BASES DE LICITACIÓN ESPACIOS PARA FOODTRUCKS
BASES DE LICITACIÓN ESPACIOS PARA FOODTRUCKS
FONDA SANTIAGO BAJO LA MISMA ESTRELLA 2019
1. ANTECEDENTES
Con fecha 00 xx xxxx xx 0000, xx Xxxxxxx Municipalidad de Santiago encargó a la Corpora- ción para el Desarrollo de Santiago la administración de los espacios públicos, conjunta- mente con la ejecución de los contratos para el desarrollo de la actividad denominada “Fonda Santiago 2019”, la cual se realizará en un sector del Parque O´Xxxxxxx, entre el 16 y el 22 de septiembre del presente año.
En virtud de dicho convenio, la referida Corporación para el Desarrollo de Santiago, efectuó un llamado para proveer el servicio de producción de la Fonda Santiago 2019, siendo se- leccionada la empresa Xxxxxx Producciones.
Con el objeto de dar cumplimiento al servicio encomendado, Xxxxxx Producciones realiza el siguiente llamado a todos los interesados comercializar alimentos y/o bebidas en camiones de comida o Foodtrucks en la Fonda Santiago 2019.
2. CONCEPTO Y OBJETO
Para la producción de la Fonda Santiago 2019, Xxxxxx Producciones ha propuesto el con- cepto “Santiago celebra bajo la misma estrella”, en el que se hace énfasis en la participación de todos los chilenos, sin exclusiones de ningún tipo, para la celebración de nuestras fiestas patrias.
Adicionalmente, con la participación de todos los interesados, se pretende dar un sentido social a la actividad, priorizando la promoción del desarrollo comunitario a través de activi- dades de educación, cultura y recreación con el objeto de fomentar la afinidad e interés por los valores patrios, la inclusión social y la sustentabilidad.
En este entendido, el objeto de la presente invitación es proveer un servicio de comida y/o bebida en camiones de comida o Foodtrucks que se instalará en el sector denominado Fonda Santiago al interior del Parque O’Xxxxxxx.
3. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
Podrán participar en esta licitación todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que estén interesadas en vender comida y/o bebida en espacios para Foodtrucks a los visitantes de la Fonda Santiago 2019, durante todos los días del evento, en los horarios definidos, y que cuenten con la experiencia suficiente para atender la demanda de calidad y buen servicio con la que se caracterizará a la actividad.
4.1. Organismo mandante
• Razón Social: Corporación para el Desarrollo de Santiago
• R.U.T.: 71.274.200-3
• Dirección: Pasaje Xxxxxxxx Nº 451, tercer piso, oficina 301, Santiago, Región Metro- politana, Chile
4.2. Contacto para esta Licitación
• Nombre completo: Corporación para el Desarrollo de Santiago
• E-Mail: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx
5. ANTECEDENTES DEL EVENTO
• Nombre: Fonda Santiago 2019
• Lugar: Parque O'Xxxxxxx, ciudad y comuna de Santiago
• Inauguración oficial: lunes 16 de septiembre a las 21:00 horas (actividad privada cerrada al público general).
• Fecha de inicio: martes 17 de septiembre de 2019
• Fecha de término: domingo 22 de septiembre de 2019 a las 21:00 horas
• Horario de funcionamiento Días 00-00-00-00-00 de septiembre de 2019: desde las 12:00 y hasta las 02:00 horas
• Horario de funcionamiento Día 22 de septiembre de 2019: desde las 12:00 y hasta las 21:00 horas
6. CRONOGRAMA Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
• Publicación Licitación: viernes 26 de julio
• Consultas Licitación: viernes 26 a lunes 29 de julio hasta las 14.00 Hrs.
• Respuesta Consultas: lunes 29 de julio desde las 15.00 Hrs.
• Recepción Ofertas: martes 30 de xxxxx x xxxxxxx 02 xx xxxxxx hasta las 12.00 Hrs.
• Revisión Ofertas: viernes 02 xx xxxxxx 12.00 Hrs.
• Adjudicación Ofertas: viernes 02 xx xxxxxx
• Firma Contrato, pago y entrega de garantía: lunes 05 a viernes 09 xx xxxxxx
7. MEDIO DE POSTULACIÓN
Todo intercambio de información será efectuado a través de medios electrónicos desde el formulario de postulación Fonda Santiago 2019 habilitado en la página web del evento (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx) el que estará replicado también en el portal de la Corporación para el Desarrollo de Santiago (xxx.xxxxxxxx.xx). Las consultas se deben realizar al co- rreo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx
Se deja expresa constancia que no se aceptarán postulaciones presenciales o en algún formato distinto al online. Todos los documentos deben ser adjuntados en formato PDF. La presentación de cualquier documento de manera presencial y/o por otro medio distinto al online, dejará al participante fuera de bases, y éste deberá postular en una segunda instan- cia o la que secunde a esta presentación.
8. CONDICIONES DE POSTULACIÓN
Por el solo hecho de participar en este proceso, se entiende que el oferente conoce, acepta y está conforme con todas las condiciones y exigencias establecidas en las presentes ba- ses. De esta manera, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente res- petadas.
Los participantes deberán analizar las presentes condiciones y exigencias a su propio riesgo y responsabilidad. De igual forma, deberán tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones complementarias efectuadas a fin de que sean consideradas al mo- mento de presentar la oferta.
Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclu- sivo de cada oferente, no existiendo para la empresa responsabilidad alguna en dicha ma- teria, cualquiera sea el resultado de la postulación.
9. REQUISITOS MÍNIMOS PARA POSTULAR
Serán considerados requisitos mínimos para postular los siguientes:
a) No haber sido condenado por crímenes o simples delitos, acreditado mediante certifi- cado de antecedentes para fines especiales en original, emitido por Registro Civil con una antigüedad no superior a 30 días. En caso que los oferentes sean personas jurídicas, este certificado deberá ser entregado por el Representante Legal y cada uno de los So- cios.
b) Presentar la documentación mínima exigida de acuerdo al numeral 11 de las presentes bases.
c) No haber sido sancionado o multado en los últimos dos años por incumplimiento de nor- mas sanitarias, municipales, contractuales u otras en proyectos en los que haya sido parte la Municipalidad de Santiago y/o la Corporación para el Desarrollo de Santiago.
d) No haber sido objeto del cobro de garantías total o parcial en algún proceso anterior por parte de la Municipalidad de Santiago y/o la Corporación para el Desarrollo de Santiago, en los últimos dos años.
e) No tener deudas pendientes con la Corporación para el Desarrollo de Santiago.
f) Presentar una oferta acorde a los mínimos exigidos en el numeral 24 de las presentes bases. Cualquier oferta por debajo del precio mínimo, no será considerada.
g) Presentar la oferta dentro del plazo establecido en el numeral 6 de las presentes bases.
h) Pagar los derechos para participar en la presente licitación.
Aquellos oferentes que no cumplan con alguno de los requisitos descritos anteriormente, quedarán inhabilitados para postular, y sus ofertas no serán consideradas para la evalua- ción.
10. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas tendrán una validez mínima de 20 días contados desde la fecha de recep- ción de las mismas, de conformidad al numeral 6.
11.CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas de los interesados en comercializar alimentos y/o bebidas en Foodtrucks de la Fonda 2019 “Santiago bajo la misma estrella”, estarán compuestas por una oferta administrativa, una propuesta de producción y una oferta económica.
11.1 Oferta Administrativa
La oferta administrativa deberá incluir, en formato digital, los siguientes documentos:
1. Anexo No. 1 Formulario de Identificación, debidamente completado y firmado.
2. Anexo No. 2 Formulario de Declaración Simple de Aceptación de Condiciones de las Presentes Bases, debidamente completado y firmado.
3. Anexo No. 3 Formulario de Declaración Jurada, debidamente completado y firmado ante notario.
4. Anexo No. 4 Formulario de Oferta Económica, debidamente completado y firmado.
5. Anexo No. 5 Formulario de Compromiso Sustentable, debidamente completado y firmado.
6. Fotocopia de la cédula nacional de identidad del oferente o de cada uno de los so- cios en caso de ser este una persona jurídica (sociedad).
7. Para el caso que el postulante sea una sociedad, además de los antecedentes indi- cados en las letras anteriores, se deberán acompañar los siguientes certificados:
a. Certificado de Vigencia de la Sociedad del Registro de Comercio
b. Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio (Representante Legal)
c. Certificado emitido por la Dirección del Trabajo que acredite la inexistencia de deudas por concepto de pago de remuneraciones y cotizaciones previ- sionales con sus actuales trabajadores y aquellos contratados en los dos últimos años.
La fecha de emisión de estos certificados no puede ser superior a dos meses ante- riores al lunes 01 de julio de 2019.
8. Pago de los derechos de postulación en la presente licitación a través de transfe- rencia electrónica a la Corporación para el Desarrollo de Santiago, quien extenderá un recibo como comprobante de compra de bases.
El valor de las Bases Fonda Santiago 2019 es de $20.000-.
Datos para la Transferencia:
Razón Social : Corporación para el desarrollo de Santiago. Rut : 00.000.000-0
Banco : Banco de Chile
Cta. Cte. : 000-00000-00
Mail : xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx Mail copia : xxxxxx@xxxxxxxx.xx
11.2 Propuesta de producción
Los interesados deberán incluir una propuesta en formato impreso de los alimentos y/o bebidas a comercializar:
Anexo No. 7 que contiene los siguientes datos:
a) Propuesta de producción (cuál es el proyecto, experiencia de marca y/o productor).
b) Descripción general e imágenes del Foodtruck, de los alimentos y bebidas que serán comercializados. El Foodtruck presentado por el adjudicatario, no podrá ser cambiado sin previa aprobación de la producción.
c) Descripción general del personal. 11.3 Oferta Económica
La oferta económica será presentada mediante el Formulario de Oferta Económica, conte- nido en Anexo No. 4.
12. GARANTÍAS Y SEGUROS COMPLEMENTARIOS CONTRA TERCEROS
Los interesados deberán considerar, de acuerdo con cada etapa, la entrega de las siguien- tes garantías:
12.1 Garantía de Seriedad de la Propuesta
La seriedad de las propuestas será garantizada mediante Transferencia o depósito Banca- rio a nombre de Corporación para el Desarrollo de Santiago, por un monto de $200.000.- (doscientos mil pesos), cuyo cargo deberá indicar “Garantiza seriedad de la propuesta Food Trucks Santiago 2019”.
Esta garantía será devuelta al proponente al momento de la firma del contrato, en caso de ser aceptada su propuesta, o bien, a partir del lunes 00 xx xxxxxx xx 0000, xx xxxx xxxxxx- xxx.
Pago de la garantía a través de transferencia electrónica a la Corporación para el Desarrollo de Santiago, quien extenderá un recibo como comprobante.
Garantía de seriedad de la propuesta Food Trucks Fonda Santiago 2019 es de $200.000-.
Datos para la Transferencia:
Razón Social : Corporación para el desarrollo de Santiago. Rut : 00.000.000-0
Banco : Banco de Chile
Cta. Cte. : 000-00000-00
Mail : xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx Mail copia : xxxxxx@xxxxxxxx.xx
12.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
El fiel cumplimiento del contrato será garantizado mediante una garantía (deposito o trans- ferencia bancaria) a nombre de Corporación para el Desarrollo de Santiago y en la cuenta corriente de Banco de Chile, por un monto en dinero equivalente al 30% del monto total de la oferta, con vigencia hasta el 20 de octubre de 2019, cuyo cargo deberá indicar “Garantiza el fiel cumplimiento del contrato Foodtrucks Santiago 2019”. El documento que acredite esta garantía debe ser presentado al momento de la firma de contrato.
Esta garantía será devuelta al proponente a partir de la fecha de su vencimiento, de manera íntegra en caso de no existir descuentos, o bien, la cantidad de dinero que corresponda para el caso contrario, de conformidad con el numeral 21.
13. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas serán evaluadas de acuerdo a criterios objetivos, conforme a la adecuación de estas al objeto de la actividad y según el cumplimiento de los requisitos y exigencias establecidos en las bases.
Conforme a lo anterior, la producción se reserva el derecho de rechazar alguna o todas las ofertas, si no las estimare convenientes para los intereses de la actividad.
De igual manera, las variables de medición serán ponderadas de conformidad con los va- xxxxx asignados según el siguiente cuadro:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN | PUNTAJE | PORCENTAJE DE PONDERACIÓ N |
Oferta Administrativa | 10 | 10% |
Calidad propuesta de producción | 10 | 30% |
Oferta Económica | 10 | 60% |
Del proceso de evaluación de las propuestas se dejará constancia en un Acta de Evalua- ción, la que se publicará en la página web de la Corporación el martes 30 de julio de 2019.
14. ADJUDICACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO
Las propuestas que hayan obtenido el mayor puntaje se adjudicarán el espacio por el que hayan postulado. En caso de empate la producción seleccionará aquella propuesta que le parezca más cercana a los objetivos de la actividad.
Los adjudicados deberán celebrar con la producción el contrato en la fecha definida en el numeral 6, y será suscrito por ésta y la persona natural adjudicada o el representante legal de la entidad adjudicataria, según corresponda.
Al momento de la suscripción del contrato, el adjudicatario entregará el comprobante de depósito efectuado en la cuenta N°000-00000-00, del Banco de Chile, a nombre de la Cor- poración para el Desarrollo de Santiago, por la cantidad de dinero correspondiente a la oferta presentada, conjuntamente con las garantías definidas en el numeral 12.
En caso que, por causas imputables al adjudicado, el contrato no se suscriba en el plazo indicado, la producción hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta y dejará sin efecto la adjudicación. En caso contrario esta garantía será devuelta.
15. ENTREGA DE LOS ESPACIOS ADJUDICADOS Y PLAZO DE ARRENDAMIENTO
Los espacios licitados serán entregados a partir xxx xxxxxx 14 de septiembre de 2019. El plazo de arrendamiento será desde la fecha de entrega hasta el lunes 22 de septiembre de 2019.
16. CARACTERÍSTICAS DE LOS ESPACIOS ENTREGADOS POR LA PRODUCCIÓN
Los espacios entregados por la producción contarán con las siguientes características:
16.1 La postulación se compone de: 18 espacios para Foodtrucks divididos en tres sectores. (Ver plano de emplazamiento)
• Los espacios tendrán una dimensión de 6 metros por 2,5 metros. El espacio de atención al público serán los 6 metros. No está autorizada la instalación de hor- nos, parrillas, refrigeradores u otro tipo de elementos de fabricación, mantención y/o cocción de alimentos fuera del Camión de comidas / foodtruck.
16.2 Los espacios estarán divididos en 3 zonas.
• Zona 1: Sector Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
x Xxxxxxxx xxx 00 xx 00
o Valor mínimo: $1.800.000
o Solo estará autorizada la venta de alimentos, tales como:
1. Food Truck Nº 1 Todo tipo de sándwich gourmet, hamburguesas, completos, tapas, tortillas (tipo quesadillas u otros), wraps, xxxxx- tos, panqueques, bebidas, jugos y cerveza. Se prohíbe el uso de parrillas y venta de cualquier otro tipo de alcohol que no sea cer- veza.
2. Food Truck Nº 2 comida nacional o internacional de tipo gourmet, bebidas, jugos y cerveza. Se prohíbe el uso de parrillas y venta de cualquier otro tipo de alcohol que no sea cerveza.
3. Food Truck Nº 3 cafetería, pastelería, dulces, helados y todo tipo de productos dulces y salados que no interfieran y/o sean símiles de las categorías anteriores, además de todo tipo de bebidas, ju- gos y aguas. Se prohíbe el uso de parrillas y venta de cualquier tipo de alcohol.
4. Food Truck Nº 4 todo tipo de comidas y preparaciones de carácter vegetariano y/o vegano, nacional o internacional de tipo gourmet, bebidas, jugos y cerveza. Se prohíbe el uso de parrillas y venta de cualquier otro tipo de alcohol que no sea cerveza
5. Food Truck Nº 5 comida nacional o internacional de tipo gourmet, bebidas, jugos y cerveza. Se prohíbe el uso de parrillas y venta de cualquier otro tipo de alcohol que no sea cerveza.
NOTA, al momento de la adjudicación, el criterio de para elegir a los adjudicados estará dado por la propuesta de alimentación y bebidas, diferenciadas entre si, las cual deben ser del mejor nivel, cumpliendo específicamente con las categorías an- tes señaladas. No habrá duplicidad de categorías.
• Zona 2: Sector Cúpula.
o Espacios del 06 al 07.
o Valor mínimo: $1.300.000
o Estará autorizada la venta de todo tipo de alimentos, los cuales deben estar señalados por en la propuesta de producción y serán evaluados por la comisión de adjudicación.
o Se prohíbe el uso de parillas.
o Se prohíbe la venta de churros en cualquiera de sus categorías.
o Solo estará permitida la venta de cervezas, prohibido otro tipo de al- coholes, previa solicitud de patente en la propuesta de producción de la licitación
o
• Zona 3: Sector Cuecodromo
o Espacios del 08 al 16.
o Valor mínimo: $1.300.000
o Estará autorizada la venta de todo tipo de alimentos, los cuales deben estar señalados por en la propuesta de producción y serán evaluados por la comisión de adjudicación.
o Se prohíbe el uso de parillas.
o Se prohíbe la venta de churros en cualquiera de sus categorías.
o Solo estará permitida la venta de cervezas, prohibido otro tipo de al- coholes, previa solicitud de patente en la propuesta de producción de la licitación.
16.3 La oferta económica deberá ser presentado por el postulante en virtud del Anexo No. 4.
Un oferente podrá postular hasta tres (03) espacios a la vez.
17. HABILITACIÓN DE LOS ESPACIOS POR SUS TITULARES
Los espacios adjudicados deberán estar habilitados a más tardar el día lunes 16 de sep- tiembre de 2019 a las 12:00 horas.
18. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Para operar válidamente el espacio, el adjudicatario deberá cumplir con las siguientes es- pecificaciones técnicas:
18.1 Operación de Food Trucks
Se deberá considerar en la propuesta toda la información técnica referente al camión de comida / Food Truck, además de la autonomía de agua potable. Se solicita adjuntar foto- grafías que muestren el tipo de servicio. La producción entregara energía eléctrica a cada Food Truck según lo establecido en el numeral 18.11 de las presentes bases.
18.2 Productos a ofrecer e implementación del espacio
Para este punto deben considerar describir los productos a ofrecer, adjuntar fotografías y la propuesta de utilización del espacio, según lo establecido en los numerales 11.2 y 16.2 y descrito en el anexo Nº 7.
18.3 Aseo y Medidas de Sustentabilidad
Cada adjudicatario se encargará del aseo permanente del Food Truck, y del traslado de sus residuos no reciclables hasta el lugar donde la producción instale el camión recolector, y todas las veces que sea necesario a fin de evitar la acumulación de basuras en el camión. Estará estrictamente prohibido que los adjudicatarios volteen sus residuos de cualquier tipo en los contenedores de 770 lts. que la producción instalará en las calles interiores del re- cinto. Quien sea sorprendido en esta acción será multado conforme a las presentes bases.
Los desechos deberán ser separados en contenedores diferenciados para aquellos de plás- tico, vidrio, lata, papel y cartón, tetrapack y desperdicios orgánicos.
Al término de las actividades, el espacio adjudicado deberá ser entregado libre de todo tipo de desperdicios, basuras, escombros o enseres. El no cumplimiento de ello derivará en el cobro íntegro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato
18.4 Música
No se podrá poner música en los espacios arrendados. La música será puesta en toda la fonda por la producción de la misma.
18.5 Plan de seguridad
El Food Truck debe contar con sistema de extinción de incendios portátil PQS de 6kg con capacidad de extinción A, B, C por cada 100m2, debidamente instalados y señalizados.
A más tardar, el día 12 de septiembre del 2019, se deberá entregar una Declaración Notarial en que se manifieste que todo el personal individualizado en la respectiva Ficha de Locata- rio, se encuentra debidamente capacitado para hacer uso de los extintores.
Los cilindros de gas iguales o superiores a 45kg deben contar con certificación de un pro- fesional competente ante el SEC.
Las mangueras (de gas) que se usen en estas instalaciones deben ser certificadas y flexi- bles.
El expendio de bebidas y alimentos se deberá realizar en envases semi rígidos, controlando en todo momento el riesgo que el público pueda contar con elementos que puedan trans- formarse en un proyectil.
Todos los trabajadores y personal que labore dentro del área deben estar identificado con su respectiva credencial
18.6 De los requisitos de higiene en los establecimientos:
Todos los establecimientos, sus equipos, utensilios y demás instalaciones, deberán mante- nerse en buen estado, limpios y ordenados.
Sus desechos deberán retirarse de las zonas de manipulación y otras zonas de trabajo, cuantas veces sea necesaria y por lo menos dos veces al día.
Se deberá impedir el acceso de las plagas a los desechos. Inmediatamente después de su evacuación, los receptáculos utilizados para el almacenamiento y todo el equipo que haya entrado en contacto con los desechos deberán limpiarse. La zona de almacenamiento de desechos deberá, asimismo, mantenerse limpia.
Para impedir la contaminación cruzada de los alimentos, todo el equipo y utensilios deberán mantenerse debidamente protegidos en estantes, vitrinas, u otros, después de limpiarse y desinfectarse.
Deberán tomarse precauciones adecuadas para impedir que el alimento se contamine cuando las salas, el equipo y los utensilios se limpien o desinfecten con agua y detergentes o con desinfectantes o soluciones de éstos.
Inmediatamente después de terminar el trabajo de la jornada o cuantas veces sea necesa- rio, deberán limpiarse minuciosamente los pisos, las estructuras auxiliares y las paredes de la zona de manipulación de alimentos.
Se prohíbe la mantención de plaguicidas u otras sustancias tóxicas que puedan representar un riesgo para la salud, en las zonas de producción, elaboración, transformación, envase y almacenamiento de alimentos.
No deberá almacenarse en la zona de manipulación de alimentos ninguna sustancia que pueda contaminar los alimentos ni depositarse ropas u objetos personales en las zonas de manipulación de alimentos.
18.7 De los requisitos de higiene del personal:
Todas las personas que manipulen alimentos, deben recibir una instrucción adecuada y continua en materia de manipulación higiénica de los mismos e higiene personal.
Cualquier persona que trabaje a cualquier título y, aunque sea ocasionalmente, en un es- tablecimiento donde se elaboren, almacenen, envasen, distribuyan o expendan alimentos, deberá mantener un estado de salud que garantice que no representa riesgo de contami- nación de los alimentos que manipule.
El personal que manipule alimentos no deberá atender pagos del público, sea recibiendo o entregando dinero, no deberá realizar tareas que puedan contaminar sus manos y ropas de trabajo.
El personal que manipula alimentos deberá lavarse y cepillarse siempre las manos antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de haber hecho uso de los servicios higiéni- cos, después de manipular material contaminado y todas las veces que sea necesario.
Los manipuladores deberán mantener una esmerada limpieza personal mientras estén en funciones debiendo llevar ropa protectora, tal como: “Cofia o gorro que cubra la totalidad xxx xxxxxxx”, y “delantal”.
Estos artículos deben ser lavables, a menos que sean desechables y mantenerse limpios. Este personal no debe usar objetos xx xxxxxx en las manos cuando manipule alimentos y deberá mantener las uñas de las manos cortas, limpias y sin barniz.
En las zonas en que se manipulen alimentos deberá prohibirse todo acto que pueda conta- minar los alimentos, como: comer, fumar, masticar chicle, o realizar otras prácticas antihi- giénicas, tales como escupir.
Si para manipular los alimentos se emplean guantes, éstos se mantendrán en perfectas condiciones de limpieza e higiene. El uso de guantes no eximirá al operario de la obligación de lavarse las manos cuidadosamente.
Se deberá evitar la presencia de personas extrañas en las salas donde se manipulen ali- mentos. En la eventualidad que esto suceda se tomarán las precauciones para impedir que éstas contaminen los alimentos. Las precauciones deben incluir el uso de ropas protectoras.
Deberá designarse un responsable como interlocutor por cada área de manipulación de alimento.
Cada locatario deberá contar con un espacio donde sus trabajadores dejen sus pertenen- cias, no podrán tenerlas en el área de elaboración de alimentos.
18.8 De los requisitos de higiene en la elaboración de los alimentos:
En la elaboración sólo deberán utilizarse materias primas e ingredientes en buen estado de conservación, debidamente identificado.
El flujo del personal y de materias primas en las distintas etapas del proceso, debe ser ordenado y conocido por todos los que participen en la elaboración, para evitar contamina- ción cruzada.
Todo el equipo que haya entrado en contacto con materias primas o con material contami- nado deberá limpiarse, desinfectarse y verificarse el grado de limpieza antes de entrar en contacto con productos terminados.
En la manipulación de los alimentos sólo deberá utilizarse agua de calidad potable.
Deberán existir registros de producción, distribución y control de los alimentos y materias primas deberá identificarse la procedencia del alimento y/o materia prima, como etapa an- terior, y el destino del producto, como etapa posterior.
Los productos terminados deberán almacenarse y transportarse en condiciones adecuadas de temperatura y humedad que garantice su aptitud para el consumo humano.
El transporte de alimentos perecibles que requieren frío para su conservación en estado fresco, enfriado y/o congelado, sólo podrá realizarse en vehículos o medios de transporte con carrocería cerrada, con equipos capaces de mantener la temperatura requerida según el tipo de producto y lo establecido en este reglamento, provistos de termómetros que per- mitan su lectura desde el exterior y deberán mantenerse en todo momento en perfectas condiciones.
Además, deberán contar con autorización sanitaria otorgada por la autoridad sanitaria en cuyo territorio de competencia registre el domicilio el propietario o su representante legal, deberá contar con facturas y boletas de compra de los alimentos. Aquellos que vendan empanadas deberán además solicitar a su proveedor que este si cuente con resolución sanitaria y mantener una copia de esta en terreno al momento de la fiscalización
Toda área de manipulación de alimentos debe contar con piso lavable.
18.9 Energía
De acuerdo al Decreto con Fuerza xx Xxx. Núm. 4/20.018 Ley General de Servicios Eléc- tricos artículo 223° indica lo siguiente:
No será requisito para poner en servicio nuevas instalaciones eléctricas, la aprobación de éstas, pero deberán ser comunicadas a la Superintendencia acompañando además los an- tecedentes requeridos, según lo establezcan los reglamentos.
Es responsabilidad de los propietarios de todo tipo de instalaciones eléctricas el cumplir con las normas técnicas y reglamentos que se establezcan en virtud de la presente ley; el no cumplimiento de estas normas o reglamentos podrá ser sancionada por la Superintendencia con multas y/o desconexión de las instalaciones correspondientes, en conformidad a lo que establezcan los reglamentos respectivos.
Podrán ejecutar instalaciones eléctricas, y en consecuencia firmar los planos correspon- dientes, los que posean licencia de instalador eléctrico, o bien los que posean título en las profesiones que determinen los reglamentos.
Teniendo en cuenta esto, a continuación, se detallan las exigencias referentes a las insta- laciones eléctricas provisorias tanto en cocinerías y foodtrucks resueltas por la Superinten- dencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Todos los foodtrucks deberán contar con el TE1 inscrito en la SEC por un profesional que posea licencia de instalador eléctrico Clase A o B.
No se aceptará otro tipo de instalador (C o D), disposición de carácter obligatorio.
Todas las instalaciones eléctricas tanto de circuitos de iluminación y enchufes de las coci- nerías como de los foodtrucks deberán contar con protección diferencial general o por cir- cuito cuya corriente xx xxxxx no supere los 30 mili-amperes.
No se aceptarán instalaciones sin estos dispositivos de protección para las personas.
Tipo de toma que requiere para energizar el foodtruck; industrial de 16 o 32 amperes mo- nofásica, industrial de 32 amperes trifásica, en caso de ser otra indicar con detalle. En caso que exista algún FoodTruck con un requerimiento superior de energía a lo entregado por la producción, el propietario deberá encargarse de abastecerse de su propio genera- dor y realizar los trámites correspondientes ante la SEC (TE1) y envío del PR de su gene- rador.
El amperaje requerido debe quedar expresado en el Anexo Nº7 de las presentes bases.
No se podrán utilizar generadores eléctricos particulares durante el funcionamiento de la fonda, ya que para eso se solicita el TE1 y así la producción entregará la energía en base a lo declarado. En caso que un foodtruck requiera de generador eléctrico, deberá presentar el TE1.
Todos los foodtrucks deben contar con tomas industriales de 16 amperes 2P+T conector macho embutido o sobrepuesto, no se entregará energía a foodtrucks que no cuenten con este tipo de toma, estandarizada para distribución de energía por medidas de seguridad.
Cada foodtruck debe ser aterrizado con una barra xxxxxx y su conector de bronce a su estructura metálica para que se suministre energía. Esta área se deberá delimitar con cinta peligro.
No se permite uso de conductor paralelo en la distribución eléctrica, se deberá realizar con conductores tipo XXX o RV-K de sección mínima 2,5 mm² para los multiconductores y sec- ción de 4mm² para conductores unipolares.
INCORRECTO CORRECTO CORRECTO
Todos los enchufes de los equipos a utilizar deberán ser del tipo tres patas. Electrodomés- ticos que no cuenten con este tipo de enchufes no se podrán instalar y utilizar.
PROHIBIDO APROBADO
Todos los electrodomésticos y equipos eléctricos, zapatillas eléctricas y demás materiales, deberán contar con el sello SEC para su funcionamiento o estar en condiciones seguras para su uso.
Se prohíbe el uso de guirnaldas como decoración de alguna cocinería, foodtruck, carro de comida, pagoda, etc; a menos que éstas cuenten con la certificación del SEC.
19. PERMISOS Y AUTORIZACIONES
Para la instalación y funcionamiento de los Foodtrucks, se requiere contar con los permisos correspondientes según la legislación vigente. Por tal razón el adjudicatario deberá cumplir con estos permisos y otros según corresponda, tales como:
a) Resolución sanitaria autorizada por la SEREMI de Salud
b) Declaración de instalación eléctrica interior TE-1, debidamente aprobado por SEC.
c) En general, todo permiso que se requiera para la realización de eventos de este tipo.
En materia sanitaria y ambiental, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones contenidas en las leyes y reglamentación vigente aplicable a este respecto por la Dirección de Higiene Ambiental de la Ilustre Municipalidad de Santiago y el Ministerio de Salud.
La fiscalización de estos permisos será efectuada por un funcionario de la Municipalidad y/o encargado de área designado previamente para estos efectos.
20. CRONOGRAMA DE ACCESOS PARA EL INGRESO Y RETIRO DE PRODUCTOS
El ingreso de materiales y abastecimiento será desde 06:00 horas y salida a las 9:30 horas ya que no puede haber presencia ni tránsito de vehículos una vez se abran puertas al pú- blico.
Este ingreso solo estará permitido por el portón de acceso ubicado en Avenida Viel, que- dando estrictamente prohibido el acceso en todo el periodo de duración xx Xxxxx Santiago, por otros ingresos, tales como Avenida Xxxxx, Avenida Rondizzoni, Acceso Elipse, Univer- sidad Xxxxxxxx O´Xxxxxxx u otro. No esta permitido el uso de carros de supermercado para el ingreso de materiales y abastecimiento.
21. PROHIBICIONES Y MULTAS
Las personas cuyas propuestas sean seleccionadas y que, por tanto, se adjudiquen alguno de los espacios licitados, deberán dar estricto cumplimiento a los términos de las presentes bases y del respectivo contrato.
Del mismo modo, les estará expresamente prohibido a los titulares del espacio lo siguiente:
a) Destinar el espacio arrendado a una finalidad distinta de aquella definida en el contrato y en las presentes bases. Se deja expresa constancia que los espacios son puestos a disposición de los interesados para efectos de vender comida y/o bebidas, de conformi- dad con las especificaciones y características contenidas en este documento y con la propuesta de producción entregada por cada adjudicatario.
b) El titular del espacio no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.
c) Subarrendar el espacio adjudicado.
d) Modificar las dimensiones del espacio arrendado. Además, está prohibida la instalación de mobiliario en los Foodtrucks números 06 y 07. Excluye Foodtrucks 01, 02, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 donde se puede instalar mobiliario (mesas y sillas para uso del público) previa autorización de la producción.
e) Realizar excavaciones de cualquier tipo en el espacio adjudicado o dentro del Parque. Tampoco se podrá clavar, amarrar o fijar en los árboles ningún elemento.
f) Restituir el espacio con todo tipo de desperdicios, basuras, escombros o enseres, en la fecha definida para ello.
g) Arrojar desechos líquidos y sólidos en lugares no autorizados.
h) Depositar sus residuos sólidos no reciclables en los contenedores de 770 lts. instalados en las calles interiores xxx xxxxxxx, o en un lugar distinto a los camiones recolectores dispuestos para ello.
i) Reproducir música al interior del espacio.
j) Realizar perifoneo y/o instalar parlantes dirigidos al público en el espacio adjudicado.
k) Permitir o efectuar campañas políticas en el espacio arrendado.
l) El acceso de todo vehículo motorizado al Parque O’Xxxxxxx en horarios distintos del que se establecerá para el aprovisionamiento.
m) En términos generales, infringir cualquiera de las especificaciones incluidas en estas bases.
La infracción de alguna de las prohibiciones definidas en las letras a) a la f) precedentes darán derecho a la producción para el cobro total de la boleta de garantía de fiel cumpli- miento del contrato.
Aquellas definidas en las letras g) a m) serán sancionadas con una multa de 5 UTM (unida- des tributarias mensuales) las que se descontarán de la referida boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso que dichas infracciones sean reiteradas en más de tres oportunidades, se procederá al cobro total de la garantía.
Durante el evento, las multas serán cursadas previa entrega al encargado del espacio ad- judicado, de una copia de Parte de Infracción de Contrato, numerado, fechado y firmado por el fiscalizador que haya detectado la infracción.
Una vez terminado el evento, cada uno de los adjudicatarios deberá solicitar a la Producción la revisión del espacio adjudicado, dejando constancia de la correcta entrega de este.
22. FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OTROS
Se dispondrá de un equipo de fiscalización de buen cumplimiento del contrato. Dicho equipo de fiscalización estará compuesto por personal debidamente identificado quienes velarán por el correcto desarrollo de la actividad.
Para estos efectos, en caso de verificar alguna infracción a las especificaciones contenidas en las bases y en el contrato, podrán cursar un Parte de Infracción de Contrato, en el que se especificará el tipo de infracción, el medio de verificación y la multa correspondiente.
Una copia de dicho documento será entregada en el acto al infractor y otra será entregada a los encargados del evento para registro. La reiteración de multas llevara al pago de dere- chos establecidos en el numeral 21.
23. ESPACIOS LICITADOS Y POSTURAS MÍNIMAS.
23.1 Características de los espacios licitados
Los espacios serán entregados por la producción según las características definidas en el numeral 16.
23.2 Número de espacios licitados, metraje y posturas mínimas
La producción ha dispuesto un número total de 18 espacios para la instalación de espacios de Foodtrucks para esta licitación.
Se deja constancia que cualquier oferta por debajo del valor de la postura mínima, será rechazada de plano.
A continuación, se detallan cada uno de los espacios para la instalación de espacios para Food Trucks en la Fonda Santiago 2019, con su sector y posturas mínimas:
• Zona 1: Sector Plaza Fonda Piscina temperada.
o Espacios del 01 al 05
o Valor mínimo: $1.800.000
• Zona 2: Sector Cúpula.
o Espacios del 06 al 07.
o Valor mínimo: $1.300.000
• Zona 3: Sector Cuecodromo
o Espacios del 09 al 16.
o Valor mínimo: $0.000.000
24.3 Segundo llamado
En el caso que queden espacios disponibles una vez culminado el primer llamado a licita- ción, al igual que en los años anteriores, en el segundo llamado las posturas mínimas ten- drán un recargo del 10% por cada espacio a licitar.