CONTRATO PARA EL SERVICIO DE “ALQUILER DE VEHICULOS PARA CURSO DE MUJERES AL VOLANTE”.
CONTRATO PARA EL SERVICIO DE “ALQUILER DE VEHICULOS PARA XXXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXX”.
Xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx a los……. días del mes de del
año 2.013, entre la Municipalidad xx Xxxxxxxx, representada en este acto por el Intendente Municipal, Señor Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, con Cédula de Identidad Nº 0.000.000, con domicilio en la calle Avda. Mcal. Xxxxx Nº 5.556 en adelante denominada “EL COMPRADOR” por una parte y por la otra la Firma con R.U.C.Nº
…………………con domicilio en la Calle …………………. de la Ciudad de ,
representada en este acto por ……………………. con Cedula de Identidad Nº
………………….., denominada en adelante el VENDEDOR, denominadas en conjunto “LAS PARTES” e, individualmente, “PARTE”, acuerdan celebrar el presente “CONTRATO PARA EL SERVICIO DE ALQUILER DE VEHICULOS PARA
CURSO DE MUJERES AL VOLANTE” que se regirá por la siguientes cláusulas y condiciones;
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO
El objeto del presente contrato es establecer los derechos y obligaciones entre las partes, para la prestación a cargo del VENDEDOR del “CONTRATO PARA EL SERVICIO DE ALQUILER DE VEHICULOS”, de acuerdo a las Especificaciones contenida en la Carta Invitación y Solicitud de Cotización formulada por la Municipalidad xx Xxxxxxxx y la Oferta del Vendedor, documentos estos que forman parte del presente contrato.
El procedimiento se llevó a cabo bajo la modalidad de Contratación Directa, establecido dentro de los parámetros del Art. 16 de la Ley 2.051/03 “De Contrataciones Públicas” y el “Decreto Reglamentario” Nº 21.909/03, siendo el Rubro Presupuestario afectado el 252, Disponibilidad Presupuestaria Nº ……………, conforme al Programa Anual de Contrataciones Nº 258.811.
CLAUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO.
Los documentos que forman parte del contrato y prevalecen el uno sobre el otro son:
a) El presente contrato y sus anexos.
b) Previsión y Disponibilidad Presupuestaria.
c) Previsión en el Plan Anual de Contrataciones - PAC.
d) La solicitud de cotización
e) Especificaciones Técnicas contenidas en la Carta de Invitación.
f) La oferta adjudicada, y,
g) Toda documentación emitida durante y con respecto al proceso.
CLAUSULA TERCERA: VIGENCIA DEL CONTRATO.
El contrato tendrá vigencia a partir de la firma y por el termino de 1 (un) año.
CLAUSULA CUARTA: PRECIO DEL CONTRATO.
El monto total del presente Contrato asciende a la suma de Gs (Guaraníes
………………………) IVA incluido,
El precio especificado contempla la provisión total a cargo del VENDEDOR, conforme a las Especificaciones Técnicas contenidas en el presente contrato, Carta de Invitación, Solicitud de Cotización y la Oferta presentada por el Vendedor.
CLAUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO
La forma de pago será a crédito, de acuerdo a las cantidades proveídas y/o recepcionadas y a la prestación del servicio realizado, la factura deberá ser conformada por la Dirección de Políticas y Genero. LA MUNICIPALIDAD abonará el precio unitario fijado de acuerdo a la Oferta presentada por EL VENDEDOR.
Recepcionado la provisión por la dependencia solicitante y con el Visto Bueno de la Dirección responsable, EL VENDEDOR deberá emitir su respectiva factura legal, expresando el servicio prestado, precios unitarios y totales – IVA incluido, la cual será remitida a la Dirección de Adquisiciones para el proceso de pago.
El pago será realizado conforme a la disponibilidad financiera de la Institución, previa verificación de los precios y cantidades expresadas en función a las especificaciones de este contrato.
CLAUSULA SEXTA: REAJUSTE DE PRECIO.
Los precios ofertados y adjudicados, estarán sujetos a reajuste de precios, siempre y cuando exista una variación sustancial de precios en la economía nacional y ésta se vea reflejada en el Índice de Precios de Consumo (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay, en un valor igual o mayor al quince por ciento (15%) sobre la inflación oficial.
Fórmula a Aplicar: P = Po x C ;
Co
Donde:
P = Precio reajustado de la Oferta. Po = Precio Original de la Oferta.
C = Tipo de Cambio xxx Xxxxxxx Libre Fluctuante xxx xxxxx emitido
por el Banco Central del Paraguay correspondiente al día anterior de la emisión de la factura.
Co= Tipo de Cambio xxx Xxxxxxx Libre Fluctuante xxx xxxxx emitido por el Banco Central del Paraguay correspondiente a la fecha de Apertura de sobre-ofertas.
P2 = P1 x (1 x (U$S2/U$S1))
Donde:
P2 = Precio Reajustado
P1 = Precio Ofertado
U$S2/U$S1 = Cociente de la variación de la tasa de cambio xxx Xxxxx de los Estados Unidos de América, tipo vendedor entre la fecha de reajuste (U$S2) y la fecha de celebración del contrato (U$S1)
CLAUSULA SEPTIMA: TRANSFERENCIA DEL CONTRATO.
El presente contrato no podrá ser cedido total o parcialmente a terceros por EL VENDEDOR, ni podrá asociarse para su cumplimiento, salvo autorización por escrito por LA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA OCTAVA: RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES A LA MUNICIPALIDAD.
EL VENDEDOR podrá solicitar la resolución del contrato en caso de incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD del pago estipulado por el servicio, objeto de la presente contratación.
En tal caso, EL VENDEDOR, antes de solicitar la resolución del contrato, deberá formular una intimación de pago a LA MUNICIPALIDAD por Telegrama Colacionado o Carta Certificada con treinta días de antelación bajo apercibimiento expreso de resolver el contrato. Si dentro de dicho lapso LA MUNICIPALIDAD no realizare el pago de las obligaciones vencidas exigibles, EL VENDEDOR podrá solicitar la resolución, determinación que deberá comunicar en forma fehaciente.
CLAUSULA NOVENA: RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA.
a) Incumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias o contractuales en forma constante y reiterada.
b) Atraso, disminución de ritmo o interrupción del Servicio sin causa justificada.
c) Por Quiebra del VENDEDOR.
d) Por fraude o grave negligencia debidamente comprobado del VENDEDOR.
e) Cesión total o parcial del contrato, asociación con terceros para el cumplimiento del objeto del contrato o la sub- contratación total o parcial sin autorización previa de LA MUNICIPALIDAD.
f) Si el Servicio no reúne las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente contrato y en la Oferta presentada por el VENDEDOR.
g) Cuando el valor de las multas supera el monto de la garantía de cumplimiento del contrato.
h) Grave negligencia.
i) Negativa del VENDEDOR en acatar las observaciones de la FISCALIZACIÓN, siempre que las mismas fueran realizadas en el marco del contrato
j) Falta de presentación, falta de entrega oportuna y/o ajuste de Garantía de fiel cumplimiento de contrato y de los seguros obligatorios. A tal efecto, EL VENDEDOR queda obligado a presentar con un mes de antelación al vencimiento de las pólizas y/o garantías requeridas por el presente, sus respectivas renovaciones.
k) Mutuo acuerdo entre las partes.
El incumplimiento por parte del VENDEDOR de cualquier cláusula contenida en el presente contrato, autoriza a LA MUNICIPALIDAD exigir su estricto cumplimiento, o bien acordar la rescisión del mismo.
En caso de dolo, fraude o engaño por parte del VENDEDOR, se dispondrá la rescisión del contrato. Cuando el contrato se rescinde por culpa del VENDEDOR, LA MUNICIPALIDAD procederá a la ejecución de la Garantía del Fiel Cumplimiento de Contrato.
CLAUSULA DECIMA: EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
La relación contractual quedará extinguida por:
a) Vencimiento del plazo.
b) Cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato.
c) Mutuo acuerdo de las partes
d) Rescisión por causa imputable al VENDEDOR.
e) Rescisión por causa imputable a LA MUNICIPALIDAD.
f) Quiebra o liquidación del VENDEDOR.
g) Por fraude debidamente comprobado del proveedor.
h) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
a) EL VENDEDOR será responsable de la ejecución total del Servicio, objeto del presente contrato, de manera que resulten entero, completo y adecuado a su fin, en un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas establecidas en el presente instrumento, Solicitud de Cotización y en la Oferta Adjudicada.
b) EL VENDEDOR deberá utilizar personal técnico debidamente calificado para la realización del servicio y será responsable de los actos u omisiones de los mismos, corriendo a su cargo el cumplimiento de las Leyes de previsiones sociales y laborales, respecto a los mismos. En caso de conflicto laboral LA MUNICIPALIDAD queda relevada de cualquier reclamo y/o muerte que pudiera sufrir el personal durante el curso de la prestación del servicio. En tales casos LA MUNICIPALIDAD se obliga a guardar neutralidad quedando relevada de cualquier reclamo y/o pago de indemnización alguna.
c) Deberá implementar las medidas de seguridad necesaria y pertinente para eliminar los riesgos de accidentes en el sitio de la prestación del servicio, y en consecuencia, será el único y exclusivo responsable en relación a tales eventos, según sea el caso.
d) Será responsable Civil y Penalmente por las deficiencias del Servicio prestado y por los daños a LA MUNICIPALIDAD o a terceros.
e) Presentar en tiempo y forma las Garantías correspondientes.
f) Cumplir las Leyes, Decretos – Leyes, Ordenanzas Municipales y todas las demás disposiciones vigentes en la República del Paraguay.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: ORDEN DE SERVICIO.
El requerimiento del Servicio del VENDEDOR se realizará únicamente por Órdenes de Servicios impartidas por la Dirección de Políticas y Genero.
EL VENDEDOR deberá prestar el Servicio dentro del plazo de 48 horas a partir de la recepción de la Orden de Servicio por parte de la empresa.
Cualquier Servicio realizado por EL VENDEDOR, fuera de las Ordenes de Servicio o excediendo los precios y términos especificados en este contrato, será de su única y exclusiva responsabilidad, no pudiendo reclamar nada a LA MUNICIPALIDAD por tales servicios.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: DE LAS MULTAS
En caso de incumplimiento de los Servicios Ordenados y/o del incumplimiento del plazo que se indicare en la Orden de Provisión respectiva, LA MUNICIPALIDAD podrá aplicar al VENDEDOR una multa consistente en el 2% (dos por ciento) del total monto de la
factura emitida. LA MUNICIPALIDAD aplicará las Multas automáticamente y de pleno derecho y los montos serán deducidos del pago que corresponda hacer al VENDEDOR.
CLAUSULA DECIMA CUARTA: DEL CONTROL Y DE LA FISCALIZACIÓN POR PARTE DE LA MUNICIPALIDAD.
En lo que respecta a la Provisión, la supervisión, vigilancia y examen de la Provisión encomendado AL VENDEDOR, estará cargo de la Dirección de Políticas y Genero en el carácter de UNIDAD FISCALIZADORA.
EL VENDEDOR se encuentra obligado a facilitar por todos los medios a su alcance la función del FISCALIZADOR destacado a tal efecto.
LA MUNICIPALIDAD puede citar en cualquier momento AL VENDEDOR para requerir los informes que considere pertinentes, a efectos de controlar la ejecución de la provisión.
A pesar del ejercicio de la vigilancia municipal, EL VENDEDOR conserva su responsabilidad en todo lo concerniente a la calidad y especificaciones detalladas en la oferta, sin que EL VENDEDOR tenga derecho a invocar a su favor la vigilancia ejercida, o no, por LA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA DECIMA QUINTA: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
EL VENDEDOR se obliga a constituir una Declaración Jurada de Garantía de Fiel cumplimiento de contrato equivalente al 05% (cinco por ciento) del monto total del mismo.
La Garantía deberá ser presentada dentro de los diez días calendarios siguientes a la firma del contrato, de conformidad a lo establecido en el Art. 39 de la Ley Nº 2051/03 “De Contrataciones Públicas”.
CLAUSULA DECIMA SEXTA: JURISDICCIÓN, LEY APLICABLE Y RÉGIMEN DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
En todas las operaciones relacionadas con los servicios contratados EL VENDEDOR deberá cumplir las Leyes, Decretos – Leyes, Ordenanzas Municipales y todas las demás disposiciones vigentes en la República del Paraguay.
Las partes se someten en forma irrevocable para todos los litigios, controversias o reclamación que surjan o tengan relación con el presente contrato, a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad xx Xxxxxxxx y a las xx Xxxxx de fondo y forma de la República del Paraguay. En caso de modificarse el domicilio del VENDEDOR durante la vigencia del
contrato, está obligado a comunicar a LA MUNICIPALIDAD a sus efectos, sin demora y en forma fehaciente.
Las partes contratantes se obligan formalmente al fiel cumplimiento de los términos y condiciones establecidas en este contrato, y en prueba de conformidad, previa lectura y ratificación de su contenido, firman este instrumento en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, haciéndolo asimismo el Secretario General de la Municipalidad xx Xxxxxxxx.
………………………………….. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
EL VENDEDOR INTENDENTE MUNICIPAL
ABOG. XXXXX XXXXXXXXXX
SECRETARIO GENERAL
CONTRATO PARA EL SERVICIO DE “ALQUILER DE VEHICULOS PARA
CURSO DE MUJERES AL VOLANTE ANEXO I
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
A) Dos (2) autos con doble mando preparado para practica de conducir ocho (8) horas diarias
Obs.: Combustible incluido según Orden de Servicio Proveído.
B) Dos (2) instructores para el desarrollo de las clases para ambos autos.
El curso tiene duración xx xxxx (10) días hábiles de 08:00 a 16:00 hs. Se tienen previstos realizar dos (2) cursos al año.
Los cursos se realizaran en dos etapas, un curso teórico que tiene duración una duración de un (1) mes y uno practico xx xxxx (10) días.
………………………………….. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
EL VENDEDOR INTENDENTE MUNICIPAL
ABOG. XXXXX XXXXXXXXXX
SECRETARIO GENERAL