CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO
NÚMERO CONTRATO
NÚMERO AGENTE
CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO
CUPS* | E | S |
RAZÓN SOCIAL/NOMBRE Y APELLIDOS*
NIF/NIE*
TELÉFONO 1*
TELÉFONO 2
FACTURA SIN PAPEL
DATOS DEL CLIENTE (Titular de la Póliza de Suministro)
DIRECCIÓN* | NÚMERO* | PISO* |
CÓDIGO POSTAL* | LOCALIDAD* | PROVINCIA* |
DIRECCIÓN* | NÚMERO* | PISO* |
CÓDIGO POSTAL* | LOCALIDAD* | PROVINCIA* |
DIRECCIÓN* | NÚMERO* | PISO* |
CÓDIGO POSTAL* | LOCALIDAD* | PROVINCIA* |
REFERENCIA CATASTRAL | CNAE* |
DATOS DE CONTACTO (Envío factura y otras comunicaciones. Es igual a los Datos del Cliente. Rellenar sólo aquellos que sean diferentes a los Datos del Cliente)
PERSONA DE CONTACTO*
TELÉFONO 1*
TELÉFONO 2
DATOS DEL PUNTO DE SUMINISTRO ( Es igual a los Datos de Contacto. Rellenar sólo en aquellos que sean diferentes a los Datos de Contacto)
ALTA SUMINISTRO ATR
CAMBIO DE TITULAR ATR
El Alta de un punto de suministro o la modificación de la Tarifa y/o Potencia conllevan unos costes regulados por el Real Decreto 1995/2000. Para más información consulte la Condición General 7ª.
Compañía Lumisa Energías, S.L. X/Xxxxxxx, 000 0-X 00000 Xxxxxxxxx. Inscrito en el Tomo 43048, Folio 000, Xxxx X 000000, Inscripción 1. CIF. X00000000
DURACIÓN DEL CONTRATO (Meses) | 12 | TARIFA DE ACCESO A LA RED* | 2.0A | 2.0DHA | 2.1A | 2.1DHA | 3.0A |
TARIFA DE ACCESO (Según normativa vigente en cada momento)
CAMBIO DE TARIFA Y/O POTENCIA | POTENCIA CONTRATADA (kW) | PUNTA | €/kWh | LLANO | €/kWh | XXXXX | €/kWh |
PRECIOS (Según los precios anexados)
RAZÓN SOCIAL/NOMBRE Y APELLIDOS*
NIF/NIE*
DATOS DE PAGO (Rellenar sólo en aquellos que sean diferentes a los Datos del Cliente)
IBAN* | E | S | CUENTA BANCARIA* |
El abajo firmante solicita contratar con COMPAÑÍA LUMISA, SL el suministro de electricidad, de acuerdo con las condiciones generales que se encuentran al dorso del presente documento. A tal efecto, autoriza expresamente a esta empresa a contratar con su actual distribuidora, por si misma y asumiendo a todos los efectos la posición jurídica contractual del cliente, al Acceso de Terceros a la Red ( ATR ), así como a gestionar la resolución de su actual contrato, para que COMPAÑÍA LUMISA, SL pase a ser su nuevo suministrador. Asimismo, autoriza a COMPAÑÍA LUMISA, SL, con el fin de poder llevar a cabo las mencionadas gestiones, a acceder al ‘Sistema de Información de Puntos de Suministro’ de acuerdo con los dispuesto en el artículo 7 del RD 1435/2002 de 27 de diciembre. El solicitante declara igualmente que los datos y la información reflejada en la presente solicitud son completos y veraces, autorizando a la mencionada empresa a efectuar las comprobaciones de los mismos, admitiendo que esta solicitud no implica la aceptación de COMPAÑÍA LUMISA, SL
LUGAR, FECHA* FIRMA CLIENTE* COMPAÑÍA LUMISA, SL
Restablecer formulario
Xxxxxx Xxx Xxxxx - Director Comercial
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. El objeto del presente contrato (el “Contrato”) es el suministro de energía eléc- trica por parte de COMPAÑÍA LUMISA ENERGÍAS, SL (“LUMISA”) a la instalación de la que es titular Vd. (“el Cliente”) en el/los puntos de conexión o entrega (“Punto/s de Suministro”) indicado/s en las Condiciones Particulares.
1.2. A tal efecto, el Cliente, mediante la firma del presente Contrato, acepta de forma expresa y como única modalidad, la contratación adjunta de la adquisición de la energía y el acceso a las redes a través de LUMISA, posibilitando de esta forma que éste pueda ofrecerle un precio global comprensivo de ambos conceptos y, para la cual, por medio del presente Contrato LUMISA resulta expresamente autorizado y facultado por el Cliente, para que, adquiera a todos los efectos su posición jurí- dica en el Contrato de Acceso a la Red de Distribución que suscriba con la Empresa Distribuidora donde radica la instalación del Cliente. El Cliente se obliga a autorizar la contratación conjunta antes citada a través de LUMISA en tanto permanezca vigente el presente Contrato de Suministro.
1.3. Este Contrato de Suministro es personal y el Cliente deberá ser el efectivo usuario de la energía eléctrica suministrada, no pudiendo utilizarla en lugar distinto para el que fue contratada, ni cederla, enajenarla o ponerla a disposición de terceros. No obstante, siempre y cuando esté al corriente del pago del precio, el Cliente podrá traspasar su contrato a otro consumidor que vaya a hacer uso del mismo en idénticas condiciones, previa presentación por escrito de la solicitud de cambio de titularidad con las firmas conjuntas del Cliente y del nuevo titular, y acep- tación de LUMISA, quien gestionará ante la Empresa Distribuidora la regularización del Contrato de Acceso cuya efectividad quedará condicionada al citado traspaso. La calidad del servicio será la definida reglamentariamente en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y normas concordantes. La responsabilidad sobre la disponibilidad y calidad del suministro es de la Empresa Distribuidora de la zona de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
1.4. Las partes acuerdan otorgar plena validez jurídica al consentimiento expresado por el Cliente a través de medios telefónicos o telemáticos. Por ende, este Contratos se celebra electrónicamente, mediante la página web titularidad de LUMISA, y se entiende perfeccionado con la aceptación por parte del Cliente expresada a través del formulario de alta o cambio. El Cliente deberá aceptar por medio de correo electrónico la celebración del Contrato en las Condiciones Generales por medio de Logalty Servicios xx Xxxxxxx de Confianza, S.L., servicio adscrito a LUMISA.
2. PUNTO DE SUMINISTRO Y CONDICIONES TÉCNICAS
2.1. A los efectos de lo establecido en este Contrato, se entiende por Punto/s de Suministro el punto de conexión o entrega situado en la instalación del Cliente en que se efectúa la medida del consumo de la energía eléctrica suministrada por LUMISA.
2.2. La tensión nominal y las potencias máximas que el Cliente puede consumir al amparo del presente Contrato serán establecidas conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable a tales efectos.
3. EQUIPOS DE MEDIDA Y CONTROL
3.1. El Cliente deberá disponer en el Punto/s de Suministro, durante la vigencia de este Contrato de Suministro, de un equipo de medida y control de la energía eléctrica suministrada (“Equipo de Medida y Control”) que cumpla los requisitos técnicos legalmente establecidos, siendo responsable de su custodia, de los equipos que miden el consumo, y del cumplimiento de las demás obligaciones establecidas por la legislación vigente.
3.2. Dicho Equipo de Medida y Control podrá ser propiedad del Cliente. En el supuesto de Equipos de Medida en alquiler LUMISA trasladará al Cliente el importe que la Empresa Distribuidora le facture.
3.3. En caso de que la Empresa Distribuidora, atendiendo a la legislación vigente, considere necesaria la instalación del Interruptor Control de Potencia (“I.C.P”), se procederá a la instalación del mismo de acuerdo con lo establecido reglamentaria- mente y facturando su alquiler al Cliente. En el supuesto de que se establezca algún tipo de regulación sobre alquileres de Equipos de Medida y Control, la misma y sus futuras modificaciones serán trasladadas de forma íntegra al presente Contrato.
3.4. El Cliente, de conformidad con la normativa vigente, deberá garantizar el acceso físico a su instalación a LUMISA, a la Empresa Distribuidora, o a sus empleados o contratistas debidamente acreditados, a fin de realizar los trabajos de lectura, comprobación, verificación, precintado u otros que con carácter general resulten necesarios para una prestación eficaz del servicio objeto del presente Contrato de Suministro.
3.5. El Cliente se compromete a no manipular ninguno de los componentes de la instalación, y en especial el Equipo de Medida y Control, según lo dispuesto en la normativa vigente, exonerando en todo caso a LUMISA de cualquier contingencia que pudiera derivarse del incumplimiento de esta obligación, y sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente le fueran exigibles por dicha manipulación. Pudiéndose resolver el contrato por parte de LUMISA exigiéndose toda la respon- sabilidad al Cliente como se establece en la Condición General 9.1.
3.6. En el supuesto de fallo o deficiencia del Equipo de Medida no permitiendo la lectura de los datos de consumo para cualquier período, LUMISA realizará una esti- mación de la energía consumida por el Cliente, como se establece en la Condición General 5.4.
3.7. De conformidad con lo establecido en la Ley del Sector Eléctrico y su normativa de desarrollo, la Empresa Distribuidora es la única responsable del mantenimiento de la red de distribución y de la calidad y continuidad del suministro. LUMISA no será responsable de la falta de calidad o continuidad del suministro o de los daños producidos como consecuencia de interrupciones, cortes de suministro, sobreten- siones o bajadas de tensión.
4. PRECIO
4.1. El Cliente viene obligado al pago a LUMISA tanto de la energía eléctrica consu- mida como de la tarifa de acceso que corresponde a la Empresa Distribuidora y demás componentes regulados reglamentariamente, de acuerdo con los precios que figuran en las Condiciones Particulares.
4.2. En el caso de facturación por maxímetro, si la potencia demandada sobrepasa en cualquier período horario el 105% de la potencia contratada en el mismo, la potencia a facturar en ese periodo será la registrada más el doble de la diferencia entre el valor registrado y el valor correspondiente al 105% de la potencia contra- tada. La facturación de energía reactiva y el resto de conceptos de facturación, si corresponde, se realizará según la normativa vigente aprobada por la Administra- ción.
4.3. En el supuesto de que el Equipo de Medida sea propiedad de la Empresa Distri- buidora, y el Cliente haya optado por alquilarlo, éste deberá abonar a LUMISA el precio correspondiente por el citado alquiler. Serán asimismo a cargo del Cliente, incrementando por tanto el precio aplicable, todos aquellos gastos, costes, tributos y pagos que resulten legalmente exigibles como consecuencia de la suscripción del Contrato de Suministro y del Contrato de Acceso.
4.4. Cualquier tipo de promoción, descuento y/o complemento sobre el precio ofre- cido al Cliente por parte de LUMISA se limitará a las circunstancias específicas para las que se otorgaron o al tiempo de duración establecido en aquellas sin generar consolidación o derecho alguno al Cliente en el mantenimiento del citado precio.
5. FACTURACIÓN Y PAGO
5.1. LUMISA facturará con periodicidad mensual o bimestral la cantidad a abonar por el Cliente derivada del presente Contrato, que engloba tanto el concepto de adquisición de energía como el de acceso a la Red de Distribución, en función de la forma y/o temporalidad de las lecturas realizadas por las entidades encargadas de ello.
5.2. En la factura emitida por LUMISA se detallarán todos los conceptos legalmente exigibles y proporcionará información sobre el origen de la energía suministrada, los impactos ambientales de las distintas fuentes de energía y de la proporción utili- zada entre ellas.
5.3. Para la facturación de los consumos de energía eléctrica efectuados, se utili- zarán las lecturas realizadas por las entidades encargadas de ello, conforme a la normativa reguladora aplicable. Para el supuesto de que las labores de lecturas no sean realizadas antes de la finalización del periodo de facturación por causas no imputables a LUMISA, el Cliente le faculta expresamente a facturar una cantidad estimada, tomando como referencia los consumos de su Punto/s de Suministro correspondientes al promedio de los últimos tres meses. A estos efectos, LUMISA podrá realizar facturaciones complementarias una vez conocidos los consumos reales, de acuerdo con la normativa vigente.
5.4. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria en la cuenta designada por el Cliente, debiéndose realizar el pago en la fecha de recepción por la entidad bancaria de la comunicación del importe de la factura. Asimismo, podrá realizarse el pago mediante Ingreso en Cuenta en las cuentas facilitadas por LUMISA en las Condiciones Particulares. Sin embargo, en el caso de ser necesario LUMISA podrá
modificar así como establecer formas de pago alternativo. Del mismo modo, el cliente autoriza a LUMISA a retener el saldo disponible, cuando éste sea inferior a 100 €, con el fin de descontarlo en la próxima facturación.
5.5. Las facturas no abonadas en su totalidad en las fechas previstas por causas no imputables a LUMISA tendrán la consideración de deuda vencida, pudiendo ser susceptibles de ejecución inmediata. Igualmente, el impago de cualquier factura devengará intereses de demora; gastos de devolución bancaria, así como gastos de gestión administrativa generados por la posterior reclamación al Cliente de la deuda impagada correspondiendo a un importe de treinta y cinco (35) € , según lo establecido para ello en la ley de lucha contra la morosidad Ley 3/2004 de 29 de Diciembre, y sin perjuicio de lo establecido en el resto de Condiciones Generales.
5.6. El Cliente podrá modificar la domiciliación bancaria mediante notificación expresa a través de xxxxxxxxx@xxxxxx.xx con una antelación mínima de 21 días naturales a la fecha de emisión de la factura para así permitir la modificación de datos con la entidad bancaria y el cargo en la nueva cuenta. En el supuesto de devo- lución de la domiciliación bancaria del pago de la factura, se trasladarán al Cliente los gastos bancarios ocasionados por la devolución de la misma.
6. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS
6.1. Los precios y condiciones reflejados podrán ser modificados por LUMISA semestralmente de conformidad con las Condiciones Generales. LUMISA notificará al Cliente la fecha concreta de la revisión de precios, previa información pública mediante escrito dirigido al mismo o mediante notificación en su factura habitual de consumo anterior a la modificación con una antelación mínima de un (1) mes a la entrada en vigor de la modificación.
6.2. No obstante lo anterior, en el caso de que la modificación supusiera un aumento del precio sobre el inicialmente estipulado, el Cliente podrá comunicar a LUMISA su decisión de resolver el contrato, de acuerdo con los procedimientos reglamentariamente establecidos en lo referente al cambio de suministrador. Dicha comunicación deberá realizarse por escrito a LUMISA dentro del plazo de los quince (15) días siguientes a la puesta en público conocimiento o a la notificación escrita de la modificación de las condiciones económicas. Transcurridos quince (15) días desde su puesta en público conocimiento o desde la comunicación al Cliente sin haber recibido contestación por escrito del mismo manifestando su deseo de resolver el Contrato, se entenderá que el Cliente acepta dichas modificaciones económicas en la fecha determinada por LUMISA. En caso de que la resolución contractual por parte del Cliente no pudiera hacerse efectiva, por condiciones de tramitación reglamentaria ajenos a LUMISA, con anterioridad a la entrada en vigor de los nuevos precios establecidos, éstos serán directamente aplicables al Cliente hasta que la resolución contractual se hiciera efectiva.
6.3. Por otra parte, cuando con posterioridad a la fecha de este Contrato, se aprueben, promulguen, ratifiquen o modifiquen disposiciones legales o reglamen- tarias de índole administrativo, mercantil o tributario, o se modifique la interpre- tación judicial o administrativa de dichas disposiciones o de las ya existentes a la fecha del Contrato, en virtud de las cuales LUMISA sufriera un aumento de coste o una alteración de las condiciones de prestación del suministro directamente relacionadas con el cumplimiento de sus obligaciones, LUMISA podrá aumentar el precio proporcionalmente, previa comunicación escrita al Cliente, de modo que se restablezca el equilibrio económico de la prestación a la que viene obligado LUMISA.
7. DERECHOS DE ACOMETIDA Y DEPÓSITO DE GARANTÍA
7.1. Los gastos que originen los trabajos de enganche, extensión, reconexión, verifi- cación, u otros derechos de acometida necesarios para atender el nuevo suministro o para la ampliación del ya existente, que correspondan a la Empresa Distribuidora, serán a cargo del Cliente.
7.2. Asimismo, y según la normativa vigente, LUMISA facturará por los conceptos que se describen a continuación sin perjuicio de que dichos costes puedan variarse normativamente: (I) Derechos de extensión, en caso de altas o aumento de potencia, con un importe de 17,374714 €/kW contratado + IVA; (II) Derechos de acceso, en el supuesto de altas o incremento de la potencia, de 19,703137 €/kW + IVA; (III) Derechos de enganche, en el supuesto de alta, aumento o disminución de la potencia y cambio de tarifa, con un coste de 9,04 € +IVA; (IV) Derechos de veri- ficación, para instalaciones de más de 20 años, con un importe de 8,01 € + IVA y
(V) Modificación del contrato, en concepto de las gestiones realizadas por parte de LUMISA, con un coste de 10 € a 25 € + IVA.
7.3. LUMISA podrá exigir al Cliente en el momento de la contratación y en todo caso antes del inicio del suministro, la entrega de una fianza o Depósito de Garantía por el importe establecido legalmente. El Cliente autoriza a LUMISA a aplicar la parte correspondiente del mencionado depósito al saldo de las cantidades pendiente de pago en el momento de la resolución contractual.
8. SUSPENSIÓN DE SUMINISTRO
8.1. En caso de impago por parte del Cliente, y sin perjuicio de lo establecido en la Condición General 5ª, LUMISA podrá tramitar, de acuerdo con la normativa vigente, la suspensión del suministro si transcurridos veinte (20) días naturales desde que se les hubiera requerido el pago, mediante la presentación al cobro a la entidad financiera donde el Cliente tenga domiciliado el pago de la factura o a través del ingreso en cuenta de las cuentas bancarias facilitadas al Cliente, y ésta no hubiera sido satisfecha íntegramente.
8.2. Asimismo, el suministro podrá ser suspendido: (I) En casos de fuerza mayor, tal y como son establecidos en la Condición General 10ª; (II) Por incumplimiento de alguna de las obligaciones dimanantes de este Contrato y, en especial, la falta de pago de cualquier factura en el plazo previsto; (III) En general, en los supuestos previstos en la normativa eléctrica vigente y, especialmente, el incumplimiento de cualquier obligación que se imponga al Cliente como usuario del servicio, por razones de seguridad o riesgo para personas o bienes, o realización de tareas nece- sarias de mantenimiento, reparación, ampliación o sustitución de instalaciones y
(IV) Por resolución contractual, y de acuerdo con lo previsto reglamentariamente.
8.3. Si LUMISA suspendiese el suministro por impago, no se producirá la reposi- ción del mismo hasta que el Cliente haya realizado todos los pagos adeudados, así como los intereses de demora devengados y los gastos ocasionados por la suspensión y eventual reposición del suministro. LUMISA, y una vez efectuado los pagos adeudados por el Cliente, comunicará a la Empresa Distribuidora, en un plazo máximo de tres (3) días naturales, para que ésta proceda a la reposición de la misma. Durante el periodo de suspensión del suministro, el Cliente seguirá siendo el responsable del pago de los conceptos derivados del Contrato de Acceso con la Empresa Distribuidora, así como de los gastos ocasionados como consecuencia de la suspensión y reconexión que exija la empresa Distribuidora, tales como los derechos de reenganche establecidos legalmente. La Empresa Distribuidora será la única responsable de la reconexión.
8.4. La Empresa Distribuidora tendrá la potestad de dar de baja administrativa un contrato de Acceso a la Red, pudiendo retirar el Equipo de Medida y Control si el suministro permaneciera más de 60 días sin conexión por impago. Del mismo modo, LUMISA podrá solicitar a la Empresa Distribuidora la baja administrativa del Cliente en situación de suspensión del suministro por impago, de acuerdo con la normativa vigente, si no fuera posible la localización del mismo.
8.5. LUMISA podrá ejercer, en cualquier momento, su derecho a resolver el presente Contrato por impago del Cliente según lo dispuesto en apartado (A) de la Condición General 9º de este documento. Sucesivamente a la tramitación de la suspensión del suministro, LUMISA se reserva el derecho a, en caso de incumpli- miento del presente Contrato por parte del Cliente y si fuera necesario según las circunstancias, trasladar el presente Contrato a la Comercializadora de Referencia en la modalidad de Tarifa de Precio Voluntario al Pequeño Consumidor.
9. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
9.1. Son causas de resolución del Contrato, con independencia de las señaladas en la legislación vigente, las siguientes: (I) El incumplimiento de cualquier obli- gación dimanante del Contrato, en especial, el impago del importe, el uso de la energía suministrada para finalidad o uso distinto del establecido en el presente Contrato o el incumplimiento por parte del Cliente del compromiso de no resolver el Contrato de Acceso mientras esté vigente el presente Contrato de Suministro; (II) Cuando, por parte del Cliente o con su conocimiento, se hayan realizado enganches directos sin previo contrato o establecido desviaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el Contrato, así como se haya producido manipula- ción del equipo de medida o control o se evite su correcto funcionamiento; (III) Los supuestos de imposibilidad legal de tramitar la suspensión de suministro; (d) La situación de insolvencia o declaración de concurso de conformidad con la normativa vigente; (IV) La modificación de las condiciones económicas por parte de LUMISA en los términos establecidos en la Condición General 6ª y (V) La comunicación expresa y fehaciente por el Cliente en el plazo de catorce (14) días hábiles desde la firma del presente Contrato o desde su recepción, en el caso de contratación vía telemá-
tica o telefónica, y siempre y cuando durante este periodo no se haya hecho uso del servicio.
9.2. La terminación del Contrato por causa imputable al Cliente durante el primer año de vigencia del contrato y las prórrogas no producirá penalización alguna.
10. FUERZA MAYOR
No responderán el Cliente ni LUMISA del incumplimiento del Contrato xx Xxxx- nistro en casos de fuerza mayor y, en especial, si existe una imposibilidad por parte de LUMISA de adquirir o hacer llegar la energía eléctrica al Cliente, por causas no imputables a él, o por intervención directa o indirecta de terceros.
11. DURACIÓN DEL CONTRATO
11.1. El presente Contrato de Suministro se suscribe por un plazo de duración de un (1) año a contar desde el inicio del suministro y será prorrogado automática- mente por periodos anuales de no mediar comunicación previa escrita por cual- quiera de las partes con una antelación mínima de un (1) mes a la fecha de venci- miento. A tal efecto, cada factura enviada al Cliente indicará la fecha de finalización del Contrato al efecto de que pueda evitar su prórroga, si esa es su voluntad. En caso de suministro eventual o temporada, la duración será la indicada en las condi- ciones particulares, con periodicidad anual en caso de temporada.
11.2. El Contrato entrará en vigor a la fecha de su firma, si bien su efectividad quedará condicionada al momento en que se disponga del acceso a la red de distri- bución y el Equipo de Medida cumpla los requisitos establecidos por la reglamen- tación vigente. Así como a la previa verificación por parte de LUMISA de los datos aportados por el Cliente a la fecha de la firma del contrato, en un plazo máximo de quince (15) días laborales, pudiendo rechazar el mismo en caso de discrepancia o incorrección de datos o en caso de deuda anterior pendiente.
11.3. En el supuesto de que el acceso a la red de distribución no se concediese antes de dos (2) meses desde la firma del presente documento, el Contrato quedará condicionado a la revisión, por acuerdo entre las partes, de las condiciones econó- micas para el/los Punto/s de Suministro objeto del mismo. En caso contrario se entenderá como no suscrito.
11.4 El Cliente, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, podrá dar por terminado el presente Contrato en cumplimento del apartado (VI) de la Condición General 9ª de este documento. Del mismo modo, LUMISA podrá resolver unilate- ralmente el presente Contrato en cualquier momento, comunicándolo por escrito al Cliente con un plazo de treinta (30) días de antelación.
12. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN
12.1. El presente Contrato de Suministro estará regido y será interpretado de acuerdo con la ley española aplicable y, en particular, con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico su normativa de desarrollo y cualquier normativa que la modifique o sustituya.
12.2. En el caso de que se produzca cualquier discrepancia o controversia con motivo de la interpretación, aplicación o ejecución del presente Contrato, LUMISA y el Cliente, con renuncia expresa a otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales correspondientes al lugar donde radica la instalación de la que es titular el Cliente y en la que se presta el suministro.
13. RECLAMACIONES
El Cliente podrá solicitar información así como formular reclamaciones a LUMISA ENERGÍAS, S.L. en relación con el presente Contrato por todos los canales dispo- nibles de comunicación, tales como en la siguiente dirección: A/A: Xxxxxxxx xx xxxxxxx 00000, 00000 Xxxxxxxxx Xxxxxx dirigido a xxxxxxxxx@xxxxxx.xx “Atención al cliente - Reclamación”; o por teléfono al número gratuito 900 811 473.
14. DERECHO DE DESISTIMIENTO
14.1. Como consumidor, y según el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, tiene usted derecho a desistir del presente contrato en un plazo de 14 días naturales sin necesidad de justificación y a contar desde la celebración del contrato según lo dispuesto en apartado (F) de la Condición General 9º de este documento.
14.2. Para ejercer este derecho, deberá notificarnos en la siguiente dirección: A/A: Xxxxxxxx xx xxxxxxx 00000, 00000 Xxxxxxxxx Xxxxxx o bien a través de nuestro correo electrónico dirigido a xxxxxxxxx@xxxxxx.xx “Atención al cliente - Desisti- miento” utilizando el Formulario de Desistimiento disponible en la web de LUMISA. u otros escritos de carácter análogo.
14.3. Consecuencias del Desistimiento: En el caso de desistimiento por parte del Cliente, le realizaremos el abono de todos los pagos recibidos, incluidos los gastos de entrega sin ninguna demora indebida y, en todo caso, a más tardar catorce (14) días naturales a partir de la fecha en la que nos informe de su decisión de desistir del presente contrato. El reembolso se efectuará utilizando el mismo método de pago empleado por el Cliente para la transacción inicial, a no ser que haya dispuesto lo contrario, en todo caso, no incurrirá en ningún gasto como conse- cuencia del reembolso. No obstante, si el Cliente acepta que la prestación de servicios o el suministro energía pueda dar comienzo durante el período de desis- timiento, nos abonará un importe proporcional a la parte ya prestada del servicio en el momento en que nos haya comunicado su desistimiento, en relación con el objeto total del Contrato.
15. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
15.1. LUMISA, sito en x/Xxxxxxx 000 0x, 00000 XXXXXXXXX con CIF X00000000 es el Responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario y le informa que estos datos serán tratados de conformidad con lo dispuesto en las normativas vigentes en protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 xx xxxxx de 2016 (GDPR) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
15.2. LUMISA sólo comunicará los datos a Organismos e Instituciones públicas de la Administración General del Estado, así como la Empresa Distribuidora con el fin de poder contratar en nombre del cliente.
15.3. A los efectos de lo dispuesto en la normativa vigente relativa a tratamientos de datos de carácter personal, LUMISA informa al Cliente que sus datos serán incorporados a un fichero automatizado o manual creado bajo la responsabilidad de LUMISA, con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con el Cliente, así como de las labores de información y comercializa- ción de los servicios ofrecidos por LUMISA o por terceros y de actividades relacio- nadas con los mismos para lo que el Cliente consiente en modo expreso, preciso e inequívoco a la firma del Contrato de Suministro.
15.4. Los datos de carácter personal se conservarán durante no más tiempo del necesario para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas.
15.5. Este tratamiento sólo será realizado si LUMISA cuenta con el consentimiento del interesado. Dicho consentimiento se entenderá otorgado si el interesado proporciona sus datos personales para esta finalidad a través del formulario esta- blecido a tal efecto en l presente página web u otros medios. A su vez, a la firma de este Contrato el Cliente consiente expresamente la cesión y tratamiento de los datos de carácter personal contenidos en el fichero a LUMISA o sus filiales para que se les pueda remitir por cualquier medio, información comercial, de los productos y servicios comercializados por LUMISA y sus filiales o terceros relacionados con el suministro de energía. De la misma forma el Cliente presta su consentimiento para el tratamiento de los datos contenidos en el fichero a aquellas empresas cuya intervención sea necesaria para la prestación del servicio. Cualquier otra utilización de los datos de carácter personal contenidos en el fichero, requerirá el consenti- miento del Cliente. Los datos personales objeto de tratamiento por LUMISA son los obtenidos del usuario a través del uso de las plataformas digitales o físicos y la contratación de productos o servicios. Por ello, el usuario garantiza que todos los datos facilitados son de su titularidad o bien está autorizado para dicha cesión por el titular de los mismos. El Cliente declara que todos los datos aportados a LUMISA son veraces, comprometiéndose a mantenerlos actualizados. El Cliente será responsable de los datos facilitados, tal que si el Cliente proporcionara CUPS erróneo, se estaría dando de alta a un tercero, siendo el Cliente el único respon- sable de los daños causados por esta situación.
15.6. El Cliente podrá revocar en cualquier momento su consentimiento, así como ejercitar sus derechos de oposición, acceso, portabilidad, rectificación, limitación, y supresión de datos, datos contenidos en los ficheros citados con anterioridad mediante comunicación escrita a LUMISA en la siguiente dirección: A/A: Xxxxxxxx xx xxxxxxx 00000, 00000 Xxxxxxxxx, Xxxxxx o bien mediante correo electrónico dirigido a xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx, adjuntando fotocopia de su DNI. Así como Derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (xxx.xxxx.xx) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa
vigente. Atención al cliente gratuito 900 811 473 / xxxxxxxxx@xxxxxx.xx
NÚMERO CONTRATO
NÚMERO AGENTE
CUPS*
SOLICITUD DE CAMBIO DE COMERCIALIZADORA
E | S |
RAZÓN SOCIAL/NOMBRE Y APELLIDOS*
NIF/NIE*
NOMBRE Y APELLIDOS DEL FIRMANTE
NIF/NIE
AUTORIZA
A la COMPAÑÍA LUMISA, SL a formalizar por mi cuenta el cambio de comercializadora y el cambio de titular ante la distribuidora correspondiente como solicitar, si lo estima oportuno, toda aquella información histórica relativa al punto de suministro eléctrico (consumo, potencias contratadas y demandadas, etc.) y a presentar ante la distribuidora y en mi nombre, cualesquiera reclamaciones consideraran oportunas.
Sírvanse admitir este poder, para su bastanteo, otorgado a los efectos de los dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre y demás disposiciones aplicables.
ORDEN DE DOMICILIACIÓN DE ADEUDO DIRECTO (SEPA)
RAZÓN SOCIAL/NOMBRE Y APELLIDOS*
NIF/NIE*
DIRECCIÓN*
NÚMERO*
PISO*
CÓDIGO POSTAL*
LOCALIDAD*
PROVINCIA*
AUTORIZA
A la COMPAÑÍA LUMISA, SL, provista de CIF X00000000 a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Como parte de sus derechos, el deudor está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo en cuenta. Puede obtener información adicional sobre sus derechos en su entidad financiera.
MEDIO DE PAGO: RECIBO BANCARIO DOMICILIADO
TIPO DE PAGO | X | PAGO RECURRENTE | PAGO ÚNICO |
IBAN* | E | S | CUENTA BANCARIA* |
Confirma el firmante que tiene poderes suficientes para la firma de la presente autorización:
LUGAR, FECHA* FIRMA CLIENTE*
CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO
1. PRECIO DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO
2.0A | 2.0DHA | 2.1A | 2.1DHA | 3.0A | |||||
P2 | P1 | P2 | P2 | P1 | P3 | P1 | P2 | P3 | |
Energía (€/kWh) | 0,136800 | 0,161000 | 0,080800 | 0,178000 | 0,206000 | 0,108000 | 0,160800 | 0,151800 | 0,100900 |
Potencia (€/día) | 0,115810 | 0,127160 | 0,116530 | 0,069918 | 0,046612 |
Actualizado el 01/11/2019
A estos precios les serán añadidos los impuestos indirectos, el Impuesto Eléctrico, la energía reactiva y el resto de concetos de facturación que se indican. La factura- ción de energía reactiva, si corresponde, se realizará aplicando el término de facturación de energía reactiva probado por la Administración, según lo establecido en la normativa vigente. A este complemento le será aplicado el Impuesto Eléctrico.
El precio del término de potencia y del término de energía se mantendrán fijos durante 12 meses, sin perjuicio de su actualización según la variación correspon- diente al IPC(1) el 1 de enero de cada año en que el contrato esté vigente. Las variaciones que se den en los componentes regulados que le son de aplicación, así como nuevos que puedan aparecer, se trasladarán al cliente, tanto al alza como a la baja. Los precios se podrán actualizar, cada 1 de enero, con el valor del IPC real (Último Índice de Precios al Consumo interanual general nacional publicado oficialmente en el momento de la actualización). Se repercutirán en cada momento las variaciones a la baja o al alza en las tarifas y peajes de acceso, cánones y en los valores regulados que puedan ser aprobados por la Administración para su aplicación durante el contrato, tomando como base el Real Decreto 1164/2001 y la Orden IET/2735/2015.
2. PRECIO DEL ALQUILER DEL CONTADOR
El precio mensual del alquiler del contador de electricidad será el fijado en cada momento por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para la Tarifa de acceso correspondiente y que cobre la Empresa Distribuidora, al que se le incorporará el I.V.A. y será indicado en las facturas emitidas por LUMISA.
3. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del presente contrato es de 12 meses desde la fecha de inicio del suministro. El contrato se podrá prorrogar por anualidades sucesivas de acuerdo a las Condiciones Generales.
4. DESCUENTO PROMOCIONAL
Código Promocional | Descripción del descuento |
10DTOPOT | Descuento del 10% en el Término de potencia para tarifas de acceso 2.0A y 2.0DHA, potencia contratada igual o inferior a 10 kW. |
15DTOENE | Descuento del 15% en el Término de energía para tarifas de acceso 2.1A y 2.1DHA, potencia contratada entre 10 kW y 15 kW. |
25DTOENE | Descuento del 25% en el Termino de energía para tarifas de acceso 3.0A, potencia contratada superior a 15 kW. |
Todos los descuentos anteriores y las promociones se aplicarán durante los primeros 12 meses de la duración del contrato (2).
De acuerdo con lo establecido al apartado 4.4 de las Condiciones Generales, cualquier tipo de promoción, descuento y/o complemento sobre el precio ofrecido al Cliente por parte de LUMISA se limitará a las circunstancias específicas para las que se otorgaron o al tiempo de duración establecido en aquellas sin generar conso- lidación o derecho alguno al Cliente en el mantenimiento del citado precio. Igualmente, la aplicación del descuento promocional estará condicionada al cumplimiento del periodo de duración del Contrato, perdiendo el Cliente el derecho a los descuentos y promociones aplicadas en caso de terminación del contrato o baja del punto de suministro.
10DTOPOT
Se aplicará un descuento especial del 10% sobre el Término de potencia durante el primer año de vigencia del contrato con LUMISA. Una vez transcurrido el periodo promocional de un año dejará de aplicarse dicho descuento. Asimismo si durante el primer año de vigencia su consumo es igual a 0kWh durante dos meses consecutivos también dejará de disfrutar dicho descuento.
15DTOENE
Consumo inferior a 2.000 kW/mes: Se aplicará un descuento especial del 15% sobre el Término de energía durante el primer año de vigencia del contrato con LUMISA. Una vez transcurrido el periodo promocional de un año se le aplicará el descuento normal del 10% sobre el Término de energía.
Consumo superior a 2.000 kW/mes: Se aplicará un descuento especial del 15% sobre el Término de energía durante un periodo indefinido de vigencia del contrato con LUMISA. Ésta promoción se contrata por un periodo de carácter indefinido hasta la fecha de fin de contrato con LUMISA.
25DTOENE
Consumo inferior a 2.000 kW/mes: Se aplicará un descuento especial del 25 % sobre el Término de energía durante el primer año de vigencia del contrato con LUMISA. Una vez transcurrido el periodo promocional de un año se le aplicará el descuento normal del 20% sobre el Término de energía.
Consumo entre 2.000 kW y 6.000 kW/mes: Se aplicará un descuento especial del 25% sobre el Término de energía durante el primer año de vigencia del contrato con LUMISA. Una vez transcurrido el periodo promocional de un año se le aplicará el descuento normal del 20% sobre el Término de energía. La renovación anual del descuento estará sujeta a estudio de riesgo e historial de pago. En el caso de ser desfavorable, LUMISA trasladará, en su caso, el precio fijado al precio de venta al público.
Consumo superior a 6.000 kW/mes: Se aplicará un descuento especial del 25% sobre el Término de energía durante un periodo indefinido de vigencia del contrato con LUMISA. Ésta promoción se contrata por un periodo de carácter indefinido hasta la fecha de fin de contrato con LUMISA.
(1) IPC: Es el valor acumulado real, del periodo de noviembre a noviembre anterior a la aplicación de la variación, del Índice de Precios al Consumo, general, publicado por el instituto Nacional de Estadística.
Atención al cliente gratuito
900 811 473 / xxxxxxxxx@xxxxxx.xx
NÚMERO CONTRATO
NÚMERO AGENTE
NÚMERO CONTRATO
REFERENCIA CATASTRAL
CNAE*
DURACIÓN DEL CONTRATO (Meses)
12
TARIFA DE ACCESO A LA RED*
2.0A
2.0DHA
2.1A
2.1DHA
3.0A
ALTA SUMINISTRO ATR
CAMBIO DE TITULAR ATR
El Alta de un punto de suministro o la modificación de la Tarifa y/o Potencia conllevan unos costes regulados por el Real Decreto 1995/2000. Para más información consulte la Condición General 7ª.
ALTA SUMINISTRO ATR
CAMBIO DE TITULAR ATR
El Alta de un punto de suministro o la modificación de la Tarifa y/o Potencia conllevan unos costes regulados por el Real Decreto 1995/2000. Para más información consulte la Condición General 7ª.
REFERENCIA CATASTRAL | CNAE* |
ANEXO PARA CONTRATO MULTISUMINISTRO
CUPS* | E | S |
DIRECCIÓN* | NÚMERO* | PISO* |
CÓDIGO POSTAL* | LOCALIDAD* | PROVINCIA* |
CAMBIO DE TARIFA Y/O POTENCIA | POTENCIA CONTRATADA (kW) | PUNTA | €/kWh | LLANO | €/kWh | XXXXX | €/kWh |
CUPS* | E | S |
DIRECCIÓN* | NÚMERO* | PISO* |
CÓDIGO POSTAL* | LOCALIDAD* | PROVINCIA* |
DURACIÓN DEL CONTRATO (Meses) | 12 | TARIFA DE ACCESO A LA RED* | 2.0A | 2.0DHA | 2.1A | 2.1DHA | 3.0A |
CAMBIO DE TARIFA Y/O POTENCIA | POTENCIA CONTRATADA (kW) | PUNTA | €/kWh | LLANO | €/kWh | XXXXX | €/kWh |
CUPS* | E | S |
DIRECCIÓN* | NÚMERO* | PISO* |
CÓDIGO POSTAL* | LOCALIDAD* | PROVINCIA* |
DURACIÓN DEL CONTRATO (Meses) | 12 | TARIFA DE ACCESO A LA RED* | 2.0A | 2.0DHA | 2.1A | 2.1DHA | 3.0A |
NÚMERO CONTRATO
ALTA SUMINISTRO ATR
CAMBIO DE TITULAR ATR
El Alta de un punto de suministro o la modificación de la Tarifa y/o Potencia conllevan unos costes regulados por el Real Decreto 1995/2000. Para más información consulte la Condición General 7ª.
REFERENCIA CATASTRAL | CNAE* |
CAMBIO DE TARIFA Y/O POTENCIA | POTENCIA CONTRATADA (kW) | PUNTA | €/kWh | LLANO | €/kWh | XXXXX | €/kWh |
LUGAR, FECHA* FIRMA CLIENTE* COMPAÑÍA LUMISA, SL
Xxxxxx Xxx Xxxxx - Director Comercial