Definición de VISTO

VISTO. La nota presentada por la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria N°8 “Pte. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx”, que tramita por expediente N°043/2024; y Que, a fs. 1 obra nota presentada, en fecha 14 de febrero del corriente, por la presidenta de la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria N°8 “Pte. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx”, XXXX XXXXXX, Xxxxxx Xxxxxxx y la vicepresidenta DOME, Xxxxxx solicitando la colaboración para abonar la mano de obra y compra de materiales para la instalación de rampas de accesibilidad dentro del establecimiento educativo. Que, asimismo manifiestan que en el ciclo lectivo 2024 ingresa una estudiante que utiliza silla de ruedas y se dificultaría el desenvolvimiento en los distintos ámbitos dentro de la institución educativa. Que, a fs. 2, 3, 4 y 5 adjuntan plano de la institución educativa indicando los lugares donde se construirán las rampas. Que, 6 adjuntan presupuesto de materiales de construcción. Que a fs. 7 y 8 adjuntan dos presupuestos de mano de obra. Que, es intención de este Departamento Ejecutivo Municipal colaborar con el pago de la mano de obra para la construcción de las rampas de accesibilidad. Que, en dicho establecimiento educativo también se desarrollan los Talleres Municipales y las Tecnicaturas de la Extensión Áulica xx Xxxxxxxx ISD, por lo que es de suma importancia promover un entorno educativo inclusivo y equitativo. Que, a fs. 9 ha tomado intervención Contaduría Municipal y manifiesta que existe crédito presupuestario suficiente en la partida Transferencias – Transferencia para Gasto Corrientes - A Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro (0-00-00-00-00).
VISTO. La Falda, P.E., 29 de Marzo de 2017 DECRETO Nº 477/017 El expediente 78442-N-2017 registro de ésta Municipalidad de fecha 13 DE MARZO DE 2017, por el que el señor NAVELLO, JOSÉ PABLO Y OTROS CUIT. 30-61697399-8 solicita la correspondiente Autorización Municipal para proceder al CESE COMERCIAL del negocio de su propiedad, denominado NAVELLO, con el rubro FERRETERÍA, rubros anexos NO POSEE, sito en AV. KENNEDY Nº 126 de ésta ciudad (Circ. 00 Secc. 00 Manz. 0000 Parc. 000 PH 000 Local 000), a partir del día VEINTIOCHO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- Que según lo informado por la oficina de Inspección General en Fs. 04 y a lo Actuado en Fs. 08 de la Oficina de Comercio, respectivamente del presente; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA FALDA D E C R E T A
VISTO. La Falda, P.E., 23 xx Xxxxx de 2017 DECRETO Nº 437/017 El expediente 78199-G-2017 registro de ésta Municipalidad de fecha 00 XX XXXXXXX XX 0000, por el que la señora XXXXXX, XXXXXX VICTORIANA D.N.I. 21.410.004 solicita la correspondiente Autorización Municipal para proceder al CESE COMERCIAL del negocio de su propiedad, denominado MECÁNICA INTEGRAL, con el rubro TALLER MECÁNICO, rubros anexos NO POSEE, sito en XX. XXXXXX Xx 000 de ésta ciudad (Circ. 00 Secc. 00 Xxxx. 0000 Parc. 000 PH 000 Local 000), a partir del día TREINTA Y UNO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- Que según lo informado por la oficina de Inspección General en Fs. 04 y a lo Actuado en Fs. 09 de la Oficina de Comercio, respectivamente del presente; POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA FALDA D E C R E T A

Examples of VISTO in a sentence

  • VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 362/2015 de 30 xx xxxxx de 2015.

  • LA FIANZA PRESENTADA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO QUE SE DERIVEN DE LA PRESENTE LICITACIÓN, NO SERÁ LIBERADA HASTA EN TANTO NO SE CUMPLAN CON TODAS LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO Y PREVIO VISTO BUENO POR PARTE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.

  • VISTO lo dispuesto en el artículo 21.1. q), de la Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a la competencia de la Alcaldía, delegada en la Junta de Gobierno Local por Resolución nº 686/2013 de 2 xx xxxxxx (BOPA 196 de 23-VIII-2013).

  • VISTO por la Sección Segunda de la Sala Tercera de este Tribunal, integrada por los Excmos.

  • LA FIANZA PRESENTADA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO QUE SE DERIVEN DE LA PRESENTE INVITACIÓN, NO SERÁ LIBERADA HASTA EN TANTO NO SE CUMPLAN CON TODAS LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO Y PREVIO VISTO BUENO POR PARTE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.


More Definitions of VISTO

VISTO. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; los artículos 9, 19 y 25 del Reglamento de Compras, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones; los artículos 56 y 63 letra i) de la Ley N.º 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y TENIENDO PRESENTE:
VISTO. LA FALDA, P.E,- 22 xx Xxxxx de 2017.- El Anexo del Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la Municipalidad de La Falda y el Señor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx; Y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto n.º1499/2016 se contrata los servicios del Señor Xxxx Xxxxxxx X., para prestar las siguientes tareas: relevamiento caracterizado de los animales en vía y espacios públicos correspondientes al Ejido Urbano de la Municipalidad de La Falda, 2) solicitar al área de Seguridad Ciudadana la remoción de los canes que según relevamiento sean de mayor peligrosidad, por su tamaño o conducta, 3-a) estar presente en los operativos de captura de canes, 3-b) indicando en qué lugar serán alojados, en relación a la disponibilidad de canileras en el Refugio Municipal, 4) establecer orden de prelación para la realización de “castraciones” de canes (no reclamados por sus dueños) destinados a adopciones, 5) coordinar la entrega de animales “en adopción provisoria”, 6) realizar seguimientos de los canes entregados en adopción, hasta que sea considerada “adopción definitiva”, 7) verificar el estado de limpieza y condiciones generales del Refugio de Canes, 8) por intermedio de la Secretaria de Desarrollo Institucional: a- solicitar los insumos del refugio incluyendo los alimentos para los canes en estadía y b- tramitar los arreglos de las canileras. 9) Realizar un informe mensual de todo lo efectuado; y Que se hace necesario incrementar el monto dispuesto en la cláusula cuarta de dicho instrumento legal,;
VISTO. El Decreto No. 543-12, de fecha seis (06) de septiembre de dos mil doce (2012), mediante el cual se instituye el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 340-06.
VISTO. El Convenio Multilaterial en los Municipios 92 El expediente N° 276/01 - COVISUR S.A. x/ Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por lo que se cuestiona la Resolución Determinativa que le efectuara el fisco de dicha Provincia, y CONSIDERANDO: Que en autos se encuentran cumplimentados los recaudos establecidos para la procedencia de la acción. Que la única actividad de la empresa es la de construcción, cuya contraprestación es el producido de la explotación por la concesión de la ex ruta nacional N° 2, obteniendo ingresos de la concesión por cobro de peaje y por los denominados contratos de Agencia. Que la recurrente se siente agraviada por la determinación impositiva que considera como ingresos imponibles el 100 % de las facturaciones por las acciones promocionales de toda la carretera, cuando sus ingresos por esta actividad son el efecto de la utilidad proveniente del producido de una sociedad en participación con la firma CN PRODUCCIONES. Que siendo ello así, dichos ingresos no están alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, desde el momento que conforme la definición de hecho imponible del Código Fiscal Provincial, las utilidades o beneficios obtenidos por cualquier sujeto tributario no conforman la base imponible sujeta a impuesto. Que el fisco por su parte señala en su resolución determinativa que los datos de ingresos imponibles gravados por este concepto se obtuvieron de las registraciones de facturas contabilizadas por la empresa en concepto de espacios publicitarios a lo largo de la Xxxx Xxxxxxxx X° 0 y como tal, dichos ingresos no son el resultado de una sociedad en participación sino los importes provenientes de ventas de publicidad. Que la controversia referida a la conformación de la base imponible deber ser resuelta en el contradictorio que en sede local mantiene el fisco y el contribuyente. Que si de resultas del mismo, surge que tales ingresos integran la base imponible del impuesto, la distribución entre las jurisdicciones involucradas deberá hacerse con arreglo al Artículo 6º del Convenio Multilateral, aplicando el mismo tratamiento que los ingresos derivados del cobro de peaje. Que obra en autos el dictamen de Asesoría. Por ello: LA COMISION ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18/08/77) RESUELVE:
VISTO. La Falda, P.E., 22 xx Xxxxx de 2017 DECRETO Nº 429/017 El expediente 78342-L-2017 registro de ésta Municipalidad de fecha 00 XX XXXXX XX 2017, por el que la xxxxxx XXXX, XXXXXX XXX XXXXX D.N.I. 27.102.370 solicita la correspondiente Autorización Municipal para proceder al CESE COMERCIAL del negocio de su propiedad, denominado VERDE LIMÓN, con el rubro VERDULERÍA, rubros anexos NO POSEE, sito en calle 9 DE JULIO Nº 319 de ésta ciudad (Circ. 00 Secc. 00 Xxxx. 0000 Parc. 000 PH 000 Local 000), a partir del día VEINTIOCHO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- Que según lo informado por la oficina de Inspección General en Fs. 03 y a lo Actuado en Fs. 07 de la Oficina de Comercio, respectivamente del presente; POR ELLO: XX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XX XXXXX D E C R E T A
VISTO. El Convenio suscripto entre la Municipalidad de Porteña y el Señor Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx D.N.I. 17.070.618 junto con el Señor Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx D.N.I. 28.577.241; Que en el mencionado acta se establece que los Señores Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx D.N.I. 17.070.618 y Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx D.N.I. 28.577.241 donan y transfieren a “la Municipalidad” una fracción de terreno baldía, designada con los vértices D-E-F-G-H-J-D “SUPERFICIE OCUPADA POR CALLE PÚBLICA”, con la siguiente nomenclatura catastral: C.: 01 S.: 01 Mz.: 057 Parc.: 001, ubicada en el Pueblo Gorchs, Estación Porteña, Pedanía Libertad, del Departamento San Justo, Provincia xx Xxxxxxx, con una superficie total de 1.728,00 m2, según surge del plano de Mensura y Subdivisión elaborado por el Ing. Civil Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, M.P.1.259/5, visado por la Secretaria de Obras Públicas y Planeamiento Urbano, Arq. Xxxxxx X. Xxxxxxx, en representación de la Municipalidad de Porteña; Que el mencionado terreno forma parte del inmueble que se encuentra inscripto en el Registro General de Propiedades a nombre de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx bajo la Matrícula Folio Real Nº 189.700, cuenta Nº 00-00-0000000/3, del Registro General de la Provincia xx Xxxxxxx; Que dicho inmueble será destinado a la apertura de una calle pública; Que se según el plano confeccionado entre los años 1893 – 1898 obtenido del Archivo de Planos de la Dirección General de Catastro de la Provincia xx Xxxxxxx, que como anexo forma parte del presente instrumento, la manzana designada catastralmente como M : N (hoy manzana Nº 57), tiene una superficie total de cuatro (04) hectáreas, por lo tanto con este Proyecto de apertura de la calle que atraviesa la manzana, se logra una mayor eficiencia del parcelario, permitiendo una mayor cantidad de lotes con medidas que responden a los lineamientos dados en el Plan de Ordenamiento Urbano de Porteña, dando así un aporte importante a la continua demanda motivada por el sostenido crecimiento que se fue dando en la localidad; Que el objeto del Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo, se encuentra comprendido dentro de la competencia material de la Municipalidad, según lo establece el art. 186, inc. 7) de la Constitución Provincial, siendo facultad de este Cuerpo Legislativo sancionar las normas legales pertinentes, en virtud de lo dispuesto por el art. 30, inc.
VISTO. La Falda, P.E., 02 xx Xxxxx de 2017 DECRETO Nº 359/017 El expediente 77925-P-2017, registro de ésta Municipalidad de fecha 00 XX XXXXX XX 0000, por el que la xxxxxx XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX D.N.I. 38.019.243, solicita la correspondiente Autorización Municipal para proceder a la HABILITACION COMERCIAL del negocio de su propiedad, con el rubro VERDULERÍA - FRUTERÍA, rubros anexos POLLERÍA, sito en AV. ESPAÑA Nº 129/3 de ést,a ciudad (Circ. 02 Secc. 02 Xxxx. 0330 Parc. 034 PH 000 Local 000), a partir del día DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. A las actuaciones obrantes y lo informado por la Oficina de Inspección General y la Oficina de Comercio y que el recurrente ha cumplimentado con los requisitos exigidos por las Ordenanzas vigentes para dicha Habilitación Comercial;