Definición de Convenio de Montreal

Convenio de Montreal significa el Convenio para la Unificación de ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, firmado en Montreal el 28 xx Xxxx de 1999. Reglamento (CE) Nº 2027/97 del Consejo de 9 de Octubre de 1997, modificado por el Reglamento (CE) Nº 889/2002 de 13 xx xxxx de 2002, relativo a la responsabilidad de las compañías aéreas comunitarias respecto al transporte de pasajeros y su equipaje. "DEG" significa los Derechos Especiales de Giro según su definición por el Fondo Monetario Internacional.
Convenio de Montreal significa, a menos que el contexto sugiera lo contrario, el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, celebrado en Montreal el 28 xx xxxx de 1999 ("Convenio de Montreal").
Convenio de Montreal. Secretaría de Relaciones Exteriores Decreto Promulgatorio del Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, adoptado en Montreal, Canadá, el veintiocho xx xxxx de mil novecientos noventa y nueve. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Consultor Jurídico de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional Convenio para la Unificacion de Ciertas Reglas para el Transporte Aereo Internacional. Reconociendo la importante contribución del Convenio para la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional, firmado en Varsovia el 12 de octubre de 1929, en adelante llamado “Convenio xx Xxxxxxxx”, y de otros instrumentos conexos para la armonización del derecho aeronáutico internacional privado; Reconociendo la necesidad de modernizar y refundir el Convenio xx Xxxxxxxx y los instrumentos conexos; Reconociendo la importancia de asegurar la protección de los intereses de los usuarios del transporte aéreo internacional y la necesidad de una indemnización equitativa fundada en el principio de restitución; Reafirmando la conveniencia de un desarrollo ordenado de las operaciones de transporte aéreo internacional y de la circulación fluida de pasajeros, equipaje y carga conforme a los principios y objetivos del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, hecho en Chicago el 7 de diciembre de 1944; Convencidos de que la acción colectiva de los Estados para una mayor armonización y codificación de ciertas reglas que rigen el transporte aéreo internacional mediante un nuevo convenio es el medio más apropiado para lograr un equilibrio de intereses equitativo; Han Convenido lo Siguiente:

Examples of Convenio de Montreal in a sentence

  • La totalidad de los artículos contenidos en el Convenio xx Xxxxxxxx y el Convenio de Montreal, según aplique, regulan el régimen de responsabilidad en el transporte aéreo internacional.

  • El Convenio para la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional, hecho en Varsovia el 12 de octubre de 1929 (Convenio xx Xxxxxxxx) y sus posteriores modificaciones y el Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 xx xxxx de 1999 (Convenio de Montreal) establecen los límites de responsabilidad en casos de muerte o lesiones corporales, pérdida o daños al equipaje, retraso y carga, según aplique en cada caso.

  • Por los daños que superen este importe, Xxxxxx no asumirá ninguna responsabilidad en aquellos casos en que pueda demostrar que el daño no es atribuible a una actuación u omisión ilícita o culposa por nuestra parte o por parte de las personas contratadas por Condor o bien se pueda demostrar que el daño es atribuible exclusivamente a la actuación u omisión ilícita o culposa de terceros (Artículo 21 del Convenio de Montreal).

  • La jurisdicción competente convenida no es aplicable para reclamaciones que se presenten con arreglo al Convenio de Montreal o al Reglamento (CE) nº 261/04.

  • El Convenio de Montreal regula y limita la responsabilidad de Condor por fallecimiento o lesiones corporales, así como por pérdida o daño del equipaje o por retrasos.

  • El Transportista se reserva todas las defensas y limitaciones disponibles bajo el Convenio de Montreal o el Convenio xx Xxxxxxxx, cualquiera que sea aplicable, contra las reclamaciones por daños ocasionados por demora, incluyendo, pero sin limitarse a, la defensa de exoneración dispuesta en el Artículo 20 de la Convención de Montreal y el Artículo 21 del Convenio xx Xxxxxxxx.

  • El Transportista, al realizar un pago anticipado, no renuncia a ningún derecho, defensa o limitación disponible bajo el Convenio de Montreal o el Convenio xx Xxxxxxxx, cualquiera que sea aplicable, sobre ninguna reclamación, ni la aceptación de un pago anticipado constituirá una liberación de cualquier reclamación, cualquiera que sea, por parte de cualquier persona.

  • Estas informaciones son necesarias, pero no constituyen una base para proceder a reclamaciones de compensación por daños y perjuicios, ni tampoco pueden esgrimirse para la interpretación de las disposiciones de responsabilidad contenidas en el Convenio de Montreal.

  • Las presentes disposiciones se basan en el Convenio de Montreal del 28 xx xxxx de 1999, implementado en la Comunidad Europea por vía del Reglamento (CE) nº 2027/97 en la versión refundida por el Reglamento (CE) nº 889/02 y por las disposiciones legales nacionales de los Estados miembros.

  • En los supuestos de indemnización de daños relacionados a muerte o lesiones de Xxxxxxxxx, demoras y/o cancelaciones en transporte aéreo de Pasajeros, pérdida, avería, demora o destrucción de equipaje o carga, el Pasajero o la persona que adquiera un boleto para transporte aéreo en nombre del Pasajero podrá someter la controversia o conflicto en los términos del Convenio de Montreal.

Related to Convenio de Montreal

  • Convenio el Convenio sobre aviación civil internacional, abierto a la firma en Chicago el 7 de diciembre de 1944, incluidos: a) toda enmienda que, habiendo entrado en vigor con arre- glo al artículo 94, letra a), del Convenio, haya sido rati- ficada tanto por los Estados Unidos como por el Estado o Estados miembros, según sea pertinente en cada caso, y b) todo anexo o enmienda del mismo aprobados de con- formidad con el artículo 90 del Convenio, siempre que hayan entrado en vigor tanto en los Estados Unidos como en el Estado o Estados miembros, según sea per- tinente en cada caso;

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Fecha de Pago significa los días 25 (veinticinco) de cada mes calendario, en que se deberá llevar a cabo el pago mensual de capital e intereses y, en el caso que éste no sea un Día Hábil, el Día Hábil inmediato siguiente, salvo por el último periodo que, en caso de no ser un Día Hábil se adelantará al Día Hábil inmediato anterior, debiendo tomar en consideración la definición de Periodo de Pago.

  • Usuario Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio público, bien como propietario de un inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio, equiparándose este último con el término consumidor.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • Valor Convenido Se entenderá como valor convenido, la cantidad fijada de común acuerdo entre la Compañía y el Asegurado como monto a indemnizar y opera en caso de pérdida total para las coberturas 1. Daños Materiales y 2. Robo Total. Dicha cantidad se establece en la carátula de la póliza.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Usuarios significa, respecto de los Servicios, aquellos empleados, contratistas y usuarios finales, según corresponda, autorizados por Usted o en Su nombre para utilizar los Servicios de conformidad con este Contrato y Su orden. Respecto de aquellos Servicios que están específicamente diseñados para permitir que Sus clientes, agentes, proveedores u otros terceros accedan a los Servicios a fin de interactuar con Usted, dichos terceros se considerarán “Usuarios” sujetos a los términos de este Contrato y Su orden.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Propuesta significa la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica del Consultor.

  • Abogado Norberto Carlos Cáneva Legalización emitida por: Colegio de Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 15/12/ 2006. Tomo: 86. Folio: 891.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11

  • Comisión Técnica es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.

  • Objetivo General Prevenir y eliminar las situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres que pudiera haber en la empresa. • Objetivos específicos: - Equilibrar el número de mujeres y hombres que componen la plantilla de la empresa. - Equilibrar la presencia femenina o masculina en aquellos puestos o categorías donde exista una menor representatividad. - Garantizar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres. - Favorecer el acceso a la formación de toda la plantilla y fundamentalmente de quienes se incorporen de permisos o suspensiones de trabajo. - Garantizar un sistema retributivo, por todos los conceptos, que no genere discriminación por razón de sexo. - Conciliar la ordenación del tiempo de trabajo para el personal con puestos de responsabilidad, mediante la adopción de medidas que hagan compatible la vida personal, familiar y laboral. - Prevención del acoso. - Introducción de la perspectiva de género en la comunicación interna y externa de la empresa. El plan afectará, al menos, a los siguientes ámbitos de aplicación:

  • Entregables se refiere a los resultados de encuestas, informes, datos, resúmenes, comentarios, exposiciones y/o análisis proporcionados por Oracle al Cliente de conformidad con la SOW de Servicios Ad Hoc.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.