SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA
SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA |
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Subdirección de Recursos Materiales
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Objeto del Contrato: Adquisición de “Equipo médico y de laboratorio”. |
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Contrato número: SSS-LPIP-______-004-2017. Vigencia: _______________________ Monto total del contrato: $___________ (_____________________ pesos ___ M.N.), incluido el impuesto al valor agregado (I.V.A.).
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CONTRATO DE ADJUDICACIÓN DERIVADO DEL FALLO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PRESENCIAL BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS NÚMERO SSS-LA-004 -2017, SOBRE ADQUISICIÓN DE “EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, REPRESENTADOS EN ESTE ACTO POR EL XX. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, ASISTIDO POR LOS C.C. ING. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA, XX. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX, DIRECTOR DE ATENCIÓN MÉDICA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA Y ÁREA REQUIRENTE DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “LOS SERVICIOS DE SALUD” Y POR LA OTRA PARTE ______________, REPRESENTADA POR _____________________, EN SU CARÁCTER DE _________________, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “EL PROVEEDOR” Y “LAS PARTES” CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I.- De “Los Servicios de Salud”:
I.1. Que los Servicios de Salud de Sinaloa, es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, creado por Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” número 128, de fecha 23 de octubre de 1996, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Salud del Estado de Sinaloa, que tiene por objeto prestar servicios de salud a la población abierta en el Estado, en cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes General y Estatal de Salud, y por el Acuerdo de Coordinación firmado entre los Ejecutivos Federal y Estatal.
I.2. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 fracción I del reglamento interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, se le tiene encomendado a la Dirección Administrativa, realizar los actos de administración relativos a los recursos financieros, humanos, materiales, servicios generales y la obra pública del organismo, conforme a las políticas, normas y procedimientos dictados por la Junta del Gobierno y a las demás disposiciones aplicables, con tal carácter, se tuvo a bien presidir ante el comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios del organismo, el procedimiento de licitación Pública a efecto de contratar el servicio para la adquisición de equipo médico y de laboratorio.
I.3. En atención a lo anterior, con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 130 y 155 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 16; 24; 32 fracción I; 33 fracción II; de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa y 63 del Reglamento Interior de Los Servicios de Salud de Sinaloa se emitió convocatoria para llevar a cabo la LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL PRESENCIAL BAJO COBERTURA DE TRATADOS NÚMERO SSS-LA-004-2017, por conducto del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de los Servicios de Salud de Sinaloa, en tal orden y mediante ese procedimiento con fundamento en el Artículo 55, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de bienes muebles, se tiene a bien formalizar el presente contrato de “EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO”.
I.4. Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente instrumento jurídico cuenta con recursos disponibles suficientes no comprometidos en la partida presupuestal número __________________ cuya suficiencia presupuestaria se encuentra confirmada mediante oficio número _______, de fecha ________, signado por el __________________, Subdirector de Recursos Financieros de los Servicios de Salud de Sinaloa, otorgándole techo presupuestal con cargo al presupuesto asignado a ____________________, para el ejercicio y cumplimiento de obligaciones fiscales.
I.5. Que el Director General de los Servicios de Salud, Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, está facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9 Y 10 del Decreto que crea los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial “el Estado de Sinaloa”, número 128, de fecha 23 de octubre de 1996; y los artículos 14 y 16 Fracciones XVII y XX del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” No. 048, de fecha 22 xx Xxxxx de 2015; así como el nombramiento expedido a su favor el día 01 de enero de 2017, por el Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa.
I.6. Que el Director Administrativo de los Servicios de salud, Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, está facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 18 fracción I y 41, fracciones I, VI, IX y XVIII, y demás relativo del reglamento interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial “Xx Xxxxxx xx Xxxxxxx”, Xx. 000 de fecha 22 xx xxxxx de 2015 y el nombramiento expedido a su favor, por conducto del Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, con fecha 01 de enero de 2017.
I.7. Que el Director de Atención Médica de los Servicios de Salud, Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, está facultado para asistir al Director General y suscribir el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 18 fracción I, 51 fracciones I y XVIII, y demás relativos del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, número 048, de fecha 22 xx xxxxx de 2015.
I.8. Que tiene su domicilio en calle Cerro Montebello, Oriente 150, Montebello, en Culiacán Xxxxxxx, Sinaloa, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
II.- De “El Proveedor”:
II.1 Que es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, de acuerdo a lo que se desprende de la escritura pública número _____________, de fecha ___________, pasada ante la fe del __________________, Notario Público número ___, de la ciudad de ____________.; por lo tanto tiene la capacidad jurídica para contratar y obligarse, en los términos del presente contrato, según lo acredita con el acta constitutiva.
II.2 Que cuenta con la clave de R.F.C. __________ otorgada por el Servicio de Administración Tributaria, dependiente de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, para el cumplimiento de su objeto social.
II.3 Que su representante legal __________________, acredita la personalidad con la que aparece en la escritura pública ______________________, de fecha _______________, pasada ante la fe del ________________________, Notario Público número _______, de la ciudad de _________________, manifestando, bajo protesta de decir verdad, que a la fecha no le han sido modificadas ni revocadas, sus facultades, en forma alguna, por lo que posee plena capacidad jurídica para contratar y obligarse.
II.4 Que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos por los Artículos 60 y 83 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa..
II.5 Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal, tal como lo acredita con la constancia expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
II.6 Que para los fines y efectos legales del presente contrato señala como domicilio legal el ubicado en ____________________________________.
II.7 Que como resultado del fallo pronunciado en la Licitación Pública Internacional Presencial bajo la cobertura de tratados número SSS-LA-004-2017, le fue adjudicado contrato.
C L A U S U L A S
PRIMERA: Objeto del Contrato: “Los Servicios de Salud” adquieren de “El Proveedor”, “Equipo Médico y de laboratorio”, para cubrir las necesidades de la Dirección de Atención Médica de “Los Servicios de Salud”, de acuerdo a la calidad, descripción y cantidad ofertada en el proceso administrativo de la licitación pública presencial internacional bajo cobertura de tratados número SSS-LA-004-2017, Dicho equipo se encuentran ampliamente descritos en el “Anexo I” el cual debidamente firmado por “Las Partes”, formaran parte del presente instrumento jurídico.
La entrega de los bienes muebles deberá ser entregados en el Centro Logístico de “Los Servicios de Salud”, ubicado en el domicilio Calle Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, número 7171, Ejido predio Barrancos, Culiacán, Sinaloa, ante la presencia de dos funcionarios públicos, que corresponde a un representante del Área requirente (Dirección de Atención Medica) y un representante del departamento de Activo Fijo. Derivado de la entrega de los bienes muebles contratados a entera satisfacción de “los Servicios de Salud” se emitirá una nota remisión, que ampara la recepción de los bienes contratados en términos del fallo de la licitación pública de referencia.
SEGUNDA. De la denominación de la licitación.
“Las partes” acuerdan que los documentos anexos al presente acuerdo jurídico, serán referidos en lo sucesivo como “La licitación” y en caso de discrepancia entre la convocatoria o la cotización y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria y junta de aclaraciones respectiva.
TERCERA. Compromisos de “El Proveedor”
Para dar cumplimiento al objeto del presente contrato, “El Proveedor” se compromete a:
1) Entregar, en las instalaciones de “Los Servicios de Salud”, el día y la hora programada con personal del activo fijo, los bienes muebles contratados de acuerdo a la calidad, descripción y cantidad ofertada que ampliamente se describen en el “Anexo I”, mismo que corresponde a la adquisición de “Equipo Médico y de laboratorio”.
2) Instalar y poner en marcha en cada una de las unidades médicas, el equipo médico contratado, de acuerdo a las especificaciones requeridas.
3) Capacitar dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la instalación del equipo al personal médico y/o administrativo que designen los Servicios de Salud de Sinaloa, previa calendarización acordada por “Las Partes”
4) Carta garantía expedida por el representante legal de la empresa, donde manifieste que tanto él, como el fabricante, responderán sobre vicios de ocultos y/o de fabricación por un tiempo de 24 meses contados a partir de la aceptación de la instalación y puesta en marcha. La capacitación deberá realizarse en las propias instalaciones de la unidad médica, será teórica y práctica y deberá incluir al menos los siguientes puntos:
Identificación de partes o componentes del equipo.
Modos de funcionamiento.
Rutinas de auto chequeo.
Problemas frecuentes o más comunes y manera de resolverlos.
5) Durante la vigencia de la garantía “El Proveedor” proporcionará, el mantenimiento preventivo y correctivo con mano de obra, refacciones, consumibles y demás actividades que en su caso fuesen necesarios para la correcta operación de los equipos.
6) Entregar un programa de mantenimiento preventivo y correctivo calendarizado a las unidades médicas, así como también al administrador del contrato, en el momento de la instalación de los equipos, recabando el visto bueno del jefe de la unidad.
7) Para el caso xx xxxxxx en los equipos, “El Proveedor” deberán a más tardar a las 72 horas posteriores al reporte de la unidad médica, por escrito y confirmado por el proveedor, asistir a las instalaciones donde se encuentre el equipo y si no es factible deberá subrogar con un externo.
Al finalizar el mantenimiento preventivo o correctivo, el representante del proveedor deberá elaborar un reporte de servicio en donde quede asentada la resolución de la falla, recabando la firma de conformidad del jefe o responsable del área.
8) Proporcionar un número telefónico para realizar asistencia técnica en caso de ser necesario, así como proporcionar los medios necesarios para asistir a distancia al personal operante.
9) Emitir factura a favor de los “Los Servicios de Salud” que cumpla con todos los requisitos que en materia fiscal correspondan y con los siguientes datos: (SSS 9610231Y3. Domicilio: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx 000 Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx 80227)
CUARTA. Monto del Contrato: “Los Servicios de Salud” se obligan a cubrir el importe total hasta por la cantidad de $____________________ (_________________ pesos /100 M.N.), incluido el impuesto al valor agregado (I.V.A.), Previa entrega de la factura debidamente validada y autorizada que cumpla con los requisitos legales y que ampara la entrega total de los bienes muebles contratados a entera satisfacción del área requirente dependiente de los “Servicios de Salud de Sinaloa”.
QUINTA. Forma de pago: El pago se realizará en el área de Recursos Financieros, dependiente de la Dirección Administrativa, con domicilio en Cerro Montebello número 000 Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxxx. En pesos mexicanos, y se efectuará en un término no mayor a 20 días naturales, periodo que iniciará a partir de la entrega y aceptación de los bienes y la documentación debidamente requisitada para trámite de pago, esto en cumplimiento a lo señalado en el artículo 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa.
Los Servicios de Salud únicamente pagaran el impuesto al valor agregado. Los demás impuestos que se causen por motivo de la celebración del contrato correrán a cargo de la empresa que resulte ganadora.
Para el inicio del trámite de pago, las facturas deberán traer anexo la validación del portal del SAT.
SEXTA. De la condición de precio fijo.
“Las Partes” acuerdan que durante la vigencia del presente contrato, los precios que por cada concepto generaron el total del presente instrumento jurídico y las formas de pago permanecerán firmes.
El precio y el mecanismo de ajuste convenidos en el presente contrato por ningún motivo podrán ser modificados durante la vigencia del mismo.
SÉPTIMA.- Plazos de Entrega: “El Proveedor” se obliga a entregar la totalidad del equipo médico contratado, materia del presente contrato dentro de los 30 días naturales posteriores a la notificación del fallo de la licitación de referencia, mismos que deberán ser entregados en el domicilio señalado en la cláusula primera del presente instrumento jurídico.
“Los Servicios de Salud” por conducto del área requirente, podrán autorizar ampliaciones al plazo de entrega de los bienes contratados, ya sea de manera total o parcial, previa solitud por escrito del proveedor que funde y motive las casusas que dio origen a la petición.
En los casos en que en una partida o parte de la misma no sean entregados los bienes y la pena convencional por atraso que proporcionalmente corresponda a la parte no entregada rebase el monto de la pena prevista en el contrato, la dependencia o entidad, previa notificación al proveedor, podrá modificar el contrato cancelando las partidas o renglón de que se trate, o parte de las mismas cuando ello sea posible.
OCTAVA. Vigencia
“El Proveedor” se obliga a dar cumplimiento al objeto del presente contrato a partir del ___________ al _____________ o durante cualquier otro periodo en que las partes pudieran convenir posteriormente por escrito, siempre y cuando se cumplan con las disposiciones fiscales y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa.
NOVENA. Garantía de cumplimiento
Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato “El Prestador de Servicios” se obliga a entregar a “Los Servicios de Salud”, la siguiente póliza de fianza:
1).- Garantía por el cumplimiento del contrato y calidad de los bienes adjudicados.- póliza de fianza expedida por una Institución Afianzadora legalmente autorizada, a favor de “Los Servicios de Salud”, la cual representa el 10% del monto total del contrato, antes del impuesto al valor agregado, hasta su vencimiento, misma que deberá entregarse en un plazo no mayor a 10 días naturales contados a partir de la notificación del fallo de adjudicación del presente contrato.
Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales, emitida por el área usuaria y/o requirente de los bienes;
Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y
Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
Una vez cumplidas las obligaciones por parte de “El proveedor” a satisfacción de “Los Servicios de Salud”, el servidor público facultado a petición de área requirente procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato y calidad de bienes adjudicados contra vicios ocultos.
En caso de que “las partes” acuerden alguna modificación en monto, plazo o vigencia a los contratos conllevarán el respectivo ajuste a la garantía de cumplimiento cuando dicho incremento no se encuentre cubierto por la garantía originalmente otorgada, para lo cual deberá estipularse en el convenio modificatorio respectivo el plazo para entregar la ampliación de garantía, el cual no deberá exceder xx xxxx días naturales siguientes a la firma de dicho convenio, así como la fecha de entrega de los bienes o de la prestación del servicio para las cantidades adicionales.
La no entrega de la póliza de fianza en el plazo establecido, será causa de rescisión del presente contrato.
2.- Carta Garantía contra vicios ocultos .- “El Proveedor” deberá presentar una carta garantía firmada por el propietario o representante legal de la empresa, en la que indique que responderá de los defectos de fábrica y vicios ocultos de los bienes, así como de cualquier otra responsabilidad en la que hubieren incurrido.
La Carta póliza de garantía contra defectos y vicios ocultos tendrá una vigencia de 24 meses, contados a partir de la instalación, capacitación al personal y puesta en marcha del equipo.
Para el caso de que “El Prestador de Servicios” se atrase en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, se aplicaran por acuerdo del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en su primera reunión ordinaria de fecha 07 de febrero de 2017, a partir del primer día de retraso una pena convencional consistente en el importe correspondiente al 0.5% (cero punto cinco por ciento) del importe, en función de los bienes no entregados, tomando como fecha de retraso el día que se reciban en el lugar de entrega de los bienes, el cual será deducido del importe total a pagar y no excederán del monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de los bienes quedara condicionado, proporcionalmente, al pago que “El Prestador de Servicios” debe efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía.
DÉCIMA PRIMERA. De la no cesión de derechos y obligaciones:
“El Proveedor” no podrá ceder este contrato o subcontratar nada ni parte del mismo, sin el consentimiento previo y por escrito de “Los Servicios de Salud”.
DÉCIMA SEGUNDA. De la inspección y vigilancia:
“El Proveedor” acepta expresamente que el personal acreditado por los “Los Servicios de Salud” se apersone y verifique, cuando sea necesario, las instalaciones, equipo, documentales, así como el avance del servicio y demás aspectos técnicos que “Los Servicios de Salud” considere convenientes para corroborar el cumplimiento de la normatividad y que las obligaciones contratadas correspondiente a la facturada por cada mes de servicio que ha sido pagado o próximo a pagar.
DÉCIMA TERCERA. Modificaciones:
El presente contrato no podrá ser modificado o adicionado en los términos, plazos y condiciones sin previo acuerdo expreso entre “Las Partes” y que conste por escrito, de igual manera podrá pactarse la extensión del mismo.
DÉCIMA CUARTA. Terminación anticipada:
“Los Servicios de Salud” darán por terminado este contrato si “El Proveedor” no subsana el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este contrato, dentro de los 05 días siguientes a la recepción de la comunicación donde se le notifica del incumplimiento, o dentro de otro plazo mayor que “Los Servicios de Salud” pudieran haber aceptado posteriormente por escrito.
Si llegará el momento de estar en el supuesto, anteriormente señalado y en ese incumplimiento se causaran daños o perjuicios graves a “Los Servicios de Salud”, este último procederá a comunicarlo a las autoridades correspondientes para efecto de la sanción e inhabilitación temporal que proceda en términos de las disposiciones legales aplicables en la materia para participar en procedimientos de próximas licitaciones o contrataciones.
DÉCIMA QUINTA. Causales de Rescisión:
En caso de incumplimiento en alguna de las cláusulas del presente instrumento jurídico por parte de “El Proveedor”, “Los Servicios de Salud” quedan facultados expresamente para rescindir el contrato sin responsabilidad para el mismo, cuando “El proveedor”:
Incumpla con la entrega de los bienes contratos.
No inicie la entrega de los bienes en la fecha acordada.
No entregue en tiempo y forma la póliza de fianza y garantías que se obligó a entregar a “Los Servicios de Salud”
Incurra en alguna irregularidad en la que dañe el patrimonio personal o la imagen de “Los Servicios de Salud”, sin perjuicio de las investigaciones que se practiquen y los resultados procedentes;
No haya manifestado con veracidad la información contenida en la documentación requerida;
Incumpla las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás normatividad Federal, Estatal y Municipal vigente en la materia que se contrata;
Ceda, traspase o sub-contrate la totalidad o parte de los servicios contratados, sin previa autorización de “Los Servicios de Salud”.
Sea declarado en estado de quiebra o suspensión de pagos, por autoridad competente.
En caso de incumplimiento de obligaciones a cargo de “El Proveedor”, conforme a lo estipulado en el artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa.
DÉCIMA SEXTA. De la ejecución de la fianza
“El Proveedor” acepta que en caso de que “Los Servicios de Salud” rescindan el presente contrato por causa justificada, podrá hacer efectiva las fianzas que se hayan otorgado para tal efecto.
El incumplimiento por parte de “El Proveedor” de cualquiera de las obligaciones que contraiga en virtud de este contrato será causa suficiente para la rescisión del mismo, quedando obligado al pago de los daños y perjuicios que se llegaren a causar a “Los Servicios de Salud”.
DÉCIMA SÉPTIMA. Procedimiento de Rescisión.
Para llevar a cabo la rescisión del presente contrato, “Las Partes” acuerdan en observar el procedimiento siguiente:
En el momento en que “Los Servicios de Salud” tengan conocimiento de la actualización de algunas de las causas de rescisión pactadas, notificará a “El Proveedor” por escrito el incumplimiento en el que haya incurrido, para que en un plazo de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y que aporte las pruebas que estime pertinentes. Transcurrido ese plazo y agotado el plazo de 15 días para resolver, “Los Servicios de Salud” podrá rescindir administrativamente un contrato, para lo cual deberá llevar a cabo el procedimiento previsto en el artículo 65 de la Ley de la materia; motivando la rescisión en alguna de las causales previstas para tal efecto. Si es el proveedor quien decide rescindir el contrato será necesario que acuda ante la autoridad judicial federal y obtenga la declaración correspondiente.
DÉCIMA OCTAVA. Administrador del contrato:
“LAS PARTES” acuerdan que para los fines y cumplimiento de obligaciones y derechos que se generan del presente contrato _________________________ (en calidad de área usuaria o requirente de los servicios) será quien administre el contrato, a efectos de que constate la prestación de los servicios requeridos y/o contratados, los cuales deberán corresponder a las características solicitadas.
DÉCIMA NOVENA. Responsabilidad Civil:
“El Proveedor” asume de manera expresa toda la responsabilidad civil que le fuera legalmente imputable cuando por su culpa o negligencia, o la de sus empleados, en la ejecución de este contrato se causen daños a los bienes e imagen de “Los Servicios de Salud”. En este caso “El Proveedor” se obliga a restituir a “Los Servicios de Salud” la cantidad o cantidades que se llegaren a erogar por concepto de indemnización, reparación de daños u otros.
VIGÉSIMA. De la relación Laboral:
“El Proveedor” como patrón del personal que emplee con motivo del servicio a prestar, se obliga como único responsable de las obligaciones y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguro social, por lo que queda expresamente establecido que “Los Servicios de Salud” será ajeno a los conflictos que se deriven de las relaciones obrero patronales del empleador y/o “El Proveedor”.
Ambas partes reconocen que en el presente contrato no se dan los elementos de subordinación ni dependencia propios de una relación obrero patronal, quedando en libertad “El Proveedor” de contratarse con terceros, en tanto no afecte el cumplimiento de las obligaciones aquí pactadas.
Cuando “El Prestador de Servicios” injustificadamente y por causas imputables, no formalice el contrato cuyo monto no exceda de cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el distrito federal elevado al mes, serán sancionados conforme a lo establecido en el artículo 82 segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa.
Si el monto del contrato excede de cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el distrito federal elevado al mes, se impondrá multa de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 82, si “El Prestador de Servicios” injustificadamente y por causas imputables se abstenga de firmar el contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. Jurisdicción y competencia.
“Las Partes” acuerdan que para la interpretación y cumplimiento del presente instrumento, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales locales competentes de la ciudad de Culiacán, Sinaloa, por lo tanto “El Prestador de Servicios” renuncia al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderle.
VIGÉSIMA TERCERA. “Las Partes” expresamente manifiestan su conformidad que en la celebración del presente contrato no existe error, dolo, mala fe o vicios del consentimiento alguno que pudiera afectarlo de nulidad.
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su valor y consecuencias legales, lo firman en 03 (tres) ejemplares en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, el día ___________________.
POR “LOS SERVICIOS DE SALUD”
XX. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA
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POR “EL PROVEEDOR”
C. _______________________ REPRESENTANTE DE ___________________________ |
ING. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SINALOA
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XX. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXX DIRECTOR DE ATENCIÓN MÉDICA DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y AREA REQUIRIENTE DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO |
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Contrato No. SSS-LPIP-_______-004-2017 para la adquisición de “Equipo médico y de laboratorio”, celebrado entre Los Servicios de Salud de Sinaloa y la empresa _______________
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