Definición de Fondo de Abandono

Fondo de Abandono. Obligación de constituir el Fondo de Abandono
Fondo de Abandono. Obligación de constituir el Fondo de Abandono Al concluir el primer Año Calendario, contados a partir del Mes en el cual se hubiera iniciado la producción comercial y regular de Hidrocarburos en cada Área Asignada en Producción, y continuamente desde entonces, el Contratista está en el deber de llevar en la contabilidad del Contrato un registro especial (el “Fondo de Abandono”), al que deben llevarse todas las partidas correspondientes a la ejecución del Programa de Abandono.
Fondo de Abandono. EL CONTRATISTA establecerá un fondo para garantizar la financiación de las actividades necesarias para realizar el programa de Abandono xx xxxxx y de restitución ambiental de las áreas de producción al finalizar su Periodo de Producción, de acuerdo con las Buenas Prácticas de la Industria del Petróleo y las siguientes estipulaciones: Constitución: Al concluir el primer Año Calendario transcurrido a partir del Mes en el cual EL CONTRATISTA inició la producción comercial y regular de Hidrocarburos del Área de Producción, y continuamente a partir de entonces, EL CONTRATISTA llevará en su contabilidad un registro especial denominado Fondo de Abandono para adelantar el programa de Abandono. Para garantizar la disponibilidad de los recursos financieros necesarios, EL CONTRATISTA establecerá un encargo fiduciario, una garantía bancaria, u otro instrumento aceptado por LA ANH. En uno u otro caso los términos y condiciones del instrumento que se acuerde serán determinados por las Partes dentro del Año inmediatamente anterior a la fecha en la cual debe constituirse el Fondo de Abandono. En caso de no llegarse a un acuerdo, de todos modos EL CONTRATISTA constituirá una garantía bancaria en los términos de esta cláusula.

Examples of Fondo de Abandono in a sentence

  • El garante deberá obligarse a informar de manera inmediata a la ANH, sobre cualquier hecho o circunstancia que pueda afectar la existencia, validez, oponibilidad, cumplimiento o ejecución de la Garantía Fondo de Abandono.

  • La Garantía Fondo de Abandono deberá estar denominada en dólares de los Estados Unidos de América y será pagadera en pesos colombianos con base en la tasa representativa xxx xxxxxxx vigente para la fecha de pago, según sea certificada por la Superintendencia Financiera o por quien haga sus veces.

  • La Garantía Fondo de Abandono debe tener por objeto caucionar y afianzar la disponibilidad de los recursos requeridos para el Fondo de Abandono y debe cubrir el valor señalado en la Cláusula 12.4.7 siguiente y estar vigente siempre que existan obligaciones derivadas del Fondo de Abandono (“Periodo Cubierto Garantía Fondo de Abandono”).

  • La Garantía Fondo de Abandono se mantendrá vigente y no se verá afectada como consecuencia de modificaciones al Contrato.

  • Adicionalmente, la ejecución de la Garantía Fondo de Abandono por parte de la ANH no exonera al Contratista del cumplimiento de todas sus obligaciones.

  • En ese sentido, y con el fin de garantizar la disponibilidad de los recursos requeridos para el Fondo de Abandono, el Contratista está obligado a constituir y mantener vigente un fondo o una garantía en los términos de esta Cláusula (“Garantía Fondo de Abandono”) y el no hacerlo constituye una causal de incumplimiento grave del mismo.

  • La Garantía Fondo de Abandono deberá renovarse anualmente en los términos de la presente Cláusula.

  • Al finalizar cada Año Calendario, el monto del Fondo de Abandono debe corresponder al resultado de aplicar la siguiente fórmula: A = [P/R]2 x C Dónde: A es el valor al que debe ascender el Fondo de Abandono al finalizar cada Año Calendario, para cada Área Asignada en Producción, y que debe ser registrado en la contabilidad del Contrato, que forma parte de la del Contratista.

  • La Garantía Fondo de Abandono y las obligaciones del garante deberán estar vigentes y producir plenos efectos, de manera ininterrumpida, durante todo el Periodo Cubierto Garantía Fondo de Abandono.

  • Antes de la terminación de la vigencia y aplicando al efecto el procedimiento previsto en la Cláusula 12.4.5.3 anterior, el Contratista está obligado a obtener nuevas garantías en los términos del presente Contrato, garantizando que siempre haya una Garantía Fondo de Abandono vigente que produzca plenos efectos, de manera ininterrumpida, durante todo el Periodo Cubierto Garantía Fondo de Abandono.


More Definitions of Fondo de Abandono

Fondo de Abandono. XXX(LA COMPAÑÍA)XXXXXX establecerá un fondo para garantizar la financiación de las actividades necesarias para realizar el programa de Abandono xx xxxxx, el desmantelamiento de construcciones y de restitución ambiental de las Áreas de Explotación o Producción al finalizar su Período de Explotación o Producción, de acuerdo con las Buenas Prácticas de la Industria del Petróleo y demás estipulaciones establecidas en el CONTRATO.

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  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Fecha de Pago significa el día [●] de cada mes en que deban pagarse (i) los intereses que se causen durante cada Periodo de Pago; y (ii) las amortizaciones de principal del Crédito, de conformidad con lo dispuesto en este Contrato y la tabla de amortización correspondiente a cada Disposición.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC281D9BF8A4D5404408A

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha ___de ______ de 201___, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.