CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE ENLACE FIBRA ÓPTICA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE ENLACE FIBRA ÓPTICA
CAL-0822-01
ENTRE TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL y UNIFIED COMMUNICATIONS SRL
ENTRE: De una parte, TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL RNC 4-01-51707-8, entidad
autónoma y descentralizada del Estado Dominicano, en virtud de la Ley 13-20, del 7 de febrero del año 2020, que modifica la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social,
con su domicilio y astento social en la avenida Tiradentes No. 33, Torre Presidente Xxxxxxx Xxxxxx, Sto piso, sector Naco, de esta ciudad de Xxxxx Xxxxxxx; debidamente representada por su Tesorero el señor XXXXX XXXXXXX XXXXX, dominicano, mayor de edad, casado, portador
de la Cédula de Identidad y Electoral No. , domiciliado y residente en esta ciudad, quien, para los fines del presente contrato, se denominará EL ARRENDATARIO o por su propio nombre, indistintamente;
Y de la otra parte, UNIFIED COMMUNICATIONS SRL, RNC 1-3Q-49130-5, sociedad comercial
organizada de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con domicilio social ubicado en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xx. 00, Xxxxxxxx Xxxxxx 0xx. Xxxx, xxxxx 0X, Ensanche Naco, en
esta Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, debidamente
o por su propio nombre, indistintamente;
rceaps- aredsoe,nptaodrtaadpoorr dseu lgaerceéndtuelaeldseeiñdoerntMidIaGdUyELeRleOctSoArRaIlOnúMmEeNrAo , dominicano, m, adyoomr idceiliaedoady, residente en esta ciudad, quien en lo que sigue del presente Contrato se denominará EL ARRENDADOR
LA TESORER[A DE LA SEGURIDAJl�«SUCIAL"'i v"c-�IFIED
En lo que sigue del presente Contrato,
COMMUNICATIONS SRL de manera conjunta se denominarán LAS XXXXx!, � .
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CONSIDERANDO: EL ARRENDATARIO j _
PREÁMBULO 11; � 6 1
Que, en fecha cuatro (04) del me\s',,��,,. � ulio del añ� -dCo' s mil veintidós (2022) convocó a participar en el proceso de Compras y Contratacrones Públicas bajo la modalidad de Comparación de Precios No. TSS-CCC-CP-2022-0009, para el Arrendamiento de
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(11) del mes xx xxxxxx del año dos mil veintidós (2022), le adjudicó a
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COMMUNICATIONS SRL el contrato para el ArrendaO:Uento de Enlace Fibra Óptica.
UNIFIED�
CONSIDERANDO: Que, en vista de lo anterior El ARRENDATARIO notificó a EL PRESTAD� �
SERVICIOS vía correo electrónico del resultado del Proceso conforme al Cronograma es 'blecido
por el Departamento de Compras en fecha once (11) del mes xx xxxxxx del año dos mil (2022).
CONTROL Y AMÁUSIS
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CONSIDERANDO: Que EL ARRENDATARIO, ha constatado que EL ARRENDADOR, en cumplimiento a lo previsto en el Artículo 112 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Compras aprobado mediante Xxxxxxx Xx. 000-00 de fecha seis (06) del mes de septiembre del año dos mil doce (2012), ha presentado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
CONSIDERANDO: Que, la Ley 340--06 de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006), sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y su posterior modificación contenida en la Ley 449--06, de fecha seis (06) de diciembre del dos mil seis (2006), establece entre los procedimientos de compras y contrataciones bajo la modalidad de Comparación de Precios.
CONSIDERANDO: Que, el Artículo 17 de la referida Ley, establece la tabla contentiva de los factores mediante la cual se determina los umbrales topes que sirven de base para la selección del Procedimiento a aplicar en un proceso de Comparación de Precios.
CONSIDERANDO: Que, la Resolución No. PNP--01-2022 de fecha tres (03) del mes de enero del año dos mil veintidós (2022), de la Dirección General de Contrataciones Públicas, e
umbrales para los procesos por Comparación de Precios.
POR LO TANTO, y en el entendido de que el anterior preámbulo forma parte integral contrato.
LAS PARTES HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
ARTÍCULO 1.- DEFINICIONES E INTERPRETACIONES: Siempre que en el presente Co empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que expresa a continuación:
• Contrato: El presente documento.
• Especificaciones Técnicas o Términos de Referencia:. c_i ����5ís.�cas fundamentales que abarcan todas las formas de ejecución, materiaf�s"' ,ara la .ca{:lquisición de Bienes y
• servicios. '� '),.=' 1
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Garantía de Fiel Cumplimiento: Herramienta jut�ica d���ldo, g.r¡�entado a proteg t>" Ju,¡ 6,
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resarcir o asegurar el cumplimiento de las obligatíqnes á\umidas por c;,I Xxxxxxxxxx e o
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consecuencia de la suscripción del contrato con el.t.�iado.
Monto del Contrato: El importe señalado en el Cont' n:itcr.,, n, e
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• Oferente/Proponente: Persona física o jurídica que brinda un producto o servicio
ARTÍCULO 2.- DOCUMENTOS CONSTITUYENTES DEL CONTRATO: Los siguientes docum n os
forman parte integral e insustituible del presente Contrato, y UNIFIED COMMUNICATIO S.R�.L
reconoce cada uno de estos como parte intrínseca del mismo:
a) Especificaciones Técnicas del Arrendatario
b) Propuesta Técnica del Arrendador
c) Propuesta Económica del Arrendador
d) Garantía de Fiel Cumplimiento presentada por e CO� .. ANÁL\S\S
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DE LA/oi;ERACIONES
ARTÍCULO 3.- OBJETO DEL CONTRATO: EL ARRENDADOR por medio del presente Contrato, se compromete y obliga frente a EL ARRENDATARIO a ceder en Arrendamiento el Servicio de Enlace Fibra Óptica, por un período de un (01} año renovable, de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas y la Propuesta del Arrendador, los cuales forman parte integral del presente contrato y, bajo las condiciones que más adelante se indican:
Ítem¡ | Tiempo | Descripción | Instalación | |
1 | 12 meses | Arrendamiento de Enlace Fibra Óptica oscura desde Data Center TSS Plaza Naco, Hasta Data Center Edificio TSS Ave. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx. Terminación en FDP (panel de distribución de fibra), con 2 SFP+ de l0G y 2 Cables LC- LC | El tiempo de instalación no debe ser mayor a 20 días laborables a partir de la certificación del contrato por parte de la Contraloría General de la República. El tiempo de instalación no debe ser mayor a 30 días laborables a partir de la certificación del contrato por parte de la Contraloría General de la República. | |
2 | 12 meses | Arrendamiento de enlace fibra Óptica ITU- G652D, 2 hilos (Un Lambda -Redundante), desde Data Center Torre TSS Plaza, en la Ave. Tiradentes, Hasta Data Center TSS en el Nap del Caribe (46Km) Terminación en FDP (panel de distribución de fibra), con 2 SFP+ de 10G y 2 Cables LC- LC |
ARTÍCULO 4.- MONTO DEL CONTRATO: EL ARRENDATARIO se compromete y obliga a pagar por el arrendamiento de los servicios de Enlace Fibra Óg_tica, la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS DOMINICANOS CON 96/100
(DOP$ 2,672,999.96) ITBIS incluido, monto que abarca todos las instalaciones y servicios de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas y la Propuesta del Arrendador, los cuales
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forman parte integral del presente contrato, distribuidos de la siguiente m-�a·n,;xxxx:
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Descripción
Precio Unitario ITBIS
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Arrendamiento de Enlace Fibra Óptica oscura desde Data CenterTSS Xxxxx Xxxx,
00 Hasta Data Center Edificio TSS Ave. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
Terminación en FDP (panel de distribución de fibra), con 2 SFP+ de lOGy 2 Cables LC LC
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CONTROL Y ANÁLISIS
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DE LAS O�CIO�ES
DOP$ 19,491.52
Instalación: Enlace Fibra
1 Óptica oscura desde Data Center TSS Plaza Naco, Hasta Data Center Edificio TSS Ave. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
Arrendamiento de en lace fibra Óptica ITU-G6520, 2 hilos (Un Lambda
12 Redundante), desde Data CenterTorreTSS Plaza, en la Ave. nradentes, Hasta Data CenterTSS en el Nap del Caribe (46Km)
Terminación en FDP (panel de distribución de fibra), con 2 SFP+ de 10G y 2 Cables LC- LC
DOP$28,813.56
Instalación: enlace fibra Óptica ITU-G652D, 2 hilos
1 (Un Lambda - Redundante), desde Data CenterTorreTSS Plaza, en la Ave.Tiradentes, Hasta Data Center TSS en el Nap del Caribe (46Km)
DOP$152,542.3 7
DOP$27,457.63
OOP$ 3,508.47
DOP$ 22,999.99
DOP$ 22,999.99
DOP$180,000.00
DOP$2,159,999.96
DOP$ 34,000.00
DOP$34,000.00
TOTAL DEL CONTRATO
DOP$ 2,672,999.96
DOP$ 5,186.44
PÁRRAFO: El presupuesto destinado para la ejecución del presente contrato no genera obligación de pago de su totalidad por parte de EL ARRENDATAR IO, a favor de EL ARRENDADOR, siendo éste meramente indicativo y procediendo la obligación de pago a favor de EL ARRENDADOR
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exclusivamente en atención con el tiempo que efectiva �nte::::-fue recibido el servicio de arrendamiento de los enlace de Fibra Óptica. ��½\·.)JI IV�LI _, .
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ARTíCUIO5 - CONDICIONES DE PAGO· 1as pagas serán'�alizado�sf?O Pe;l,s\ ominicanos (DOP),
segun se in 1ca: \-l '\ ::
• Por concepto de Instalación de los Enlaces de Fibra Óptica será re�lizado un único pago ascendiente a la suma de CINCUENTA Y SE IS MIL�N(i).��..C��tos NOVENTA Y NUEVE
PESOS DOMINICANOS CON 99/100 (DOP$ 56,999.99), esr� gestión de pago se iniciar ,/'"" .1u"'<t;. una vez certificado el presente contrato por la Contraloría General de la República, y s f.i �
recibida, verificada la instalación de los Enlaces de Fibra Óptica de manera satisfacto ��':,
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, 0\ 1v· a�i:a 41. por la Dirección de Tecnologías de la In formación, previa presentación de factura co
��,#�ó,O O •r.º-{.� �, omprobante Gubernamental, que sera pagada dentro de los treinta (30) d1as laborables
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'!. uientes a su fecha de vencimiento.
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•�,r, .,,_ � or concepto de Arrendamiento de los Enlaces de Fibra Óptica, serán realizados pa.,g9s-_
�1> Oo"Hn"" �.ff mensuales equivalentes a la suma de DOSCIENTOS DIECISIE TE MIL NOVECIE)ITOS
� NOVENTA Y NUEVE PESOS DOMINICANOS CON 99/100 (DOP$ 217,999.99}, duf'6nte la
vigencia del contrato, los cuales cubrirán la contratación y renta mensual del sº vicio de
Enlace Fibra Óptica. EL ARRENDADOR deberá al mes cumplido emitir una fa ura.. ���U N/ ��'
CONTROL
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ANALISIS
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DE LAS OPERACIONES
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aprobada, de los servicios de Enlace Fibra Óptica.
dCoemppargoob, aensttea Gsuebráerpnaagmaednatdalepnotrroesdtee cloosncopntop,olsatecruiaolrisdeardviraá lpaareanitnreicgia, lvoesritfricáamdiateys
podrá ser rescindido dando pie a un nuevo proceso, según aplique.
• EfiLscaAlReRs ENDADOR deberá mantenerse en todo momento al día con sus obligaciones
(TSS) a los fines de poder recibir los pagos correspoyndlaienTetesso.rEenríaesdeesleanStiedgou,rsidi apdorSeolcniaol
la Direcciy ódne sGeegnuerirdaal ddesoIcmiapl,upeustdoies nIdnoteErnL oAsRR(DEGNIID) ATARIO solicitar las Certificaciones de vcuemimpplimosiiebniltiotada edsetarsecoibilriglaocsiosneervsicpios poabrjteetodedleAlRaRpErNesDeAnDteOcRo, nEtLraAtRacRiEóNn,DeAlTcAoRnItOrasteo
registrada.
• rLeogsisptaragdoas esen hDairreácncpióonr GtreannesrfaelreDneciCaobnatnabcailirdiaada GlaucbueernatamqeunetaEl L(DAIGRERCEONDG)A, DpOorRloteqnugea bpaernaeficcoianrtiroateon lya DrierceicbciriónloGs enpeagraolsde lCosunptrlaidtoacriodneebsePúebnliccoanstyratresneerrecguiestnrtaadboanccoamrioa
pÁRRAFO: EL ARRENDADOR: no estará exento del pago de los impuestos qu�, J,:-d.,i�e�rel)nf gl-er'le.r:arse
• ENLorAmRaRsELNeDgaAlTeAs RVIiOgernetaelsizdaerleateDnirceióccniódneGl eImnepruael sdteo ISmopbur esltaosRIennttearndoes a(DcuGeIIr)d. o con las
en virtud del presente Contrato.
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aAñRoTÍcCoUnLtOad6o.-, cDoUnRtaAdCoIÓaNpDarEtLirCdOeNl TdíRaAqTuOin: Ecel p(r1e5s)ednetel mCoens tdraetoagtoesntdorádeul
iduraciontd,e un�.)
queda expresamente convenido y pactado que, si LAS PARTES no manifiestan su-intención de
rescindi ntrato con, P
(2022) hasta el día quince (15) del mes xx xxxxxx del año dos mil veintitrés1�("92�d�ohs .,SmilJ il,::rv�eifJ\attQrgóos,
quedarar
esl ucJ�eto a la ta.ºc�xxxxx xxxxxxxxxxx, ucc�1�on1,) mes de �nticipación a su venci�i�nto, el mis � .��..,>.
seran renovados automat1camente ,�s · �"
caorrnetnradtaom, cieonntotosddaes lsouss sceorvnsiceicousednecieansljaucreíddiceafsibra óptica sin la necesidad de preparar un v�.,.
AteRrTmÍCinUaLrOá p7o.-rClaAsUsSigAuSieDnEteTsEcRaMuIsNasA:CIÓN DE CONTRATO: El presente contrato de arrendamien to=f'Y,s,._,.J"
l. aProrrelnadlalemgaiednatodedleal frefehraiddoe esusptaécrimo idneo asilmseacceunmapmleiecnotno eyl ctiuesmtopdoiaesdteabdloeci
r:r:..<.- ...1- � con un (01) mes de antelación.
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LAS PARTES posee la intención de renovarlo, debiendo
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CONTROL Y ANÁLISIS
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2. En cualquier momento por mutuo acuerdo entre LAS PARTES mediante documento escrito de descargo en cuyo caso terminará sin responsabilidad para LAS PARTES, salvo los pagos que se encontraren pendientes.
3. En cualquier momento, por decisión unilateral de EL ARRENDATARIO, bastando previa notificación a la otra parte con por lo menos un (01) mes de antelación a la fecha efectiva de terminación, pudiendo ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el caso de falta grave de EL ARRENDADR siempre que la misma no sea originada por acontecimientos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito y en los siguientes casos:
a. En caso de que EL ARRENDADOR sea declarado insolvente, quiebre o admita por escrito su incapacidad de cumplir con alguna o todas las obligaciones asumidas en el presente contrato, sujeto al resarcimiento de los daños y perjuicios que ocasionare.
b. En caso de que EL ARRENDADOR no cumpla con los objetivos o condiciones establecidas en el presente Contrato, relativas al suministro del arrendamiento y servicio contratado. LA ENTIDAD CONTRATANTE tendrá obligación de pago exclusivamente de conformidad por el periodo de tiempo del arrendamiento y custodia brindado por EL ARRENDADOR.
ARTICULO 8.- FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO: Se entiende, sin ser limitativo, por fuerza mayor o caso fortuito al/los imprevisto(s) que no es/son posible(s) resistir o evitar, como el naufragio, el terremoto, huracanes, incendios o cualquier otro elemento de la naturaleza, huelgas, paros, guerras, guerrillas, rebeliones, pandemias o cualquier otro acontecimiento
insospechados. ·.:..J
sanitario, estados de excepción, disposiciones legales poster0iores que afecten directa o indirectamente, así como aquellos que resulten im' previsibÍJs}c,<,,súbitos, sorpresivos,
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ARTÍCULO 9.- GARANTÍA: Para garantizar el fiel cumilimi�htiel pr�s� nte Contrato, EL �----
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ARRENDADOR, hace formal entrega de una garantía de l�mpresa Segu� Sura SA No. FIA �"- .1u,.,� 20164 con vigencia desde hasta el día doce (12) del mes de-��\q d&i,a�-ó' dos mil veinticua C:, (2024) a favor de EL ARRENDATARIO, en cumplimiento con lo e�ecido en el Artículo 112 1
Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto no, 543-12, por un valor de Ciento S ·s �p
Mil Novecientos Veinte Pesos Dominicanos Con 00/100 (DOP$ 106,920.00), Suficiente para ��\!..-:
cubrir el cuatro por ciento (04%) del monto adjudicado.
PÁRRAFO 11: EL ARRENDADOR se compromete y obliga frente a EL ARRENDATARI hacer entrega anualmente de la renovación de Garantía de Fiel Cumplimiento citada precedentemente, hasta cubrir la vigene::.::·1a�=:?:��
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PÁRRAFO 111: Dicha garantía responderá los daños y perjuicios que se produzcan a EL ARRENDATARIO en caso de incumplimiento, que determinará en todo caso la ejecución de la Garantía, independientemente del resto de acciones que legalmente proceden.
ARTÍCULO 10.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO: Cualquier modificación a los términos y condiciones del presente Contrato deberá hacerse por mutuo acuerdo entre LAS PARTES, por escrito, mediante enmiendas numeradas cronológicamente y la fecha de vigencia de cada una se contará a partir de la fecha de aprobación realizada por EL ARRENDATARIO.
ARTÍCULO 11.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: LAS PARTES se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver en forma amigable los conflictos o desacuerdos que pudieren surgir con relación al desarrollo del presente contrato y su interpretación.
PÁRRAFO: Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este Contrato o relativo al
mismo, su incumplimiento, su interpretación, su resolución o nulidad será sometido al Tribunal Contencioso, Tributario y Administrativo, instituido mediante la Ley 13-07, de fecha cinco (OS) de febrero del dos mil siete (2007).
ARTÍCULO 13.- MANEJO DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: El ARRENDADOR, se compromete
a manejar toda la información adquirida en EL ARRENDATARIO como confidencial, por lo cual no podrá ninguno de sus empleados divulgar o revelar ningún tipo de información a la que tuvieran acceso.
ARTÍCULO 14.- NULIDADES DEL CONTRATO: La violación del régimen de prohibiciones
establecido en el Artículo 14 de la Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006),
y su modificatoria, originará la nulidad absoluta del Contrato, sin perjuicio de otra acción que decida interponer EL ARRENDATARIO.
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PÁRRAFO: La división del presente Contrato, con el fin de evadir las rn-rr�aciones d<¡� Ley 340-
06, y de las normas complementarias que se dicten en el marco d ,�te, s�causa de nulid
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ARTÍCULO 15.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO:
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y condiciones del presente Contrato se hará al amparo de las leyes de �ee&,r&IJs_�minicana.
ARTÍCULO 16.- LEGISLACIÓN APLICABLE: La ejecuc1on del presente Contrato se hará de conformidad con las leyes vigentes en la República Dominicana.
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ARitCUlO 18.- TÍTULOS: Los títulos que siguen al número de los artículos en el presente Contrato, sólo tienen un propósito ilustrativo y no servirán como base para interpretar el artículo completo o alterar, modificar el significado de estos.
ARTÍCULO 19.- ACUERDO INTEGRO: El presente Contrato, y sus anexos, contienen todo las estipulaciones y acuerdos convenidos entre LAS PARTES; en caso de ambigüedad, duda o desacuerdo sobre la interpretación de este y sus documentos anexos, prevalecerá su redacción. Asimismo, se establece que, si alguna de las disposiciones de este Contrato se declara inválida, las demás no serán afectadas y permanecerán plenamente vigentes.
ARTÍCULO 20.- ELECCIÓN DE DOMICILIO: Para todos los fines y consecuencias del presente contrato, LAS PARTES eligen domicilio en las direcciones que figuran en la parte introductora del presente contrato, en el cual recibirán válidamente todo tipo de correspondencia o notificación relativa al presente contrato, su ejecución y terminación.
HECHO Y FIRMADO en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, República Dominicana, a los quince (15) días del mes xx xxxxxx del año dos mil veintidós (2022). Cuatro (4) originales del mismo tenor y efecto, uno para cada una de Las Partes y otro para los fines legales correspondientes.
Por: TESOR ERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Por: UNIFIED COMMUNI
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Yo, XXX XXXX X'XXXXX XXXXX XXXXXX, Abogada Notario Público, de los del Número del Distrito Nacional, Matricula número 3303, con estudio profesional abierto al público en la Calle Cul de Sac lra. No.17, Urbanización Xxxxxxxxx, sector Xxxxxxx Xxxxxxx, en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Distrito Nacional C ERTIFICO Y DOY FE: que las firmas que anteceden fueron puestas en mi presencia, libre y voluntariamente, por los señores XXXXX XXXXXXX XXXXX y XXXXXX XXXXXXX XXXX, de generales que constan, quienes me han declarado que son las mismas que acostumbran a usar en todos sus actos públicos y privados. En la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes xx xxxxxx del año dos mil veintidós (2022)
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