Condiciones de uso del modelo de contrato para servicios de consultoría
Condiciones de uso del modelo de contrato para servicios de consultoría
I. Condiciones de uso
1. Formalización del contrato. Al utilizar el modelo de contrato (incluso partes de él), cada usuario del modelo de contrato (en lo sucesivo, el «usuario») acepta las condiciones de uso que se especifican a continuación y entre el usuario y el KfW se han pactado estas condiciones de uso sin que sea necesario que el KfW reciba la aceptación de las mismas declarada por el usuario mediante la utilización del modelo de contrato.
2. Responsabilidad civil del KfW. El KfW no responde de daños y perjuicios que se originen por la utilización del modelo de contrato o en relación con su uso, salvo en los casos de dolo o negligencia grave y de vulneración de la vida, la integridad física y la salud.
3. Limitación de las obligaciones del KfW. El modelo de contrato es un ejemplo de contrato de servicios de consultoría elaborado por el KfW, para el cual el KfW otorga en principio su aprobación. Al respecto, el KfW no asume, en particular, ninguna responsabilidad del estudio
de la exactitud de los aspectos jurídicos y objetivos del modelo de contrato, que realice un asesor jurídico interno o externo,
de la exactitud de los aspectos objetivos de las circunstancias en las que se basa el modelo de contrato,
de la idoneidad del modelo de contrato para los fines del usuario,
de la imparcialidad del modelo de contrato ante el trasfondo de los intereses individuales de cada usuario,
de los borradores de contrato elaborados a partir del modelo de contrato, que se presentarán ante el KfW, por ejemplo, a los fines de su aprobación, y
de la necesidad de actualizar el modelo de contrato en función de los cambios de la situación jurídica.
4. Obligaciones del usuario. Cada usuario está obligado:
a utilizar el modelo de contrato solo tras haber efectuado un estudio individual y profundo y haber adaptado el modelo al caso en particular,
a encargar a un asesor jurídico el estudio del borrador del contrato, antes de formalizar un contrato basado en el modelo, para que éste verifique la aplicabilidad y eficacia del contrato con arreglo al ordenamiento jurídico respectivo.
II. Indicaciones para el usuario
El KfW advierte expresamente de lo siguiente a cada usuario del modelo de contrato:
Este modelo de contrato no se ha elaborado con arreglo a un ordenamiento jurídico determinado, sino que deja la elección del ordenamiento a las partes contratantes. El KfW no ha verificado si, para poder aplicar el contrato, es necesario adaptarlo con arreglo a los respectivos ordenamientos jurídicos posibles.
Será necesario adaptar el modelo de contrato a las necesidades individuales de cada usuario y se recomienda que dicho contrato se firme solo después de que el usuario haya estudiado la idoneidad de cada una de las cláusulas contractuales para sus fines individuales.
III. Estructura del modelo de contrato
Primera parte: Condiciones generales: éstas contienen las reglamentaciones sobre las que el contrato se basa en general. Regularmente, las modificaciones que se realicen en esta parte inciden considerablemente en el contrato y requieren la aprobación previa del KfW.
Segunda parte: Condiciones especiales: éstas comprenden detalles específicos de cada caso en particular. Esta sección podrá incluir posibles adaptaciones y divergencias basadas en las particularidades del proyecto o en virtud de negociaciones contractuales.
Tercera parte: Anexos: éstos son específicos de cada proyecto en particular en función del contenido (por ejemplo términos de referencia, calendario) o están establecidos en forma general (por ejemplo, declaración de compromiso voluntario).
CONTRATO DE CONSULTORÍA con fecha de [●] entre [●] –en adelante, el «Contratante»–
[solo en el supuesto de que KfW actúe como agente del Contratante: representado por
KfW Xxxxxxxxxxxxxxxxxx 0–9
60325
Fráncfort xxx Xxxx –en adelante, el «KfW»–] y [●] –en adelante, el «Consultor»– en relación con el proyecto «[●]» |
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Paragraph 1 Disposiciones generales 1
Paragraph 4 Comienzo, finalización, modificación y terminación de los Servicios 16
Paragraph 6 Responsabilidad 25
Paragraph 7 Seguros y garantías de responsabilidad e indemnización por daños y perjuicios 25
El Contratante solicita la prestación de servicios de consultoría para el Proyecto (según se define más abajo) descrito en el Pliego de Condiciones Particulares (según se define más abajo). El Consultor ha presentado una oferta técnica y financiera para los Servicios (según se definen más abajo), la cual ha aceptado el Contratante. Por lo tanto, las Partes acuerdan lo siguiente:
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Las palabras y expresiones empleadas en el presente Contrato de consultoría (según se define más abajo) tendrán los siguientes significados, a menos que el contexto requiera lo contrario. «Remuneración acordada» se refiere a la remuneración acordada en virtud del Párrafo 5 [Remuneración]. «Fecha de inicio» tiene el significado que se asigna a tal término en el Pliego de Condiciones Particulares. «Plazo de finalización» significa el plazo fijado en el Pliego de Condiciones Particulares para la finalización de los Servicios. «Contrato de consultoría» se refiere al presente contrato de servicios de consultoría, incluidos su Preámbulo y sus Anexos1.2 «Valor del contrato» tiene el significado que se asigna a dicho término en el Pliego de Condiciones Particulares. «País» tiene el significado que se asigna a dicho término en el Pliego de Condiciones Particulares. «Fuerza mayor» significa un acontecimiento que está más allá del control razonable de una Parte, que no es previsible, que es inevitable y que hace imposible para la Parte cumplir sus obligaciones en virtud del presente documento o que suponga tales obstáculos prácticos que ello pueda considerarse razonablemente imposible en vista de las circunstancias. Incluye, a título enunciativo, pero no limitativo, guerras, invasiones, rebeliones, terrorismo, desórdenes, disturbios civiles, catástrofes naturales (p. ej., terremotos, incendios, explosiones, huracanes, tifones, actividad volcánica), huelgas, cierres u otros actos de confiscación industrial, y cualquier otra acción por parte de organizaciones gubernamentales. Incluye, a título enunciativo, pero no limitativo, circunstancias como crisis, guerras y terrorismo que puedan hacer que el Ministerio Federal de Relaciones Exteriores de la República Federal de Alemania inste a los ciudadanos alemanes a abandonar el país o la región del Proyecto, en respuesta a lo cual el Consultor retirará a todo su personal. La Fuerza mayor no incluye (i) sucesos ocasionados por negligencia o dolo de una Parte o de los expertos de dicha Parte o de sus subcontratistas o directores, agentes y empleados correspondientes, ni (ii) sucesos que una Parte pudiera haber tenido en cuenta razonablemente en el supuesto de aplicar la debida diligencia en el momento de finalización del presente Contrato de consultoría, así como que hubiera podido evitar o solucionar cumpliendo con sus obligaciones en virtud del presente Contrato. Por otra parte, la Fuerza mayor no incluirá insuficiencia de fondos ni la omisión de los pagos exigidos en virtud del presente Contrato. «Moneda extranjera» significa cualquier moneda distinta de la Moneda local. «Personal extranjero» significa el personal que tenga una nacionalidad distinta a la del País. «Contrato de financiación» significa el [contrato xx xxxxxxxx/contrato de aporte financiero] celebrado entre KfW y [el Contratante] para la financiación completa o parcial de los Servicios. «Consorcio (Joint Venture o JV)» significa una asociación, con o sin una personalidad jurídica distinta de la de sus miembros, entre más de un Consultor, en la cual los miembros del Consorcio responderán ante el Contratante de forma conjunta y solidaria por el desempeño del Contrato y en el que un miembro estará autorizado a realizar todos los negocios por cuenta y de nombre de todos y cada uno de los miembros del Consorcio. Los términos «Consorcio» y «Joint Venture» pueden utilizarse de forma intercambiable. «Moneda local» tiene el significado que se asigna a dicho término en el Pliego de Condiciones Particulares. «Otros costes» se refiere a los costes adicionales para el Consultor, en la medida acordada en el Pliego de Condiciones Particulares. «Partes» significa el Contratante y el Consultor. «Proyecto» significa el proyecto especificado en el Pliego de Condiciones Particulares. «Servicios» significa los servicios contractuales que se describen en el Anexo 3 [Términos de referencia (Terms of Reference / ToR) junto con los documentos de la licitación], en el Anexo 9 [Oferta del Consultor] y en el Párrafo 3.1 [Alcance de los servicios], incluidos a título enunciativo todos los servicios opcionales (en caso de haberlos), así como los servicios ordinarios y extraordinarios que se establecen en el Párrafo 3.2 [Servicios ordinarios y extraordinarios]. «Pliego de Condiciones Particulares» se refiere a las condiciones establecidas bajo el epígrafe «Parte II: Pliego de Condiciones Particulares» del presente Contrato de consultoría. «Normas» se refiere al sistema métrico y a las normas DIN alemanas o a las normas EN europeas, así como a aquellas normas reconocidas internacionalmente que equivalgan, como mínimo, a las publicadas por ISO o IEC. «Por escrito» o «en forma escrita» significa escrito a mano o a máquina, creado en forma impresa o electrónica, de modo que el resultado sea un registro duradero no modificable. |
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A menos que se indique lo contrario, en el presente Contrato de consultoría:
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Todas las comunicaciones que deban realizarse en virtud de o en relación con el presente Contrato de consultoría deberán (i) realizarse por escrito y, a menos que se indique lo contrario, se podrán realizar por fax o carta y en el idioma que se establece en el Pliego de Condiciones Particulares, y (ii) en la medida en que no se establezca lo contrario en el Pliego de Condiciones Particulares, entrarán en vigor en el momento de recibirse en las direcciones especificadas en el Pliego de Condiciones Particulares y, si se remiten por fax, al recibirse en un formato legible. |
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El presente Contrato de consultoría se rige por las leyes establecidas en el Pliego de Condiciones Particulares. |
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El presente Contrato de consultoría entra en vigor de forma inmediata (i) al ejecutarlo ambas partes y (ii) al recibir el Contratante la confirmación por escrito del KfW de que todas las condiciones del primer desembolso en virtud del Contrato de financiación se han cumplido de un modo satisfactorio para el KfW. El Contratante debe informar al Consultor de inmediato acerca de la confirmación por escrito del KfW. |
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Todos los dibujos, planos y cálculos deberán basarse en las Normas; además, las Normas deberán aplicarse a todos los Servicios. |
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Siempre y cuando no se disponga otra cosa en el Pliego de Condiciones Particulares, el Consultor cederá al Contratante todos los derechos transmisibles sobre los servicios prestados en virtud de lo establecido en el presente Contrato de consultoría en el momento de su nacimiento o, a más tardar, en el momento de su adquisición por parte del Consultor. Siempre que la transmisión de derechos no sea posible, el Consultor concederá al Contratante de manera irrevocable un derecho de uso y de explotación ilimitado, no sujeto a limitación local o temporal, transmisible, sublicenciable y exclusivo sobre los servicios prestados. Dicha transmisión engloba el derecho de adaptar los derechos transferidos. El Consultor deberá garantizar que no existan derechos de terceros o que estos no se ejerzan de manera que impida la transferencia de los derechos anteriormente mencionados o el ejercicio de dichos derechos. |
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Durante la vigencia del presente Contrato de consultoría, el Consultor no intervendrá en asuntos políticos ni religiosos del País, y se asegurará de que su Personal extranjero tampoco lo haga. |
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a) cumplir todas las leyes, normas, normativas y disposiciones aplicables de los sistemas jurídicos relevantes en lo que al desempeño de sus obligaciones en virtud del presente Contrato de consultoría se refiere o si su incumplimiento afectase a la capacidad del Consultor de cumplir sus obligaciones en virtud del mismo; b) no involucrarse en ninguna Práctica sancionable, y c) no iniciar ni continuar relaciones comerciales con ciudadanos especialmente designados, personas bloqueadas o entidades recogidas en alguna Lista de sanciones, y no participar en otras actividades que constituyan una infracción de las Sanciones. Para los fines de la siguiente disposición, los siguientes términos en mayúsculas tendrán los significados que se establecen a continuación: Práctica coercitiva Perjudicar o dañar directamente o indirectamente, o en amenazar con hacerlo, a cualquier persona o a su patrimonio con el objetivo de influir de forma indebida en las acciones de una persona. Práctica colusoria Un acuerdo entre dos o más personas destinado a lograr fines ilícitos, entre los que se incluye influir de forma indebida en los actos de otra persona. Práctica corrupta Prometer, ofrecer, entregar, realizar, insistir en, recibir, aceptar o solicitar, de forma directa o indirecta, cualquier pago ilegal o ventaja ilícita de cualquier clase, a y por parte de cualquier persona, con el propósito de influir en los actos de una persona o de hacer que una persona omita una acción. Práctica fraudulenta Cualquier acto u omisión, incluidas la tergiversación que confunda o trate de confundir de forma consciente o imprudente a una persona con el fin de obtener un beneficio financiero o evitar una obligación. Práctica obstructiva Significa (i) destrucción, falsificación, modificación u ocultación deliberadas de material probatorio para una investigación, o declaración de testimonios falsos a los investigadores con el fin de obstaculizar substancialmente una investigación oficial sobre acusaciones de Prácticas corruptas, Prácticas fraudulentas, Prácticas coercitivas o Prácticas colusorias; amenaza, acoso o intimidación a otra persona para evitar que revele sus conocimientos sobre cuestiones relativas a la investigación o que se realice una investigación, o (ii) actos que pretendan obstaculizar sustancialmente el ejercicio del acceso por parte del KfW a la información contractualmente exigida con respecto a una investigación oficial de acusaciones de Prácticas corruptas, Prácticas fraudulentas, Prácticas coercitivas o Prácticas colusorias. Práctica sancionable Cualquier Práctica coercitiva, Práctica colusoria, Práctica corrupta, Práctica fraudulenta o Práctica obstructiva (según los términos aquí definidos) que sea ilícita en virtud del Contrato de financiación. Sanciones Las leyes y normas sobre sanciones económicas, financieras o comerciales, los embargos o las medidas restrictivas administradas, dictadas o aplicadas por cualquier Organismo sancionador. Organismo sancionador Cualquiera del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Comisión Europea y la República Federal de Alemania. Lista de sanciones Cualquier lista de las personas, grupos o entidades especialmente designados que sean objeto de Sanciones impuesta por cualquier Organismo sancionador.
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El Consultor garantizará, y hará que sus representantes, agentes y empleados también garanticen, que se cumplan las normas internacionales medioambientales, sociales, de salud y seguridad (MSSS) (incluidos los asuntos de abuso y explotación sexual, así como de violencia de género) y, en consecuencia:
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A menos que se establezca lo contrario en el Pliego de Condiciones Particulares, el Consultor realizará todos los reembolsos, pagos de seguros, pagos de garantías y similares:
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Con el fin de evitar dudas, sin perjuicio de los derechos de consentimiento, de no objeción y de otros derechos que puedan otorgarse al KfW en virtud del presente Contrato de consultoría, el KfW no será ni se considerará Parte del presente Contrato de consultoría, y no tendrá ninguna obligación en virtud del mismo. |
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Durante el plazo del presente Contrato de consultoría, el Contratante deberá, dentro de un período razonable de tiempo y por coste y cuenta propios, proporcionar al Consultor todos los datos, documentos e información necesarios u oportunos para desempeñar los Servicios de los que disponga. Se incluirán aquí también todas las disposiciones relacionadas con los Servicios y el Proyecto, con cualquier acuerdo relacionado con el Contrato de financiación o con cualquier otro préstamo o subsidio realizados en relación con el proyecto y, en la medida en que se requiera el consentimiento del KfW en virtud del presente Contrato de consultoría y que el KfW lo haya otorgado, los documentos que demuestren tal consentimiento. |
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Si se hubiera adjudicado al Contratante cualquier derecho de discreción o decisión en virtud del presente Contrato de consultoría, este deberá, siempre y cuando el Consultor haya facilitado al Contratante toda la información que este pudiera solicitarle de forma razonable, a título enunciativo, pero no limitativo, diseños, estudios y detalles de todo el personal de sustitución, ejercer tal discreción o (si procede) asumir su decisión en virtud del presente Contrato de consultoría con la mayor celeridad posible tras la solicitud por escrito del Consultor y, en todo caso, a más tardar al finalizar el plazo indicado en el Pliego de Condiciones Particulares. |
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El Contratante facilitará al Consultor, por cuenta y coste del Contratante, el equipo técnico y de otro tipo, así como las dependencias que se describen en el Anexo 6 [Equipamiento e instalaciones a facilitar por el Contratante y servicios de terceros contratados por este] con el fin de desempeñar los Servicios. |
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El Contratante designará dos personas físicas que actuarán, en el marco del presente Contrato de consultoría, como interlocutor y representante, respectivamente, de cara al Consultor, y se comprometerá a designar sin demora a un nuevo interlocutor en caso de que una de las personas designadas (o los sustitutos de estas) no pueda seguir ejerciendo sus funciones. Los interlocutores se establecen en el Pliego de Condiciones Particulares. |
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Excepto en la medida en que se disponga lo contrario en el presente Contrato de consultoría, de otras disposiciones legales del País o de otro ordenamiento jurídico (incluido, a título enunciativo, el aplicable a la sede del Consultor) que prevean requisitos de diligencia más estrictos que el presente Contrato de consultoría, en cuyo caso se aplicarán en esa medida tales requisitos de diligencia, el Consultor, en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente Contrato de consultoría, deberá emplear la diligencia exigible y prestar sus servicios conforme a las prácticas profesionales y de acuerdo con las normas de calidad reconocidas, como los últimos avances científicos y los principios de la técnica generalmente aceptados. El Consultor deberá documentar su labor, el desarrollo del Proyecto y las decisiones adoptadas de manera comprensible, adecuada y aceptable para el Contratante y, en el caso de los Servicios que no estén remunerados a tanto alzado, teniendo en cuenta los requisitos formulados en el Párrafo 5.8 [Auditoría]. |
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El Consultor declara que ni él mismo ni ninguna persona o empresa vinculada a él, según lo establecido en la Declaración de compromiso, se presentarán a licitación como fabricantes, proveedores o contratistas de obra para el Proyecto. Lo mismo se aplicará a cualesquiera otros servicios de consultoría, siempre que dicha circunstancia derive en una restricción de la competencia o en un conflicto de intereses. El incumplimiento de esta disposición autorizará al Contratante a la resolución inmediata del Contrato de consultoría, así como al reembolso de todos los gastos en que el Contratante hubiera incurrido hasta ese momento y de las pérdidas y daños causados al Contratante como consecuencia de la resolución. |
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en cada caso según los principios acordados en el Párrafo 5 [Remuneración] y en el Pliego de Condiciones Particulares, así como según los principios recogidos en el Párrafo 4.6.4 [Suspensión o resolución].
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(i) todas las remuneraciones abonadas al Consultor por su trabajo en otros proyectos durante el tiempo en el que el Consultor tenía previsto haber trabajado en el Proyecto (si no se hubiera resuelto o suspendido este), y (ii) todas las remuneraciones que hubiera podido percibir el Consultor de modo razonable por su trabajo en otros proyectos durante el tiempo en el que el Consultor tenía previsto haber trabajado en el Proyecto (si no se hubiera resuelto o suspendido este), pero que no hubiera recibido como consecuencia de dolo o negligencia por su parte.
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A fin de evitar dudas, la resolución del presente Contrato de consultoría no perjudicará ni afectará a los derechos, reclamaciones u obligaciones de cualquiera de las Partes y que se produzcan una vez entre en vigor dicha resolución. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de resolución en virtud del Párrafo 4.7 [Incumplimiento del Párrafo 1.13] el Contratante tendrá derecho, en cooperación con el KfW, a solicitar que se le reembolsen todas las remuneraciones (total o parcialmente, en atención a las circunstancias en torno al incumplimiento) que hubiera abonado al Consultor en virtud del presente Contrato. La carga de la prueba de la existencia de una causal de resolución recaerá en el Contratante. |
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Como pago por la prestación de los Servicios, el Contratante abonará al Consultor la remuneración acordada en el Pliego de Condiciones Particulares, según las condiciones que se recogen en el mismo y las condiciones que se establecen a continuación, y con sujeción además al Anexo 8 [Tabla de cálculo de costes y facturación], según el tipo de Servicios acordado, los cuales pueden ser
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En la medida en que no se acuerde otra cosa en el Pliego de Condiciones Particulares, el Contratante pagará la remuneración del Consultor como sigue:
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La documentación original que demuestre los demás costes deberá enviarse al Contratante, a menos que se haya formalizado el presente Contrato de consultoría en virtud de un contrato de mandato, en cuyo caso la documentación original deberá permanecer con el Consultor y remitirse al Contratante o (según corresponda) al KfW de inmediato cuando así lo solicite el Contratante. |
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En caso de formalizarse el presente Contrato de consultoría en virtud de un contrato de mandato, las facturas del Consultor (excepto la factura final) deberán dirigirse al Contratante «A/A KfW». Con la excepción de la factura final, el Consultor enviará todas las facturas originales al KfW y una copia de cada factura directamente al Contratante. El original de la factura final deberá enviarse al Contratante, y al KfW se le remitirá una copia de la misma.
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Si el Contratante formula una reclamación en relación con una factura del Consultor (o cualquier aspecto o parte de la misma), el Contratante le comunicará su intención de retener el pago correspondiente y expondrá los motivos. Siempre y cuando formule solamente una reclamación parcial en relación con la factura, el Contratante deberá abonar el importe facturado en el plazo indicado en el Párrafo 5.6 [Plazo de pago]. |
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Para los Servicios (o partes de los mismos) que no sean remunerados a tanto alzado, el Consultor deberá llevar registros actuales con el detalle habitual del sector de los que se desprendan de manera clara y sistemática los Servicios prestados, así como el tiempo invertido y los costes. El Consultor permitirá que el Contratante y el KfW (así como sus respectivos asesores y auditores) auditen dichos registros en cualquier momento y que hagan copias de los mismos. |
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El Consultor responderá frente al Contratante de cualquier vulneración de sus obligaciones contractuales, incluidas, a título enunciativo, pero no limitativo, las obligaciones del Artículo 3 [El Consultor]. La responsabilidad del Consultor se limitará al Valor del contrato. La limitación anterior no se aplicará en caso de dolo o negligencia grave. |
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Para evitar dudas, el Consultor asumirá también la responsabilidad por los Servicios prestados por un subcontratista en virtud del Párrafo 1.8 [Cesiones y subcontrataciones]. |
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La responsabilidad del Consultor cesará, según la legislación por la que se rija el Contrato de consultoría, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares, a menos que se acuerde un momento distinto en el Pliego de Condiciones Particulares. |
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No existe responsabilidad por daños indirectos. |
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El Contratante será responsable de cualquier vulneración de sus obligaciones contractuales, incluidas, a título enunciativo, pero no limitativo, las obligaciones del Xxxxxxx 0 [El Contratante]. |
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Todas las garantías deberán ser conformes con los modelos establecidos en el Anexo 10 [Formulario de garantía de pago anticipado] y deberán constituirse siempre como garantías bancarias y extenderse a nombre del Contratante, quien será el beneficiario de las mismas. Las garantías deben ser aceptables para el Contratante y el KfW. El Contratante recibirá el original de la garantía. Al KfW se le remitirá una copia de la garantía junto con una confirmación de que el original ha sido enviado al Contratante. |
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En caso de que surja un conflicto en relación con el presente Contrato de consultoría, en el plazo de 21 días a partir de la fecha en que una Parte haya remitido a la otra Parte una petición escrita al respecto, las Partes se esforzarán de buena fe para resolver el conflicto de manera amistosa. |
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En caso de que las Partes no llegasen a un acuerdo amistoso con arreglo al Párrafo 8.1 [Solución amistosa de conflictos] o mediante un procedimiento de mediación con arreglo al Párrafo 8.2 [Mediación], el conflicto —salvo disposición en contrario en el Pliego de Condiciones Particulares— será resuelto de manera definitiva de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, sita en París, por uno o varios árbitros nombrados conforme a dicho Reglamento. El lugar de arbitraje y el idioma del procedimiento de arbitraje se especificarán en el Pliego de Condiciones Particulares. |
Parte II: Pliego de Condiciones Particulares
Resp. al Artículo 1: Disposiciones generales
Resp. a 1.1: Definiciones
«Plazo de finalización»: El Plazo de finalización será el período que comience en la Fecha de inicio y que termine el [●].
«País»: [●]
«Proyecto»: [●] N.º BMZ [●] según se recoge en el Anexo 3.
[Insertar descripción del Proyecto]
«Fecha de inicio»: [insertar fecha]/la fecha [[●] semanas después]/[de] la entrada en vigor del presente Contrato de consultoría.
[La fecha de inicio de ejecución puede ser idéntica o posterior a la fecha de entrada en vigor del contrato. La fecha de inicio de ejecución se puede definir de manera absoluta (primera formulación) cuando la secuencia temporal de los acontecimientos haya sido fijada de antemano, o de manera relativa (segunda formulación), en caso de que la fecha de entrada en vigor no pueda determinarse previamente. La formulación que no sea utilizada deberá eliminarse. En general, se prevé una fase de movilización entre la fecha de entrada en vigor del contrato y la fecha de inicio, cuya duración puede extenderse hasta cuatro semanas, dependiendo del tipo y nivel de actividad. ]
Resp. a 1.4: Comunicación e idioma
El idioma para comunicaciones, instrucciones, informes o demás notificaciones será el [●].
Notificaciones
Dirección del Contratante
Dirección postal [●]
Correo electrónico: [●]
Teléfono: [●]
Fax: [●]
Dirección del Consultor
Dirección postal [●]
Correo electrónico: [●]
Teléfono: [●]
Fax: [●]
Domicilio fiscal del consultor y de todos los socios de JV
Dirección del KfW
Dirección
postal
Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx 0–9
60325
Fráncfort
República
Federal de Alemania
[La dirección general del KfW aquí indicada, deberá completarse o modificarse para cada proyecto específico.]
Correo electrónico: [●]@xxx.xx
Teléfono: +49 (69) 7431-[●]
Fax: +49 (69) 7431-[●]
Resp. a 1.5: Legislación aplicable
La legislación aplicable al presente Contrato de consultoría será la [●].
[En el caso de los contratos firmados por el KfW en nombre del Contratante en virtud de un contrato de mandato, se aceptará siempre la legislación alemana.]
[Si el presente Contrato de consultoría se formaliza en más de un idioma, solo la versión en [●] será legalmente vinculante.]
[Si el Contrato de consultoría se formaliza en más de un idioma.]
Resp. a 1.9: Copyright y derechos de uso
[●]
Resp. a 1.14: Reembolsos
Datos de la cuenta especial del Contratante para reembolsos en Moneda local: [●]
Resp. al Artículo 2: El Contratante
Resp. a 2.2: Decisiones y cooperación
[Diferenciar según corresponda] Las decisiones, el criterio y los actos cooperativos del Contratante en virtud del Párrafo 2.2 [Decisiones/cooperación] deberán adoptarse, ejercerse o realizarse a más tardar [●] días/semanas desde el momento en que el Contratante recibiese la solicitud escrita correspondiente de parte del Consultor.
Resp. a 2.4: Impuestos
[Este párrafo se deberá eliminar al completo si el KfW formaliza el Contrato de consultoría en nombre del Contratante en virtud de un contrato de mandato]
Las Partes del contrato acuerdan las siguientes disposiciones con respecto a los impuestos y tasas públicas en el país del Contratante: [●]
[En el caso de los impuestos y tasas públicas locales que pueda ser preciso abonar o reembolsar, si procede, deberá distinguirse, p. ej., entre IVA, retención sobre las rentas, tasas públicas como las de registro de contratos o tasas obligatorias para organismos reguladores, así como tasas equivalentes. Los pactos siguientes deben cumplir plenamente las instrucciones relevantes para Consultores por lo que a la solicitud de propuestas se refiere, y no deberán modificar de modo considerable las presentes instrucciones.]
[Dependiendo de la situación legal que gobierne el Contrato, podrían darse los siguientes casos generales:
el Consultor y su personal extranjero están exentos de los impuestos y tasas locales. Debe adjuntarse al Contrato el documento jurídico que acredita la exención fiscal,
el Consultor y su Personal extranjero están sujetos a impuestos locales y tasas públicas directamente atribuibles al Contrato,
y el Contratante reembolsará al Consultor los impuestos y tasas públicas locales que abone el Consultor a las autoridades fiscales
o el Contratante abonará dichos impuestos y tasas en nombre del Consultor a las autoridades fiscales.
En tales casos, el Contrato debería especificar la índole y las cuantías de los impuestos y el procedimiento de facturación por el Consultor y el modo de pago por el Contratante,
el Consultor y su personal extranjero están sujetos a impuestos locales y tasas públicas directamente atribuibles al Contrato, que correrán a cargo del Consultor y su personal. En tales casos, se considerará que los precios ofertados incluyen los impuestos locales y tasas públicas, esto es, los impuestos locales y tasas públicas se considerarán incluidos en el cálculo del coste global y no estarán sujetos a ningún pago aparte.
Las disposiciones contractuales reflejarán el supuesto que corresponda]
Resp. a 2.6: Interlocutor del Contratante
El interlocutor del Contratante será [●].
Datos de contacto [●].
El suplente del interlocutor será [●].
Datos de contacto [●].
Resp. al Artículo 3: El Consultor
Resp. a 3.3: Deber de diligencia
[●]
Resp. a 3.4: Presentación de informes e información
[●]
[Datos sobre el tipo, el volumen y la frecuencia de los informes, incluido un informe final sobre la totalidad del período de vigencia del Contrato. ]
Resp. a 3.6.1: El interlocutor del Consultor
El interlocutor del Consultor será [●].
Datos de contacto [●].
El suplente será [●].
Datos de contacto [●].
Resp. a 3.6.2: Interlocutor del Consultor para casos de emergencia y crisis
El interlocutor del Consultor para casos de emergencia y crisis será [●].
Datos de contacto [●].
El suplente será [●].
Datos de contacto [●].
Resp. al Artículo 5: Remuneración
Resp. a 5.1: Formas de remuneración
En contraprestación por los Servicios, el Contratante abonará al Consultor un importe de
un
máximo de
[●]
en [● moneda]
(el «Valor del contrato»).
De conformidad con los Términos de referencia, los Servicios se prestarán como
[seleccionar:
☐ servicios a tanto alzado
☐ servicios por tiempo
☐ una combinación de servicios a tanto alzado y por tiempo]
[en caso de combinación de servicios a tanto alzado y por tiempo, el Valor del contrato anterior deberá asignarse como sigue:]
El Valor del Contrato se compone de
un máximo de [●] en [● moneda]
(El «Valor del contrato por los servicios a tanto alzado»).
y
un máximo de [●] en [● moneda]
(El «Valor del contrato por los servicios por tiempo»).
[A menos que todas las partidas de costes estén incluidas en la remuneración a tanto alzado, añadir:]
El Valor del contrato se compone de:
Los importes referidos en el Anexo 8 como Paquetes A o B
hasta un importe máximo total de [●] en [● divisa]
[si procede] Otros costes de conformidad con el Anexo 8]
hasta un importe máximo total de [●] en [● divisa]
[El Valor del contrato excluye la remuneración de las siguientes opciones:
Opción [●] Hasta [●] en [● moneda]
(b) La moneda aplicable al Contrato de consultoría será el/la [●].
[Debe utilizarse una única moneda, preferiblemente, el EURO. Si, de forma excepcional, la remuneración se calcula y factura en dos monedas, se detallarán aquí los componentes correspondientes al Valor del contrato y se adaptarán en consecuencia las siguientes condiciones de pago.]
[Xxxx acordarse, preferiblemente, la siguiente opción]
Se acuerda que el Contratante pueda realizar pagos en euros incluso aunque la factura se emita en una moneda que no sea el euro. En dichos supuestos, los pagos en euros se basarán en el tipo de cambio (que determine de forma razonable el KfW) aplicable el día en el que se realice el pago. Para tal fin, el Contratante o (en caso de Contrato de mandato, el KfW en su nombre) tendrá derecho a solicitar al Consultor que indique una cuenta bancaria en la que pueda percibir euros.
[Si la opción antes indicada resultara no ser aceptable para el
Consultor, deberá incluirse la opción siguiente]
En la medida en la que el Consultor emita una factura en una moneda que el KfW no pueda desembolsar, el Contratante tendrá el derecho de abonar los pagos en euros. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratante tendrá derecho a realizar el pago final en euros. En dichos supuestos, los pagos correspondientes se basarán en el tipo de cambio (que determine de forma razonable el KfW) aplicable el día en el que se realice el pago. Para tal fin, el Contratante o (en caso de Contrato de mandato, el KfW en su nombre) tendrá derecho a solicitar al Consultor que indique una cuenta bancaria en la que pueda percibir euros.
Resp. a 5.2 (a): Condiciones de pago generales
[Importe total del pago anticipado: [●]EUR
Equivalente al [●] % del Valor del contrato [si procede: excluyendo los demás costes]
Seleccionar
[La disposición de garantía de pago anticipado se requiere siempre que el importe de pago anticipado total supere 200 000 EUR (o el valor equivalente en otra moneda). En casos especiales, puede requerirse con importes inferiores a 200 000 EUR, según las circunstancias concretas.]
☐ Antes de los pagos anticipados, el Consultor debe presentar una garantía de pago anticipado por el importe total de dicho pago anticipado recurriendo al modelo que se establece en el Anexo 10. Dicha garantía se dispondrá como garantía bancaria en nombre del Contratante como beneficiario. Debe ser aceptable para el Contratante y el KfW. El Contratante recibirá el original de la garantía. Al KfW se le remitirá una copia de la garantía junto con una confirmación de que el original ha sido enviado al Contratante.
☐ No se exigirá una garantía de pago anticipado.]
5.3: Condiciones de pago
Eliminar las alternativas que no procedan [seleccionar A, B o C]:
Servicios a tanto alzado
Pago anticipado de [●] EUR con respecto a los servicios a tanto alzado,
Equivalente al [●] % de la remuneración total por los servicios a tanto alzado.
Este pago anticipado [relacionado con los servicios a tanto alzado] no se deducirá de los pagos intermedios adicionales del pago a tanto alzado.
Pagos intermedios
El pago se realizará en [●] pagos intermedios [, cada uno por un importe de [●]]/[según lo siguiente: [●]].
A partir del pago intermedio n.º [●] (>70 % del Valor del contrato), las facturas deberán ir acompañadas por el correspondiente informe trimestral, de conformidad con los Artículos 3.4 y 5.4 de las Condiciones generales.
[Si procede: Se derogará el Art. 5.2(b) y los pagos intermedios se realizarán cada [●] meses.]
[De forma general, los pagos se realizarán trimestralmente; cualquier frecuencia de pago superior deberá estar aprobada por el Departamento de Gestión de Transacciones del KfW.]
Si procede: Se derogará el Art. 5.2.(b) y el pago se basará en el cumplimiento de los correspondientes hitos, según lo siguiente: [●]]
[Especificar de forma detallada los hitos pertinentes y los correspondientes importes de pago al alcanzarse tales hitos.]
[●] EUR como pago final
[Los pagos intermedios deben organizarse de manera que el pago final por los servicios a tanto alzado suponga alrededor del 10 % del Valor del contrato.]
Servicios por tiempo
Pago anticipado relacionado con los servicios por tiempo de [●] EUR
equivalente al [●] % de la remuneración total por los servicios por tiempo]]
Pagos intermedios
Los pagos intermedios se facturarán según la Tabla de cálculo de costes y facturación (Anexo 8), y los precios unitarios que se establecen en la misma, así como con el modelo de factura que se incluye en dicho Anexo 8.
De conformidad con el Artículo 5.4, una vez se ha alcanzado el umbral del 70 % del Valor del contrato, las facturas deben ir acompañadas del correspondiente informe trimestral.
[Si procede: Se derogará el Art. 5.2(b) y los pagos intermedios se realizarán cada [●] meses.
De forma general, los pagos se realizarán trimestralmente; cualquier frecuencia de pago superior deberá estar aprobada por el Departamento de Gestión de Transacciones del KfW.]
El pago anticipado [relacionado con los servicios por tiempo] de [●] EUR se deducirá de cada pago intermedio de forma prorrateada. Se deducirá una retención del [●] % de cada pago intermedio, y constituirá el pago final.
[●] EUR como pago final
[Los pagos intermedios deben organizarse de manera que el pago final por los servicios por tiempo suponga alrededor del 10 % del Valor del contrato.]
Combinación de servicios a tanto alzado y por tiempo
[En caso de combinación de servicios a tanto alzado y por tiempo, las condiciones de pago deberán diferenciar claramente entre los pagos por servicios a tanto alzado y los de servicios por tiempo, incluidos distintos pagos finales con sujeción a la aceptación final de los servicios pertinentes, según A) y B). Las partes pueden acordar un único pago anticipado o dividir el pago anticipado en dos pagos anticipados, uno para las fases a tanto alzado y otro para las basadas en el tiempo. En este último supuesto, las Condiciones de pago se establecerán por separado en el caso de los servicios a tanto alzado y por tiempo, de conformidad con el Art. 5.3. A y B.]
Otros costes
Los demás costes, en caso de haberlos, se facturarán junto con los pagos intermedios según el modelo establecido en la Tabla de cálculo de costes y facturación (Anexo 8) e indicarán los costes reales y los tipos de cambio aplicados.
Resp. a 5.5: Facturación
La factura del Consultor deberá indicar el n.º BMZ (véase la definición de «Proyecto» según el Artículo 1.1).
El KfW puede realizar los pagos directamente al Consultor según el procedimiento de desembolso directo, si así lo acuerdan el KfW y el Contratante.
Los pagos deberán realizarse a la siguiente cuenta:
Titular de la cuenta: [●]
Banco: [●]
Número de cuenta: [●]
[Si procede:
IBAN: [●]
BIC: [●]
Si la cuenta bancaria del Consultor no se encuentra en el área de la moneda del pago:
BIC del banco correspondiente: [●]
[Si procede: El Contrato de consultoría se ha formalizado en virtud de un Contrato de mandato. Por lo tanto, las facturas de pagos anticipados e intermedios deben remitirse al KfW (dirigidos al Contratante A/A KfW), de conformidad con el Artículo 5.5.a) de las Condiciones generales.]
Resp. a 5.9: Reajuste de precios
Si no se utiliza, insertar:
No aplicable.
[Por lo general, los Reajustes de precios no se aplican a contratos a tanto alzado ni a las partes a tanto alzado de un contrato.
Si se utilizan, insertar lo siguiente de forma separada para (i) precios unitarios expresados en moneda extranjera y (ii) precios unitarios expresados en moneda local:
Se aplicará el siguiente método para reajustar los precios unitarios en [escoger entre «Moneda extranjera» y «Moneda local»]. Los precios unitarios se fijarán «durante un período de [incluir un período que no supere los “24 meses”»]. En el caso de los Servicios que se proporcionen más allá de dicho período, los precios unitarios se reajustarán como sigue:
Pn = Po * (0,15 + 0,85 * In/Io)
Pn = Pecio unitario revisado.
Po = Precio unitario original (i) válido en la fecha de vencimiento de la validez (incluidas las prórrogas) de la oferta del Consultor.
In = Precio unitario por Índice en vigor un mes después de vencer el tipo fijo y que será válido durante 12 (doce) meses. Si no hubiera ningún Índice oficial disponible en ese momento, se empleará el Índice disponible más reciente antes de esa fecha.
Io = Precio unitario por Índice aplicable en la fecha determinada del Po. Si no hubiera ningún Índice oficial disponible en ese momento, se empleará el Índice disponible más reciente antes de esa fecha.
«Índice» se define como el [escoger e indicar un índice apropiado para los salarios. Por lo general, en el país del Consultor en caso de moneda extranjera y en el país del Contratante en caso de moneda local, que deberá ser para:]
costes en moneda extranjera: [indicar un índice adecuado]; [●] y para
costes en moneda local: [incluir un índice adecuado]; [●]
Resp. a 5.6: Plazo de pago
Indemnización acordada por pagos vencidos con arreglo al Párrafo 5.6 [Plazo de pago]: [●] % anual, sobre la base del importe pendiente de pago.
Resp. al Artículo 6: Responsabilidad
Resp. a 6.3: Período de responsabilidad
[Seleccionar una alternativa aplicable o eliminar por completo.]
La responsabilidad del Consultor terminará el [insertar fecha] [o] [[●] año[s] después de la aceptación final de las estructuras o unidades (si procede) previstas y supervisadas en virtud de la misma.]]
Resp. al Artículo 7: Seguros
Los seguros [●] serán contratados y mantenidos por el Consultor y los seguros [●], por el Contratante. [Nota: Deberá adaptarse a cada caso concreto].
Resp. al Artículo 8: Conflictos y Arbitrajes
Resp. a 8.2: Mediación
El nombramiento del mediador se efectuará por [●] y la decisión será vinculante para las Partes 3.
Las Partes correrán con los gastos de la mediación y de los servicios del mediador a partes iguales.
Resp. a 8.3: Procedimiento de Arbitraje
El lugar de arbitraje será [●].
El idioma del procedimiento de arbitraje será [●].
(Lugar, fecha)
|
|
|
(Por el Contratante) |
|
(Por el Consultor) |
[Nota: En caso de que uno o varios anexos no fuesen necesarios en el Contrato concreto, deberá mantenerse la numeración de los anexos con el fin de conservar las referencias correspondientes e insertarse como texto del anexo «No aplicable».]
-
Anexo n.°
Título
1
Declaración de compromiso
2
Actas de negociación (si procede)
3
Términos de referencia (Terms of Reference / ToR) junto con los documentos de la licitación
4
Directrices para la contratación de servicios de consultoría, obras, bienes, plantas industriales y servicios de no-consultoría en el marco de la Cooperación Financiera Oficial con países en desarrollo
(en la versión vigente en la fecha de la presentación de la oferta)5
Plan de dotación de personal
6
Equipamiento e instalaciones a facilitar por el Contratante y servicios de terceros contratados por este
7
Calendario para la prestación de los servicios
8
Tabla de cálculo de costes y facturación
9
Oferta del Consultor
10
Modelo de garantía de pago anticipado
Declaración de Compromiso
Nombre de referencia de la Solicitud/Oferta/Propuesta /el Contrato: |
(el "Contrato")4 |
A: |
(la "Entidad Ejecutora del Proyecto") |
Reconocemos y aceptamos que el KfW sólo financia los proyectos de la Entidad Ejecutora del Proyecto ("EEP")5 con sujeción a sus propias condiciones, las cuales están establecidas en el Acuerdo de Financiamiento que ha suscrito con la EEP. Por consiguiente, no existen vínculos de derecho entre el KfW y nuestra empresa, nuestro Consorcio o nuestros Subcontratistas en el marco del Contrato. La EEP mantiene la responsabilidad exclusiva por la preparación y la implementación del procedimiento de Oferta y la ejecución del Contrato.
Certificamos que no nos encontramos, ni ningún miembro de la junta directiva o representantes legales ni ningún otro miembro de nuestro Consorcio se encuentra, incluidos Subcontratistas en el marco del Contrato, en ninguna de las siguientes situaciones:
2.1) estar en o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, de liquidación, de administración judicial, de salvaguarda, de cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga;
2.2) haber sido objeto de una condena por sentencia en firme o una decisión administrativa definitiva o sujeto a sanciones económicas por Naciones Unidas, la Unión Europea o Alemania por su implicación en una organización criminal, lavado de dinero, delitos relacionados con el terrorismo, trabajo infantil o tráfico de seres humanos; este criterio de exclusión también es aplicable a personas jurídicas cuya mayoría de acciones esté en manos o controlada de facto por personas físicas o jurídicas que a su vez hayan sido objeto de tales condenas o sanciones;
2.3) haber sido objeto de una condena pronunciada mediante una sentencia judicial en firme o una decisión administrativa definitiva por un tribunal, por la Unión Europea, por autoridades nacionales del País Socio o en Alemania por prácticas sancionables en relación con un procedimiento de Oferta o la ejecución de un Contrato o una irregularidad cualquiera que afecte a los intereses financieros de la Unión Europea (en el supuesto de tal condena, el Postulante u Oferente adjuntará a la presente Declaración de Compromiso la información complementaria que permita estimar que esta condena no es pertinente en el marco de este Contrato y que en respuesta a la misma se han adoptado medidas de cumplimiento adecuadas);
2.4) haber sido objeto de una rescisión de Contrato pronunciada por causas atribuibles a nosotros mismos en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de nuestras obligaciones contractuales durante la ejecución de un Contrato, excepto si esta rescisión fue objeto de una impugnación y la resolución del litigio está todavía en curso o no ha confirmado una sentencia en contra de nosotros;
2.5) no han cumplido con las obligaciones tributarias aplicables en relación con el pago de impuestos en el lugar de residencia fiscal correspondiente y en el país de origen de la EEP (Contratistas con domicilio social en los países del Anexo 1 (xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xx/xxxxxxxx/xx-xxxx-xx-xxx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx/) en el momento de la adjudicación del contrato/de la revisión del contrato, además de la declaración de compromiso, deben presentar una declaración de conformidad tributaria completamente cumplimentada, - firmada y jurídicamente válida (Anexo 1 de la declaración de compromiso). Esta se convierte en parte integrante del contrato. En caso de no presentarse, existe el riesgo de exclusión del procedimiento de contratación pública. Para los contratistas ubicados en países no incluidos en el Anexo I, solo se debe presentar la declaración de compromiso, pero no la declaración de conformidad fiscal);
2.6) estar sujeto a una decisión de exclusión pronunciada por el Banco Mundial o por otro banco de desarrollo multilateral y por este concepto figurar en la lista publicada en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx o en la lista respectiva de cualquier otro banco de desarrollo multilateral (en el supuesto de dicha exclusión, el Postulante u Oferente adjuntará a la presente Declaración de Compromiso la información complementaria que permita estimar que esta exclusión no es pertinente en el marco del presente Contrato y de que, en respuesta, se han adoptado medidas de cumplimiento adecuadas); o bien
2.7) haber incurrido en falsas declaraciones al facilitar la información exigida como condición para participar en el presente Concurso.
Certificamos que no nos encontramos, ni ningún miembro de nuestro Consorcio ni ninguno de nuestros Subcontratistas en el marco del Contrato se encuentra, en ninguna de las siguientes situaciones de conflicto de interés:
3.1) ser una filial controlada por la EEP o un accionista que controle a la EEP, salvo que el conflicto de interés resultante se haya puesto en conocimiento del KfW y se haya resuelto a su propia satisfacción;
3.2) tener negocios o relaciones familiares con personal de la EEP implicado en el Proceso de Adquisición o en la supervisión del Contrato que resulte, salvo que el conflicto resultante haya sido puesto a conocimiento del KfW y se haya resuelto a su propia satisfacción;
3.3) controlar o estar controlado por otro Postulante u Oferente, estar bajo control común con otro Postulante u Oferente, recibir de o conceder directa o indirectamente subsidios a otro Postulante u Oferente, tener el mismo representante legal que otro Postulante u Oferente, mantener con otro Postulante u Oferente contactos directos o indirectos que nos permitan tener o dar acceso a información contenida en nuestras Solicitudes u Ofertas/Propuestas respectivas, influenciarlas, o influenciar las decisiones de la EEP;
3.4) estar prestando un servicio de consultoría que, por su naturaleza, pueda resultar incompatible con los servicios que se llevarán a cabo para la EEP;
3.5) en el caso de un proceso de adquisición de Obras o Plantas industriales o Bienes:
haber preparado o haber estado asociados con una persona que haya preparado especificaciones, planos, cálculos o cualquier otra documentación destinada a su utilización en el Proceso de licitación del presente Contrato;
haber sido nosotros mismos o una de nuestras empresas afiliadas contratados o propuestos para ser contratados para efectuar la supervisión o inspección de las Obras en el marco de este Contrato;
Si somos una entidad de propiedad estatal, para competir en un Proceso de licitación, certificamos que somos legal y económicamente autónomos y que nos regimos por las leyes y normas del derecho mercantil.
Nos comprometemos a comunicar a la EEP, la cual informará al KfW, cualquier cambio de situación relacionado con los puntos 2 a 4 anteriores.
En el contexto del Proceso de licitación y ejecución del Contrato correspondiente:
6.1) ni nosotros ni ningún miembro de nuestro Consorcio ni ninguno de nuestros Subcontratistas en el marco del Contrato hemos incurrido en Prácticas sancionables durante el Proceso de licitación y, en el caso de sernos adjudicado un Contrato, no incurriremos en Prácticas sancionables durante la ejecución del Contrato;
6.2) ni nosotros ni ningún miembro de nuestro Consorcio ni ninguno de nuestros Subcontratistas en el marco del Contrato adquiriremos ni suministraremos equipos ni operaremos en ningún sector que se encuentren bajo embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea o de Alemania; y
6.3) nos comprometemos a cumplir, y a hacer cumplir a nuestros Subcontratistas y principales proveedores en el marco del Contrato, las normas medioambientales y laborales internacionales, acordes con las leyes y normativas aplicables en el país en que se implemente el Contrato y con los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo6 (OIT) y los tratados medioambientales internacionales. Además, nos comprometemos a implementar cualquier medida de mitigación de riesgos medioambientales y sociales, cuando se indiquen en los planes de gestión medioambiental y social u otros documentos similares proporcionados por la EEP y, en cualquier caso, implementar medidas para prevenir la explotación sexual, el abuso y la violencia de género.
En caso de que nos sea adjudicado un Contrato, tanto nosotros como todos los miembros de nuestro Consorcio y Subcontratistas en el marco del Contrato, (i) si así se requiere, facilitaremos información relativa al Proceso de licitación y a la ejecución del Contrato y (ii) permitiremos a la EEP y al KfW o a un auditor nombrado por cualquiera de ellos, y en caso de financiación por la Unión Europea también a instituciones europeas competentes con arreglo a la legislación de la Unión Europea, inspeccionar las cuentas, los registros y los documentos correspondientes, realizar inspecciones sobre el terreno y garantizar el acceso a los emplazamientos y al proyecto respectivo.
En caso de que nos sea adjudicado un Contrato, tanto nosotros como todos los miembros de nuestro Consorcio y Subcontratistas en el marco del Contrato, nos comprometemos a conservar los registros y documentos anteriormente mencionados conforme a lo dispuesto por la legislación aplicable, pero en cualquier caso durante un mínimo de seis años desde la fecha de ejecución o rescisión del Contrato. Nuestras transacciones financieras e informes financieros estarán sujetos a procedimientos de auditoría conforme a la legislación aplicable. Además, aceptamos que nuestros datos (incluidos nuestros datos personales) generados en relación con la preparación e implementación del Proceso de Adquisición y la ejecución del Contrato sean almacenados y tratados por la EEP y el KfW conforme a la legislación aplicable.
Nombre: En calidad de:
Debidamente habilitado para firmar la Solicitud, Oferta o Propuesta en nombre de7:
Firma: En la fecha:
Declaración de conformidad fiscal: confirmación vinculante para entidades jurídicas
Nombre de la empresa
Por la presente, hago constar con mi firma que:
tengo derecho a presentar esta declaración en nombre de la empresa mencionada anteriormente;
la empresa lleva debidamente al día el pago de todos los impuestos de conformidad con las leyes fiscales del país en el que tiene su domicilio social;
la empresa no está en la actualidad ni ha estado en el pasado involucrada en ningún procedimiento legal en relación con su tributación;
la empresa pagará debidamente los impuestos que puedan derivarse de la prestación de los servicios contratados;
toda la información y las declaraciones proporcionadas con anterioridad son completas, exactas en cuanto al contenido y aplicables en la actualidad.
.............................. ................... .......................................................
(Lugar) (Fecha) (Nombre
del contratista)
....................................................... (Firma/s)
Declaración de conformidad fiscal: confirmación vinculante para personas físicas
Por la presente, hago constar con mi firma que:
estoy haciendo esta declaración en mi nombre / por cuenta propia;
me comprometo a pagar mis impuestos de conformidad con la legislación tributaria de mi país de residencia;
no estoy involucrado/a en la actualidad ni he estado involucrado/a en el pasado en ningún procedimiento judicial fiscal;
pagaré debidamente los impuestos que puedan derivarse de la prestación de los servicios contratados;
he rellenado toda la información y declaraciones en esta confirmación de manera completa, correcta y actualizada en este momento.
.............................. ................... .......................................................
(Lugar) (Fecha) (Nombre
de la persona)
....................................................... (Firma)
Términos de referencia (Terms of Reference / ToR) junto con los documentos de la licitación
Directrices para la contratación de servicios de consultoría, obras, bienes, plantas industriales, y servicios de no-consultoría en el marco de la Cooperación Financiera con países asociados
(en la versión vigente a la fecha de la presentación de la oferta)
Plan de dotación de personal
(conforme a la oferta del Consultor; en su caso en la versión renegociada)
Equipamiento e instalaciones a facilitar por el Contratante y servicios de terceros contratados por este
Calendario para la prestación de los servicios
(conforme a la oferta del Consultor; en su caso en la versión renegociada)
Cálculo de costes y facturación en [EUR, preferiblemente] |
Paquete A: servicios a tanto alzado |
Cálculo de costes en detalle: tasas, transporte y logística (solo para fines informativos, no como base para los pagos) |
|||||||
1. Coste del personal extranjero |
Unidad |
Cantidad |
Tipo unitario a tanto alzado |
Importe del contrato |
|||
1.1 Jefe del equipo |
mes |
... |
|
|
|||
1.2 NN |
mes |
... |
|
|
|||
1.3 … |
mes |
… |
|
|
|||
Subtotal personal extranjero |
|
||||||
2. Coste del personal local (incluidos las asignaciones y el alojamiento, véase la explicación) |
|||||||
2.1 NN |
mes |
... |
|
|
|||
2.2 ... |
mes |
... |
|
|
|||
Subtotal personal local |
|
||||||
3. Asignaciones, alojamiento y gastos de viaje complementarios para el personal extranjero |
|||||||
3.1 Asignaciones y alojamiento: personal a largo plazo |
mes |
... |
|
|
|||
3.2 Asignaciones y alojamiento: personal a corto plazo |
mes |
... |
|
|
|||
Subtotal asignaciones y alojamiento |
|
||||||
4. Viajes internacionales |
|||||||
4.1 Vuelos de regreso internacionales |
vuelo |
... |
|
|
|||
4.2 Costes de viaje complementarios |
vuelo |
… |
|
|
|||
4.3 …. Otros vuelos internacionales |
vuelo |
… |
|
|
|||
Subtotal de vuelos internacionales |
|
||||||
5. Costes de viajes y transporte locales |
|||||||
5.1 Alquiler/arrendamiento de vehículos o uso de vehículos propios |
mes |
... |
|
|
|||
5.2 Operaciones y mantenimiento de vehículos, incluidos el conductor, los seguros y las reparaciones |
mes |
... |
|
|
|||
5.3 Otros transportes locales (a corto plazo, pico) |
día |
… |
|
|
|||
5.4 Vuelos locales |
vuelo |
... |
|
|
|||
Subtotal transporte local |
|
||||||
6. Oficina del Proyecto |
|||||||
6.1 Alquiler de la oficina |
mes |
... |
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|
|||
6.2 Actividad de la oficina |
mes |
... |
|
|
|||
Subtotal oficina del Proyecto |
|
||||||
7. Informes y documentos |
|||||||
7.1 ... (Tipo de informes y documentos que deben incluirse) |
/doc |
... |
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|
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7.2 ... |
... |
... |
|
|
|||
Subtotal informes y documentos |
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Si 8./9. Equipos y diversos artículos forman parte del precio de los servicios a tanto alzado, añadir la(s) columna(s) relevantes |
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||||||
Total paquete A: servicios a tanto alzado |
|
Cálculo de costes y facturación en [EUR, preferiblemente] |
Paquete B: servicios por tiempo |
Cálculo de costes en detalle: tasas, transporte y logística |
|
Modelo para las facturas |
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1. Coste del personal extranjero |
Unidad |
Cantidad |
Tipo unitario a tanto alzado |
Importe del contrato |
|
Total
facturas previas |
Factura actual (cantidad/importe) |
Importe total hasta la fecha |
Presupuesto restante |
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1.1 Jefe del equipo |
mes |
... |
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1.2 NN |
mes |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.3 … |
mes |
… |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Subtotal personal extranjero |
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2. Coste del personal local (incluidos las asignaciones y el alojamiento, véase la explicación) |
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2.1 NN |
mes |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.2 ... |
mes |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Subtotal personal local |
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||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3. Asignaciones, alojamiento y gastos de viaje complementarios para el personal extranjero |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.1 Asignaciones y alojamiento: personal a largo plazo |
mes |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.2 Asignaciones y alojamiento: personal a corto plazo |
mes |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Subtotal asignaciones y alojamiento |
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||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4. Viajes internacionales |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.1 Vuelos de regreso internacionales |
vuelo |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.2 Costes de viaje complementarios |
vuelo |
… |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.3 …. Otros vuelos internacionales |
vuelo |
… |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Subtotal de vuelos internacionales |
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5. Costes de viajes y transporte locales |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.1 Alquiler/arrendamiento de vehículos o uso de vehículos propios |
mes |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.2 Operaciones y mantenimiento de vehículos, incluidos el conductor, los seguros y las reparaciones |
mes |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.3 Otros transportes locales (a corto plazo, pico) |
día |
… |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.4 Vuelos locales |
vuelo |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Subtotal transporte local |
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6. Oficina del Proyecto |
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6.1 Alquiler de la oficina |
mes |
... |
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6.2 Actividad de la oficina |
mes |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Subtotal oficina del Proyecto |
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7. Informes y documentos |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
7.1 ... (Tipo de informes y documentos que deben incluirse) |
/doc |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
7.2 ... |
... |
... |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Subtotal informes y documentos |
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8. Costes del equipo |
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8.1 Equipo de la oficina |
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8.2 Vehículos del Proyecto |
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8.3 Otros equipos que deban facilitarse o consumirse |
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9. Varios |
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9.1 Otros artículos y servicios |
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9.2 Medidas de seguridad |
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Subtotal varios |
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Total paquete B: servicios por tiempo |
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Menos Pago anticipado |
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Menos Retención |
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Total |
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Cálculo de costes y facturación en [EUR, preferiblemente] |
Otros costes |
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Asignación contractual |
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Modelo para las facturas |
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Total facturas previas |
Factura actual (cantidad e importe reales) |
Total
hasta la fecha |
Presupuesto restante |
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Unidad
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Importe provisional del Contrato EUR |
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Cantidad ac. |
Importe ac. EUR |
Cantidad |
Importe moneda local (si procede) |
Tipo de cambio (si procede) |
Importe EUR |
Importe EUR |
Importe EUR |
10. Gastos inciertos |
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10.1. de 8. |
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10.2. de 9. |
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11. Contingencias y otros |
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11,1. Contingencias generales |
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... |
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no |
aplicable |
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11.2…. |
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... |
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11,3. |
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… |
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Total otros costes |
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Oferta del Consultor
Garantía de pago anticipado
Beneficiario: [Insertar nombre y dirección del Contratante]
Fecha de emisión: [Insertar fecha]
GARANTÍA DE PAGO ANTICIPADO N.º: [Insertar el número de referencia de la garantía]
Garante: [Insertar nombre y dirección del lugar de emisión, a no ser que se indique en el membrete]
Hemos sido informados de que [insertar nombre y dirección de la Parte contratada, que en caso de un Consorcio serán el nombre y dirección del Consorcio] (en adelante «el Contratante») ha firmado el Contrato n.º [insertar el número de referencia del Contrato] con fecha de [insertar fecha del Contrato] con el Beneficiario para la ejecución de [insertar el objeto del Contrato y una breve descripción del objeto de contratación] (en adelante «el Contrato»). Asimismo, entendemos que, con arreglo a las condiciones del Contrato, se deberá efectuar contra garantía de pago anticipado un pago adelantado por un importe de [insertar el importe y la moneda en palabras y cifras]8, que representa el [insertar el porcentaje en palabras y cifras] por ciento del precio del Contrato.
Renunciando a todas las objeciones y defensas, nosotros, como Garante, nos comprometemos de forma irrevocable y autónoma a pagar al Beneficiario cualquier suma o sumas cuyo total no exceda un importe de [insertar el importe de la garantía y la moneda en palabras y cifras] al recibir el primer requerimiento del Beneficiario, respaldado por la declaración del Beneficiario, ya sea en el propio requerimiento o en un documento firmado aparte que acompañe o identifique al requerimiento, declarando que la Parte contratada ha incumplido su(s) obligación(es) emanadas del Contrato, sin que el Beneficiario necesite demostrar o aducir motivos para el requerimiento o la suma especificada en este.
La garantía de pago anticipado entrará en vigor tan pronto como se haya hecho efectivo el pago adelantado a la cuenta del Contratante. Las deducciones de escasa cuantía del importe anteriormente mencionado, en particular debido a comisiones bancarias, no afectarán a la entrada en vigor de esta garantía.
[En caso de garantías emitidas en moneda extranjera, insertar lo siguiente:
Cualquier pago con cargo a esta Garantía será abonado al KfW, Fráncfort xxx Xxxx, (BIC: XXXXXXXX, XXX 000 000 00), x.x de cuenta 38 000 000 00 (IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 00), para la cuenta de [Insertar nombre y país del Beneficiario].
[En caso de garantías emitidas en moneda local, insertar lo siguiente:
En caso de hacerse valer esta garantía, el pago se efectuará a la cuenta [Insertar la cuenta del Beneficiario a la que se deberán efectuar los pagos], para la cuenta de [Insertar el nombre del Beneficiario y el país del Beneficiario].
Esta garantía se reducirá automáticamente a prorrata con arreglo a los pagos efectuados por el Garante en virtud del presente documento, y expirará a más tardar el [insertar fecha de expiración].
Cualquier requerimiento de pago deberá ser recibido por nosotros en esta oficina en, o con anterioridad a, dicha fecha mediante carta o telecomunicación cifrada.
Queda entendido que nos devolverán esta garantía tras su expiración o tras el pago del importe total a reclamar en virtud de esta.
[Como opción preferida en cuanto a las reglas de la garantía, insertar: Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes relativas a las Garantías a Primer Requerimiento (RUGR) Revisión de 2010, publicación CCI n.º 758, con la salvedad de que por la presente se omite la declaración de apoyo contemplada en el artículo 15(a).]
[En caso de que el banco emisor no incorpore la opción preferida, insertar: Esta garantía está gobernada por la legislación de [insertar el país de jurisdicción donde esté ubicada físicamente la sucursal bancaria emisora de la garantía].
Lugar y fecha |
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Firma(s) autorizada(s) del Garante
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Nota: Todos los textos en cursiva (incluidas las notas al pie) están destinados a la preparación de este formulario y deberán eliminarse de la versión definitiva.
1 En caso de que uno o varios Anexos no fuesen necesarios en el Contrato concreto, deberá mantenerse la numeración de los Anexos con el fin de conservar las referencias correspondientes e insertarse como texto «No aplicable» en los Anexos que corresponda.
2 En el supuesto de que existan Actas de negociación entre las Partes, de conformidad con el Pliego de Condiciones Particulares, dichas Actas de negociación podrán incorporarse como Anexos. No obstante, con el fin de mantener disposiciones contractuales inequívocas, es preferible insertar las modificaciones acordadas directamente en el Pliego de Condiciones Particulares en lugar de redactar extensas actas de negociación.
3 A este respecto existen varias posibilidades: Nombramiento por la Cámara de Comercio Internacional (ICC) xxx.xxxxxx.xxx o xxx.xxxxxxxx.xxx o el Centre for Effective Dispute Resolution (CEDR), xxx.xxxx.xxx o el International Mediation Institute (IMI) xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx-xxx, o la Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC) xxx.xxxxx.xxx
4 Los términos en mayúscula utilizados pero no definidos en esta Declaración de Compromiso tienen el significado asignado al término en cuestión en las “Directrices para la Contratación de Servicios de Consultoría, Obras, Bienes, Plantas Industriales, y Servicios de No-Consultoría en el marco de la Cooperación Financiera con Países Socios” del KfW.
5 La EEP es, según sea el caso, el comprador, el empleador, la entidad contratante, para la adquisición de servicios de Consultoría, obras, plantas industriales, Bienes o Servicios de No-Consultoría.
6 En caso de que no se hayan ratificado o implementado plenamente los convenios de la OIT en el país del Contratante, el Postulante /Oferente/contratista propondrá y adoptará, a satisfacción del Contratante y del KfW, medidas adecuadas según el espíritu de dichos convenios de la OIT con respecto a (a) agravios de los trabajadores con respecto a las condiciones laborales y de empleo, (b) trabajo infantil, (c) trabajo forzado, (d) organizaciones de trabajadores y (e) la no discriminación.
7 En caso de un Consorcio, indicar el nombre del Consorcio. La persona que firme la Solicitud, Oferta o Propuesta en nombre del Postulante /Oferente deberá adjuntar el poder de representación otorgado por el Postulante /Oferente.
8Esta garantía deberá emitirse exclusivamente en la moneda del Contrato.
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