ANEXO 02: TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN CONSULTORÍAS
ANEXO 02: TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN CONSULTORÍAS
“SERVICIO DE EVALUACIÓN TÉCNICA - ECONOMICA Y LEGAL PARA LA INCORPORACIÓN DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTÁICA EN LA MATRIZ DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE SAN GABÁN S.A.”
1. FINALIDAD PÚBLICA
La presente contratación busca evaluar de manera integral las posibles alternativas de incorporar energía solar fotovoltaica ubicadas en el sur del Perú en la matriz de generación de energía eléctrica de San Gabán S.A. a través de contratos de compra de energía activa (Power Purchase Agreement - PPA) con la posibilidad de transferencia del activo a favor de San Gabán S.A. y sujeto a los potenciales riesgos asociados durante la ejecución contractual.
2. OBJETIVO DE LA CONTRATACION
Evaluar las posibles alternativas de generación solar fotovoltaica en el sur del Perú y el volumen óptimo asociado que pueda generar complementariedad con la C.H. San Gabán II para mejorar la energía producida por la CH SGBII con el fin de elevar el nivel de contratación con clientes.
Efectuar la comparación de la evaluación económica de las distintas alternativas que permita determinar el precio de referencia para un proceso de compra de energía solar fotovoltaica a través de un PPA, tomando en cuenta i) El costo de desarrollo del proyecto solar fotovoltaico de la CSF Pampa Gallinazos y de otros proyectos, ii) La posibilidad de transferencia del activo a favor de San Gabán S.A. a los 5,10,15 y 20 años de ejecución contractual, iii) El volumen óptimo de energía solar fotovoltaica a ser incorporado a la matriz de generación de energía eléctrica de San Gabán S.A., y iv) Los riesgos asociados y su impacto en la ejecución contractual, tales como: congestión eléctrica, sobre oferta de generación solar fotovoltaica, recorte (curtailment) de energía solar fotovoltaica, compras de energía en las horas fuera de producción solar, y otros que pueda identificar el contratista. Para cada caso definir y/o establecer estrategias legales y comerciales para mitigar o eliminar los riesgos asociados, detallar las estrategias y determinar los nuevos precios para un proceso para la compra de energía solar fotovoltaica a través de un PPA.
Realizar una propuesta de contrato para el PPA que incluya las cláusulas para mitigar o eliminar los riesgos identificados y valorados.
3. ANTECEDENTES DE LA CONTRATACIÓN
San Gabán S.A. cuenta con la central hidroeléctrica San Gabán II, y que durante la época de estiaje (mayo-noviembre), no cuenta con caudal suficiente que permita producir el 100% de la capacidad instalada que permita incrementar su capacidad de contratación con clientes.
Para incrementar la capacidad de generación de energía en la época de estiaje lo usual es realizar obras de afianzamiento hídrico que permitan almacenar agua en la época de avenida (diciembre-abril) y trasladar a la época de estiaje (mayo-noviembre) donde se tiene el déficit de recurso hídrico. Sin embargo, esta alternativa se encuentra limitada por los siguientes inconvenientes: i) Periodos largos de maduración y de construcción, ii) Problemas sociales para su desarrollo, iii) Costos altos para su construcción, y iv) Dificultad para lograr la licencia ambiental.
Sin embargo, considerando que la C.H. San Gabán II cuenta con un embalse regulador que le permite trasladar parte del caudal diario a horas fuera de las horas de producción solar, la producción de una central solar fotovoltaica podría permitir a esta central hidroeléctrica, generar complementariedad durante la producción diaria. Por lo tanto, esta alternativa podría constituirse en una alternativa adicional y eficiente para San Gabán S.A.
A la fecha se cuenta tanto con un proyecto de afianzamiento hídrico como un proyecto para una central solar fotovoltaica; como se puede observar, de la comparación del costo unitario de energía, la producción solar fotovoltaica es más económica.
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Adicionalmente, considerando los riesgos asociados al rol subsidiario del Estado, hecho que podría paralizar la construcción de un proyecto solar fotovoltaico, así como el hecho que no es factible su desarrollo a través de una inversión de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), la única alternativa viable para incorporar energía solar fotovoltaica a la matriz de generación de energía eléctrica a San Gabán S.A. es a través de un PPA.
4. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de precios unitarios.
5. SUBCONTRATACIÓN
No aplica.
6. REGLAMENTOS TÉCNICOS, NORMAS METROLÓGICAS Y/O SANITARIAS
Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento.
▪ Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica;
▪ Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (LCE) y su Reglamento aprobado por D.S. N° 009-93-EM;
▪ Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, aprobada por Decreto Supremo Nº 020-97-EM (NTCSE);
▪ Procedimientos aplicables del COES aprobados y en revisión;
7. RESPECTO A LOS SISTEMAS DE GESTION
7.1. CONSIDERACIONES RESPECTO AL SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD
No crítico.
7.2. CONSIDERACIONES RESPECTO AL SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL (REQUISITOS AMBIENTALES)
No aplica.
7.3. CONSIDERACIONES RESPECTO AL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
No aplica.
8. ALCANCES Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y/O CONSULTORIA
El servicio considera un entregable como informe final que debe incluir las actividades señaladas incluyendo los archivos fuente y hojas de cálculo editables.
8.1 ACTIVIDADES
▪ Evaluar las posibles alternativas de generación solar fotovoltaica en el sur del Perú y el volumen óptimo asociado que pueda generar complementariedad con la C.H. San Gabán II para mejorar la energía producida por la CH SGBII con el fin de elevar el nivel de contratación con clientes.
▪ Efectuar la comparación de la evaluación económica de las distintas alternativas que permita determinar el precio de referencia para un proceso para la compra de energía solar fotovoltaica a través de un PPA, tomando en cuenta i) El costo de desarrollo del proyecto solar fotovoltaico de la CSF Pampa Gallinazos y de otros proyectos, ii) La posibilidad de transferencia del activo a favor de San Gabán a los
5,10,15 y 20 años de ejecución contractual, iii) El volumen óptimo de energía solar fotovoltaica a ser incorporado a la matriz de generación de energía eléctrica de San Gabán S.A., y iv) Los riesgos asociados y su impacto en la ejecución contractual, tales como: congestión eléctrica, sobre oferta de generación solar fotovoltaica, recorte (curtailment) de energía solar fotovoltaica, , compras de energía en las horas fuera de producción solar y otros que pueda identificar el contratista.
▪ Para cada caso definir o establecer las estrategias legales y comerciales para mitigar o eliminar los riesgos asociados., detallar las estrategias y determinar los nuevos precios para un proceso para la compra de energía solar fotovoltaica a través de un PPA.
▪ Realizar una propuesta de contrato para el PPA que incluya las cláusulas para mitigar o eliminar los riesgos identificados y valorados.
8.1.1 PERSONAL
El postor Propondrá un “Responsable del Servicio” que cumpla con los
requerimientos señalados en los Términos de Referencia
8.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El Proveedor es el responsable directo y absoluto de las actividades que realizará, ya sea directamente o a través de su personal, debiendo responder por el servicio brindado.
8.3 OBLIGACIONES DE SAN GABÁN S.A.
Proporcionar la información requerida por el contratista para el desarrollo del servicio.
9. SEGUROS
No aplica.
10. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
B.3 | CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE |
B.3.1 | FORMACIÓN ACADÉMICA |
Responsable del servicio Requisitos: Título Profesional de Ingeniero Electricista o Ingeniero Mecánico Electricista. Acreditación: En caso El Título Profesional de Ingeniero no se encuentre inscrito en el referido registro, el postor debe presentar la copia del diploma respectivo a fin de acreditar la formación académica requerida. | |
B.4 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE |
Requisitos: Experiencia mínima de 10 años a partir de la obtención de la colegiatura profesional de ingeniero electricista o ingeniero mecánico electricista en: - Proyecciones xx xxxxxxx eléctrico y/o, - Evaluación de riesgos en mercados eléctricos y/o, - Negociación de Contratos Energéticos y/o, - Elaboración de Modelos de Iniciativas Privadas Energéticas y/o, - Actividades en Planificación Energética considerando energías renovables, centrales térmicas, centrales hidráulicas u otras fuentes de energía y/o, - Promoción de centrales eléctricas renovables y/o, - Evaluación Económica de proyectos de centrales eléctricas renovables y/o, |
- Actividades de Planificación Energética y/o, - Estudios de los Nuevos Escenarios de Generación Eléctrica en el SEIN y/o, - Estudio de los nuevos escenarios de generación eléctrica, respecto con generación renovable, y/o - Estudios relacionados con las subastas RER para suministro de energía al sistema eléctrico interconectado y/o, - Estudios relacionados con interconexiones eléctricas, modelos y/o impacto tarifario, regulación tarifaria, evaluaciones técnicas y/o económicas de proyectos energéticos, planificación energética. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. | |||
Importante | |||
• Los documentos que acreditan la experiencia deben incluir los nombres y apellidos del personal clave, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación indicando el día, mes y año de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización que emite el documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento • En caso los documentos para acreditar la experiencia establezcan el plazo de la experiencia adquirida por el personal clave en meses sin especificar los días se debe considerar el mes completo. • Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. • Al calificar la experiencia del personal, se debe valorar de manera integral los documentos presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con aquella prevista en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el personal corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido en las bases. |
11. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del presente servicio es de 45 días calendario; el mismo que se computa desde el día siguiente de notificado la Orden de Servicio.
ENTREGABLES | PORCENTAJE DE AVANCE | CONTENIDO DEL ENTREGABLE | PLAZO MÁXIMO DEL SERVICIO |
Único Entregable | 100% | 1. De acuerdo a punto N° 8 de los TDR | Hasta 60 días calendarios, computados desde el día siguiente de colocada la Orden de Servicio |
12. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El lugar de prestación de la contratación se realizará en las instalaciones del contratista.
13. PENALIDAD POR XXXX
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto de la contratación, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x monto vigente |
F x plazo vigente en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
− Tanto el monto vigente como el plazo vigente se refieren, según corresponda, al total de la Orden de Servicio, o en caso de ejecución periódica o continua, a la prestación parcial que fuera materia del retraso.
− Esta penalidad puede alcanzar un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto de la contratación vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
− Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx, LA ENTIDAD puede resolver la orden de servicio por incumplimiento.
− Se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad, a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado, o cuando el contratista acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. En ese último caso, la calificación del retraso como justificado por parte de la Entidad no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún tipo.
− De detectarse alguna penalidad, el RESPONSABLE DE LA CONTRATACIÓN deberá comunicarle al CONTRATISTA que se le aplicará la penalidad correspondiente.
Esta calificación del retraso como justificado no da lugar a pago de gastos generales de ningún tipo.
14. OTRAS PENALIDADES
No aplica.
15. CONFIDENCIALIDAD
La confidencialidad y reserva absoluta en el manejo de información y documentación a la que se tenga acceso relacionada con la prestación, pudiendo quedar expresamente prohibido revelar dicha información a terceros. El CONTRATISTA, debe dar cumplimiento a todas las políticas y estándares definidos por SAN GABÁN S.A., en materia de seguridad de la información.
Esta obligación comprende la información que se entrega, como también la que se genera durante la realización de las actividades y la información producida una vez que se haya concluido el servicio. Dicha información puede consistir en mapas, dibujos, fotografías, mosaicos, planos, informes, recomendaciones, cálculos, diagnósticos, documentos, cuadros comparativos y demás datos compilados o recibidos por el CONTRATISTA.
16. CONSIDERACIONES GENERALES A LOS PRODUCTOS
Los derechos intelectuales de los productos y documentos elaborados por el CONTRATISTA que resulte seleccionado son propiedad de XXX XXXXX S.A., así como toda aquella información interna de la institución a la que tenga acceso para la ejecución del servicio.
La difusión, publicación o utilización de dicha propiedad intelectual deberá ser previamente autorizada por XXX XXXXX S.A.
17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos del servicio ofertado por un plazo no menor de 12 MES (es), contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad.
18. RESOLUCION DE ORDEN DE SERVICIO
SAN GABÁN S.A. podrá resolver la orden de servicio en los siguientes casos:
a. Cuando el CONTRATISTA incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, pese a haber sido requerido para ello.
b. Cuando el CONTRATISTA acumule el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras penalidades, en la ejecución de la prestación a su cargo.
c. Cuando el CONTRATISTA paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
d. Cuando el servicio o consultoría contratada manifiestamente no cumplan con las características y condiciones solicitadas, y no se haya efectuado la conformidad respectiva, sin que exista la necesidad de solicitar el requerimiento para el cumplimiento de la prestación.
En los casos señalados en los literales a), b) y c), SAN GABÁN S.A., a través del área usuaria mediante comunicación requiere al CONTRATISTA que cumpla con ejecutar sus obligaciones en un plazo no mayor de quince (15) días calendarios, si vencido dicho plazo el incumplimiento persiste, se comunica mediante carta simple la decisión de resolver la orden de servicio.
Cualquiera de las partes puede resolver la orden de servicio por caso fortuito, fuerza mayor, por hecho sobreviniente al perfeccionamiento de la orden que no sea imputable a las partes y que imposibilite de manera definitiva la continuación de la ejecución de la orden.
En el caso de que el CONTRATISTA solicitara la suspensión total o parcial de la orden de servicio, esta podrá ser aceptada, siempre que no cause perjuicio a SAN GABÁN S.A., siendo además necesario para el procedimiento de pago en caso corresponda (solo la parte atendida por el contratista) el informe del área usuaria.
En el caso que SAN GABÁN S.A., a través del área usuaria y el proveedor queden en resolver la orden de servicio, siempre que no haya de por medio el incumplimiento de entregables y/o información relevante para la empresa, el mismo que no ponga en riesgo las operaciones de SAN GABÁN S.A., se dará por finalizado la orden de servicio.
De ser factible y previa coordinación con el área usuaria, se podrá invitar al proveedor que ocupó el segundo lugar, de acuerdo con el cuadro comparativo y contando con el presupuesto correspondiente, para atender todo o el restante de la orden de servicio que se haya suspendido; de lo contrario, inicia una nueva indagación xx xxxxxxx.
19. SANCIONES
EL PROVEEDOR se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, siendo aplicable lo previsto en el artículo 50 del TUO de la LEY.
20. OBLIGACIÓN ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO
El contratista declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación con la contratación.
Asimismo, el contratista se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución de la contratación, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacioncitas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores.
Además, el contratista debe comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
El incumplimiento de los párrafos anteriores, durante la ejecución contractual, da el derecho a SAN GABÁN S.A. a resolver automáticamente y de pleno derecho la Orden de Compra, bastando para tal efecto que se remita una comunicación informando que se ha producido dicha resolución, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y administrativas que SAN GABÁN S.A. pueda accionar.
21. PRESTACIONES ACCESORIAS
No aplica.
22. REAJUSTES
No aplica
23. CONFORMIDAD
La conformidad de la prestación del servicio para el presente caso se regula por lo dispuesto
en el artículo 168 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por el “Comité de Trabajo para Incorporar Energía Solar Fotovoltaica en la Matriz de Generación de San Gabán S.A.”.
24. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en un pago único.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable del “Comité de Trabajo para Incorporar Energía Solar Fotovoltaica en la Matriz de Generación de San Gabán S.A.” emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago (FACTURA ELECTRONICA y su archivo de extensión .xml).
- Carta o documento donde el contratista señala el número de cuenta corriente, CCI y nombre de la entidad bancaria, para el trámite pago.
- Informe final presentado por el contratista incluyendo los archivo fuente y Excel editables.
Dicha documentación se debe presentar en mesa de parte de San Gabán S.A., sito en Av. Floral N°245, barrio Bellavista, Puno y al correo xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx de lunes a viernes de 08:00a 13:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas (también se puede copiar al correo xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx).
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la conformidad, siempre que se haya verificado el cumplimiento de las condiciones establecidas en la orden de servicio y términos de referencia.
25. DOMICILIO PARA NOTIFICACIÓN EN EJECUCIÓN CONTRACTUAL
El contratista ganador de la buena pro, consignará un correo electrónico, a donde se le notificará todos los actos y actuaciones recaídos durante la ejecución contractual, como es el caso, entre otros, de ampliación de plazo. Asimismo, señalará un domicilio legal a donde se le notificará los actos que tienen un procedimiento preestablecido de notificación, como es el caso de resolución o nulidad de la orden de servicio.
26. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación de la presente contratación son resueltos mediante trato directo, conciliación y/o acción judicial.
XXXXXXX XXXXXX
Xxxxxx XXX 20262221335
hard
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXX
Xxxxxx XXX 20262221335 hard
Ubicación: Gerente Comercial
Fecha: 2024.09.18
15:44:25 -05'00'
Firma del área usuaria