Definición de VISTO

VISTO. El expediente 92635-C-2021, registro de ésta Municipalidad de fecha 16 DE NOVIEMBRE DEL 2021, por el que la señora CARRANZA, LAURA ANDREA D.N.I. 33.389.866 solicita la correspondiente Autorización Municipal para proceder la HABILITACION COMERCIAL del negocio de su propiedad denominado, EL RINCON con el rubro DESPENSA - VERDULERIA, rubros anexos FORRAJERIA, VTA. ART. DE LIMPIEZA, sito en calle 25 DE MAYO Nº202 de ésta ciudad (Circ. 19 Secc. 01 Manz. 082 Parc. 044 PH 001 Local 000), a partir del día DOCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO- Y ATENTO: A las actuaciones obrantes y lo informado por la Oficina de Inspección General y la Oficina de Comercio y que el recurrente ha cumplimentado con los requisitos exigidos por las Ordenanzas vigentes para dicha Habilitación Comercial POR ELLO:
VISTO. La Falda, P.E., 02 xx Xxxxx de 2017 DECRETO Nº 366/017 El expediente 78037-B-2017, registro de ésta Municipalidad de fecha 25 DE ENERO DE 2017, por lo que la firma BUENOS VIENTOS S.R.L. CUIT 33-71545269-9 solicita la correspondiente Autorización Municipal para proceder a la HABILITACION COMERCIAL del negocio de su propiedad, denominado XXXXXX VIAJES Y TURISMO, con el rubro AGENCIA DE VIAJES, rubros anexos NO POSEE, sito en calle CAPITAL FEDERAL Nº 27 de ésta ciudad (Circ. 02 Secc. 01 Xxxx. 0822 Parc. 028 PH 002 Local 000), a partir del día VEINTICINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- A las actuaciones obrantes y lo informado por la Oficina de Inspección General y la Oficina de Comercio y que el recurrente ha cumplimentado con los requisitos exigidos por las Ordenanzas vigentes para dicha Habilitación Comercial XX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XX XXXXX
VISTO. La Nota de Pedido Nº 328/2018, solicitada por la Subsecretaría de Deportes y Recreación, y; Que a fs. 12 la Dirección General de Control de Procesos, realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto 440/16 modificado por el Decreto 711/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 12 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 54.000,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente Contratación. Asimismo conforme al Art. 9º inciso b) del Decreto 440/16 modificado por el Artículo 5º del Decreto 711/16, y atento a la Resolución Nº 002/2018 de la Subsecretaria de Finanzas indica la siguiente forma de pago: “100% a Contado (desde la fecha de conformación de la factura)”; Que a fs. 13 la Dirección General de Contrataciones, procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5º del Decreto Nº 440/16, posterior Artículo 2º del Decreto Nº 711/17, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”; Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 07/03/18, a horas 11:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados 4 (cuatro) proveedores del rubro a contratar, se presentó la Firma ORBIS Que del Informe Técnico obrante a fs. 40 emitido por la dependencia solicitante, surge que la firma ORBIS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. se ajusta a las necesidades y los precios presupuestados son vigentes en el mercado actual; Que en virtud al informe técnico y a los Artículos 31º de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34º del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar a la firma ORBIS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., por ser único oferente, ajustarse a lo solicitado y encontrarse dentro del Presupuesto Oficial, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado. .

Examples of VISTO in a sentence

  • VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 362/2015 de 30 xx xxxxx de 2015.

  • VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).

  • EN EL EVENTO EN QUE LA ROTURA DE UN TUBO INTERNO DE LA VIVIENDA ASEGURADA GENERE UNA INUNDACIÓN EN EL INMUEBLE ASEGURADO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ENVIARÁ PERSONAL QUE SE ENCARGUE DE LA DESINUNDACIÓN DE LA VIVIENDA ASEGURADA Y XXX XXXXXX Y SECADO DE ALFOMBRAS QUE SE HAYAN VISTO AFECTADAS.

  • LA FIANZA PRESENTADA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO QUE SE DERIVEN DE LA PRESENTE LICITACIÓN, NO SERÁ LIBERADA HASTA EN TANTO NO SE CUMPLAN CON TODAS LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO Y PREVIO VISTO BUENO POR PARTE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.

  • VISTO por la Sección Segunda de la Sala Tercera de este Tribunal, integrada por los Excmos.


More Definitions of VISTO

VISTO. LA FALDA, P.E., 07 xx Xxxx de 2015.- El Contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad de La Falda y el Señor BARRERA XXXXXXX XXXXX, para la provisión de mano de obra y elementos necesarios para la recolección de basura diferenciada, salvo las bosas verdes para residuos sólidos diferenciales (Recolección de basura diferenciada en Barrio Santa Xxxx, Barrio Parque Jardín, El Alto y Villa Edén, de esta Ciudad; y CONSIDERANDO: Que el mismo se ajusta a la legislación vigente; D.N.I. Nº 29.099.047. para la provisión de mano de obra y elementos necesarios para la recolección de basura diferenciada, salvo las bosas verdes para residuos sólidos diferenciales (Recolección de basura diferenciada en Barrio Santa Xxxx, Barrio Parque Jardín, El Alto y Villa Edén, de esta Ciudad, a llevarse a cabo desde el día 01 xx Xxxxx de 2015 hasta el día 29 de julio de 2015, fijándose el precio en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS ($ 1.600.-) por día de trabajo, de acuerdo a las clausulas y condiciones del Contrato que forma parte del presente Decreto.-
VISTO. El Decreto No. 543-12, de fecha seis (06) de septiembre de dos mil doce (2012), mediante el cual se instituye el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 340-06.
VISTO. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; lo establecido en los artículos 9, 19 y 25 del Reglamento de Compras, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones; el artículo 6, N°1, letra b), del Decreto DAL N° 209 de 26 de febrero 2021, que deja sin efecto decreto que indica y aprueba nuevo reglamento de atribuciones alcaldicias; los artículos 56 y 63, letras i) y j), de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y TENIENDO PRESENTE:
VISTO el Expediente Nº 2228 -58- 2.019, mediante la cual se tramita la Contratación del Servicio de Vigilancia Privada, a cargo de tres (3) personas por turnos durante las 24 horas, en la Xxxxxxx Xx Xxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, xx xx xxxxxx Xxxxxxx; y CONSIDERANDO: Que a fs. 02/07 obran diferentes presupuestos elevados por distintas Agencias de Seguridad del medio y su documentación fiscal; Que a fs. 08 se adjunta Planilla comparativa de Presupuestos, consignado el valor estimado hora hombre; Que a fs. 09/10 obra Formulario N° 1 de $ 4.510.080,00 (Pesos: Cuatro millones quinientos diez mil ochenta) de fecha 15/05/2019 y el Parte de Imputación Presupuestaria de fecha 21/05/2019, emitido por Contaduría General de la Provincia, a fs. 14; Que a fs. 15/24 obra Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública y Escrita N° 02/2019, del Servicio de Vigilancia Privada, en la Xxxxxxx Xx Xxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxx; Que a fs. 25 la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, eleva informe sin observaciones y solicita cursar las actuaciones a Jefatura de Gabinete, en cumplimiento de la Resolución N° 1268/07 y su prosecución; Que a fs. 30 toma intervención Jefatura de Gabinete, en cumplimiento a lo dispuesto por Resolución N° 1268/07, y sugiere la continuidad del trámite; Que a fs. 35 Asesoría Legal del Ministerio de Educación, no encuentra objeción alguna para la prosecución de las actuaciones. Que a fs. 41 y 43 Contador Fiscal General del Tribunal de Cuentas, con fecha 12 xx Xxxxx de 2019, analiza las actuaciones, no formula observaciones para la continuidad de la gestión, y la Sala de Primera Nominación, con fecha 19/06/2019 emite Dictamen N°169/2016, compartiendo criterio concluyendo que el procedimiento se ajusta a la normativa vigente, y no se encuentran objeciones que realizar, para su continuidad; Que a fs. 46 Fiscalía de Estado con fecha 24/07/2019 mediante Dictamen N° 1536, de la ponderación de los elementos obrantes, entiende que habiéndose cumplimentado con todos los informes administrativos, técnicos y legales de rigor, no existe obstáculo legal para la aprobación de la documentación técnica de la presente, mediante el dictado del acto administrativo pertinente mediante Decreto del Sr. Gobernador de la Provincia que autorice y apruebe el llamado, ya que se adecua a lo preceptuado por la normativa y legislación vigente aplicable para las contrataciones del Estado; Q...
VISTO. Lo establecido en la cláusula Segunda del Convenio de Asociación Solidaria para la construcción de Viviendas, aprobado por la Ordenanza Nº 990/94 de fecha 29 de septiembre del año 1994, promulgada por Decreto Nº 093/94 del 30 de septiembre de 1994, respectivamente; Que el mencionado convenio fue firmado el día 22 de septiembre del referido año entre la Municipalidad de Porteña, la Cooperativa de Servicios Públicos de Porteña Ltda.. y la Mutual de Porteña Asociación, Cultural y Deportiva, con el objeto de construir viviendas de tipo social en nuestra localidad, comprendiendo la terminación de 39 viviendas ubicadas en las manzanas Nº 62 A, 62 B y 82 xx Xxxxx Lavarello, Estación Porteña, y la construcción de otras 23 viviendas en lotes a determinar oportunamente de propiedad de esta Municipalidad o bien de los propios adjudicatarios; Que en la mencionada cláusula segunda del Convenio Asociativo, la Municipalidad asumió, entre otras obligaciones, el compromiso de aportar al sistema 39 viviendas que en ese entonces se encontraban en construcción, con sus respectivos lotes, las que fueron posteriormente terminadas y adjudicadas en su totalidad; Que en esta oportunidad la vivienda ubicada en la Mza. 62 B parcela 14, con fecha 26 xx xxxxx de 1995 fue otorgada al Xx. Xxxxx Xxxxxxx, DNI 00.000.000, quien con fecha 01 de noviembre de 1995, cede sus derechos y obligaciones a favor de la Srta. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000, rescindiendo el convenio con fecha 26 xx xxxxx de 1997. Con fecha 00 xx xxxxx xx 1997 la vivienda es adjudicada al Xx. Xxxxxxx Xxxxx Nicolás Boglione, DNI 00.000.000, quien con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xxxx sus derechos y obligaciones al Xx. Xxxxx Xxxxxxx Medina, DNI 00.000.000, pasando luego a ser propiedad del Xx. Xxxxx Xxxxxx Castelli, DNI 00.000.000, quien con fecha 00 xx xxxxxxxxxx xxx xxx 0000 xx xxxxx x Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000 y Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, DNI 00.000.000, quienes con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xxxxxxxx x xxxxxxxx x xxx Xxxx. Xxxxxx XXXXXX, DNI 00.000.000 y Xxxxxxx Xxxxx de Xxxxxxx XXXXXX, DNI 00.000.000; Que habiendo cumplido con el pago de la totalidad de las cuotas mensuales estipuladas en los respectivos convenios de adjudicación, se torna necesario a fin de dar debido cumplimiento al compromiso asumido oportunamente, autorizar la transferencia de los inmuebles referenciados a favor de aquellos que han cancelado el precio de la vivienda entregada oportunamente, facu...
VISTO. LA FALDA, P.E., 23 xx Xxxxx de 2017 DECRETO Nº 443/017 El expediente 70233-B-2015, registro de ésta Municipalidad de fecha 00 XX XXXXX XX 0000, por el que la señora XXXXX, XXXXXX D.N.I. 30.403.384, solicita la CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL del negocio de su propiedad, denominado “NEGU PIZZAS Y EMPANADAS”, con el rubro PIZZERÍA - ROTISERÍA, rubros anexos VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y SIN ALCOHOL, sito en calle 9 DE JULIO Nº 324 de esta Ciudad, (Circ. 02 Secc. 01 Xxxx. 0770 Parc. 009 PH 000 Local 000) a partir del día VEINTITRES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE; Y ATENTO: Que según lo informado por la Oficinas de Inspección General en Fs. 05 y a lo actuado en Fs. 19 de la Oficina de Comercio; respectivamente del presente. POR ELLO: XX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XX XXXXX D E C R E T A
VISTO. LA FALDA, P.E., 21 xx Xxxx de 2015.- El Expediente Nº 3372-G-13, en el cual la compareciente Xxx. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX presenta Recurso de Apelación en contra de la Resolución Nº 871/14 que la declara responsable de la infracción constatada en acta Nº 0041304, imponiéndole por la falta imputada una multa de 100 U.M. con más 15 U.M en concepto de gatos administrativos. Y CONSIDERANDO: