Contract
Al formalizar un Pedido que incorpore los presentes Términos Generales (en adelante, el “Pedido”), Vd. se compromete a respetar y aceptar el carácter vinculante de los términos y condiciones del Pedido, así como de los presentes Términos Generales. Si Vd. está formalizando un Pedido en nombre de una compañía u otra persona jurídica, Vd. garantiza que tiene la autoridad suficiente para vincular dicha entidad a los términos y condiciones del Pedido y a los presentes Términos Generales y, en dicho caso, los términos “Vd.” y “su(s)” utilizados en los presentes Términos Generales harán referencia a dicha entidad. Si Vd. no cuenta con dicha autoridad, o si Vd. o dicha entidad no se comprometen a respetar y aceptar el carácter vinculante de los términos y condiciones del Pedido y de los presentes Términos Generales, Vd. no formalizará ningún Pedido ni utilizará los productos o Servicios ofertados.
TÉRMINOS GENERALES |
Los presentes Términos Generales (los “Términos Generales”) se formalizan entre Oracle Ibérica, S.R.L. (“Oracle,” “nosotros”, “nos” y “nuestro”) y el individuo o la entidad que haya formalizado el Pedido que incorpora estos Términos Generales por referencia. Al formalizar un Pedido que está sujeto a estos Términos Generales, Vd. acepta que los Anexos (tal y como se definen más adelante) que se adjuntan a estos Términos Generales forman parte de estos Términos Generales. Si algún término fuera relevante exclusivamente a los efectos de un Anexo en concreto, dicho término será aplicable solo a dicho Anexo cuando dicho Anexo se incorpore a estos Términos Generales.
1. DEFINICIONES
1.1 El término “Hardware” hace referencia a los equipos informáticos, incluidos componentes, opciones y piezas de recambio.
1.2 El término “Software Integrado” se define como cualquier software o código programable que esté (a) embebido o integrado en el Hardware y que permita el funcionamiento del mismo, o (b) que le sea proporcionado específicamente a Vd. por Oracle bajo el Anexo H y específicamente listado (i) en documentación adjunta, (ii) en una página web de Oracle o (iii) a través de un mecanismo que facilite la instalación para ser utilizado con el Hardware de Vd. El Software Integrado no incluye, y Vd. no tiene derecho sobre, (a) el código o la funcionalidad de los Servicios de diagnóstico, mantenimiento, reparación o Soporte Técnico; o (b) las aplicaciones, los Sistemas Operativos, las herramientas de desarrollo o el software de gestión de sistemas licenciados de forma separada u otro código que esté licenciado de forma separada por Oracle. Para determinado Hardware específico, el Software Integrado incluye Opciones de Software Integrado (tal y como se definen en el Anexo H) que pueden ser solicitadas de forma independiente.
1.3 El término “Acuerdo Marco” hace referencia a estos Términos Generales (incluyendo cualesquiera modificaciones a los mismos), así como todos los Anexos incorporados al Acuerdo Marco (incluyendo cualesquiera modificaciones a dichos Anexos). El Acuerdo Marco regulará su uso de los Productos y Servicios Ofertados solicitados a Oracle o a un distribuidor autorizado.
1.4 Por “Sistema Operativo” se entiende el software que gestiona Hardware para Programas y otro software.
1.5 El término “Productos” hace referencia a los Programas, el Hardware, el Software Integrado y el Sistema Operativo.
1.6 El término “Programas” hace referencia a (a) el software propiedad de, o distribuido por, Oracle que Vd. ha solicitado bajo las condiciones del Anexo P, (b) la Documentación de Programa y (c) cualesquiera actualizaciones de Programa adquiridas a través de los Servicios de Soporte Técnico. En los Programas no se incluye el Software Integrado ni ningún Sistema Operativo o versión de software anteriores a su disponibilidad general (por ejemplo, las versiones beta).
1.7 “Documentación de Programa” hace referencia al manual de usuario del Programa y a los manuales de instalación del Programa. La Documentación de Programa puede entregarse junto con los Programas. Puede acceder a la documentación en línea a través de xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxx.
1.8 “Anexo” hace referencia a todos los Anexos de Oracle adjuntos a estos Términos Generales, tal y como se indica en la Sección 2.
1.9 “Términos Independientes” hace referencia a los términos de licencia independientes especificados en la Documentación de Programa o en archivos léame o de notificación sobre términos legales y que afectan a la Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada.
1.10 El término “Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada” hace referencia a tecnología de terceros que se licencia bajo Términos Independientes y no bajo los términos del Acuerdo Marco.
1.11 El término “Servicios Ofertados” hace referencia a los Servicios de Soporte Técnico, Servicios de formación, Servicios de hosting/subcontratación, Servicios Cloud, Servicios de consultoría, Servicios avanzados de soporte al cliente (o “ACS”), o cualesquiera otros Servicios que Vd. haya solicitado. Dichos Servicios Ofertados se encuentran descritos en detalle en el correspondiente Anexo aplicable.
1.12 Los términos “Vd.” y “su” hacen referencia al individuo o la entidad que ha formalizado los presentes Términos Generales.
2. PLAZO DEL ACUERDO MARCO Y DE LOS ANEXOS APLICABLES
Este Acuerdo Marco será de aplicación al Pedido al cual el presente Acuerdo Marco acompañe. A partir de la Fecha de Efectividad, se incorporarán los siguientes Anexos al Acuerdo Marco: Anexo H – Hardware, Anexo P – Programas, Anexo C – Servicios Cloud, Anexo S - Servicios y Anexo OSSS – Servicios de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle.
Los correspondientes Anexos establecerán los términos y condiciones que serán expresamente aplicables a ciertos tipos de ofertas Oracle y que podrán ser diferentes de, o adicionales a, los presentes Términos Generales.
3. SEGMENTACIÓN
La adquisición de cualesquier Productos y Servicios Ofertados relacionados, o de cualesquiera otros Servicios Ofertados, se realiza mediante ofertas independientes y separadas de cualquier otro Pedido de Productos y Servicios Ofertados relacionados, o de cualesquiera otros Servicios Ofertados, que pueda recibir o haya recibido de Oracle. Vd. acepta que puede adquirir cualesquiera Productos y Servicios Ofertados relacionados, o cualesquiera otros Servicios Ofertados, de forma independiente a cualesquiera otros Productos o Servicios Ofertados. Su obligación de pago por (a) cualesquiera Productos y Servicios Ofertados relacionados no estará supeditada al funcionamiento de cualesquiera otros Servicios Ofertados, o con la provisión de cualesquiera otros Productos, u (b) otros Servicios Ofertados no estará supeditada a la provisión de cualesquiera Productos o con el funcionamiento de cualesquiera Servicios Ofertados adicionales/distintos. Vd. reconoce haber formalizado la adquisición con independencia de haber formalizado cualquier acuerdo de financiación o arrendamiento con Oracle o una afiliada de Oracle.
4. PROPIEDAD
Oracle o sus licenciantes retendrán toda propiedad, así como los derechos de propiedad intelectual, sobre los Programas, el Sistema Operativo, el Software Integrado y sobre cualesquiera desarrollos realizados por Oracle o entregados a Vd. en virtud del Acuerdo Marco.
5. INDEMNIZACIÓN
5.1 De conformidad con lo establecido en las Secciones 5.5, 5.6 y 5.7 a continuación, si un tercero plantea una reclamación frente a Vd. u Oracle (en adelante el “Destinatario”, término que puede referirse a Vd. o a Oracle, según quien sea el receptor del Material) indicando que cualquier información, diseño, especificación, instrucción, software, datos, Hardware o material (de forma colectiva, el “Material”) proporcionado por Vd. o por Oracle (en lo sucesivo el “Proveedor”, término que puede referirse a Vd. o a Oracle según quién sea el suministrador del Material) infringe los derechos de propiedad intelectual de ese tercero, el Proveedor, por su cuenta y cargo, defenderá al Destinatario frente a la reclamación e indemnizará al Destinatario por los daños, responsabilidades, costes y gastos que un tribunal reconozca al tercero que reclame la infracción o que resulten de la transacción acordada por el Proveedor, siempre y cuando el Destinatario lleve a cabo lo siguiente:
a. lo notifique por escrito al Proveedor a la mayor brevedad posible, no más tarde de treinta (30) días a contar desde la recepción por parte del Destinatario de la notificación de la reclamación (o en un plazo inferior, si así lo exige la ley aplicable);
b. otorgue al Proveedor el control exclusivo de la defensa, así como de las negociaciones para un acuerdo transaccional; y
c. facilite al Proveedor la información, autoridad y asistencia que el Proveedor necesite para llevar adelante la defensa o para transar la reclamación.
5.2 Si el Proveedor considerase o se determinara que cualquiera de los Materiales puede haber violado los derechos de propiedad intelectual de un tercero, el Proveedor podrá optar entre modificar el Material correspondiente a fin de que cese la infracción (preservando sustancialmente, sin embargo, su utilidad o funcionalidad) u obtener una licencia que permita el uso continuado del mismo o, en el caso de que estas alternativas no fueran comercialmente razonables, el Proveedor podrá resolver la licencia para el Material aplicable y solicitar su devolución, reembolsando cualesquiera tarifas que el Destinatario hubiera satisfecho a la otra parte por el mismo y, si Oracle es el Proveedor de un Programa infractor, la porción sin utilizar de las tarifas por los Servicios de Soporte Técnico satisfechas anticipadamente por Vd. a Oracle por las licencias de dicho Programa infractor. En caso de que dicha devolución afectara sustancialmente a la capacidad de Oracle para cumplir sus obligaciones con arreglo al Pedido correspondiente, Oracle podrá, a su entera discreción y previa notificación por escrito con treinta (30) días de antelación, resolver el Pedido.
5.3 Independientemente de lo dispuesto en la Sección 5.2 anterior, y únicamente respecto al Hardware, si el Proveedor considerase o se determinara que el Hardware (o una parte del mismo) puede haber violado los derechos de propiedad intelectual de un tercero, el Proveedor podrá optar entre modificar o reemplazar el Hardware (o una parte del mismo) a fin de que cese la infracción (preservando sustancialmente, sin embargo, su utilidad o funcionalidad) u obtener un derecho que permita el uso continuado del mismo o, en el caso de que estas alternativas no fueran comercialmente razonables, el Proveedor podrá retirar dicho Hardware (o una parte del mismo) y reembolsar su valor neto contable y, si Oracle es el Proveedor de dicho Hardware infractor, la porción sin utilizar de las tarifas por los Servicios de Soporte Técnico satisfechas anticipadamente por Vd. a Oracle por dicho Hardware.
5.4 En el caso de que el Material sea Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada y los Términos Independientes asociados no permitan la resolución de la licencia, en lugar de resolver dicha licencia para el Material, Oracle podrá resolver la licencia y solicitar la devolución del Programa asociado a dicha Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada y reembolsará cualesquiera tarifas de licencia de Programa que Vd. hubiera satisfecho a Oracle por dichas licencias de Programa, así como cualquier porción sin utilizar de las tarifas por los Servicios de Soporte Técnico satisfechas anticipadamente por Vd. a Oracle por las licencias de dicho Programa.
5.5 En caso de que Vd. sea suscriptor de Servicios de Soporte Técnico Oracle para el Sistema Operativo (por ejemplo, Oracle Premier Support for Systems, Oracle Premier Support for Operating Systems u Oracle Linux Premier Support), para el periodo de tiempo durante el cual Vd. sea suscriptor de los Servicios de Soporte Técnico de Oracle aplicables, (a) el término “Material” indicado en la Sección 5.1 anterior incluirá el Sistema Operativo y el Software Integrado, así como cualesquiera Opciones de Software Integrado que Vd. haya licenciado, y (b) el término “Programas” en la presente Sección 5 será reemplazado por la frase “Programas, Sistema Operativo, Software Integrado u Opciones de Software Integrado (conforme sea aplicable)” (es decir, Oracle no le indemnizará a Vd. por el uso que Vd. realice del Sistema Operativo y/o el Software Integrado y/o las Opciones de Software Integrado en caso de que Vd. no sea suscriptor de los Servicios de Soporte Técnico Oracle correspondientes). Independientemente de lo anterior, y exclusivamente en relación con el Sistema Operativo Linux, Oracle no le indemnizará por aquellos Materiales que no formen parte de los archivos de Oracle Linux bajo cobertura según lo establecido en xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxx-xxxxxxxxxxxxxxx-000000.xxx.
5.6 El Proveedor no indemnizará al Destinatario si este altera el Material o lo utiliza más allá del alcance de uso establecido por el Proveedor en la documentación de usuario, o si el Destinatario utiliza una versión del Material que haya quedado obsoleta (y al Destinatario se le ha notificado por escrito de la existencia de la nueva versión) y la reclamación por infracción pudiera haber sido evitada utilizando una versión actual e inalterada del Material que fue entregado al Destinatario, o si el Destinatario continúa utilizando el Material una vez finalizada la licencia de uso de dicho Material. El Proveedor no indemnizará al Destinatario en la medida en que la reclamación por infracción esté basada en cualquier información, diseño, especificación, instrucción, software, dato o Material no proporcionado por el Proveedor. Oracle no le indemnizará a Vd. respecto de cualquier reclamación por infracción en la medida en que dicha reclamación esté basada en la
combinación de cualquier Material con cualesquiera productos o Servicios no proporcionados por Oracle. Exclusivamente en relación con Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada que forme parte o sea necesaria para use un Programa y que se usen (a) sin modificar, (b) que forme parte o sea necesaria para usar los mismos, y (c) de conformidad con la licencia otorgada par el Programa correspondiente y con los demás términos y condiciones del presente Acuerdo Marco, Oracle le indemnizará a Vd. por reclamaciones por infracción relacionadas con Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada en la misma medida en que Oracle deba otorgar indemnización por infracción en relación con el Programa en virtud de lo dispuesto en el presente Acuerdo Marco. Oracle no le indemnizará a Vd. por infracciones ocasionadas por sus acciones frente a cualquier tercero si el(los) Programa(s), tal y como le es(son) prestado(s) a Vd., y utilizado(s) de conformidad con los términos y condiciones del Acuerdo Marco, no infringiera(n) cualesquiera derechos de propiedad intelectual de terceros. Oracle no le indemnizará a Vd. por cualquier reclamación por infracción de propiedad intelectual conocida por Vd. en el momento de obtención de los derechos de licencia.
5.7 Esta Sección 5 establece el recurso exclusivo de los que gozarán las partes en caso de cualquier reclamación por infracción o daños en virtud de lo establecido en la Sección 5.1.
6. RESOLUCIÓN
6.1 Si cualquiera de las partes incumpliera un término sustancial del Acuerdo Marco y no fuera capaz de subsanar ese incumplimiento dentro de los treinta (30) días posteriores a la notificación por escrito del mencionado incumplimiento (proporcionado de acuerdo con la Sección 14 a continuación), la parte incumplidora se considerará en situación de incumplimiento y la parte no incumplidora podrá resolver el Acuerdo Marco. Si Oracle resolviera el Acuerdo Xxxxx en la forma establecida en la frase precedente, Vd. deberá satisfacer todos los importes que se hubieran acumulado con anterioridad a dicha resolución en el plazo de treinta (30) días, así como también toda suma pendiente de pago por los Productos solicitados y/o Servicios Ofertados recibidos en virtud del Acuerdo Marco, más los gastos e impuestos relacionados. Salvo en el caso de impago de tarifas, la parte no incumplidora, a su entera discreción, podrá acordar extender el periodo de treinta (30) días en la medida en que la parte incumplidora realice en forma continuada esfuerzos razonables para subsanar el incumplimiento. Vd. acepta que si incumple las disposiciones del Acuerdo Xxxxx, Vd. no podrá usar los Productos ni los Servicios Ofertados solicitados.
6.2 En caso de que Vd. haya utilizado un acuerdo con Oracle o con una afiliada de Oracle para satisfacer las tarifas exigibles bajo un Pedido y queda Vd. en situación de incumplimiento bajo tal acuerdo, Vd. no podrá utilizar los Productos y/o Servicios Ofertados que estén sujetos a dicho acuerdo.
6.3 Las cláusulas que sobrevivirán a la mencionada resolución o caducidad son aquellas relativas a la limitación de responsabilidad, indemnización por infracción, pago y aquellas otras que, por su naturaleza, estén destinadas a sobrevivir.
7. TARIFAS E IMPUESTOS; PRECIOS, FACTURACIÓN Y OBLIGACIONES DE PAGO
7.1 Todas las tarifas debidas a Oracle serán exigibles en un plazo de treinta (30) días desde la fecha de la factura. Vd. acepta satisfacer cualesquiera impuestos de venta, valor añadido o similares que, en virtud de la ley aplicable, Oracle deba satisfacer con respecto a los Productos y/o Servicios Ofertados que Vd. haya solicitado, con la salvedad de los impuestos sobre los ingresos de Oracle. Asimismo, Vd. reembolsará a Oracle los gastos razonables en que esta incurriera relacionados con la prestación de los Servicios Ofertados.
7.2 Vd. acepta que podrá recibir múltiples facturas por los Productos y Servicios Ofertados que Vd. haya solicitado. Las facturas le serán remitidas a Vd. de conformidad con la Política de Estándares de Facturación Oracle, disponible en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx.
8. CONFIDENCIALIDAD
8.1 En virtud del Acuerdo Marco, las partes pueden tener acceso a información confidencial de las mismas (en adelante “Información Confidencial”). Ambas partes acuerdan revelar a la otra solo aquella Información Confidencial que sea necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Acuerdo Marco. La Información Confidencial quedará limitada a las condiciones y tarifas del Acuerdo Xxxxx y de los Pedidos enviados con sujeción al Acuerdo Xxxxx y a toda información claramente identificada como confidencial en el momento de ser revelada.
8.2 La Información Confidencial de cualquiera de las partes no incluirá ninguna información que: (a) sea o pase a ser del dominio público por causa distinta de un acto u omisión de la otra parte; (b) estuviera en posesión legítima de la otra parte antes de su revelación y no hubiera sido obtenida por la otra parte directa o indirectamente de la parte reveladora; (c) sea legítimamente revelada a la otra parte por un tercero sin restricciones respecto a dicha revelación; o (d) la otra parte desarrolle de forma independiente.
8.3 Cada una de las partes se compromete a no revelar la Información Confidencial de la otra parte a ningún tercero, a excepción de los establecidos en la siguiente frase, durante un periodo de tres (3) años a contar desde la fecha de revelación de la Información Confidencial por la parte reveladora a la parte receptora. Cada una de las partes puede revelar la Información Confidencial tan solo a aquellos empleados, agentes o subcontratistas que necesiten acceder a la misma para protegerla frente a revelaciones no autorizadas, de acuerdo con condiciones que no serán menos protectoras que las establecidas en el Acuerdo Marco. Nada de lo aquí establecido impedirá a cualquiera de las partes revelar los términos y condiciones o los precios en virtud del Acuerdo Xxxxx o los Pedidos enviados con sujeción al Acuerdo Marco, en cualquier procedimiento legal que pudiera plantearse en relación o conexión con el Acuerdo Marco, o revelar la Información Confidencial a cualquier organismo gubernamental cuando así lo establezca la legislación aplicable.
8.4 En la medida en que Vd. proporcione Datos Personales (tal y como se define dicho término en las políticas de privacidad de datos aplicables y en el Acuerdo de Tratamiento de Datos [tal y como se define a continuación]) a Oracle como parte de cualesquier Servicios Ofertados que Vd. haya solicitado bajo el Acuerdo Xxxxx, Oracle cumplirá con lo siguiente:
a. las políticas de privacidad Oracle relevantes aplicables a los Servicios Ofertados, disponibles en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxx;
b. las garantías administrativas, físicas, técnicas y de otra índole, así como otros aspectos relevantes de la gestión de sistemas y contenidos, disponibles en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx; y
c. la versión aplicable del Acuerdo de Tratamiento de Datos para Servicios Oracle (el “Acuerdo de Tratamiento de Datos”). La versión del Acuerdo de Tratamiento de Datos aplicable a su Pedido está disponible en xxxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxx-xxxxxxxx y se incorpora al presente por referencia. El Acuerdo de Tratamiento de Datos no se aplica a los Servicios Educativos ni a los Servicios Cloud de Datos Oracle incluidos en el Anexo D. Es posible que, además, su Pedido de Servicios Ofertados contenga términos de privacidad adicionales o más específicos.
9. TOTALIDAD DEL ACUERDO
9.1 Vd. acepta que el Acuerdo Marco, así como la información que haya sido incorporada al mismo por referencia escrita (incluyendo la información contenida en una URL o en una política referenciada), junto con el Pedido aplicable, constituyen el acuerdo completo para los Productos y/o Servicios Ofertados solicitados por Vd., y que prevalecerá sobre cualesquiera otros acuerdos, manifestaciones, propuestas, negociaciones, demostraciones o representaciones previas o contemporáneas, orales o escritas, relativas a dichos Productos y/o Servicios Ofertados.
9.2 Se acuerda expresamente que las condiciones del Acuerdo Xxxxx y de cualquier Pedido de Oracle prevalecerán sobre las condiciones de cualesquiera pedidos de compra, portal de adquisiciones de Internet u otros documentos similares no procedentes de Oracle, y que cualquier condición incluida en dichos pedidos de compra, portales u otros documentos similares no procedentes de Oracle no será de aplicación a su Pedido de Oracle. En el supuesto de discrepancias entre los términos de cualquier Anexo y estos Términos Generales, el Anexo prevalecerá. En caso de haber contradicciones entre los términos de un Pedido y el Acuerdo Marco, prevalecerán los términos del Pedido. El Acuerdo Marco y los Pedidos no podrán ser modificados, y los derechos y restricciones no podrán ser alterados o renunciados, excepto mediante escrito firmado o aceptado en línea a través de Oracle Store por representantes autorizados de Vd. y de Oracle. Cualquier notificación requerida bajo el Acuerdo Xxxxx deberá ser proporcionada a la otra parte por escrito.
10. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Ninguna de las Partes será responsable por cualquier daño indirecto, incidental, especial, punitivo o consecuencial, o por cualquier pérdida de beneficios, ingresos, datos o uso de datos. La máxima responsabilidad de Oracle por cualquier daño derivado de, o de cualquier otra forma relacionado con el Acuerdo Marco o el Pedido de Vd., tanto contractual como extracontractual o de cualquier otra naturaleza, quedará limitada al importe de las tarifas que Vd. haya satisfecho a Oracle en virtud del
Anexo que dé origen a la responsabilidad, y si dichos daños resultaren de la utilización de Vd. de los Productos o Servicios Ofertados, dicha responsabilidad quedará limitada a las tarifas que Vd. haya satisfecho a Oracle por los Productos o Servicios Ofertados deficientes que den lugar a la exigencia de responsabilidad.
11. EXPORTACIÓN
Las leyes y normativas de exportación de los Estados Unidos (en adelante, las “Leyes de Exportación”) y otras leyes y normativas de exportación de ámbito local son de aplicación a los Productos y Servicios Ofertados solicitados bajo el Acuerdo Marco. Vd. acepta que dichas Leyes de Exportación regirán el uso que Vd. haga de los Productos y Servicios Ofertados (incluidos los datos técnicos) y cualesquiera entregables derivados de los Productos o Servicios Ofertados prestados en virtud del Acuerdo Marco, y Vd. acepta cumplir con todas las Leyes de Exportación (incluidas las normativas de “transacciones consideradas como exportaciones” y “transacciones consideradas como reexportaciones”). Vd. acepta que los datos, la información, los Productos y/o los Materiales resultantes de los Servicios Ofertados (o producto directo de los mismos) no se exportarán, directa o indirectamente, infringiendo estas leyes, ni se utilizarán para fines prohibidos por esas leyes, incluyendo, sin limitaciones, la proliferación xx xxxxx nucleares, químicas o biológicas, o el desarrollo de tecnología de misiles.
12. FUERZA MAYOR
Ni Oracle ni Vd. se considerarán responsables de interrupciones o retrasos en el rendimiento en caso de que estos fueran causados por alguno de los siguientes factores: actos xx xxxxxx, hostilidad o sabotaje; caso fortuito; pandemias, cortes del suministro eléctrico, del servicio de Internet o de las telecomunicaciones que no hayan sido causados por la parte obligada; restricciones gubernamentales (incluidas, sin limitación, un embargo, una sanción económica o la denegación o cancelación de cualquier licencia de exportación, importación o de otro tipo); o cualquier otro suceso fuera del control razonable de la parte sobre la que recae la obligación. Ambas partes harán esfuerzos razonables para mitigar los efectos de cualquier caso de fuerza mayor. Si tal evento continuase durante un periodo de más de treinta (30) días, cualquiera de las partes podrá cancelar los Servicios Ofertados pendientes de prestación, así como los Pedidos afectados, mediante notificación por escrito. Esta Sección no exime a ninguna de las partes de su obligación de adoptar las medidas razonables para acometer los procedimientos normales de recuperación ante desastres, así como tampoco le exime a Vd. de su obligación de satisfacer los importes correspondientes a los Productos y Servicios Ofertados ya solicitados o entregados.
13. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El Acuerdo Xxxxx se regirá por las leyes de España y Vd. consiente con Oracle someterse a la exclusiva jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid para cualquier disputa relacionada con el Acuerdo Marco.
14. NOTIFICACIÓN
Si Vd. tuviera cualquier disputa con Oracle o si deseara proporcionar una notificación bajo la Sección de “Indemnización” de estos Términos Generales, o en caso de que Vd. incurriera en suspensión de pagos u otros procedimientos concursales similares, Vd. se compromete a enviar con prontitud notificación por escrito a: Oracle Ibérica, S.R.L., Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, Xxxxxx, a la atención de “Departamento Legal”.
15. CESIÓN
Vd. no podrá ceder el Acuerdo Marco o dar o transferir los Programas, el Sistema Operativo, el Software Integrado y/o cualesquiera Servicios Ofertados, o cualquier interés sobre los mismos, a ningún otro individuo o entidad. Si Vd. otorga con los Programas, el Sistema Operativo, el Software Integrado y/o cualquier entregable resultante de los Servicios Ofertados un derecho de garantía, la parte garantizada no tendrá derecho a usar o transferir los Programas, el Sistema Operativo, el Software Integrado y/o cualquier entregable resultante de los Servicios Ofertados, y si Vd. decidiera financiar su adquisición de cualesquiera Productos y/o Servicios Ofertados, Vd. deberá seguir las políticas Oracle relativas a financiación, las cuales pueden consultarse en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx. Lo anterior no podrá ser interpretado en el sentido de limitar los derechos que Vd. pueda tener en relación con el sistema operativo Linux, la tecnología de terceros o la Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada licenciada bajo condiciones de licencia de código abierto o similares.
16. OTROS
16.1 Oracle es un contratista independiente y las partes reconocen no existir entre ellas relación de agencia, joint venture o asociación alguna. Cada parte será responsable de retribuir a sus respectivos empleados, incluyendo los impuestos y seguros relacionados con el empleo.
16.2 En caso de que cualquiera de las condiciones del Acuerdo Xxxxx resultase no válida o inaplicable, el resto de las cláusulas conservarían plena validez y eficacia y dicha condición quedaría reemplazada por otra coherente con el propósito y la intención del Acuerdo Marco.
16.3 Excepto en relación con acciones por impago o incumplimiento de los derechos de propiedad de Oracle, ninguna acción, con independencia de su forma, que surja de o tenga relación con el Acuerdo Xxxxx podrá ser interpuesta por cualquiera de las partes transcurridos dos (2) años desde la fecha en que la causa de la accionar tuvo lugar.
16.4 Los entregables de los Productos y Servicios Ofertados no se han diseñado ni están específicamente destinados para su uso en instalaciones nucleares o en otras actividades que comporten riesgos. Vd. acepta que es su responsabilidad garantizar el uso seguro de los entregables de los Productos y Servicios Ofertados en tales actividades.
16.5 En caso de ser solicitado por un distribuidor autorizado en su nombre, Vd. acuerda que Oracle podrá proporcionar una copia del Acuerdo Xxxxx a dicho distribuidor autorizado para posibilitar el procesamiento de su Pedido a través de dicho distribuidor autorizado.
16.6 Vd. comprende que los socios comerciales (o partners) de Oracle, incluidas cualesquiera terceras empresas contratadas por Vd. para la prestación de Servicios de consultoría, son independientes de Oracle y no son agentes de Oracle. Incluso en el caso de recomendación de Oracle, Oracle no será responsable ni tendrá obligación alguna respecto de cualquier acto u omisión de cualesquiera socios comerciales (o partners) o terceros, a menos que estos presten los Servicios en calidad de subcontratistas de Oracle o hayan adquirido, de algún modo, un compromiso con Oracle en relación al cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo Marco (ii) y, de ser así, solo en la misma extensión en que Oracle sería responsable en caso de utilizar sus propios recursos en virtud de dicho Pedido.
16.7 En el caso del software (i) que sea parte de algún Programa, Sistema Operativo, Software Integrado u Opción de Software Integrado (o de todos estos elementos), (ii) que Vd. reciba de Oracle en forma de código binario y (iii) que se licencie bajo una licencia de código abierto que le conceda a Vd. el derecho a recibir el código fuente de dicho código binario, Vd. podrá obtener una copia del código fuente en cuestión de xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx/ o xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xxxxxxxxxxxxxx. Si el código fuente del software no se le proporciona con el código binario, Vd. también podrá recibir una copia del código fuente en un soporte físico enviando una solicitud por escrito de conformidad con las instrucciones que encontrará en la Sección “Written Offer for Source Code” de la segunda URL indicada.
ANEXO H - Hardware
El presente Anexo de Hardware (el presente “Anexo H”) es un Anexo a los Términos Generales a los que se adjunta este Anexo H. Los Términos Generales y este Anexo H, junto con el Anexo P, el Anexo C, el Anexo S y el Anexo OSSS adjuntos constituyen el Acuerdo Marco. Este Anexo H tendrá el mismo plazo de validez que los Términos Generales.
1. DEFINICIONES
1.1 El término “Fecha de Inicio” del Hardware, Sistema Operativo y Software Integrado hace referencia a la fecha en la que se entrega el Hardware. En el caso de las Opciones de Software Integrado, la Fecha de Inicio hace referencia a la fecha en la que se entrega el Hardware o a la Fecha de Efectividad del Pedido en caso de que no se requiera envío del Hardware.
1.2 El término “Opciones de Software Integrado” hace referencia al software o al código programable embebido, instalado o activado en el Hardware y que requiere al menos una (1) licencia de unidad que Vd. deberá solicitar de forma separada y por la que deberá aceptar satisfacer tarifas adicionales. No todo el Hardware contiene Opciones de Software Integrado; consulte las Definiciones, Reglas y Métricas de Licencia de Opciones de Software Integrado de Oracle, que encontrará en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx (las “Reglas de Licencia de Opciones de Software Integrado”), para conocer las Opciones de Software Integrado concretas que pueden aplicarse a Hardware específico. Oracle se reserva el derecho de designar nuevas funcionalidades de software como Opciones de Software Integrado en versiones futuras, especificando esa designación en la documentación aplicable, así como en las Reglas de Licencia de Opciones de Software Integrado.
1.3 Los términos en mayúscula utilizados, pero no definidos, en el presente Anexo H tendrán el mismo significado que el establecido en los Términos Generales.
2. DERECHOS CONCEDIDOS
2.1 Su Pedido de Hardware consta de los siguientes elementos: Sistema Operativo (conforme aparece definido en la configuración de Vd.), Software Integrado y todo el equipo de Hardware (incluyendo componentes, opciones y piezas de recambio) especificado en el Pedido aplicable. Su Pedido de Hardware puede incluir también Opciones de Software Integrado. Las Opciones de Software Integrado no podrán ser activadas o utilizadas hasta que sean solicitadas por Vd. en un Pedido independiente y Vd. acuerde satisfacer las correspondientes tarifas adicionales.
2.2 Vd. tiene derecho a utilizar el Sistema Operativo entregado junto con el Hardware con sujeción a los términos del acuerdo de licencia entregado junto con el Hardware o incluido en este. Las versiones actualizadas de los acuerdos de licencia están disponibles en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx o en la documentación aplicable. En el caso de que el Sistema Operativo no se entregue con el Hardware, Vd. tiene derecho a descargar una copia del Sistema Operativo desde xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxx.xxx, Vd. tiene licencia para utilizar el Sistema Operativo y cualesquiera actualizaciones del Sistema Operativo adquiridas a través de Soporte Técnico únicamente tal y como estén incorporados al Hardware y como parte del mismo.
2.3 Vd. tiene el derecho limitado, no exclusivo, intransferible, libre de royalties y no sujeto a cesión a utilizar el Software Integrado entregado junto con el Hardware con sujeción a (a) los términos del presente Anexo H, (b) cualesquiera términos entregados con el Hardware o incluidos con este y/o (c) cualesquiera términos incluidos en la documentación aplicable. Vd. tiene licencia para utilizar el Software Integrado y cualesquiera actualizaciones del Software Integrado adquiridas a través de Soporte Técnico únicamente tal y como estén incorporados al Hardware y como parte de este. Vd. tiene el derecho limitado, no exclusivo, intransferible, libre de royalties y no sujeto a cesión a utilizar las Opciones de Software Integrado que Vd. adquiera a través de un Pedido independiente con sujeción a (i) los términos del presente Anexo H, (ii) la documentación aplicable y (iii) las Reglas de Licencia de Opciones de Software Integrado; las Reglas de Licencia de Opciones de Software Integrado se incorporan al Anexo H y forman parte de este. Vd. queda licenciado para utilizar las Opciones de Software Integrado y cualesquiera actualizaciones de las Opciones de Software Integrado adquiridas a través de Soporte Técnico únicamente tal como estén incorporadas al Hardware y como parte de este. Para obtener más información sobre los derechos de uso concedidos para cualesquiera
Opciones de Software Integrado adquiridas a través de un Pedido independiente, deberá consultar las Integrated Software Options License Rules. En caso de conflicto entre el Acuerdo Xxxxx y las Reglas de Licencia de Opciones de Software Integrado, estas últimas prevalecerán.
2.4 El Sistema Operativo, el Software Integrado o las Opciones de Software Integrado (o los tres) pueden incluir porciones de código independientes, identificadas en un fichero Léame, un archivo de notificación sobre términos legales o la documentación aplicable, que cuenten con licencia de Código Abierto o condiciones de licencia similares; ni el Acuerdo Marco ni el presente Anexo H restringen de cualquier modo los derechos de uso que Vd. tiene sobre el Sistema Operativo, el Software Integrado y las Opciones de Software Integrado en virtud de dichas condiciones. Las condiciones aplicables asociadas a dichas porciones de código independiente se encuentran en los ficheros Léame, archivos de notificación sobre términos legales o en la documentación que acompaña al Sistema Operativo, el Software Integrado y las Opciones de Software Integrado. El Hardware puede contener o requerir el uso de tecnología de terceros que se proporcione con el Hardware o que esté preinstalada en el Hardware. Se licencia la tecnología de terceros en virtud de los términos que se le pueden proporcionar a Vd. (i) con o en el Hardware, (ii) en la documentación del producto aplicable, (iii) en los ficheros Léame, o (iv) en los archivos de notificación sobre términos legales. Su derecho a utilizar esta tecnología de terceros en virtud de términos de licencia independientes no quedará restringido de ninguna forma por el Acuerdo Marco, incluyendo este Anexo H. No garantizamos ni proporcionamos ningún Servicio de Soporte Técnico para esta tecnología de terceros.
2.5 Una vez satisfechos los Servicios Ofertados, Vd. tendrá un derecho no exclusivo, intransferible, libre de royalties, indefinido y limitado para utilizar cualesquiera desarrollos realizados por Oracle y entregados a Vd. en virtud de este Anexo H (en adelante, los “Entregables”) para sus propias operaciones internas de negocio; sin embargo, ciertos Entregables pueden estar sujetos a condiciones adicionales de licencia, las cuales quedarán detalladas en el Pedido.
3. RESTRICCIONES
3.1 Vd. tan solo podrá realizar copias del Sistema Operativo, el Software Integrado y las Opciones de Software Integrado con fines de archivado, para reemplazar una copia defectuosa o con propósitos de verificación de programas. Vd. no está autorizado a eliminar cualesquiera notificaciones o advertencias de derechos de autor del Sistema Operativo, el Software Integrado o las Opciones de Software Integrado. Vd. no descompilará ni someterá a labores de ingeniería inversa (a menos que así lo exija la ley con fines de interoperabilidad) el Sistema Operativo ni el Software Integrado.
3.2 Vd. reconoce que, para operar cierto Hardware, sus instalaciones deben cumplir un mínimo de requisitos, tal y como se describe en la documentación del Hardware. Dichos requisitos pueden cambiar cada cierto tiempo, según le sea comunicado por Oracle en la documentación de Hardware aplicable.
3.3 La prohibición de cesión o transferencia del Sistema Operativo o cualquier interés sobre este, conforme se indica en la Sección 15 de los Términos Generales, será aplicable a todos los Sistemas Operativos licenciados bajo el presente Anexo H, excepto en la medida en que dicha prohibición sea considerada contraria a la ley aplicable.
4. PROGRAMAS EN PRUEBA
Oracle podrá incluir Programas adicionales en el Hardware. Vd. no está autorizado a utilizar tales Programas a menos que disponga de una licencia específica que le permita hacerlo; sin embargo, Vd. puede utilizar tales Programas a efectos de prueba y sin fines de producción durante un máximo de treinta (30) días a contar desde la fecha de la entrega, siempre y cuando no utilice tales Programas en prueba para proporcionar o atender formación de terceras partes sobre el contenido y/o funcionalidad de los Programas. Para utilizar cualquiera de tales Programas después de concluidos los treinta (30) días del periodo de prueba, Vd. deberá obtener de Oracle o de un distribuidor autorizado una licencia para tales Programas. Si decidiera no obtener una licencia para cualquier Programa una vez transcurrido el plazo de treinta (30) días de periodo de prueba, Vd. cesará en el uso y eliminará a la mayor brevedad tales Programas de sus sistemas
informáticos. Los Programas licenciados a efectos de prueba se suministran “como están” y Oracle no presta Servicios de Soporte Técnico ni ofrece ningún tipo de garantía para estos Programas.
5. SOPORTE TÉCNICO
5.1 En caso de solicitarse, el Soporte de Hardware y Sistemas Oracle (incluido el primer año y todos los años sucesivos) se prestará de conformidad con las Políticas de Soporte de Hardware y Sistemas Oracle en vigor en el momento de la prestación de los Servicios. Vd. acepta cooperar con Oracle y proporcionar el acceso, los recursos, los materiales, el personal, la información y los consentimientos que Oracle pueda requerir a efectos de prestar los Servicios de Soporte Técnico. Las Políticas de Soporte Técnico para Hardware y Sistemas de Oracle se incorporan a este Anexo H y están sujetas a modificación a discreción de Oracle; sin embargo, los cambios en las Políticas de Soporte Técnico de Hardware y Sistemas Oracle no resultarán en una reducción material del nivel de los Servicios de Soporte Técnico prestados durante el periodo para el cual hayan sido satisfechas las tarifas por los Servicios de Soporte Técnico de Soporte de Hardware y Sistemas Oracle. Vd. deberá revisar dichas políticas antes de firmar el Pedido de los Servicios de Soporte Técnico. Puede acceder a la versión actualizada de las Políticas de Soporte de Hardware y Sistemas Oracle: xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx.
5.2 El Soporte de Hardware y Sistemas Oracle entrará en vigor en la Fecha de Inicio del Hardware, o en la Fecha de Efectividad del Pedido en caso de que no se requiera envío de ningún Hardware.
6. SERVICIOS OFERTADOS RELACIONADOS CON EL HARDWARE
Además del Soporte Técnico, Vd. podrá solicitar un número limitado de Servicios Ofertados relacionados con el Hardware bajo el presente Anexo H, tal y como se indica en el documento Servicios Ofertados Relacionados con el Hardware, disponible en la siguiente URL xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx. Vd. acuerda proporcionar a Oracle toda la información, acceso y cooperación de buena fe que pudiera requerirse razonablemente para permitir a Oracle prestarle dichos Servicios Ofertados, debiendo Vd. realizar las acciones identificadas en el Pedido como responsabilidad de Vd. Si, como consecuencia de la prestación de estos Servicios Ofertados, Oracle requiriera acceso a productos de otro proveedor que sean parte de su sistema, Vd. será responsable de la adquisición de tales productos y de los derechos de licencia necesarios para que Oracle pueda acceder a dichos productos en nombre de Vd. Los Servicios Ofertados podrán estar relacionados con su licencia de uso de Productos propiedad de Oracle o distribuidos por Oracle, que Vd. deberá adquirir en un Pedido independiente. El Acuerdo referenciado en dicho Pedido regulará su utilización de dichos Productos.
7. GARANTÍAS, DESCARGOS Y RECURSOS EXCLUSIVOS
7.1 Oracle proporciona una garantía limitada (en adelante, la “Garantía del Hardware Oracle”) para (i) el Hardware, (ii) el Sistema Operativo, el Software Integrado y las Opciones de Software Integrado, y (iii) los soportes del Sistema Operativo, del Software Integrado y de las Opciones de Software Integrado (los “Soportes”, y (i), (ii) y (iii) denominados conjuntamente, en adelante, los “Elementos de Hardware”). Oracle garantiza que el Hardware se hallará libre de, y que la utilización del Sistema Operativo, el Software Integrado y las Opciones de Software Integrado no causarán en el Hardware, defectos sustanciales en los materiales y mano de obra durante el periodo de un (1) año a partir de la fecha en que le sea entregado el Hardware. Oracle garantiza que los Soportes se hallarán libres de defectos sustanciales en los materiales y mano de obra durante noventa (90) días a partir de la fecha en que los Soportes se le entreguen a Vd. Vd. puede acceder a una descripción más detallada de la Garantía del Hardware Oracle en xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xx/xxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxx.xxxx (en adelante, la “Página Web de la Garantía”). Cualesquiera cambios en la Garantía del Hardware Oracle especificados en la Página Web de la Garantía no serán aplicables al Hardware ni a los Soportes solicitados con anterioridad a dicho cambio. La Garantía del Hardware Oracle será de aplicación únicamente al Hardware y a los Soportes que hayan sido (1) fabricados por o para Oracle, y (2) vendidos por Oracle (bien de forma directa o a través de un distribuidor autorizado por Oracle). El Hardware podrá ser nuevo o como nuevo. La Garantía del Hardware Oracle se aplicará al Hardware nuevo, así como al Hardware como nuevo que haya sido revisado y certificado para la garantía de Oracle.
7.2 Además, Oracle le garantiza que los Servicios de Soporte Técnico y los Servicios Ofertados relacionados con el Hardware (conforme se referencia en la Sección 6 anterior) solicitados y prestados bajo el presente Anexo H serán prestados de manera profesional y consistente con los estándares de la industria. Vd. deberá informar a Oracle de cualquier deficiencia de garantía en el Servicio de Soporte Técnico o los Servicios Ofertados relacionados con el Hardware dentro de los noventa (90) días desde la prestación del Servicio de Soporte Técnico deficiente o de los Servicios Ofertados relacionados con el Hardware deficientes.
7.3 Frente a cualquier incumplimiento de las garantías descritas anteriormente, su recurso exclusivo y la entera responsabilidad de Oracle serán: (i) la reparación o, a opción y expensas de Oracle, el reemplazo del Elemento de Hardware defectuoso o, si dicha reparación o reemplazo no fuera comercialmente razonable, el reembolso de las tarifas satisfechas a Oracle por el Elemento de Hardware defectuoso y cualesquiera tarifas por los Servicios de Soporte Técnico pendientes de utilizar que Vd. hubiera satisfecho anticipadamente a Oracle por ese Elemento de Hardware Defectuoso; o (ii) la nueva prestación de los Servicios Ofertados Relacionados con el Hardware deficientes; o, si Oracle no pudiera corregir sustancialmente dicha deficiencia de forma comercialmente razonable, Vd. podrá finalizar los Servicios Ofertados Relacionados con el Hardware deficientes y recuperar las tarifas satisfechas por Vd. a Oracle por los Servicios Ofertados Relacionados con el Hardware deficientes. En la medida en que la ley no lo prohíba, estas garantías son exclusivas, y no será de aplicación ninguna otra garantía expresa o implícita ni ninguna otra condición en relación con los elementos mencionados anteriormente, incluidas cualesquiera garantías o condiciones de comerciabilidad o adecuación a un fin determinado.
7.4 Las unidades de recambio de las piezas defectuosas o de los Elementos de Hardware reemplazados en virtud de la Garantía de Hardware Oracle pueden ser nuevas o como nuevas. Dichas piezas de recambio asumen el nivel de garantía del Hardware en el cual se instalen y no disponen de garantía alguna de ningún tipo de forma separada o independiente. La titularidad de todas las piezas o Elementos de Hardware defectuosos será transferida nuevamente a Oracle en el momento de su extracción del Hardware.
7.5 Oracle no garantiza el funcionamiento ininterrumpido o libre de errores del Hardware, el Sistema Operativo, el Software Integrado, las Opciones de Software Integrado o los Soportes.
7.6 No será aplicable garantía alguna a ningún Hardware, Sistema Operativo, Software Integrado, Opción de Software Integrado o Soportes que hayan sido:
a. modificados, alterados o adaptados sin el consentimiento por escrito de Oracle (incluida la modificación o la eliminación de la etiqueta de número de serie de Oracle/Sun que figura en el Hardware);
b. tratados incorrectamente o utilizados de forma diferente a la descrita en la documentación pertinente;
c. reparados por terceros de forma que no satisfaga los estándares de calidad de Oracle;
d. instalados incorrectamente por alguien que no sea Oracle o un socio comercial (o partner) de instalación certificado y autorizado por Oracle;
e. utilizados con equipo o software no cubiertos por la garantía de Oracle, hasta el punto de que los problemas se puedan atribuir a dicho uso;
f. reubicados, hasta el punto de que los problemas se puedan atribuir a dicha reubicación;
g. utilizados directa o indirectamente en actividades de apoyo prohibidas por las normativas de los Estados Unidos u otras normativas de exportación nacionales;
h. utilizados por partes que aparecen en la lista más actual de exclusiones de exportación de Estados Unidos;
i. reubicados en países sujetos a restricciones o embargos comerciales por parte de los Estados Unidos;
j. usados en remoto para facilitar cualesquiera actividades a las partes o en los países referenciados en los apartados 7.6(h) y 7.6(i) anteriores; o
k. adquiridos a cualquier empresa que no sea Oracle o un distribuidor de Oracle autorizado.
7.7 La Garantía del Hardware Oracle no es de aplicación al deterioro normal del Hardware o los Soportes. La Garantía del Hardware Oracle solo se extenderá al comprador original o al arrendatario original del Hardware y podrá anularse en caso de transferirse la titularidad del Hardware a un tercero.
8. AUDITORÍAS
Oracle puede, previa notificación por escrito de cuarenta y cinco (45) días, auditar el uso de Vd. del Sistema Operativo, el Software Integrado y las Opciones de Software Integrado. Vd. acepta cooperar con la auditoría de Oracle y facilitar una asistencia razonable, así como acceso a la información. Tales auditorías no interferirán injustificadamente en sus operaciones de negocio habituales. Vd. acuerda satisfacer, en un plazo de treinta (30) días a partir de la notificación por escrito, cualesquiera tarifas aplicables a la utilización por parte de Vd. del Sistema Operativo, el Software Integrado y las Opciones de Software Integrado en exceso de los derechos concedidos bajo la licencia adquirida. Si Vd. no atendiera dicho pago, Oracle podrá (a) finalizar los Servicios Ofertados relacionados con el Sistema Operativo, el Software Integrado y las Opciones de Software Integrado (incluyendo el Soporte Técnico), (b) terminar las licencias de Sistema Operativo, Software Integrado y Opciones de Software Integrado solicitadas bajo este Anexo H y cualesquiera acuerdos relacionados, y/o (c) resolver el Acuerdo Marco. Vd. acuerda que Oracle no será responsable de cualesquiera costes incurridos por Vd. al cooperar con la auditoría.
9. LOGÍSTICA DE PEDIDOS
9.1 Entrega, Instalación y Aceptación del Hardware
9.1.1 Vd. será responsable de la instalación del Hardware, a menos que adquiera Servicios de instalación de Oracle para dicho Hardware.
9.1.2 Oracle procederá a la entrega del Hardware de conformidad con las Políticas de Pedido y Entrega en vigor en el momento de su Pedido, disponibles en la siguiente dirección: xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx. Oracle usará la dirección de entrega que Vd. haya especificado en su documento de adquisición o, en el caso de que en este no se indique ninguna dirección de envío, la ubicación especificada en el Pedido; asimismo, se aplicarán las condiciones de entrega de las Políticas de Pedido y Entrega que resulten aplicables en su país de destino.
9.1.3 Se considera que la aceptación del Hardware tiene lugar en el momento de su entrega.
9.1.4 Oracle puede hacer y facturar entregas parciales.
9.1.5 Oracle puede realizar sustituciones y modificaciones del Hardware que no ocasionen un efecto sustancial adverso en el rendimiento general del Hardware.
9.1.6 Oracle efectuará esfuerzos comercialmente razonables para entregar el Hardware dentro de un plazo de tiempo acorde con las políticas pasadas de Oracle en relación con la cantidad y el tipo de Hardware que Vd. ha solicitado.
9.2 Entrega e Instalación del Sistema Operativo y las Opciones de Software Integrado
9.2.1 Vd. será responsable de la instalación del Sistema Operativo y de las Opciones de Software Integrado, a menos que el Sistema Operativo y las Opciones de Software Integrado hayan sido preinstalados por Oracle en el Hardware que Vd. haya adquirido bajo el Pedido correspondiente, o a
menos que Vd. haya adquirido de Oracle Servicios de instalación para el Sistema Operativo y las Opciones de Software Integrado.
9.2.2 Oracle ha puesto a su disposición el Sistema Operativo (si procede) y las Opciones de Software Integrado mediante descarga electrónica en la página web de descarga electrónica a la que se accede a través de la siguiente URL: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxx.xxx. A través de dicho enlace, Vd. podrá acceder y descargar electrónicamente en su ubicación la versión en producción más actualizada a la Fecha de Efectividad del correspondiente Pedido del Sistema Operativo y las Opciones de Software Integrado y la documentación correspondiente. Siempre y cuando Vd. haya mantenido de forma continuada el Soporte Técnico, Vd. podrá continuar descargando las Opciones de Software Integrado y la documentación asociada. Ha de tenerse en cuenta que no todas las Opciones de Software Integrado están disponibles en todas las combinaciones de Hardware/Sistema Operativo. Para consultar la disponibilidad del Sistema Operativo y las Opciones de Software Integrado más recientes, visite la página web de descarga electrónica mencionada anteriormente. Vd. reconoce que Oracle no tiene obligación alguna adicional de realizar entregas relacionadas con el Sistema Operativo y las Opciones de Software Integrado con arreglo al Pedido correspondiente, ya sea mediante descarga electrónica o por otro medio.
9.3 Transferencia de Titularidad
La titularidad sobre el Hardware se transmitirá a su entrega a Vd. a menos que otra cosa se especifique en su Pedido.
9.4 Territorio
El Hardware será instalado en el país o países que Vd. especifique como lugar de entrega en su documento de adquisición o, si este no indica una dirección de envío, en la dirección especificada en el Pedido.
9.5 Tarifas, Facturación y Condiciones de Pago
9.5.1 Vd. puede hacer cambios a un Pedido de Hardware antes de su envío con sujeción a las tarifas en vigor del Pedido de cambio establecidas por Oracle y que están sujetas a modificación cada cierto tiempo. Vd. puede consultar las tarifas del Pedido de cambio aplicables y una descripción de las modificaciones permitidas en las Políticas de Pedido y Entrega, que se encuentran disponibles en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx.
9.5.2 Al aceptar las obligaciones de pago en virtud de un Pedido, Vd. confirma y reconoce no haber confiado en la disponibilidad futura de cualquier Hardware, Programa o actualizaciones. No obstante, (a) si Vd. solicita Soporte Técnico, la frase anterior no exime a Oracle de su obligación de proporcionar tal Servicio de Soporte Técnico bajo el Acuerdo Marco (siempre que esté disponible y cuando lo esté), de conformidad con las políticas de Soporte Técnico de Oracle que estén vigentes en ese momento; y (b) la frase anterior no altera los derechos concedidos bajo un Pedido y el Acuerdo Marco.
9.5.3 Las tarifas por el Hardware y las Opciones de Software Integrado serán facturadas en las Fechas de Inicio correspondientes.
9.5.4 Las tarifas de los Servicios Ofertados relacionados con el Hardware serán facturadas con antelación a la prestación de los Servicios Ofertados relacionados con el Hardware; en concreto, las tarifas del Soporte Técnico se facturarán anualmente por anticipado. El plazo de prestación de todos los Servicios Ofertados relacionados con el Hardware será efectivo en la Fecha de Inicio del Hardware o en la Fecha de Efectividad del Pedido, en caso de que no se requiera envío de Hardware.
9.5.5 Adicionalmente a los precios recogidos en el presente Pedido, Oracle le facturará a Vd. cualesquiera cargos de envío o impuestos correspondientes, y Vd. será responsable de tales cargos e impuestos independientemente de cualquier disposición expresa o implícita contenida en los “Incoterms” referenciados
en las Políticas de Pedido y Entrega. Las Políticas de Pedido y Entrega están disponibles en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx.
ANEXO P - Programas
El Presente Anexo de Programas (el “Anexo P”) es un Anexo a los Términos Generales a los cuales se adjunta el presente Anexo P. Los Términos Generales y este Anexo P, junto con el Anexo H, el Anexo C, el Anexo S y el Anexo OSSS adjuntos, constituyen el Acuerdo Marco. Este Anexo P tendrá el mismo plazo de validez que los Términos Generales.
1. DEFINICIONES
1.1 El término “Fecha de Inicio” hace referencia a la fecha de envío de los soportes físicos, o a la Fecha de Efectividad del Pedido en caso de que no sea necesario el envío de tales soportes (si el Pedido se cursó a través de Oracle Store, la Fecha de Efectividad equivale a aquella en la que el Pedido se envió a Oracle).
1.2 Los términos en mayúscula utilizados, pero no definidos, en el presente Anexo P, tendrán el mismo significado que el establecido en los Términos Generales.
2. DERECHOS CONCEDIDOS
2.1 Una vez aceptado por Oracle su Pedido, Vd. tendrá un derecho no exclusivo, intransferible, libre de royalties, indefinido (a menos que otra cosa se especifique en el Pedido) y limitado para utilizar los Programas y recibir cualesquiera Servicios Ofertados relacionados con los Programas solicitados por Vd. exclusivamente para sus operaciones internas de negocio con sujeción a las condiciones del Acuerdo Marco, incluidas las reglas y definiciones establecidas en el Pedido y en la Documentación de Programa.
2.2 Una vez satisfecho el pago de los Programas relacionados con los Servicios Ofertados, Vd. tendrá un derecho no exclusivo, intransferible, libre de royalties, indefinido y limitado para utilizar para sus propias operaciones internas de negocio cualquier elemento que Oracle haya desarrollado y le haya proporcionado a Xx. xx xxxxxx xx xxxx Xxxxx X (xxx “Xxxxxxxxxxx”); sin embargo, ciertos Entregables pueden estar sujetos a condiciones adicionales de licencia, las cuales quedarán detalladas en el Pedido correspondiente.
2.3 Vd. puede permitir a sus agentes y contratistas (incluyendo, sin limitación, a subcontratistas) utilizar los Programas y Entregables para procesar sus operaciones internas de negocio, responsabilizándose Vd. en ese caso del cumplimiento por dichos agentes y contratistas de las disposiciones contenidas en los Términos Generales y en este Anexo P. En el caso de los Programas específicamente diseñados para permitir a sus clientes y proveedores interactuar con Vd. con el fin de posibilitar sus operaciones internas de negocio, tal uso se permitirá bajo lo dispuesto en los Términos Generales y en el presente Anexo P.
2.4 Vd. podrá realizar un número de copias suficiente de cada Programa para el uso licenciado de Vd. y una copia de cada Soporte del Programa.
3. RESTRICCIONES
3.1 Los Programas pueden contener o requerir el uso de tecnología de terceros que le será proporcionada junto con los Programas. Oracle podrá proporcionarle a Vd. determinadas notificaciones en la Documentación de Programa o en ficheros Léame relacionados con dicha tecnología de terceros. La tecnología de terceros le será licenciada bajo los términos del Acuerdo Marco o bien, si así se especifica en la Documentación de Programa o en ficheros Léame, bajo Condiciones Independientes. Su derecho de uso de Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada bajo Condiciones Independientes no se encontrará restringido por el Acuerdo Marco. Sin embargo, y a efectos aclaratorios, independientemente de la existencia de notificación, la tecnología de terceros que no sea Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada será considerada parte de los Programas y le será licenciada a Vd. bajo las condiciones del Acuerdo Marco.
En caso de que Vd. estuviera autorizado bajo un Pedido a distribuir los Programas, Vd. deberá incluir en dicha distribución todas las notificaciones, así como cualquier código fuente asociado, a la Tecnología de
Terceros Licenciada de Forma Separada, en la forma y el alcance en que dicho código fuente sea proporcionado por Oracle, y Vd. deberá distribuir la Tecnología de Terceros Licenciada de Forma Separada bajo Condiciones Independientes (con la forma y alcance que proporcione Oracle para dichas Condiciones Independientes). Independientemente de lo anterior, sus derechos sobre los Programas quedan limitados exclusivamente a los derechos concedidos en el Pedido de Vd.
3.2 Vd. no está autorizado a:
a. retirar o modificar ninguna marca de los Programas o cualquier aviso referente a los derechos de propiedad de Oracle o sus licenciantes;
b. hacer que los Programas o materiales resultantes de los Servicios Ofertados estén disponibles de ningún modo a ningún tercero para que este tenga la posibilidad de usarlos en sus operaciones de negocio (a menos que dicho acceso se permita de forma expresa con respecto a la licencia del Programa o a los materiales de los Servicios Ofertados específicos que Vd. ha adquirido);
c. causar o permitir la ingeniería inversa de los Programas (a menos que así lo exija la Ley con fines de interoperabilidad), su desmontado o descompilación (la prohibición anterior incluye sin limitación la revisión de estructuras de datos o materiales similares producidos por los Programas);
d. revelar los resultados de cualesquiera tests benchmark del Programa sin el consentimiento previo por escrito de Oracle.
3.3 La prohibición de cesión o transferencia de los Programas o cualquier interés sobre los mismos, conforme lo indicado en la Sección 15 de los Términos Generales, será aplicable a todos los Programas licenciados en virtud del presente Anexo P, excepto en la medida en que dicha prohibición sea considerada contraria a la ley aplicable.
4. PROGRAMAS EN PRUEBA
Vd. puede solicitar Programas en Prueba, u Oracle podrá incluir Programas adicionales a los especificados en su Pedido, que Vd. solo podrá utilizar a los exclusivos efectos de Prueba fuera de un entorno de producción. Vd. no podrá utilizar los Programas en Prueba para proporcionar o atender formación de terceras partes sobre el contenido y/o funcionalidad de los Programas. Vd. tendrá treinta (30) días desde la Fecha de Inicio para evaluar dichos Programas. Para utilizar cualquiera de estos Programas después de concluidos los treinta (30) días del periodo de Prueba, Vd. deberá obtener, de Oracle o de un distribuidor autorizado, una licencia para tales Programas. Si decidiera no obtener una licencia para un Programa una vez transcurrido el plazo de treinta (30) días de periodo de prueba, Vd. cesará en el uso y eliminará a la mayor brevedad dichos Programas de sus sistemas informáticos. Los Programas licenciados a efectos de Prueba se suministran “como están” y Oracle no presta Servicios de Soporte Técnico ni ofrece ningún tipo de garantía para estos Programas.
5. SOPORTE TÉCNICO
5.1 A efectos de un Pedido, el Soporte Técnico consta de los Servicios de Soporte Técnico anual de Oracle que, para los Programas, Vd. pueda haber solicitado a Oracle o a un distribuidor autorizado. En caso de solicitarse, el Soporte Técnico anual (incluido el primer año y todos los años sucesivos) será prestado de conformidad con las políticas de Soporte Técnico de Oracle en vigor en el momento de prestación de los Servicios. Vd. acepta cooperar con Oracle y proporcionar el acceso, los recursos, los materiales, el personal, la información y los consentimientos que Oracle pueda requerir a efectos de prestar los Servicios de Soporte Técnico. Las Políticas de Soporte Técnico se incorporan al presente Anexo P y están sujetas a cambios a discreción de Oracle; sin embargo, los cambios en las políticas de Oracle no resultarán en una reducción sustancial del nivel de los Servicios de Soporte Técnico prestados para los Programas soportados durante el periodo para el cual se haya solicitado el Servicio de Soporte Técnico. Vd. deberá revisar dichas políticas antes de firmar el Pedido de los Servicios de Soporte Técnico correspondientes. Puede acceder a la versión actualizada de las Políticas de Soporte Técnico en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx.
5.2 Si decide adquirir Soporte Técnico para cualquier licencia de Programa incluida en un grupo de licencias, Vd. tendrá que contratar el mismo nivel de Soporte Técnico para todas las licencias de dicho grupo. Vd. podrá dejar de disponer de Servicios de soporte para un subgrupo de licencias de un grupo de licencias únicamente si accede a resolver dicho subgrupo de licencias. Las tarifas de Soporte Técnico para las licencias restantes se recalcularán con arreglo a las políticas de Soporte Técnico en vigor en el momento de dicha resolución. La definición de lo que constituye un grupo de licencias de Oracle está disponible en la versión de las políticas de Soporte Técnico que esté en vigor en ese momento. Si Vd. decidiera no adquirir Soporte Técnico, Vd. no podrá actualizar las licencias sin soporte de un Programa a las nuevas versiones de dicho Programa.
6. SERVICIOS OFERTADOS RELACIONADOS CON LOS PROGRAMAS
Además del Soporte Técnico, Vd. podrá solicitar un número limitado de Servicios Ofertados relacionados con los Programas bajo el presente Anexo P, tal y como se indica en el documento Servicios Ofertados relacionados con los Programas, disponible en la siguiente URL xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx. Vd. acuerda proporcionar a Oracle toda la información, acceso y cooperación de buena fe que pudiera requerirse razonablemente para permitir a Oracle prestarle dichos Servicios Ofertados, debiendo Vd. realizar las acciones identificadas en el Pedido bajo su responsabilidad. Si, como consecuencia de la prestación de estos Servicios Ofertados, Oracle requiriera acceso a productos de otro proveedor que sean parte del sistema de Vd., Vd. será responsable de la adquisición de tales productos y de los derechos de licencia necesarios para que Oracle pueda acceder a dichos productos en nombre de Vd. Los Servicios Ofertados que se proporcionen pueden estar relacionados con la licencia de Vd. de uso de Programas propiedad de, o distribuidos por, Oracle que Vd. debe adquirir bajo un Pedido independiente. El acuerdo referenciado en dicho Pedido regulará el uso que Vd. haga de dichos Programas.
7. GARANTÍAS, EXENCIONES Y RECURSOS EXCLUSIVOS
7.1 Oracle le garantiza que los Programas licenciados a Vd. operarán en todos los aspectos sustanciales como se describe en la Documentación de Programa aplicable durante un (1) año a contar desde el momento de su entrega (es decir, desde su envío físico o descarga electrónica). Vd. deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia cubierta por la garantía del Programa en el plazo de un (1) año a contar desde su entrega. Además, Oracle le garantiza que los Servicios de Soporte Técnico y demás Servicios Ofertados relacionados con los Programas (conforme se referencia en la Sección 6 anterior) solicitados y prestados bajo el presente Anexo P, serán prestados de manera profesional y consistente con los estándares de la industria. Vd. deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia en los Servicios de Soporte Técnico o en los Servicios Ofertados relacionados con los Programas bajo garantía, en un plazo de noventa (90) días a contar desde la prestación de los Servicios de Soporte Técnico o Servicios Ofertados relacionados con los Programas defectuosos.
7.2 Oracle no garantiza que los Programas funcionen sin errores o ininterrumpidamente, o que Oracle corregirá todos los errores de los Programas.
7.3 Frente a cualquier incumplimiento de las garantías descritas anteriormente, su recurso exclusivo y la entera responsabilidad de Oracle serán: (a) la corrección de los errores de los Programas que ocasionan el incumplimiento de la garantía o, si Oracle no pudiera corregir sustancialmente los errores de la licencia de Programa aplicable de forma comercialmente razonable, Vd. podrá resolver la licencia de Programa y recuperar las tarifas satisfechas por Vd. a Oracle por la licencia de Programa, así como cualesquiera tarifas por los Servicios de Soporte Técnico pendientes de utilizar que Vd. hubiera satisfecho anticipadamente a Oracle por esa licencia de Programa; o (b) la nueva prestación de los Servicios Ofertados Relacionados con los Programas deficientes o, si Oracle no pudiera corregir sustancialmente dicha deficiencia de forma comercialmente razonable, Vd. podrá finalizar los Servicios Ofertados Relacionados con los Programas Deficientes y recuperar las tarifas satisfechas por Vd. a Oracle por los Servicios Ofertados Relacionados con los Programas Deficientes.
7.4 En la medida en que lo permita la ley, esta garantía es exclusiva, y no será de aplicación ninguna otra garantía expresa o implícita u otras condiciones, incluidas cualesquiera garantías o condiciones de comerciabilidad o adecuación a un fin determinado.
8. AUDITORÍAS
Oracle puede, previa notificación por escrito con cuarenta y cinco (45) días de antelación, auditar el uso de Vd. de los Programas para asegurarse de que el uso que Vd. haga de dichos Programas cumple con las condiciones del Pedido aplicable y del Acuerdo Marco. Dichas auditorías no interferirán injustificadamente en sus operaciones de negocio habituales.
Vd. acepta cooperar con Oracle en dichas auditorías y prestar una asistencia y un acceso razonables a la información razonablemente solicitada por Oracle. Dicha asistencia incluirá, sin limitarse a ello, la ejecución de las herramientas de medición de datos en los servidores de Vd., así como proporcionar los datos resultantes a Oracle.
La realización de la auditoría y los datos de carácter no-público obtenidos durante la misma (incluyendo los resultados o los informes resultantes de la auditoría) estarán sujetos a las cláusulas contenidas en la Sección 8 (Confidencialidad) de los Términos Generales.
En caso de que la auditoría identifique una no conformidad, Vd. acepta remediar dicha no conformidad (lo que puede incluir, sin limitación, el pago de las tarifas aplicables por licencias de Programa adicionales) en el plazo máximo de treinta (30) días desde la notificación por escrito de dicha no conformidad. En caso de que Vd. no remedie dicha no conformidad, Oracle podrá resolver (a) los Servicios Ofertados relacionados con los Programas (incluido el Soporte Técnico), (b) las licencias de Programa solicitadas bajo el presente Anexo P y cualesquiera acuerdos relacionados, y/o (c) el Acuerdo Marco. Vd. acuerda que Oracle no será responsable de cualesquiera costes incurridos por Vd. al cooperar con la auditoría.
9. LOGÍSTICA DE PEDIDOS
9.1 Entrega e Instalación
9.1.1 Vd. será responsable de la instalación de los Programas, a menos que los mismos hayan sido preinstalados por Oracle en el Hardware que Vd. haya adquirido mediante el Pedido, o a menos que Vd. haya solicitado a Oracle Servicios de instalación para dichos Programas.
9.1.2 Oracle ha puesto a su disposición mediante descarga electrónica en el sitio web de entrega electrónica al que se accede a través de la siguiente URL: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxx.xxx los Programas listados en la Sección Programas y Servicios Ofertados relacionados con los Programas del Pedido correspondiente. A través de dicha URL, Vd. podrá acceder y descargar electrónicamente en su ubicación la versión en producción más actualizada en la Fecha de Efectividad del correspondiente Pedido del software y de la Documentación de Programa relacionada para cada Programa incluido. Siempre que Vd. mantenga de forma continuada el Soporte Técnico de los Programas especificados, Vd. podrá continuar descargando dichos Programas y la Documentación de Programa relacionada. Ha de tener en cuenta que no todos los Programas están disponibles en todas las combinaciones de Hardware/Sistema Operativo. Para consultar la disponibilidad actual del Programa, visite el sitio web de entrega electrónica mencionada anteriormente. Vd. reconoce que Oracle ya no tiene obligación de realizar entregas relacionadas con los Programas con arreglo al Pedido correspondiente, ya sea mediante descarga electrónica o de otra forma.
9.1.3 Si así se solicita, Oracle entregará los soportes físicos en la dirección de entrega especificada en el Pedido correspondiente. Vd. acepta satisfacer los cargos por soportes físicos y envío aplicables. Los términos aplicables al envío de los soportes físicos son: FCA Dublin, Ireland (Incoterms 2010).
9.2 Territorio
Los Programas serán usados en el país o países especificados en el correspondiente Pedido.
9.3 Tarifas, Facturación y Términos de Pago
9.3.1 Al aceptar las obligaciones de pago en virtud de un Pedido, Vd. confirma y reconoce no haber confiado en la disponibilidad futura de cualesquiera Programas o actualizaciones. No obstante, (a) si Vd. solicita soporte técnico, la frase anterior no exime a Oracle de su obligación de proporcionar tal Servicio de Soporte Técnico bajo el Acuerdo Marco (siempre que esté disponible y cuando lo esté), de conformidad con las políticas de Soporte Técnico de Oracle que estén vigentes en ese momento; y (b) la frase anterior no altera los derechos concedidos a Vd. bajo un Pedido y el Acuerdo Marco.
9.3.2 Las tarifas por los Programas serán facturadas en la Fecha de Inicio.
9.3.3 Las tarifas de los Servicios Ofertados relacionados con los Programas serán facturadas con antelación a la prestación de los mismos; en concreto, las tarifas por los Servicios de Soporte Técnico se facturarán anualmente por anticipado. El plazo de prestación de todos los Servicios Ofertados relacionados con los Programas se hará efectivo en la Fecha de Inicio.
9.3.4 Adicionalmente a los precios indicados en el Pedido, Oracle le facturará cualesquiera cargos de envío o impuestos aplicables, siendo Vd. responsable de dichos cargos e impuestos.
ANEXO C – Servicios Cloud
Este Anexo de Servicios Cloud (el “Anexo C”) es un Anexo a los Términos Generales a los cuales se adjunta el presente Anexo C. Los Términos Generales y este Anexo C, junto con el Anexo H, el Anexo C, el Anexo S y el Anexo OSSS adjuntos, constituyen el Acuerdo Marco. El Anexo C tendrá el mismo plazo de validez que los Términos Generales.
1. USO DE LOS SERVICIOS
1.1 Oracle le prestará a Vd. los Servicios Oracle indicados en su Pedido (los “Servicios”) de conformidad con el Acuerdo Marco y con el Pedido de Vd. Excepto cuando se establezca otra cosa en el Acuerdo Xxxxx o en su Pedido, Vd. tiene el derecho no exclusivo, de alcance mundial y limitado para hacer uso de los Servicios durante el periodo definido en su Pedido, a no ser que se resuelva antes de conformidad con el Acuerdo Marco o con su Pedido (el “Periodo de Prestación de los Servicios”), exclusivamente para sus operaciones de negocio internas. Vd. puede permitir que sus Usuarios (tal y como se definen a continuación) utilicen los Servicios para este fin, y Vd. será responsable de que cumplan con lo establecido en el Acuerdo Xxxxx y el Pedido de Vd.
1.2 Las Especificaciones del Servicio describen y rigen los Servicios. Durante el Periodo de Prestación de los Servicios, podremos actualizar los Servicios y las Especificaciones del Servicio para reflejar cambios en la legislación, la normativa, la reglamentación, la tecnología, las prácticas del sector, los patrones de uso de los Sistemas y la disponibilidad del Contenido de Terceros, entre otros aspectos (como se indica a continuación). Las actualizaciones de Oracle de los Servicios o las Especificaciones del Servicio no reducirán de forma sustancial el nivel de rendimiento, funcionalidad, seguridad o disponibilidad de los Servicios durante el Periodo de Prestación de los Servicios de su Pedido.
1.3 Vd. no podrá llevar a cabo, causar ni permitir a otros la realización de las siguientes acciones: (a) utilizar los Servicios para acosar a alguien; provocar daños o lesiones a cualquier persona o propiedad; publicar cualquier material falso, difamatorio, constitutivo de acoso u obsceno; infringir los derechos a la privacidad; promover el fanatismo, el racismo, el odio o la voluntad de causar daños o lesiones; enviar correo masivo, correo basura, spam o cadenas de mensajes no solicitados; vulnerar los derechos de propiedad; o, de cualquier modo, infringir las leyes, decretos o cualquier otra regulación que fuera aplicable; (b) realizar o revelar cualquier tipo de test benchmark o pruebas de disponibilidad de los Servicios, excepto cuando así lo contemplen las Especificaciones del Servicio; (c) realizar o revelar cualquier tipo de pruebas de rendimiento o vulnerabilidad de los Servicios sin la aprobación previa y por escrito de Oracle, o realizar o revelar cualquier tipo de pruebas de detección de redes, identificación de puertos y servicios, análisis de vulnerabilidad, decodificación de contraseñas o acceso remoto de los Servicios; o (d) utilizar los Servicios para realizar labores de minería de ciberdivisas o criptodivisas [de (a) a (d), en conjunto, la “Política de Uso Aceptable”]. Además de otros derechos que nos asisten en virtud del Acuerdo Xxxxx y de su Pedido, tenemos el derecho a adoptar medidas correctivas en caso de que se infrinja la Política de Uso Aceptable. Dichas acciones correctivas podrán consistir en la retirada o desactivación del acceso a los materiales o contenidos que infrinjan la citada Política de Uso Aceptable.
2. TARIFAS Y PAGO
2.1 Una vez formalizado, su Pedido no podrá cancelarse y las tarifas satisfechas no se reembolsarán, salvo cuando se especifique otra cosa en el Acuerdo Xxxxx o en el Pedido de Vd. Las tarifas por los Servicios especificadas en un Pedido no incluyen impuestos ni gastos, a menos que se especifique expresamente otra cosa en el Pedido de Vd.
2.2 Si Vd. supera la cantidad de Servicios solicitados, Vd. deberá adquirir de inmediato la cantidad en exceso, así como satisfacer las tarifas correspondientes.
3. DERECHOS DE PROPIEDAD Y RESTRICCIONES
3.1 Vd. o sus licenciantes conservan la titularidad y todos los derechos de propiedad intelectual sobre y respecto de Xx Xxxxxxxxx (tal y como se define el término a continuación). Oracle y los licenciantes conservan la titularidad y todos los derechos de propiedad intelectual sobre y respecto a los Servicios, los trabajos derivados de los mismos y cualquier elemento que sea desarrollado o entreguemos, o que se desarrolle o entregue en nuestro nombre, en virtud del Acuerdo Marco.
3.2 A través del uso de los Servicios, es posible que Vd. pueda acceder a Contenidos de Terceros. A no ser que se establezca otra cosa en su Pedido, la titularidad y todos los derechos de propiedad intelectual sobre y respecto de los Contenidos de Terceros, así como el uso de estos, se rigen por las condiciones
independientes que Vd. y esos terceros formalicen.
3.3 Vd. declara que tiene la autoridad para hacerlo y, consecuentemente, nos concede el derecho a alojar, utilizar, procesar, tratar, mostrar y transmitir Su Contenido con el fin de prestar los Servicios de conformidad con el Acuerdo Xxxxx y con su Pedido. Vd. asume toda la responsabilidad en relación con la precisión, la calidad, la integridad, la legalidad, la fiabilidad y la idoneidad de Su Contenido, así como respecto de la obtención de cualesquiera derechos relacionados con Su Contenido que Oracle necesite para prestar los Servicios.
3.4 Salvo de conformidad con lo permitido expresamente en el Acuerdo Marco o en el Pedido de Vd., Vd. no podrá llevar a cabo, causar, ni permitir que otros lleven a cabo las siguientes acciones:(a) modificar, realizar trabajos derivados de, desmontar, descompilar, aplicar técnicas de ingeniería inversa, reproducir, reeditar, descargar o copiar cualquier parte de los Servicios (incluidas las estructuras de datos o materiales similares producidos por Programas); (b) acceder a los Servicios o utilizarlos con la finalidad de crear o dar soporte, de manera directa o indirecta, a productos o servicios que compitan con los de Oracle; o (c) licenciar, vender, transferir, ceder, distribuir, externalizar, permitir el uso en régimen de tiempo compartido o como agencia/oficina de servicios, explotar comercialmente o poner a disposición de cualquier tercero los Servicios.
4. CONFIDENCIALIDAD
Su Contenido alojado en los Servicios se considerará como Información Confidencial de conformidad con lo dispuesto en esta Sección, en la Sección 8 de los Términos Generales y en el Pedido de Vd. Oracle protegerá la confidencialidad de Su Contenido alojado en los Servicios durante el tiempo que dicha información resida en los Servicios.
5. PROTECCIÓN DE SU CONTENIDO
5.1 Con el objeto de proteger Su Contenido proporcionado a Oracle como parte de la prestación de los Servicios, Oracle cumplirá con las garantías administrativas, físicas, técnicas y de otra índole, así como con otros aspectos relevantes de la gestión de sistemas y contenido disponibles en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxx-xxxxxxxx.
5.2 En la medida en que Su Contenido contenga Información Personal (tal y como este término se define en las políticas de privacidad de datos aplicables y en el Acuerdo de Tratamiento de Datos [tal y como se define a continuación]), Oracle cumplirá, además, con lo siguiente:
a. las políticas de privacidad Oracle relevantes aplicables a los Servicios, disponibles en xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxx.xxxx; y
b. la versión aplicable del Acuerdo de Tratamiento de Datos para Servicios Oracle (el “Acuerdo de Tratamiento de Datos”), excepto que otra cosa se establezca en el Pedido de Vd. La versión del Acuerdo de Tratamiento de Datos aplicable a su Pedido (a) está disponible en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxx-xxxxxxxx y se considera incluido en el presente documento por referencia, y (b) continuará en vigor durante el Periodo de Prestación de los Servicios del Pedido de Vd. En el caso de cualquier contradicción entre las condiciones del Acuerdo de Procesamiento de Datos y las condiciones de las Especificaciones del Servicio (que comprenden cualesquiera políticas de Oracle aplicables en materia de privacidad), prevalecerán los términos y condiciones del Acuerdo de Tratamiento de Datos.
5.3 Sin perjuicio de lo dispuesto en las Secciones 5.1 y 5.2 anteriores, Vd. es el responsable de (a) cualesquiera notificaciones, consentimientos y/o autorizaciones necesarias que estén relacionadas con el suministro a Oracle de su parte, y con el tratamiento por nuestra parte, de Su Contenido (incluyendo cualquier Dato Personal) como parte de los Servicios, (b) cualesquiera vulnerabilidades de seguridad, y las consecuencias de dichas vulnerabilidades, que surjan de Su Contenido, incluidos virus, troyanos, gusanos o rutinas de programación perjudiciales de otra índole que se encuentren en los Su Contenido; y
(c) cualquier uso que Vd. o los Usuarios de Vd. hagan de los Servicios que no sea conforme a las condiciones del Acuerdo Marco y/o el Pedido de Vd. En la medida en la que Vd. revele o transmita Su Contenido a terceros, nosotros no nos haremos responsables de la seguridad o confidencialidad de dichos contenidos fuera del control de Oracle.
5.4 A menos que se especifique otra cosa en el Pedido de Vd. (incluyendo las Especificaciones del Servicio), Su Contenido no podrá incluir ningún dato que imponga sobre Oracle obligaciones específicas en materia de seguridad o protección de datos, ya sean adicionales o distintas de las estipuladas en el Acuerdo de Tratamiento de Datos, las Especificaciones del Servicio o el Acuerdo Marco. Si Su Contenidos incluye alguno de los datos anteriores (por ejemplo, determinados datos sanitarios regulados o información sobre tarjetas de pago), Oracle procesará dichos datos únicamente de conformidad con las condiciones del Pedido de Vd., el Acuerdo de Tratamiento de Datos, las Especificaciones del Servicio y el Acuerdo Marco. Vd. es responsable de cumplir con las obligaciones reglamentarias, legales o de seguridad de datos específicas que puedan aplicarse a dichos datos de Vd. Si estuviera disponible para los Servicios, Vd. podrá adquirir Servicios adicionales de Oracle (p. ej., Oracle Payment Card Industry Compliance Services) diseñados para cumplir con los requerimientos específicos en materia de seguridad o protección de datos aplicables a dichos datos.
6. GARANTÍAS, EXENCIONES Y RECURSOS EXCLUSIVOS
6.1 Cada parte manifiesta que formaliza válidamente el Acuerdo Xxxxx y que cuenta con la facultad y autoridad para hacerlo. Oracle garantiza que, durante el Periodo de Prestación de los Servicios, prestará los Servicios con un grado de cuidado y capacidad comercialmente razonable y en todos los aspectos sustanciales que se describen en las Especificaciones del Servicio (la “Garantía de los Servicios”). En caso de que los Servicios no le fueran prestados a Vd. conforme se garantiza, Vd. deberá remitirnos a la mayor brevedad una notificación por escrito en la que se describa la deficiencia en los Servicios (lo que incluye, en su caso, el número de solicitud de servicio en la que se nos haya notificado dicha deficiencia en los Servicios).
6.2 Oracle no garantiza que los Servicios se presten libres de errores o de forma ininterrumpida, ni tampoco que vayamos a corregir todos los errores de estos, ni que los Servicios satisfarán totalmente los requisitos o expectativas de Vd. No somos responsables de ningún problema relacionado con el rendimiento, el funcionamiento o la seguridad de los Servicios que surja de Su Contenidos o del Contenido de Terceros, ni de los Servicios prestados por terceros.
6.3 En concepto de Garantía por Incumplimiento de los Servicios, el recurso exclusivo de Vd. y la totalidad de la responsabilidad de Oracle consistirá en corregir los Servicios deficientes causantes del incumplimiento de la Garantía; o bien, en caso de que no se pueda subsanar sustancialmente la deficiencia de manera comercialmente razonable, Vd. podrá poner fin a los Servicios deficientes y le reembolsaremos las tarifas por los Servicios resueltos que Vd. nos haya satisfecho por adelantado por periodo posterior a la Fecha de Efectividad de la resolución.
6.4 En la medida en que no lo prohíba la ley, estas garantías son exclusivas, no siendo aplicables otras garantías ni condiciones, expresas o implícitas, lo que incluye cualesquiera garantías o condiciones relacionadas con el software, el Hardware, los sistemas, las redes o los entornos, o de comerciabilidad, calidad satisfactoria y adecuación a un fin determinado.
7. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
7.1 Ninguna de las partes ni sus afiliadas serán responsables en ningún caso por cualquier daño indirecto, consecuencial, incidental, especial, punitivo o consecuencial, ni de cualquier pérdida de ingresos, beneficios (excluidas las tarifas en virtud de este Acuerdo Marco), ventas, Datos, uso de Datos, fondo de comercio o reputación.
7.2 La responsabilidad total de Oracle y de sus afiliadas que surja del Acuerdo Marco o del Pedido de Vd., o en relación a los mismos, ya sea contractual, extracontractual o de cualquier otra naturaleza, no superará en ningún caso los importes totales que se hayan satisfecho realmente por los Productos y Servicios Oracle en virtud del Pedido que haya dado lugar a la responsabilidad durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la fecha del evento que haya generado dicha responsabilidad.
8. TÉRMINOS ADICIONALES SOBRE INDEMNIZACIÓN POR INFRACCIÓN
8.1 Cuando Oracle sea el Proveedor y ejerza su opción, de conformidad con la Sección 5.2 de los Términos Generales, de poner fin a la licencia y solicitar la devolución de un Material que forme parte de los Servicios, incluyendo Software Oracle, Oracle reembolsará cualesquiera cargos satisfechos por adelantado y no disfrutados que Vd. haya satisfecho por dicho Material. Si dicho Material fuera tecnología de terceros y las condiciones de la licencia xxx xxxxxxx no permitiesen a Oracle resolver la licencia, Oracle
podrá, previa notificación por escrito con treinta (30) días de antelación, finalizar los Servicios asociados a tal Material y reembolsarle a Vd. las tarifas satisfechas por adelantado y no disfrutadas por dichos Servicios.
8.2 Oracle no le indemnizará a Vd. frente a cualquier reclamación por infracción en la medida en que dicha reclamación esté basada en Contenidos de Terceros o en cualquier Material proveniente de un portal de terceros u otro origen externo que sea accesible o esté disponible para Vd. en virtud de, o a través de los Servicios (por ejemplo, una publicación en un blog o un foro de un tercero, una página web de un tercero a la que haya accedido vía un enlace, datos de marketing de proveedores de datos terceros, etc.).
8.3 El término “Documentación de Usuario”, que aparece en la primera frase de la Sección 5.6 de los Términos Generales, incluye las Especificaciones del Servicio a las que se hace referencia en el Pedido de Vd. de Servicios.
9. PLAZO Y RESOLUCIÓN
9.1 Los Servicios se prestarán durante el Periodo de Prestación de los Servicios definido en el Pedido de Vd.
9.2 Oracle puede suspender el acceso o el uso de Vd. y/o de sus Usuarios a los Servicios en caso de que consideremos que (a) exista una amenaza significativa para la funcionalidad, seguridad, integridad o disponibilidad de los Servicios o de cualquier contenido, datos o aplicaciones de los Servicios; (b) Vd. o sus Usuarios estén accediendo o utilizando los Servicios para cometer un acto ilegal; (c) exista alguna infracción de la Política de Uso Aceptable; (d) Vd. haya proporcionado una cuenta o una información de pago falsa, o se rechaza su método de pago digital. Cuando sea razonablemente viable y la ley lo permita, nosotros le proporcionaremos a Vd. notificación previa de dicha suspensión. En el caso de Servicios con la capacidad operativa aplicable, Oracle realizará esfuerzos razonables para limitar cualquier suspensión únicamente a la porción de los Servicios relacionada con el problema causante de la suspensión. Oracle realizará esfuerzos razonables para restablecer los Servicios lo antes posible una vez que hayamos determinado que el problema causante de la suspensión se ha resuelto. Durante cualquier periodo de suspensión, Oracle pondrá Su Contenido (tal y como se encuentre a la fecha de suspensión) a disposición de Vd. Ninguna suspensión en virtud de esta Sección le eximirá a Vd. de su obligación de satisfacer los pagos.
9.3 Si cualquiera de las partes incumpliera un término sustancial del Acuerdo Marco o cualquier Pedido y no subsanara dicho incumplimiento en un plazo de treinta (30) días desde la notificación por escrito del mencionado incumplimiento (de acuerdo con la Sección 14.1 a continuación), la parte incumplidora se considerará en situación de incumplimiento y la parte no incumplidora podrá resolver (a) en el caso de incumplimiento de cualquier Pedido, el Pedido objeto de incumplimiento; o (b) en el caso de incumplimiento del Acuerdo Marco, tanto este último como cualesquiera Pedidos formalizados en virtud de este. Si Oracle resuelve cualquier Pedido en la forma establecida en la frase precedente, Vd. deberá satisfacer en el plazo de treinta (30) días todas las tarifas que se hubieran devengado con anterioridad a dicha resolución, así como todas las sumas pendientes de pago por el(los) Pedido(s) resuelto(s), más los gastos e impuestos relacionados. Salvo en el caso de impago de tarifas, la parte no incumplidora, a su entera discreción, podrá acordar extender el periodo de treinta (30) días en la medida en que la parte incumplidora realice en forma continuada esfuerzos razonables para subsanar el incumplimiento. Vd. acepta que, en caso de encontrarse Vd. en situación de incumplimiento del Acuerdo Marco y/o del Pedido de Vd., Vd. no podrá hacer uso de los Servicios solicitados.
9.4 Al término del Periodo de Prestación de los Servicios, pondremos Su Contenido (tal y como se encuentre al finalizar el Periodo de Prestación de los Servicios) a disposición de Vd. para que lo recupere durante un periodo de recuperación indicado en las Especificaciones del Servicio. Tras el periodo de recuperación, y salvo que la legislación aplicable exija otra cosa, eliminaremos cualquier parte de Su Contenido que permanezca en los Servicios. Nuestras prácticas de eliminación de datos se describen con más detalle en las Especificaciones del Servicio.
10. CONTENIDOS, SERVICIOS Y SITIOS WEB DE TERCEROS
10.1 Los Servicios le pueden permitir establecer enlaces a páginas web, plataformas, Contenidos, Productos, Servicios e información de terceros (“Servicios de Terceros”), utilizarlos o transferir Su Contenido o Contenidos de Terceros a dichos Servicios de Terceros. Oracle no controla ni es responsable de dichos Contenidos de Terceros o dichos Servicios de Terceros. Vd. será el único responsable de cumplir con las condiciones de acceso y uso de Servicios de Terceros y, si Oracle accede o usa cualquier Servicio
de Terceros en nombre de Vd. para facilitar la prestación de los Servicios, Vd. será el único responsable de asegurar que este acceso y uso, incluidos los que requieran contraseñas, credenciales o tokens expedidos o puestos a su disposición de cualquier otro modo, están autorizados de acuerdo con los términos de acceso y uso de estos Servicios. Si Vd. transfiere o causa la transferencia de Su Contenido o de Contenidos de Terceros desde los Servicios hasta un Servicio de Terceros u otra ubicación, esta transferencia constituye una transferencia realizada por Vd. y no por parte de Oracle.
10.2 Cualesquier Contenidos de Terceros a los que pudiéramos permitirle acceder se proporcionan “como está” y “según disponibilidad”, sin garantía de ningún tipo. Nos eximimos de cualquier responsabilidad que surja de los Contenidos de Terceros o que esté relacionada con estos.
10.3 Vd. reconoce que: (a) la naturaleza, el tipo, la calidad y la disponibilidad de los Contenidos de Terceros pueden variar en cualquier momento durante el Periodo de Prestación de los Servicios, y (b) las características de los Servicios que interaccionan con Servicios de Terceros tales como Facebook™, YouTube™ y Twitter™, etc., dependen de la disponibilidad continuada de las interfaces de programación de aplicaciones (API, por sus siglas en inglés) respectivas de cada tercero. Puede que Oracle tenga que actualizar, cambiar o modificar los Servicios en virtud del Acuerdo Marco como consecuencia de un cambio o indisponibilidad de los Contenidos de Terceros, los Servicios de Terceros o las API. Ningún cambio en los Contenidos de Terceros, los Servicios de Terceros o las API, incluido el hecho de que dejen de estar disponibles, durante el Periodo de Prestación de los Servicios afectará a las obligaciones de Vd. en virtud del Acuerdo Marco o el Pedido aplicable, y Vd. no tendrá derecho a ningún reembolso, crédito ni compensación de cualquier tipo por tales cambios.
11. MONITORIZACIÓN DE LOS SERVICIOS, ANÁLISIS Y SOFTWARE ORACLE
11.1 Oracle monitoriza los Servicios de forma continuada para facilitar el funcionamiento de los mismos; para ayudar a resolver las solicitudes de servicio de Vd.; para detectar y gestionar las amenazas a la funcionalidad, seguridad, integridad y disponibilidad de los Servicios, así como de los contenidos, los datos o las aplicaciones de los Servicios; y para detectar y abordar actividades ilegales o infracciones de la Política de Uso Aceptable. Las herramientas de monitorización de Oracle no recopilan ni almacenan nada de Su Contenido alojadpen los Servicios, excepto en la medida en que sea necesario para tales fines. Oracle no monitoriza ningún software que no sea de Oracle proporcionado por Vd. o por cualquiera de sus Usuarios que se almacene o ejecute en los Servicios o a través de estos, ni gestiona ningún problema que dicho software pueda presentar. La información recogida por las herramientas de monitorización de Oracle (excluyendo Su Contenido) puede utilizarse también para ayudarnos a gestionar el catálogo de Productos y Servicios Oracle, gestionar las deficiencias en los Productos y Servicios Ofertados de Oracle, y con fines de gestión de licencias.
11.2 Oracle podrá (a) compilar información estadística y de otra índole relacionada con el rendimiento, el funcionamiento y la utilización de los Servicios, y (b) utilizar los datos de los Servicios de forma agregada a efectos de gestión de las operaciones y la seguridad, para crear análisis estadísticos y con fines de investigación y desarrollo (en adelante, se hará referencia colectivamente a las cláusulas anteriores (a) y
(b) con el término “Análisis de los Servicios”). Oracle conserva todos los derechos de propiedad intelectual de los Análisis de los Servicios.
11.3 Oracle puede proporcionarle a Vd. la posibilidad de obtener cierto Software provisto por Oracle (según se define este término más adelante) para su uso junto con los Servicios. A menos que se especifique que se aplican términos independientes para dicho Software, el Software provisto por Oracle se le proporcionará como parte de los Servicios y Vd. tendrá el derecho no exclusivo, limitado y mundial para usar, y permitir que sus Usuarios utilicen, dicho Software provisto por Oracle, de conformidad con los términos del Acuerdo Marco y de su Pedido, con la única finalidad de facilitarle el uso autorizado de los Servicios. Su derecho a usar el Software provisto por Oracle se resolverá en el momento en que se le notifique (mediante una publicación en la Web o de cualquier otro modo), o bien en el momento en que finalicen los Servicios asociados al Software provisto por Oracle, lo que suceda primero. El derecho de Vd. a usar cualquier parte del Software provisto por Oracle licenciado bajo términos independientes no es objeto de restricción alguna por el Acuerdo Marco.
12. DISPOSITIVOS DE HARDWARE
Los términos y condiciones contenidos en la presente Sección 12 (Dispositivos de Hardware) solo se aplican a un Pedido que incluya un Dispositivo de Hardware.
12.1 Su Pedido puede incluir un Dispositivo de Hardware (tal y como se define a continuación), que podrá utilizar con los Servicios aplicables tal y como se describe en las Especificaciones del Servicio. Los términos del Acuerdo Marco y del Pedido de Vd. (incluyendo aquellos términos que hacen referencia a los Servicios) rigen los Dispositivos de Hardware, el Sistema Operativo y el Software Integrado (los dos últimos, tal y como se definen a continuación), a menos que otra cosa se indique expresamente en esta Sección 12, o si las condiciones por su naturaleza fueran inaplicables a los Dispositivos de Hardware.
12.2 Oracle proporciona una garantía limitada para los Dispositivos de Hardware tal y como se describe en la Garantía de Hardware de Oracle disponible en xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx. Cualquier cambio en la Garantía de Hardware Oracle no se aplicará a los Dispositivos de Hardware solicitados con anterioridad a dicho cambio.
12.3 Proporcionamos Servicios de Soporte Técnico para los Dispositivos de Hardware tal y como se describe en las Especificaciones del Servicio y/o en las Políticas de Soporte de Hardware y Sistemas de Oracle vigentes en el momento de la prestación de los Servicios de Soporte Técnico (disponibles en xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx), según proceda.
12.4 Con respecto a nuestra indemnización por los Dispositivos de Hardware en virtud de la Sección 8, y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 5. 2 de los Términos Generales, si creemos o se determina que el Dispositivo de Hardware (o parte de este) puede haber vulnerado los derechos de propiedad intelectual de un tercero, Oracle podrá optar entre reemplazar o modificar el Dispositivo de Hardware (o parte de este) a fin de que cese la vulneración (preservando sustancialmente su utilidad o funcionalidad), u obtener una autorización que permita su uso continuado. En caso de que estas alternativas no fueran comercialmente razonables, Oracle podrá retirar el Dispositivo de Hardware en cuestión (o parte de este) y reembolsar el valor neto contable del Dispositivo de Hardware.
12.5 “Dispositivo de Hardware” se define como el Hardware que cumple los dos requisitos siguientes:
(a) el Hardware se gestiona o se utiliza como parte de los Servicios y (b) el Hardware es designado como Dispositivo de Hardware por Oracle. La titularidad de los Dispositivos de Hardware se le transferirá a Vd. en el momento de su entrega, a menos que otra cosa se especifique en su Xxxxxx.
12.6 “Sistema Operativo” hace referencia al software que gestiona el Dispositivo de Hardware. Vd. tiene derecho a utilizar el Sistema operativo entregado con el Dispositivo de Hardware (y cualesquiera actualizaciones adquiridas a través de nuestros Servicios de Soporte Técnico) únicamente tal y como esté incorporado y forme parte del Dispositivo de Hardware y sujeto a los términos del acuerdo o acuerdos de licencia entregados con, o incluidos en, el Dispositivo de Hardware. Las versiones actuales de los acuerdos de licencia se encuentran en la documentación del Dispositivo de Hardware.
12.7 “Software Integrado” hace referencia a cualquier software o código programable que esté embebido o integrado en un Dispositivo de Hardware y que permita el funcionamiento del Dispositivo de Hardware. El Software integrado no incluye, y Vd. no tiene los derechos sobre, (a) el código o el funcionamiento de los Servicios de diagnóstico, mantenimiento, reparación o Soporte Técnico; o (b) las aplicaciones, las herramientas de desarrollo, o el software de gestión de sistemas con licencia independiente u otro código para el que exista una licencia independiente de Oracle o un tercero. Vd. tiene el derecho limitado y no exclusivo a utilizar el Software integrado entregado con el Dispositivo de Hardware (y cualesquiera actualizaciones adquiridas a través de nuestros Servicios de Soporte Técnico) únicamente tal y como esté incorporado y forme parte del Dispositivo de Hardware y sujeto a las condiciones entregadas o incluidas con el Dispositivo de Hardware y/o con la documentación aplicable.
12.8 Oracle o sus licenciantes conservan íntegramente la propiedad y los derechos de propiedad intelectual del Sistema operativo y el Software Integrado. El Dispositivo de Hardware puede contener o requerir el uso de tecnología de terceros que se proporcione con el Dispositivo de Hardware o que esté preinstalada en el Dispositivo de Hardware. Se licencia la tecnología de terceros en virtud de los términos que se le pueden proporcionar a Vd. (i) con el Dispositivo de Hardware o incluidos en este, (ii) en la documentación del producto aplicable, (iii) en los archivos Léame, o (iv) en los archivos de notificación sobre términos legales. Su derecho a utilizar esta tecnología de terceros en virtud de términos de licencia separados no quedará restringido de ninguna forma por el Acuerdo Marco. No garantizamos ni proporcionamos ningún Servicio de Soporte Técnico para esta tecnología de terceros.
12.9 El Sistema Operativo o el Software Integrado pueden incluir trabajos independientes, identificados en la documentación aplicable o en un archivo Léame, de notificación sobre términos legales o en la documentación aplicable, los cuales son objeto de licencia bajo términos de código abierto u otros términos similares de licencia; sus derechos de uso del Sistema Operativo y el Software Integrado bajo tales términos no quedan de ninguna manera restringidos por el Acuerdo Marco. Los términos adecuados correspondientes a estas tareas independientes pueden consultarse en los archivos Léame, de notificación sobre términos legales o en la documentación que acompaña al Sistema Operativo y al Software Integrado. En el caso del software (i) que forme parte de algún Sistema Operativo o Software Integrado, (ii) que Vd. reciba de Oracle en forma de código binario y (iii) que se licencie bajo una licencia de código abierto que le conceda a Vd. el derecho a recibir el código fuente de dicho código binario, Vd. podrá obtener una copia del código fuente en cuestión en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxx/ o xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xxxxxxxxxxxxxx. Si el código fuente del software no se le proporciona con el código binario, Vd. también podrá recibir una copia del código fuente en un soporte físico enviando una solicitud por escrito de conformidad con las instrucciones que encontrará en la Sección “Written Offer for Source Code” de la segunda URL indicada.
13. CONDICIONES ADICIONALES DE EXPORTACIÓN
Vd. reconoce que los Servicios se han diseñado con prestaciones que le permiten a Vd. y a sus Usuarios acceder a los Servicios independientemente de su ubicación geográfica y transferir o mover de cualquier otro modo Su Contenido entre los Servicios y otras ubicaciones, como los puestos de trabajo de los Usuarios. Vd. es el único responsable de la autorización y gestión de las cuentas de Usuario en todas las ubicaciones geográficas, así como de los controles a la exportación y la transferencia geográfica de Su Contenido.
14. TÉRMINOS ADICIONALES DE NOTIFICACIÓN
14.1 Cualquier notificación requerida bajo el Acuerdo Xxxxx deberá remitirse a la otra parte por escrito, tal y como se especifica en la Sección 14 de los Términos Generales.
14.2 Oracle podrá remitir notificaciones aplicables a nuestros Clientes de los Servicios a través de una notificación general publicada en el portal de Oracle para los Servicios, así como mediante notificaciones específicas para Vd. (a) que le serán remitidas por correo electrónico a la dirección que tengamos registrada en la información de su cuenta o (b) mediante notificación por escrito enviada por correo certificado o con portes pagados a su dirección que tengamos registrada en la información de su cuenta.
14.3 Vd. puede registrarse para recibir notificaciones de las actualizaciones de las Políticas de Hosting y Prestación de Servicios Cloud Oracle y del Acuerdo de Tratamiento de Datos (y de algunas otras Especificaciones de los Servicios puestas a su disposición por parte de Oracle) en xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxx-xxxxxxxx.
15. OTROS
15.1 Nosotros somos un contratista independiente y las partes reconocen que no existe entre ellas relación de agencia, joint venture o asociación alguna.
15.2 Nuestros Partners y otros terceros, incluidos los terceros cuyas integraciones se encuentren incorporadas a los Servicios o a quienes Vd. haya contratado para la prestación de Servicios de consultoría, Servicios de implementación o aplicaciones que interaccionen con los Servicios, son independientes de Oracle y no son agentes de Oracle. Incluso en el caso de recomendación de Oracle, Oracle no será responsable ni tendrá obligación alguna respecto a cualquier problema relativo a los Servicios o a Su Contenido que surja de cualesquiera actos u omisiones de dichos socios comerciales (o partners) o terceros, a menos que estos presten los Servicios en calidad de subcontratistas de Oracle o hayan adquirido, de algún modo un compromiso con Oracle en relación al cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo Marco y, de ser así, solo en la misma extensión en que en Oracle sería responsable en caso de utilizar sus propios recursos en virtud del presente Acuerdo Marco.
15.3 Antes de formalizar un Pedido al amparo del Acuerdo Marco, Vd. será el único responsable de determinar si los Servicios satisfacen los requisitos técnicos, empresariales o normativos de Vd. Oracle colaborará con Vd. para determinar si la utilización de los Servicios estándar se ajusta a dichos requisitos. Es posible que sean de aplicación tarifas adicionales a cualesquiera trabajos adicionales que Oracle lleve
a cabo o a los cambios introducidos en los Servicios. Vd. será el único responsable del cumplimiento de la normativa que le resulte aplicable en relación con la utilización de los Servicios por parte de Vd.
15.4 Se acuerda expresamente que los términos y condiciones del Acuerdo Marco y de cualquier Pedido de Oracle prevalecerán sobre los términos y condiciones de cualesquiera Pedidos de compra, portal de adquisiciones de Internet u otros documentos similares no procedentes de Oracle, y que cualquier condición incluida en dichos Pedidos, portales u otros documentos similares no procedentes de Oracle no será de aplicación a su Pedido de Oracle. En caso de discrepancia entre los términos y condiciones de un Pedido y este Acuerdo, prevalecerán los términos y condiciones del Pedido; sin embargo, a menos que se indique expresamente lo contrario en un Pedido, prevalecerán los términos y condiciones del Acuerdo de Tratamiento de Datos en caso de discrepancia respecto de los términos y condiciones contenidos en un Pedido. Ni el Acuerdo Xxxxx ni ningún Pedido formalizado en virtud de este se podrán modificar, ni los derechos y restricciones se podrán alterar ni ser objeto de renuncia, excepto que la modificación, alteración o renuncia se hagan constar por escrito y estén firmadas o se acepten en línea por representantes autorizados de Vd. y de Oracle; sin embargo, Oracle puede actualizar las Especificaciones del Servicio, incluida la publicación de documentos actualizados en sitios web de Oracle. El Acuerdo Xxxxx no crea ninguna relación xx xxxxxxx beneficiario.
16. DEFINICIONES DEL ACUERDO
16.1 “Software provisto por Oracle” se refiere a cualquier herramienta, aplicación o agente de software que Oracle ponga a disposición de Vd. para su descarga de manera específica a los efectos de facilitarle el acceso los Servicios, permitir el funcionamiento de estos y/o utilizarse en combinación con los mismos.
16.2 “Documentación de Programa” se refiere a los manuales de Usuario, ventanas de ayuda y archivos Léame de los Servicios y del Software provisto por Oracle. Vd. puede acceder a la documentación en línea en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx o de otras direcciones especificadas por Oracle.
16.3 El término “Especificaciones del Servicio” se refiere a los documentos siguientes, según sean de aplicación a los Servicios en virtud del Pedido de Vd.: (a) las Políticas de Hosting y Prestación de Servicios Cloud Oracle, la Documentación del Programa, las descripciones de los Servicios Oracle y las Prácticas de Seguridad Corporativa de Oracle; (b) las Políticas de Privacidad de Oracle; y (c) cualesquiera otros documentos de Oracle que se referencien o incorporen al Pedido de Vd. Los documentos siguientes no son de aplicación a ningún Servicio Ofertado que no sea un Servicio Cloud Oracle que Vd. adquiera en virtud del Pedido de Vd., como los Servicios Profesionales: las Políticas de Hosting y Prestación de Servicios Cloud Oracle y la Documentación de Programa. Los documentos siguientes no son de aplicación a ningún Software provisto por Oracle: las Políticas de Hosting y Prestación de Servicios Cloud Oracle.
16.4 El término “Contenidos de Terceros” se refiere a todo el software, datos, texto, imágenes, audio, vídeo, fotografías y otros contenidos y materiales, en cualquier formato, obtenidos o derivados xx xxxxxxx externas ajenas a Oracle y a los que Vd. tenga acceso a través del uso de los Servicios, como parte de tales Servicios o en combinación con estos. Ejemplos de Contenidos de Terceros son las fuentes de datos de Servicios de redes sociales, las fuentes RSS de publicaciones de blogs, los mercados de datos y bibliotecas de Oracle, los diccionarios o los datos de marketing. Los Contenidos de Terceros incluyen los materiales ofrecidos por terceros a los que se acceda o que se obtengan mediante el uso por parte de Vd. de los Servicios o de cualquier herramienta proporcionada por Oracle.
12.1 El término “Usuarios” se refiere a aquellos Empleados, contratistas y Usuarios Finales, conforme sea aplicable, autorizados por Vd. o en nombre de Vd. a utilizar los Servicios de conformidad con el Acuerdo Xxxxx y el Pedido de Vd. Respecto a aquellos Servicios específicamente diseñados para permitir que los clientes, agentes y proveedores de Vd. u otros terceros accedan a los Servicios Cloud para interaccionar con Vd., tales terceros se considerarán “Usuarios” con arreglo a las condiciones de este Acuerdo Marco y del Pedido de Vd.
16.5 El término “Su Contenido” se refiere a todo el software, datos (incluidos los Datos Personales), texto, imágenes, audio, vídeo, fotografías, aplicaciones de terceros o que no sean de Oracle y cualesquiera otros contenidos y materiales, en cualquier formato, que Vd. o cualquiera de sus Usuarios proporcionen y que se almacenen o ejecuten en los Servicios o a través de estos. Los Servicios prestados en virtud del Acuerdo Marco, el Software de Oracle, otros Productos y Servicios Oracle y la propiedad intelectual de Oracle, así como todos los trabajos derivados de estos, no se consideran incluidos en el término “Su Contenido”. Su Contenido incluye todos los Contenidos de Terceros que Vd. introduzca en los Servicios, mediante el uso por parte de Vd. de los Servicios o de cualquier herramienta proporcionada por Oracle.
16.6 Los términos en mayúscula utilizados pero no definidos en el presente Anexo C tendrán el mismo significado establecido en los Términos Generales.
ANEXO S – Servicios
Este Anexo de Servicios (el “Anexo S”) es un Anexo a los Términos Generales a los que se adjunta este Anexo S. Los Términos Generales y este Anexo S, junto con el Anexo P, el Anexo H, el Anexo C y el Anexo OSSS adjuntos, constituyen el Acuerdo Marco. El Anexo S tendrá el mismo plazo de validez que los Términos Generales.
1. DEFINICIONES
1.1. El término “Servicios” hace referencia a los Servicios de consultoría, Servicios Avanzados de Soporte al Cliente (o “ACS”), Servicios de formación u otros Servicios que Vd. haya solicitado a Oracle bajo el presente Anexo S.
1.2. Los términos en mayúscula utilizados pero no definidos en el presente Anexo C tendrán el mismo significado establecido en los Términos Generales.
2. DERECHOS CONCEDIDOS/RESTRICCIONES
2.1. Una vez satisfechas las tarifas por los Servicios, Vd. tendrá el derecho limitado mundial no exclusivo, intransferible, libre de royalties e indefinido (en el caso de los Servicios in situ), para acceder y utilizar para sus operaciones de negocio internas, los Servicios que Vd. solicite y todos los desarrollos de Oracle que se le hayan entregado a Vd. en virtud del presente Anexo S (los “Servicios y Entregables”).
2.2. Vd. puede permitir a sus agentes y contratistas acceder y utilizar los Servicios para sus operaciones de negocio internas, responsabilizándose Vd. en ese caso del cumplimiento de las condiciones estipuladas bajo los Términos Generales, el presente Anexo S y el Pedido aplicable durante dicho uso.
2.3. Los Servicios prestados bajo el presente Anexo S pueden estar relacionados con derecho de Vd. de uso de Servicios o Productos Cloud o gestionados/alojados propiedad de Oracle o distribuidos por Oracle adquiridos por Vd. bajo un Pedido independiente. El acuerdo referenciado en tal Xxxxxx regirá el uso que Vd. haga de dichos Servicios y Productos, y nada de lo establecido en este Anexo S tiene la intención de conceder un derecho de uso de dichos Servicios y Productos más allá de los términos de ese Pedido, tales como el Periodo de Prestación de los Servicios o el número y el tipo de entornos especificados en un Pedido de Servicios Cloud o gestionados/alojados.
3. GARANTÍAS, EXENCIONES Y RECURSOS EXCLUSIVOS
3.1 Oracle le garantiza que los Servicios serán prestados de manera profesional y coherente con los estándares de la industria. Vd. deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia en los Servicios bajo garantía en un plazo de noventa (90) días a partir de la prestación de los Servicios defectuosos.
3.2 Frente a cualquier incumplimiento de las garantías, su recurso exclusivo y la entera responsabilidad de Oracle se limitará a volver a prestar los Servicios defectuosos o, si Oracle no pudiera corregir sustancialmente dicha deficiencia de forma comercialmente razonable, Vd. podrá finalizar los Servicios deficientes y recuperar las tarifas que haya satisfecho a Oracle por estos.
3.3 Hasta el límite en que lo permita la ley, esta garantía es exclusiva, no siendo aplicables otras garantías expresas o implícitas u otras condiciones, incluidas cualesquiera garantías o condiciones de comercialización o adecuación a un fin determinado.
ANEXO OSSS - Servicios de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle
El presente Anexo de Servicios de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle (el “Anexo OSSS”) es un Anexo a los Términos Generales referenciados anteriormente. Los Términos Generales y este Anexo OSSS, junto con el Anexo H, el Anexo P, el Anexo C y el Anexo S adjuntos, constituyen el Acuerdo Marco.
Este Anexo OSSS tendrá el mismo plazo de validez que los Términos Generales.
1. DEFINICIONES
1.1 El término “Programas Cubiertos” se refiere al conjunto específico de Productos de software enumerados en el documento titulado “Oracle Linux and Oracle VM Included Files” (disponible en la URL xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxx-xxxxxxxxxxxxxxx-000000.xxx) para los que Vd. haya solicitado Servicios Ofertados de Oracle Linux y/o Servicios Ofertados de Oracle VM, lo que incluye toda la Documentación de Programa, los parches y las correcciones de errores relacionados adquiridos a través de dichos Servicios Ofertados de Oracle Linux y/o Servicios Ofertados de Oracle VM.
1.2 Los términos “Servicios Ofertados de Oracle Linux”, “Servicios Ofertados de Oracle VM” y “Servicios Ofertados de Oracle Verrazzano” hacen referencia a los Servicios de Soporte de Oracle Linux, Oracle VM y Oracle Verrazzano respectivamente, tal y como se definen en las Políticas de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle a las que se hace referencia en la Sección 2.2 a continuación.
1.3 El término “Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle” hace referencia al(a los) Servicio(s) Ofertado(s) de Oracle Linux, al(a los) Servicio(s) Ofertados de Oracle VM y al(a los) Servicio(s) Ofertado(s) de Oracle Verrazzano.
1.4 El término “Plazo de Soporte” se refiere al plazo para el que Vd. haya adquirido los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle aplicables.
1.5 “Documentación de Programa” hace referencia al manual de usuario del Programa y a los manuales de instalación del Programa. La Documentación de Programa puede entregarse con los programas Oracle Linux, Oracle VM y Oracle Verrazzano. Puede acceder a la documentación en línea en xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxx.
1.6 Los términos en mayúscula utilizados pero no definidos en el presente Anexo OSSS tendrán el mismo significado que el establecido en los Términos Generales.
2. SERVICIOS OFERTADOS DE CÓDIGO ABIERTO DE ORACLE
2.1. En el momento en que Oracle acepte su Pedido, Vd. tendrá el derecho limitado a recibir la prestación de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle exclusivamente para sus operaciones de negocio internas y con sujeción a las condiciones de este Anexo OSSS, incluidas las reglas de disponibilidad y las definiciones de métricas establecidas en el Pedido y en la Documentación de Programa.
2.2. A efectos de este Pedido, los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle consisten en un nivel de Servicios de Soporte Técnico de Oracle que Vd. puede haber solicitado de Oracle o de un distribuidor autorizado de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle. Si se solicitan, los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle (incluidos el primer año y los posteriores) se prestarán de conformidad con las Políticas de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle en vigor al momento de prestación de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle. Las Políticas de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle, que se incorporan a este Anexo OSSS, están sujetas a cambios a discreción de Oracle; sin embargo, Oracle no reducirá sustancialmente el nivel de Servicios de Soporte Técnico durante el periodo para el que las tarifas de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle hayan sido abonadas. Los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle están disponibles para determinados Sistemas y pueden estar sujetos a restricciones adicionales conforme a lo que se establece en las Políticas de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle. Vd. deberá revisar las Políticas de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle antes de formalizar su Pedido para el(los) Servicio(s) Ofertado(s) de Código Abierto de Oracle correspondiente(s). Puede acceder a la
versión actualizada de las Políticas de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle en la siguiente URL: xxxx://xxxxxx.xxx/xxxxxxxxx.
2.3. Los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle entrarán en vigor a la Fecha de Efectividad del Pedido de Vd., a menos que se indique lo contrario en el mismo. Si el Pedido de Vd. se cursó a través de Oracle Store, la Fecha de Efectividad será la fecha en que dicho Pedido fue aceptado por Oracle.
2.4. Los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle prestados con sujeción a este Anexo OSSS se prestan para licencias que Vd. haya adquirido por separado. Todos los parches, las correcciones de fallos y otro código recibido como parte de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle bajo este Anexo OSSS deberán proporcionarse según las condiciones de la licencia correspondientes para los Programas Oracle Linux, Oracle VM y/o Oracle Verrazzano que Vd. haya descargado y/o instalado. Los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle pueden también incluir el derecho a utilizar herramientas o software adicionales durante el Periodo de Prestación de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle para el cual hayan sido satisfechas las tarifas por los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle. Los términos de licencia de tales herramientas o software, así como cualesquiera limitaciones asociadas, estarán referenciadas en la Documentación de Programa.
3. INDEMNIZACIÓN DE ORACLE LINUX Y ORACLE VM
3.1. Mientras Vd. sea suscriptor de los Servicios Ofertados Oracle Linux y/o los Servicios Ofertados de Oracle VM, si un tercero plantea una reclamación frente a Vd. indicando que los Programas Cubiertos proporcionados por Oracle y utilizados por Vd. para las operaciones de negocio de Vd. infringen los derechos de propiedad intelectual de ese tercero, Oracle, a su sola xxxxx, le defenderá a Vd. frente a la reclamación y le indemnizará por los daños, responsabilidades, costes y gastos que un tribunal reconozca al tercero que reclame la infracción o que resulten de la transacción acordada por Oracle, siempre y cuando Vd.:
a. lo notifique por escrito a Oracle con la mayor brevedad, no más tarde de treinta (30) días a contar desde la recepción por Vd. de la notificación de la reclamación (o en un plazo inferior, si así lo exige la ley aplicable);
b. otorgue a Oracle el control exclusivo de la defensa y de la negociación para un acuerdo transaccional; y
c. facilite a Oracle la información, autoridad y ayuda necesarias para llevar a cabo la defensa o para transar la disputa.
3.2. Si Oracle considerara o se estableciera que alguno de los Programas Cubiertos puede haber infringido los derechos de propiedad intelectual de un tercero, Oracle podrá optar entre modificar el Programa Cubierto para que deje de constituir una infracción (manteniendo en lo sustancial su utilidad o funcionalidad) u obtener una licencia que permita el uso continuado del mismo, o, en el caso de que estas alternativas no fueran comercialmente razonables, Oracle podrá, mediante notificación a treinta
(30) días a Vd., resolver el derecho de Vd. a recibir una indemnización por la utilización adicional del Programa Cubierto y devolverle la porción sin utilizar de las tarifas por el Programa Cubierto satisfechas anticipadamente.
3.3. Independientemente de lo expresado anteriormente, Oracle no le defenderá ni indemnizará a Vd. respecto a reclamaciones, daños, responsabilidades, costes o gastos que surjan de, estén provocados por, o estén relacionados con: (a) que Vd. haya distribuido los Programas Cubiertos; (b) que Vd. haya alterado los Programas Cubiertos; (c) que Vd. haya utilizado una versión de los Programas Cubiertos que haya sido sustituida por otra más reciente, si la reclamación por infracción podría haber sido evitada utilizando la versión más reciente de los Programas Cubiertos; (d) que Vd. haya utilizado los Programas Cubiertos más allá del alcance de uso definido en la documentación de usuario o en las Políticas de Soporte de Código Abierto (Open Source) de Oracle; (e) que Vd. haya utilizado los Programas Cubiertos sin estar Vd. suscrito a los Servicios Ofertados de Oracle Linux y/o a los Servicios Ofertados de Oracle VM; (f) toda información, diseño, especificación, instrucción, software, dato o material no proporcionados por Oracle; (g) la combinación de cualquier Programa Cubierto con cualesquiera productos o servicios no proporcionados por Oracle; (h) una reclamación, demanda o actuación contra un tercero por parte de Vd. Para evitar dudas, esta Sección 3 excluye específicamente, y no se prevé ninguna indemnización para, los programas Verrazzano. Esta Sección recoge el recurso exclusivo del que gozará Vd. en caso de reclamación o daños, responsabilidades, costes o gastos relacionados con un incumplimiento.
4. GARANTÍAS, EXENCIONES Y RECURSOS EXCLUSIVOS
4.1. Oracle le garantiza que los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle serán prestados de manera profesional y coherente con los estándares de la industria. Vd. deberá notificar a Oracle cualquier deficiencia en los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle bajo garantía en un plazo de noventa
(90) días a contar desde la prestación de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle defectuosos.
4.2. En la medida en que lo permita la ley, esta garantía es exclusiva y no es aplicable ninguna otra garantía ni condición, expresa ni implícita, lo que incluye las garantías o condiciones de comerciabilidad o adecuación a un fin determinado.
4.3. Oracle no garantiza que ninguno de los Programas relacionados con el(los) Servicio(s) Ofertado(s) de Código Abierto de Oracle (incluidos, a título enunciativo, los Programas Oracle Linux, Oracle VM y Oracle Verrazzano) funcionará de forma ininterrumpida y sin errores, ni que Oracle pueda corregir todos los errores del Programa. Ante cualquier incumplimiento de las garantías descritas más arriba, su recurso exclusivo y la entera responsabilidad de Oracle será la nueva prestación de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle deficientes o, si Oracle no pudiera corregir sustancialmente el incumplimiento de forma comercialmente razonable, Vd. podrá finalizar los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle aplicables y recuperar las tarifas satisfechas a Oracle por dichos Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle deficientes.
5. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR RECLAMACIONES POR VULNERACIÓN
A los efectos de este Anexo OSSS, la limitación de responsabilidad establecida en los Términos Generales referenciados anteriormente no deberá interpretarse en el sentido de limitar la obligación de indemnización de Oracle o el recurso exclusivo de Vd. en caso de reclamación o daños, responsabilidades, costes o gastos por vulneración, tal y como están definidos en la Sección 3 de este Anexo OSSS.
6. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Independientemente de cualquier disposición establecida en sentido contrario en los Términos Generales, el presente Anexo OSSS se regirá por las leyes de California (EE. UU.) y Vd. y Oracle aceptan someterse a la jurisdicción y competencia exclusivas de los tribunales de los condados de San Xxxxxxxxx o Santa Clara de California (EE. UU.) respecto a cualquier disputa que surja de este Anexo OSSS o que esté relacionada con este.
7. AUDITORÍAS
Previo aviso por escrito con cuarenta y cinco (45) días de antelación, Oracle podrá auditar el uso que Vd. haga de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle para asegurarse de que el uso que Vd. hace de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle cumple con las condiciones del Pedido correspondiente y del Acuerdo Marco. Tales auditorías no interferirán injustificadamente en sus operaciones de negocio habituales.
Vd. acepta cooperar con Oracle en dichas auditorías y prestar una asistencia y un acceso razonables a la información razonablemente solicitada por Oracle.
La realización de la auditoría y los datos no públicos obtenidos a lo largo de la misma (incluidas las conclusiones o los informes derivados de la auditoría) estarán sujetos a las cláusulas de la Sección de Confidencialidad del Acuerdo Marco.
Si la auditoría identifica una no conformidad, Vd. acuerda solucionar (lo que puede incluir, sin limitación, el pago de cualesquiera tarifas aplicables al uso que Vd. haga de los Servicios Ofertados de Código
Abierto de Oracle que excedan los derechos de Vd. de servicio) dicha no conformidad en el plazo de treinta (30) días a partir de la notificación por escrito de la mencionada no conformidad. Si Vd. no soluciona la no conformidad, Oracle podrá resolver (a) los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle, (b) los Servicios Ofertados relacionados con el Código Abierto de Oracle y/o (c) el Acuerdo Marco. Vd. acuerda que Oracle no será responsable de cualesquiera costes incurridos por Vd. al cooperar con la auditoría.
8. LOGÍSTICA DE PEDIDOS
8.1. Una vez formalizado, su Xxxxxx será no cancelable y las sumas satisfechas no reembolsables, salvo que se indique lo contrario en el Acuerdo Marco.
8.2. Las tarifas de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle se facturarán por adelantado a la prestación de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle; en concreto, las tarifas de los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle se facturarán anualmente por adelantado. El Periodo de Prestación de todos los Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle comienza a la Fecha de Efectividad del Pedido de Vd.
8.3. Si un Pedido de Servicios Ofertados de Código Abierto de Oracle tiene por Periodo de Soporte varios años, Vd. tendrá que satisfacer las tarifas por dichos años por adelantado antes de que dé comienzo el Periodo de Xxxxxxx.