- MEDIOS MATERIALES.
A continuación se pasa a detallar distintos aspectos relativos a la maquinaria y medios materiales que se tendrán que tener en cuenta a la hora de presentar las ofertas.
ART. 82.- PERIODO Y FORMA DE AMORTIZACIÓN.
Dentro de la justificación de la proposición económica se deberá incluir un listado de la totalidad de las inversiones a realizar, detallando su coste, desglosadas para cada uno de los grupos.
Todas las inversiones previstas para la adquisición de los medios materiales necesarios en el desarrollo de los servicios ofertados se amortizarán en un plazo de 10 años por mensualidades o anualidades iguales. Se deberá tener en cuenta que las amortizaciones se realizarán a partir del tercer año de contrato, por lo que los dos primeros años del mismo no se facturará ninguna cantidad por este concepto, aunque la maquinaria esté ya adquirida y realizando su trabajo en el municipio. En el caso de que se produjera una nueva adjudicación del contrato sin agotar el periodo de amortización de las inversiones, la empresa adjudicataria saliente será compensada por las cantidades pendientes de amortizar con cargo al futuro nuevo contrato.
ART. 83.- REQUISITOS DE LOS MATERIALES.
Las empresas licitadoras en sus ofertas indicarán el diverso material móvil a utilizar en los diferentes servicios, expresando con claridad lo que se entiende por material necesario para la correcta prestación de los servicios y material de reserva, es decir, aquél que no estando ordinariamente en servicio,
se incluirá con el fin de suplir a los del servicio por causa de avería o refuerzo ocasional.
Las empresas licitadoras harán sus ofertas sobre la base de:
⮚ En el Plan Básico de limpieza urbana deberá realizarse sobre la premisa de que todo el material móvil deberá ser de nueva adquisición (equipos nuevos). Se incluirán como equipos de reserva aquéllos que estime la empresa licitadora en su oferta de entre los que están actualmente en servicio y que se relacionan en el anexo adjunto. Igualmente incluirán un plan de inversiones a realizar para la rehabilitación, caso de precisarse, o durante la vigencia de dichos equipos, que garantice su duración y perfecto funcionamiento. También se podrán incluir como vehículos de reserva vehículos que sean propiedad de la empresa y los ceda al Ayuntamiento para su uso como reserva. Igualmente incluirán un plan de inversiones a realizar para la rehabilitación, caso de precisarse, o durante la vigencia de dichos equipos, que garantice su duración y perfecto funcionamiento. La maquinaria restante que no se emplee como reserva se enajenará o se destinará a aquellos usos que determine el Ayuntamiento de Getxo, quedando la empresa adjudicataria obligada a asistir técnicamente en esta tarea al Ayuntamiento.
⮚ En el Plan Básico de recogida de residuos las empresas licitadoras definirán con claridad los medios materiales necesarios así como sus grados y/o coeficientes de utilización, necesarios para la correcta realización del Plan de servicios propuestos. Toda la maquinaria será de nueva adquisición al estar amortizada la totalidad de la maquinaria actualmente en uso. En anexo aparte se relaciona la maquinaria existente amortizada susceptible de ser empleada como vehículos de reserva y estime la empresa licitadora en su oferta. También se podrán incluir como vehículos de reserva vehículos que sean propiedad de la empresa y los ceda al Ayuntamiento para su uso como reserva. Igualmente incluirán un plan de inversiones a realizar para la rehabilitación, caso de precisarse, o durante la vigencia de dichos equipos, que garantice su duración y perfecto funcionamiento. La maquinaria restante que no se emplee como reserva se enajenará o se destinará a aquellos usos que determine el Ayuntamiento de Getxo, quedando la empresa adjudicataria obligada a asistir técnicamente en esta tarea al Ayuntamiento.
⮚ Las empresas licitadoras propondrán un modelo de contenedor de 3200 L de carga lateral como modelo de nueva implantación en el municipio. La implantación se realizará en 2 años como máximo de manera paulatina para la totalidad de los contenedores. El parque actual asciende a 1600 unidades aproximadamente.
⮚ Las empresas licitadoras deberán proponer un plan de contenerización, como ya se ha explicado en apartados anteriores. De acuerdo con el “servicio de implantación, reposición, mantenimiento, reparación y ornato de contenedores” definido en sus ofertas, presentarán con total claridad las inversiones previstas, tanto las iniciales como las necesarias a lo largo de la duración del contrato, para la implantación, renovación y reposición, indicando las cuantías y el momento en el que se prevea realizarlas. Con independencia del modelo de contenedor propuesto por la empresa adjudicataria en su oferta, el Ayuntamiento de Getxo con anterioridad a la puesta en marcha del servicio podrá acordar con la empresa adjudicataria posibles sustituciones en el modelo y características del contenedor seleccionado marcado en la oferta, todo ello de mutuo acuerdo.
⮚ Las empresas licitadoras deberán disponer, para el servicio general de recogida de basuras, un determinado número de vehículos de reserva, que como mínimo será el equivalente al 25% de los equipos recolectores a utilizar para el servicio ordinario de colecta.
⮚ Este material de reserva podrá estar formado por equipos actualmente en servicio, en cuyo caso se incorporarán aquéllos que se encuentren en las mejores condiciones de funcionamiento de los que se citan en el anexo. También se podrán incluir como vehículos de reserva vehículos que sean propiedad de la empresa, en las condiciones indicadas anteriormente.
⮚ En el Plan Básico de explotaciones, para la optimización económica y al objeto de alcanzar los ratios exigidos por las directivas europeas en materia de reciclaje, el Ayuntamiento propone en este GRUPO 3 el correcto estado y conservación de la planta transfer existente con la modernización de sus equipos y correcto funcionamiento operativo del punto limpio.
⮚ Las empresas licitadoras deberán analizar el estado actual de las tolvas, bandejas, compactadores, puntos de registro, elementos electromecánicos, bombas, hidráulicos, guillotinas, cajas abiertas del punto limpio, atraques del mismo, etc… Comprobará el plan de inversiones que deba de realizar para garantizar el correcto funcionamiento 24 hr/día durante la vigencia del contrato, quedando a riesgo y xxxxxxx de la empresa adjudicataria las inversiones que deba realizar, siempre garantizando la minimización de ruidos en horario nocturno, minimización de impacto ambiental por fugas de líquidos hidráulicos, etc… Todos los costes de conservación, mantenimiento, explotación e inversiones a realizar, planificadas, preestablecidas o imprevistas, correrán a cargo de la empresa adjudicataria sin derecho a abono añadido al respecto, debiendo tener clara esta situación a la hora de la realización de la oferta.
⮚ Indicar la especial atención que se tendrá al respecto por parte de la persona Responsable Municipal del Contrato, pudiendo aplicarse cuantas penalizaciones al respecto se establecen en el presente
pliego por el incumplimiento de la operatividad en correcto estado de la totalidad de los equipos, no solo de aquéllos que garantizan el trasiego por la planta transfer de los residuos/día que se den.
⮚ Indicar de igual manera que las empresas licitadoras a la hora de realizar la oferta deberá tener en cuenta que correrá a su cargo el mantenimiento, limpieza y reparación de las instalaciones físicas (urbanización, jardinería, atraques del punto limpio, soleras, sumideros, instalaciones de toda índole, etc…)
⮚ Las empresas licitadoras correrán a cargo del mantenimiento de lo
``movible y lo no movible´´, sin coste añadido para el Ayuntamiento de Getxo: casetas, garita de control de la báscula y ésta, cierres xxx xxxxxxx, alumbrados, cajas abiertas del punto limpio, instalaciones del complejo como la central de tratamiento de lixiviados, etc… De igual manera los gastos corrientes de suministros que precise para su actividad: suministro eléctrico para el complejo, agua corriente, etc…
ART. 84.- CARACTERÍSTICAS DE LOS MATERIALES.
Para su elección, se tendrá en cuenta lo siguiente:
⮚ Los equipos a utilizar en la recogida de basuras serán los más adecuados a las características del barrio o sector que se les asigne, teniendo en cuenta la existencia de fuertes pendientes, anchura de las calles, gálibos, etc., de forma que se consiga el máximo rendimiento con el menor coste.
⮚ La totalidad de maquinaria a emplear deberá tener siempre en cuenta el objetivo de minimizar el impacto sonoro, la contaminación ambiental, etc… sin reducir significativamente las características técnicas y capacidades de las máquinas ni su comportamiento.
⮚ El diseño del material será tal que permita su fácil limpieza, tanto interior como exteriormente. Esta operación de limpieza deberá realizarse diariamente en el interior y exterior del vehículo, incluida la caja de carga de basuras y semanalmente en el interior de la cabina y demás partes del mismo.
⮚ Teniendo en cuenta que una parte de los trabajos de recogida de basuras podría realizarse en horario nocturno, será preferente la utilización de material que produzca menos ruido, sin pérdida significativa de rendimiento, debiendo en todo caso cumplir la reglamentación vigente en este tema.
⮚ Para el transporte del personal en las diferentes operaciones, se observarán estrictamente las normas laborales y de circulación.
⮚ Todos los vehículos destinados a la recogida de basuras, estarán equipados con dispositivo de elevación polivalente de contenedores para el vaciado mecánico de los mismos.
⮚ Los recolectores de nueva adquisición que se prevean incluir en el servicio se dotarán obligatoriamente xx xxxxx de cambios automáticas.
⮚ Las características de los contenedores ofertados se orientarán a la minimización del ruido en las operaciones de depósito y recogida de residuo en el mismo, la estética e integración en la trama urbana, la facilidad de conservación y mantenimiento y la estandarización de la base para las distintas fracciones de cara a la optimización de estocaje y reposiciones. Al menos el 20 % del número de contenedores a disponer en el municipio estarán adaptados.
⮚ El vehículo que se dedique a la recogida, de animales muertos, estará dotado de una grúa con capacidad mínima para manejar
2.000 Kgs., a la cual puedan acoplarse otros elementos supletorios, para poder realizar otros trabajos, tales como limpieza de escombreras, carga de materiales pesados, etc.
⮚ Los vehículos a utilizar en el barrido y baldeo mecánico de aceras y calzadas, deberán ser de gran maniobrabilidad, con pequeños radios de giro, y con sistemas o características que hagan fácil la subida y bajada de bordillos. Su peso sobre el pavimento y las características de sus elementos, no serán perjudiciales para el mismo.
⮚ Aquellos que se destinen al barrido, dispondrán de cepillos de eje vertical y sistema de irrigación para evitar el levantamiento de polvo.
⮚ Los equipos de baldeo y riego de calzadas estarán provistos de equipo motor auxiliar, carenados e insonorizados totalmente, doble juego de boquillas orientables y doble juego de alcachofas multihoradadas para el riego, pértiga orientable, devanaderas automáticas con un mínimo de 50 metros de manguera, con doble sistema de carga, desde red xx xxxxx, pozo o río, boca de vaciado por gravedad, así como los mecanismos de bombeo necesarios para conseguir presiones de agua eficaces, que como mínimo deberán ser de 15 kgs / cm2. Su capacidad y caudal serán las adecuadas para cada operación y lugar.
⮚ El baldeo mecánico de aceras, zonas peatonales, etc., se realizará con equipos que dispongan de los mecanismos necesarios para obtener la presión de agua adecuada, siendo los bastidores de expulsión de agua orientables y reducibles en su frente o anchura.
⮚ En el caso de utilizar equipos mecánicos en la limpieza de sumideros, los vehículos destinados a este fin poseerán un sistema de succión de alto vacío, con motor independiente al del vehículo, y de caja hermética para el almacenamiento de los residuos.
⮚ Para la vigilancia de los trabajos, la empresa adjudicataria deberá disponer de vehículos ligeros, adecuados a las características de las operaciones a realizar.
⮚ Los carritos y pequeños equipos destinados al barrido manual serán similares como mínimo a los actualmente en servicio. No obstante, podrán utilizarse otro tipo de equipos que proponga la empresa adjudicataria y apruebe el Ayuntamiento.
Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios que trabajen en conexión con el conductor todo ello acorde con la normativa vigente tanto para los operarios en su vestimenta y procesos de trabajo como para la maquinaria.
Aquéllos que realicen trabajos en la vía pública estarán equipados con los equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y el tráfico rodado.
La pintura de los vehículos y su rotulación serán únicamente aquéllas que apruebe el Ayuntamiento, en concordancia con las directrices de su imagen corporativa, de entre las que proponga la empresa licitadora y ésta asumirá lo establecido por el Ayuntamiento. Todos los vehículos serán pintados como mínimo cada 3 años.
Todo el material ofertado deberá ser minuciosamente descrito por las empresas licitadoras, con aportación de planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos sean necesarios a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.
Las empresas licitadoras en este apartado, serán: claros, concisos, y ordenarán la documentación presentada en función del grado de importancia de los equipos materiales descritos. Asimismo, incluirán cuantas explicaciones consideren interesantes para la correcta comprensión del funcionamiento de los equipos.
La empresa adjudicataria estará obligada a presentar un plan de mantenimiento preventivo de todo el material destinado a estos servicios, indicando las operaciones relativas a engrases, revisiones periódicas etc., dimensionando adecuadamente la estructura y organigrama del personal del taller. El plan de mantenimiento de los vehículos y materiales deberá ser adecuado para que todos los medios materiales ofertados se encuentren en perfectas condiciones para realizar los servicios objeto del presente contrato. En caso contrario, la empresa adjudicataria estará obligada a sustituirlos sin ninguna repercusión económica para el Ayuntamiento.
Dado que el Ayuntamiento de Getxo considera los servicios objeto de la presente licitación fundamentales para la buena imagen que el municipio posee y de la que hacen gala sus vecinos y vecinas, que ha sido reconocida de forma general en numerosos eventos a nivel nacional, se valorará convenientemente las acciones que en dicho Plan de Mantenimiento se enfoquen hacia la mejora de este fin.
Todo el material en servicio o de retén incluido en el cuadro de amortizaciones, durante la vida contrato, pasará a ser de propiedad municipal
a la finalización del mismo, abonándose en su caso, como valor residual las amortizaciones pendientes.
Todos los vehículos automóviles, tanto ligeros como medios o pesados, que deban someterse a inspección periódica por la Dirección de Industria, lo harán según establece la normativa en vigor.
Todo el material incluido en el contrato del que es objeto la presente licitación será de uso exclusivo para los servicios que se contratan, no pudiendo utilizarse en servicios ajenos al Ayuntamiento de Getxo, salvo orden o aprobación expresa de la persona Responsable Municipal del Contrato.
En garantía del cumplimiento por la empresa adjudicataria de la obligación de conservar la maquinaria objeto de reversión al Ayuntamiento durante los últimos seis meses del contrato se someterán los vehículos a la intervención de la Inspección Técnica de Vehículos, realizando x xxxxx de la empresa adjudicataria las reparaciones que sean precisas.
Con independencia de la maquinaria, materiales y suministros propuestos en la oferta que resulte adjudicataria, el Ayuntamiento de Getxo, con anterioridad a la puesta en marcha del servicio, podrá acordar con la empresa adjudicataria variaciones sobre la maquinaria, materiales o suministros indicados en la oferta, proponiendo elementos de carácter similar de cara a la optimización y adecuación de los servicios a las necesidades del municipio, sin coste añadido para el Ayuntamiento. Estos ajustes en ningún caso tendrán la consideración de modificaciones contractuales.
ART. 85.- LISTADO DE MAQUINARIA DE POSIBLE CESIÓN.
Las empresas licitadoras deberán contemplar en sus ofertas los vehículos que se enumeran en anexo adjunto como vehículos de reserva en tipo y número que entiendan oportuno para su oferta. El anexo contempla la totalidad de la maquinaria propiedad del Ayuntamiento de Getxo y que estará a disposición de las empresas licitadoras como vehículos de reserva para la confección de su oferta. También se podrán incluir como vehículos de reserva aquellos vehículos que sean propiedad de la empresa y los ceda al Ayuntamiento para su uso como reserva.
Con independencia de la maquinaria que el Ayuntamiento entienda apta para su empleo como vehículos de reserva las empresas licitadoras integrarán en su oferta los vehículos que estimen oportuno así como aquéllos que a priori no se entiendan precisos por parte de Ayuntamiento pero que en base a la oferta que presente entienda necesarios para su oferta técnica.
No existen amortizaciones pendientes en lo relativo a la maquinaria relacionada en el anexo.
La empresa adjudicataria asistirá, caso de que lo requiera el Ayuntamiento de Getxo y sin coste alguno para éste, en la elaboración de las bases de enajenación de la maquinaria que consta en el anexo, y estando en buen estado, se decida prescindir de ella por ni siquiera destinarse a
maquinaria de reserva, así como también de los contenedores actualmente en servicio y que se vayan retirando según el plan de despliegue de los de nueva adquisición.
Las empresas licitadoras deberán contemplar, a la hora de considerar la integración de los vehículos propiedad del Ayuntamiento de Getxo en su oferta como vehículos de reserva o los vehículos propiedad de la misma y a ceder al municipio, el coste del plan de mantenimiento y conservación que suponga el empleo de éstos, inversiones en parte de la maquinaria, seguros, inspecciones técnicas, etc…, quedando este hecho a riesgo y xxxxxxx de la empresa adjudicataria, que deberá garantizar el correcto estado de los vehículos 24 hr/día durante la vigencia del contrato.
La custodia y guarda de estos vehículos se hará en común con el resto de maquinaria de nueva adquisición en las mismas instalaciones fijas.
Art. 86.- INSTALACIONES FIJAS.
Se considerarán instalaciones fijas, los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, etc., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material así como para la concentración y distribución del mismo, incluyendo las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios. etc.), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad y Salud Laboral.
La red de instalaciones fijas habrá de garantizar los objetivos de una mayor eficiencia operativa, de acuerdo con la naturaleza y la distribución espacial de los diferentes servicios previstos, tanto de limpieza como de recogida así como la mejor distribución de los recursos materiales y/o humanos correspondientes.
Las instalaciones fijas necesarias para la realización de los servicios se clasifican en:
⮚ Base de Operaciones o Parque Central y Oficinas.
⮚ Cantones.
ART. 87.- BASE DE OPERACIONES O PARQUE CENTRAL Y OFICINAS.
Se denomina Base de Operaciones o Parque Central y Oficinas a las instalaciones y edificios destinados a la guardería de vehículos, oficinas, almacenes y talleres, con sus correspondientes servicios de reparación, mantenimiento y conservación de los vehículos a utilizar en los diferentes servicios así como, las necesarias para asistir al personal que desde estas instalaciones inicie su trabajo habitual.
Dada la importancia que representa la ubicación de esta Base de Operaciones para la optimización de la gestión y realización de los servicios, se considera fundamental que dicho Parque Central y oficinas esté ubicado dentro del propio municipio de Getxo o a una distancia adecuada del límite del término municipal de Getxo, asegurando los tiempos de servicio dentro del horario establecido en el contrato con independencia de la ubicación en la que se encuentre. Ésta distancia es la marcada en plano anexo.
Para la fecha de la firma del contrato la empresa adjudicataria deberá de tener dicho parque central en propiedad, con contrato de alquiler firmado u otro título jurídico que garantice la disponibilidad del mismo. Por otra parte y en el plazo de un mes a partir de la fecha de la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar al Ayuntamiento los contratos de suministro de maquinaria firmados, procediéndose a medida de la entrega de los nuevos vehículos a la retirada de los establecidos para su enajenación, etc… Este proceso de renovación de maquinaria deberá estar completado en 8 meses como máximo desde la firma del contrato.
La Base de Operaciones propuesta por la empresa licitadora podrá ser propiedad del mismo o utilizarla en régimen de alquiler, si bien, será necesario que acrediten fehacientemente la opción de adquisición o alquiler durante toda la duración del contrato de dichos recintos, en el caso de que no sean actualmente propiedad de la empresa licitadora. Si esta fuese propiedad de la empresa licitadora, igualmente debería demostrarse tal situación documentalmente.
Con independencia de lo anterior y ante la posible escasez de instalaciones del tamaño suficiente dentro de la distancia que se ha considerado adecuada se podrá admitir la fragmentación de la base de operaciones en dos o más ubicaciones siempre y cuando la distribución y características de la solución presentada no suponga menoscabo de la funcionalidad requerida en el Pliego ni perjudique a la prestación de los servicios.
Independientemente de la propiedad de la misma, justificarán las inversiones a realizar para la adecuación de las instalaciones a las necesidades del servicio para éste primer año.
Las condiciones que se consideran adecuadas para citada Base de Operaciones son las siguientes:
ZONA INTERIOR CUBIERTA:
⮚ Guardería y aparcamiento de vehículos cubierta para la flota que se vaya a destinar al servicio municipal.
⮚ Talleres suficientes para el mantenimiento y/o reparación de la flota.
⮚ Fosos para realizar tareas de mantenimiento y reparaciones.
⮚ Lavadero de vehículos con depósito de agua y sistema de drenaje conforme a normativa.
⮚ Caseta y zona de carga y almacenamiento de gasóleo.
⮚ Zona de reparación de contenedores y chapa.
⮚ Almacén general de repuestos y materiales varios.
⮚ Vestuarios y duchas con las dimensiones necesarias para dar servicio a todo el personal que parta desde la Base de operaciones.
⮚ Oficinas para la administración y gestión del servicio.
ZONA EXTERIOR:
⮚ Un área de almacenamiento de contenedores.
⮚ Aparcamiento exterior de vehículos.
⮚ Viales y accesos para los vehículos pesados, según necesidades.
Se presentará con total claridad los planos y documentos necesarios que detallen: la ubicación, accesos, parcela disponible, superficie cubierta, superficie exterior, talleres, vestuarios, oficinas, etc.
Las reformas que en dichas dependencias pretenda realizar la empresa licitadora, serán presentadas al Ayuntamiento para su aprobación y una vez conseguida ésta, se realizarán por cuenta de la empresa adjudicataria en el plazo máximo de UN (1) MES desde la aprobación.
Los gastos de agua, luz, teléfono, gas, etc., que se produzcan por la utilización de las instalaciones fijas a lo largo de todo el contrato, serán a cargo de la empresa adjudicataria.
Es obligación de la empresa adjudicataria mantener la totalidad de los elementos que componen la Base de Operaciones en perfecto estado de conservación y limpieza, realizando como mínimo las siguientes operaciones:
⮚ Limpieza diaria de la totalidad de las dependencias.
⮚ Desinfección mensual de las mismas.
Independientemente de lo anterior las empresas licitadoras presentarán el compromiso de mantener la imagen de dichas instalaciones acorde con el nivel de calidad de servicio exigido en este Pliego.
ART. 88.- CANTONES.
Para la concentración y distribución del personal que presta los diferentes servicios la empresa licitadora propondrá la utilización de locales estratégicamente distribuidos en el municipio, cuyo número será el que estime necesario. Teniendo en cuenta que los cantones que en la actualidad el Ayuntamiento pone a disposición del servicio pueden resultar insuficientes y de escasa capacidad, las empresas licitadoras podrán presentar alternativas de alquiler o de compra de nuevos locales.
El Ayuntamiento pone a disposición de las empresas licitadoras el conjunto de cantones que se detallan en un anexo.
De todos los locales que las empresas licitadoras propongan como cantones, deberán proporcionarán planos detallados de situación, distribución interior con detalle valorado de las reformas a realizar, prestando especial atención a las necesidades de un centro de trabajo de estas características de acuerdo con la normativa vigente de seguridad y salud laboral. Debe quedar claramente reflejado en la oferta la totalidad de las obras y reformas a realizar, razón de ser, así como los presupuestos detallados de las mismas.
Al producirse la caducidad o rescisión del contrato, todas las instalaciones que deban revertir al Ayuntamiento estarán en perfecto estado de conservación y libres de cargas y gravámenes, y al corriente del pago de toda clase de contribuciones e impuestos.
No existirá ningún tipo de compromiso por parte del Ayuntamiento sobre los locales que la empresa adjudicataria utilice en el transcurso del contrato, ni aún en caso de rescisión o caducidad de las misma, quedando exceptuados aquí los que sean en cualquier momento de propiedad municipal.
Es obligación de la empresa adjudicataria mantener la totalidad de los elementos que componen las instalaciones fijas en perfecto estado de conservación y limpieza, realizando como mínimo las siguientes operaciones:
⮚ Limpieza diaria de la totalidad de las dependencias.
⮚ Desinfección mensual de las mismas.
⮚ Pintar al menos una vez cada dos años la totalidad de los edificios por su interior.
⮚ Reposición inmediata de cualquier elemento que sea de propiedad municipal.
Tanto en el interior como en el exterior de los locales destinados a la concentración y distribución del personal se observará un comportamiento adecuado de forma que no se produzcan molestias al vecindario, poniendo especial cuidado en mantener un nivel de “silencio” en horario nocturno. Esta norma es extensible a la utilización del material. Del incumplimiento será responsable la Empresa Adjudicataria.
ART. 89.- RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA EN RELACIÓN A LAS INSTALACIONES FIJAS.
Respecto de todas las instalaciones propuestas, será responsabilidad de la empresa adjudicataria lo siguiente:
⮚ La realización de las obras de acondicionamiento por primera ocupación según los proyectos básicos que las empresas licitadoras incluirán en sus ofertas. En dichos proyectos básicos se presentará un programa de trabajo para la realización de las obras, con indicación de fechas de terminación y de las medidas a adoptar para que las mismas no afecten el normal desarrollo de los servicios ofertados, así como los permisos necesarios y la documentación precisa, debidamente cumplimentada y acreditada.
⮚ El mantenimiento en perfecto estado de conservación y limpieza de todas las instalaciones propuestas, para lo cual deberán cumplirse anualmente los programas de conservación preventiva que las empresas licitadoras incluirán dentro del manual de explotación de instalaciones fijas.
⮚ El cumplimiento en todo momento de:
⮚ Cualquier norma y/u ordenanza aplicable a este tipo de instalaciones y especialmente las relacionadas con la seguridad e higiene y con el medioambiente.
⮚ Las directrices de los Servicios Técnicos Municipales sobre imagen y comunicación.
⮚ La gestión y obtención de los permisos necesarios para el desarrollo de la actividad a la que se van a destinar las instalaciones. Los Servicios Técnicos Municipales se reservan el derecho a solicitar, una vez adjudicado el servicio, los documento pertinentes.
⮚ Todas las instalaciones serán para uso exclusivo del personal y medios que aporte la empresa adjudicataria para el servicio, salvo autorización expresa de los Servicios Técnicos Municipales.
⮚ La empresa adjudicataria correrá con todos los gastos de agua, luz, teléfono, conservación y mantenimiento de las instalaciones, incluso, los correspondientes a posibles obras de ampliación.
⮚ Solicitar autorización escrita a los Servicios Técnicos Municipales para la realización de cualquier obra de reforma o ampliación no contemplada en el proyecto de licitación.
⮚ Cualquier mejora o ampliación en obra definitiva o desmontable que se realice en las instalaciones de propiedad municipal, al finalizar la concesión pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Getxo.
⮚ Entregar al final del contrato los cantones cedidos por el Ayuntamiento en su estado primitivo, y en su caso, con las mejoras aportadas por la empresa adjudicataria.
Si durante la duración del contrato el Ayuntamiento precisara alguno de los cantones de equipamiento cedidos a la empresa, la empresa licitadora deberá ubicarse en otro espacio sin indemnización alguna para la empresa licitadora. La empresa licitadora deberá realizar un estudio de los cantones existentes así como analizar la necesidad de modificar su ubicación, su modernización, plan de inversión de adecuación a normativa de estos espacios que deberá de asumir, etc…
CAPITULO XI.- PLAN DE MEJORA CONTINUA Y
SOSTENIBILIDAD
ART. 90.- PLAN DE MEJORA CONTINUA Y SOSTENIBILIDAD. CONTENIDO MÍNIMO.
Dada la consideración actual de servicios altamente valorados por la ciudadanía, y teniendo en cuenta el desarrollo tecnológico y de los sistemas de calidad habidos desde la anterior licitación, así como las nuevos condicionantes medioambientales y económicos, se considera necesaria la incorporación, dentro de los sistema de mejora permanente, de esos nuevos conceptos y métodos.
Por lo tanto, las empresas licitadoras deberán plantear en sus propuestas el desarrollo de un sistema que se denominará Plan de Mejora Continua y Sostenibilidad, en el que se incluirán todas aquellas cuestiones referentes a la comunicación y concienciación ciudadana, los sistemas de calidad, los métodos de control que deben contemplar la implantación de las novedades tecnológicas, el sistema de indicadores de seguimiento y orientación, así como las propuestas de corresponsabilidad de la empresa licitadora en el logro de los objetivos. Todo ello integrado y articulado en un Plan orientado a la mejora continua, real, práctica, transparente y sostenible de los servicios.
El Plan de Mejora Continua y Sostenibilidad tendrá que:
⮚ Concretar lo dispuesto en este capítulo XI con las orientaciones, principios y objetivos recogidos en los artículos 1º y 2º de este pliego, en cuanto a la prestación de los servicios objeto de este contrato, y ello mediante la implantación de un sistema que contemple la comunicación e información, las nuevas tecnologías de control, las de indicadores de los servicios, así como las de aseguramiento de la calidad y/o excelencia.
⮚ Formular planes de mejora orientados a la sostenibilidad en sus tres vertientes: medioambiental, económica y social.
El Plan deberá incluir una explicación detallada de todos los aspectos relacionados con la gestión de la calidad de los servicios prestados por el contratista, la organización y medios propuestos para llevarlo a cabo y los indicadores que valorarán cada una de las prestaciones y trabajos incluidos en este contrato.
El Plan de Mejora Continua y Sostenibilidad presentado por la empresa adjudicataria será utilizado como base para desarrollar y aprobar el Plan