Fecha de Liquidación Es la fecha en que los Tenedores abonarán el precio de los Valores Fiduciarios, y será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación de los Valores Fiduciarios a ser publicado en los sistemas de información xxx xxxxxxx autorizado en el que se negocien los Valores Fiduciarios y en la Autopista de Información Financiera de la CNV. Fecha de Emisión: La Fecha de Emisión será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación. Fecha de vencimiento del Fideicomiso y de los Valores Fiduciarios: La duración del Fideicomiso se extenderá hasta la fecha de pago total de los Servicios de los Valores Fiduciarios conforme a los términos y condiciones de los Valores Fiduciarios, previa liquidación de los activos y pasivos remanentes del Fideicomiso, si los hubiera, según lo establecido en el Contrato. En ningún caso excederá el plazo establecido en el Artículo 1668 del Código Civil y Comercial. Sin perjuicio de las fechas de pago de Servicios que surgen del cuadro de pago de Servicios, el vencimiento final de los VDF y de los CP se producirá a los ciento veinte (120) días de la última Fecha de Pago de Servicios de los Certificados de Participación que figura en dicho cuadro. El vencimiento de los Valores Fiduciarios no podrá ser mayor a treinta años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.668 del Código Civil y Comercial de la Nación. Fecha de cierre de ejercicio: Será el 31 de diciembre de cada año. Ámbito de negociación: Los Valores Fiduciarios cuentan con oferta pública en la República Argentina y podrá solicitarse la autorización de listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) y la autorización de negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y/o en cualquier otro mercado autorizado de la República Argentina. Destino de los fondos provenientes de la colocación: El producido de la colocación, una vez deducidos los importes correspondientes al Fondo de Liquidez y al Fondo de Gastos, corresponderá al Fiduciante como pago de precio por transferencia fiduciaria de los Créditos que integran el presente Fideicomiso y serán destinados al otorgamiento de nuevos Créditos.
VISTO La nota presentada por la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria N°8 “Pte. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx”, que tramita por expediente N°043/2024; y Que, a fs. 1 obra nota presentada, en fecha 14 de febrero del corriente, por la presidenta de la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria N°8 “Pte. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx”, XXXX XXXXXX, Xxxxxx Xxxxxxx y la vicepresidenta DOME, Xxxxxx solicitando la colaboración para abonar la mano de obra y compra de materiales para la instalación de rampas de accesibilidad dentro del establecimiento educativo. Que, asimismo manifiestan que en el ciclo lectivo 2024 ingresa una estudiante que utiliza silla de ruedas y se dificultaría el desenvolvimiento en los distintos ámbitos dentro de la institución educativa. Que, a fs. 2, 3, 4 y 5 adjuntan plano de la institución educativa indicando los lugares donde se construirán las rampas. Que, 6 adjuntan presupuesto de materiales de construcción. Que a fs. 7 y 8 adjuntan dos presupuestos de mano de obra. Que, es intención de este Departamento Ejecutivo Municipal colaborar con el pago de la mano de obra para la construcción de las rampas de accesibilidad. Que, en dicho establecimiento educativo también se desarrollan los Talleres Municipales y las Tecnicaturas de la Extensión Áulica xx Xxxxxxxx ISD, por lo que es de suma importancia promover un entorno educativo inclusivo y equitativo. Que, a fs. 9 ha tomado intervención Contaduría Municipal y manifiesta que existe crédito presupuestario suficiente en la partida Transferencias – Transferencia para Gasto Corrientes - A Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro (0-00-00-00-00).
CAPITAL ASEGURADO Valor de Adjudicación de la obra (IVA no incluido).
Hace saber Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1129/2019 a instancia de Xx XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX contra ALIMENTACION RESTAURACION Y OCIO TENERIFE, S.L. se han dictado la siguiente Resolución: - SENTENCIA de fecha 10-AGOSTO-2021 contra la presente sentencia cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social número 1 de Jerez de la Fra, sito en Av. Xxxxxx Xxxxxx, Edif. Alcazaba, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de la misma. Y para que sirva de notificación a la demandada ALIMENTACION RESTAURACION Y OCIO TENERIFE, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma a mismo conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos En Jerez de la Frontera, a 2/9/21. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXX. Firmado.
SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Correo electrónico significa la dirección electrónica del Cliente señalada en la Portada, o mediante comunicado posterior que entregue el Cliente al Banco.
Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11
Formación Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalente a Enseñanza Secundaria o Formación Profesional de Segundo Grado, complementada con formación específica en el puesto de trabajo. Puestos de Trabajo: Empleados: Auxiliar administrativo. Dependiente. Conserje. Operarios: Oficial 2.ª oficio Maquinista. Conductor camión hasta 7.500 Kg. Mezclador de hormigones Carretillero Operador xx xxxxxx grúa Conductor xx xxxxx. Palista de hormigón Relación de actividades y tareas Actividades de ofimática con capacidad suficiente para alcanzar una redacción de correo directo con indicaciones verbales con buena presentación y ortografía correctas. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios a la vista de ofertas recibidas, recepción y tramitación de pedidos, realizando propuestas de contestación. Tareas elementales consistentes en establecer, en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con registro en libros o máquinas al efecto, del movimiento diario. Tareas de albañilería, carpintería, electricidad, pin- tura, mecánica, etc., con capacidad suficiente para realizar las actividades normales del oficio, como soldadores, ferrallistas, modelistas, electricistas, etc. Funciones de control y regulación en los procesos de producción que generan transformación de producto. Tareas de regulación y control que se realizan indistintamente en diversas fases y sectores del proceso. Actividades en máquinas con un alto nivel de automatismo con requerimientos complejos en su manipulación y que implica, con supervisión, la responsabilidad en su mantenimiento y funcionamiento. Carretillero es el profesional (operario) que prevalentemente maneja carretillas y se ocupa de su mantenimiento y funcionamiento.
OBRA “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DEL NIVEL INICIAL N° 515 Y PRIMARIA N° 64359 DE LA I.E. XXXX XXXXXX XXXXXXXXX – A.H. DOS XX XXXX – DISTRITO DE CALLERÍA – PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX – DEPARTAMENTO DE UCAYALI” - CONTRATO DE EJECUCIóN DE OBRA N° 0079-2018-GRU-GGR 00551648 00793581 05/04/2019 INFORME 000946--GRU-GRI-SGO 001 COMUNICO CAMBIO DE REPRESENTANTE LEGAL GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA 00550725 00793583 05/04/2019 INFORME 000947--GRU-GRI-SGO 001 PROCEDENCIA DE VALORIZACION DE OBRA N °01- MARZO 2019 GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA OBRA: “REHABILITACIÓN DE AMBIENTES DEL CENTRO DE SALUD NUEVO PARAÍSO – REGIÓN UCAYALI”, COMO PARTE DE REFORMULACIÓN II ETAPA DEL PLAN DE CONTINGENCIA EN EL MARCO DE PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA – REGIÓN DE UCAYALI” 00550730 00793584 05/04/2019 INFORME 000948--GRU-GRI-SGO 001 SOLICITO OPINIóN LEGAL SOBRE INFORMACIóN SOLICITADA GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA POR EL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL OSCE // 03 ARCHIVADORES 00551341 00793586 05/04/2019 INFORME 000949--GRU-GRI-SGO 001 PAGO DE HONORARIOS POR SERVICIO DE REPARACIóN DE GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA BOMBAS SUMERGIBLES A TODO COSTO 00549816 00793587 05/04/2019 INFORME 000950--GRU-GRI-SGO 001 SE REMITE EXPEDIENTE TéCNICO DE PRESTACIóN ADICIONAL GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE OBRA N° 37 Y DEDUCTIVO VINCULANTE DE OBRA N° 25- “DISEÑO DE ADECUACIÓN DE NORMATIVA DE CERRADURAS”
Pérdida Total Se entenderá como pérdida total cuando el monto del daño sufrido al vehículo asegurado, incluyendo mano de obra, refacciones y materiales necesarios para su reparación conforme a presupuesto elaborado y/o autorizado por la Compañía, exceda del 75% de la suma asegurada contratada y establecida en la carátula de la póliza.
BMV Significa la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.
Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.
Valor de reposición Es el costo que exige la compra, reconstrucción, reemplazo o reparación de un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, impuestos, montaje y derechos de aduanas si los hubiese.
FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98
COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).
Grupo Asegurable Conjunto de personas físicas que poseen alguna característica común extraña al propósito de asegurarse y que cumplan cada una de las condiciones para poder ser Asegurados.
CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato.
Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.
Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;
LOSNCP Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.
Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.
RGLOSNCP Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica.
Beneficios Aumenta tus oportunidades de hacer negocio. Promociona tus productos y servicios en todo el Gobierno Federal. Brinda confianza a tus clientes al ser un proveedor certificado*. Cotiza de forma electrónica a través del Sistema de Compras. Intégrate al directorio de proveedores en 3 pasos:
Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.
Viaje Se entiende por viaje aquel desplazamiento que efectúe el asegurado fuera de su residencia habitual, desde el momento que sale de la misma, hasta su regreso, una vez finalizado dicho desplazamiento. La duración del viaje no podrá ser superior a la indicada en el certificado del seguro.