PLAN DE SEGURIDAD Cláusulas de Ejemplo

PLAN DE SEGURIDAD. El adjudicatario deberá presentar al inicio de la prestación un Plan de Seguridad que recoja las medidas de seguridad contempladas y que establezca los procedimientos necesarios para garantizar la protección del entorno, tanto en la etapa de desarrollo como en la de producción.
PLAN DE SEGURIDAD. Cada propuesta debe contener un plan de seguridad, el cual deberá contemplar lo siguiente:
PLAN DE SEGURIDAD. La Pagoda debe contar con sistema de extinción de incendios portátil PQS de 6kg con capacidad de extinción ABC por cada 100m2. Los cilindros de gas iguales o superiores a 45kg deben contar con una certificación realizada por un profesional competente ante el SEC. Las mangueras (de gas) que se usen en estas instalaciones deben ser certificadas y flexibles y acorde al consumo y/o volumen de gas utilizado El expendio de bebidas y alimentos se deberá realizar en envases semi rígidos, controlando en todo momento el riesgo que el público pueda contar con elementos que puedan transformarse en un proyectil. Todos los trabajadores y personal que labore dentro del área deben estar identificado con su respec- tiva credencial Todos los establecimientos, sus equipos, utensilios y demás instalaciones, deberán mantenerse en buen estado, limpios y ordenados. Sus desechos deberán retirarse de las zonas de manipulación y otras zonas de trabajo, cuantas veces sea necesaria y por lo menos dos veces al día. Se deberá impedir el acceso de las plagas a los desechos. Inmediatamente después de su evacuación, los receptáculos utilizados para el almacenamiento y todo el equipo que haya entrado en contacto con los desechos deberán limpiarse. La zona de almacenamiento de desechos deberá, asimismo, mantenerse limpia. Para impedir la contaminación cruzada de los alimentos, todo el equipo y utensilios deberán mante- nerse debidamente protegidos en estantes, vitrinas, u otros, después de limpiarse y desinfectarse. Deberán tomarse precauciones adecuadas para impedir que el alimento se contamine cuando se realice la limpieza xxx xxxxxxx, de los equipos y utensilios, o en su defecto, cuando desinfecten con agua, detergentes y/o con desinfectantes o soluciones de éstos. Inmediatamente después de terminar el trabajo de la jornada o cuantas veces sea necesario, deberán limpiarse minuciosamente los pisos, las estructuras auxiliares y las paredes de la zona de manipula- ción de alimentos. Se prohíbe la mantención de plaguicidas u otras sustancias tóxicas que puedan representar un riesgo para la salud, en las zonas de producción, elaboración, transformación, envase y almacenamiento de alimentos. No deberá almacenarse en la zona de manipulación de alimentos ninguna sustancia que pueda con- taminar los alimentos ni depositarse ropas u objetos personales en las zonas de manipulación de alimentos.
PLAN DE SEGURIDAD. Cada licitante deberá proponer un Plan de Seguridad de las instalaciones xxx xxxxxxx ferial en el que se planifiquen y programen las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad que sean requeridos durante la celebración de las ferias, congresos, certámenes y eventos que tengan lugar en dicho recinto, ya sean organizadas por Ferias Jaén, S.A. o por terceras entidades. El plan de seguridad deberá recoger el siguiente contenido:
PLAN DE SEGURIDAD. V- Plan de capacitación.
PLAN DE SEGURIDAD. Todos los contratistas individuales deben estar incluidos en los planes de seguridad de las Naciones Unidas/el PNUD y las disposiciones en vigencia en cualquier lugar de destino. Esto no rige para los contratistas involucrados de manera intermitente/de reserva, que reciben pago por hora/día o que trabajan desde el hogar (es decir, sin la necesidad de estar presentes en las instalaciones del PNUD o ubicaciones designadas por el PNUD). Cuando los contratistas individuales estén trabajando durante incidentes vinculados a la seguridad, deben incluirse en las medidas físicas que la unidad de negocio del PNUD pueda tomar para mitigar los riesgos de seguridad vinculados a todo el personal contratado por las Naciones Unidas. Cuando un contratista individual trabaje desde el hogar, las medidas de seguridad física no se aplicarán a su vivienda, pero deberá incluirse en toda la distribución de información de seguridad del PNUD, resúmenes, capacitaciones, comunicaciones, etc. Cualquier decisión para evacuar a los contratistas individuales por motivos políticos o de seguridad caerá en el PNUD. Todos los procedimientos de evacuación aplicados al personal de las Naciones Unidas deberán extenderse a contratistas individuales, pero se les debe informar que no están incluidos en estos procedimientos los familiares que los acompañen al lugar de destino. La evacuación política o de seguridad debe diferenciarse de la evacuación médica, cuyo costo será responsabilidad del contratista individual o su aseguradora. En el caso de que la persona requiera sus propios servicios de seguridad personal para minimizar los riesgos de seguridad, o tal como pueda ser necesario en un lugar de destino dado, estos costos deberán ser pagados por completo por la persona. Derechos y obligaciones del contratista individual Los derechos y las obligaciones del contratista individual están limitados estrictamente a los términos y condiciones del contrato individual. Específicamente: Los contratistas individuales son incorporados por sus habilidades y experiencia para producir entregables definidos. En circunstancias específicas, pueden participar como miembros sin derecho a voto de comités corporativos que proporcionan servicios de asesoría/apoyo en su área de experiencia sustantiva. Los servicios deben prestarse dentro del tiempo estipulado en el contrato. La provisión de servicios no implica autoridad ni derechos legales para vincular al PNUD en cualquier acuerdo, ni tampoco crea derechos adicionale...
PLAN DE SEGURIDAD. Previo al inicio de las tareas correspondientes, LA CONTRATISTA, por intermedio de un profesional habilitado en Seguridad e Higiene de Obra, deberá presentar ante la INSPECCIÓN DE OBRA de la CARU el Plan de Seguridad de Obra donde consten los detalles y la metodología a utilizar en cada etapa de obra, de acuerdo a lo establecido en la CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA:
PLAN DE SEGURIDAD. Antes del inicio de la obra, el contratista vendrá obligado a someter a la aprobación del órgano contratante, previo informe del Coordinador de Seguridad y supervisión de los Servicios Técnicos Municipales, el Plan de Seguridad y Salud para la obra, así como en el supuesto que el Estudio de Seguridad y Salud presentado con la oferta hubiera experimentado alguna variación, conforme el art. 7.2 del R.D.1627/1997 de 24 de Octubre, sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción  Asimismo, el adjudicatario observará rigurosamente la legislación sanitaria y sobre seguridad e higiene en el trabajo.  De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, el adjudicatario deberá acreditar por escrito antes del inicio de la actividad contratada, el cumplimiento de las siguientes obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales: - La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva correspondiente a la obra o servicios contratados. - La formación e información en materia preventiva de los trabajadores que van a prestar servicios en el centro de trabajo. - Justificante de entrega de equipos de protección individual, que en su caso, fueran necesarios. - Compromiso de que notificarán al Ayuntamiento de Lardero, de los nuevos riesgos que puedan surgir en el transcurso de la actividad, sobre todo si son riesgos graves y si han ocurrido accidentes de trabajo durante la actividad.  Si la empresa subcontratara parte de la obra o servicio contratado, deberá exigir a la subcontrata los justificantes de cumplimiento de las obligaciones anteriores y entregarlos al Ayuntamiento de Lardero. Entre las empresas contratistas y subcontratistas deberán establecerse los medios de coordinación necesarios, según lo dispuesto en el Capítulo V del Real Decreto 171/2004 de 30 de enero.  De conformidad con la Disposición adicional primera del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales las obras incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se ...
PLAN DE SEGURIDAD. El Contratista deberá preparar un plan de seguridad integral que abarque los siguientes temas en detalle:
PLAN DE SEGURIDAD. El oferente del servicio deberá presentar a UPEJOL un “Plan de Seguridad” antes de los 90 días de comenzado el evento para su aprobación y conformidad indicando todas las medidas tomadas para minimizar los riesgos y evitar todo tipo de “acto de interferencia ilícita” a fines de asegurar que ningún elemento o recurso ha sido adulterado, modificado o reemplazado, asegurando en todo momento la trazabilidad de los materiales y recursos provistos evitando así el ingreso de elementos potencialmente peligrosos para la normal realización del evento.