Definición de Grupo Prosegur

Grupo Prosegur. Conjunto de entidades mercantiles vinculadas entre si con Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. y Prosegur Cash, S.A., a los efectos del artículo 42 del código de Comercio español, incluyendo a efectos de estas Condiciones Generales a Prosegur Alarmas España, S.L. - Compra: Operación en la que el importe corresponde mayoritariamente a las adquisiciones de bienes. - Contratación: Operación en la que el importe mayoritariamente corresponde a la adquisición de obras y/o servicios, y por consiguiente aporte de mano de obra. Tanto una compra como una contratación podrán tener componentes de obras, bienes y de servicios. En el desarrollo de las presentes Condiciones los términos compra y contratación se considerarán términos equivalentes.
Grupo Prosegur. Conjunto de entidades vinculadas entre sí con Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. y Prosegur Cash, S.A., que son controladas por una de las partes o que se encuentran bajo el mismo control que una de las partes, por ser propietaria directa o indirectamente de un 50% de los derechos de voto de una entidad o por tener la facultad de dirigir, directa o indirectamente, la administración o las políticas de una entidad.
Grupo Prosegur el grupo de sociedades formado por Prosegur, como sociedad dominante, y sus sociedades dependientes en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, con exclusión, a menos que se indique expresamente lo contrario, de las sociedades que, conforme a la definición siguiente, formen parte del Grupo Prosegur Cash.

Examples of Grupo Prosegur in a sentence

  • Para cualquier divergencia que pudiera surgir respecto de la interpretación, ejecución o cumplimiento del Pedido / Contrato, las partes se someterán expresamente a la competencia de los Tribunales ordinarios de la ciudad donde se encuentre el domicilio social de la empresa de Grupo Prosegur que firme o el correspondiente Pedido / Contrato.

  • En ausencia de pacto, los bienes se entenderán entregados y las obras y/o servicios ejecutados en el lugar donde tenga su domicilio social a efectos legales la correspondiente sociedad del Grupo Prosegur que firme el correspondiente Pedido/Contrato.

  • El proveedor debe comprometerse a implementar criterios de selección adecuados para los puestos que afecten a los sistemas de Grupo Prosegur.

  • Los contratos vigentes entre sociedades del Grupo Prosegur y sociedades del Grupo Prosegur Cash no se verán afectados por la entrada en vigor de este Contrato.

  • Si se diera una interrupción ante un evento de seguridad, el proveedor asume la responsabilidad de reanudar los servicios prestados en los plazos que Grupo Prosegur le marque en función de la criticidad de los sistemas afectados.

  • En el caso de que sea necesario el acceso a los sistemas de Grupo Prosegur, se facilitará en el momento en que se inicie la actividad las normas y procedimientos que el proveedor y su personal necesite conocer respecto a la gestión y uso de las claves de cifrado.

  • El Grupo Prosegur Cash no podrá operar, ni en su propio nombre ni en consorcio con terceros, los negocios de Seguridad o Alarmas.

  • Credenciales de acceso Los Usuarios son responsables de la custodia de las credenciales de acceso, certificados electrónicos de identificación y firma, así como el software u otros medios que les hayan sido asignados (por ejemplo, tarjetas criptográficas, tokens), para el acceso autorizado a los recursos y sistemas de Grupo Prosegur.

  • El Proveedor utilizará los recursos de información y/o datos propiedad de Grupo Prosegur en el marco del desarrollo de la prestación de servicios encomendada y con la finalidad previamente establecida.

  • El proveedor debe asegurar que su equipo de gestión de riesgos puede ejecutar operaciones coordinadas de respuesta a incidentes que incluya a proveedores de servicios externos que puedan afectar directa o indirectamente a las actividades, procesos y activos del Grupo Prosegur.


More Definitions of Grupo Prosegur

Grupo Prosegur. Conjunto de entidades mercantiles vinculadas entre sí a los efectos del artículo 42 del código de Comercio español.

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  • Grupo Asegurable Conjunto de personas físicas que poseen alguna característica común extraña al propósito de asegurarse y que cumplan cada una de las condiciones para poder ser Asegurados.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Cobertura Es la prestación que se ofrece en los términos establecidos en la póliza, cuando se produce un siniestro que afecte a cualquiera de las garantías contratadas.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • BMV Significa la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • Asegurado La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.

  • VISTO La nota presentada por la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria N°8 “Pte. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx”, que tramita por expediente N°043/2024; y Que, a fs. 1 obra nota presentada, en fecha 14 de febrero del corriente, por la presidenta de la Asociación Cooperadora de la Escuela Secundaria N°8 “Pte. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx”, XXXX XXXXXX, Xxxxxx Xxxxxxx y la vicepresidenta DOME, Xxxxxx solicitando la colaboración para abonar la mano de obra y compra de materiales para la instalación de rampas de accesibilidad dentro del establecimiento educativo. Que, asimismo manifiestan que en el ciclo lectivo 2024 ingresa una estudiante que utiliza silla de ruedas y se dificultaría el desenvolvimiento en los distintos ámbitos dentro de la institución educativa. Que, a fs. 2, 3, 4 y 5 adjuntan plano de la institución educativa indicando los lugares donde se construirán las rampas. Que, 6 adjuntan presupuesto de materiales de construcción. Que a fs. 7 y 8 adjuntan dos presupuestos de mano de obra. Que, es intención de este Departamento Ejecutivo Municipal colaborar con el pago de la mano de obra para la construcción de las rampas de accesibilidad. Que, en dicho establecimiento educativo también se desarrollan los Talleres Municipales y las Tecnicaturas de la Extensión Áulica xx Xxxxxxxx ISD, por lo que es de suma importancia promover un entorno educativo inclusivo y equitativo. Que, a fs. 9 ha tomado intervención Contaduría Municipal y manifiesta que existe crédito presupuestario suficiente en la partida Transferencias – Transferencia para Gasto Corrientes - A Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro (0-00-00-00-00).

  • Sobre Cerrado Cualquier medio que contenga la Oferta del Concursante, cuyo contenido solo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de Ofertas en términos de las Disposiciones;

  • Objetivo General Prevenir y eliminar las situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres que pudiera haber en la empresa. • Objetivos específicos: - Equilibrar el número de mujeres y hombres que componen la plantilla de la empresa. - Equilibrar la presencia femenina o masculina en aquellos puestos o categorías donde exista una menor representatividad. - Garantizar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres. - Favorecer el acceso a la formación de toda la plantilla y fundamentalmente de quienes se incorporen de permisos o suspensiones de trabajo. - Garantizar un sistema retributivo, por todos los conceptos, que no genere discriminación por razón de sexo. - Conciliar la ordenación del tiempo de trabajo para el personal con puestos de responsabilidad, mediante la adopción de medidas que hagan compatible la vida personal, familiar y laboral. - Prevención del acoso. - Introducción de la perspectiva de género en la comunicación interna y externa de la empresa. El plan afectará, al menos, a los siguientes ámbitos de aplicación:

  • Licitación Pública Nacional Es toda Licitación Pública que va dirigida a los suplidores nacionales o extranjeros domiciliados legalmente en el país. Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.

  • Hace saber Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1129/2019 a instancia de Xx XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX contra ALIMENTACION RESTAURACION Y OCIO TENERIFE, S.L. se han dictado la siguiente Resolución: - SENTENCIA de fecha 10-AGOSTO-2021 contra la presente sentencia cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Dicha resolución se encuentra a su disposición en la oficina del Juzgado de lo Social número 1 de Jerez de la Fra, sito en Av. Xxxxxx Xxxxxx, Edif. Alcazaba, pudiendo las partes tener conocimiento del contenido íntegro de la misma. Y para que sirva de notificación a la demandada ALIMENTACION RESTAURACION Y OCIO TENERIFE, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, a fin de que sirva de notificación en forma a mismo conforme a lo previsto en la Instrucción 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diario y boletines oficiales y la protección de datos, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos En Jerez de la Frontera, a 2/9/21. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXX. Firmado.

  • Oferta Técnica Especificaciones de carácter técnico-legal de los servicios a ser adquiridos.

  • Fecha de Liquidación Es la fecha en que los Tenedores abonarán el precio de los Valores Fiduciarios, y será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación de los Valores Fiduciarios a ser publicado en los sistemas de información xxx xxxxxxx autorizado en el que se negocien los Valores Fiduciarios y en la Autopista de Información Financiera de la CNV. Fecha de Emisión: La Fecha de Emisión será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación. Fecha de vencimiento del Fideicomiso y de los Valores Fiduciarios: La duración del Fideicomiso se extenderá hasta la fecha de pago total de los Servicios de los Valores Fiduciarios conforme a los términos y condiciones de los Valores Fiduciarios, previa liquidación de los activos y pasivos remanentes del Fideicomiso, si los hubiera, según lo establecido en el Contrato. En ningún caso excederá el plazo establecido en el Artículo 1668 del Código Civil y Comercial. Sin perjuicio de las fechas de pago de Servicios que surgen del cuadro de pago de Servicios, el vencimiento final de los VDF y de los CP se producirá a los ciento veinte (120) días de la última Fecha de Pago de Servicios de los Certificados de Participación que figura en dicho cuadro. El vencimiento de los Valores Fiduciarios no podrá ser mayor a treinta años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.668 del Código Civil y Comercial de la Nación. Fecha de cierre de ejercicio: Será el 31 de diciembre de cada año. Ámbito de negociación: Los Valores Fiduciarios cuentan con oferta pública en la República Argentina y podrá solicitarse la autorización de listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) y la autorización de negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y/o en cualquier otro mercado autorizado de la República Argentina. Destino de los fondos provenientes de la colocación: El producido de la colocación, una vez deducidos los importes correspondientes al Fondo de Liquidez y al Fondo de Gastos, corresponderá al Fiduciante como pago de precio por transferencia fiduciaria de los Créditos que integran el presente Fideicomiso y serán destinados al otorgamiento de nuevos Créditos.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Consorcio Uniones temporales de empresas que sin constituir una nueva persona jurídica se organizan para participar en un procedimiento de contratación.

  • Participaciones significa las participaciones, presentes y futuras, que correspondan al Estado derivadas del Fondo General de Participaciones, excluyendo las participaciones que de dicho fondo corresponden a los Municipios e incluyendo (sin estar limitado a) todos los anticipos, enteros y ajustes que se cubran a cuenta de las mismas, así como cualesquiera otros fondos, contribuciones e ingresos que eventualmente las sustituyan y/o complementen por cualquier causa.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Afiliado Persona que ha suscrito, o por quien se ha suscrito, un Contrato de Prestaciones de Servicios de Salud a través del cual tiene derecho a las coberturas del programa contratado, previa aceptación por la IAFAS.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles).

  • PUBLICIDAD Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.