Definición de Seguro Saldado

Seguro Saldado. Convertir esta póliza, sin pago posterior de prima, en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro de valores garantizados que se adjunta a las condiciones particulares de la presente póliza. Esta opción no se podrá ejercer si hubiere un préstamo vigente.
Seguro Saldado. Aquel por el cual Global Seguros mantiene este contrato vigente, hasta la fecha de vencimiento que se establece en la carátula de la póliza, sin que el asegurado tenga que pagar las primas futuras convenidas para el resto de la vigencia del seguro; cancelándose los beneficios adicionales contratados, y disminuyendo la suma asegurada hasta el monto que pudiese ser contratado empleando como prima única el valor de rescate acreditado en la póliza, deduciendo de este cualquier suma que el asegurado adeudare a Global Seguros en virtud del presente contrato. El valor del seguro saldado se incrementará en el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor (IPC.) certificado por el Departamento Nacional de Estadística – DANE, o la entidad designada por el estado para tal fin, para el año calendario inmediatamente anterior a la fecha de vencimiento de cada anualidad. Global Seguros pagará la indemnización al ocurrir el fallecimiento legalmente comprobado del asegurado, si la muerte del Asegurado ocurre durante el periodo de vigencia del Seguro Saldado; pero si viviere al vencimiento de dicho periodo, el seguro cesará y la póliza quedara cancelada.
Seguro Saldado. Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas. Consiste en utilizar el importe que le corresponde de la reserva al contratante, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, para el pago xx xxxxxx y convertir el seguro en otro saldado, o íntegramente pagado, pero por un capital reducido. Aquellos seguros contratados en virtud de un vínculo contractual, legal o institucional, por un conjunto de personas o a favor de un conjunto de personas o cuyas condiciones resulten aplicables respecto de un conjunto de personas.

Examples of Seguro Saldado in a sentence

  • El Contratante podrá en cualquier momento cambiar su Póliza a un Seguro Saldado sin más pago xx Xxxxxx, conservando el Plazo del Seguro Temporal contratado y por la Suma Asegurada establecida en la Tabla de Valores Garantizados, contenida en la carátula de la póliza.

  • Cuando los efectos del contrato cesen por falta de pago xx xxxxxx o el mismo se hubiera convertido a Seguro Saldado o Prorrogado, el Asegurado podrá rehabilitarlo en cualquier época durante el periodo de la cobertura, respetando la vigencia originalmente pactada, siempre que reúna las condiciones de asegurabilidad requeridas por la Compañía, que lo solicite por escrito y que se obligue a cumplir el plan de pagos que se fije para el efecto.

  • En cualquier momento anterior a la “Fecha de Comienzo del Seguro Saldado Automático” y posterior al “Plazo Mínimo para Solicitudes de Retiros Parciales”, que figuran en las Condiciones Particulares, «EL CONTRATANTE» podrá solicitar, por escrito, fracciones en efectivo del saldo de su Cuenta de Excedentes disminuido en el “Cargo por Retiro Parcial” especificado en las Condiciones Particulares.

  • En caso de que el Tomador tuviese una deuda con la Empresa de Seguros a cuenta de la Póliza, el monto del Seguro Saldado será reducido, aplicando el saldo de la diferencia entre el Valor de Rescate y dicha deuda, como prima única para la Suma Asegurada bajo esta Cláusula.

  • Cuando la liquidación corresponda por fallecimiento del Asegurado durante la vigencia de esta póliza, estando ella en pleno vigor o convertida en Seguro Saldado, la Compañía efectuará el pago que corresponda después de recibidas las siguientes pruebas: • Diligenciamiento del Formulario de Denuncia de Siniestro • Certificado de Defunción Original o Copia Certificada por Registro Civil Emisor.

  • Si al terminar el plazo del Xxxxxx Xxxxxxx no hubiere fallecido, concluirán automáticamente los efectos de este Contrato, quedando sin valor alguno; en caso de existir fondo de inversión, éste se entregará al término del plazo del Seguro Saldado.

  • A partir del aniversario de la Póliza en el que la misma tenga valor indicado para Seguro Saldado en la Tabla de Valores Garantizados según la Cláusula N° 8 de estas Condiciones Particulares, el Tomador tiene el derecho de suspender el pago xx xxxxxx y convertir el contrato de seguros disminuyendo el monto de Suma Asegurada correspondiente indicado en la Tabla de Valores Garantizados.

  • El Asegurado tendrá derecho al rescate del Seguro Saldado, calculado por La Compañía de acuerdo a los procedimientos que para ello tenga registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

  • Las condiciones de este Seguro Saldado Automático serán las mismas aplicadas al Seguro Saldado según el apartado anterior con la salvedad de que el “Cargo por Rescate” no será aplicado.

  • Si «EL ASEGURADO» alcanzara con vida el aniversario de la póliza en el cual cumple los noventa y cinco (95) años de edad para el Seguro - cuya fecha figura en las Condiciones Particulares bajo la denominación “Fecha de Comienzo del Seguro Saldado Automático” - esta póliza será transformada automáticamente en un seguro saldado que le provea a «EL ASEGURADO» cobertura por fallecimiento de por vida.


More Definitions of Seguro Saldado

Seguro Saldado. Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas matemáticas, que consiste en utilizar el importe que le corresponde de la reserva matemática al contratante, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, para el pago xx xxxxxx y convertir el seguro en otro saldado o íntegramente pagado, pero por un capital reducido. Seguros Colectivos Aquellos seguros contratados en virtud de un vínculo contractual, legal o institucional, por un conjunto de personas o a favor de un conjunto de personas o cuyas condiciones resulten aplicables respecto de un conjunto de personas.
Seguro Saldado. Aquel por el cual Global Seguros mantiene este contrato vigente, hasta la fecha de vencimiento que se establece en la carátula de la póliza, sin que el asegurado tenga que pagar las primas futuras convenidas para el resto de vigencia del seguro; cancelándose los beneficios adicionales contratados, y disminuyendo la suma asegurada hasta el monto que pudiese ser contratado empleando como prima única el valor de rescate acreditado en la póliza, deduciendo de este cualquier suma que el asegurado adeudare a Global Seguros en virtud del presente contrato. El valor del seguro saldado se incrementará en el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor (IPC.) certificado por el Departamento Nacional de Estadística – DANE, o la entidad designada por el estado para tal fin, para el año calendario inmediatamente anterior a la fecha de vencimiento de cada anualidad y será pagadero al ocurrir el fallecimiento legalmente comprobado del asegurado, si la muerte del Asegurado ocurre durante el periodo de vigencia del Seguro Saldado.

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  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Licitación Pública Nacional Mixta No. Compranet: LPN-OP-006GSA001-004-2016 LO-006GSA001-E85-2016 Objeto: No. de Pag.64 de 109 Mantenimiento inmueble ubicado en Querétaro, propiedad de AGROASEMEX

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Objeto Es objeto de la concesión que el Concesionario se encargue de las siguientes obligaciones: a) construcción de las Obras Nuevas que corresponden a la Tercera Etapa del proyecto Chavimochic; b) operación y mantenimiento de las Obras Nuevas y de las Obras Existentes; y c) prestación del servicio de suministro de agua a los usuarios del proyecto. Tales obligaciones se ejecutarán conforme a los lineamientos contenidos en los presentes Términos de Referencia, considerando para tal efecto la delimitación de dos Fases de realización paralela, cuya descripción se detalla a continuación: Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase conformadas por la Presa Palo Redondo y sus obras auxiliares, y del primer tramo del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape. Las inversiones en las obras de la Primera Fase se financian íntegramente con el Cofinanciamiento del Estado. En el Periodo de Operación, comprende las actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Primera Fase. Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase conformadas por: i) la Tercera línea xx xxxxx del Río Virú; ii) el tramo principal de las obras de la prolongación del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape; iii) el sistema de conducción lateral para el sector Urricape por debajo del Canal Madre; iv) la remodelación integral del sistema xx xxxxx del Canal Madre tramo Chao-Virú-Moche; y v) la instalación del sistema de control, medición y automatización con cobertura integral para toda la infraestructura hidráulica mayor del Proyecto Chavimochic. Las inversiones en las obras de la Segunda Fase serán financiadas íntegramente con el aporte del Concesionario. Actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Segunda Fase; Operación y mantenimiento de las Obras Mayores de Infraestructura Hidráulica, construidas como parte de la Primera y Segunda Etapa del proyecto; con excepción del sistema de conducción secundaria, conformado por los canales laterales del Proyecto, actualmente operados por las respectivas juntas de usuarios. Prestación del servicio de suministro de agua xx xxxxx desde el Canal Madre a los diferentes tipos de usuarios agrícolas del Proyecto, según se detalla en los presentes Términos de Referencia. Prestación del servicio de suministro de agua de uso poblacional a la planta de tratamiento de agua potable de propiedad del Proyecto Especial Chavimochic, para el abastecimiento de la ciudad xx Xxxxxxxx. Entrega de agua en bloque al Proyecto Especial Chavimochic para su distribución a través xx xxxxx comunes a las Juntas de Usuarios de los xxxxxx xx Xxxx, Virú, Moche y Chicama, de acuerdo con el volumen anual, puntos y régimen de entrega determinados por el Proyecto Especial Chavimochic en coordinación con la Autoridad Nacional del Agua, salvo la atención directa, a través xx xxxxx específicas, a usuarios individuales de estos xxxxxx desde el Canal Madre, en cuyos casos el Concesionario y tales usuarios suscribirán los contratos de servicio respectivos. Prestación del servicio de suministro de agua para fines de generación hidroeléctrica a las centrales hidroeléctricas: de Virú (en actual operación), de Cola del embalse Palo Redondo, y de Pie xx Xxxxx (cuando inicien su operación), considerando que este servicio, en todos los casos, estará subordinado al régimen de despacho de agua para fines poblacionales y xx xxxxx. El régimen de despacho de agua que se defina para cumplir con los compromisos aludidos considerará el siguiente orden de prelación: a) Cobertura de la demanda poblacional; b) Cobertura de la demanda de uso agrícola, c) Cobertura de las demandas de uso hidroeléctrico.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).